Gracias a la ley mordaza si eres policia ya puedes aparcar donde te salga de los huevos

1, 2, 3, 4, 5
jnderblue escribió:Reglamento de circulación:


¿Pero qué me estás contando... que Seiyaburgos nos cuenta una cosa y al final resulta que la ley dice la contraria? Debe de ser la primera vez que pasa eso en el foro [fiu]
La verdad esque yo también estoy esperando la respuesta de Seiyaburgos.
Bou escribió:
jnderblue escribió:Reglamento de circulación:


¿Pero qué me estás contando... que Seiyaburgos nos cuenta una cosa y al final resulta que la ley dice la contraria? Debe de ser la primera vez que pasa eso en el foro [fiu]

No sería la primera vez que Seiya no está del todo correcto en cuestiones jurídicas, no, pero en este caso concreto los que demostráis tener una comprensión lectora muy mejorable sois vosotros. Dadle un par de meneos más al reglamento. Desde luego tenéis una confianza muy escasa en que en Ávila no prepararían minimamente a los agentes del CNP para desempeñar el servicio de forma limpia y legal. Si tenéis un problema con el estacionamiento de los vehículos prioritarios en los descansos para comer al que tenéis que quejaros es al legislador, pero creedme que en este caso concreto el único que puede salir perdiendo aquí es el ciudadano.

Por cierto, para la mala fama que se tiene en las FFCCSE de "chuloputas" es un placer discutir siempre con los cuatro de siempre que en estos temas salís del tunel de vestuarios convencidos de que tenéis el partido ganado. De estos en la calle hay miles y aquí al menos todavía no he visto a Seiya hablar de otra forma que no sea la más correcta posible. Santa paciencia.
NeoDecoy escribió:en este caso concreto los que demostráis tener una comprensión lectora muy mejorable sois vosotros. Dadle un par de meneos más al reglamento.


Me gusta que cuando alguien me dice que mi interpretación de la ley está mal, a continuación me diga qué interpretación está bien y por qué. En este caso parece que no ha podido ser.
Thierry Henry está baneado por "Saltarse el ban con un clon"
Como gracias a la ley mordaza? , siempre ha sido asi no?
Bou escribió:
NeoDecoy escribió:en este caso concreto los que demostráis tener una comprensión lectora muy mejorable sois vosotros. Dadle un par de meneos más al reglamento.


Me gusta que cuando alguien me dice que mi interpretación de la ley está mal, a continuación me diga qué interpretación está bien y por qué. En este caso parece que no ha podido ser.

Tu modus operandi es preguntar de la misma manera que tantos "periolistos", de forma condescendiente, tendenciosa, y creyendo saber de antemano que respuesta es la correcta: "¿O simplemente nos estás poniendo lo que has hecho tú toda la vida sin que te digan nada?", "¿Estás diciendo que Seiyaburgos miente y que el reglamento de circulación no les da permiso a los policías para aparcar donde quieran?" "¿O eso lo has decidido tú porque te ha parecido de sentido común?"

Seiya te ha especificado qué tenías que buscar y ha parafraseado lo que dice la ley desde el móvil: "Si el reglamento de circulación y si, por supuesto que existe bajo mi responsabilidad y como es mi responsabilidad haré lo que considere oportuno." "Estoy en el movil, pero vamos se busca sencillo en el reglamento de estacionamiento de vehículos de emergencia". Has pasado del tema y has decidido ya concluir lo que ya habías concluido desde el primer momento: "¿Pero qué me estás contando... que Seiyaburgos nos cuenta una cosa y al final resulta que la ley dice la contraria? Debe de ser la primera vez que pasa eso en el foro". Hacerte además el trabajo que tú no querías hacer para informarte en condiciones me sobraba, pero lo haré de todos modos visto que definitivamente no estás por la labor y de seguir así vas a eternizar el debate. La clave está en el artículo 68, que está bastante claro. No, lo siento, antes de que lo intentes (no serías el primero) no tiene interpretaciones alternativas posibles.
Gurlukovich escribió:Es más sencillo que todo eso, si les pillan haciendo una infracción y no pueden demostrar que estaban en medio de una actuación, multa al canto, como a todo hijo de vecina.

¿Y cómo se demuestra que NO lo estaban?

Los pillas en un bar almorzando 2 horas con el coche en el paso de zebra, se les recrimina, y es que estaban investigando sospechosos/pidiendo documentación/comprobando cualquier cosa etc
Si la policia de toda la vida a aparcado donde le ha salido de la punta el nabo xD, que ley mordaza ni polladas.

Aunque a mi nunca me han molestado, mientras no aparquen en la salida o entrada de mi parking todo correcto [hallow]
Sciro está baneado del subforo por "Flamer"
Sigo esperando una respuesta.
Rawmortar escribió:Con el ánimo de contextualizar más la situación de esta denuncia, ofrecemos otros datos que, advertimos, no hemos podido certificar. Según la versión de la concejalía, los policías vieron a la vecina realizar la foto cuando regresaban de la intervención en el parque y le explicaron la situación, pero esta no quiso atender a explicaciones. Según la concejalía, la vecina llamó más tarde para disculparse. Otra versión, sin embargo, de una fuente que desde este medio consideramos muy fiable, relata que los policías nunca hablaron ni explicaron nada a la vecina en el momento en que tomó las fotos. La propia versión de la afectada, ya hemos contado, no hemos podido recabarla.


Vaya un artículo de mierda, con perdón.
NeoDecoy escribió:Hacerte además el trabajo que tú no querías hacer para informarte en condiciones me sobraba, pero lo haré de todos modos visto que definitivamente no estás por la labor y de seguir así vas a eternizar el debate. La clave está en el artículo 68, que está bastante claro. No, lo siento, antes de que lo intentes (no serías el primero) no tiene interpretaciones alternativas posibles.


Pues vamos a ver qué dice ese artículo 68:

1. Los conductores de los vehículos prioritarios deberán observar los preceptos de este reglamento, si bien, a condición de haberse cerciorado de que no ponen en peligro a ningún usuario de la vía, podrán dejar de cumplir bajo su exclusiva responsabilidad las normas de los títulos II, III y IV, salvo las órdenes y señales de los agentes, que son siempre de obligado cumplimiento.


Pues sí, es verdad que los vehículos prioritarios pueden ignorar parte del reglamento y entre otras cosas aparcar en lugares no autorizados.

Ahora vamos a mirar dos puntos más abajo, a ver qué es un vehículo prioritario y qué no lo es.

Tendrán el carácter de prioritarios los vehículos de los servicios de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento, y de asistencia sanitaria, pública o privada, que circulen en servicio urgente y cuyos conductores adviertan de su presencia mediante la utilización simultánea de la señal luminosa, a que se refiere el artículo 173, y del aparato emisor de señales acústicas especiales, al que se refieren las normas reguladoras de los vehículos.


¿Un coche de policía aparcado porque el agente está almorzando en el bar tiene carácter de vehículo prioritario, NeoDecoy? ¿Se le aplica el artículo 68?

Venga, que te escucho.
Por lo menos sacamos algo bastante claro del hilo: Que lo repetido mil veces por los "policías" del foto de aparcar donde a uno le da la gana mientras desayuna porque "Puede tener que salir corriendo" es sólo otra invención de nuestros amistosos vecinos.

Por cierto, los sanitarios de vez en cuando también tenemos que salir pitando (Hoy mismo me ha pasado) y no para atrapar a un caco, sino para salvar una vida, y no aparcamos donde nos sale de los cojones. Menos aún en nuestro tiempo de descanso.

Será que hay funcionarios de primera y de segunda. O será que unos defienden un sistema corporativista y otros no. (O que unos ponen multas y otros no)
Bou escribió:
¿Un coche de policía aparcado porque el agente está almorzando en el bar tiene carácter de vehículo prioritario, NeoDecoy? º
Venga, que te escucho.


