Declaración de la Renta (siempre leed el primer mensaje)

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Hilo de la Declaración de la Renta: información, consultas e interacción.
Foooo, ya ha pasado otro año... [facepalm] parece que fue ayer cuando hice la última...

Un saludo.
Aprovecho para lanzar una pregunta públicamente para alguien que lo necesita.

Si tributas en cualquier Comunidad ordinaria (por domicilio fiscal), pero has trabajado en Navarra o País Vasco. ¿Te toca trasladar los datos manualmente a la AEAT?

Edito: efectivamente, toca hacerlo manualmente.
Edito 2: no salía en la consulta de datos fiscales, pero en el borrador sí estaba todo puesto. Así que ya no hay que agregar nada manualmente.
Gracias por la información compañero
Muy buenas,

Tengo la costumbre de hacer la declaración por mi cuenta cada año y este año me comentan de la empresa que tengo que declarar el bonus de 2021 (que se abonó en el primer trimestre de 2022).

Como es la primera vez que me veo en esta situación, pregunto a algún experto forero por si alguien lo sabe: ¿cómo tengo que declarar este bonus? entiendo que modificando directamente la cantidad de las retribuciones dinerarias del rendimiento del trabajo? ¿Y cómo debo aportar el documento justificativo (el equivalente a la nomina, pero para el bonus)? Porque no recuerdo que se puedan adjuntar documentos a la declaración :-?

Muchas gracias!
SegaBlastCity escribió:Muy buenas,

Tengo la costumbre de hacer la declaración por mi cuenta cada año y este año me comentan de la empresa que tengo que declarar el bonus de 2021 (que se abonó en el primer trimestre de 2022).

Como es la primera vez que me veo en esta situación, pregunto a algún experto forero por si alguien lo sabe: ¿cómo tengo que declarar este bonus? entiendo que modificando directamente la cantidad de las retribuciones dinerarias del rendimiento del trabajo? ¿Y cómo debo aportar el documento justificativo (el equivalente a la nomina, pero para el bonus)? Porque no recuerdo que se puedan adjuntar documentos a la declaración :-?

Muchas gracias!

No tienes el certificado de retenciones? Eso es lo que tiene hacienda, si no está ahí reflejado tendría que meterlo entiendo, saludos.
EDIT: los bonus suenen ir en nomina.. a ver si iba a ser algún pago en b y te la han colado. Saludos
@alextgd Gracias. El certificado de retenciones lo tengo, pero es anterior al cobro del bonus. Con lo que entiendo que ademas del certificado, debo presentar tambien el documento que acredita el cobro del bonus, y añadir la cantidad al rendimiento del trabajo. El bonus va en un pago aparte de la nomina (dos ingresos distintos).
@SegaBlastCity Pues si no te deja adjuntar documentos, mételo y ya está, por meter de más no creo que te den el toque (vas a pagar más). Y si te llaman pues les mandas el documento y listo.
SegaBlastCity escribió:@alextgd Gracias. El certificado de retenciones lo tengo, pero es anterior al cobro del bonus. Con lo que entiendo que ademas del certificado, debo presentar tambien el documento que acredita el cobro del bonus, y añadir la cantidad al rendimiento del trabajo. El bonus va en un pago aparte de la nomina (dos ingresos distintos).


Si tienes que meterlo en la renta de 2021, tienen que darte un certificado de retenciones actualizado.

Yo cobré el bonus ahora en Marzo, y lo declararé en la renta del año que viene (es decir, la que se hace el año que viene que es sobre los ingresos de este).

Este año voy a declarar el bonus de 2020 que cobré en Marzo de 2021.

No se si te sirve mi experiencia de algo.
Ya que hemos reactivado el hilo, comento que mañana se abre la campaña oficialmente, pero es probable que a lo largo del día de hoy se abra oficiosamente (como ha venido pasando años anteriores).

