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HongKi escribió:@Namco69 Eso no tiene nada que ver con ver y tocar a una persona sin conocerla..
adrian85 escribió:Tu no tienes que tocar a nadie sin su consentimiento, nunca.
El problema viene cuando esa ley la usen tías locas para denuncias falsas, eso si que es peligroso, pero la ley en sí está bien. No se quién se cree el tío para tocar a alguien los genitales sin su permiso, vamos, me lo hacen a mi y me cago en la puta de oros, que a los chicos también nos pasa en algunas ocasiones aunque el cuerpo del hombre no esté tan cosificado socialmente hoy día.
Buste escribió:@Hatake-Kakashi entonces si te pones a tontear con una tia y ella te sigue el juego como se ha echo hasta ahora y de repente te corta el royo por que igual se le paso el calenton podria denunciarte por que le apetece no?
Si has salido algo sabras que hay muchas locas y aunque parezca mentira tambie hay mujeres que son malas.....
Dead-Man escribió:Mrcolin escribió:Dead-Man escribió:No te cansas de poner esta tontería cada dos por tres, se te ve resentido
No es ninguna tontería. Es exáctamente así (igual que al revés si te entra una gorda fea te sientes ofendido y si te entra una tia buenorra has triunfado). C'est la vie.
No es así.
Tú dices que intenta ligar contigo tal persona, el otro dice que te mete mano tal persona. Por muy guapo que seas, vete por ahí metiendo mano a desconocidas, a ver qué pasa.
Y por cierto a no ser que vayas ensenando un fajo de billetes no sé cómo se detecta que eres rico o pobre a primera vista
sexto escribió:Buste escribió:@Hatake-Kakashi entonces si te pones a tontear con una tia y ella te sigue el juego como se ha echo hasta ahora y de repente te corta el royo por que igual se le paso el calenton podria denunciarte por que le apetece no?
Si has salido algo sabras que hay muchas locas y aunque parezca mentira tambie hay mujeres que son malas.....
Si en el momento en el que le estás metiendo mano ella se estaba dejando, entonces ya no era no consentido.
Si a ella se le pasa el calentón y te dice que pares pero tú sigues, entonces ya no lo es.
No sé, hay una clara diferencia.
sexto escribió:Buste escribió:@Hatake-Kakashi entonces si te pones a tontear con una tia y ella te sigue el juego como se ha echo hasta ahora y de repente te corta el royo por que igual se le paso el calenton podria denunciarte por que le apetece no?
Si has salido algo sabras que hay muchas locas y aunque parezca mentira tambie hay mujeres que son malas.....
Si en el momento en el que le estás metiendo mano ella se estaba dejando, entonces ya no era no consentido.
Si a ella se le pasa el calentón y te dice que pares pero tú sigues, entonces ya no lo es.
No sé, hay una clara diferencia.
Buste escribió:@Hatake-Kakashi entonces si te pones a tontear con una tia y ella te sigue el juego como se ha echo hasta ahora y de repente te corta el royo por que igual se le paso el calenton podria denunciarte por que le apetece no?
Si has salido algo sabras que hay muchas locas y aunque parezca mentira tambie hay mujeres que son malas.....
Bitomo escribió:Dead-Man escribió:Mrcolin escribió:No es ninguna tontería. Es exáctamente así (igual que al revés si te entra una gorda fea te sientes ofendido y si te entra una tia buenorra has triunfado). C'est la vie.
No es así.
Tú dices que intenta ligar contigo tal persona, el otro dice que te mete mano tal persona. Por muy guapo que seas, vete por ahí metiendo mano a desconocidas, a ver qué pasa.
Y por cierto a no ser que vayas ensenando un fajo de billetes no sé cómo se detecta que eres rico o pobre a primera vista
Ah claro, que el status sólo se demuestra si llevas visible la cartera...
masterkyo escribió:vaya, cuantas cibervoluntarias....
dj_king232 escribió:jajajajaj. Madre mia. Me imagino en mi época de jovenzuelo cuando intentaba mientras me enrollaba cogerle "una teta" a la chica. Eso es sin consentimiento no? Porque yo nunca decia, oye; me dejas que te coja "una teta"? Ibas intentandolo tan agustito y si te dejaba pues bien.
Namco69 escribió:HongKi escribió:@Namco69 Eso no tiene nada que ver con ver y tocar a una persona sin conocerla..
volviendo a leer los mensajes, te he entendido: No, no te acercas a una persona sin conocerla de nada, y le metes mano. Pero es que sea no era lo que estaban preguntando. Se refieren a cuanto te lias por primera vez con una persona, como te lo haces, le preguntas? "oye, te quieres liar conmigo?". Porque si haces eso te digo yo que el resultado va a ser que se rian en tu cara A veces es más que evidente por donde van los tiros, el tonteo, el jiji jaja, las miraditas, etc... O ni eso, porque las hay que juegan al tonteo y luego no quieren ni los dos besos de despedida.
