IvanQ escribió:Azsche escribió:Podría abrir la causa por delito de odio y que en la instrucción se encuentre que solo es privacidad y no delito de odio, pero el CP dice en el articulo 510:
b) Quienes produzcan, elaboren, posean con la finalidad de distribuir, faciliten a terceras personas el acceso, distribuyan, difundan o vendan escritos o cualquier otra clase de material o soportes que por su contenido sean idóneos para fomentar, promover, o incitar directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad
No me voy a meter en si lo constituye o no que eso lo decidirá el tribunal correspondiente, pero que base tienen para abrir investigación está más que claro por lo que marco en negrita. La tenencia, difusión y distribución públicas de ese material audiovisual es lo que se investiga como delito de odio y se juzgará y/o condenará si procede.
Entonces queda claro que se podría meter como delito de odio. A mi esto de que los políticos se metan a presionar en juicios que se están llevando a cabo no me gusta nada.
Sigo sin entenderlo: ¿por qué? Para que se pueda considerar de odio, por ese mismo texto, la motivación de dicho delito
tiene que ser
por las características especiales de la víctima. Yo no veo que en este caso exista esa motivación de odio, así que menos veo que se pueda catalogar como delito de odio salvo que se descubriera algo durante el juicio que, claramente, ahora no se sabe.
Entiendo que debería ser
al revés: es decir, que jamás debería imputarse como delito de odio salvo que hubiera pruebas o indicios suficientes de ello, en lugar de cargar delitos como si fueran de odio de oficio sin ningún tipo de motivo. Me parece asqueroso darle la vuelta a la tortilla de esta forma, me parece que es invertir la carga de la prueba (es decir, acusar de delito de odio porque patata y que luego se tenga que demostrar la inocencia de dicho delito) y que lo único a lo que obedece es a manipular la opinión pública o las estadísticas, o desprestigiar a quien se acusa de dicho delito.
Findeton escribió:¿Por qué se habla de la Agenda 2030 en ambas fotos? En mi opinión es adoctrinamiento.
La agenda 2030 es una iniciativa llevada a cabo por la ONU. Si fuera algo específicamente de un partido, sí que vería adoctrinamiento, pero yo en esas dos imágenes no lo veo.