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[PeneDeGoma] escribió:que edad tienes? por lo pronto, si trabajas pues vete tu solo de alquiler, si tus padres son propietarios ya es otra historia
el dia que tenga que volver a españa tengo muy claro que sera a un unifamiliar, aunque sea una chabola en medio de la nada..
Tito_Mel escribió:La primera opción siempre es hablarlo (importante aquí empezar con buen pie porque si no la gente, aunque vea que tienes razón, se pone a la defensiva y ya no consigues sacar nada de ellos), primero con los dueños del piso y si no atienden a razones pues con la comunidad. Si nada de esto sirve...
La segunda opción es mudarse, es la opción más efectiva y más rápida, la que quema menos. Pero si por motivos económicos o lo que sea esta opción es inviable...
Solo veo una última opción posible, que puede funcionar o puede que no, que requerirá quemarse y que requerirá tiempo y dedicación. En mi opinión es una medida desesperada para el caso en que no quede otra. Y es: juega a su propio juego. Si ellos te hacen la vida imposible a ti, hazle tú la vida imposible a ellos. Trata de conseguir que en sus cabezas acabe instaurándose la idea de que no les sale a cuenta darte por el culo. Obviamente no me refiero a pegarles sino a hacerles la vida imposible, primero dentro del edifico y luego si es necesario también fuera del edificio, en su trabajo, en sus vidas sociales, etc...
Siempre de forma que ellos no puedan sacar una condena contra ti, claro. Con el tiempo, probablemente mucho tiempo, quizá consigas que acaben dándose por vencidos o si detectas en ellos síntomas de que ya está empezando a afectarles puedes volver a hablar con ellos una vez más para decirles "¿Veis como todos nos podemos joder la vida? ¿Por qué no volvemos al punto en el que ni yo te la jodo a ti ni tu a mi?" y a lo mejor en ese momento están más proclives a aceptarlo.
Jurenito escribió:@alex_el_gato ¿Y no puedes grabar una de las conversaciones sin que se enteren?
La primera opción para disminuir un alto nivel de ruido consiste en solicitar de modo amistoso su cese o moderación. Puede ocurrir que quien produce el ruido no sea consciente de las molestias que ocasiona y que tras ser advertido de ello rebaje el nivel de emisiones sonoras. Siempre es recomendable este primer paso, pues si da resultados nos ahorrará farragosos trámites que no siempre son gratuitos. Pero si mediante la vía amistosa no conseguimos nada, hay otros modos para lograr que las inmisiones sonoras desaparezcan o desciendan a niveles soportables.
Vía Administrativa
Consiste en denunciar en el Ayuntamiento el exceso de ruido, pues corresponde a los consistorios defender el derecho de los ciudadanos a una convivencia tranquila, aplicando las ordenanzas municipales.
Trámites a seguir:
Denuncia del particular o de un grupo (si más de un vecino sufre las molestias de ruidos), mediante escrito dirigido al Ayuntamiento.
Inspección de los técnicos municipales e informe de los mismos.
Alegaciones del denunciante. En determinados casos se pueden pedir medidas urgentes, como el cese inmediato de la actividad o el precintado de las instalaciones.
Decreto del alcalde, que establecerá las medidas correctoras y el plazo de ejecución.
En caso de urgencia, la denuncia puede formularse ante la Policía Municipal, que deberá realizar de forma inmediata una visita de inspección.
Si el Ayuntamiento no resuelve en el plazo de tres meses desde el inicio del expediente (silencio administrativo), el denunciante podrá formular recurso contencioso administrativo, al entenderse denegada la solicitud o denuncia.
Vía contencioso-administrativa
Caso de que la denuncia ante el Ayuntamiento obtenga por respuesta la inactividad administrativa o la permisividad municipal ante inmisiones sonoras superiores a las permitidas, el ciudadano puede seguir reclamando al Ayuntamiento, además del cese de los ruidos, una inmdneización por daños y perjuicios en base a la responsabilidad patrimonial de la administración pública.
Vía civil
Se interpone una demanda contra quien produce las emisiones sonoras molestas. Los trámites varían en función del lugar de donde provengan los ruidos: del propio edificio, de edificios colindantes o de actividades en la calle.