Adris escribió:adrian85 escribió:Tu no tienes que tocar a nadie sin su consentimiento, nunca.
El problema viene cuando esa ley la usen tías locas para denuncias falsas, eso si que es peligroso, pero la ley en sí está bien. No se quién se cree el tío para tocar a alguien los genitales sin su permiso, vamos, me lo hacen a mi y me cago en la puta de oros, que a los chicos también nos pasa en algunas ocasiones aunque el cuerpo del hombre no esté tan cosificado socialmente hoy día.
La ley en si es una puta basura. Hecha a medida para las locas que han salido estos años a demoler el sistema de presunción de inocencia.
Lo demás son ganas de maquillar una basura de ley. Hombres desprotegidos, mujeres locas del coño o aprovechadas por una situación que las sobrepase por vergüenza a quedar como guarras, a tope con la ley. Y hombres dando palmas por ello. De las cosas mas tristes que se han vivido en este país.
Lo dije hace unos meses de coña, pero al ritmo que va la cosa... Gopro, y papel firmado con notario para poder, ya no follar, sino ligar.
Es vomitivo, y mas vomitivo que haya gente aplaudiendo semejantes medidas.
Zokormazo escribió:La noticia: "el ts ratifica la absolucion de un hombre por no probar suficientemente el delito de abuso sexual del que fue acusado"
la mitad de los posts de este hilo: "donde esta la presuncion de inocencia, llegara el dia que porque una mujer diga que la he mirado me enchironen"
wtf, dejad de postead por el titulo sesgado y leed la noticia antes de soltar esas chorradas
Z_Type escribió:Namco69 escribió:HongKi escribió:@Namco69 Eso no tiene nada que ver con ver y tocar a una persona sin conocerla..
volviendo a leer los mensajes, te he entendido: No, no te acercas a una persona sin conocerla de nada, y le metes mano. Pero es que sea no era lo que estaban preguntando. Se refieren a cuanto te lias por primera vez con una persona, como te lo haces, le preguntas? "oye, te quieres liar conmigo?". Porque si haces eso te digo yo que el resultado va a ser que se rian en tu cara A veces es más que evidente por donde van los tiros, el tonteo, el jiji jaja, las miraditas, etc... O ni eso, porque las hay que juegan al tonteo y luego no quieren ni los dos besos de despedida.
Cuando yo tenia entre 14/17 años (no se bien cuando se paso a "saberlo") no era raro preguntar en un momento dado" ¿quieres rollo/salir? ". De hecho era lo" normal".
Eran otros tiempos. Años despues se extinguieron los dinosaurios y ya tal...
Estwald escribió:Zokormazo escribió:La noticia: "el ts ratifica la absolucion de un hombre por no probar suficientemente el delito de abuso sexual del que fue acusado"
la mitad de los posts de este hilo: "donde esta la presuncion de inocencia, llegara el dia que porque una mujer diga que la he mirado me enchironen"
wtf, dejad de postead por el titulo sesgado y leed la noticia antes de soltar esas chorradas
No te van a leer, ni quieren leerte... están en modo "si le toco una teta a una tía que aparentemente quiere rollo y me denuncia luego, por que no le pago una fanta, iré a la cárcel" . Y no se paran a pensar que la ley no es de ahora y el TS lo que está diciendo es "no, señores y señoras, para que eso sea abuso sexual se tienen que dar unas circunstancias como ser ejecutado para obtener un placer sexual, sin consentimiento" y por tanto, rechaza un recurso por estimar que no se cumplen esas condiciones. Pero aquí como en "Halo": "vamos a moriiiir"
Zilbelan escribió:Ese es el asunto. ¿Demostración de que hay o no hay consentimiento? En un caso en que solo exista la palabra y acusación cruzada ¿Que palabra impera, la de el o la de ella? ¿Algun amparo o defensa para quien este siendo falsamente acusad@? ¿Qué pasa en el caso de 2 sexos iguales?
Hatake-Kakashi escribió:Buste escribió:@Hatake-Kakashi entonces si te pones a tontear con una tia y ella te sigue el juego como se ha echo hasta ahora y de repente te corta el royo por que igual se le paso el calenton podria denunciarte por que le apetece no?
Si has salido algo sabras que hay muchas locas y aunque parezca mentira tambie hay mujeres que son malas.....
