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soyrod escribió:Si le ha llegado a los de terraria significa que habrá muchos más desarrolladores ya con la suya, por lo que pronto empezará a haber nuevos vídeos, comentarios de rendimiento y demás.
A ver qué van comentando, porque por ahora no hay ni un vídeo diciendo nada malo de ella.
mogurito escribió:No me convence la funda que trae ya que no tiene hueco ni para guardar unos tristes aurículares.
Orestes escribió:mogurito escribió:No me convence la funda que trae ya que no tiene hueco ni para guardar unos tristes aurículares.
Si a nadie en Valve se le ha ocurrido hacer un compartimento en el hueco que dejan los gatillos y laterales veo mercado en ello.
xan_vision escribió:espasmodico escribió:Maxtorete escribió:
¿Qué Ley permite abrir y manipular dispositivos electrónicos sin perder la garantía? Lo digo sin dobles intenciones ni nada, me interesa esa posibilidad.
Aquí tienes un artículo interesante sobre cómo gestionan la garantía algunas empresas de hardware portátil. Valve no sale, claro.
Valve aparece aquí, en su web oficial y entre otras cosas dice lo siguiente:La garantía no se aplica si:
el hardware ha sido modificado o reparado por una persona que no pertenece a un centro de servicio designado por Valve y la causa del problema para el cual solicita el servicio es dicha modificación o reparación, o daños que hayan causado las mismas
Todo esto puede cambiar para el lanzamiento de la deck, pero ahora mismo parece bastante claro que cambiar el ssd invalidaría la garantía. No sé si alguna ley europea dirá lo contrario.
No has entendido el texto que lees. Te lo intento aclarar:
"Y la causa del problema para el cual solicita el servicio es dicha modificación o reparación, o daños que hayan causado las mismas"
¿Queda claro?, ¿no?
En cristiano: Si te pones a hacer mods de hardware (por ejemplo: un cambio de voltaje, una ampliación de memoria para meterle 32 MB, añadirle otros conectores USB, etc... lo digo porque todas estas cosas habrá pirados que lo van a hacer) no puedes tener el morro de cargarle a la garantía si luego el aparato no funciona bien. Eso tienen que ponerlo obligatortiamente porque si no lo ponen, hay gente que se itnentaría aprovechar alegando que la garantía no especifica que no puedas cambiar lo que quieras.
Pero eso no tiene nada que ver con ampliar un disco duro/SSD o memoria EN ZOCALO, porque para eso vienen justo en ese formato: para que pueda ampliarlo el usuario. Y hay leyes y sentencias que protegen legalmente su cambio y se conserve la garantía. Cuando no quieren que lo cambie el usuario, lo sueldan directamente en placa, como por desgracia ya está haciendo Apple
https://www.applesfera.com/sobremesa/al ... -cambiarlo
https://iphoneros.com/79895/ampliacion- ... es-posible
Y lo hacen entre otras cosas para que el usuario pierda ese derecho.
Repito la diferencia de casos a ver si queda clara de una vez:
- Las garantías no protegen contra modificaciones de hardware, algo justo y necesario, porque si no podrías hacer todo tipo de salvajadas a los equipos y te sentirias siempre protegido por la garantía.
- Las memorias y los discos duros son un caso especial, porque se entiende que los usuarios pueden necesitar ampliarlos, por lo que vienen en zocalos para facilitar su cambio y no se pierde la garantía al hacerlo SI SE HACE CORRECTAMENTE. Es decir: si yo pongo una memoria incorrecta o una directamente mierdosa que le cause un daño al equipo, no puedo tener el morro de cargarle el gasto a la garantía y a la empresa del equipo. Lo mismo con los discos duros. Puedo cambiar/ampliar ambos componentes, siempre que no me carge algo haciéndolo Y use componentes compatibles.
¿Por qué entonces Valve dice que no está recomendado para el usuario? porque no es para CUALQUIERA. Es decir: ultimamente se da hasta facilidades en las consolas para que los usuarios puedan ampliar el almacenamiento, para que hasta un niño pueda hacerlo, y lo que está aclarando valve es que en Steam Deck ellos NO están poniendo esas facilidades.
En el caso de la Deck, un usuario NO puede cambiar la memoria porque viene soldada en placa (para ahorrar espacio), y SÍ puede ampliar el disco duro SSD, PERO sí sabe hacerlo: tiene que abrirlo y cambiarlo sin cargarse nada, teniendo cuidado con la estática, sabiendo qué tipo de unidad tienes que poner, tienes que hacer tú la instalación del sistema, etc... todas esas dificultades tienes que resolverlas por tu cuenta, ellos no te dan cierto soporte, como sí hacen Sony o Microsoft hasta cierto punto, porque soportan esas ampliaciones.
Es decir: se están cubriendo legalmente, como es natural, a que vaya alguien que no entiende, meta la gamba, y luego pida que se lo cubra la garantía. Y evidentemente eso no tienen por qué cubrirlo.
¿Significa eso que si cambio el SSD de la deck pierdo la garantía? NO. Un gran NO.