Sí, Tú estás citando la parte de circulación, no de situar (aparcar el vehículo), que es esta

Los agentes de la autoridad responsable de la vigilancia, regulación y control del tráfico podrán utilizar o situar sus vehículos en la parte de la vía que resulte necesaria cuando presten auxilio a los usuarios de ésta o lo requieran las necesidades del servicio o de la circulación. Asimismo, determinarán en cada caso concreto los lugares donde deben situarse los vehículos de servicios de urgencia o de otros servicios especiales.


Deja ya de tergiversar las palabras, no es una cuestión de blanco o negro. Cada caso concreto tendrá que analizarse pero se deja a la discreción de la policia el juzgar si dadas las necesidades del servicio o circulación, es necesario aparcar en un sitio donde no se debe.

No es lo mismo "aparcar" el coche en medio de la autopista mientras el policía se va a mear al arcen, que estando de servicio y a la hora del descanso que no le queda otra que aparcar en línea azul continua para que haya la menor pérdida de tiempo posible y no tener que pegarse un paseo de 20 minutos.

El descanso es parte del servicio, los agentes están de servicio mientras descansan (parte de la jornada laboral)? SÍ. Y por tanto puede requerirse de sus servicios en cualquier momento. Da igual que sea para tomar un cortado o un bocadillo o ir a un bar a cagar. Si tú eres policía y estás patrullando en el centro de Madrid en hora punta, y quieres hacer un pequeño descanso de 10 minutos para ir a tomar un café e ir al baño, ¿te vas a pegar 2 horas dando vueltas por Madrid para buscar aparcamiento? te parece a ti eso realista? Y ahora me dirás, "pues como todo hijo de vecino". NO , no porque no son como todo hijo de vecinos, son funcionarios en medio de su jornada laboral y cuya prioridad es hacer el acceso y salida del vehículo lo más rápido posible en cualquier momento de su jornada laboral incluyendo sus descansos, porque llamada de urgencia y auxilio son imprevesibles.
Sciro está baneado del subforo por "Flamer"
Pichoto escribió:
Bou escribió:
¿Un coche de policía aparcado porque el agente está almorzando en el bar tiene carácter de vehículo prioritario, NeoDecoy? º
Venga, que te escucho.


Sí, Tú estás citando la parte de circulación, no de situar (aparcar el vehículo), que es esta

Los agentes de la autoridad responsable de la vigilancia, regulación y control del tráfico podrán utilizar o situar sus vehículos en la parte de la vía que resulte necesaria cuando presten auxilio a los usuarios de ésta o lo requieran las necesidades del servicio o de la circulación. Asimismo, determinarán en cada caso concreto los lugares donde deben situarse los vehículos de servicios de urgencia o de otros servicios especiales.


Deja ya de tergiversar las palabras, no es una cuestión de blanco o negro. Cada caso concreto tendrá que analizarse pero se deja a la discreción de la policia el juzgar si dadas las necesidades del servicio o circulación, es necesario aparcar en un sitio donde no se debe.

No es lo mismo "aparcar" el coche en medio de la autopista mientras el policía se va a mear al arcen, que estando de servicio y a la hora del descanso no le queda otra que aparcar en línea amarilla.

El descanso es parte del servicio, los agentes están de servicio mientras descansan (parte de la jornada laboral), SÍ. Y por tanto puede requerirse de sus servicios en cualquier momento. Da igual que sea para tomar un cortado o un bocadillo o ir a un bar a cagar. Si tú eres policía y estás patrullando en el centro de Madrid, y quieres hacer un pequeño descanso de 10 minutos para ir a tomar un café e ir al baño, te vas a pegar 2 horas dando vueltas por Madrid para buscar aparcamiento? Y ahora me dirás, "pues como todo hijo de vecino". NO , no porque no son como todo hijo de vecinos, son funcionarios en medio de su jornada laboral y cuya prioridad es hacer el acceso y salida del vehículo lo más rápido posible en cualquier momento de su jornada laboral.


Respondeme a esto.
Porque los policias si pueden hacerlo y no los ambulancias, cuya funcion es la misma para ambos en caso de emergencia? ;)
Sciro escribió:
Pichoto escribió:
Bou escribió:
¿Un coche de policía aparcado porque el agente está almorzando en el bar tiene carácter de vehículo prioritario, NeoDecoy? º
Venga, que te escucho.


Sí, Tú estás citando la parte de circulación, no de situar (aparcar el vehículo), que es esta

Los agentes de la autoridad responsable de la vigilancia, regulación y control del tráfico podrán utilizar o situar sus vehículos en la parte de la vía que resulte necesaria cuando presten auxilio a los usuarios de ésta o lo requieran las necesidades del servicio o de la circulación. Asimismo, determinarán en cada caso concreto los lugares donde deben situarse los vehículos de servicios de urgencia o de otros servicios especiales.


Deja ya de tergiversar las palabras, no es una cuestión de blanco o negro. Cada caso concreto tendrá que analizarse pero se deja a la discreción de la policia el juzgar si dadas las necesidades del servicio o circulación, es necesario aparcar en un sitio donde no se debe.

No es lo mismo "aparcar" el coche en medio de la autopista mientras el policía se va a mear al arcen, que estando de servicio y a la hora del descanso no le queda otra que aparcar en línea amarilla.

El descanso es parte del servicio, los agentes están de servicio mientras descansan (parte de la jornada laboral), SÍ. Y por tanto puede requerirse de sus servicios en cualquier momento. Da igual que sea para tomar un cortado o un bocadillo o ir a un bar a cagar. Si tú eres policía y estás patrullando en el centro de Madrid, y quieres hacer un pequeño descanso de 10 minutos para ir a tomar un café e ir al baño, te vas a pegar 2 horas dando vueltas por Madrid para buscar aparcamiento? Y ahora me dirás, "pues como todo hijo de vecino". NO , no porque no son como todo hijo de vecinos, son funcionarios en medio de su jornada laboral y cuya prioridad es hacer el acceso y salida del vehículo lo más rápido posible en cualquier momento de su jornada laboral.


Respondeme a esto.
Porque los policias si pueden hacerlo y no los ambulancias, cuya funcion es la misma para ambos en caso de emergencia? ;)



Eso usted se lo pregunta al legislador, no a mí. Las ambulancias "gozan" del mismo privilegio circulando en caso de emergencia y urgencia, pero en los casos de estacionamiento sólo se recoge a los agentes de la autoridad ya que por sentido común es más común que la policia patrulle, que las ambulancias estén patrullando.. pero en cuyo caso también se debería aplicar el mismo baremo, si lo que me preguntas es mi opinión.

He respondido a tu pregunta?
Sciro está baneado del subforo por "Flamer"
Lo mismo podian tomar su cafetito en la comisaria que en el bar, asi se ahorran buscar aparcamiento que tanto le tienen manian a aparcar en donde le conviene. ;)
Ya le habeis oido, que se queden recluidos en la comisaría todo el rato hasta que les llamen y que no pasen de la linea de la entrada que es una cinta amarilla.
Luego hará un hilo de porque no hay policias patrullando [qmparto]
Pichoto escribió:
Bou escribió:
¿Un coche de policía aparcado porque el agente está almorzando en el bar tiene carácter de vehículo prioritario, NeoDecoy? º
Venga, que te escucho.


Sí, Tú estás citando la parte de circulación, no de situar (aparcar el vehículo), que es esta

Los agentes de la autoridad responsable de la vigilancia, regulación y control del tráfico podrán utilizar o situar sus vehículos en la parte de la vía que resulte necesaria cuando presten auxilio a los usuarios de ésta o lo requieran las necesidades del servicio o de la circulación. Asimismo, determinarán en cada caso concreto los lugares donde deben situarse los vehículos de servicios de urgencia o de otros servicios especiales.


Deja ya de tergiversar las palabras, no es una cuestión de blanco o negro. Cada caso concreto tendrá que analizarse pero se deja a la discreción de la policia el juzgar si dadas las necesidades del servicio o circulación, es necesario aparcar en un sitio donde no se debe.

No es lo mismo "aparcar" el coche en medio de la autopista mientras el policía se va a mear al arcen, que estando de servicio y a la hora del descanso que no le queda otra que aparcar en línea azul continua para que haya la menor pérdida de tiempo posible y no tener que pegarse un paseo de 20 minutos.

