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JasonTodd escribió:Al final he cogido yo todas las nóminas de 2018 y me he hecho yo mismo el cálculo... Que le den a la ETT y su certificado de retenciones, si al fin y al cabo es un sumatorio de esas 200 nóminas...
Ahora bien, quiero pedir cita en Hacienda para que me confirmen que está bien hecha pero cuando le doy a cita previa y pongo los datos no me deja elegir opción de atención presencial y solo puedo coger "atención telefónica".
¿Cómo se hace para ir con todo el papeleo a Hacienda y que te atiendan allí?
elblayet escribió:A pagar, como todos los p**** años, llevo 5 años que por motivos profesionales debo cambiar de empresa y siempre me joden por lo de 2 pagadores.
martuka_pzm escribió:elblayet escribió:A pagar, como todos los p**** años, llevo 5 años que por motivos profesionales debo cambiar de empresa y siempre me joden por lo de 2 pagadores.
Si por un sueldo X hay que pagar Y, te da igual cobrar de X de 1 pagador o de 400
Otra cosa es que X sea menos que el mínimo para estar obligado o que las 400 empresas no te retengan lo que te tienen que retener.
Pero tener más pagadores, más allá de obligarte a hacer la declaración con menos retribuciones, no influye en nada.
elblayet escribió:martuka_pzm escribió:elblayet escribió:A pagar, como todos los p**** años, llevo 5 años que por motivos profesionales debo cambiar de empresa y siempre me joden por lo de 2 pagadores.
Si por un sueldo X hay que pagar Y, te da igual cobrar de X de 1 pagador o de 400
Otra cosa es que X sea menos que el mínimo para estar obligado o que las 400 empresas no te retengan lo que te tienen que retener.
Pero tener más pagadores, más allá de obligarte a hacer la declaración con menos retribuciones, no influye en nada.
Sí, el problema es ese, que normalmente la empresa calcula automáticamente la retención basándose en el tiempo que lleves trabajando en esta, y no se tiene en cuenta que puedas venir de otro empleo.
Un saludo.
martuka_pzm escribió:
Si dices que es algo que te suele ocurrir puedes pedir a la empresa que te suba la retención y te evitas pagar ahora.
No obstante, yo si pudiera me pondría retención 0. Para que la AEAT tenga mi dinero 1 año, ya me lo quedo yo ese tiempo xD
Anfitrión escribió:¿Como puedo ver si a mi mujer le retuvieron algo en la baja por maternidad?
Ahora al ser exenta no aparece por ningun lado ese dinero en la renta, tengo una carta de la seguridad social donde viene como prestacion exenta, y en ese bloque no hay apartado de retenciones (no se si no esta puesto por que no hay apartado, o por que no le retuvieron) pero si vienen gastos deducibles en otro sitio.
He pensado cuando llegue mi mujer revisar lo que le pagaron y echar cuentas a ver si intuimos retenciones, pero me gustaria saberlo al 100% y donde se incluye.
El problema es que entre enero y abril aun no se habia declarado como exenta, pero ahora en la carta de la ss pone que es exenta.
Takehiko escribió:-185, siempre con la duda, me devuelven 185!?
Por cierto, cambié de banco hace pocos meses, se introducen antes o después de pulsar sobre presentar?
Gracias!
Takehiko escribió:-185, siempre con la duda, me devuelven 185!?
Por cierto, cambié de banco hace pocos meses, se introducen antes o después de pulsar sobre presentar?
Gracias!
Galicha escribió:golmate escribió:Ahí va mi dudilla:
Para aquellos que somos residentes en territorio español pero que ocasionalmente trabajamos en el extranjero existe el formulario 7p. En mi empresa me lo hacen cada vez que viajo a un país con convenio con España y aparece reflejado en mi nómina.
Ahora bien, he revisado el borrador y dado que me sale a pagar 2000€ (en gran parte debido a un cambio de empleo), me gustaría saber si me han aplicado correctamente la exención, que en total serían unas 3 semanas y ni de lejos se acercan a los 60000€ de límite que marca hacienda.
¿Alguien sabe como puedo asegurarme que me han aplicado bien el 7p?
