Hereze escribió:
Hereze escribió:
No me lo estoy imaginando, lo de Sevilla ha pasado, anda que no salió criticando eso.
Lo que te estás imaginando es que Ayuso dejaría Cataluña como un escombro. Junts y ERC defienden que el resto de España le pague 450.000 millones de euros a Cataluña...eso si que sería dejar España como un escombro. Esto son hechos, no imaginaciones.
Hereze escribió: Además, es tomarnos por idiotas pensar que sta mujer de presidenta sería bueno para Catalunya
El problema es que hay muchos catalanes y de resto de españoles cuyo concepto de lo que "es bueno para Cataluña" es radicalmente distinto del tuyo. Hoy los has podido ver en Barcelona.
Y las leyes de transitoriedad no decían precisamente eso pero bueno, de todas formas ¿esa no es la forma en la que se elige a los jueces en los EEUU?
https://www.boe.es/ccaa/dogc/2017/7451/f00001-00027.pdfTÍTULO V. Poder judicial y administración de justicia
Artículo 65. Principios generales
El Poder Judicial está integrado por jueces y magistrados que actúan con independencia, inamovibilidad, imparcialidad y responsabilidad y que están sujetos únicamente a la ley y al derecho.
Artículo 66. Continuidad de la organización, la planta y las leyes procesales
1. Hasta que el Parlamento apruebe una ley del poder judicial y de la administración de justicia, se sigue ISSN 1988-298X
http://www.gencat.cat/dogc DL B 38014-2007 19/27 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya Núm. 7451A - 8.9.2017 CVE-DOGC-B-17251069-2017 aplicando en Cataluña la organización y la planta judiciales y las leyes procesales existentes en el momento de entrar en vigor esta Ley, con las modificaciones que se establecen en este Título y en la normativa que la desarrolle.
2. Los órdenes jurisdiccionales del sistema judicial de Cataluña son el civil, el penal, el contenciosoadministrativo y el social.
3. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña se convierte en el Tribunal Supremo de Cataluña, órgano judicial superior en todos los órdenes, en el que culmina la organización judicial de Cataluña.
4.
El presidente o presidenta del Tribunal Supremo es nombrado por el presidente o presidenta de la Generalidad a propuesta de la Comisión Mixta prevista en el artículo 72.
Si, si lo dice. Como puedes leer tu mismo.
Además, si lo pones en conexión con el artículo 36 de la misma ley que dice:
1. El presidente o presidenta de la Generalidad durante su mandato goza de inmunidad, no puede ser detenido
o retenido excepto en caso de flagrante delito. Corresponde al Tribunal Supremo de Cataluña decidir sobre la
inculpación, el procesamiento y el enjuiciamiento del presidente o presidenta de la Generalidad.
No deja de ser brutalmente hipócrita que los mismos que se quejan del Rey de España por su inmunidad y demás cosas, son los que quieren para su Cataluña independiente que el presidente nombre a la persona que tiene que decidir sobre si se le puede juzgar o no.
¿Esto es bueno para Cataluña? Yo opino que no. Pero es la Cataluña que quiere ERC y Junts (los que redactaron la Ley).
Hereze escribió: Por cierto, en España quien cree que elige en realidad al presidente del Supremo o del TC, ¿la bruja Lola?
Nombrarlo, lo nombra el Rey, pero elegirlo lo elige el CGPJ (no Presidente Sanchez). El proceso de nombramiento de los miembros del CGPJ se rige por una norma que aprobó el PSOE de González en el 85 para que las cámaras (congreso y senado, no el presidente del gobierno) nombraran a una parte de los mismos. Yo no estoy de acuerdo con esta ley, prefiero el procedimiento original de la Constitución, pero es el que hay. Al menos exige una mayoría cualificada que hace que los partidos mayoritarios (los que representan a la gran mayoría de los Españoles) se tengan que poner de acuerdo (de nuevo, nada que ver con que lo elija la persona a la que le tiene que quitar la inmunidad, que es de una corrupción absoluta).
De hecho ya se comenta que Antonio va intentar aprobar una ley para reducir la mayoría para renovar el CGPJ para poder poner a sus jueces. Es evidente que al PSOE le va mas el modelo independentista catalán que el recogido en la Constitución española.
Como cloenda, ¿no te veo muy enterado de estos temas la verdad? Espero que te haya servido para aprender.