Según se puede leer en el dictamen, aquellos aviones no tripulados con cámaras y que puedan acceder a espacios públicos deben ser tratados como cámaras de vigilancia cuando se habla de privacidad de los ciudadanos. Por tanto, aquellos usuarios que quieran volar un dispositivo en lugares públicos deberán obtener un permiso especial. Una autorización que se podrá obtener en la administración local de cada enclave previo pago de una tarifa.
En cualquier caso, la solicitud no significa la aprobación automática para el vuelo de los entusiastas y aficionados a los drones. De hecho, no hay garantía de que se apruebe y el visto bueno dependerá de los funcionarios locales. Si estos creen que la privacidad e intimidad pública es mayor que el beneficio para el usuario de los aviones no tripulados, dicha solicitud será rechazada.
En cambio la sentencia sí realiza una distinción entre drones con cámara y otros vehículos o dispositivos como una bicicleta con una cámara instalada. En este caso el tribunal afirma que no se requiere de un permiso especial porque están operando en las inmediaciones del mismo propietario.
La sentencia que anula otra anterior del 2015, cuando un juzgado afirmó que los drones con cámaras no constituyen vigilancia. En cualquier caso se trata de una norma pionera en Occidente no exenta de polémica. Parece difícil imaginar de qué forma las autoridades podrán hacer u obligar a cumplir las sentencias.
Las críticas por parte de los aficionados a este tipo de grabaciones no se han hecho esperar. Como apuntan desde la web Petapixel, ya existen numerosas quejas online protestando por la polémica decisión que supone un golpe para la creciente industria de drones en Suecia.