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Edy escribió:Findeton escribió:Edy escribió:Fijándome en los picos y bajadas de primavera, lo que seria "lógico", si se sigue el mismo patrón, es que ahora de repente debería subir a lo loco nuevamente. Si os fijáis en la grafica, lo que ocurrió el 21 de febrero, y durante esa semana, se mantuvo mas o menos estable, pero el día 6 de Marzo, empezó a subir como si no hubiera un mañana hasta el siguiente pico.
Todavía hay mucho creyente en Bitcoin. Quizás necesitamos una última caída para deshacernos de algunos. Una bajadita a 32k es lo que necesita bitcoin para seguir el mercado alcista.
Sinceramente, incluso mas ... pero si llegara a los 15K dolares ... estoy casi convencido que en menos de 24 horas, tendria tal pico ... que sin duda llegaria a record historico. Para lo que dices, tendria que bajar muchisimo, y mantenerse ahi durante muuucho tiempo.
parrotxo escribió:Edy escribió:Findeton escribió:Todavía hay mucho creyente en Bitcoin. Quizás necesitamos una última caída para deshacernos de algunos. Una bajadita a 32k es lo que necesita bitcoin para seguir el mercado alcista.
Sinceramente, incluso mas ... pero si llegara a los 15K dolares ... estoy casi convencido que en menos de 24 horas, tendria tal pico ... que sin duda llegaria a record historico. Para lo que dices, tendria que bajar muchisimo, y mantenerse ahi durante muuucho tiempo.
Una caída a 15k sería un desplome del 80% desde los máximo de Abril. Un batacazo de tal magnitud es equivalente al ciclo bajista de 2018 y del que se tardó en salir 2 años....
Si cae a 15k no va a haber un rebote ni mucho menos, sino que sería confirmación de que estamos en ciclo bajista y que esperan 1 o 2 años de acumulación y limpieza bestial del mercado. Lógicamente si BTC cae un 80% el batacazo en la mayoría de altcoins sería de aupa.
Pensar que después de una caída del 80% o más se va a saltar a romper máximos en pocos días/semanas no tiene sentido.
Global_Smiley escribió:¿Me podéis recomendar un exchang con bajas comisiones para operar intradía?, casí no e sale a cuenta operar en Coibase.
Gracias.
Edy escribió:
Exacto, por eso mismo digo, que teniendo presente lo que se ha estabilizado desde la ultima bajada, si sucede lo mismo que con los picos de primavera, en un momento a otro, pegara otra subida del carajo. No se si eso se va a cumplir, pero tampoco lo veo descabellado teniendo presente que fue subiendo últimamente sin motivo aparente ...
Dolce escribió:que alternativa a binance recomendais mientras se deciden a volver a poner la transferencia SEPA como metodo para retirar dinero?
DarkMessiah escribió:Dolce escribió:que alternativa a binance recomendais mientras se deciden a volver a poner la transferencia SEPA como metodo para retirar dinero?
Hacienda frotándose las manos
Dolce escribió:DarkMessiah escribió:Dolce escribió:que alternativa a binance recomendais mientras se deciden a volver a poner la transferencia SEPA como metodo para retirar dinero?
Hacienda frotándose las manos
hacienda se ha hecho exchange? no tengo ningun problema con decirle a haciendo lo que gano...
Türme escribió:Edy escribió:
Exacto, por eso mismo digo, que teniendo presente lo que se ha estabilizado desde la ultima bajada, si sucede lo mismo que con los picos de primavera, en un momento a otro, pegara otra subida del carajo. No se si eso se va a cumplir, pero tampoco lo veo descabellado teniendo presente que fue subiendo últimamente sin motivo aparente ...
¿sin motivo aparente? Ok, lo que pasa es que no sigues una estrategia por eso no sabes cuando sube, baja o se lateraliza, el guiarse por los sentimientos, intuición, etc. no sirve. Te recomiendo que sigas en Youtube a "TradingLatino" es del El Salvador el si sigue una estrategia y el si sabe por que está subiendo.... solo tienes que aprender la estrategia (y sobre todo emplearla) y listo, a ganar dinero
Saludos.
DarkMessiah escribió:Dolce escribió:hacienda se ha hecho exchange? no tengo ningun problema con decirle a haciendo lo que gano...
No es decirle lo que ganas, es regalarle parte de lo que ganas, pero si te hace gracia y te encanta, pues tú mismo
Time Master escribió:DarkMessiah escribió:Dolce escribió:hacienda se ha hecho exchange? no tengo ningun problema con decirle a haciendo lo que gano...
No es decirle lo que ganas, es regalarle parte de lo que ganas, pero si te hace gracia y te encanta, pues tú mismo
Cuanto liberalista hay hoy en día. Si por casi rascarte los huevos ganas 50.000€ (por poner una cifra al azar) y hacienda te pide un 25% de las ganancias, no es ningún drama. Como se nota que no las habéis pasado putas en vuestra vida.
zafra23 escribió:cristiano.88 escribió:
Pues lo que ya se sabia, no hay graficas porque se las llevan para minar
Es de broma los precios que hay gracias a la minería, se han cargado el mundo Gaming, es una gran burbuja y estallará tarde o temprano.
DarkMessiah escribió:Time Master escribió:Cuanto liberalista hay hoy en día. Si por casi rascarte los huevos ganas 50.000€ (por poner una cifra al azar) y hacienda te pide un 25% de las ganancias, no es ningún drama. Como se nota que no las habéis pasado putas en vuestra vida.