Si tú cambias el SSD y la consola se estropea por causas ajenas a ese cambio (imagínate, por ejemplo, un fallo de pantalla), la garantía seguirá cubriéndote perfectamente porque tu no has hecho un MOD de hardware, has hecho una ampliación de SSD que viene en zócalo y no tiene ninguna característica que afecte al funcionamiento de la consola, por lo tanto te cubrirían la reparación de cualquier otro componente.
Si tú metes un SSD que joda la consola por lo que sea, sí que evidentemente ellos se protegen ante que tú quieras decirle "he jodido la consola, arreglamela gratis porque tú dices que se puede ampliar". Y aquí llega el matiz: Sí, yo te digo que se puede ampliar, PERO SIEMPRE QUE SEPAS LO QUE ESTÁS HACIENDO. Si has hecho una cafrada, cómetela tú. Si por el contrario has cambiado el disco pero está todo perfecto y lo que se ha jodido es la pantalla, un mando, etc... entonces OK, yo te lo arreglo en garantía porque está claro que el problema no es por el cambio, sino lo que ha fallado de mi producto.
Espero que queden claras las diferencias de casos y este tocho ayude un poco a los que siguen con las dudas en este tema.
mogurito escribió:No me convence la funda que trae ya que no tiene hueco ni para guardar unos tristes aurículares.
tesimi escribió:mogurito escribió:No me convence la funda que trae ya que no tiene hueco ni para guardar unos tristes aurículares.
Al menos la trae. No como Switch por ejemplo.
Nimerio escribió:Aunque la Switch costase 500 euros vendría también sin funda.
Es de agradecer que venga incluida. Y en todos los modelos y precios.
mogurito escribió:tesimi escribió:mogurito escribió:No me convence la funda que trae ya que no tiene hueco ni para guardar unos tristes aurículares.
Al menos la trae. No como Switch por ejemplo.
También vale mucho más.
Nimerio escribió:Aunque la Switch costase 500 euros vendría también sin funda.
Es de agradecer que venga incluida. Y en todos los modelos y precios.
Maxtorete escribió:xan_vision escribió:espasmodico escribió: Aquí tienes un artículo interesante sobre cómo gestionan la garantía algunas empresas de hardware portátil. Valve no sale, claro.
Valve aparece aquí, en su web oficial y entre otras cosas dice lo siguiente:
Todo esto puede cambiar para el lanzamiento de la deck, pero ahora mismo parece bastante claro que cambiar el ssd invalidaría la garantía. No sé si alguna ley europea dirá lo contrario.
No has entendido el texto que lees. Te lo intento aclarar:
"Y la causa del problema para el cual solicita el servicio es dicha modificación o reparación, o daños que hayan causado las mismas"
¿Queda claro?, ¿no?
En cristiano: Si te pones a hacer mods de hardware (por ejemplo: un cambio de voltaje, una ampliación de memoria para meterle 32 MB, añadirle otros conectores USB, etc... lo digo porque todas estas cosas habrá pirados que lo van a hacer) no puedes tener el morro de cargarle a la garantía si luego el aparato no funciona bien. Eso tienen que ponerlo obligatortiamente porque si no lo ponen, hay gente que se itnentaría aprovechar alegando que la garantía no especifica que no puedas cambiar lo que quieras.
Pero eso no tiene nada que ver con ampliar un disco duro/SSD o memoria EN ZOCALO, porque para eso vienen justo en ese formato: para que pueda ampliarlo el usuario. Y hay leyes y sentencias que protegen legalmente su cambio y se conserve la garantía. Cuando no quieren que lo cambie el usuario, lo sueldan directamente en placa, como por desgracia ya está haciendo Apple
https://www.applesfera.com/sobremesa/al ... -cambiarlo
https://iphoneros.com/79895/ampliacion- ... es-posible
Y lo hacen entre otras cosas para que el usuario pierda ese derecho.
Repito la diferencia de casos a ver si queda clara de una vez:
- Las garantías no protegen contra modificaciones de hardware, algo justo y necesario, porque si no podrías hacer todo tipo de salvajadas a los equipos y te sentirias siempre protegido por la garantía.
- Las memorias y los discos duros son un caso especial, porque se entiende que los usuarios pueden necesitar ampliarlos, por lo que vienen en zocalos para facilitar su cambio y no se pierde la garantía al hacerlo SI SE HACE CORRECTAMENTE. Es decir: si yo pongo una memoria incorrecta o una directamente mierdosa que le cause un daño al equipo, no puedo tener el morro de cargarle el gasto a la garantía y a la empresa del equipo. Lo mismo con los discos duros. Puedo cambiar/ampliar ambos componentes, siempre que no me carge algo haciéndolo Y use componentes compatibles.
¿Por qué entonces Valve dice que no está recomendado para el usuario? porque no es para CUALQUIERA. Es decir: ultimamente se da hasta facilidades en las consolas para que los usuarios puedan ampliar el almacenamiento, para que hasta un niño pueda hacerlo, y lo que está aclarando valve es que en Steam Deck ellos NO están poniendo esas facilidades.
