Necesito ayuda urgente movida inmobiliaria. (Actualizado 21 junio primer post)

1, 2, 3, 4
Brutal tu situación, todo mi ánimo... yo también las tuve con una inmobiliaria en Barcelona... impresentables poco... mi solución fue ir allí, pedirle 12 hojas de reclamaciones (1 por cada cosa que me liaron) y como no tenian... al final pedí 13 xD. De repente, me devolvieron hasta el mes de comisión.

Yo no tengo ni puta idea de leyes, asesorate todo lo que puedas con profesionales. Ahora si, ni de coñas firmes nada que la inmo te ponga delante como la renuncia esa que comentabas....

Y yo iría por la inmobiliaria y la denunciaria por daños y perjuicios pidiendo:
1. Devolución de la comisión de ellos.
2. Costes de mundanza, seguros, hasta el último eur... como si has pagado 60e por el alta de fibra.... Muebles/Electrodomesticos que quizás tengas que comprar en un nuevo piso y que en este alquiler estaban incluídos.
3. Daños psicologico, si estas teniendo problemas para dormir y tienes estres, ves al medico y que hagan un informe.
4. Todas las cuotas del piso... si el contrato es nulo y eres okupa... pues que te devuelvan lo pagadi
5. Todo lo que se le ocurra al abogado, ya te diran que no... pero como si tienes que facturarles las horas de buscar un nuevo piso....

Y seguramente he dicho tonterias muy grandes... pero por pedir.... y que se jodan todo lo posible...

Luego, ni de coña pagaria a la inmobiliaria ni un recibo mas de alquiler... guardatelo en la cuenta o lo depositas en el juzgado como dicen... pero la inmo que se joda. No puede cobrar por algo que no es suyo ni de sus clientes y sin contrato...

Bueno, lo dicho. Mucho ánimo y a tope en contra de la mafia de la inmo.

Por cierto, si sois jovenes hay avales ico hasta el del 80% al 90% de la hipoteca y los impuestos de transmision patrimonial es solo el 5% o asi...
Creo que lo mejor que puedes hacer es adelantarte y denunciar a la inmobiliaria. Ellos son los verdaderos culpables y deberían de hacerse cargo de todo. Encima ahora se hacen los suecos, son gentuza como ya te han dicho.

Reune las pruebas cuanto antes. Graba todas las conversaciones telefónicas con abogados, inmobiliaria, etc.

Mucha suerte compañero, espero que todo se solucione pronto.
Namco69 escribió:@angelillo732 alguna novedad?


Pues he estado hablando con un abogado que me recomendaron, es caro pero así nos aseguramos que nos cubrimos las espaldas. Esta semana tengo una cita con el y hablaremos todo bien.

Este abogado ya me ha dado algunos posibles caminis.

- La inmobiliaria puede haber cometido un delito (no recuerdo en nombre) y hay que denunciar.

- Puede que podamos presionar para que el banco nos mantenga el contrato, pero seguramente subirán precio.

- Para la vista del 4 de julio, hay que llevar incluso capturas del piso en idealista, aun que como ya no está disponible, le he pedido a idealista (usando la referencia) que me envíe una captura del anuncio, a ver si es posible. También las capturas de WhatsApp que le pase a mi mujer donde se ve una foto del piso junto al enlace, etc..

Pero es un caso complicado, hasta que no revisemos papeles no se sabe.
angelillo732 escribió:
Namco69 escribió:@angelillo732 alguna novedad?


Pues he estado hablando con un abogado que me recomendaron, es caro pero así nos aseguramos que nos cubrimos las espaldas. Esta semana tengo una cita con el y hablaremos todo bien.

Este abogado ya me ha dado algunos posibles caminis.

- La inmobiliaria puede haber cometido un delito (no recuerdo en nombre) y hay que denunciar.

- Puede que podamos presionar para que el banco nos mantenga el contrato, pero seguramente subirán precio.

- Para la vista del 4 de julio, hay que llevar incluso capturas del piso en idealista, aun que como ya no está disponible, le he pedido a idealista (usando la referencia) que me envíe una captura del anuncio, a ver si es posible. También las capturas de WhatsApp que le pase a mi mujer donde se ve una foto del piso junto al enlace, etc..

Pero es un caso complicado, hasta que no revisemos papeles no se sabe.

¿Es posible entrar al anuncio de idealista mediante un archivo de internet?
Quiero decir, internet archiva páginas web para poder acceder a ellas una vez se han borrado (o algo así), igual podríais intentarlo para entrar en el anuncio.
@DaniGonmoda pues no tengo ni idea, tendría que mirarlo.
@angelillo732 si tienes la URL del anuncio prueba a ponerla aquí a ver si hay suerte http://web.archive.org/
GXY escribió:a mi en mi casa me enseñaron que si no tienes dinero para comprar algo, no lo compres. :o


¿En tu casa se compraron el piso y el coche a tocateja? [mad]
rethen escribió:
GXY escribió:a mi en mi casa me enseñaron que si no tienes dinero para comprar algo, no lo compres. :o


¿En tu casa se compraron el piso y el coche a tocateja? [mad]


no, pero se lo piensan mucho con poner alegremente avales para una propiedad que seguramente por precio esta por encima de las posibilidades de compra. :o
GXY escribió:
rethen escribió:
GXY escribió:a mi en mi casa me enseñaron que si no tienes dinero para comprar algo, no lo compres. :o


¿En tu casa se compraron el piso y el coche a tocateja? [mad]


no, pero se lo piensan mucho con poner alegremente avales para una propiedad que seguramente por precio esta por encima de las posibilidades de compra. :o


Hombre sí, eso es normal, pero es un mensaje bastante distinto.

Yo creo que tampoco me metería en un piso ante una situación inesperada sin tener la absoluta certeza de todas las condiciones, y desde luego nunca sin tener una altísima certeza de que puedo pagar 1/3 de la hipoteca con uno de los sueldos de casa, o en su defecto, tengo un colchón para aguantar mínimo un año de temporal.