¿Liberalista?, se llama no regalar el dinero por regalarlo, nada tiene que ver con rascarte más o menos los eggs, como comentas.
Si te parece normal también que alguien que compra lotería de Navidad y le tocan "600K" euros, que le roben la mitad porque sí, pues tienes un problema, DevOps de la vida.
urilic escribió:he estado mirando tutoriales de como empezar con esto, y las principales dudas que tengo son:
1-debo darme de alta en Binance o Coinbase, o ambas con un nº de tarjeta.
Mejor crear una nueva cuenta bancaria por no usar "la buena" por si pasa algo no?
Mi idea sería crear una cuenta nueva, pasar saldo de mi "cuenta buena" a esa nueva, y hacer lo de las criptos con esa nueva.
Os parece buena idea?
2-otra duda, la cuenta que abra, debe ser de valores igual que en bolsa?
3-una vez creada la cuenta, puedo empezar a comprar y vender? o cada paso que haga debo de notificarlo en hacienda o algo?
4-cuando venda alguna cripto comprada, me pasa directamente al saldo de la cuenta de Binance o Coinbase? o puedo decir que me pase el valor de la venta directamente a otra moneda?
5-lo de las carteras esas no lo entiendo, me he leído lo de usb y todo eso, y no lo entiendo.
Si alguien lo puede explicar o poner enlace donde sea fácil de pillar, lo agradezco
Gracias
urilic escribió:@DarkMessiah
Gracias por responder lo primero.
Eso que me has puesto lo leí justo ayer cuando estuve leyendo los tutoriales, y lo veo mucho lío, ya que debo de crear 4 cuentas por lo que veo, 2 exchange y 2 wallets.
Tampoco es que me vaya a forrar, o sea que si lo hago bien y tengo ganancias, y con eso debo pagar a Hacienda, pues pago (contento ya estaré, significará que estoy ganando pasta)
Lo de las otras dudas, podéis ayudarme?
DarkMessiah escribió:urilic escribió:@DarkMessiah
Gracias por responder lo primero.
Eso que me has puesto lo leí justo ayer cuando estuve leyendo los tutoriales, y lo veo mucho lío, ya que debo de crear 4 cuentas por lo que veo, 2 exchange y 2 wallets.
Tampoco es que me vaya a forrar, o sea que si lo hago bien y tengo ganancias, y con eso debo pagar a Hacienda, pues pago (contento ya estaré, significará que estoy ganando pasta)
Lo de las otras dudas, podéis ayudarme?
Luego te contesto que ando fuera de casa, pero por eso mismo, encima si van a ser pequeñas cantidades lo que podrías ganar, como para estar dando parte de ello cuando puedes sacar todo legalmente pagando 0%.
BeRReKà escribió:DarkMessiah escribió:urilic escribió:@DarkMessiah
Gracias por responder lo primero.
Eso que me has puesto lo leí justo ayer cuando estuve leyendo los tutoriales, y lo veo mucho lío, ya que debo de crear 4 cuentas por lo que veo, 2 exchange y 2 wallets.
Tampoco es que me vaya a forrar, o sea que si lo hago bien y tengo ganancias, y con eso debo pagar a Hacienda, pues pago (contento ya estaré, significará que estoy ganando pasta)
Lo de las otras dudas, podéis ayudarme?
Luego te contesto que ando fuera de casa, pero por eso mismo, encima si van a ser pequeñas cantidades lo que podrías ganar, como para estar dando parte de ello cuando puedes sacar todo legalmente pagando 0%.
Tened cuidado porque estás dando unos consejos con los que más de uno puede acabar con un problema muy gordo. De momento puedes porqué estas con poco dinero, pero ni se te ocurra hacer eso que estas haciendo con 5 cifras o más porqué vas a tener al sepblac detrás en una semana.
El exchange guarda todas las direcciones de salida, la cadena de bloques guarda todos tus movimientos, en el momento que haces una transferencia desde el exchange a tu wallet vas a estár vinculando esas dos cuentas de cara a hacienda y una futura investigación. Si hay transferencias de ida y vuelta va a estar claro que es tuya, si hay transacciones solo de ida que se repiten en el tiempo, también va a estar claro que es tuya.
Visa también guarda todos los movimientos de entrada para financiar tus compras, en el momento en que pases de 2500€ te abrirán una investigación por blanqueo de capitales, da igual que dejes la cuenta a 0, se cuenta el dinero que entra anualmente.
irenitay910201 escribió:Hedera Hashgraph se dispara un 150% en una semana debido a la expansión de su ecosistema.
DarkMessiah escribió:BeRReKà escribió:DarkMessiah escribió:
Luego te contesto que ando fuera de casa, pero por eso mismo, encima si van a ser pequeñas cantidades lo que podrías ganar, como para estar dando parte de ello cuando puedes sacar todo legalmente pagando 0%.
Tened cuidado porque estás dando unos consejos con los que más de uno puede acabar con un problema muy gordo. De momento puedes porqué estas con poco dinero, pero ni se te ocurra hacer eso que estas haciendo con 5 cifras o más porqué vas a tener al sepblac detrás en una semana.