En el caso de la Deck, un usuario NO puede cambiar la memoria porque viene soldada en placa (para ahorrar espacio), y SÍ puede ampliar el disco duro SSD, PERO sí sabe hacerlo: tiene que abrirlo y cambiarlo sin cargarse nada, teniendo cuidado con la estática, sabiendo qué tipo de unidad tienes que poner, tienes que hacer tú la instalación del sistema, etc... todas esas dificultades tienes que resolverlas por tu cuenta, ellos no te dan cierto soporte, como sí hacen Sony o Microsoft hasta cierto punto, porque soportan esas ampliaciones.
Es decir: se están cubriendo legalmente, como es natural, a que vaya alguien que no entiende, meta la gamba, y luego pida que se lo cubra la garantía. Y evidentemente eso no tienen por qué cubrirlo.
¿Significa eso que si cambio el SSD de la deck pierdo la garantía? NO. Un gran NO.
Si tú cambias el SSD y la consola se estropea por causas ajenas a ese cambio (imagínate, por ejemplo, un fallo de pantalla), la garantía seguirá cubriéndote perfectamente porque tu no has hecho un MOD de hardware, has hecho una ampliación de SSD que viene en zócalo y no tiene ninguna característica que afecte al funcionamiento de la consola, por lo tanto te cubrirían la reparación de cualquier otro componente.
Si tú metes un SSD que joda la consola por lo que sea, sí que evidentemente ellos se protegen ante que tú quieras decirle "he jodido la consola, arreglamela gratis porque tú dices que se puede ampliar". Y aquí llega el matiz: Sí, yo te digo que se puede ampliar, PERO SIEMPRE QUE SEPAS LO QUE ESTÁS HACIENDO. Si has hecho una cafrada, cómetela tú. Si por el contrario has cambiado el disco pero está todo perfecto y lo que se ha jodido es la pantalla, un mando, etc... entonces OK, yo te lo arreglo en garantía porque está claro que el problema no es por el cambio, sino lo que ha fallado de mi producto.
Espero que queden claras las diferencias de casos y este tocho ayude un poco a los que siguen con las dudas en este tema.
Ya conozco tu opinión, porque por muy detallada que sea, eso no es más que tu opinión.
Yo en lo que estoy interesado es en conocer cuál es esa ley que has nombrado varias veces bajo la cual se puede abrir y manipular cualquier dispositivo electrónico sin perder la garantía.
xan_vision escribió:Maxtorete escribió:xan_vision escribió:No has entendido el texto que lees. Te lo intento aclarar:
"Y la causa del problema para el cual solicita el servicio es dicha modificación o reparación, o daños que hayan causado las mismas"
¿Queda claro?, ¿no?
En cristiano: Si te pones a hacer mods de hardware (por ejemplo: un cambio de voltaje, una ampliación de memoria para meterle 32 MB, añadirle otros conectores USB, etc... lo digo porque todas estas cosas habrá pirados que lo van a hacer) no puedes tener el morro de cargarle a la garantía si luego el aparato no funciona bien. Eso tienen que ponerlo obligatortiamente porque si no lo ponen, hay gente que se itnentaría aprovechar alegando que la garantía no especifica que no puedas cambiar lo que quieras.
Pero eso no tiene nada que ver con ampliar un disco duro/SSD o memoria EN ZOCALO, porque para eso vienen justo en ese formato: para que pueda ampliarlo el usuario. Y hay leyes y sentencias que protegen legalmente su cambio y se conserve la garantía. Cuando no quieren que lo cambie el usuario, lo sueldan directamente en placa, como por desgracia ya está haciendo Apple
https://www.applesfera.com/sobremesa/al ... -cambiarlo
https://iphoneros.com/79895/ampliacion- ... es-posible
Y lo hacen entre otras cosas para que el usuario pierda ese derecho.
Repito la diferencia de casos a ver si queda clara de una vez:
- Las garantías no protegen contra modificaciones de hardware, algo justo y necesario, porque si no podrías hacer todo tipo de salvajadas a los equipos y te sentirias siempre protegido por la garantía.
- Las memorias y los discos duros son un caso especial, porque se entiende que los usuarios pueden necesitar ampliarlos, por lo que vienen en zocalos para facilitar su cambio y no se pierde la garantía al hacerlo SI SE HACE CORRECTAMENTE. Es decir: si yo pongo una memoria incorrecta o una directamente mierdosa que le cause un daño al equipo, no puedo tener el morro de cargarle el gasto a la garantía y a la empresa del equipo. Lo mismo con los discos duros. Puedo cambiar/ampliar ambos componentes, siempre que no me carge algo haciéndolo Y use componentes compatibles.
¿Por qué entonces Valve dice que no está recomendado para el usuario? porque no es para CUALQUIERA. Es decir: ultimamente se da hasta facilidades en las consolas para que los usuarios puedan ampliar el almacenamiento, para que hasta un niño pueda hacerlo, y lo que está aclarando valve es que en Steam Deck ellos NO están poniendo esas facilidades.