Adjunto algo de info, aunque no me queda del todo claro:
http://www.fiscalidad-expatriado.com/pr ... espuestas/
Yo he lidiado mucho con el 7p, precisamente este año tengo la misma circunstancia que tu: al principio trabajos en el extranjero y luego cambio de empresa.
Lo mas dificil es que la empresa te lo meta en nómina, porque si no, aun amparandote la legislacion, te tienes que meter en pleitos En tu caso, como la empresa te lo hace, mucho mejor para ti.
No obstante si quieres comprobar si te lo han calculado bien, te explico como serian las cuentas:
En la empresa A si has trabajado en el extranjero tienes que dividir tu salario bruto anual (el que hubieras cobrado todo el año, no el que efectivamente has cobrado sinte has ido antes), pongamos que 40.000 euros entre 365 y multiplicarlo por 21 que son 2.300 euros, esta es la exencion que debe de restarse directamente de la base imponible.
Siguiendo el ejemplo, si estuviste 6 meses en la empresa habras cobrado 40.000/12*6 igual a 20.000 euros.
Por tanto, en la base imponible de la empresa A deben aparecer 17.700 euros (20.000-2.300).
En la empresa B siguiendo el ejemplo has estado los otros y 6 meses y has mejorado a 50.000 anuales, habras ganado 25.000 por esos 6 meses.
Por tanto, el total de la base imponible seria 42.700 (17.700+25.000) aunque en realidad has ganado 45.000. A partir de ahi se calcula el impuesto como en cualquier otro caso.
La gran ventaja del 7p es que se quita directamente de la base imponible, y por la propia progresividad puedes bajar de escalon y ahorrarte mucha pasta. Yo en el 2018 he estado fuera 80 dias y me he ahorrado 9.800 euros en impuestos.
tharak escribió:Buenas!
Dejo mi duda...
Mi pareja y yo tenemos una niña de dos años y ambos hemos trabajado en 2018. El caso es que no estamos casados y no podemos hacerla conjunta, por lo que la haremos individual.
mi pregunta es, podemos incluir los dos a nuestra hija como unidad familiar (que es la misma ya que indicamos que vivimos juntos, incluyéndonos a nosotros mismos como el otro progenitor en ambas rentas)?
No sé donde he leido que solo uno de los dos puede declarar a la niña, pero que si la declaramos los 2, esta cuenta como al 50% en cada uno, pero no veo lugar donde indicar ese 50%...
Estoy hecho un lío help pls!
Edit: Curioso, acabo de hacer la prueba quitando a mi hija de mi unidad familiar (dejandola solo con mi pareja) y me devuelven exactamente lo mismo que si la tuviera.... no se supone que por tener hijos te deducian?
LLioncurt escribió:A devolver 1010€. Montero, págame lo que me debes, primer aviso.
Por cierto, aprovecho el hilo para comentar que tengo echado desde el 2 de febrero la devolución del IRPF de la baja de paternidad y aún sigue en revisión.
zetaeme escribió:Alguien tiene más info sobre el tema de la deducción autónomica por el alquiler a jóvenes en Madrid?
Ha saltado hoy la liebre de que en diciembre aprobaron que es un requisito para la deducción el haber pagado el ITP. Yo ya la había presentado y son 1000 pavazos de deducción Menuda jugada sucia para ahorrarse una medida voceada a los 4 vientos en su momento.
rolento escribió:Una pregunta, este año han subido los impuestos? Porque a mi mujer le devuelven 200 y pico euros menos que años anteriores, y la nomina sigue siendo el mismo truñaco de siempre xd
bascu escribió:rolento escribió:Una pregunta, este año han subido los impuestos? Porque a mi mujer le devuelven 200 y pico euros menos que años anteriores, y la nomina sigue siendo el mismo truñaco de siempre xd
Le han ajustado la retención o algo? Ten en cuenta que en realidad lo suyo sería quedarte "a cero" con Hacienda... Ni pagar tú, ni que te paguen ellos... Si te sale a devolver mucha pasta es porque tu empresa te está reteniendo de más en las nóminas...
