› Foros › Off-Topic › Miscelánea
Señor Ventura escribió:Compré en diciembre del año pasado un terreno, el 65% de su valor salió de mi cuenta corriente, y el 35% restante salió de una cuenta conjunta (a mi nombre y al de otra persona, aunque yo nunca he aportado nada ahí).
Todavía no se han pagado los impuestos de ese terreno, ¿se declara la compra del terreno?, o solo se desgravan los impuestos.
Si debo declarar la compra del terreno, ¿debo declarar el 100%?.
kpik0 escribió:Ya tengo el SMS de que proceden al ingreso de la devolución
Lo hice el 31 a media tarde, como a las 4/5
DarkMessiah escribió:kpik0 escribió:Ya tengo el SMS de que proceden al ingreso de la devolución
Lo hice el 31 a media tarde, como a las 4/5
Ole. Pero en la web de Hacienda te ha cambiado el estado de Tramitación a otro diferente?.
No recuerdo que me llegase otros años un SMS de que me ingresaban la pasta, pero estaré atento por si acaso
Yo la hice el 31 sobre las 23 y pico.
kpik0 escribió:DarkMessiah escribió:kpik0 escribió:Ya tengo el SMS de que proceden al ingreso de la devolución
Lo hice el 31 a media tarde, como a las 4/5
Ole. Pero en la web de Hacienda te ha cambiado el estado de Tramitación a otro diferente?.
No recuerdo que me llegase otros años un SMS de que me ingresaban la pasta, pero estaré atento por si acaso
Yo la hice el 31 sobre las 23 y pico.
Sep, me pone esto ahora:
Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted. Su devolución ha sido emitida el día 03-04-2020, mediante transferencia bancaria a la cuenta con IBAN: ES....
Lo del SMS es porque me di de alta en https://www.agenciatributaria.gob.es/AE ... FZ04.shtml a la Suscripción a avisos informativos de la AEAT y gestión de dispositivos móviles. Más que nada porque paso de que alguna vez notifiquen a través del BOE cualquier cosa y yo no me entere
shoty escribió:Hola buenas a todos, soy incapaz de hacer bien el borrador, es mi primera declaración y los teléfonos de ayuda están colapsadisimos.
El caso es que todo lo hago y me sale correcto, y me sale a devolver 150e, pero cuando añado en deducciones autonómicas la deducción del alquiler, esta se añade correctamente y en el resumen aparece correctamente pero en la cifra total me sigue marcando 150 y no los 600 que deberían ser sumando la deducción del alquiler. A alguien le ha pasado lo mismo? Sabéis que puede ser?
Lo he comprobado y cumplo todos los requisitos de la deducción sin excepcion
https://www.agenciatributaria.es/AEAT.i ... itual.html
julepe escribió:@martuka_pzm
ahora veo que en los arrendamientos han separado todos los gastos deducibles.........
yo metia el ibi y el 3% sobre valor construccion
he puesto todo en el apartado Tributos recargos y tasas y dudo si poner solo el recibo del ibi y la otra parte en Otros gastos fiscalmente deducibles....
angelillo732 escribió:Un amigo mío, que ha estado en parado todo el año y a su mujer, que ha currado todo el año, les devuelven 1100 y pico si la hacen conjunta, si la hacia ella sola, tenía que pagar ciento y algo.. El solo no lo se, están casados y de alquiler.
Como puede haber tanta diferencia?
Yo y mi mujer tenemos que pagar.
danaang escribió:angelillo732 escribió:Un amigo mío, que ha estado en parado todo el año y a su mujer, que ha currado todo el año, les devuelven 1100 y pico si la hacen conjunta, si la hacia ella sola, tenía que pagar ciento y algo.. El solo no lo se, están casados y de alquiler.
Como puede haber tanta diferencia?
Yo y mi mujer tenemos que pagar.
Pues porque la declaración conjunta tiene una reducción en base imponible de 3.400€.
Veltex escribió:Aquí un afortunado. 800€ a devolver según el borrador
El año que viene veremos
angelillo732 escribió:Un amigo mío, que ha estado en parado todo el año y a su mujer, que ha currado todo el año, les devuelven 1100 y pico si la hacen conjunta, si la hacia ella sola, tenía que pagar ciento y algo.. El solo no lo se, están casados y de alquiler.
Como puede haber tanta diferencia?
