El PP asegura que la Ley de Protección de Datos obliga a borrar y formatear un ordenador cada vez que cambia de usuario
El Partido Popular alega que la Ley de Protección de Datos obliga a borrar y formatear los ordenadores cada vez que un usuario lo devuelve a la empresa para que lo pueda utilizar otro. Además, precisa que el portátil del que el extesorero, Luis Bárcenas, dijo haber extraído información en un pendrive carece de puerto USB para poder hacerlo.
Fuentes de la dirección del PP han dado esta explicación tras el volcado de información de los ordenadores que usaba Bárcenas y que se ha producido hoy en la Audiencia Nacional. El citado volcado ha puesto de manifiesto que el PP borró el contenido de los discos duros de los dos ordenadores que su extesorero Luis Bárcenas utilizó en la sede de la calle Génova de Madrid. La diligencia se ha llevado a cabo en presencia del secretario judicial del Juzgado Central de Instrucción número 5 desde las nueve de esta mañana.
Las citadas fuentes populares recuerdan que el propio Luis Bárcenas había afirmado que en octubre de 2012 se había sustituído el disco duro de uno de los ordenadores. Estas mismas fuentes señalan que el otro portátil, del que Bárcenas dijo que había sacado información en un pendrive, un equipo de la marca Toshiba, carece de puerto USB. Por lo tanto, señalan, "no se sabe cómo se ha sacado el pentdrive".
El Partido Popular recuerda que por la Ley de Protección de Datos cada vez que un usuario deja de utilizar un equipo que le ha sido asignado, se reintegra al sistema general, es decir, a la empresa y esta debe borrar la información que contiene, formatearlo y ponerlo a disposición de otro usuario. Señalan, en este sentido, que eso se aplica a todos los medios de almacenamiento masivo de información como los pendrive, CDs o discos duros externos.
En este sentido, explican que en la Ley de Protección de Datos hay una "guía sobre almacenamiento y borrado seguro de información" desarrollada en el Real Decreto de 21 de diciembre de 2007. En su artículo 92.4 dice que "siempre que vaya a desecharse cualquier documento o soporte que contenga datos de carácter personal deberá procederse a su destrucción o borrado mediante la adopción de medidas dirigidas a evitar el acceso a la información contenida en el mismo o su recuperación posterior". Real Decreto de 21 de diciembre de 2007.
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