El descanso es parte del servicio, los agentes están de servicio mientras descansan (parte de la jornada laboral)? SÍ. Y por tanto puede requerirse de sus servicios en cualquier momento. Da igual que sea para tomar un cortado o un bocadillo o ir a un bar a cagar. Si tú eres policía y estás patrullando en el centro de Madrid en hora punta, y quieres hacer un pequeño descanso de 10 minutos para ir a tomar un café e ir al baño, ¿te vas a pegar 2 horas dando vueltas por Madrid para buscar aparcamiento? te parece a ti eso realista? Y ahora me dirás, "pues como todo hijo de vecino". NO , no porque no son como todo hijo de vecinos, son funcionarios en medio de su jornada laboral y cuya prioridad es hacer el acceso y salida del vehículo lo más rápido posible en cualquier momento de su jornada laboral incluyendo sus descansos, porque llamada de urgencia y auxilio son imprevesibles.


Merendar no es ninguna necesidad del servicio, una necesidad del servicio seria cualquier urgencia o montar un control por ejemplo.
Byrael escribió:Ya le habeis oido, que se queden recluidos en la comisaría todo el rato hasta que les llamen y que no pasen de la linea de la entrada que es una cinta amarilla.
Luego hará un hilo de porque no hay policias patrullando [qmparto]

Móntate la película que quieras que nadie está diciendo eso.
Lo que está más que demostrado es que aparcan donde les sale de los huevos, reconocido aquí, para digamos sutilmente "desayunar".
Y que encima se creen que tienen derecho a ello, estando la ley en contra de esa conducta, pero como ahora no se puede ni denunciar esto, que la multa te cae a ti....
Nadie ha dicho que no patrullen, aunque para lo que hacen cuando patrullan tampoco pasaría nada...


Saludos colegas.
BeRReKà escribió:
Pichoto escribió:
Bou escribió:
¿Un coche de policía aparcado porque el agente está almorzando en el bar tiene carácter de vehículo prioritario, NeoDecoy? º
Venga, que te escucho.


Sí, Tú estás citando la parte de circulación, no de situar (aparcar el vehículo), que es esta

Los agentes de la autoridad responsable de la vigilancia, regulación y control del tráfico podrán utilizar o situar sus vehículos en la parte de la vía que resulte necesaria cuando presten auxilio a los usuarios de ésta o lo requieran las necesidades del servicio o de la circulación. Asimismo, determinarán en cada caso concreto los lugares donde deben situarse los vehículos de servicios de urgencia o de otros servicios especiales.


Deja ya de tergiversar las palabras, no es una cuestión de blanco o negro. Cada caso concreto tendrá que analizarse pero se deja a la discreción de la policia el juzgar si dadas las necesidades del servicio o circulación, es necesario aparcar en un sitio donde no se debe.

No es lo mismo "aparcar" el coche en medio de la autopista mientras el policía se va a mear al arcen, que estando de servicio y a la hora del descanso que no le queda otra que aparcar en línea azul continua para que haya la menor pérdida de tiempo posible y no tener que pegarse un paseo de 20 minutos.

El descanso es parte del servicio, los agentes están de servicio mientras descansan (parte de la jornada laboral)? SÍ. Y por tanto puede requerirse de sus servicios en cualquier momento. Da igual que sea para tomar un cortado o un bocadillo o ir a un bar a cagar. Si tú eres policía y estás patrullando en el centro de Madrid en hora punta, y quieres hacer un pequeño descanso de 10 minutos para ir a tomar un café e ir al baño, ¿te vas a pegar 2 horas dando vueltas por Madrid para buscar aparcamiento? te parece a ti eso realista? Y ahora me dirás, "pues como todo hijo de vecino". NO , no porque no son como todo hijo de vecinos, son funcionarios en medio de su jornada laboral y cuya prioridad es hacer el acceso y salida del vehículo lo más rápido posible en cualquier momento de su jornada laboral incluyendo sus descansos, porque llamada de urgencia y auxilio son imprevesibles.


Merendar no es ninguna necesidad del servicio, una necesidad del servicio seria cualquier urgencia o montar un control por ejemplo.


Hacer un descanso, ir al servicio, o tomar un café sí es parte del servicio, porque son periodos de refresco y descanso durante la jornada laboral, a la que tiene derecho cualquier trabajador. ¿O es que pretendes que los policias esten 8 horas metidos en el coche patrullando sin ir al baño, sin comer, sin beber? Eso es parte del servicio, y el servicio está sujeto a la imprevisibilidad de las urgencias, por tanto el descanso se tiene que facilitar en la medida de lo posible a la previsión de realizar una urgencia.

Es decir, si tienen que ir a desayunar y no encuentran aparcamiento a menos que aparquen a 20 minutos a pie, resulta que hacer ese trayecto ida y vuelta hasta el coche son 40 minutos, por lo tanto si hay una emergencia la capacidad de reacción de los agentes se ve afectada, porque tardan 40 minutos en llegar al coche. De ahí que se tenga que evitar eso y por tanto puedan aparcar en un lugar prohibido por norma general, pero dentro del sentido común.

Lee:

Los agentes de la autoridad responsable de la vigilancia, regulación y control del tráfico podrán utilizar o situar sus vehículos en la parte de la vía que resulte necesaria cuando presten auxilio a los usuarios de ésta o lo requieran las necesidades del servicio o de la circulación. Asimismo, determinarán en cada caso concreto los lugares donde deben situarse los vehículos de servicios de urgencia o de otros servicios especiales.
@Pichoto "necesidades del servicio" no es ningún cheque en blanco, de entrada hay que decir cuales son esas necesidades, segundo hay que justificarlas y tercero hay que ver quien satisface esas necesidades que se suponen excepcionales, la merienda que se hace cada tarde y la tienen todos los policías nunca se va a considerar una necesidad del servicio, dale las vueltas que quieras me he tirado muchos años en servicios de urgencia y sé perfectamente lo que se considera y lo que no se considera necesidades del servicio.

Te lo dice alguien que se ha tirado muchas tardes sin merendar por "necesidades del servicio".
[PeneDeGoma] escribió:
Gurlukovich escribió:Es más sencillo que todo eso, si les pillan haciendo una infracción y no pueden demostrar que estaban en medio de una actuación, multa al canto, como a todo hijo de vecina.

¿Y cómo se demuestra que NO lo estaban?

Los pillas en un bar almorzando 2 horas con el coche en el paso de zebra, se les recrimina, y es que estaban investigando sospechosos/pidiendo documentación/comprobando cualquier cosa etc

Porque si lo estaban entiendo que tendrá que haber rellenado algún informe sobre esa actuación.

@Pichoto, no me jodas, si les vale a ellos de excusa, le vale al 99% de los currantes transportistas, tienen derecho a parar "un momentito" en doble fila junto a un paso de peatones para comerse un bocadillo de calamares. No pretenderás que se peguen dos horas dando vueltas por Madrid para ello. Y también tienen que vigilar que no les quiten la mercancía o que no les llamen para un encargo urgente.

Los policías han de cumplir como el que más, que luego pasa lo que pasa y se permiten cualquier delito porque se merecen un homenaje por hacer cumplir la ley en esta selva. No son especiales, ni planteárselo siquiera.
BeRReKà escribió:@Pichoto "necesidades del servicio" no es ningún cheque en blanco, de entrada hay que decir cuales son esas necesidades, segundo hay que justificarlas y tercero hay que ver quien satisface esas necesidades que se suponen excepcionales, la merienda que se hace cada tarde y la tienen todos los policías nunca se va a considerar una necesidad del servicio, dale las vueltas que quieras me he tirado muchos años en servicios de urgencia y sé perfectamente lo que se considera y lo que no se considera necesidades del servicio.


Nadie ha dicho que sea un cheque en blanco. Por necesidades del servicio se aplica también al descanso, ya que es parte de la jornada laboral y afecta al estado del policia que tiene que estar en las mejores condiciones físicas para realizar su labor.