El exchange guarda todas las direcciones de salida, la cadena de bloques guarda todos tus movimientos, en el momento que haces una transferencia desde el exchange a tu wallet vas a estár vinculando esas dos cuentas de cara a hacienda y una futura investigación. Si hay transferencias de ida y vuelta va a estar claro que es tuya, si hay transacciones solo de ida que se repiten en el tiempo, también va a estar claro que es tuya.
Visa también guarda todos los movimientos de entrada para financiar tus compras, en el momento en que pases de 2500€ te abrirán una investigación por blanqueo de capitales, da igual que dejes la cuenta a 0, se cuenta el dinero que entra anualmente.
Infórmate antes de andar metiendo miedo. Esto es para cantidades pequeñas, para cantidades grandes ya he dicho 90 veces, que hay que crear una Sociedad, todo legal 900%.
Y obviamente, los ingresos aunque sea con tarjeta prepago, cantidades normales, nada de “3000” Eur por depósito y tonterías similares por el estilo.
Se presume ya de inicio, que el que quiere hacer las cosas bien y de manera legal, no va a ir haciendo esas tonterías.
Incluso haber metido 1000 miseros Eur a Solana a sus inicios y ahora en cosa de 1 año tener un pastón, si quieres ir tirando poco a poco para pagar supermercado, gasolina etc (cosas sin facturas), sin problemas.
Si te quieres comprar “un chalet”, obviamente hay que hacer las cosas de manera diferente.
Así que no, Hacienda no va a hacer nada.
BeRReKà escribió:DarkMessiah escribió:BeRReKà escribió:
Tened cuidado porque estás dando unos consejos con los que más de uno puede acabar con un problema muy gordo. De momento puedes porqué estas con poco dinero, pero ni se te ocurra hacer eso que estas haciendo con 5 cifras o más porqué vas a tener al sepblac detrás en una semana.
El exchange guarda todas las direcciones de salida, la cadena de bloques guarda todos tus movimientos, en el momento que haces una transferencia desde el exchange a tu wallet vas a estár vinculando esas dos cuentas de cara a hacienda y una futura investigación. Si hay transferencias de ida y vuelta va a estar claro que es tuya, si hay transacciones solo de ida que se repiten en el tiempo, también va a estar claro que es tuya.
Visa también guarda todos los movimientos de entrada para financiar tus compras, en el momento en que pases de 2500€ te abrirán una investigación por blanqueo de capitales, da igual que dejes la cuenta a 0, se cuenta el dinero que entra anualmente.
Infórmate antes de andar metiendo miedo. Esto es para cantidades pequeñas, para cantidades grandes ya he dicho 90 veces, que hay que crear una Sociedad, todo legal 900%.
Y obviamente, los ingresos aunque sea con tarjeta prepago, cantidades normales, nada de “3000” Eur por depósito y tonterías similares por el estilo.
Se presume ya de inicio, que el que quiere hacer las cosas bien y de manera legal, no va a ir haciendo esas tonterías.
Incluso haber metido 1000 miseros Eur a Solana a sus inicios y ahora en cosa de 1 año tener un pastón, si quieres ir tirando poco a poco para pagar supermercado, gasolina etc (cosas sin facturas), sin problemas.
Si te quieres comprar “un chalet”, obviamente hay que hacer las cosas de manera diferente.
Así que no, Hacienda no va a hacer nada.
Que no puedes ir tirando poco a poco para ir haciendo compras de supermercado, puedes usarlo para alguna compra puntual de poco importe, pero si te pasas del limite anual vas a estar bien jodido, eso es jugar con fuego, y más si la estás fundando con un monedero de cripto no declarado, lo estás exponiendo, cada vez que haces un pago con la visa le estas diciendo a hacienda que ese monedero es tuyo. Si quieres gastar tienes que buscar otra manera, que las hay.
Y si, de momento Hacienda no hace nada, de momento... pero el pastel es cada vez mas grande y así se lo estas poniendo muy fácil de cara al futuro.
DarkMessiah escribió:BeRReKà escribió:DarkMessiah escribió:
Infórmate antes de andar metiendo miedo. Esto es para cantidades pequeñas, para cantidades grandes ya he dicho 90 veces, que hay que crear una Sociedad, todo legal 900%.
Y obviamente, los ingresos aunque sea con tarjeta prepago, cantidades normales, nada de “3000” Eur por depósito y tonterías similares por el estilo.
Se presume ya de inicio, que el que quiere hacer las cosas bien y de manera legal, no va a ir haciendo esas tonterías.
Incluso haber metido 1000 miseros Eur a Solana a sus inicios y ahora en cosa de 1 año tener un pastón, si quieres ir tirando poco a poco para pagar supermercado, gasolina etc (cosas sin facturas), sin problemas.
Si te quieres comprar “un chalet”, obviamente hay que hacer las cosas de manera diferente.
Así que no, Hacienda no va a hacer nada.
Que no puedes ir tirando poco a poco para ir haciendo compras de supermercado, puedes usarlo para alguna compra puntual de poco importe, pero si te pasas del limite anual vas a estar bien jodido, eso es jugar con fuego, y más si la estás fundando con un monedero de cripto no declarado, lo estás exponiendo, cada vez que haces un pago con la visa le estas diciendo a hacienda que ese monedero es tuyo. Si quieres gastar tienes que buscar otra manera, que las hay.
Y si, de momento Hacienda no hace nada, de momento... pero el pastel es cada vez mas grande y así se lo estas poniendo muy fácil de cara al futuro.
