Veamos. Son 77 millones de cuentas no 77 millones de usuarios. Yo tengo cuatro cuentas. La multa que le puede caer a SONY si le cae alguna, que va a ser complicado, será de 300.000 Euros en total máximo no de 300.000 euros por cuenta (eso según Samuel Parra abogado experto en seguridad según aparece en un enlace en la noticia de portada) aunque el artículo tiene sus errores. Cito:
"No se estaría ante la vulneración del derecho a la intimidad y la privacidad, sino el de protección de datos. El principio de seguridad, que obliga a las compañías que tienen los datos personales a una custodia efectiva, está regulado en la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos) y exige al responsable del fichero instalar las medidas de protección adecuadas. "Es una obligación de resultado, que exige a la compañía hacer lo que sea para protegerlos", dice Parra. Y esa posible negligencia habrá que probarla. En el caso de que se pruebe, Sony habría incurrido en una falta muy grave y podría ser sancionada con 300.000 euros. "Aunque haya un millón de españoles afectados, sólo habrá una única sanción".
Ahora también se dice:
"Ante la preocupación suscitada, la AEPD (Agencia de Protección de Datos) decidió ayer "iniciar actuaciones para determinar si se han visto afectados derechos de ciudadanos, posibles vulneraciones de la Ley de Protección de Datos (LOPD) y las responsabilidades atribuibles", dijo un portavoz de la agencia. Pero, desde un punto de vista legal, las cosas no están del todo claras y Sony podría escaparse. "Primero habrá que saber si la AEPD es competente para investigar a Sony", explica el abogado especialista en privacidad Samuel Parra. Si Sony tiene los datos de los usuarios, aunque sean españoles, en servidores de Japón y los gestiona desde allí y no una filial suya en territorio español, "la AEPD no podría actuar contra la compañía", opina Parra."
Un saludo.