En este caso también tienen que valorar el coste de oportunidad respecto a moverse a otro sitio y tener que desechar o malvender los muebles, que por lo que entiendo no han sido baratos [decaio]
joliac escribió:@angelillo732 si tienes la URL del anuncio prueba a ponerla aquí a ver si hay suerte http://web.archive.org/


[flipa] ha funcionado! Muchas gracias por que eso me ahorra muchísimo tiempo.

De verdad, gracias.
angelillo732 escribió:
joliac escribió:@angelillo732 si tienes la URL del anuncio prueba a ponerla aquí a ver si hay suerte http://web.archive.org/


[flipa] ha funcionado! Muchas gracias por que eso me ahorra muchísimo tiempo.

De verdad, gracias.

eol no defrauda XD
¿A todo esto, la última ley no decía que el propietario es quien obligatoriamente paga la inmobiliaria, no el inquilino? Porque no se qué se puede reclamar cuando no les has pagado nada a ellos.

Por otra parte si no hay ninguna denuncia, ¿cómo consignar el pago del alquiler a un juzgado?

El abogado supongo te dirá lo que corresponde hacer, pero hay que mirar también las cantidades, por si no vale la pena meterse en según qué.
@Gurlukovich eso es en caso de venta. El lo ha alquilado a la inmobiliaria
DrSerpiente escribió:@Gurlukovich eso es en caso de venta. El lo ha alquilado a la inmobiliaria

Lo ha alquilado al "propietario", que es lo que debe decir el contrato, el cliente de la inmobiliaria es el "propietario".
El viernes tengo cita con el abogado y a ver que dice.

Namco69 escribió:
angelillo732 escribió:
joliac escribió:@angelillo732 si tienes la URL del anuncio prueba a ponerla aquí a ver si hay suerte http://web.archive.org/


[flipa] ha funcionado! Muchas gracias por que eso me ahorra muchísimo tiempo.

De verdad, gracias.

eol no defrauda XD


Además de verdad xD
Gurlukovich escribió:
DrSerpiente escribió:@Gurlukovich eso es en caso de venta. El lo ha alquilado a la inmobiliaria

Lo ha alquilado al "propietario", que es lo que debe decir el contrato, el cliente de la inmobiliaria es el "propietario".


Quiero decir que lo ha alquilado a la inmobiliaria y lo paga a través de la inmobiliaria. Digo yo que en el contrato reflejará que el pago es a una cuenta de la inmobiliaria.
A donde va ese dinero (se lo queda la inmobiliaria, o ésta se lo manda al dueño descontando su parte, o se usa para financiar la pesca del boquerón.) al op le debe importar cero.
El no actúa de mala fé, y a mí corto entender, el problema lo tiene la inmobiliaria que ha alquilado algo que no debía.
Y ojo, que tampoco se puede descartar que el extranjero haya engañado a la inmobiliaria, pero no creo, porque es tarea de la inmobiliaria asegurarse.
DrSerpiente escribió:
Gurlukovich escribió:
DrSerpiente escribió:@Gurlukovich eso es en caso de venta. El lo ha alquilado a la inmobiliaria

Lo ha alquilado al "propietario", que es lo que debe decir el contrato, el cliente de la inmobiliaria es el "propietario".


Quiero decir que lo ha alquilado a la inmobiliaria y lo paga a través de la inmobiliaria. Digo yo que en el contrato reflejará que el pago es a una cuenta de la inmobiliaria.
A donde va ese dinero (se lo queda la inmobiliaria, o ésta se lo manda al dueño descontando su parte, o se usa para financiar la pesca del boquerón.) al op le debe importar cero.
El no actúa de mala fé, y a mí corto entender, el problema lo tiene la inmobiliaria que ha alquilado algo que no debía.
Y ojo, que tampoco se puede descartar que el extranjero haya engañado a la inmobiliaria, pero no creo, porque es tarea de la inmobiliaria asegurarse.

Habría que ver el contrato, pero yo apostaría que está al nombre del propietario, más allá de que haya un administrador.
Gurlukovich escribió:
DrSerpiente escribió:
Gurlukovich escribió:Lo ha alquilado al "propietario", que es lo que debe decir el contrato, el cliente de la inmobiliaria es el "propietario".


Quiero decir que lo ha alquilado a la inmobiliaria y lo paga a través de la inmobiliaria. Digo yo que en el contrato reflejará que el pago es a una cuenta de la inmobiliaria.
A donde va ese dinero (se lo queda la inmobiliaria, o ésta se lo manda al dueño descontando su parte, o se usa para financiar la pesca del boquerón.) al op le debe importar cero.
El no actúa de mala fé, y a mí corto entender, el problema lo tiene la inmobiliaria que ha alquilado algo que no debía.
Y ojo, que tampoco se puede descartar que el extranjero haya engañado a la inmobiliaria, pero no creo, porque es tarea de la inmobiliaria asegurarse.

Habría que ver el contrato, pero yo apostaría que está al nombre del propietario, más allá de que haya un administrador.


Entonces:
A. El dinero va a manos del dueño (ha engañado a la inmobiliaria)
B. El dinero va a la inmobiliaria (sabiendo que el piso estaba embargado, o no, se lo ha llevado)

Lo que quiero decir, es que en el creador del hilo no hay nunca mala fe

Edito.
Si denuncia, ya se encargará la policía a nombre de quien está la cuenta donde se hacían los pagos
La policía va a hacer una mierda, salvo sacar a angelillo de la casa si lo dicta el juez. El que haya hecho las cosas correctamente llevará al juzgado papeles que descarguen su responsabilidad.