Límite anual?, pero de qué hablas?.
Estás presuponiendo cosas que no son.
Para empezar:
Ingresas "300" eur con tu tarjeta prepago Correos en "Binance".
Compras en Binance "Solana", que está "mega barato", vamos a suponer.
Para continuar, aquí ya Hacienda sabe CERO de lo que haces dentro de Binance, por ser un exchange extranjero y salvo orden JUDICIAL, jamás sabrá qué haces.
Una vez tienes Solana, supongamos que lo envías a una Wallet 1 y de ahí a una Wallet 2 y lo dejas en HODL. Supongamos que en 4 meses sube como la espuma y tienes algo normalito, "30K" Eur.
Eso lo envías porque lo quieres vender, desde esa Wallet 2 la cual NO TE IDENTIFICA, a un Exchange 2 que te abres, Kraken por ejemplo.
Ahí vendes Solana y te dan "30K" Eur, los cuales enviarás a tu cuenta Vivid con IBAN Alemán, la cual si dejas sin saldo a fecha 31/12, tampoco tendrás que declarar y obviamente no pasando de 50K, pues sino tienes que usar el modelo 720.
Puntualizar que ya puedes tener 2 Millones de Euros en Binance, que eso no cuenta a efectos de cuenta en extranjero, así que ahí ni tendrías que presentar el 720.
Luego ya, puedes hacer uso perfectamente de tu tarjeta Vivid, para pagar en Mercadona, gasolina y cosas de ese estilo sin factura.
Obviamente, si quieres sacar con tu tarjeta Vivid en cajero de "La Caixa", sacar cantidades normales, no estés sacando "1000Eur" cada día y mucho menos si lo vas a ingresar luego en tu cuenta española, metas "500-1000" eur de golpe y cada día o Martes de cada semana.....
Hay maneras si se quiere hacer eso, para hacerlo legalmente y sin problemas y tema de cantidades muy grandes, ya comenté que sería Sociedad, eso es otro tema.
Así que no, no hay ningún tipo de problema, así que antes de andar presuponiendo que la gente es que va a hacer todo esto ingresando con su tarjeta de La Caixa cantidades desorbitadas, haciendo 900 permutas y multiplicando x90 su capital en Binance (que incluso daría igual, no es aconsejable, pero podrías hacerlo, Hacienda sabe cero de lo que haces dentro de Binance) y luego enviando desde ahí sus ganancias a La Caixa... pues obviamente así no se hacen las cosas ni es de lo que se está hablando.
¿Tienes criptomonedas?. ¿Importantes grandes?. ¿Minas?. Porque venir a hablar de cosas de Hacienda, porque te suenen cosas de otros ámbitos y meter miedo o sin saber cómo se hacen las cosas para perfectamente de manera legal (que esto es eludir, no evadir), pagar 0%, pues no tiene mucho sentido.
Las Wallets no te identifican personal ni fiscalmente, eso para empezar y desde ahí, pues infórmate de las cosas, si es que te quieres meter en este mundillo, que dudo que lo estés.
BeRReKà escribió:
La tarjeta vivid es de visa, visa está asociada al sepblac y tu estás registrado en vivid con tu DNI español, a la que pases del limite para blanqueo de capitales va tu portfolio con todas las direcciones asociadas.
El wallet no está identificado, pero si solo lo utilizas tú con una visa a tu nombre va a estar claro que es tuyo. El problema de ese método no es Hacienda, es la prevención para el blanqueo de capitales.
DarkMessiah escribió:BeRReKà escribió:
La tarjeta vivid es de visa, visa está asociada al sepblac y tu estás registrado en vivid con tu DNI español, a la que pases del limite para blanqueo de capitales va tu portfolio con todas las direcciones asociadas.
El wallet no está identificado, pero si solo lo utilizas tú con una visa a tu nombre va a estar claro que es tuyo. El problema de ese método no es Hacienda, es la prevención para el blanqueo de capitales.
No se qué parte de no tener más de 50K en cuenta en extranjero, no entiendes.
Para cantidades mayores, Sociedad. Fin.
BeRReKà escribió:DarkMessiah escribió:BeRReKà escribió:
La tarjeta vivid es de visa, visa está asociada al sepblac y tu estás registrado en vivid con tu DNI español, a la que pases del limite para blanqueo de capitales va tu portfolio con todas las direcciones asociadas.
El wallet no está identificado, pero si solo lo utilizas tú con una visa a tu nombre va a estar claro que es tuyo. El problema de ese método no es Hacienda, es la prevención para el blanqueo de capitales.
No se qué parte de no tener más de 50K en cuenta en extranjero, no entiendes.
Para cantidades mayores, Sociedad. Fin.
Da igual que no llegues al mínimo para declarar, la investigación en ese caso es por blanqueo de capitales, vas a tener que aclarar igualmente de donde has sacado el dinero y si es de cripto, el mínimo no son 50k.
DarkMessiah escribió:EDIT: Ah y de ahí lo de Wallet 2. En el momento que pasas de Binance --> Wallet 1 --> Wallet 2, rompes toda vinculación posible con Binance.
Que sí, que te puedes meter por blockchain y ver los movimientos, pero eso realmente no demuestra nada y de nuevo, eso sería si haces realmente las cosas mal y promueves una investigación de Hacienda.