Que hay gente que lo prefiere porque lo ve como una especie de paga extra, y otros que prefieren cobrar esa cantidad más al mes... Eso ya allá cada cual!
rolento escribió:bascu escribió:rolento escribió:Una pregunta, este año han subido los impuestos? Porque a mi mujer le devuelven 200 y pico euros menos que años anteriores, y la nomina sigue siendo el mismo truñaco de siempre xd
Le han ajustado la retención o algo? Ten en cuenta que en realidad lo suyo sería quedarte "a cero" con Hacienda... Ni pagar tú, ni que te paguen ellos... Si te sale a devolver mucha pasta es porque tu empresa te está reteniendo de más en las nóminas...
Que hay gente que lo prefiere porque lo ve como una especie de paga extra, y otros que prefieren cobrar esa cantidad más al mes... Eso ya allá cada cual!
Revisando mejor las cosas ya he descubierto de donde viene ese diferencial xd
X cierto alguien sabe si fiscalmente tiene algun beneficio estar casado? Porque de hacer la declaracion conjunta a separada tenemos un diferencial de 900 y pico € ( si es conjunta a pagar 360 € y si la hacemos individual nos devuelven 600 € entre los 2)
rolento escribió:bascu escribió:rolento escribió:Una pregunta, este año han subido los impuestos? Porque a mi mujer le devuelven 200 y pico euros menos que años anteriores, y la nomina sigue siendo el mismo truñaco de siempre xd
Le han ajustado la retención o algo? Ten en cuenta que en realidad lo suyo sería quedarte "a cero" con Hacienda... Ni pagar tú, ni que te paguen ellos... Si te sale a devolver mucha pasta es porque tu empresa te está reteniendo de más en las nóminas...
Que hay gente que lo prefiere porque lo ve como una especie de paga extra, y otros que prefieren cobrar esa cantidad más al mes... Eso ya allá cada cual!
Revisando mejor las cosas ya he descubierto de donde viene ese diferencial xd
X cierto alguien sabe si fiscalmente tiene algun beneficio estar casado? Porque de hacer la declaracion conjunta a separada tenemos un diferencial de 900 y pico € ( si es conjunta a pagar 360 € y si la hacemos individual nos devuelven 600 € entre los 2)
mcubcn escribió:A devolver 380€, cada año menos... Pero han sido extremadamente rápidos. Confirmada ayer día 4 por la noche y en estos momentos ya la tengo confirmada y con transferencia en 4 días!
Wampiro escribió:¿Alguien sabe si hace falta estar empadronado en Madrid para deducirte el alquiler?
Creo que cumplo todos los requisitos para que me devuelvan 1000€... Pero sigo empadronado en Murcia (llevo 4 años viviendo y trabajando en Madrid pero sigo empadronado en mi pueblo, si, ya... ).
Tengo contrato legal compartiendo piso, he de hablar con el casero para el documento que necesito de la fianza, pero me queda la duda de lo de estar empadronado.
Y claro, no se las consecuencias de que plr H o por B hacienda diga que no lo he deducido bien... A ver si por no estar empadronado me meten un multazo brutal, solo me faltaba.
KrlosDki escribió:Wampiro escribió:¿Alguien sabe si hace falta estar empadronado en Madrid para deducirte el alquiler?
Creo que cumplo todos los requisitos para que me devuelvan 1000€... Pero sigo empadronado en Murcia (llevo 4 años viviendo y trabajando en Madrid pero sigo empadronado en mi pueblo, si, ya... ).
Tengo contrato legal compartiendo piso, he de hablar con el casero para el documento que necesito de la fianza, pero me queda la duda de lo de estar empadronado.
Y claro, no se las consecuencias de que plr H o por B hacienda diga que no lo he deducido bien... A ver si por no estar empadronado me meten un multazo brutal, solo me faltaba.
Te cito compañero, a ver si alguien nos ilumina porque yo estoy en una situación similar. Nací en Cádiz y hace 8 años que estoy viviendo en Valencia, entré en mi primer curro en Julio del año pasado y me cambié el padrón por Noviembre-Diciembre. He añadido en el borrador la deducción por alquiler con todos los datos, y me da una cifra de 350€, pero no se me aplica al total a devolver (por defecto me salen a devolver 205).