Por poder, podría ser que el banco no hubiera ido al registro de la propiedad y siga apareciendo el propietario original.
Todo este asunto, es puro cuento. Los alquileres se pueden y se deben registrar en el Registro de la propiedad, aunque no sea obligatorio, para lo cual, deben pasar antes por el Notario, que valida y certifica la legalidad del contrato (primer punto).
Con ese paso, nada de lo que aquí se cuenta habría sucedido, tal vez por que en la Notaría ya habrían advertido de la situación del inmueble.
Imaginense que a un propietario que vive en Londres, le van a embargar un inmueble por impago, lo sabe, y mete a su colega, el pillo, que dice que tiene el piso arrendado, que no sabe nada, que ha puesto los suministros a su nombre, y que no se merece quedar en la calle, que injusticia.
Y despues el pillo, viene a un foro a quejarse, y todos los tontos detrás, aconsejándole, indignándose, etc.etc.etc.etc.
No es el caso, claro, pero podría ser, ¿a que si?.
Pues eso, han alquilado un inmueble que iba a ser embargado, y lo primero que hay que respetar y cuidar en este país de mierda, es el derecho del legítimo propietario (segundo punto).
Con esos dos sencillos puntos, la gente normal que solo quiere trabajar, prosperar, y no tener problemas, viviría mucho mejor, pero en el susodicho país de mierda, la legislación, la práctica habitual, y la tonteria fenomenal, hacen que sea el pillo el que pueda rascar, y los demás...a pagar.

PPD: El Registro de la Propiedad por suerte, no funciona como el Registro del Ayuntamiento de Vicar, donde las pájaras de Urbanismo, si no quieren que registres algo que no les interesa, por ejemplo, unas obras sin licencia que realizan unos gitanos en unas viviendas de VPO (obras que duran 5 años, y con el único fin de molestar y echar del edificio a vecinos que no son gitanos y maleantes como ellos, y traer mas gitanos para convertir un patio interior en un equipo de high fidelity, de Camela y Los chunguitos) simplemente te dicen que "aqui no hacemos las cosas así", y te vas tan agusto, todo ello con el aval de dos policias locales que viven en el edificio, y de varios tarugos, que se comen lo que les echan en el pesebre.
InviziblE escribió:Todo este asunto, es puro cuento. Los alquileres se pueden y se deben registrar en el Registro de la propiedad, aunque no sea obligatorio, para lo cual, deben pasar antes por el Notario, que valida y certifica la legalidad del contrato (primer punto).
Con ese paso, nada de lo que aquí se cuenta habría sucedido, tal vez por que en la Notaría ya habrían advertido de la situación del inmueble.
Imaginense que a un propietario que vive en Londres, le van a embargar un inmueble por impago, lo sabe, y mete a su colega, el pillo, que dice que tiene el piso arrendado, que no sabe nada, que ha puesto los suministros a su nombre, y que no se merece quedar en la calle, que injusticia.
Y despues el pillo, viene a un foro a quejarse, y todos los tontos detrás, aconsejándole, indignándose, etc.etc.etc.etc.
No es el caso, claro, pero podría ser, ¿a que si?.
Pues eso, han alquilado un inmueble que iba a ser embargado, y lo primero que hay que respetar y cuidar en este país de mierda, es el derecho del legítimo propietario (segundo punto).
Con esos dos sencillos puntos, la gente normal que solo quiere trabajar, prosperar, y no tener problemas, viviría mucho mejor, pero en el susodicho país de mierda, la legislación, la práctica habitual, y la tonteria fenomenal, hacen que sea el pillo el que pueda rascar, y los demás...a pagar.

"La gente normal que solo quiere trabajar, prosperar y no tener problemas" no especula con la vivienda haciendo que la auténtica gente normal que solo quiere trabajar, prosperar y no tener problemas no pueda acceder a una vivienda a un precio asequible.
InviziblE escribió:Todo este asunto, es puro cuento. Los alquileres se pueden y se deben registrar en el Registro de la propiedad, aunque no sea obligatorio, para lo cual, deben pasar antes por el Notario, que valida y certifica la legalidad del contrato (primer punto).
Con ese paso, nada de lo que aquí se cuenta habría sucedido, tal vez por que en la Notaría ya habrían advertido de la situación del inmueble.
Imaginense que a un propietario que vive en Londres, le van a embargar un inmueble por impago, lo sabe, y mete a su colega, el pillo, que dice que tiene el piso arrendado, que no sabe nada, que ha puesto los suministros a su nombre, y que no se merece quedar en la calle, que injusticia.
Y despues el pillo, viene a un foro a quejarse, y todos los tontos detrás, aconsejándole, indignándose, etc.etc.etc.etc.
No es el caso, claro, pero podría ser, ¿a que si?.
Pues eso, han alquilado un inmueble que iba a ser embargado, y lo primero que hay que respetar y cuidar en este país de mierda, es el derecho del legítimo propietario (segundo punto).
Con esos dos sencillos puntos, la gente normal que solo quiere trabajar, prosperar, y no tener problemas, viviría mucho mejor, pero en el susodicho país de mierda, la legislación, la práctica habitual, y la tonteria fenomenal, hacen que sea el pillo el que pueda rascar, y los demás...a pagar.

PPD: El Registro de la Propiedad por suerte, no funciona como el Registro del Ayuntamiento de Vicar, donde las pájaras de Urbanismo, si no quieren que registres algo que no les interesa, por ejemplo, unas obras sin licencia que realizan unos gitanos en unas viviendas de VPO (obras que duran 5 años, y con el único fin de molestar y echar del edificio a vecinos que no son gitanos y maleantes como ellos, y traer mas gitanos para convertir un patio interior en un equipo de high fidelity, de Camela y Los chunguitos) simplemente te dicen que "aqui no hacemos las cosas así", y te vas tan agusto, todo ello con el aval de dos policias locales que viven en el edificio, y de varios tarugos, que se comen lo que les echan en el pesebre.


Esto ya lo comenté yo hace unos días....

Torres escribió:Yo tampoco creo que vaya a terminar bien. Porque en este caso se la han colado al forero. Pero imaginaros que se pudieran hacer contratos falsos para demostrar que vives en una casa.



De todas formas lo que dices del notario..., no sé si con casa será distinto.., pero yo tengo unas oficinas en alquiler y no han pasado los contratos por notarios en la vida... Ni por inmobiliarias.., yo si se da el caso que una oficina se queda vacía pongo el cartel de se alquila y a los días ya está otro inquilino sin pasar por intermediarios....
DaniGonmoda escribió:[
"La gente normal que solo quiere trabajar, prosperar y no tener problemas" no especula con la vivienda haciendo que la auténtica gente normal que solo quiere trabajar, prosperar y no tener problemas no pueda acceder a una vivienda a un precio asequible.