Vamos a ver, que dejes de intentar retorcer el asunto. Si te están siguiendo el juego y te corta el rollo pues paras, y a partir de ahí lo que hayas hecho con su consentimiento no tiene ninguna repercusión. Si eres pesado y sigues, pues entonces sí.
Y sí, que las mujeres salen para ir denunciando gente que se rozan, claro. Cambia esos lugares a los que vas porque son un poco extraños. Lo más que me he encontrado es gente estúpida, mujeres también, pero de ahí a que vendas que te van a denunciar porque a una le apetece... venga hombre. Que no.
Adris escribió:La ley en si es una puta basura. Hecha a medida para las locas que han salido estos años a demoler el sistema de presunción de inocencia.
Lo demás son ganas de maquillar una basura de ley. Hombres desprotegidos, mujeres locas del coño o aprovechadas por una situación que las sobrepase por vergüenza a quedar como guarras, a tope con la ley. Y hombres dando palmas por ello. De las cosas mas tristes que se han vivido en este país.
El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses.
adrian85 escribió:
Sois muy exagerados chicos. Lo que tenéis que hacer es conocer a quién os folláis. No puedes ir por al vida buscando follarte a la primera tía buena que pilles porque luego pasan estas cosas, lo suyo es que sepas con quién te estás acostando no salir a follarte a la primera choni que esté buena porque tu no sabes como es esa chica, si te la puede liar. Hay tías que están super locas, todos hemos visto chicas que mandaron a sus parejas a la cárcel con denuncias falsas, órdenes de alejamiento + chantajes a la pareja y cuando la pareja se acercaba la policía ya estaba allí llamada por ella, etc.
sexto escribió:Buste escribió:@Hatake-Kakashi claro,nunca tocaste a una tia aunque sea el brazo pasando si querer simplemente por el apreton de la gente
El OP ha decidido omitirlo en el título del post, pero la noticia aclara que se refiere a tocamiento no consentido con intención sexual.
adrian85 escribió:Adris escribió:adrian85 escribió:Tu no tienes que tocar a nadie sin su consentimiento, nunca.
El problema viene cuando esa ley la usen tías locas para denuncias falsas, eso si que es peligroso, pero la ley en sí está bien. No se quién se cree el tío para tocar a alguien los genitales sin su permiso, vamos, me lo hacen a mi y me cago en la puta de oros, que a los chicos también nos pasa en algunas ocasiones aunque el cuerpo del hombre no esté tan cosificado socialmente hoy día.
La ley en si es una puta basura. Hecha a medida para las locas que han salido estos años a demoler el sistema de presunción de inocencia.
Lo demás son ganas de maquillar una basura de ley. Hombres desprotegidos, mujeres locas del coño o aprovechadas por una situación que las sobrepase por vergüenza a quedar como guarras, a tope con la ley. Y hombres dando palmas por ello. De las cosas mas tristes que se han vivido en este país.
Lo dije hace unos meses de coña, pero al ritmo que va la cosa... Gopro, y papel firmado con notario para poder, ya no follar, sino ligar.
Es vomitivo, y mas vomitivo que haya gente aplaudiendo semejantes medidas.
Sois muy exagerados chicos. Lo que tenéis que hacer es conocer a quién os folláis. No puedes ir por al vida buscando follarte a la primera tía buena que pilles porque luego pasan estas cosas, lo suyo es que sepas con quién te estás acostando no salir a follarte a la primera choni que esté buena porque tu no sabes como es esa chica, si te la puede liar. Hay tías que están super locas, todos hemos visto chicas que mandaron a sus parejas a la cárcel con denuncias falsas, órdenes de alejamiento + chantajes a la pareja y cuando la pareja se acercaba la policía ya estaba allí llamada por ella, etc.
Los tíos también es que van por la vida follándose a todas y luego se quejan cuando se topan con una loca. Anda que no hay futbolitas-famosos que van por la vida follándose tías a pelo y luego cuando le hacen un bombo a alguna se vienen lamentando que les toca pagar manutención. Claro, claro, muy listo para lo que quieres (follar) pero luego responsabilidad ninguna ehh, menudos listos también. Locas hay muchas y como hay leyes de este tipo pues te la pueden liar, pero no puedes ir por la vida con miedo, simplemente, como te decía tu madre ¿para qué te vas a la cama con desconocidos? pues eso, a la cama conociendo un poco a la persona con la que te acuestas, no como van muchos tíos que con tal de que esté buena se follan a quien sea, luego vienen las quejas.
rampopo escribió:hara falta algún tipo de prueba no? porque sino estamos apañaos.
y según con que se consideren pruebas, tambien estamos apañaos.
hal9000 escribió:rampopo escribió:hara falta algún tipo de prueba no? porque sino estamos apañaos.
y según con que se consideren pruebas, tambien estamos apañaos.