En el caso de la Deck, un usuario NO puede cambiar la memoria porque viene soldada en placa (para ahorrar espacio), y SÍ puede ampliar el disco duro SSD, PERO sí sabe hacerlo: tiene que abrirlo y cambiarlo sin cargarse nada, teniendo cuidado con la estática, sabiendo qué tipo de unidad tienes que poner, tienes que hacer tú la instalación del sistema, etc... todas esas dificultades tienes que resolverlas por tu cuenta, ellos no te dan cierto soporte, como sí hacen Sony o Microsoft hasta cierto punto, porque soportan esas ampliaciones.
Es decir: se están cubriendo legalmente, como es natural, a que vaya alguien que no entiende, meta la gamba, y luego pida que se lo cubra la garantía. Y evidentemente eso no tienen por qué cubrirlo.
¿Significa eso que si cambio el SSD de la deck pierdo la garantía? NO. Un gran NO.
Si tú cambias el SSD y la consola se estropea por causas ajenas a ese cambio (imagínate, por ejemplo, un fallo de pantalla), la garantía seguirá cubriéndote perfectamente porque tu no has hecho un MOD de hardware, has hecho una ampliación de SSD que viene en zócalo y no tiene ninguna característica que afecte al funcionamiento de la consola, por lo tanto te cubrirían la reparación de cualquier otro componente.
Si tú metes un SSD que joda la consola por lo que sea, sí que evidentemente ellos se protegen ante que tú quieras decirle "he jodido la consola, arreglamela gratis porque tú dices que se puede ampliar". Y aquí llega el matiz: Sí, yo te digo que se puede ampliar, PERO SIEMPRE QUE SEPAS LO QUE ESTÁS HACIENDO. Si has hecho una cafrada, cómetela tú. Si por el contrario has cambiado el disco pero está todo perfecto y lo que se ha jodido es la pantalla, un mando, etc... entonces OK, yo te lo arreglo en garantía porque está claro que el problema no es por el cambio, sino lo que ha fallado de mi producto.
Espero que queden claras las diferencias de casos y este tocho ayude un poco a los que siguen con las dudas en este tema.
Ya conozco tu opinión, porque por muy detallada que sea, eso no es más que tu opinión.
Yo en lo que estoy interesado es en conocer cuál es esa ley que has nombrado varias veces bajo la cual se puede abrir y manipular cualquier dispositivo electrónico sin perder la garantía.
¿Donde he dicho yo tal cosa?
Ni he dicho eso, ni he dicho mi opinión, simplemente he informado de como está la ley, mi opinión todavía no la he dicho. Y la ley que dice que el consumidor tiene derecho a cambiar y ampliar tanto memoria como disco duro (al igual que cambiar sistema operativo) existe, pero si no me crees y crees que es solo mi opinión, ¿qué te juegas?
Maxtorete escribió:xan_vision escribió:Maxtorete escribió:
Ya conozco tu opinión, porque por muy detallada que sea, eso no es más que tu opinión.
Yo en lo que estoy interesado es en conocer cuál es esa ley que has nombrado varias veces bajo la cual se puede abrir y manipular cualquier dispositivo electrónico sin perder la garantía.
¿Donde he dicho yo tal cosa?
Ni he dicho eso, ni he dicho mi opinión, simplemente he informado de como está la ley, mi opinión todavía no la he dicho. Y la ley que dice que el consumidor tiene derecho a cambiar y ampliar tanto memoria como disco duro (al igual que cambiar sistema operativo) existe, pero si no me crees y crees que es solo mi opinión, ¿qué te juegas?
Pero en qué Ley se incluye ese concepto? No sé qué me podría jugar en un foro, pero si no sabes ni qué Ley es, ¿cómo sabes que existe?
Y Steam Deck tiene la arquitectura de un PC y por tanto, a efectos de software es un PC, pero como dispositivo físico no es un PC. Así que habrá que ver los términos de la garantía de Steam Deck antes de saber si su apertura la invalida o no.
xan_vision escribió:Maxtorete escribió:xan_vision escribió:¿Donde he dicho yo tal cosa?
Ni he dicho eso, ni he dicho mi opinión, simplemente he informado de como está la ley, mi opinión todavía no la he dicho. Y la ley que dice que el consumidor tiene derecho a cambiar y ampliar tanto memoria como disco duro (al igual que cambiar sistema operativo) existe, pero si no me crees y crees que es solo mi opinión, ¿qué te juegas?
Pero en qué Ley se incluye ese concepto? No sé qué me podría jugar en un foro, pero si no sabes ni qué Ley es, ¿cómo sabes que existe?
Y Steam Deck tiene la arquitectura de un PC y por tanto, a efectos de software es un PC, pero como dispositivo físico no es un PC. Así que habrá que ver los términos de la garantía de Steam Deck antes de saber si su apertura la invalida o no.
Yo la sé, pero como me vas a hacer buscártela, enlazártela, buscar el artículo, etc... porque si no seguirás sin creerlo, juegate algo.