La gente que si puede adquirir una vivienda, sea normal o no, no tiene la culpa de que haya otros que no pueden adquirirla, y tienen derecho a que su propiedad o sus propiedades, se respeten, y los que dicen que van a arreglar estos asuntos creando inseguridad jurídica a los que si pueden, amparando y blanqueando prácticas ilegales, como la okupación, son los que han conseguido que este erial de "identidades culturales", se haya polarizado, y balcanizado.
Una cosa es que "no puedas" pagar un alquiler o una compra de vivienda, y otra distinta es que "no puedas" pagar el alquiler o la compra que desearías. Con esta frase, se elimina el 50% aproximadamente de los "problemas" de vivienda, sin necesidad de legislaciones ni actuaciones policiales.
Cualquier bien, que circula por el mercado, está sujeto a especulación. Tal vez para ti, la palabra especulación es un vocablo peyorativo per sé, pero la especulación es simplemente comerciar con un bien, atendiendo unicamente a las fluctuaciones en su precio, con el fin de obtener una ganancia. La especulación, le dá un extra de liquidez a cualquier mercado. Se especula con petróleo, con alimentos, con materias primas, con textiles, con productos perecederos e imperecederos, con todo. Es parte del capitalismo.
Si el mercado de VPO, que es el que debería quedar al margen de tu temida especulación, no se hubiera convertido en "el mercado especulativo de los gitanos, moros y mafias locales", cosa que no tiene nada que ver con los "pudientes", (por desgracia, el municipio en el que resido es, en este aspecto el escaparate mas ilustrativo de este problema a nivel nacional, y tal vez europeo), tal vez se habría eliminado el 50% restante de los problemas de vivienda. Pero es que a las "bandas del patio" tambien les gusta especular, no solo a los "Mario Conde", o a los "Bancos de Santander".
Que tenemos un punto de vista diametralmente distinto respecto al problema de la vivienda, es evidente, pero voy a seguir insistiendo en algo muy sencillo: registrando los contratos de alquiler en el Registro de la Propiedad, pasando por la Notaría, se evitan situaciones como las que se han relatado en este hilo.

@Torres
Evidentemente, hay muchos así, es que no es obligatorio el paso por el registro, pero cuando surgen los problemas, nos acordamos. Y puedes hacer un contrato de alquiler en una servilleta del bar, o no hacer ninguno, joder, si hasta puedes conducir sin carnet, en realidad solo necesitas coche para conducir ...hasta que surgen los problemas.
InviziblE escribió:
DaniGonmoda escribió:[
"La gente normal que solo quiere trabajar, prosperar y no tener problemas" no especula con la vivienda haciendo que la auténtica gente normal que solo quiere trabajar, prosperar y no tener problemas no pueda acceder a una vivienda a un precio asequible.

La gente que si puede adquirir una vivienda, sea normal o no, no tiene la culpa de que haya otros que no pueden adquirirla, y tienen derecho a que su propiedad o sus propiedades, se respeten, y los que dicen que van a arreglar estos asuntos creando inseguridad jurídica a los que si pueden, amparando y blanqueando prácticas ilegales, como la okupación, son los que han conseguido que este erial de "identidades culturales", se haya polarizado, y balcanizado.
Una cosa es "no puedas" pagar un alquiler o una compra de vivienda, y otra distinta es que "no puedas" pagar el alquiler o la compra que desearías. Con esta frase, se elimina el 50% aproximadamente de los "problemas" de vivienda, sin necesidad de legislaciones ni actuaciones policiales.
Cualquier bien, que circula por el mercado, está sujeto a especulación. Tal vez para ti, la palabra especulación es un vocablo peyorativo per sé, pero la especulación es simplemente comerciar con un bien, atendiendo unicamente a las fluctuaciones en su precio, con el fin de obtener una ganancia. La especulación, le dá un extra de liquidez a cualquier mercado. Se especula con petróleo, con alimentos, con materias primas, con textiles, con productos perecederos e imperecederos, con todo. Es parte del capitalismo.
Si el mercado de VPO, que es el que debería quedar al margen de tu temida especulación, no se hubiera convertido en "el mercado especulativo de los gitanos, moros y mafias locales", cosa que no tiene nada que ver con los "pudientes", tal vez se habría eliminado el 50% restante de los problemas de vivienda. Pero es que a las "bandas del patio" tambien les gusta especular, no solo a los "Mario Conde", o a los "Bancos de Santander".
Que tenemos un punto de vista diametralmente distinto respecto al problema de la vivienda, es evidente, pero voy a seguir insistiendo en algo muy sencillo: registrando los contratos de alquiler en el Registro de la Propiedad, pasando por la Notaría, se evitan situaciones como las que se han relatado en este hilo.

Estoy 100% de acuerdo con el punto en el que insistes al final. Siempre hay que registrar los contratos de alquiler, y si alguien no lo hace, es mejor salir de ese alquiler.
Hay que ser precavidos con estas cosas, o te la cuelan.
InviziblE escribió:
@Torres
Evidentemente, hay muchos así, es que no es obligatorio el paso por el registro, pero cuando surgen los problemas, nos acordamos. Y puedes hacer un contrato de alquiler en una servilleta del bar, o no hacer ninguno, joder, si hasta puedes conducir sin carnet, en realidad solo necesitas coche para conducir ...hasta que surgen los problemas.


No si yo los registro y deposito la fianza..., pero yo lo que registro es un contrato entre particulares que no pasa por ningún notario como dices... Y no creo que nadie se ponga a mirar si la dirección de ese contrato me pertenece...

La verdad que esto me lo gestiona todo mi mujer.., estoy hablando un poco desde la barra del bar jajajaja.., pero es la sensación que me da...
Torres escribió:[
No si yo los registro y deposito la fianza..., pero yo lo que registro es un contrato entre particulares que no pasa por ningún notario como dices... Y no creo que nadie se ponga a mirar si la dirección de ese contrato me pertenece...