Yo y mi mujer tenemos que pagar.
slash_94 escribió:angelillo732 escribió:Un amigo mío, que ha estado en parado todo el año y a su mujer, que ha currado todo el año, les devuelven 1100 y pico si la hacen conjunta, si la hacia ella sola, tenía que pagar ciento y algo.. El solo no lo se, están casados y de alquiler.
Como puede haber tanta diferencia?
Yo y mi mujer tenemos que pagar.
La declaración conjunta casi exclusivamente compensa en esos supuestos, en los que un cónyuge tiene ningún o casi ningún rendimiento y el otro sí. Es por el mecanismo de cálculos para el mínimo personal y familiar y alguna reducción extra aplicable, entre otras cosas, puedes verlo en los artículos 82 a 84 LIRPF.
Killer D3vil escribió:Presentada y a devolver. Espero cobrar antes de que hacienda se quede sin dinero...
slash_94 escribió:Killer D3vil escribió:Presentada y a devolver. Espero cobrar antes de que hacienda se quede sin dinero...
No lo digas muy en serio, familiares que trabajan en la AEAT me dijeron que la hiciera ya el 31 porque se prevé problemas de liquidez más adelante.
DarkMessiah escribió:08.47 HACIENDA EMPIEZA A DEVOLVER ESTE TERCER VIERNES DE CONFINAMIENTO
De las más de 20 millones de declaraciones, 14,56 millones darán derecho a devolución. Se han presentado ya 1,48 millones de borradores en dos días de campaña, lo que supone un 42% más. Hacienda empieza a devolver hoy el dinero de las declaraciones de la Renta.
En cuanto me llegue aviso, si avisáis pues así vamos sabiendo si va llegando
srkarakol escribió:Hola,
A ver si me podéis ayudar...
El año pasado mi suegra vendió la mitad de un piso por la que percibió 45.000€. Ella no tiene obligación de presentar la declaración por cobrar menos de 22.000€ anuales de un solo pagador.
Tiene obligación este año de presentar la declaración por la venta del piso?
Gracias.
Escapology escribió:DarkMessiah escribió:08.47 HACIENDA EMPIEZA A DEVOLVER ESTE TERCER VIERNES DE CONFINAMIENTO
De las más de 20 millones de declaraciones, 14,56 millones darán derecho a devolución. Se han presentado ya 1,48 millones de borradores en dos días de campaña, lo que supone un 42% más. Hacienda empieza a devolver hoy el dinero de las declaraciones de la Renta.
En cuanto me llegue aviso, si avisáis pues así vamos sabiendo si va llegando
A mi ya me ha llegado el ingreso a mi banco.
slash_94 escribió:srkarakol escribió:Hola,
A ver si me podéis ayudar...
El año pasado mi suegra vendió la mitad de un piso por la que percibió 45.000€. Ella no tiene obligación de presentar la declaración por cobrar menos de 22.000€ anuales de un solo pagador.
Tiene obligación este año de presentar la declaración por la venta del piso?
Gracias.
Sí, tiene que presentar declaración, pero como ganancia o pérdida patrimonial sólo tiene que incluir la diferencia entre el valor de adquisición y el de transmisión, no el importe de la venta, naturalmente. De todas formas si no lo ha hecho en negro debería aparecer en su borrador de declaración ya estos datos.
srkarakol escribió:slash_94 escribió:srkarakol escribió:Hola,
A ver si me podéis ayudar...
El año pasado mi suegra vendió la mitad de un piso por la que percibió 45.000€. Ella no tiene obligación de presentar la declaración por cobrar menos de 22.000€ anuales de un solo pagador.
Tiene obligación este año de presentar la declaración por la venta del piso?
Gracias.
Sí, tiene que presentar declaración, pero como ganancia o pérdida patrimonial sólo tiene que incluir la diferencia entre el valor de adquisición y el de transmisión, no el importe de la venta, naturalmente. De todas formas si no lo ha hecho en negro debería aparecer en su borrador de declaración ya estos datos.
En el borrador aparece como "pendiente". La historia es que la casa fue una herencia, con lo que el valor de adquisición, es = ¿0?
JoOs_86 escribió:Expongo mi caso a los entendidos. Este año hemos echo la declaracion por internet, la de mi mujer sin pega ya que la hacemos individualmente, con la mia he tenido un problema.
La he presentado y resulta que me he dado cuenta de que lo que pago por alquiler al año no puedo ponerlo integro yo sino que tengo que poner solo la mitad ya que la otra mitad corresponde a mi mujer. Pues bien he realizado la complementaria para corregir ese dato.
