dani699 escribió:Riky_Xerez escribió:dani699 escribió:Con respecto al tema del pixel muerto, en Media Markt no te permiten devolver una consola si ya has abierto la caja. Visto ayer mismo. Así que avisados estáis los que la tenéis allí.
Esto no es así. Cuándo compré la Wii U el mando tenía un pixel muerto, la llevé a Media Markt, en atención al cliente me preguntaron el motivo, les dije lo del pixel y me dijeron que sin problemas, que cogiese otra consola y para casa.
Como te digo lo vi ayer. Habrá habido un cambio de políticas recientemente, el cartelito estaba allí.
@Juanatan El derecho de desistimiento solo existe para compras online o por catálogo. El resto es decisión de la empresa.
Yo no he mencionado el derecho a desistimiento. Estoy hablando de reclamación por fallos de fábrica, cosa bien distinta.
chufirulo escribió:Gracias compañero
@sylvestre, por aportar tu grano de arena y dejar en bragas a esta gente que se creen muy guays y que tanto saben de leyes.
Del documento que ha puesto
@sylvestre:
"La norma establece que todas ellas deberían pertenecer a la clase I (0 píxeles muertos) o en caso contrario el fabricante
debe indicar a que clase pertenece"
¿Ha especificado Nintendo a qué clase pertenece la pantalla de la Switch? No. Por tanto la ley establece que se considera Clase I y ha de tener CERO píxleles muertos. De lo contrario, tienen que devolver/reparar el producto.
Para la próxima, menos zascas y a ver si eres capaz de rebatir mis argumentos tú solito.
dani699 escribió:xavorz escribió:Sí, lo de los píxeles muertos es verdad, no admiten 1 para tramitar garantía. La diferencia aquí está en que se hablaba de los 15 días de desestimiento que por regla general dan todas las tiendas de electrónica. Solo pueden denegártela en caso de que haya evidencias de uso del artículo, si está igual que llegó, no deben ni preguntarte la razón. Es sencillo, la abrís sin romper nada, encendéis y listo.
No. Te la pueden denegar en cualquier momento si en el contrato de compraventa no viene reconocida. Es una facultad propia de la empresa.
Ya comentaron por aquí la situación de Worten. Si en el contrato de compraventa no te reconocen este derecho, simplemente no existe.
Ninguna cláusula contractual puede contradecir la ley, y en caso de que lo haga, esa cláusula quedaría declarada nula por cualquier organismo de arbitraje. Por lo tanto, lo que dices no es correcto.
Ningunas empresa tiene la facultad de modificar la ley vigente mediante un contrato, ¿estamos locos o qué?
De verdad, dejad de desinformar si no sabéis de lo que habláis.