Y sigues sin entenderlo: No hace falta que tenga ninguna forma especial: desde maxi-torres a micro laptops están cubiertas, hasta las consolas por ejemplo creo que también están cubiertas.
Y te digo más y de paso te estoy dando ya una pista: por 2 leyes, no 1. La ley americana y la española.
TSHOT escribió:@xan_vision De las pedradas más importantes que visto en EOL en años
ZipiZape escribió:A ver para el cansino.
Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre
Con último modificación con fecha 20 de enero de 2021.
Link a el RDL en la página oficial del BOE
En el se dice que, si el dispositivo es abierto o manipulado fuera de un SAT oficial, se pierde la garantía.
Tanto la garantía comercial como legal, a ver por dónde sales ahora, pesado.
Saludos
PD: @Maxtorete yo me gane el emoticono de Steam
ZipiZape escribió:@soyrod si te digo la verdad no lo he leído, pregunté a un amigo abogado y copié lo q me dijo (tuve q preguntarle q era eso de garantía comercial y legal porque lo desconocía), y puse el enlace q me remitió.
Es por dar caña al cansino, ya me hizo hasta preguntar a un abogado, q es amigo de toda la vida, vamos q solo me costó 5 min de mi tiempo.
Saludos
Valhan escribió:Nimerio escribió:Aunque la Switch costase 500 euros vendría también sin funda.
Es de agradecer que venga incluida. Y en todos los modelos y precios.
Y gracias que para esta sí que incluyeron el cargador.
tioguay_68 escribió:Valhan escribió:Nimerio escribió:Aunque la Switch costase 500 euros vendría también sin funda.
Es de agradecer que venga incluida. Y en todos los modelos y precios.
Y gracias que para esta sí que incluyeron el cargador.
se sabe que incluida cargador no?
sandmannn escribió:Bueno si no lo incluyen entiendo que con el de cualquier movil ya iria no?
Artículo 115. Conformidad de los bienes y de los contenidos o servicios digitales.
Los bienes, los contenidos o servicios digitales que el empresario entregue o suministre al consumidor o usuario se considerarán conformes con el contrato cuando cumplan los requisitos subjetivos y objetivos establecidos que sean de aplicación siempre que, cuando corresponda, hayan sido instalados o integrados correctamente, todo ello sin perjuicio de los derechos de terceros a los que se refiere el segundo párrafo del artículo 117.
Artículo 115 quater. Instalación incorrecta de los bienes e integración incorrecta de los contenidos o servicios digitales.
La falta de conformidad que resulte de una instalación incorrecta del bien o integración incorrecta de los contenidos o servicios digitales en el entorno digital del consumidor o usuario se equiparará a la falta de conformidad, cuando se de alguna de las siguientes condiciones:
a) La instalación o integración incorrecta haya sido realizada por el empresario o bajo su responsabilidad y, en el supuesto de tratarse de una compraventa de bienes, su instalación esté incluida en el contrato.
b) En el contrato esté previsto que la instalación o la integración la realice el consumidor o usuario, haya sido realizada por éste y la instalación o la integración incorrecta se deba a deficiencias en las instrucciones de instalación o integración proporcionadas por el empresario o, en el caso de bienes con elementos digitales, proporcionadas por el empresario.
"Artículo 116. Conformidad de los productos con el contrato.
1. Salvo prueba en contrario, se entenderá que los productos son conformes con el contrato siempre que cumplan todos los requisitos que se expresan a continuación, salvo que por las circunstancias del caso alguno de ellos no resulte aplicable:
a) Se ajusten a la descripción realizada por el vendedor y posean las cualidades del producto que el vendedor haya presentado al consumidor y usuario en forma de muestra o modelo.
b) Sean aptos para los usos a que ordinariamente se destinen los productos del mismo tipo.
c) Sean aptos para cualquier uso especial requerido por el consumidor y usuario cuando lo haya puesto en conocimiento del vendedor en el momento de celebración del contrato, siempre que éste haya admitido que el producto es apto para dicho uso.
d) Presenten la calidad y prestaciones habituales de un producto del mismo tipo que el consumidor y usuario pueda fundadamente esperar, habida cuenta de la naturaleza del producto y, en su caso, de las declaraciones públicas sobre las características concretas de los productos hechas por el vendedor, el productor o su representante, en particular en la publicidad o en el etiquetado. El vendedor no quedará obligado por tales declaraciones públicas si demuestra que desconocía y no cabía razonablemente esperar que conociera la declaración en cuestión, que dicha declaración había sido corregida en el momento de celebración del contrato o que dicha declaración no pudo influir en la decisión de comprar el producto.
2. La falta de conformidad que resulte de una incorrecta instalación del producto se equiparará a la falta de conformidad del producto cuando la instalación esté incluida en el contrato de compraventa o suministro regulados en el artículo 115.1 y haya sido realizada por el vendedor o bajo su responsabilidad, o por el consumidor y usuario cuando la instalación defectuosa se deba a un error en las instrucciones de instalación.
3. No habrá lugar a responsabilidad por faltas de conformidad que el consumidor y usuario conociera o no hubiera podido fundadamente ignorar en el momento de la celebración del contrato o que tengan su origen en materiales suministrados por el consumidor y usuario."
