El proyecto de ley para la reforma de la L.P.I. ha llegado al Congreso. Podéis leerlo
aquí. Todavía no hay ningún análisis completo, nos remitimos a la
noticia anterior para un primer resumen, aunque tras una lectura encontramos algunas diferencias.
En primer lugar no se excluye explicitamente las conexiones de Internet de los dispositivos o soportes que están exentos del canon por copia privada, pero se aclara que no podrán ser tasados porque no son aparatos ni soportes, confiemos en que así sea. Otro punto importante es relativo a la confusión que
pretendía crear la SGAE afirmando que la reforma sólo permitiría a los consumidores realizar 3 copias privadas como máximo. La realidad sin embargo es que las medidas anticopia podrán permitir realizar un número limitado de copias privadas, siendo el mínimo 3 (artículo 161.4).
Finalmente algo que nos llama la atención es que ya se incluyen de forma provisional los canones que deberán pagar los dispositivos y soportes de grabación hasta que se apruebe el primer acuerdo (la ley establecerá que cada dos años se acuerde entre los sectores implicados los diferentes cánones, y que a falta de acuerdo decida el gobierno), coincidiendo exactamente con los que en la actualidad están exigiendo la SGAE y el resto de entidades de gestión.
Esperamos tener más análisis en los próximos días.