pedrobe escribió:Si creeie que han cometido una injusticia con la beca, alegar, que teneis ese derecho, adjuntar los documentos que prueben que estaban en un error, suerte os lo mereceis
Pedrobe una pregunta, ayer me mandaron un pdf con mi beca denegada, pero en el no me viene el motivo de porque me la han denegado, mira:
Le comunico que de conformidad con lo dispuesto en el la normativa reguladora de becas y en la Resolución de 13 de agosto
de 2013 (BOE de 19 de agosto ), por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2013-2014, para
estudiantes que cursen estudios postobligatorios , la beca que usted había solicitado para el año académico 2013/2014 ha sido
propuesta para su denegación por:
Contra esta propuesta de denegación podrá Vd. formular alegaciones en el plazo de 15 días, contados a partir del siguiente al
recibo de esta notificación. Se presentarán en la unidad de becas que tramitó su solicitud, en la dirección que aparece en la parte
superior izquierda de este escrito. Para la presentación de alegaciones podrá utilizar el modelo de impreso que aparece en la página
web: sede.educacion.gob.es.
Una vez dictada la resolución definitiva - que pondrá fin a la vía administrativa - podrá interponer recurso potestativo de
reposición ante la Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, en el plazo de un mes, contado a
partir del día siguiente a la fecha de publicación en el BOE de la Resolución por la que se ordene la publicación de los listados
definitivos de becarios. Dicho recurso podrá presentarse en el órgano que tramitó la solicitud de beca, en la dirección que se indica en
la parte superior izquierda de este escrito. Para ello podrá utilizar el modelo de impreso que aparece en la página web:
sede.educacion.gob.es. Se entenderán denegadas las solicitudes que no aparezcan en estas relaciones a efectos de interposición
del mencionado recurso.
Asimismo, la resolución definitiva podrá ser impugnada mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, conforme a lo establecido en los artículos
11.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y en el artículo 66 de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio.
Ese es el pdf completo. Mi pregunta es,¿cómo puedo alegar sin haberme dado un motivo de porque me la han denegado?
Y para el resto del foro,¿hay alguien más en mi situación que pueda ayudarme? Muchas gracias de antemano y espero vuestras respuestas a ver si sabéis algo.
Por cierto el estado en el mec sigue siendo en trámite en el M.E. eso no ha cambiado, pero si hubo esa notificación con este pdf que os he adjuntado.