SuperTolkien escribió:La policía tortura. Cuanto antes lo aceptemos antes podremos poner fin al problema.
Sí pero la gente no se lo termina de creer y necesita verlo, que hollywood ha hecho mucho daño.
seiyaburgos escribió:¿abusos?
Yo veo una detenida de libro por negarse a identificarse aunque la frase del te meto una ostia sobra.
Veo un delito contra la integridad moral que fue sacado a la Luz por la propia Policía y que los Juzgados absolvieron a todos los funcionarios.
Y el relato de ficción.
Asi que de falsos juicios nada de nada, que no conozcas la Ley no es mi problema.
La frase del te meto una hostia, la reducción (abuso de autoridad te suena?)... jejejej, sigues con demagogia.
¿Integridad moral que fue sacado a la luz por la propia policía y que los juzgados absolvieron a todos los funcionarios? como tú pedías, pruebas.
Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
CAPÍTULO III.
ACTUACIONES PARA EL MANTENIMIENTO Y RESTABLECIMIENTO DE LA SEGURIDAD CIUDADANA.
Artículo 20.
1. Los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán requerir, en el ejercicio de sus funciones de indagación o prevención, la identificación de las personas y realizar las comprobaciones pertinentes en la vía pública o en el lugar donde se hubiere hecho el requerimiento, siempre que el conocimiento de la identidad de las personas requeridas fuere necesario para el ejercicio de las funciones de protección de la seguridad que a los agentes encomiendan la presente Ley y la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
2. De no lograrse la identificación por cualquier medio, y cuando resulte necesario a los mismos fines del apartado anterior, los agentes, para impedir la comisión de un delito o falta, o al objeto de sancionar una infracción, podrán requerir a quienes no pudieran ser identificados a que les acompañen a dependencias próximas y que cuenten con medios adecuados para realizar las diligencias de identificación, a estos solos efectos y por el tiempo imprescindible.
3. En las dependencias a que se hace referencia en el apartado anterior se llevará un libro-registro en el que se harán constar las diligencias de identificación realizadas en aquéllas, así como los motivos y duración de las mismas, y que estará en todo momento a disposición de la Autoridad Judicial Competente y del Ministerio Fiscal. No obstante lo anterior, el Ministerio del Interior remitirá periódicamente extracto de las diligencias de identificación al Ministerio Fiscal.
4. En los casos de resistencia o negativa infundada a identificarse o a realizar voluntariamente las comprobaciones o practicas de identificación, se estará a lo dispuesto en el Código Penal y en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Toda la razón, está claro que la usuaria, por decir una, estaba poniendo en peligro la paz mundial, gracias a la agresiva reducción y al "te doy una hostia..." consiguió, una vez más, mantener a salvo el planeta...
Jejejej, la ironía es porque me hace gracia esa seguridad que intentas dar en los mensajes, sin razón alguna más que la de pensar que "pueden abusar de ti cuando quieran, son policías que tienen más palabra que tú y podrán decir que hacías cualquier cosa para apoyar sus actos".
Cuestión de ética, simplemente. Unos se hacen policías, otros no.
Edito:
Erick, está colgado en el primer post, voy a ir editando con cada vídeo de abusos que encuentre, para ver si los policías que abusan son un par, o son sólo un par los que no lo hacen.