Yo no tengo especialmente interés en presentarla este año, me ha tocado un palazo bastante importante. [+risas]
srkarakol escribió:
SegaBlastCity escribió:@alextgd Gracias. El certificado de retenciones lo tengo, pero es anterior al cobro del bonus. Con lo que entiendo que ademas del certificado, debo presentar tambien el documento que acredita el cobro del bonus, y añadir la cantidad al rendimiento del trabajo. El bonus va en un pago aparte de la nomina (dos ingresos distintos).


Si tienes que meterlo en la renta de 2021, tienen que darte un certificado de retenciones actualizado.

Yo cobré el bonus ahora en Marzo, y lo declararé en la renta del año que viene (es decir, la que se hace el año que viene que es sobre los ingresos de este).

Este año voy a declarar el bonus de 2020 que cobré en Marzo de 2021.

No se si te sirve mi experiencia de algo.

Es que así debería ser no? Si el bonus se ha cobrado en 2022, deberia ir en la declaracion del año que viene, no en el de este.
Al menos asi lo tenia yo entendido…
Mrcolin escribió:Es que así debería ser no? Si el bonus se ha cobrado en 2022, deberia ir en la declaracion del año que viene, no en el de este.
Al menos asi lo tenia yo entendido…


En principio debería ser así y así lo hago yo... acabo de ver el certificado de retenciones que me han enviado para esta renta (ingresos de 2021) y tengo metido el bonus de 2020 que cobré en Marzo de 2021.

Otra cosa me parecería rara y, en todo caso, sería la empresa la que tendría que emitirle un certificado de retenciones modificado, porque hacienda usa la información que le pasa la empresa.
Mrcolin escribió:
srkarakol escribió:
SegaBlastCity escribió:@alextgd Gracias. El certificado de retenciones lo tengo, pero es anterior al cobro del bonus. Con lo que entiendo que ademas del certificado, debo presentar tambien el documento que acredita el cobro del bonus, y añadir la cantidad al rendimiento del trabajo. El bonus va en un pago aparte de la nomina (dos ingresos distintos).


Si tienes que meterlo en la renta de 2021, tienen que darte un certificado de retenciones actualizado.

Yo cobré el bonus ahora en Marzo, y lo declararé en la renta del año que viene (es decir, la que se hace el año que viene que es sobre los ingresos de este).

Este año voy a declarar el bonus de 2020 que cobré en Marzo de 2021.

No se si te sirve mi experiencia de algo.

Es que así debería ser no? Si el bonus se ha cobrado en 2022, deberia ir en la declaracion del año que viene, no en el de este.
Al menos asi lo tenia yo entendido…


Si, yo también pensaba que sería así, porque el pago lo han hecho ya en el 2022. Lo curioso es que desde la empresa nos recomiendan añadirlo ("La persona que le haga la renta tiene que sumar esa nómina a lo que salga en el certificado.").

Aunque imagino que si no lo añado, aparecerá reflejado en los datos del año que viene. Estoy hecho un lío y aún no he empezado a hacerla [360º]

En caso de añadirlo a mano, entiendo que el año que viene se me compensaria, para no pagar dos veces por lo mismo.
Acabo de mirar y ya se puede entrar !
Saludos
Una pregunta a algun entendido.El año pasado me casé y queremos mirar como saldria conjunta,pero a la hora de poner los datosde mi conyuge,me pide el numero de referencia de mi conyuge y no tengo cojones de ver donde esta y eso que tenemos certificado digital,pero no sé de donde sacarlo.
compacterol escribió:Una pregunta a algun entendido.El año pasado me casé y queremos mirar como saldria conjunta,pero a la hora de poner los datosde mi conyuge,me pide el numero de referencia de mi conyuge y no tengo cojones de ver donde esta y eso que tenemos certificado digital,pero no sé de donde sacarlo.


Solo compensa en casos de cónyuge amo/ama de casa. Pero si quieres comparar, la referencia es una casilla concreta de su declaración del año pasado.
SegaBlastCity escribió:Muy buenas,

Tengo la costumbre de hacer la declaración por mi cuenta cada año y este año me comentan de la empresa que tengo que declarar el bonus de 2021 (que se abonó en el primer trimestre de 2022).