Artículo 127. Garantías comerciales.
1. Toda garantía comercial será vinculante para el garante en las condiciones establecidas en la declaración de garantía comercial y en la publicidad asociada disponible en el momento de la celebración del contrato o antes de dicha celebración. El productor que ofrezca al consumidor o usuario una garantía comercial de durabilidad con respecto a determinados bienes por un período de tiempo determinado será responsable directamente frente al consumidor o usuario, durante todo el período de la garantía comercial de durabilidad, de la reparación o sustitución. El productor podrá ofrecer al consumidor o usuario condiciones más favorables en la declaración de garantía comercial de durabilidad.
Si las condiciones establecidas en el documento de garantía comercial son menos favorables para el consumidor o usuario que las enunciadas en la publicidad asociada, la garantía comercial será vinculante según las condiciones enunciadas en la publicidad relativa a la garantía comercial, a menos que antes de la celebración del contrato la publicidad asociada se haya corregido del mismo modo o de modo comparable a aquella.
2. La declaración de garantía comercial se entregará al consumidor o usuario en un soporte duradero a más tardar en el momento de entrega de los bienes y estará redactada, al menos, en castellano, de manera clara y comprensible.
3. La declaración de garantía comercial incluirá, al menos, lo siguiente:
a) Una declaración precisa de que el consumidor o usuario tiene derecho a medidas correctoras por parte del empresario, de forma gratuita, en caso de falta de conformidad de los bienes y de que la garantía comercial no afectará a dichas medidas. Dicha gratuidad comprenderá los gastos necesarios en que se incurre para que los bienes o los contenidos o servicios digitales sean puestos en conformidad, especialmente los gastos de envío, transporte, mano de obra o materiales.
b) El nombre y la dirección del garante.
c) El procedimiento que debe seguir el consumidor o usuario para conseguir la aplicación de la garantía comercial.
d) La designación de los bienes o de los contenidos o servicios digitales a los que se aplica la garantía comercial.
e) Las condiciones de la garantía comercial, entre otras, su plazo de duración y alcance territorial.
El incumplimiento de este apartado no afectará al carácter vinculante de la garantía comercial para el garante.
Téngase en cuenta que esta actualización, establecida por el art. 16.7 del Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril. Ref. BOE-A-2021-6872, entra en vigor el 1 de enero de 2022, según determina su disposición final octava.
Redacción anterior:
"Artículo 127. Reparación y servicios posventa.
1. En los productos de naturaleza duradera, el consumidor y usuario tendrá derecho a un adecuado servicio técnico y a la existencia de repuestos durante el plazo mínimo de cinco años a partir de la fecha en que el producto deje de fabricarse.
2. Queda prohibido incrementar los precios de los repuestos al aplicarlos en las reparaciones y cargar por mano de obra, traslado o visita cantidades superiores a los costes medios estimados en cada sector, debiendo diferenciarse en la factura los distintos conceptos. La lista de precios de los repuestos deberá estar a disposición del público.
3. La acción o derecho de recuperación de los productos entregados por el consumidor y usuario al empresario para su reparación prescribirá a los tres años a partir del momento de la entrega. Reglamentariamente, se establecerán los datos que deberá hacer constar el empresario en el momento en que se le entrega un objeto para su reparación y las formas en que podrá acreditarse la mencionada entrega."
Artículo 127 bis. Reparación y servicios posventa.
1. El productor garantizará, en todo caso, la existencia de un adecuado servicio técnico, así como de repuestos durante el plazo mínimo de diez años a partir de la fecha en que el bien deje de fabricarse.
2. Queda prohibido incrementar los precios de los repuestos al aplicarlos en las reparaciones. La lista de precios de los repuestos deberá estar a disposición del público así como la del resto de servicios aparejados, debiéndose diferenciar en la factura los diferentes conceptos.
3. La acción o derecho de recuperación de los bienes entregados por el consumidor o usuario al empresario para su reparación prescribirá un año después del momento de la entrega. Reglamentariamente, se establecerán los datos que deberá hacer constar el empresario en el momento en que se le entrega un bien para su reparación y las formas en que podrá acreditarse la mencionada entrega.
tioguay_68 escribió:Valhan escribió:Nimerio escribió:Aunque la Switch costase 500 euros vendría también sin funda.
Es de agradecer que venga incluida. Y en todos los modelos y precios.
Y gracias que para esta sí que incluyeron el cargador.
se sabe que incluida cargador no?
malainfluencia escribió:Yo no soy abogado, pero a mi pobre entender de estos asuntos, la ley que cita el compañero dice:Artículo 115. Conformidad de los bienes y de los contenidos o servicios digitales.
Los bienes, los contenidos o servicios digitales que el empresario entregue o suministre al consumidor o usuario se considerarán conformes con el contrato cuando cumplan los requisitos subjetivos y objetivos establecidos que sean de aplicación siempre que, cuando corresponda, hayan sido instalados o integrados correctamente, todo ello sin perjuicio de los derechos de terceros a los que se refiere el segundo párrafo del artículo 117.