En la primera me tenia que pagar hacienda unos 300 euros, y en la segunda salia que me pagaban 30 euros menos, hasta ahi todo correcto. Pero al presentar la complementaria en la casilla 695 esta bien el dato pone que me dan 270, pero en la parte final del pdf donde te dice si quieres fraccionar el pago a hacienda me salen 30 euros, los 30 euros de diferencia.
Ahora que significa esto que me van a pagar los 300 euros de la primera declaracion que esta mal echa y despues yo les pago 30, le hago caso a la casilla 695 de la complementaria donde pone que me devuelven 270 o resulta que voy a pagarles yo a ellos 30 euros y me quedo sin devolucion?
Es que no lo entiendo muy bien lo digo por si los llamo el lunes o por el contrario si esta todo correcto.çç
Un saludo y gracias.
JoOs_86 escribió:@danaang
Gracias por la respuesta. Es que mi miedo era que al salir en la complementaria al final los 30 euros que me salen a pagarles que me los descuenten y no me devolvieran los 270. Entiendo entonces que esta todo bien y me devolveran los 270 y listo.
Mi mujer no puede declarar el otro 50% por la edad que tiene no le corresponde ayuda a nivel autonomico por alquiler.
martuka_pzm escribió:JoOs_86 escribió:@danaang
Gracias por la respuesta. Es que mi miedo era que al salir en la complementaria al final los 30 euros que me salen a pagarles que me los descuenten y no me devolvieran los 270. Entiendo entonces que esta todo bien y me devolveran los 270 y listo.
Mi mujer no puede declarar el otro 50% por la edad que tiene no le corresponde ayuda a nivel autonomico por alquiler.
Pero por la mitad del alquiler solo te cambia 30€?
Que la deducción por alquiler sea solo de 60€ es raro.
JoOs_86 escribió:martuka_pzm escribió:JoOs_86 escribió:@danaang
Gracias por la respuesta. Es que mi miedo era que al salir en la complementaria al final los 30 euros que me salen a pagarles que me los descuenten y no me devolvieran los 270. Entiendo entonces que esta todo bien y me devolveran los 270 y listo.
Mi mujer no puede declarar el otro 50% por la edad que tiene no le corresponde ayuda a nivel autonomico por alquiler.
Pero por la mitad del alquiler solo te cambia 30€?
Que la deducción por alquiler sea solo de 60€ es raro.
Si digamos que en la primera declaracion puse el total de lo que pagamos por alquiler al año es decir unos 4900 euros y al presentar la declaracion me salia que hacienda me devuelve una cantidad. En la complementaria al corregir ese dato y poner solo la mitad unos 2450 euros me salia que yo le devuelvo a haciendo 30 euros, es decir me tendrian que pagar ellos 30 euros menos que en la primera declaracion que presente.
isopure escribió:Estado de Tramitación:Su declaración está siendo comprobada.
La presente el 01/04/2020 a las 19:07
es a devolver,cuando mas o menos la tendré??
isopure escribió:@danaang No,no he metido nada raro por??
chachin2007 escribió:Mi hermano nunca a hecho la declaración de la renta (nunca ha trabajado), el caso es que en 2013 mis padres le compraron un piso y a finales de 2019 se lo vendió, con el dinero de la venta este mes de febrero (2020) se ha comprado otro piso, el tema es que no sabemos que se considera "ganancia", es decir, pongamos que el piso original costo 30 + 5 de impuestos/papeleo (I.T.P, registro,notario) total 35, luego ese piso se vende por 87 (de los que 2 van para la inmobiliaria y 1 de Plusvalía), el asunto es que ¿los impuestos y gastos entran dentro de la ganancia/perdida?, tal que así:
87 (venta del primer piso sin contar comisión de la inmobiliaria ni plusvalía)
- 30 (coste del primer piso sin contar impuestos + registro + notario)
- 35 (coste del segundo piso sin contar impuestos + registro + notario)
-------
Total 22 de ganancia tras la reinversión.
A los 22 aplicar el 21% (I.R.P.F) = A pagar 4,6.
O bien es así?
87 (venta del primer piso)
- 3 (comisión de la inmobiliaria + plusvalía)
- 35 (coste del primer piso contando impuestos + registro + notario).
- 38 (coste del segundo piso contando impuestos + registro + notario)
-------
Total 11 de ganancia tras la reinversión.
A los 11 aplicar el 21% (I.R.P.F) = A pagar 2,3.