Yo no sé de qué merienda me hablas, pero si un policia tiene un turno de tarde, su periodo de descanso no es el desayuno, es la "merienda". El policia dentro de unos límites puede decidir cuándo realizar su descanso. Otra cosa es que esté todo el día metido en el bar, pero eso no tiene nada que ver con estacionar aquí o allá, eso tiene que ver con una negligencia del policía en extender su descanso...

La propia norma lo dice: Asimismo, determinarán en cada caso concreto los lugares donde deben situarse los vehículos de servicios de urgencia o de otros servicios especiales.

Son los policias los que tienen que tener el sentido común para decidir dónde aparcar y cuándo dependiendo d las circustancias. Si luego no está justificado, se les puede caer el pelo, por ejemplo aparcar el coche en medio de la autopista poniendo en peligro al resto de conductores, para ir a mear al arcén, no está justificado y se le caería el pelo. Pero en el caso que se trata en el hilo, fue un estacionamiento en parking de minusvalidos para atender una urgencia en la plaza donde había una pelea. Eso sí está justificado.

@Gurlokovich, Soy liberal pero no tanto como tú. Las fuerzas del orden por la labor de seguridad que tienen con los ciudadanos, deberían tener mayor flexibilidad que un transportista. Si hay un coche de policia aparcado en un carga y descarga que impide a un tranposrtista descargar su mercancía, es un mal menor comparado con el mal que podría acarrear que los policias no puedan aparcar ahí para atender una urgencia.
santousen escribió:
Byrael escribió:Ya le habeis oido, que se queden recluidos en la comisaría todo el rato hasta que les llamen y que no pasen de la linea de la entrada que es una cinta amarilla.
Luego hará un hilo de porque no hay policias patrullando [qmparto]

Móntate la película que quieras que nadie está diciendo eso.
Lo que está más que demostrado es que aparcan donde les sale de los huevos, reconocido aquí, para digamos sutilmente "desayunar".
Y que encima se creen que tienen derecho a ello, estando la ley en contra de esa conducta, pero como ahora no se puede ni denunciar esto, que la multa te cae a ti....
Nadie ha dicho que no patrullen, aunque para lo que hacen cuando patrullan tampoco pasaría nada...


Saludos colegas.



Que haya policias que no se merecen serlo los habrá, pero de ahi a decir que todos los policias no hacen nada, pues no se pero generalizar no cuenta
Pichoto escribió:
@Gurlokovich, Soy liberal pero no tanto como tú. Las fuerzas del orden por la labor de seguridad que tienen con los ciudadanos, deberían tener mayor flexibilidad que un transportista. Si hay un coche de policia aparcado en un carga y descarga que impide a un tranposrtista descargar su mercancía, es un mal menor comparado con el mal que podría acarrear que los policias no puedan aparcar ahí para atender una urgencia.

No estamos hablando de urgencias y lo sabes.
Gurlukovich escribió:
Pichoto escribió:
@Gurlokovich, Soy liberal pero no tanto como tú. Las fuerzas del orden por la labor de seguridad que tienen con los ciudadanos, deberían tener mayor flexibilidad que un transportista. Si hay un coche de policia aparcado en un carga y descarga que impide a un tranposrtista descargar su mercancía, es un mal menor comparado con el mal que podría acarrear que los policias no puedan aparcar ahí para atender una urgencia.

No estamos hablando de urgencias y lo sabes.


Vale, entonces en caso de urgencias parece que estamos todos de acuerdo.

En donde discrepamos es en la parte que la ley no se refiere a urgencias sino a "necesidades del servicio o cirustancias de la circulación" aplicado a los descansos.

Pues área gris, no es tan blanco o negro, depende de las circustancias, es decir, depende de si ese estacionamiento está justificado o no en base a si perjduca gravemente al resto de usuarios o peatones para el fin que se ha hecho.

Depende de cada caso, pero el descanso o refresco es parte del servicio, y durante ese periodo las urgencias pueden ocurrir, y por tanto hay que minimizar el tiempo de reacción de los agentes. Tener el coche aparcado a media hora para haber ido a desayunar implica que los agentes no puedan llegar a tiempo a un asesinato. Así que una de dos, o les decimos a los agentes que se busquen la vida dando vueltas durante 2 horas hasta encontrar aparcamiento, o les dejamos a su discreción que intenten adaptarse en la medida de lo posible sin perjudicar al resto aparcando donde pueda aunque esté prohibido.

Creo que quitarles el descanso o periodo de pausa no lo queremos nadie. Pero si lo que queremos es que "se busquen la vida", a lo mejor lo que tenemos es un nuevo hilo demagogico diciendo : "muere una mujer a manos de su marido ya que los agentes tardaron 35 minutos en llegar ya que se encontraban desayunando". Y diremos "only in Spain [qmparto] [qmparto] ", cuando se podría haber evitado si los agentes no tardaran tanto en acceder a su coche.
Byrael escribió:
santousen escribió:
Byrael escribió:Ya le habeis oido, que se queden recluidos en la comisaría todo el rato hasta que les llamen y que no pasen de la linea de la entrada que es una cinta amarilla.
Luego hará un hilo de porque no hay policias patrullando [qmparto]

Móntate la película que quieras que nadie está diciendo eso.
Lo que está más que demostrado es que aparcan donde les sale de los huevos, reconocido aquí, para digamos sutilmente "desayunar".
Y que encima se creen que tienen derecho a ello, estando la ley en contra de esa conducta, pero como ahora no se puede ni denunciar esto, que la multa te cae a ti....
Nadie ha dicho que no patrullen, aunque para lo que hacen cuando patrullan tampoco pasaría nada...


Saludos colegas.


Centrándonos en el tema,¿ a lo demás que he escrito algo que objetar? que te has quedado con mi ultima frase, pero lo demás lo has obviado.
Veo q algunos siguen deseando vivir n una dictadura , y defienden lo indefendible ..

Al menos parece q le va quedsndo poco a esta y otras leyes ....
Centrándonos en el tema,¿ a lo demás que he escrito algo que objetar? que te has quedado con mi ultima frase, pero lo demás lo has obviado.


En realidad te lo estoy diciendo que no todos son así pero vale.
A ver el abuso de autoridad está prohibido y eso estoy en contra pero no entiendo porque no os gusta que se permita disfrutar de los descansos en jornada laboral que está reconocido como derecho de todos los trabajadores, eso incluye a los policias, y no puedes decirles que aparquen a media hora para el descanso porque necesitan estar preparados para cualquier urgencia, ni tampoco decirles que estén toda la jornada laboral sin tener esos derechos básicos porque si.
Byrael escribió:
Centrándonos en el tema,¿ a lo demás que he escrito algo que objetar? que te has quedado con mi ultima frase, pero lo demás lo has obviado.


En realidad te lo estoy diciendo que no todos son así pero vale.
A ver el abuso de autoridad está prohibido y eso estoy en contra pero no entiendo porque no os gusta que se permita disfrutar de los descansos en jornada laboral que está reconocido como derecho de todos los trabajadores, eso incluye a los policias, y no puedes decirles que aparquen a media hora para el descanso porque necesitan estar preparados para cualquier urgencia, ni tampoco decirles que estén toda la jornada laboral sin tener esos derechos básicos porque si.

Bares no faltan para encontrar uno donde desayunar, y si no se desayuna en otro sitio, o en el cuartel, te lo llevas preparado de casa, que no se muere uno....
En ningún momento he dicho que no deban disfrutar del descanso que le corresponda, como cualquier otra profesión.
Es por la seguridad ciudadana..... Por cierto segun he estado leyendo se podria recurrir y ganarla, ya que no vulnera ninguna de las prohibiciones de la ley
CaronteGF escribió:Por lo menos sacamos algo bastante claro del hilo: Que lo repetido mil veces por los "policías" del foto de aparcar donde a uno le da la gana mientras desayuna porque "Puede tener que salir corriendo" es sólo otra invención de nuestros amistosos vecinos.