Artículo 115 quater. Instalación incorrecta de los bienes e integración incorrecta de los contenidos o servicios digitales.
La falta de conformidad que resulte de una instalación incorrecta del bien o integración incorrecta de los contenidos o servicios digitales en el entorno digital del consumidor o usuario se equiparará a la falta de conformidad, cuando se de alguna de las siguientes condiciones:
a) La instalación o integración incorrecta haya sido realizada por el empresario o bajo su responsabilidad y, en el supuesto de tratarse de una compraventa de bienes, su instalación esté incluida en el contrato.
b) En el contrato esté previsto que la instalación o la integración la realice el consumidor o usuario, haya sido realizada por éste y la instalación o la integración incorrecta se deba a deficiencias en las instrucciones de instalación o integración proporcionadas por el empresario o, en el caso de bienes con elementos digitales, proporcionadas por el empresario.
De ahí se puede desprender, que si abres la consola, has podido "instalar o integrar" algo incorrectamente y la garantía no es aplicable."Artículo 116. Conformidad de los productos con el contrato.
1. Salvo prueba en contrario, se entenderá que los productos son conformes con el contrato siempre que cumplan todos los requisitos que se expresan a continuación, salvo que por las circunstancias del caso alguno de ellos no resulte aplicable:
a) Se ajusten a la descripción realizada por el vendedor y posean las cualidades del producto que el vendedor haya presentado al consumidor y usuario en forma de muestra o modelo.
b) Sean aptos para los usos a que ordinariamente se destinen los productos del mismo tipo.
c) Sean aptos para cualquier uso especial requerido por el consumidor y usuario cuando lo haya puesto en conocimiento del vendedor en el momento de celebración del contrato, siempre que éste haya admitido que el producto es apto para dicho uso.
d) Presenten la calidad y prestaciones habituales de un producto del mismo tipo que el consumidor y usuario pueda fundadamente esperar, habida cuenta de la naturaleza del producto y, en su caso, de las declaraciones públicas sobre las características concretas de los productos hechas por el vendedor, el productor o su representante, en particular en la publicidad o en el etiquetado. El vendedor no quedará obligado por tales declaraciones públicas si demuestra que desconocía y no cabía razonablemente esperar que conociera la declaración en cuestión, que dicha declaración había sido corregida en el momento de celebración del contrato o que dicha declaración no pudo influir en la decisión de comprar el producto.
2. La falta de conformidad que resulte de una incorrecta instalación del producto se equiparará a la falta de conformidad del producto cuando la instalación esté incluida en el contrato de compraventa o suministro regulados en el artículo 115.1 y haya sido realizada por el vendedor o bajo su responsabilidad, o por el consumidor y usuario cuando la instalación defectuosa se deba a un error en las instrucciones de instalación.
3. No habrá lugar a responsabilidad por faltas de conformidad que el consumidor y usuario conociera o no hubiera podido fundadamente ignorar en el momento de la celebración del contrato o que tengan su origen en materiales suministrados por el consumidor y usuario."
De ahí, si instalas un materíal que no es el proporcionado por el empresario, te quedas sin garantía, así del tirón, porque demuestra tu que un problema no viene de lo que has instalado tu.Artículo 127. Garantías comerciales.
1. Toda garantía comercial será vinculante para el garante en las condiciones establecidas en la declaración de garantía comercial y en la publicidad asociada disponible en el momento de la celebración del contrato o antes de dicha celebración. El productor que ofrezca al consumidor o usuario una garantía comercial de durabilidad con respecto a determinados bienes por un período de tiempo determinado será responsable directamente frente al consumidor o usuario, durante todo el período de la garantía comercial de durabilidad, de la reparación o sustitución. El productor podrá ofrecer al consumidor o usuario condiciones más favorables en la declaración de garantía comercial de durabilidad.
Si las condiciones establecidas en el documento de garantía comercial son menos favorables para el consumidor o usuario que las enunciadas en la publicidad asociada, la garantía comercial será vinculante según las condiciones enunciadas en la publicidad relativa a la garantía comercial, a menos que antes de la celebración del contrato la publicidad asociada se haya corregido del mismo modo o de modo comparable a aquella.
2. La declaración de garantía comercial se entregará al consumidor o usuario en un soporte duradero a más tardar en el momento de entrega de los bienes y estará redactada, al menos, en castellano, de manera clara y comprensible.
3. La declaración de garantía comercial incluirá, al menos, lo siguiente:
a) Una declaración precisa de que el consumidor o usuario tiene derecho a medidas correctoras por parte del empresario, de forma gratuita, en caso de falta de conformidad de los bienes y de que la garantía comercial no afectará a dichas medidas. Dicha gratuidad comprenderá los gastos necesarios en que se incurre para que los bienes o los contenidos o servicios digitales sean puestos en conformidad, especialmente los gastos de envío, transporte, mano de obra o materiales.
b) El nombre y la dirección del garante.
c) El procedimiento que debe seguir el consumidor o usuario para conseguir la aplicación de la garantía comercial.
d) La designación de los bienes o de los contenidos o servicios digitales a los que se aplica la garantía comercial.
e) Las condiciones de la garantía comercial, entre otras, su plazo de duración y alcance territorial.