La verdad que esto me lo gestiona todo mi mujer.., estoy hablando un poco desde la barra del bar jajajaja.., pero es la sensación que me da...


Ya de entrada te puedo decir, que si no pasa por la notaría, no pasa por el Registro de la Propiedad.
InviziblE escribió:
Torres escribió:[
No si yo los registro y deposito la fianza..., pero yo lo que registro es un contrato entre particulares que no pasa por ningún notario como dices... Y no creo que nadie se ponga a mirar si la dirección de ese contrato me pertenece...

La verdad que esto me lo gestiona todo mi mujer.., estoy hablando un poco desde la barra del bar jajajaja.., pero es la sensación que me da...


Ya de entrada te puedo decir, que si no pasa por la notaría, no pasa por el Registro de la Propiedad.


Yo hago un contrato, lo firmamos y lo llevamos a bizilagun.., no hay notario de por medio nunca...

https://www.euskadi.eus/web01-a2bizila/ ... ndex.shtml


REGISTRO DE CONTRATOS

Desde la entrada en vigor de la Ley 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda, es obligatorio tanto registrar los contratos de arrendamiento urbano como depositar las fianzas derivadas de los contratos. Para ello, debe utilizar el servicio Bizilagun del Gobierno Vasco.

En el Registro de contratos deben inscribirse todos los contratos de arrendamiento (alquiler) de las fincas urbanas ubicadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
@InviziblE

el registro es voluntario, y no se registran los contratos de alquiler sino las propiedades.

si hay inmobiliaria de por medio, es su responsabilidad determinar y conocer el estado administrativo de la vivienda que gestionan.

por eso dije que si desconocen que esta embargada son unos inutiles y si lo sabian y de todos modos la ponen a alquilar son unos irresponsables.

el problema del op es que para el juzgado es irrelevante si quien se encuentra en la vivienda es "okupa" o "legal". es cualquier sujeto que no es el propietario, y a la hora de ejecutar el embargo no hay diferencia. por eso las viviendas embargadas no se puede/debe alquilarlas. el ocupante aunque sea legal desde el punto de vista del contrato de alquiler, esta en situacion analoga a la de un okupa porque el legitimo propietario (que ahora es el banco) ni ha suscrito ni conoce ni tiene obligacion ninguna sobre ese contrato. y por eso digo que el op en esta situacion esta jodido especialmente si su intencion es permanecer en la vivienda.

el op puede denunciar y reclamar a la inmobiliaria. y puede que gane. pero si no acuerda con el banco la permanencia en el inmueble, tendra que salir por mucha razon que tenga.

ademas la demanda contra la inmobiliaria sera un juicio civil ordinario y no precisamente rapido. puede tardar mas de 2 años en resolverse, asi que el op ya puede reclamar cantidades y lo que quiera, que ahora va a tener que pencar igualmente.

por eso le he aconsejado (1) que tenga el tema en manos de abogado que sepa lo que se cuece, cosa que parece que esta haciendo (2) denuncia/reclamacion a la inmobiliaria y (3) acuerdo con el banco.

pero el acuerdo con el banco seguramente solo sera una compra rebajada, a lo cual el op cumplira condiciones o no. si las cumple cojonudo, pero lo mas probable es que no las cumpla.

pd. las normativas que estais poniendo son locales/regionales. en la localidad/region de autos pueden ser (y seran) distintas.
GXY escribió:el registro es voluntario, y no se registran los contratos de alquiler sino las propiedades.


Los arrendamientos sobre bienes inmuebles son inscribibles en el registro de la propiedad, y no lo digo yo, lo dicen en esta página, que saben mas que tú y que yo, del colegio de registradores.
https://blog.registradores.org/-/inscri ... ad-de-jaca
Ya era raro que no apareciese "Hans el listo" con su puntualización, que mas que aclarar , confunde, como siempre. Es más fácil entender un texto jurídico que a ti, y además, con diferencia.
Cuando repaso tu frase "el registro es voluntario, y no se registran los contratos de alquiler sino las propiedades", me doy cuenta, una vez más, de que joder, eres el "fucking master" de las aclaraciones, y las puntualizaciones. Y me doy cuenta tambien, de que dá igual lo que se escriba a continuación, solo hay que resaltar el fabuloso texto aclaratorio, que no está dirigido a aclarar nada, sino a meter farfolla, después pues soltar tambien un poco de farfolla, por supuesto, y decírles a todos "lean ese titular que lo aclara todo, e iluminense". Cuando descubras que allí donde hay una barra que pone "spoiler" puedes pinchar y salen letras, uf, vas a tener entretenimiento de por vida sin salir de este foro.

@Torres
https://www.registradores.org/-/%C2%BFs ... ndamiento-
Los registradores de la propiedad lo dicen bien claro, "será necesario presentar el título público de constitución con cumplimiento de todos los requisitos legales de capacidad y contenido, acompañando previa acreditación de la liquidación y pago del impuesto devengado". Cuando dice, "título público", es un contrato que ha pasado por el Notario, por que si no, no es público, es privado, y si es privado, es lo mismo que el contrato de alquiler que se haga en la servilleta del bar.
¿Que impuesto es ese al que hace referencia la página cuando dice "previa liquidación y pago del impuesto devengado?. Pues el impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

La legislación actual permite practicar ciertos asientos registrales basandose en un documento privado, tanto en el Registro de la Propiedad, como en el Registro Mercantil, principalmente, tras la transposición del reglamento ELDAS (comunitario) a nuestro ordenamiento jurídico.
Admitido el acceso a los documentos privados, no se puede pasar por alto, que los documentos privados tienen tres inconvenientes:
- Duda en la legitimidad del documento, o sea, facilidad para falsificar la firma.
- Facilidad para alterar la fecha del documento,
- Falta de copia o matriz. Posibilidad de que el documento se extravíe o se destruya.
En este caso, la okupación está más que justificada. [toctoc]
chachin2007 escribió:En este caso, la okupación está más que justificada. [toctoc]

Okupada ya estaba, si hace dos años que es propiedad del banco.
Gurlukovich escribió:
chachin2007 escribió:En este caso, la okupación está más que justificada. [toctoc]

Okupada ya estaba, si hace dos años que es propiedad del banco.