Como es la primera vez que me veo en esta situación, pregunto a algún experto forero por si alguien lo sabe: ¿cómo tengo que declarar este bonus? entiendo que modificando directamente la cantidad de las retribuciones dinerarias del rendimiento del trabajo? ¿Y cómo debo aportar el documento justificativo (el equivalente a la nomina, pero para el bonus)? Porque no recuerdo que se puedan adjuntar documentos a la declaración :-?

Muchas gracias!


No hace falta que mandes ningún documento. Ya se pedirá si hace falta.
Es decir, guárdalo pero no hace falta que lo envíes.

De todas formas si te quedas más tranquilo, puedes presentarlo por el registro general después de presentar la declaración, haciendo referencia a la renta 2021.
No obstante, si te lo iban a pedir, probablemente te lo pidan igual xD




Por otro lado, yo la presenté el viernes como conejillo de Indias [+risas]. Estoy por ir a ponerlo al hilo de “Donde trabajas y qué ventajas tienes”
si me sale a deber... ¿es obligatorio presentarla? en que casos es obligatorio presentarla?
zeles escribió:si me sale a deber... ¿es obligatorio presentarla? en que casos es obligatorio presentarla?


Un pagador:
Más de 22.000€ brutos.

Dos o más pagadores:
Más de 14.000€ y el segundo y demás pagadores te han pagado más de 1.500€.

Una ganancia patrimonial de más de 1.000€.
zeles escribió:si me sale a deber... ¿es obligatorio presentarla? en que casos es obligatorio presentarla?


Al final del todo en “resumen de la declaración” si no estás obligado lo pone.

Con carácter general, los casos más comunes que obligan a presentar son:
- rendimientos del trabajo de + 22k de un solo pagador
- rendimientos del trabajo de +14k de más de un pagador y el Segundo que sean más de 1.500 euros
- alguna pérdida patrimonial
- alguna venta no sometida a retención
Me acaba de dejar entregar la declaración de la renta (rentaweb).

No comenzaba mañana? [360º]

A ver si voy a ser el primero en entregarla XD XD
Kuwito escribió:Me acaba de dejar entregar la declaración de la renta (rentaweb).

No comenzaba mañana? [360º]

A ver si voy a ser el primero en entregarla XD XD


Jajaja siempre deja un poco antes de la fecha “oficial”, tranquilo. Pero hasta mañana no se empiezan a tramitar
ad-verso escribió:
martuka_pzm escribió:- rendimientos del trabajo de + 22k de un solo pagador


Sobre ese particular, me he preguntado muchas veces lo siguiente:

Si solo hay un pagador y el rendimiento del trabajo es, por decir algo, de unos 20.000€ y se acuerda con la empresa que la retención sea mínima (un 4% por ejemplo, con contratos eventuales), al no estar obligado a declarar, el trabajador claramente se beneficia de unos ingresos "extra" por no aplicársele retenciones mayores, que no regulariza al no presentar declaración.

Si al siguiente ejercicio, por superar esos rendimientos o por tener varios pagadores, sí debe presentar declaración ¿se le reclama del ejercicio anterior las retenciones no efectuadas? ¿El Estado pierde esos ingresos sin más? Porque todo aquel que tenga contratos eventuales de duración determinada, según como le cuadre fijo que monta jugadas de ese estilo. ¿Hacerlo así no sería una forma de defraudar?


Las retenciones tienen un mínimo y unas formas de cálculo. La empresa no puede retenerte lo que quiera ni tú puedes pedir que te lo bajen por debajo de un límite.
En la ley específica la fórmula de cálculo de las retenciones para cada supuesto (bueno en realidad creo que es en el reglamento).
Declaracion presentada, a ver si cobro rapido xd
Duda, he mirado la informacion fiscal que le ha pasado el banco a hacienda y esta mal. Resulta que han notificado que he pagado unos 1000 euros mas de lo que realmente he pagado de hipoteca.
En este caso, corrijo la informacion a la hora de hacer la declaracion, hablo con el banco para que la modifiquen, o la dejo tal y como esta?
Que problemas me puedo encontrar en cada caso?
Gracias
Kunte13 escribió:Duda, he mirado la informacion fiscal que le ha pasado el banco a hacienda y esta mal. Resulta que han notificado que he pagado unos 1000 euros mas de lo que realmente he pagado de hipoteca.
En este caso, corrijo la informacion a la hora de hacer la declaracion, hablo con el banco para que la modifiquen, o la dejo tal y como esta?
Que problemas me puedo encontrar en cada caso?
Gracias