Haciendo las cosas bien, cumpliendo la ley no teniendo nada en cuenta en extranjero a fecha 31/12 ni en Exchanges a ser posible (aunque si tienes las cryptos en Binance, daría igual, pues esa ley ya existía de antes y ahora la promueven, sin más, pero aconsejable no tener nunca nada en exchanges, por seguridad).
Y poco más... no vamos a estar repitiendo. Uso normalito, el ya comentado. Uso ya más gordo, el otro.
Se de gente que se ha decidido vender antes o porque tienen mucho invertido en minería y se ha comprado barcos etc y creéme, pagan 0%, haciendo las cosas bien, obviamente.
DarkMessiah escribió:BeRReKà escribió:DarkMessiah escribió:
No se qué parte de no tener más de 50K en cuenta en extranjero, no entiendes.
Para cantidades mayores, Sociedad. Fin.
Da igual que no llegues al mínimo para declarar, la investigación en ese caso es por blanqueo de capitales, vas a tener que aclarar igualmente de donde has sacado el dinero y si es de cripto, el mínimo no son 50k.
Venga, perfecto.
BeRReKà escribió:DarkMessiah escribió:EDIT: Ah y de ahí lo de Wallet 2. En el momento que pasas de Binance --> Wallet 1 --> Wallet 2, rompes toda vinculación posible con Binance.
Que sí, que te puedes meter por blockchain y ver los movimientos, pero eso realmente no demuestra nada y de nuevo, eso sería si haces realmente las cosas mal y promueves una investigación de Hacienda.
Haciendo las cosas bien, cumpliendo la ley no teniendo nada en cuenta en extranjero a fecha 31/12 ni en Exchanges a ser posible (aunque si tienes las cryptos en Binance, daría igual, pues esa ley ya existía de antes y ahora la promueven, sin más, pero aconsejable no tener nunca nada en exchanges, por seguridad).
Y poco más... no vamos a estar repitiendo. Uso normalito, el ya comentado. Uso ya más gordo, el otro.
Se de gente que se ha decidido vender antes o porque tienen mucho invertido en minería y se ha comprado barcos etc y creéme, pagan 0%, haciendo las cosas bien, obviamente.
Lo de tener dos wallets te sirve ahora, pero los delitos de hacienda prescriben a los 4 años, que es posible que no pase nada, pues puede ser, pero es mejor no dejar las cosas en negro sobre blanco.
La gente que mueve dinero lo hace con una sociedad y en el extranjero, o con el culo apretado pasando por exchanges con tier 1 sin identificar. Lo que seguro que no han hecho es pasar 30k a una cuenta Vivid a su nombre, no se me ocurre otra forma más rápida de acabar en el juzgado, y no en el futuro de aquí cuatro años o cuando se pongan más serios, ahora.
No sé, creo que hay un punto medio entre meterle miedo a la gente y recomendar insensateces, yo por lo menos prefiero pecar de lo primero.
DarkMessiah escribió:Que para tí si no estás acostumbrado, lo mismo ingresar "x" te parece mucho, pero para los bancos / Hacienda que ven cantidades enormes, que meta alguien 200 eurillos, 1500 eurillos en varias veces.... pues eso, les provoca la risa.
DarkMessiah escribió:Y de nuevo, hay que hablar sabiendo de lo que se habla, no que si delitos y demás tonterías, fruto de primero no haberlo hecho uno mismo como para saber de lo que se habla y segundo de hablar pues por hablar, sin estar en el mundillo, por mucho que en 2015 estuvieses comentando cosas de Bitcoin, que lo mismo hasta vendiste en su día y estás escocido y ahora a malmeter para meter miedo a la gente, vete tú a saber, no? .
LLioncurt escribió:@DarkMessiah No voy a discutir más contigo, que decida moderación si tu mensaje tiene cabida o no en este foro.
DarkMessiah escribió:@BeRReKà no pierdo más el tiempo contigo. Si no sabes hacer bien las cosas y legalmente encima, ni entiendes diferencia entre eludir y evadir y resto de cosas comentadas, no hay motivo a seguir contestando.LLioncurt escribió:@DarkMessiah No voy a discutir más contigo, que decida moderación si tu mensaje tiene cabida o no en este foro.
Lo grave es hablar desde la ignorancia y estar diciendo que hacer esos métodos es algo ilegal y encima llamarlo evadir, signo de que no tienes ni idea de lo que hablas.
Eso si, para más meme dices todo eso, fruto de la ignorancia, desde Alemania.
Tampoco perderé más el tiempo contigo, pero todo es totalmente legal, que tú quieras hacer ver otra cosa, es tu problema.
Y añado de créditos:
Por hacer compras regulares con tu tarjeta de Vivid --> Se ve que no sabes de lo que hablas. No mandas desde una wallet a vivid NADA. Mandas a un exchange y desde el exchange a Vivid. Ese exchange está fuera de Europa y por lo tanto Hacienda no tiene acceso al contenido de lo que hay en el exchange NUNCA, salvo investigación con orden judicial. Por lo tanto, el dinero que va a Vivid JAMÁS Hacienda va a saber de dónde viene, a no ser que estés en una investigación judicial.
Para levantar sospechas por blanqueo de capitales, a nivel Europeo, son cantidades grandes y para curarte en salud, nunca has de hacer operaciones de retirada en efectivo ni gasto con tarjeta de 3000 eur a la vez o importes de más de 10mil eur entre bancos. Así que no sabes de lo que hablas...
