@BeRReKà @minmaster Y dale... Vale te seguimos el juego: Si en Venezuela (independientemente de su estado a nivel social), como bien pretendes defender, no hay presos politicos entonces aquí tampoco... ¿O si pero no? ¿O no pero si? ¿O independencia pero suspendida? ¿O nos vamos pero dadnos dos meses y hablamos?
En serio, la indepedendencia en misterio ha llegado al nivel de Expediente X...
Han sido condenados por delito de sedición, contemplado en el Articulo 544 del Código Penal.
Y ni es justificable con los delitos de los demas ni viceversa...
En lo referente a Venezuela creo recordar que se habló del Articulo 334 (creo) en lo referente a que el TSJ no puede llegar a tal nivel de ademas de anular la AN asumir sus funciones, aunque fuera de manera temporal.
Pero vamos que si se tiene que meter ya a Venezuela (insisito, porque ahora interesa hacerlo) para justificar o replicar los actos de un juez que ha dictado sentencia con la Constitucion y el Código Penal de la mano...
Insisto, gustará mas o menos pero es lo que hay, y es lo mismo que había hace un mes.