Por cierto, los sanitarios de vez en cuando también tenemos que salir pitando (Hoy mismo me ha pasado) y no para atrapar a un caco, sino para salvar una vida, y no aparcamos donde nos sale de los cojones. Menos aún en nuestro tiempo de descanso.

Será que hay funcionarios de primera y de segunda. O será que unos defienden un sistema corporativista y otros no. (O que unos ponen multas y otros no)


Hola acabo de llegar a casa, no he poodido contestar antes,

Viendo que el tema de las necesidades del servicio está convenientemente explicado, el que no lo quiera entender no lo va a entender, ya que sus prejuicios y sus fobias no le dejan entenderlo, no lo va a entender y la parrafada que venía pensando si no le ha quedado claro con estas explicaciones de @pichoto cualquier cosa que ponga va a ser una pérdida de tiempo.
Solo aclarar que se está prestando servicio igualmente en el bar en tu tiempo estipulado para desayunar, es un derecho laboral adquirido , que patrullando.

Luego puntualizar que se estaría encantado de desayunar en dependencias si existiera la posibilidad, pasando por alto que la zona asignada para un indicativo puede estar a mas de 10 o 15 minutos de Comisaría por lo que es inviable, Así que lo reiterare una vez mas cuando la vida o los bienes de terceras personas dependa de una rápida intervención el coche a la vista y a mano.

Así que mejor pasaré a responder a este mensaje,

Yo lo siento, pero no soy como tú, intento no moverme por prejuicios y por odios o ideologías y mas cuando todos estamos en el mismo barco,
Empiezas mal diciendo "atrapar un caco" en ese tono despectivo, por supuesto, nada es comparable con salvar una vida, nada, es el servicio asistencial supremo, pero ello no quita para que haya labores importantes.

Repito no soy como tu, los sanitarios, SUMA, SAMUR y sus equivalentes en otras ciudades hacen un trabajo excelente y al contrario que tu no hablaré de nadie desde el rencor o los prejuicios, al igual que lo hacen los bomberos y con unos y otros, por mucho que algunos por intereses políticos nos hayan querido enfrentar, salvo cuatro sindicalistas o gente demasiado politizada la relación es fluida y cordial.

Luego olvidas que otra de las labores de la policía es la labor asistencial, sin olvidar a los servicios sanitarios, la policía salva vidas y no pocas a lo largo del año, no solo porque en el 90% de los casos la primera dotación que acude al lugar de un siniestro o problema son los uniformados. Ojo, esto no es un reproche, no soy como tu repito, es simplemente porque no se está en una base sino en la calle ejerciendo otra de las labores que se pasa por alto y que otros servicios de emergencia no tiene, que es la preventiva.

No se donde ejercerás, pero ya llevo unos cuantos en esto y JAMAS he visto una ambulancia, bombero o servicio de emergencia que se le haya dicho ni MU por dejar el vehículo estacionado, estén haciendo lo que estén haciendo y repito por milésima vez mientras la vida de una persona pueda depender de esos minutos o segundos continuará siendo así.

Un saludo,

Edit.

@Pichoto, no me jodas, si les vale a ellos de excusa, le vale al 99% de los currantes transportistas, tienen derecho a parar "un momentito" en doble fila junto a un paso de peatones para comerse un bocadillo de calamares. No pretenderás que se peguen dos horas dando vueltas por Madrid para ello. Y también tienen que vigilar que no les quiten la mercancía o que no les llamen para un encargo urgente.


Cuando de ese encargo urgente dependa o pueda depender la vida o los bienes de terceras personas o que el autor de un hecho delictivo escape o no de la acción de la justicia que el Sr camionero aparque y se coma el bocadillo de calamares donde le venga en gana.
Puedes escribir la parrafada que te de la gana, que eso no te da la razón. Tú mismo has empezado refiriéndote a dejar el coche cerca la que no lo rallen o le pongan un "petardo" debajo que no a salir pitando para una urgencia. Y eso no es exclusivo ni de un policía ni de un funcionario, todo el mundo puede creer que corre el riesgo de que le revienten el coche o le roben la carga. Por lo tanto no está basado en el riesgo sino en quien lo corre, privilegios de ser poli, o al menos por ir con coche patrulla.
Lo mismo para poder dejar el coche cerca por si pasa alguna urgencia, básicamente no sabes cuando puede pasar una urgencia, con lo que es patente de corso para hacerlo siempre sin excepción, incluso aunque pudieras encontrar un sitio normal como todo el mundo.

Finalmente la norma a la que se refiere este hilo también es un privilegio, del que claramente han abusado los dos agentes que denunciaron a la mujer que hizo la foto de su coche. Ir dando privilegios a la autoridad es la forma mas clara de que abuse de ellos y a alejarlos de la ciudadanía.
Me quito el sombrero ante la explicación de @seiyaburgos. Al final es una cuestión de sentido común ante un servicio para los ciudadanos, la policia tiene sus privilegios al igual que los tienen por ejemplo los autobuses públicos, privilegios que son necesarios para un mejor servicio a la ciudadanía.
@seiyaburgos y @pichoto, dadle las vueltas que queráis, necesidades del servicio no es ningún cheque en blanco, por necesidades del servicio te quedas sin merendar, no aparcas donde te de la gana para merendar, es una perversión muy grande decir que ir a merendar es una necesidad del servicio, pocas urgencias habéis atendido me parece y pocas veces habéis tenido que recurrir a esa figura si creéis que es un cajón de sastre donde cabe cualquier cosa.

Y si no os lo creeis porqué os lo digo yo, que os lo diga la audiencia nacional:

LA AUDIENCIA NACIONAL RECUERDA QUE LAS NECESIDADES DEL SERVICIO NO SON UN CHEQUE EN BLANCO


Si hay alguna expresión secularmente invocada por la Administración frente a los funcionarios para que cumplan lo mandado sin rechistar es la de “necesidades del servicio”. Ha sido la varita mágica de la autoridad que permitía justificar en tan alta como difusa misión (necesidades de servicio) la obligación de prestar horas extraordinarias, el traslado del funcionario, la atribución selectiva de complementos retributivos, la promoción interna de unos y postergación de otros, la obligación de llevar uniforme o de atender al público en condiciones penosas, etc. Pero tras la cortina de tan festiva expresión ( necesidades del servicio) se cobijaba variada mercancía: en unos casos, se salvaguardaba ciertamente la eficacia administrativa pero en otros contribuía a legitimar un abuso (o sea, por decirlo humorísticamente, mas que “necesidades de servicio fijadas por el jefe” suponía “quedar fijado para prestar servicio a las necesidades del jefe”, que no es lo mismo).
1. Por eso, desde la aprobación de la Constitución se inició una línea (tímida primeramente y firme después) encaminada a llevar a cabo el tránsito jurisprudencial de las “necesidades de servicio” como concepto discrecional ( o cheque en blanco) para convertirse finalmente en un concepto jurídico indeterminado pero objetivamente controlado ( o cheque relleno), de forma que hoy día, para hacer uso de tal justificación es preciso: primero, invocar tales necesidades del servicio; segundo, justificarlas; y tercero, justificar que para tales necesidades de servicio es adecuada su imposición a un funcionario o funcionarios concretos con preferencia a otros). Tránsito que guarda armonía con idéntica evolución del concepto de “urgencia”, pretexto frecuente para eludir procedimientos ordinarios (ej.contratación), tal y como analizó Sevach en otro post anterior.
2. Así reviste interés la recientísima Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional del 12 de Noviembre de 2008 (recurso: 96/2008) que declara que ” el referido concepto de ‘necesidades del servicio, constituye un concepto jurídico indeterminado que otorga a la Administración un margen de apreciación, en orden a concretar las circunstancias que entiende que concurren en el caso para el ejercicio de esa facultad, debiendo aportar al expediente el material probatorio necesario para acreditar que su decisión viene apoyada en una realidad fáctica que garantiza la legalidad y oportunidad de la misma, a sí como su congruencia con los motivos y fines que la justifica“. En el caso concreto la Audiencia Nacional considera justificadas las necesidades de servicio ya que el caso tiene su nota pintoresca, pues un guardia civil cesado en su destino definitivo en una determinada Comandancia solicita un destino provisional que le es denegado por “necesidades de servicio” pero lo solicita…¡en la misma Comandancia en que fue cesado!; y por ello, considera el Tribunal que las necesidades del servicio están justificadas. En cambio, lo auténticamente relevante es la firme doctrina de la Audiencia en dicha sentencia sobre el control de tales “necesidades del servicio” que, valga la expresión lúdica, no deben convertirse en un “cómodo comodín para un jefe Cómodo”(no olvidemos que Cómodo fue un emperador romano paranoico- 161 a 192 d.c).
3. Pues bien, hay que tener presente esas pautas a la hora de aplicar las necesidades del servicio en los supuestos contemplados en el Estatuto del Empleado Público aprobado por Ley 7/2007. Dicho concepto se menciona en dicha ley básica en cuatro supuestos: en la concesión de permisos (art.48) en la concesión de la excedencia voluntaria (art.89.2), y lo más interesante, como justificación para que un funcionario concreto pueda verse obligado a realizar otras labores (art.73) o incluso como justificación para el traslado del funcionario con sus labores pero a otra unidad administrativa (art.81). Es tal la espada de Damocles que sobre la espalda de los funcionarios suponen estas dos últimas medidas que merece la pena ver los términos legales en que se establece:
Por un lado, el art.73.2 del Estatuto: ” Las Administraciones Públicas podrán asignar a su personal funciones, tareas o responsabilidades distintas a las correspondientes al puesto de trabajo que desempeñen siempre que resulten adecuadas a su clasificación, grado o categoría, cuando las necesidades del servicio lo justifiquen sin merma en las retribuciones.” Y por otro lado, el art.81.2 del Estatuto: ” Las Administraciones Públicas, de manera motivada, podrán trasladar a sus funcionarios, por necesidades de servicio o funcionales, a unidades, departamentos u organismos públicos o entidades distintos a los de su destino, respetando sus retribuciones, condiciones esenciales de trabajo, modificando, en su caso, la adscripción de los puestos de trabajo de los que sean titulares. Cuando por motivos excepcionales los planes de ordenación de recursos impliquen cambio de lugar de residencia se dará prioridad a la voluntariedad de los traslados. Los funcionarios tendrán derecho a las indemnizaciones establecidas reglamentariamente para los traslados forzosos”.
Pues bien lo realmente importante que no debe olvidar ni el Jefe ni el funcionario, es que para aplicar tales “necesidades del servicio” hay que explicitarlas y probarlas.
4. Para terminar de forma festiva algo tan árido como las necesidades del servicio, Sevach se permite citar ese romance de Luis de Góngora (1561-1627) sobre un soldado que es requerido por necesidades del servicio para dejar a su amada y acudir a la contienda bélica, y que transcribimos parcialmente:
” Servía en Orán al rey
un español con dos lanzas,
y con el alma y la vida
a una gallarda africana,
tan noble como hermosa,
tan amante como amada,
con quien estaba una noche
cuando tocaron al arma.(…)
Vestíos, salid apriesa,
Que el general os aguarda;
Yo os hago a vos mucha sobra
Y vos a él mucha falta.(…)
Viendo el español brioso
Cuánto le detiene y habla,
le dice así: ” Mi señora
tan dulce como enojada,
porque con honra y amor
yo me quede, cumpla y vaya;
vaya a los moros el cuerpo,
Y quede con vos el alma”.


No hay nada más perverso y aterrador que un policía que no hace caso a la jurisprudencia porqué sabe que le lleva la contraria.
Es decir, que argumentamos con la ley en la mano, salvo cuando la ley no dice lo que nosotros decimos que dice. (Te recuerdo que aquí el que invocó el reglamento de circulación fuiste tu)
Entonces, cuando se ve que NO existe razón, lógica o legaldiad en las acciones justificadas, entonces es que todos os tenemos manía. Esa manía viene de prejuicios, no viene de que se salten las leyes a la torera, como por ejemplo, aparcar donde está prohibido en el descanso.

@Seiyaburgos, si quisiera ser despectivo no utilizaría la expresión "atrapar a un caco" (bastante necesario) sino que hubiera dicho "Poner multas".

Yo curro en atención primaria, y los avisos a domicilio se hacen (enfermería y medicina) a pata, precisamente porque en muchos lugares no hay donde aparcar. Podríamos inventarnos que el servicio nos habilita a aparcar donde nos da la gana, pero ni hay ganas ni nos cubriríamos unos a otros sistemáticamente. Como hacen los foreros digo, que todavía me cae una multa.

Aquí hablábamos de la legalidad de esas acciones, que salvo que alguien lo demuestre, es ninguna.
El título no me parece acertado ni tiene nada que ver la ley mordaza con el hecho de que la policía aparque donde les sale del nabo.

De todos modos insisto: gracias a todos los que habéis votado al PP por hacernos retroceder a los tiempos de franco.
Que pesados con los prejuicios y el "nos tienen mania".

Lo duros que son para dar hostias y lo que lloran para hacer autocritica.

Y ahora es cuando me dicen: Lo ves tienes prejuicios y estas cegado por el odio ZzzZZ
BeRReKà escribió:@seiyaburgos y @pichoto, dadle las vueltas que queráis, necesidades del servicio no es ningún cheque en blanco, por necesidades del servicio te quedas sin merendar, no aparcas donde te de la gana para merendar, es una perversión muy grande decir que ir a merendar es una necesidad del servicio, pocas urgencias habéis atendido me parece y pocas veces habéis tenido que recurrir a esa figura si creéis que es un cajón de sastre donde cabe cualquier cosa.

Y si no os lo creeis porqué os lo digo yo, que os lo diga la audiencia nacional:

LA AUDIENCIA NACIONAL RECUERDA QUE LAS NECESIDADES DEL SERVICIO NO SON UN CHEQUE EN BLANCO


Si hay alguna expresión secularmente invocada por la Administración frente a los funcionarios para que cumplan lo mandado sin rechistar es la de “necesidades del servicio”. Ha sido la varita mágica de la autoridad que permitía justificar en tan alta como difusa misión (necesidades de servicio) la obligación de prestar horas extraordinarias, el traslado del funcionario, la atribución selectiva de complementos retributivos, la promoción interna de unos y postergación de otros, la obligación de llevar uniforme o de atender al público en condiciones penosas, etc. Pero tras la cortina de tan festiva expresión ( necesidades del servicio) se cobijaba variada mercancía: en unos casos, se salvaguardaba ciertamente la eficacia administrativa pero en otros contribuía a legitimar un abuso (o sea, por decirlo humorísticamente, mas que “necesidades de servicio fijadas por el jefe” suponía “quedar fijado para prestar servicio a las necesidades del jefe”, que no es lo mismo).
1. Por eso, desde la aprobación de la Constitución se inició una línea (tímida primeramente y firme después) encaminada a llevar a cabo el tránsito jurisprudencial de las “necesidades de servicio” como concepto discrecional ( o cheque en blanco) para convertirse finalmente en un concepto jurídico indeterminado pero objetivamente controlado ( o cheque relleno), de forma que hoy día, para hacer uso de tal justificación es preciso: primero, invocar tales necesidades del servicio; segundo, justificarlas; y tercero, justificar que para tales necesidades de servicio es adecuada su imposición a un funcionario o funcionarios concretos con preferencia a otros). Tránsito que guarda armonía con idéntica evolución del concepto de “urgencia”, pretexto frecuente para eludir procedimientos ordinarios (ej.contratación), tal y como analizó Sevach en otro post anterior.
2. Así reviste interés la recientísima Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional del 12 de Noviembre de 2008 (recurso: 96/2008) que declara que ” el referido concepto de ‘necesidades del servicio, constituye un concepto jurídico indeterminado que otorga a la Administración un margen de apreciación, en orden a concretar las circunstancias que entiende que concurren en el caso para el ejercicio de esa facultad, debiendo aportar al expediente el material probatorio necesario para acreditar que su decisión viene apoyada en una realidad fáctica que garantiza la legalidad y oportunidad de la misma, a sí como su congruencia con los motivos y fines que la justifica“. En el caso concreto la Audiencia Nacional considera justificadas las necesidades de servicio ya que el caso tiene su nota pintoresca, pues un guardia civil cesado en su destino definitivo en una determinada Comandancia solicita un destino provisional que le es denegado por “necesidades de servicio” pero lo solicita…¡en la misma Comandancia en que fue cesado!; y por ello, considera el Tribunal que las necesidades del servicio están justificadas. En cambio, lo auténticamente relevante es la firme doctrina de la Audiencia en dicha sentencia sobre el control de tales “necesidades del servicio” que, valga la expresión lúdica, no deben convertirse en un “cómodo comodín para un jefe Cómodo”(no olvidemos que Cómodo fue un emperador romano paranoico- 161 a 192 d.c).
3. Pues bien, hay que tener presente esas pautas a la hora de aplicar las necesidades del servicio en los supuestos contemplados en el Estatuto del Empleado Público aprobado por Ley 7/2007. Dicho concepto se menciona en dicha ley básica en cuatro supuestos: en la concesión de permisos (art.48) en la concesión de la excedencia voluntaria (art.89.2), y lo más interesante, como justificación para que un funcionario concreto pueda verse obligado a realizar otras labores (art.73) o incluso como justificación para el traslado del funcionario con sus labores pero a otra unidad administrativa (art.81). Es tal la espada de Damocles que sobre la espalda de los funcionarios suponen estas dos últimas medidas que merece la pena ver los términos legales en que se establece:
Por un lado, el art.73.2 del Estatuto: ” Las Administraciones Públicas podrán asignar a su personal funciones, tareas o responsabilidades distintas a las correspondientes al puesto de trabajo que desempeñen siempre que resulten adecuadas a su clasificación, grado o categoría, cuando las necesidades del servicio lo justifiquen sin merma en las retribuciones.” Y por otro lado, el art.81.2 del Estatuto: ” Las Administraciones Públicas, de manera motivada, podrán trasladar a sus funcionarios, por necesidades de servicio o funcionales, a unidades, departamentos u organismos públicos o entidades distintos a los de su destino, respetando sus retribuciones, condiciones esenciales de trabajo, modificando, en su caso, la adscripción de los puestos de trabajo de los que sean titulares. Cuando por motivos excepcionales los planes de ordenación de recursos impliquen cambio de lugar de residencia se dará prioridad a la voluntariedad de los traslados. Los funcionarios tendrán derecho a las indemnizaciones establecidas reglamentariamente para los traslados forzosos”.
Pues bien lo realmente importante que no debe olvidar ni el Jefe ni el funcionario, es que para aplicar tales “necesidades del servicio” hay que explicitarlas y probarlas.
4. Para terminar de forma festiva algo tan árido como las necesidades del servicio, Sevach se permite citar ese romance de Luis de Góngora (1561-1627) sobre un soldado que es requerido por necesidades del servicio para dejar a su amada y acudir a la contienda bélica, y que transcribimos parcialmente:
” Servía en Orán al rey
un español con dos lanzas,
y con el alma y la vida
a una gallarda africana,
tan noble como hermosa,
tan amante como amada,
con quien estaba una noche
cuando tocaron al arma.(…)
Vestíos, salid apriesa,
Que el general os aguarda;
Yo os hago a vos mucha sobra
Y vos a él mucha falta.(…)
Viendo el español brioso
Cuánto le detiene y habla,
le dice así: ” Mi señora
tan dulce como enojada,
porque con honra y amor
yo me quede, cumpla y vaya;
vaya a los moros el cuerpo,
Y quede con vos el alma”.


No hay nada más perverso y aterrador que un policía que no hace caso a la jurisprudencia porqué sabe que le lleva la contraria.



Menudo cacao tienes una vez mas mezclando cosas que no tienen nada que ver, pero es lo que suele pasar cuando uno habla de oídas sin otro Instrumento que Google. Has mezclado una disposición administrativa y una sentencia de un contencioso administrativo con cuestiones meramente operativas y hablando de jurisprudencia con hechos que no tienen nada que ver. Es decir mezclando un contencioso de un funcionario a la hora de solicitar un cambio de destino a sus superiores o como puede ser un día de asuntos propios.

Ya te digo que te lo repito cuando estoy en mi tiempo estipulado de descanso estoy tan de servicio como trabajando.

PD.El poema me ha emocionado
@seiyaburgos Madre mia que cacao mental tienes, la merienda se hará si se puede, si no se puede se anulará por necesidades del servicio.

Que estes tú estes de servicio no significa que cualquier necesidad que tengas se considere "necesidades del servicio", ya te lo he explicado, necesidades del servicio no es un cajón de sastre donde encaje todo lo que a ti te salga del pito, "necesidades del servicio" es una figura conocida que no vas a venir a reinventar tú y es el equivalente a una urgencia.
BeRReKà escribió:@seiyaburgos Madre mia que cacao mental tienes, la merienda se hará si se puede, si no se puede se anulará por necesidades del servicio.

Que estes tú estes de servicio no significa que cualquier necesidad que tengas se considere "necesidades del servicio", ya te lo he explicado, necesidades del servicio no es un cajón de sastre donde encaje todo lo que a ti te salga del pito, "necesidades del servicio" es una figura conocida que no vas a venir a reinventar tú y es el equivalente a una urgencia.



Si no se puede por necesidades del servicio no se para, pero si se hace se aparca donde se puede, te lo repito, el vehículo a la vista y a mano. En el descanso se está plenamente operativo y de servicio por lo que son necesidades del servicio.

@CaronteGF ya te lo han explicado artículo 68 lo que no se es porque se omitió esa parte. La atención primaria con todos mis respetos siendo importante no es lo mismo, no es un servicio de emergencias (si no no iriais a pie) Cuando en cualquier momento pueda surgir una urgencia de la que dependa o pueda depender la vida de terceras personas aparcaran donde consideren oportuno y nadie les dirá ni media palabra como ocurre con SAMUR y SUMA
seiyaburgos escribió:Si no se puede por necesidades del servicio no se para, pero si se hace se aparca donde se puede, te lo repito, el vehículo a la vista y a mano. En el descanso se está plenamente operativo y de servicio por lo que son necesidades del servicio.

@caronteCF ya te lo han explicado artículo 68 lo que no se es porque se omitió esa parte.


Mientras cumplas con la legislación puedes aparcar donde quieras. Y no, el descanso no es ninguna necesidad del servicio por mucho que te emperres, de hecho lo primero que se salta cuando de verdad hay necesidades del servicio.

Tú tienes derecho a hacer un descanso como todo el mundo, pero si la situación del trafico no te permite estacionar de forma correcta, pues te tocará buscar otro sitio, como todo hijo de vecino, que una merienda no es una necesidad vital que te obligue a perjudicar al resto para aparcar, igual que las ambulancias cuando hacen el descanso de la cena por ejemplo tambien tienen que buscar sitio y su situación es más preferente que la vuestra.

Y a mí no me parece mal que aparqueis donde querais para hacer un descanso, nada más faltaria, pero eso no quita que no tengais ninguna cobertura legal para hacerlo, la ley es bastante clara en ese aspecto.
BeRReKà escribió:
seiyaburgos escribió:Si no se puede por necesidades del servicio no se para, pero si se hace se aparca donde se puede, te lo repito, el vehículo a la vista y a mano. En el descanso se está plenamente operativo y de servicio por lo que son necesidades del servicio.

@caronteCF ya te lo han explicado artículo 68 lo que no se es porque se omitió esa parte.


Mientras cumplas con la legislación puedes aparcar donde quieras. Y no, el descanso no es ninguna necesidad del servicio por mucho que te emperres, de hecho lo primero que se salta cuando de verdad hay necesidades del servicio.