Este sistema es perfectamente válido.
En cuanto al Sepblac, tienes de limitaciones 120Mil eur al año o 10mil eur al mes. Si tú haces gastos por encima de 10mil eur al mes, con tu Visa, OBVIAMENTE levantas sospechas. Pero es que Vivid es para gastos PEQUEÑOS. Aunque hicieras 10mil eur al mes y al mes siguiente hicieses 2 mil, si en tu media no superas 120mil lo más probable es que ni te presten atención.
Y de bonus track para @LLioncurt que dice que cualquier otro valor es de declaración OBLIGATORIA... se ve que tienes intereses en que la gente pase por la rueda. La ley sí, dice que informes de las permutas y compras de criptomonedas siempre y cuando haya una conversión a FIAT y una devolución de ese dinero, a tu cuenta española o que exista una permuta por la cual, Hacienda tenga acceso y se considere una compra/venta. Si compras 10Mil en BTC y los dejas holdeando no hay que informar, al no haber variación patrimonial. El día que se venda, si se opera en exchange fuera de Europa, Hacienda no tiene acceso, por lo tanto, no hay por qué informar.
Por querer, Hacienda quiere que informes hasta lo que tienes en las Wallets, las cuales no te identifican, pero la realidad es que si no tiene acceso, nuestra única obligación de declarar e informar es de cualquier tenencia de criptomonedas a fecha 31/12, por lo cual, si envías dichas cryptos antes de esa fecha, a una wallet, la cual NO te identifica, no tienes obligación (de nuevo, todo legal, cumples la ley).
Claramente tienes algún interés en promover eso que dices, para meter miedo. No se incumple ninguna ley con todo esto, por lo tanto es legal. No hay ninguna ley que te permita comprar cryptos, venderlas, llevarlas a una wallet, hacer permutas, que tengas una cuenta en extranjero y menos que te obligue a informar sobre el dinero FIAT que tienes en una cuenta extranjera, cuando sea inferior a 50K eur. Además, no existe ninguna ley que no te permita hacer gastos y compras con tu tarjeta (Vivid), sin problema. CERO leyes contra eso.
Así que, lo dicho, antes de hablar, meter miedo, decir que es ILEGAL y todo eso... hay que saber de lo que se habla, salvo que se tenga intereses ocultos en que la gente pase por la caja, claro.
Todo esto está dentro de la ley al 100% y no hay más.
BeRReKà escribió:DarkMessiah escribió:@BeRReKà no pierdo más el tiempo contigo. Si no sabes hacer bien las cosas y legalmente encima, ni entiendes diferencia entre eludir y evadir y resto de cosas comentadas, no hay motivo a seguir contestando.LLioncurt escribió:@DarkMessiah No voy a discutir más contigo, que decida moderación si tu mensaje tiene cabida o no en este foro.
Lo grave es hablar desde la ignorancia y estar diciendo que hacer esos métodos es algo ilegal y encima llamarlo evadir, signo de que no tienes ni idea de lo que hablas.
Eso si, para más meme dices todo eso, fruto de la ignorancia, desde Alemania.
Tampoco perderé más el tiempo contigo, pero todo es totalmente legal, que tú quieras hacer ver otra cosa, es tu problema.
Y añado de créditos:
Por hacer compras regulares con tu tarjeta de Vivid --> Se ve que no sabes de lo que hablas. No mandas desde una wallet a vivid NADA. Mandas a un exchange y desde el exchange a Vivid. Ese exchange está fuera de Europa y por lo tanto Hacienda no tiene acceso al contenido de lo que hay en el exchange NUNCA, salvo investigación con orden judicial. Por lo tanto, el dinero que va a Vivid JAMÁS Hacienda va a saber de dónde viene, a no ser que estés en una investigación judicial.
Para levantar sospechas por blanqueo de capitales, a nivel Europeo, son cantidades grandes y para curarte en salud, nunca has de hacer operaciones de retirada en efectivo ni gasto con tarjeta de 3000 eur a la vez o importes de más de 10mil eur entre bancos. Así que no sabes de lo que hablas...
Este sistema es perfectamente válido.
En cuanto al Sepblac, tienes de limitaciones 120Mil eur al año o 10mil eur al mes. Si tú haces gastos por encima de 10mil eur al mes, con tu Visa, OBVIAMENTE levantas sospechas. Pero es que Vivid es para gastos PEQUEÑOS. Aunque hicieras 10mil eur al mes y al mes siguiente hicieses 2 mil, si en tu media no superas 120mil lo más probable es que ni te presten atención.
Y de bonus track para @LLioncurt que dice que cualquier otro valor es de declaración OBLIGATORIA... se ve que tienes intereses en que la gente pase por la rueda. La ley sí, dice que informes de las permutas y compras de criptomonedas siempre y cuando haya una conversión a FIAT y una devolución de ese dinero, a tu cuenta española o que exista una permuta por la cual, Hacienda tenga acceso y se considere una compra/venta. Si compras 10Mil en BTC y los dejas holdeando no hay que informar, al no haber variación patrimonial. El día que se venda, si se opera en exchange fuera de Europa, Hacienda no tiene acceso, por lo tanto, no hay por qué informar.