Ruidos originados en locales o viviendas del mismo edificio
La Ley de Propiedad Horizontal prohíbe tanto al propietario como al arrendatario desarrollar en el piso o local actividades prohibidas en los estatutos o que resulten dañosas para la finca.
Trámites a seguir:
El presidente, a iniciativa propia o de otro propietario o inquilino, requerirá al vecino por escrito fehaciente (buro-fax, carta certificada, etc.) que cese las actividades molestas, informándole de que, en caso contrario, la comunidad iniciará acciones judiciales.
Si el infractor persiste en su conducta, se convocará Junta de Propietarios para autorizar al presidente a iniciar una acción judicial de cesación.
La demanda puede ir acompañada de la solicitud de medidas cautelares y una indemnización por daños y perjuicios.
Si el infractor es inquilino, la comunidad puede solicitar en la demanda que sea expulsado de la vivienda o local. Además, la Ley de Arrendamientos Urbanos faculta al arrendador para rescindir el contrato por actividades molestas y nocivas.
Si la comunidad de propietarios no actúa al respecto, cualquier propietario afectado también puede acudir a los tribunales por su cuenta.
Ruidos procedentes de edificios colindantes
Tramites a seguir:
Amistosamente, poner en conocimiento de los responsables las molestias por el exceso de ruido, y solicitarles que lo reduzcan.
Si no se soluciona: en caso de ruidos de bares, discotecas, fabricas o similares, presentar denuncia en el Ayuntamiento. Si hay urgencia, como en el caso obras, acudir a la Policía Municipal.
Si la conducta persiste, presentar una demanda con opción a solicitar medidas cautelares en el juzgado civil. Puede alegarse ejercicio antisocial de los derechos en el demandado, responsabilidad extracontractual o intromisión ilegitima en la intimidad. Se necesita abogado y procurador. Cuando el perjudicado es una comunidad de propietarios, convocar con urgencia Junta Extraordinaria de propietarios para autorizar al presidente a iniciar acciones legales.
Si el perjudicado entiende que la actuación del Ayuntamiento ha sido de pasividad o excesiva permisividad, también puede valorarse una reclamación de responsabilidad patrimonial al Ayuntamiento.
Vía Penal
Por este procedimiento se opta en los casos extremos y se aplica cuando los ruidos ocasionan riesgo de grave perjuicio para la salud de las personas (artículo 45 de la Constitución). En cumplimiento de este mandato, el Código Penal (artículo 325) castiga con penas que oscilan entre los 6 meses hasta los 4 años a quienes infringen este precepto.
Trámites a seguir:
Se debe presentar denuncia o querella ante el Juzgado. Es conveniente contar con testigos. Se pueden reclamar daños y perjuicios.
Para interponer querella (o siempre que se intervenga en el procedimiento como acusación particular) se necesita abogado y procurador.
Otras vías de reclamación
También es posible reclamar por exceso de ruido presentando un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, por violación del derecho a la intimidad y a la inviolabilidad del domicilio (art. 18 de la Constitución Española). No obstante, antes de recurrir a esta vía es necesario agotar el procedimiento judicial.
Garru escribió:Tienes varias opciones la primera es insonorizar la casa entera, lana de roca en techo y después pladur.
Si la vendes y no dices nada del problema, el nuevo dueño te puede denunciar. Aunque aísles o tengas pensado largarte denuncia. Puedes hablar con la madre del gil para decirle lo que esta pasando. Yo soy muy pragmático, e vivido de alquiler siempre y cuando tengo algún problema me largo, ni trato de arreglarlo.
Garru escribió:Yo soy muy pragmático, e vivido de alquiler siempre y cuando tengo algún problema me largo, ni trato de arreglarlo.
Tito_Mel escribió:Garru escribió:Yo soy muy pragmático, e vivido de alquiler siempre y cuando tengo algún problema me largo, ni trato de arreglarlo.
Yo estoy hasta los cojones ya de los pisos, durante todos estos años he ido odiándolos cada vez más, así que tengo claro que en cuanto pueda me piro a una casa aislada. Ni adosadas ni leches, no quiero más vecinos cerca de mi en mi puñetera vida.
tanhausen escribió:Hola, a ver, según tu caso se puede hacer lo siguiente:
- Hablar con el presidente/a de la comunidad y ponerlo en su conocimiento por escrito lo que está sucediendo (y que lo firme, por supuesto).
