Tras recurrir a instancias superiores, la Audiencia Nacional vuelve a negar dicha posibilidad, defendiendo que los derechos de los usuarios prevalecen sobre la protección de la propiedad intelectual:
La protección de los derechos de propiedad intelectual, que está en la base de lo pretendido por la entidad recurrente, merece todo el respeto de esta Sala pero no puede hacerse sobre la base de violar derechos, que también merecen protección, como son los derivados de la protección de datos (entendida en un concepto mucho mas amplio que el simple derecho a la intimidad).
Zas en toda la boca