Por querer, Hacienda quiere que informes hasta lo que tienes en las Wallets, las cuales no te identifican, pero la realidad es que si no tiene acceso, nuestra única obligación de declarar e informar es de cualquier tenencia de criptomonedas a fecha 31/12, por lo cual, si envías dichas cryptos antes de esa fecha, a una wallet, la cual NO te identifica, no tienes obligación (de nuevo, todo legal, cumples la ley).
Claramente tienes algún interés en promover eso que dices, para meter miedo. No se incumple ninguna ley con todo esto, por lo tanto es legal. No hay ninguna ley que te permita comprar cryptos, venderlas, llevarlas a una wallet, hacer permutas, que tengas una cuenta en extranjero y menos que te obligue a informar sobre el dinero FIAT que tienes en una cuenta extranjera, cuando sea inferior a 50K eur. Además, no existe ninguna ley que no te permita hacer gastos y compras con tu tarjeta (Vivid), sin problema. CERO leyes contra eso.
Así que, lo dicho, antes de hablar, meter miedo, decir que es ILEGAL y todo eso... hay que saber de lo que se habla, salvo que se tenga intereses ocultos en que la gente pase por la caja, claro.
Todo esto está dentro de la ley al 100% y no hay más.
Pensaba que habías abandonado el debate, me alegra que no, tampoco era para enfadarse.
El problema es que el discurso se cae cuando tienes obligación de declarar todas las permutas, me parece que antes de dar consejos deberías atender los tuyos y aprender la diferencia entre evadir y eludir.
Que digas que no existe ninguna ley no plasma más que tu desconocimiento, y el límite para blanqueo de capitales no es nada alto, son 2500€ al año sumando todas las transacciones, te lo digo con conocimiento de causa.
DarkMessiah escribió:BeRReKà escribió:DarkMessiah escribió:@BeRReKà no pierdo más el tiempo contigo. Si no sabes hacer bien las cosas y legalmente encima, ni entiendes diferencia entre eludir y evadir y resto de cosas comentadas, no hay motivo a seguir contestando.
Lo grave es hablar desde la ignorancia y estar diciendo que hacer esos métodos es algo ilegal y encima llamarlo evadir, signo de que no tienes ni idea de lo que hablas.
Eso si, para más meme dices todo eso, fruto de la ignorancia, desde Alemania.
Tampoco perderé más el tiempo contigo, pero todo es totalmente legal, que tú quieras hacer ver otra cosa, es tu problema.
Y añado de créditos:
Por hacer compras regulares con tu tarjeta de Vivid --> Se ve que no sabes de lo que hablas. No mandas desde una wallet a vivid NADA. Mandas a un exchange y desde el exchange a Vivid. Ese exchange está fuera de Europa y por lo tanto Hacienda no tiene acceso al contenido de lo que hay en el exchange NUNCA, salvo investigación con orden judicial. Por lo tanto, el dinero que va a Vivid JAMÁS Hacienda va a saber de dónde viene, a no ser que estés en una investigación judicial.
Para levantar sospechas por blanqueo de capitales, a nivel Europeo, son cantidades grandes y para curarte en salud, nunca has de hacer operaciones de retirada en efectivo ni gasto con tarjeta de 3000 eur a la vez o importes de más de 10mil eur entre bancos. Así que no sabes de lo que hablas...
Este sistema es perfectamente válido.
En cuanto al Sepblac, tienes de limitaciones 120Mil eur al año o 10mil eur al mes. Si tú haces gastos por encima de 10mil eur al mes, con tu Visa, OBVIAMENTE levantas sospechas. Pero es que Vivid es para gastos PEQUEÑOS. Aunque hicieras 10mil eur al mes y al mes siguiente hicieses 2 mil, si en tu media no superas 120mil lo más probable es que ni te presten atención.
Y de bonus track para @LLioncurt que dice que cualquier otro valor es de declaración OBLIGATORIA... se ve que tienes intereses en que la gente pase por la rueda. La ley sí, dice que informes de las permutas y compras de criptomonedas siempre y cuando haya una conversión a FIAT y una devolución de ese dinero, a tu cuenta española o que exista una permuta por la cual, Hacienda tenga acceso y se considere una compra/venta. Si compras 10Mil en BTC y los dejas holdeando no hay que informar, al no haber variación patrimonial. El día que se venda, si se opera en exchange fuera de Europa, Hacienda no tiene acceso, por lo tanto, no hay por qué informar.
Por querer, Hacienda quiere que informes hasta lo que tienes en las Wallets, las cuales no te identifican, pero la realidad es que si no tiene acceso, nuestra única obligación de declarar e informar es de cualquier tenencia de criptomonedas a fecha 31/12, por lo cual, si envías dichas cryptos antes de esa fecha, a una wallet, la cual NO te identifica, no tienes obligación (de nuevo, todo legal, cumples la ley).
Claramente tienes algún interés en promover eso que dices, para meter miedo. No se incumple ninguna ley con todo esto, por lo tanto es legal. No hay ninguna ley que te permita comprar cryptos, venderlas, llevarlas a una wallet, hacer permutas, que tengas una cuenta en extranjero y menos que te obligue a informar sobre el dinero FIAT que tienes en una cuenta extranjera, cuando sea inferior a 50K eur. Además, no existe ninguna ley que no te permita hacer gastos y compras con tu tarjeta (Vivid), sin problema. CERO leyes contra eso.
Así que, lo dicho, antes de hablar, meter miedo, decir que es ILEGAL y todo eso... hay que saber de lo que se habla, salvo que se tenga intereses ocultos en que la gente pase por la caja, claro.