Pruebas?, pero tu has visto todas las leyes NWO que están sacando, en donde el hombre es sistemáticamente culpable casi casi sin denuncia por parte de ella. Pues ahora imagínate que te denuncie, al paredón directamente.
Zokormazo escribió:hal9000 escribió:rampopo escribió:hara falta algún tipo de prueba no? porque sino estamos apañaos.
y según con que se consideren pruebas, tambien estamos apañaos.
Pruebas?, pero tu has visto todas las leyes NWO que están sacando, en donde el hombre es sistemáticamente culpable casi casi sin denuncia por parte de ella. Pues ahora imagínate que te denuncie, al paredón directamente.
y por todo esto el señor de la noticia ha sido absuelto
Zokormazo escribió:y por todo esto el señor de la noticia ha sido absuelto
Zokormazo escribió:vamos, que la noticia da igual, el tema es dar un mitin ideologico
hal9000 escribió:sexto escribió:Buste escribió:@Hatake-Kakashi claro,nunca tocaste a una tia aunque sea el brazo pasando si querer simplemente por el apreton de la gente
El OP ha decidido omitirlo en el título del post, pero la noticia aclara que se refiere a tocamiento no consentido con intención sexual.
Mmm es tremendamente elástico, es evidente que si toca sus genitales tenemos seguro o al menos en un 99% que es con intención sexual y las tetas? y el culo?.., casi un pleno. Pero? y el cuello, los hombros, los brazos, una mano etc, entonces que pasa?
Es decir, puedes rozar el brazo de una mujer y denunciarte porque siempre según ella lo hiciste con intención sexual?
martuka_pzm escribió:Claro claro, y lo que tienen que hacer las mujeres es pensar con quien empiezan una relación, que luego te cosen a puñaladas y le echan la culpa al hombre..
Si una persona es tan hija de puta de poner una denuncia falsa, la culpa es de esa persona, y no de quien hizo, dejo de hacer o intentó hacer algo con ella.
adrian85 escribió:Tu no tienes que tocar a nadie sin su consentimiento, nunca.
El problema viene cuando esa ley la usen tías locas para denuncias falsas, eso si que es peligroso, pero la ley en sí está bien. No se quién se cree el tío para tocar a alguien los genitales sin su permiso, vamos, me lo hacen a mi y me cago en la puta de oros, que a los chicos también nos pasa en algunas ocasiones aunque el cuerpo del hombre no esté tan cosificado socialmente hoy día.
Zokormazo escribió:@Bou no se donde veis el problema en que el mero roce no consentido con intencionalidad sexual sea tipificado como delito sexual en vez de otro delito random.
VozdeLosMuertos escribió:Los que confundís el roce de "perdón que paso" con el "voy a pegarme para arrimar la cebolleta y así que sienta mi paquete en la próxima frenada" creo que sois víctimas de un miedo a ser denunciados que no tiene sentido. Salvo que practiquéis esa confusión que he dicho.
hal9000 escribió:@adrian85
Anda que se te ve entendido en relaciones, claro, si es choni te la lía y te denuncia, pero si tiene la carrera de química no. Fíate tu de las apariencias y ya me lo contarás como te ha ido en la vida
Bou escribió:Zokormazo escribió:@Bou no se donde veis el problema en que el mero roce no consentido con intencionalidad sexual sea tipificado como delito sexual en vez de otro delito random.
Yo no he dicho que eso sea un problema o deje de serlo. Mi post no iba de eso.
Mi post era una explicación de por qué absolvieron al acusado. Tú decías que era porque sin pruebas no se condena a nadie, pero en realidad fue por otro motivo.
¿Eso lo tenemos claro ya?
Zokormazo escribió:yo no he dicho que sin pruebas no se condena a nadie
rampopo escribió:hara falta algún tipo de prueba no? porque sino estamos apañaos. y según con que se consideren pruebas, tambien estamos apañaos.
hal9000 escribió:Pruebas?, pero tu has visto todas las leyes NWO que están sacando, en donde el hombre es sistemáticamente culpable casi casi sin denuncia por parte de ella. Pues ahora imagínate que te denuncie, al paredón directamente.
Zokormazo escribió:y por todo esto el señor de la noticia ha sido absuelto
VozdeLosMuertos escribió:Los que confundís el roce de "perdón que paso" con el "voy a pegarme para arrimar la cebolleta y así que sienta mi paquete en la próxima frenada" creo que sois víctimas de un miedo a ser denunciados que no tiene sentido. Salvo que practiquéis esa confusión que he dicho.