Pero él pagaba el alquiler..., no al banco, Ok, pero no por mala fe, él también es la victima en esto, y si no el dan una solución razonable...
chachin2007 escribió:En este caso, la okupación está más que justificada. [toctoc]


Este tipo de comentarios, son los que hacen que este país, sea el país de mierda en que se ha convertido.
A ver si hay suerte, y alguna vez "okupan" tu propiedad, si es que tienes, que voy a estar el primero aquí para festejar a los perroflautas que se hayan metido en tu garito. A ver si entonces te hacen tanta gracia las "okupaciones", y los "perroflautas".
InviziblE escribió:
chachin2007 escribió:En este caso, la okupación está más que justificada. [toctoc]


Este tipo de comentarios, son los que hacen que este país, sea el país de mierda en que se ha convertido.
A ver si hay suerte, y alguna vez "okupan" tu propiedad, si es que tienes, que voy a estar el primero aquí para festejar a los perroflautas que se hayan metido en tu garito. A ver si entonces te hacen tanta gracia las "okupaciones", y los "perroflautas".


Ya está el policía de balcón aquí.

La propiedad es del banco.
InviziblE escribió:
chachin2007 escribió:En este caso, la okupación está más que justificada. [toctoc]


Este tipo de comentarios, son los que hacen que este país, sea el país de mierda en que se ha convertido.
A ver si hay suerte, y alguna vez "okupan" tu propiedad, si es que tienes, que voy a estar el primero aquí para festejar a los perroflautas que se hayan metido en tu garito. A ver si entonces te hacen tanta gracia las "okupaciones", y los "perroflautas".

Pero... ¿tu has leído el hilo, o no?, el chaval pagaba religiosamente el alquiler, pero resulta que a quien le pagaba NO era el dueño de la casa, vamos, es victima de una estafa, y a efectos prácticos, un okupa.
Ahora, el banco (el auténtico propietario) lo quiere echar sin darle la oportunidad de seguir pagando el alquiler.
Pena ninguna por el banco.
[]_MoU_[] escribió:Ya está el policía de balcón aquí.

La propiedad es del banco.


Respuesta incorrecta: los policías de balcon no escriben con este nick, se sabe quien son, sobre todo los de este foro.
Segunda cuestion: el banco, puede tener propiedades, y hay que respetarlas.
Y tercera cuestión: Si esos que practican las "okupaciones" ademas de derechos, tuviesen obligaciones, no existiría ese problema al que llaman "okupación". Ni muchos otros problemas causados por los "derechos" que se pagan con dinero de unos, para favorecer a los que solo tienen derechos.

@chachin2007
Para empezar, a quien hay que proteger, es al legítimo propietario, que es el banco, si el "chaval" ha sido victima de una estafa, por pagar alquileres a quienes no son los propietarios, que denuncie la estafa, pero el no le ha pagado al legítimo propietario, así que eso de justificar que "no hay pena" con el banco, y que el chaval es muy bueno, etc etc etc, que hay que darle soluciones, que la okupación está justificada, etc etc etc. Todo eso son milongas, discursos de perroflautas, y chácharas interesadas de quien solo desea que las normas se adapten a ellos, y no ellos a las normas. Las milongas, a otros que se las crean.
InviziblE escribió:
@Torres
https://www.registradores.org/-/%C2%BFs ... ndamiento-
Los registradores de la propiedad lo dicen bien claro, "será necesario presentar el título público de constitución con cumplimiento de todos los requisitos legales de capacidad y contenido, acompañando previa acreditación de la liquidación y pago del impuesto devengado". Cuando dice, "título público", es un contrato que ha pasado por el Notario, por que si no, no es público, es privado, y si es privado, es lo mismo que el contrato de alquiler que se haga en la servilleta del bar.
¿Que impuesto es ese al que hace referencia la página cuando dice "previa liquidación y pago del impuesto devengado?. Pues el impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

La legislación actual permite practicar ciertos asientos registrales basandose en un documento privado, tanto en el Registro de la Propiedad, como en el Registro Mercantil, principalmente, tras la transposición del reglamento ELDAS (comunitario) a nuestro ordenamiento jurídico.
Admitido el acceso a los documentos privados, no se puede pasar por alto, que los documentos privados tienen tres inconvenientes:
- Duda en la legitimidad del documento, o sea, facilidad para falsificar la firma.
- Facilidad para alterar la fecha del documento,
- Falta de copia o matriz. Posibilidad de que el documento se extravíe o se destruya.


Yo presento absolutamente todo lo que me piden y no paso por ningún notario.... Qué puto impuesto se paga por hacer un contrato de alquiler???
Torres escribió:
Yo presento absolutamente todo lo que me piden y no paso por ningún notario.... Qué puto impuesto se paga por hacer un contrato de alquiler???


Ni soy el ministro, ni soy tu "gestoría", y bastante he hecho con aclararte cosas que ya deberías conocer. Agur.
decidme por favor que no soy el unico que no habia visto hasta ahora que el titulo del hilo esta mal escrito y pone "necisto" en lugar de "necesito"
InviziblE escribió:
Torres escribió:
Yo presento absolutamente todo lo que me piden y no paso por ningún notario.... Qué puto impuesto se paga por hacer un contrato de alquiler???


Ni soy el ministro, ni soy tu "gestoría", y bastante he hecho con aclararte cosas que ya deberías conocer. Agur.