Tienes la obligación de corregir cualquier error del borrador manualmente, una declaración errónea puede conllevar sanciones.

Debes hacer ambas cosas: pide al banco que rectifique y te dé un documento con la cifra real, y soluciona el fallo en la declaración. Estás a tiempo de hacerlo todo, el documento del banco te servirá como justificante.
Kunte13 escribió:Duda, he mirado la informacion fiscal que le ha pasado el banco a hacienda y esta mal. Resulta que han notificado que he pagado unos 1000 euros mas de lo que realmente he pagado de hipoteca.
En este caso, corrijo la informacion a la hora de hacer la declaracion, hablo con el banco para que la modifiquen, o la dejo tal y como esta?
Que problemas me puedo encontrar en cada caso?
Gracias


Lo normal es modificarlo. Los datos fiscales son una "ayuda" pero la responsabilidad de lo que declaras es tuya.

Qué puede pasar en cada caso?
1. Lo modificas. No pasa nada porque es en tu contra, menos deducción.
2. No lo modificas y lo dejas como está. Si el banco notifica posteriormente el error (que suele pasar) te llegará una propuesta de liquidación por la parte que aplicaste indebidamente de deducción.
3. Se lo comunicas al banco. Vuelves al punto 1, porque no lo van a arreglar en un día. Eso, o te esperas a ver si lo presentan rectificado y se modifica antes del 30 de junio.
Grifore escribió:Acabo de mirar y ya se puede entrar !
Saludos

Gracias x avisar compañero!!! Ya he hecho la mía y la de mi pareja... A ver si este año se portan y nos pagan a las dos semanas como el pasado XD
A pagar casi 4000 euros, feliz martes
miky1986 escribió:
Grifore escribió:Acabo de mirar y ya se puede entrar !
Saludos

Gracias x avisar compañero!!! Ya he hecho la mía y la de mi pareja... A ver si este año se portan y nos pagan a las dos semanas como el pasado XD

Eso espero, que llevo 2 años cobrándola en diciembre
Hereze escribió:A pagar casi 4000 euros, feliz martes


Que no has pagado antes.

Feliz martes ;)
@Manint @martuka_pzm Gracias a ambos por la aclaración. [beer]

La verdad es que he visto de rebote el error. No me suelo fijar en los datos fiscales dado que daba por hecho que con ese tipo de información, y mas estando todo informatizado, serian correctos si o si. Que iluso soy a veces... [360º]
253€ a devolver olé! Presentada jeje
Aragornhr escribió:
Hereze escribió:A pagar casi 4000 euros, feliz martes


Que no has pagado antes.

Feliz martes ;)


Es lo de siempre. El año pasado a mi me salió a pagar casi 4.000 euros. Este a devolver 1.000.
Este año todo el mundo: joder, que suerte, yo tengo que pagar..

En el año en 2021 pago más que en 2020 pero las retenciones la gente no sé qué piensa que son..
compacterol escribió:Una pregunta a algun entendido.El año pasado me casé y queremos mirar como saldria conjunta,pero a la hora de poner los datosde mi conyuge,me pide el numero de referencia de mi conyuge y no tengo cojones de ver donde esta y eso que tenemos certificado digital,pero no sé de donde sacarlo.


No puedes poner la autorización por clave pin? Para mí es lo más sencillo.

De todas formas no sale a cuenta, conjunta nos sale a pagar 4000€ y de forma individual 130€ yo y 170€ mi mujer
Ya se puede hacer la renta.