El incumplimiento de este apartado no afectará al carácter vinculante de la garantía comercial para el garante.
Téngase en cuenta que esta actualización, establecida por el art. 16.7 del Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril. Ref. BOE-A-2021-6872, entra en vigor el 1 de enero de 2022, según determina su disposición final octava.
Redacción anterior:
"Artículo 127. Reparación y servicios posventa.
1. En los productos de naturaleza duradera, el consumidor y usuario tendrá derecho a un adecuado servicio técnico y a la existencia de repuestos durante el plazo mínimo de cinco años a partir de la fecha en que el producto deje de fabricarse.
2. Queda prohibido incrementar los precios de los repuestos al aplicarlos en las reparaciones y cargar por mano de obra, traslado o visita cantidades superiores a los costes medios estimados en cada sector, debiendo diferenciarse en la factura los distintos conceptos. La lista de precios de los repuestos deberá estar a disposición del público.
3. La acción o derecho de recuperación de los productos entregados por el consumidor y usuario al empresario para su reparación prescribirá a los tres años a partir del momento de la entrega. Reglamentariamente, se establecerán los datos que deberá hacer constar el empresario en el momento en que se le entrega un objeto para su reparación y las formas en que podrá acreditarse la mencionada entrega."
Artículo 127 bis. Reparación y servicios posventa.
1. El productor garantizará, en todo caso, la existencia de un adecuado servicio técnico, así como de repuestos durante el plazo mínimo de diez años a partir de la fecha en que el bien deje de fabricarse.
2. Queda prohibido incrementar los precios de los repuestos al aplicarlos en las reparaciones. La lista de precios de los repuestos deberá estar a disposición del público así como la del resto de servicios aparejados, debiéndose diferenciar en la factura los diferentes conceptos.
3. La acción o derecho de recuperación de los bienes entregados por el consumidor o usuario al empresario para su reparación prescribirá un año después del momento de la entrega. Reglamentariamente, se establecerán los datos que deberá hacer constar el empresario en el momento en que se le entrega un bien para su reparación y las formas en que podrá acreditarse la mencionada entrega.
En este basicamente dice, "lo que diga la notificación de garantía que emite el empresario"
En esa ley, de modificación y reparación de aparatos, no dice NADA, a mayores dice que "lo que diga el acuerdo de garantía que se notifique al usuario." también dice que tiene que existir un servicio técnico adecuado, pero nada de que el usuario pueda hacer el mismo de servicio técnico y encima reclamar la garantía.
malainfluencia escribió:@soyrod No, si yo no defiendo a la compañía, yo lo que creo, es que no debemos andar aquí diciendo que se puede cambiar el SSD, y que no pasa nada. Luego alguien se puede llevar un disgusto, porque ha leído aquí que se dice algo categóricamente y no tenemos información para hacer esas afirmaciones y menos de las maneras en las que se están haciendo.
Dracot escribió:Yo sinceramente creo que a día de hoy deberíais dejar de dar vueltas al tema de la garantía
No porque no sea importante, ni metiéndome en el asunto de fondo dando la razón a unos u otros. Sino porque a día de hoy Europa está a vueltas con estos temas y cambiando cosas día sí y día también. Acaba de aprobarse el derecho de reparación para ciertos electrodomésticos durante 10 años, quieren aplicarla en breve a más aparatos electrónicos, y están también a vueltas con cosas de este tipo. Al final Europa quiere que la huella medioambiental por aparatos electrónicos sea la más baja posible, y mientras más se pueda mejorar, reparar, etc sin tener que cambiar aparato, mejor, por lo que está modificando muchas cosas y más que llegarán.
En definitiva, que la realidad de hoy puede no coincidir con la realidad de aquí a unos meses, mejor ver la ley cuando el aparato esté en tus manos.
Ñomo escribió:A mí, independientemente de garantías y demás saraos, me parece que la no inclusión (o desaparición) de los accesos de servicio en los portátiles es una falta de respeto al usuario; y con las mismas a ésta máquina, porque de tener una para facilitar el acceso a la unidad interna de almacenamiento, se iban a comer un mojón con las de 256 y 512.
Pero en fin, es lo que hay.
ZipiZape escribió:Como me gusta ver un debate sano sin faltas de respeto y leyendo educadamente a los demás...
Saludos
Shinmei escribió:
Yo imagino que la parte "delicada" del m2 va a ser que parte del sistema de refrigeración está hecho para él. Seguro que algún heatpipe hace contacto con el mismo de alguna manera, independientemente del modelo, ya que supongo que el diseño interno de las 3 opciones será idéntico para simplificar producción y ahorrar costes.
De hecho si no recuerdo mal en un vídeo de Linus Tech, cuando le enchufaba con la cámara térmica se intuía algo que podría ser el m2 en una de las esquinas.