Ya te he dicho que presento los documentos que me piden... Dime cuál es el impuesto que hay que pagar por hacer un contrato de alquiler y terminamos antes...
Namco69 escribió:decidme por favor que no soy el unico que no habia visto hasta ahora que el titulo del hilo esta mal escrito y pone "necisto" en lugar de "necesito"


Tu eres el único que había visto hasta ahora que el titular del hilo estaba mal escrito, y yo soy el único que se había dado cuenta hasta ahora, de que este hilo, es un "hilo fake" de perroflautas, que se ha contaminado con gente que vá por la vida haciendo lo que les viene en gana, y cuando les pillan los problemas gritan: "yo no sabía que había que hacer eso!", "yo me he lavado las lanos para la cena!", "yo tengo derechos!", "tu eres un rasista!", etc etc etc.
Lo de siempre.
InviziblE escribió:
Namco69 escribió:decidme por favor que no soy el unico que no habia visto hasta ahora que el titulo del hilo esta mal escrito y pone "necisto" en lugar de "necesito"


Tu eres el único que había visto hasta ahora que el titular del hilo estaba mal escrito, y yo soy el único que se había dado cuenta hasta ahora, de que este hilo, es un "hilo fake" de perroflautas, que se ha contaminado con gente que vá por la vida haciendo lo que les viene en gana, y cuando les pillan los problemas gritan: "yo no sabía que había que hacer eso!", "yo me he lavado las lanos para la cena!", "yo tengo derechos!", "tu eres un rasista!", etc etc etc.
Lo de siempre.


Que no vayas de guay con las teoría porque hay gente que llevamos haciendo contratos años y no hace falta pasar por ningún notario.., si te has columpiado lo aceptas y ya está...:

https://www.euskadi.eus/registro-de-con ... bizila/es/

¿Debo solicitar la inscripción en el Registro?

No es necesario que solicite la inscripción si usted ya ha solicitado el depósito de la fianza. En estos casos la inscripción en el Registro la realizaremos, de oficio, desde el Servicio Bizilagun.


REGISTRAR EL CONTRATO

Documentación que debe presentar

Una copia completa del contrato de arrendamiento firmado, salvo que el contrato sea verbal o haya sido visado (validado) por el departamento competente en materia de vivienda.
Una copia del recibo del IBI (impuesto de bienes inmuebles), para comprobar que el número fijo de la referencia catastral es correcto.
Si la parte arrendadora es una persona jurídica: fotocopia del NIF.
Si usted no tiene DNI o NIE: fotocopia del pasaporte.
Si la solicitud la firma un/a representante: documento que acredite la representación (modelo)



Y ya está.., ni notarios ni impuesto revolucionario
Torres escribió:Que no vayas de guay con las teoría porque hay gente que llevamos haciendo contratos años y no hace falta pasar por ningún notario.., si te has columpiado lo aceptas y ya está...:

https://www.euskadi.eus/registro-de-con ... bizila/es/

¿Debo solicitar la inscripción en el Registro?

No es necesario que solicite la inscripción si usted ya ha solicitado el depósito de la fianza. En estos casos la inscripción en el Registro la realizaremos, de oficio, desde el Servicio Bizilagun.


REGISTRAR EL CONTRATO

Documentación que debe presentar

Una copia completa del contrato de arrendamiento firmado, salvo que el contrato sea verbal o haya sido visado (validado) por el departamento competente en materia de vivienda.
Una copia del recibo del IBI (impuesto de bienes inmuebles), para comprobar que el número fijo de la referencia catastral es correcto.
Si la parte arrendadora es una persona jurídica: fotocopia del NIF.
Si usted no tiene DNI o NIE: fotocopia del pasaporte.
Si la solicitud la firma un/a representante: documento que acredite la representación (modelo)



Y ya está.., ni notarios ni impuesto revolucionario


Dudo mucho que hayas leido lo que he estado escribiendo, y sigo dudando de que hayas leido hasta lo que has escrito tú.

Ya ha salido del armario el agente inmobiliario, este es de esos que cuando les explota un asunto se cabrean, por que ellos lo tienen todo en regla con su contrato de servilleta de bar. Luego resulta que el piso no era del moro, era del primo del moro, que a su vez lo tenía embargado, y pidió una segunda hipoteca, y va y dice: "yo llevo asiendolo años asin, y cero poblemas".
Atentos los que pusieron el hilo, que están saltando las liebres.
yo solo indique que el registro de los contratos de arrendamiento no es obligatorio y no se suele practicar (ni entre particulares ni en el caso de empresas privadas que son propietarias, usufructuarias o gestoras)

un poco menos de agresividad en el posteo suele suavizar las cosas. :)
Namco69 escribió:decidme por favor que no soy el unico que no habia visto hasta ahora que el titulo del hilo esta mal escrito y pone "necisto" en lugar de "necesito"

Necistas gafas.
Namco69 escribió:decidme por favor que no soy el unico que no habia visto hasta ahora que el titulo del hilo esta mal escrito y pone "necisto" en lugar de "necesito"


Yo me había dado cuenta, pero no quise hacer la bromita porque creo que el OP tiene otras cosas en que pensar ahora mismo. XD
InviziblE escribió:
GXY escribió:el registro es voluntario, y no se registran los contratos de alquiler sino las propiedades.


Los arrendamientos sobre bienes inmuebles son inscribibles en el registro de la propiedad, y no lo digo yo, lo dicen en esta página, que saben mas que tú y que yo, del colegio de registradores.
https://blog.registradores.org/-/inscri ... ad-de-jaca
Ya era raro que no apareciese "Hans el listo" con su puntualización, que mas que aclarar , confunde, como siempre. Es más fácil entender un texto jurídico que a ti, y además, con diferencia.
Cuando repaso tu frase "el registro es voluntario, y no se registran los contratos de alquiler sino las propiedades", me doy cuenta, una vez más, de que joder, eres el "fucking master" de las aclaraciones, y las puntualizaciones. Y me doy cuenta tambien, de que dá igual lo que se escriba a continuación, solo hay que resaltar el fabuloso texto aclaratorio, que no está dirigido a aclarar nada, sino a meter farfolla, después pues soltar tambien un poco de farfolla, por supuesto, y decírles a todos "lean ese titular que lo aclara todo, e iluminense". Cuando descubras que allí donde hay una barra que pone "spoiler" puedes pinchar y salen letras, uf, vas a tener entretenimiento de por vida sin salir de este foro.