- Llamar a la policía local cada vez que hagan este tipo de cosas y que levanten acta sobre lo que esté pasando (deberás solicitar un duplicado de dichas actas).
- Solicitar al presidente/a de la comunidad que se lleve a cabo una junta extraordinaria y aprobar una acción de cesación conforme a lo contemplado en la Ley de Propiedad Horizontal (de esta forma la comunidad está "obligada" a tomar parte).
Si tienes alguna duda al respecto, envíame un mp
Un saludo
Tito_Mel escribió:Garru escribió:Yo soy muy pragmático, e vivido de alquiler siempre y cuando tengo algún problema me largo, ni trato de arreglarlo.
Yo estoy hasta los cojones ya de los pisos, durante todos estos años he ido odiándolos cada vez más, así que tengo claro que en cuanto pueda me piro a una casa aislada. Ni adosadas ni leches, no quiero más vecinos cerca de mi en mi puñetera vida.
Garru escribió:Tito_Mel escribió:Garru escribió:Yo soy muy pragmático, e vivido de alquiler siempre y cuando tengo algún problema me largo, ni trato de arreglarlo.
Yo estoy hasta los cojones ya de los pisos, durante todos estos años he ido odiándolos cada vez más, así que tengo claro que en cuanto pueda me piro a una casa aislada. Ni adosadas ni leches, no quiero más vecinos cerca de mi en mi puñetera vida.
Me acabo de mudar el campo, campo campo, por primera vez en la vida, me da trabajo de cortar el césped y limpiar piscina una vez a la semana y te voy a decir una cosa, no regreso a la ciudad no jarto de vino. Duermo sin ruido alguno al lado de mi ventana viendo miles de estrellas, estoy deseando que llegue la noche porque nunca en mi vida e dormido igual, me levanto por primera vez descansando.
Elelegido escribió:Se supone que hay ordenanzas municipales que limitan el nivel de ruido que puede causar el vecindario, especialmente a horas intempestivas. Así que si se produce esa circunstancia, se puede llamar a la policía para que atestigüe lo que está sucediendo, y presentar una denuncia con todas las de la ley.
tanhausen escribió:Hola, a ver, según tu caso se puede hacer lo siguiente:
- Hablar con el presidente/a de la comunidad y ponerlo en su conocimiento por escrito lo que está sucediendo (y que lo firme, por supuesto).
- Llamar a la policía local cada vez que hagan este tipo de cosas y que levanten acta sobre lo que esté pasando (deberás solicitar un duplicado de dichas actas).
- Solicitar al presidente/a de la comunidad que se lleve a cabo una junta extraordinaria y aprobar una acción de cesación conforme a lo contemplado en la Ley de Propiedad Horizontal (de esta forma la comunidad está "obligada" a tomar parte).
Si tienes alguna duda al respecto, envíame un mp
Un saludo
tanhausen escribió:tanhausen escribió:Hola, a ver, según tu caso se puede hacer lo siguiente:
- Hablar con el presidente/a de la comunidad y ponerlo en su conocimiento por escrito lo que está sucediendo (y que lo firme, por supuesto).
- Llamar a la policía local cada vez que hagan este tipo de cosas y que levanten acta sobre lo que esté pasando (deberás solicitar un duplicado de dichas actas).
- Solicitar al presidente/a de la comunidad que se lleve a cabo una junta extraordinaria y aprobar una acción de cesación conforme a lo contemplado en la Ley de Propiedad Horizontal (de esta forma la comunidad está "obligada" a tomar parte).
Si tienes alguna duda al respecto, envíame un mp
Un saludo
Se lo has comunicado al propietario de la vivienda? Debe tener conocimiento de ello y además responder al respecto.
Bostonboss escribió:Otra opción más barata es reventarlo a ostias y pagar la multa que sea
Noriko escribió:A las 11/12 de la noche llama a la policia a que te hagan una medicion de decibelios, acto seguido de colgar el telefono provocalos y espera
En cuanto les llegue la multa dejaran de hacerlo, sino repites