KrlosDki escribió:Wampiro escribió:¿Alguien sabe si hace falta estar empadronado en Madrid para deducirte el alquiler?
Creo que cumplo todos los requisitos para que me devuelvan 1000€... Pero sigo empadronado en Murcia (llevo 4 años viviendo y trabajando en Madrid pero sigo empadronado en mi pueblo, si, ya... ).
Tengo contrato legal compartiendo piso, he de hablar con el casero para el documento que necesito de la fianza, pero me queda la duda de lo de estar empadronado.
Y claro, no se las consecuencias de que plr H o por B hacienda diga que no lo he deducido bien... A ver si por no estar empadronado me meten un multazo brutal, solo me faltaba.
Te cito compañero, a ver si alguien nos ilumina porque yo estoy en una situación similar. Nací en Cádiz y hace 8 años que estoy viviendo en Valencia, entré en mi primer curro en Julio del año pasado y me cambié el padrón por Noviembre-Diciembre. He añadido en el borrador la deducción por alquiler con todos los datos, y me da una cifra de 350€, pero no se me aplica al total a devolver (por defecto me salen a devolver 205).
Wampiro escribió:KrlosDki escribió:Wampiro escribió:¿Alguien sabe si hace falta estar empadronado en Madrid para deducirte el alquiler?
Creo que cumplo todos los requisitos para que me devuelvan 1000€... Pero sigo empadronado en Murcia (llevo 4 años viviendo y trabajando en Madrid pero sigo empadronado en mi pueblo, si, ya... ).
Tengo contrato legal compartiendo piso, he de hablar con el casero para el documento que necesito de la fianza, pero me queda la duda de lo de estar empadronado.
Y claro, no se las consecuencias de que plr H o por B hacienda diga que no lo he deducido bien... A ver si por no estar empadronado me meten un multazo brutal, solo me faltaba.
Te cito compañero, a ver si alguien nos ilumina porque yo estoy en una situación similar. Nací en Cádiz y hace 8 años que estoy viviendo en Valencia, entré en mi primer curro en Julio del año pasado y me cambié el padrón por Noviembre-Diciembre. He añadido en el borrador la deducción por alquiler con todos los datos, y me da una cifra de 350€, pero no se me aplica al total a devolver (por defecto me salen a devolver 205).
Yo por lo que he leido este año en Madrid han puesto una bomba lapa en la deduccion del alquiler.
Al parecer hay un impuesto en la comunidad de madrid de ransmisiones patrimoniales que no solo aplica por herencia sino hasta si alquilas un piso, y se paga a nivel ayuntamiento creo, fuera de la declaracion.
Si no lo pagaste el año pasado, y presentas una declaracion reclamando deduccion de alquiler, te meten un multazo por no haber pagado el impuesto revolucionario por alquilar un piso en madrid, y no te dan la deduccion del alquiler claro.
Creo que solo pasa en Madrid, pero mira que en Valencia no sea igual...
Tito_Mel escribió:Este año a mi padre, jubilado desde hace años, según la web le sale a pagar si la presenta en conjunta con mi madre 64 euros y si la presenta individual (ella no está obligada) le sale a pagar 1300 euros. Él venía pagando últimamente unos 800. Tanto si la presenta de una forma como si la presenta de otra se sale de lo normal, una por demasiado y otra por anormalmente poco.
Yo le he dicho que la presente conjunta y que si ahí sale 64 euros que en todo caso el error será de Hacienda no suyo, que no le pueden multar posteriormente, pero él dice que no se fia.
Kuouz escribió:Pero las deducciones no son cuando te sale a pagar? Si te sale a devolver no puedes deducirte el alquiler, o al menos eso tenía yo entendido.
martuka_pzm escribió:Tito_Mel escribió:Este año a mi padre, jubilado desde hace años, según la web le sale a pagar si la presenta en conjunta con mi madre 64 euros y si la presenta individual (ella no está obligada) le sale a pagar 1300 euros. Él venía pagando últimamente unos 800. Tanto si la presenta de una forma como si la presenta de otra se sale de lo normal, una por demasiado y otra por anormalmente poco.