@Torres
https://www.registradores.org/-/%C2%BFs ... ndamiento-
Los registradores de la propiedad lo dicen bien claro, "será necesario presentar el título público de constitución con cumplimiento de todos los requisitos legales de capacidad y contenido, acompañando previa acreditación de la liquidación y pago del impuesto devengado". Cuando dice, "título público", es un contrato que ha pasado por el Notario, por que si no, no es público, es privado, y si es privado, es lo mismo que el contrato de alquiler que se haga en la servilleta del bar.
¿Que impuesto es ese al que hace referencia la página cuando dice "previa liquidación y pago del impuesto devengado?. Pues el impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

La legislación actual permite practicar ciertos asientos registrales basandose en un documento privado, tanto en el Registro de la Propiedad, como en el Registro Mercantil, principalmente, tras la transposición del reglamento ELDAS (comunitario) a nuestro ordenamiento jurídico.
Admitido el acceso a los documentos privados, no se puede pasar por alto, que los documentos privados tienen tres inconvenientes:
- Duda en la legitimidad del documento, o sea, facilidad para falsificar la firma.
- Facilidad para alterar la fecha del documento,
- Falta de copia o matriz. Posibilidad de que el documento se extravíe o se destruya.


Pues yo tampoco lo sabía, pero parece que tienes razón y sí, los arrendamientos de vivienda se pueden inscribir en el registro de la propiedad, y pueden dar derechos tan jugosos como la adquisición preferente. Lástima que me pille cuando ya no alquilo [+risas]

Por otro lado, completamente de acuerdo en que hay que investigar más antes de hacer puntualizaciones categóricas, y más cuando queremos ofrecer consejos que pueden ser erróneos, aunque creo que en formas te has pasado un poco
GXY escribió:yo solo indique que el registro de los contratos de arrendamiento no es obligatorio y no se suele practicar (ni entre particulares ni en el caso de empresas privadas que son propietarias, usufructuarias o gestoras)

un poco menos de agresividad en el posteo suele suavizar las cosas. :)


Eso es mentira, tu escribiste esto:

GXY escribió: el registro es voluntario, y no se registran los contratos de alquiler sino las propiedades


Y ahora "insinuas" que aquello queria decir esto:

GXY escribió: el registro de los contratos de arrendamiento no es obligatorio y no se suele practicar (ni entre particulares ni en el caso de empresas privadas que son propietarias, usufructuarias o gestoras)


Y añades que:

GXY escribió:un poco menos de agresividad en el posteo suele suavizar las cosas. :)


Por que yo había respondido que:

InviziblE escribió: Cuando repaso tu frase "el registro es voluntario, y no se registran los contratos de alquiler sino las propiedades", me doy cuenta, una vez más, de que joder, eres el "fucking master" de las aclaraciones, y las puntualizaciones. Y me doy cuenta tambien, de que dá igual lo que se escriba a continuación, solo hay que resaltar el fabuloso texto aclaratorio, que no está dirigido a aclarar nada, sino a meter farfolla, después pues soltar tambien un poco de farfolla, por supuesto, y decírles a todos "lean ese titular que lo aclara todo, e iluminense". Cuando descubras que allí donde hay una barra que pone "spoiler" puedes pinchar y salen letras, uf, vas a tener entretenimiento de por vida sin salir de este foro.


Y resalto lo de:

InviziblE escribió: una vez más


Podría decir:

InviziblE escribió: como siempre


Pero no, he escrito lo que he escrito.

:)

@rethen
Que quieres que te diga, es que entre @GXY y los fantasmas del hilo de "La guerra de Ucrania" me he hecho a la idea de que en este foro, se vive entre el flameo y las "puntualizaciones categóricas", y oye, ¿que a ti te parece "pasarse"?. Bueno, es tu opinión, es respetable, como cualquier otra. A mi, simplemente me parece, no sé como decírlo, mas ácida, y a la vez, mas clara, porque hay algo que considero que es una lacra, no ya en las relaciones sociales personales, sino a nivel de redes sociales, y foros de internet, y es copiar el uso del lenguaje de los políticos, y exportarlo a un uso habitual y coloquial, como si esto que se escribiese aquí, se exhibiese en el "minuto de oro televisivo" de Telecinco, y estuviese encaminado al efímero triunfo del debate electoral, y de tu discurso propio y sesgado.
Supongo que hay varios usuarios que tienen la percepción de que "a este lo flameas por un lado, y yo lo reporto por el otro, se gana un baneo, y nos reimos y seguimos con lo nuestro". Pero después de algunas batallas "agrias", al menos conseguí que en el hilo que he citado anteriormente algunos "usuarios" me ignorasen, y dejasen de estar mirando mis comentarios como si fuesen la "abuela del visillo", para inmediatamente contestar apenas salía un comentario mío aunque no citase ni mencionase a nadie. Después de aquellos "ignore" ya pude prácticamente, abandonar, salvo alguna intervencion muy puntual, aquel hilo que realmente no me añade nada, pues ni es informativo ni nada que se le parezca, solo es propagandístico. Ya solo falta que algunos que hay sueltos por aquí y que aparecen de cuando en cuando con sus "puntualizaciones categóricas", como tu las llamas, pasen al ignore, y pasen del citar o mencionar, pues se sabe de donde vienen, y se sabe a donde se dirigen. Este, no es el único foro en el que escribo, evidentemente, y hay usuarios de todo tipo, al igual que hay algunos pollos como yo, pero siempre me gusta enfrentar a los "gallitos de foro", los que viven aquí, los que se meten en todo sin añadir nada. Eso te puede hacer ganarte baneos, expulsiones, etc. He visto algunos casos. Pero así es la vida, un nick registrado no vale tanto como para retraerse. Una convicción, vale mucho más.
InviziblE escribió:Pero no, he escrito lo que he escrito.


yo tambien.

y si, una maxima habitual de este foro (y de casi cualquier foro) es pretender corregir al otro. a veces para bien y a veces no tanto.

los hilos como el de la guerra de ucrania, los de politica y bueno... muchos donde se tratan temas sociales o politicos, son complicados.
182 respuestas
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