A devolver es que te devuelven o tienes que devolver tu? Siempre me lio en estas cosas [+risas]
@eyetoy si te sale un menos delante de la cifra, es que te tienen que devolver esa pasta.

al menos así ha sido las veces que lo he hecho.
eyetoy escribió:Ya se puede hacer la renta.

A devolver es que te devuelven o tienes que devolver tu? Siempre me lio en estas cosas [+risas]

Para evitar lios piensa que tú no puedes devolver nada por que no te han dado nada, tu has pagado de más y te devuelven lo que te corresponde.
Ok, gracias!

Bueno 50 euros, [+risas] no me puedo quejar.
A pagar 2.71€

Pues solo por tocarles los cojones lo voy a fraccionar en 2 pagos: 1.63€ ahora y 1.08€ en noviembre. [sonrisa]
Hola buenas.

El año pasado me dieron una ayuda de 210€ de la junta de Andalucía por estar en ERTE este año me aparece en la renta, pero no tengo claro si hay que incluirla o no?

Un saludo
Me sale a devolver entre 2500 y 3500 [fumando] Tengo que mirar si puedo hacer conjunta para los 3500.
danko2002 escribió:Hola buenas.

El año pasado me dieron una ayuda de 210€ de la junta de Andalucía por estar en ERTE este año me aparece en la renta, pero no tengo claro si hay que incluirla o no?

Un saludo


Las subvenciones tributan, ¿es el caso? Así de primeras me parece correcto incluirla.
julepe está baneado del subforo por "flames"
@martuka_pzm
te voy citando para suscribirme..... [rtfm]
danko2002 escribió:Hola buenas.

El año pasado me dieron una ayuda de 210€ de la junta de Andalucía por estar en ERTE este año me aparece en la renta, pero no tengo claro si hay que incluirla o no?

Un saludo


Si es de la Junta de Andalucía, lo más fácil en estos casos es coger cita previa para la atención telefónica en la renta.
La gente que haga las rentas de la zona estará al tanto de las ayudas y de la forma de tributación de las mismas.

Normalmente iría como ganancia patrimonial y si ya te sale directamente ahí, no habrá problema. Si te pregunta dónde incluirla, o te pregunta directamente si incluirla o no, yo haría eso porque aunque al 99,9% hay que meterla igual por su naturaleza va como rendimientos del trabajo y no como ganancia.

No te compromete a nada, no tienes que “dejar que te la presenten” por teléfono, ni nada. Simplemente que te metan eso donde toca y sigues con el resto tú mismo.
@Manint
@martuka_pzm he hablado con el sindicato de mi empresa y me han dicho que tengo que incluirla como ayuda al rendimiento de trabajo, luego cuando llegue a mi casa, empezaré nuevamente el borrador y veré dónde está la opción al incluirla.

Aún incluyéndola me devuelven lo mismo, así que para adentro.

El bono social térmico de 49€ que le dieron a mi mujer también pa dentro, como ayuda pública.

Yo creo que es mejor incluirlas y curarse en salud por lo que pueda pasar.
Como cada año, a pagar.

Preferiria que los ineptos de recursos humanos de mi empresa me retuvieran bien pero siempre me retienen menos.

1400€
Una pregunta, a ver si alguien sabe...

El año pasado falleció mi suegro (por octubre, más o menos). Mi suegra (funcionaria jubilada) y él hacían declaración conjunta, y normalmente a ella le salía a devolver bastante (1500 euros, aprox), por lo que siempre era hacer borrador, y confirmar...

Este año al ir a hacerla, veo que ella ya sale como viuda, y no me da opción de meter cónyuge. Sí me sale un aviso que dice "En caso de matrimonio, si uno de los cónyuges ha fallecido durante el periodo impositivo, este habrá de figurar como declarante"). He probado a hacer la declaración con los datos de mi suegro, y ahí si puedo meter a mi suegra en la conjunta, pero obviamente sale a cero porque él no hacía la declaración nunca...

Cuando se pueda, solicitaremos cita presencial para que nos aclaren, pero por si acaso suena la flauta... 😅😅😅

Gracias! 🍻
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