Tú tienes derecho a hacer un descanso como todo el mundo, pero si la situación del trafico no te permite estacionar de forma correcta, pues te tocará buscar otro sitio, como todo hijo de vecino, que una merienda no es una necesidad vital que te obligue a perjudicar al resto para aparcar, igual que las ambulancias cuando hacen el descanso de la cena por ejemplo tambien tienen que buscar sitio y su situación es más preferente que la vuestra.

Y a mí no me parece mal que aparqueis donde querais para hacer un descanso, nada más faltaria, pero eso no quita que no tengais ninguna cobertura legal para hacerlo, la ley es bastante clara en ese aspecto.


El descanso es un Derecho y como tal se ejerce si se puede, si las necesidades del servicio no lo impiden se ejerce ,pero si se hace el coche a la vista y a mano. Las ambulancias si están de servicio urgente aparcan donde consideran oportuno y de hecho lo hacen, con la particularidad que tanto bomberos como ambulancias no tienen labor preventiva por lo que cuando no están prestando servicios están en su base, al policía no. Lo siento pero la legislación la experiencia y el sentido común esta bastante claro.
Sciro está baneado del subforo por "Flamer"
seiyaburgos escribió:
BeRReKà escribió:
seiyaburgos escribió:Si no se puede por necesidades del servicio no se para, pero si se hace se aparca donde se puede, te lo repito, el vehículo a la vista y a mano. En el descanso se está plenamente operativo y de servicio por lo que son necesidades del servicio.

@caronteCF ya te lo han explicado artículo 68 lo que no se es porque se omitió esa parte.


Mientras cumplas con la legislación puedes aparcar donde quieras. Y no, el descanso no es ninguna necesidad del servicio por mucho que te emperres, de hecho lo primero que se salta cuando de verdad hay necesidades del servicio.

Tú tienes derecho a hacer un descanso como todo el mundo, pero si la situación del trafico no te permite estacionar de forma correcta, pues te tocará buscar otro sitio, como todo hijo de vecino, que una merienda no es una necesidad vital que te obligue a perjudicar al resto para aparcar, igual que las ambulancias cuando hacen el descanso de la cena por ejemplo tambien tienen que buscar sitio y su situación es más preferente que la vuestra.

Y a mí no me parece mal que aparqueis donde querais para hacer un descanso, nada más faltaria, pero eso no quita que no tengais ninguna cobertura legal para hacerlo, la ley es bastante clara en ese aspecto.


El descanso es un Derecho y como tal se ejerce si se puede, si las necesidades del servicio no lo impiden se ejerce ,pero si se hace el coche a la vista y a mano. Las ambulancias si están de servicio urgente aparcan donde consideran oportuno y de hecho lo hacen, con la particularidad que tanto bomberos como ambulancias no tienen labor preventiva por lo que cuando no están prestando servicios están en su base, al policía no. Lo siento pero la legislación la experiencia y el sentido común esta bastante claro.


Claro, porque lo dices tú...
¿Donde esta esa norma que solo los policias tengan ese derecho y no los bomberos/Ambulancias?
Oh espera que no existe, que te lo has inventado tu, para excusarte de que haces lo que te de la gana.
seiyaburgos escribió:El descanso es un Derecho y como tal se ejerce si se puede, si las necesidades del servicio no lo impiden se ejerce ,pero si se hace el coche a la vista y a mano. Las ambulancias si están de servicio urgente aparcan donde consideran oportuno y de hecho lo hacen, con la particularidad que tanto bomberos como ambulancias no tienen labor preventiva por lo que cuando no están prestando servicios están en su base, al policía no. Lo siento pero la legislación la experiencia y el sentido común esta bastante claro.


Me alegro que por fin dejes de repetir la falacia de que podeis aparcar donde querais por necesidades del servicio y que merendar encaja dentro de esas necesidad del servicio, es todo lo que voy a conseguir así que me puedo dar por satisfecho. [bye]
[maszz]
Sciro escribió:
seiyaburgos escribió:
BeRReKà escribió:...

Mientras cumplas con la legislación puedes aparcar donde quieras. Y no, el descanso no es ninguna necesidad del servicio por mucho que te emperres, de hecho lo primero que se salta cuando de verdad hay necesidades del servicio.

Tú tienes derecho a hacer un descanso como todo el mundo, pero si la situación del trafico no te permite estacionar de forma correcta, pues te tocará buscar otro sitio, como todo hijo de vecino, que una merienda no es una necesidad vital que te obligue a perjudicar al resto para aparcar, igual que las ambulancias cuando hacen el descanso de la cena por ejemplo tambien tienen que buscar sitio y su situación es más preferente que la vuestra.

Y a mí no me parece mal que aparqueis donde querais para hacer un descanso, nada más faltaria, pero eso no quita que no tengais ninguna cobertura legal para hacerlo, la ley es bastante clara en ese aspecto.


El descanso es un Derecho y como tal se ejerce si se puede, si las necesidades del servicio no lo impiden se ejerce ,pero si se hace el coche a la vista y a mano. Las ambulancias si están de servicio urgente aparcan donde consideran oportuno y de hecho lo hacen, con la particularidad que tanto bomberos como ambulancias no tienen labor preventiva por lo que cuando no están prestando servicios están en su base, al policía no. Lo siento pero la legislación la experiencia y el sentido común esta bastante claro.



Claro, porque lo dices tú...
¿Donde esta esa norma que solo los policias tengan ese derecho y no los bomberos/Ambulancias?
Oh espera que no existe, que te lo has inventado tu, para excusarte de que haces lo que te de la gana.[/

Lo primero yo no me he inventado nada, lo segundo se ha dicho por activa y por pasiva cuando de una rápida intervención dependa o pueda depender llegado el momento la vida o los bienes de terceras personas el vehículo a la vista y a mano y eso incluye a bomberos y ambulancias.

Berreka las necesidades del servicio son por ejemplo estar ocupado en una llamada o servicio y no se puede acudir al descanso no que no haya aparcamiento. El problema es que seguís emperrados en que la policía es un trabajo como otro cualquiera como un panadero camionero o cajero y lo siento pero no lo es al igual que cualquier otro servicio de urgencia. Con lo bueno y malo que ello supone.
seiyaburgos escribió:Berreka las necesidades del servicio son por ejemplo estar ocupado en una llamada o servicio y no se puede acudir al descanso no que no haya aparcamiento. El problema es que seguís emperrados en que la policía es un trabajo como otro cualquiera como un panadero camionero o cajero y lo siento pero no lo es al igual que cualquier otro servicio de urgencia. Con lo bueno y malo que ello supone.


Veis, esto es lo que se consigue a base de años de privilegios y frotadas de espalda, mi trabajo no es como cualquier otro, solo hay dos o tres profesiones tan importantes como la mía, y demás narcisadas, pues así está el patio, normal.
BeRReKà escribió:
seiyaburgos escribió:Berreka las necesidades del servicio son por ejemplo estar ocupado en una llamada o servicio y no se puede acudir al descanso no que no haya aparcamiento. El problema es que seguís emperrados en que la policía es un trabajo como otro cualquiera como un panadero camionero o cajero y lo siento pero no lo es al igual que cualquier otro servicio de urgencia. Con lo bueno y malo que ello supone.


Veis, esto es lo que se consigue a base de años de privilegios y frotadas de espalda, mi trabajo no es como cualquier otro, solo hay dos o tres profesiones tan importantes como la mía, y demás narcisadas, pues así está el patio, normal.



Si es lo que tiene que la vida o los bienes de la gente puedan depender de tu intervención inmediata o que un delincuente eluda la acción de la justicia.

@Sciro lo que me refiero es que una ambulancia con su mera presencia no evita accidentes ni un coche de bomberos incendios un vehículo y la presencia si evita hechos delictivos.
seiyaburgos escribió:Si es lo que tiene que la vida o los bienes de la gente puedan depender de tu intervención inmediata o que un delincuente eluda la acción de la justicia.


Correcto, por eso la gente os aplaude por la calle y os invita a merendar, por la manifiesta importancia de vuestro trabajo por encima de los trabajos del resto.
208 respuestas
1, 2, 3, 4, 5