Yo le he dicho que la presente conjunta y que si ahí sale 64 euros que en todo caso el error será de Hacienda no suyo, que no le pueden multar posteriormente, pero él dice que no se fia.
A qué te refieres con que en todo caso la culpa será de hacienda?
Si se trata de un problema en los cálculos que realiza el programa si, no puede haber sanción.
Si los datos no están correctos la culpa es de la persona que realiza la declaración
Tito_Mel escribió:martuka_pzm escribió:Tito_Mel escribió:Este año a mi padre, jubilado desde hace años, según la web le sale a pagar si la presenta en conjunta con mi madre 64 euros y si la presenta individual (ella no está obligada) le sale a pagar 1300 euros. Él venía pagando últimamente unos 800. Tanto si la presenta de una forma como si la presenta de otra se sale de lo normal, una por demasiado y otra por anormalmente poco.
Yo le he dicho que la presente conjunta y que si ahí sale 64 euros que en todo caso el error será de Hacienda no suyo, que no le pueden multar posteriormente, pero él dice que no se fia.
A qué te refieres con que en todo caso la culpa será de hacienda?
Si se trata de un problema en los cálculos que realiza el programa si, no puede haber sanción.
Si los datos no están correctos la culpa es de la persona que realiza la declaración
El presenta lo que la página le da, todos los años lo hace igual, simplemente mete su dni, su clave, la de mi madre, y la página de hacienda hace el resto y devuelve un borrador que él acepta dando por bueno todos los años. Este año lo mismo, solo que este año en la conjunta (que es la que él presenta siempre) le sale 64 y en la individual 1300, cuando los años anteriores le salía igual tanto la conjunta como la individual.
Por otro lado, has visto que no te estén devolviendo todo verdad?
Tito_Mel escribió:martuka_pzm escribió:Tito_Mel escribió:Este año a mi padre, jubilado desde hace años, según la web le sale a pagar si la presenta en conjunta con mi madre 64 euros y si la presenta individual (ella no está obligada) le sale a pagar 1300 euros. Él venía pagando últimamente unos 800. Tanto si la presenta de una forma como si la presenta de otra se sale de lo normal, una por demasiado y otra por anormalmente poco.
Yo le he dicho que la presente conjunta y que si ahí sale 64 euros que en todo caso el error será de Hacienda no suyo, que no le pueden multar posteriormente, pero él dice que no se fia.
A qué te refieres con que en todo caso la culpa será de hacienda?
Si se trata de un problema en los cálculos que realiza el programa si, no puede haber sanción.
Si los datos no están correctos la culpa es de la persona que realiza la declaración
El presenta lo que la página le da, todos los años lo hace igual, simplemente mete su dni, su clave, la de mi madre, y la página de hacienda hace el resto y devuelve un borrador que él acepta dando por bueno todos los años. Este año lo mismo, solo que este año en la conjunta (que es la que él presenta siempre) le sale 64 y en la individual 1300, cuando los años anteriores le salía igual tanto la conjunta como la individual.
KrlosDki escribió:@martuka_pzm Ostras, siempre entiendo al revés lo de arrendador y arrendatario.... pues puede que vengan por ahí los tiros. ¿Sabes si sería posible pagar ese impuesto antes de continuar con la declaración?Por otro lado, has visto que no te estén devolviendo todo verdad?
No entiendo a qué te refieres, la verdad es que es mi primera declaración y voy más perdido que un gorrino en misa
KrlosDki escribió:@martuka_pzm En ese apartado me aparecen los 205€ que me salen a devolver por defecto sin haber incluido la deducción por alquiler. Al añadirla solo me aparecen 350 en el apartado 'Suma de deducciones autonómicas', pero no aparece en ningún sitio más.
El tema me extraña porque tengo compañeros en el trabajo con mi mismo salario y situación que al añadir el alquiler les devuelven bastante más, no entiendo por qué a mí no se me aplica.