El derecho de presunción de inocencia corresponde a todo imputado en un proceso penal a ser tratado como si fuese inocente, hasta que una sentencia firme establezca su condena.
Dicho derecho constituye uno de los pilares básicos del sistema penal de los Estados democráticos, recogido en distintos instrumentos internacionales.
En nuestro derecho se encuentra expresamente recogido en la Constitución Española en el artículo 24.2.
La presunción de inocencia está, como ya se ha dicho, también reconocida en distintos instrumentos internacionales en materia de derechos humanos: en el artículo 11.1 de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre (1948) cuando establece que: “Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad”; en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966), cuyo artículo 14.2 dispone que: “toda persona acusada de un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley”; en el Convenio Europeo de Derechos Humanos (1950) cuyo artículo 6.2 proclama que: ” toda persona acusada de una infracción se presume inocente hasta que su culpabilidad haya sido legalmente establecida” en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969), cuyo artículo 8.2 establece que: “Toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad”; y por último, en la Carta Africana sobre Derechos Humanos y de los Pueblos (Carta Banjul 1981), en cuyo artículo 7.b) se reconoce el derecho –de toda persona¬– a que se presuma su inocencia hasta que se pruebe su culpabilidad por una corte o tribunal competente”.
Según nuestro Tribunal Constitucional, la presunción de inocencia tiene una doble dimensión cuando dice que “opera en el seno del proceso como una regla de juicio, pero constituye a la vez una regla de tratamiento, en virtud de la cual el imputado tiene derecho a recibir la consideración y el trato de no autor o no partícipe en hechos de carácter delictivo” (STC 128/1995 de 26 de julio, cuando se refiere a la prisión provisional).
Como regla de tratamiento, determina que el imputado ha de ser tratado como si fuese inocente, hasta que una condena definitiva no demuestre lo contrario está presente en el proceso penal a lo largo de todas sus instancias.
Como regla de juicio, la presunción de inocencia despliega sus efectos en el momento de la valoración de la prueba. Se encuentra ligada a la propia estructura del proceso, y en particular a la declaración del hecho probado. Mientras en el proceso civil el juez ha de considerar los hechos alegados por las partes enfrentadas como datos a probar por quien los afirma; en cambio, en el proceso penal el juez tiene como punto de partida la inocencia del imputado, de forma que si el acusador no acredita cumplidamente su acusación contra aquél, la inocencia interinamente afirmada se convertirá en verdad definitivamente después de que el juez o tribunal aprecie la prueba según el principio de libre valoración, en los términos referidos por el artículo 741.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, (L. Enj. Cr.) partiendo de que: (I) la carga material de la prueba corresponde exclusivamente a la/s parte/s acusadora/s, y no a la defensa; (II) la prueba ha de practicarse en el juicio oral bajo la inmediación del juez o tribunal sentenciador, y con respecto a los principios de igualdad, contradicción, inmediación y publicidad; (III) no constituyen actos de prueba los atestados ni otros actos de investigación realizados por la policía ya que sólo se consideran denuncia para los efectos legales, según se dispone en el artículo 297.1 de la L. Enj. Cr., pues los atestados no se erigen en medio, sino en objeto de prueba, tal es así que a la Policía judicial, más que realizar actos de prueba, lo que le encomienda el artículo 126 de la Constitución Española es la “averiguación del delito y el descubrimiento del delincuente” es decir, la realización de los actos de investigación correspondientes para acreditar el hecho punible y su autoría (STC 303/1993); (IV) el juez o tribunal no puede fundamentar su sentencia en una prueba prohibida sino solo en auténticos actos de prueba obtenidos con estricto respeto de los derechos fundamentales (SSTC 150/1987 y 303/1993) y, por último (V), el juez o tribunal tiene obligación de razonar la prueba, es decir, debe explicitar las razones por las cuales ha otorgado valor probatorio a determinada prueba, ello como derivación del derecho a tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE) y del derecho a la presunción de inocencia (art. 24.2 de la CE), pues dicha obligación no se encuentra expresamente prevista en la normativa legal, pues “la valoración conjunta de la prueba practicada es una potestad exclusiva del juzgador, que éste ejerce libremente con la sola obligación de razonar el resultado de dicha valoración como tiene dicho el TC en sentencia 34/1996.
En la actualidad el principio de presunción de inocencia, en algún caso, se está olvidando que existe y que los únicos que lo pueden aplicar son los jueces o tribunales tras la práctica de la correspondiente prueba de cargos por parte de la/s acusación/es.