Azulmeth escribió:dark_hunter escribió:Nada de esto contará como denuncia falsa ni entrará en el 0.001%, pues no se ha investigado de oficio.
Tengo un amigo que se está preparando judicatura, y precisamente el otro día hablando de este tema, y yo al comentar que el ministerio fiscal tiene órdenes de arriba de no investigar de oficio, me dijo ningún delito que no sea público se investiga de oficio.
Sin embargo, juraría que el ministerio fiscal tiene la obligación de hacerlo, o lo leí en un artículo de Bou, o lo vi en un vídeo de Un Tío Blanco Hetero.
He estado buscando en google pero no me aclaro, ¿es falso lo que dice mi amigo? Supongo que sí, si no, no habría tanto revuelo ante tal connivencia con las denuncias falsas.
No es falso, es que la violencia de género se considera público:
De este modo, aunque la nueva categoría de delitos leves requiera, con carácter general, de la denuncia previa del perjudicado, este requisito de perseguibilidad no se va a exigir en las infracciones relacionadas con la violencia de género y doméstica. Tampoco se exigirá denuncia en estos casos para la persecución del nuevo delito de acoso»
Con una simple lectura, a priori podría incorrectamente interpretarse que, en principio, los nuevos delitos leves (anteriores faltas) requieren de la denuncia del perjudicado para poder perseguirlos, esto es, son delitos semipúblicos o, si se prefiere, semiprivados, salvo: 1) cuando los mismos se cometan en el ámbito de la violencia de género y doméstica (en cuyo caso, serán públicos); 2) o cuando el delito consista en el nuevo tipo de acoso (también delito público a efectos de su perseguibilidad).
Los únicos delitos privados existentes son los de calumnia (Capítulo I) e injuria contra particulares (22) (dentro de los delitos contra el honor, regulados en el Título XI del Libro II); delitos para cuya persecución se requiere querella del ofendido o de su representante legal (art. 215.1 CP (LA LEY 3996/1995)), no siendo parte del procedimiento penal correspondiente el Ministerio Fiscal.
https://laleydigital.laley.es/Content/D ... jUAAAA=WKEPuede que la denuncia falsa aunque sea por denuncia de género no entre dentro del delito público, pero es que realmente si lees las excepciones, realmente casi todo delito pasa a ser público o semipúblico salvo injurias y calumnias. Sólo así se explica lo siguiente:
Además que era fácil de demostrar sin tener que acudir a la ley, en la estadística sólo entran las denuncias investigadas de oficio (lo pone en los requisitos para ser incluida como tal), por lo tanto si la denuncia falsa por violencia de género no fuera delito público, el valor no sería 0.01%, sería 0%.