Todo esto está dentro de la ley al 100% y no hay más.
Pensaba que habías abandonado el debate, me alegra que no, tampoco era para enfadarse.
El problema es que el discurso se cae cuando tienes obligación de declarar todas las permutas, me parece que antes de dar consejos deberías atender los tuyos y aprender la diferencia entre evadir y eludir.
Que digas que no existe ninguna ley no plasma más que tu desconocimiento, y el límite para blanqueo de capitales no es nada alto, son 2500€ al año sumando todas las transacciones, te lo digo con conocimiento de causa.
Sigues sin enterarte. Puedes hacer 9999999999999999999999 permutas en Binance, que Hacienda sabe y sabrá cero.
El día que te enteres de cómo va el asunto, me avisas.
BeRReKà escribió:DarkMessiah escribió:BeRReKà escribió:
Pensaba que habías abandonado el debate, me alegra que no, tampoco era para enfadarse.
El problema es que el discurso se cae cuando tienes obligación de declarar todas las permutas, me parece que antes de dar consejos deberías atender los tuyos y aprender la diferencia entre evadir y eludir.
Que digas que no existe ninguna ley no plasma más que tu desconocimiento, y el límite para blanqueo de capitales no es nada alto, son 2500€ al año sumando todas las transacciones, te lo digo con conocimiento de causa.
Sigues sin enterarte. Puedes hacer 9999999999999999999999 permutas en Binance, que Hacienda sabe y sabrá cero.
El día que te enteres de cómo va el asunto, me avisas.
Yo no estoy hablando de que hacienda se entere o se deje de enterar por eso, te estoy diciendo que es ilegal y que si te pillan, cosa que es bastante fácil que ocurra si sigues los métodos que aconsejas a los demás, te va a traer problemas.
Deja de decir que lo que haces es eludir entonces, estás evadiendo y parece que entiendes el concepto.
En caso de querer declarar actividad económica con criptomonedas, los propios contribuyentes que hayan realizado transacciones con estas divisas es posible que reciban un mensaje de la Dirección General de Tributos de España.
Se trata de un mensaje tipo en el que se informa de que se han realizado operaciones con esas divisas y donde se recuerda que esa actividad está sujeta a IRPF con la calificación de ganancias patrimoniales. Para incluir esos movimientos en la declaración hay que ir hasta la casilla 389, que es la que lleva el título de “Otras ganancias patrimoniales a integrar en la base imponible del ahorro”.
DarkMessiah escribió:BeRReKà escribió:DarkMessiah escribió:
Sigues sin enterarte. Puedes hacer 9999999999999999999999 permutas en Binance, que Hacienda sabe y sabrá cero.
El día que te enteres de cómo va el asunto, me avisas.
Yo no estoy hablando de que hacienda se entere o se deje de enterar por eso, te estoy diciendo que es ilegal y que si te pillan, cosa que es bastante fácil que ocurra si sigues los métodos que aconsejas a los demás, te va a traer problemas.
Deja de decir que lo que haces es eludir entonces, estás evadiendo y parece que entiendes el concepto.
De ilegal tiene cero, así que deja de desinformar.
En todo caso, al margen de la ley a día de hoy, ya que no hay ahora mismo NADA, NINGUNA ley que toque dichos puntos. Te ciñes al miedo y al desconocimiento y siempre hay matices y cumpliendo siempre la ley, hacer todo lo que he comentado arriba bien explicado es 900000% legal y sino traéme una ley que diga lo contrario, de las cosas que he puesto arriba, esperando estoy.
Ya te digo, que no pondrás ninguna, porque ninguna cubre eso ni lo prohibe, así que de nuevo, deja de hablar si no tienes ni idea de lo que hablas.
«1. Los obligados tributarios deberán suministrar a la Administración
Tributaria, conforme a lo dispuesto en los artículos 29 y 93 de esta Ley y en los
términos que reglamentariamente se establezcan, la siguiente información:
d) Información sobre las monedas virtuales situadas en el extranjero de las
que se sea titular, o respecto de las cuales se tenga la condición de beneficiario o
autorizado o de alguna otra forma se ostente poder de disposición, custodiadas
por personas o entidades que proporcionan servicios para salvaguardar claves
criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y
transferir monedas virtuales.
DarkMessiah escribió:Última cosa que añado al respecto, porque está claro que es inútil y no te enteras, fruto del desconocimiento y miedo, no pasa nada.
También que le aplique a @Thalandor que parece que tampoco se entera.
DarkMessiah escribió:La respuesta fácil es siempre la misma. No es Evasión, siempre y cuando no esté infringiendo una ley.
DarkMessiah escribió:Compras 1000 eur desde cuenta española en Binance. Es legal?, sí. Tengo que informar de la compra?, no. Sólo hay que informar por operaciones de compra/venta. Bien. En Binance cojo y lo mando a una Wallet. Hay algo ilegal?. Cero. Tengo obligación de informar?, tampoco. En esa wallet, que no es mía ni me identifica, lo envío a otra wallet. De esa wallet, lo mando a un 2º exchange. He hecho algo mal?, hay alguna ilegalidad?. Hay alguna ley que me diga que tengo que informar de que tengo ahí algo actualmente?. NO. La única ley nueva es la de informar de la tenencia de cryptomonedas a 31/12, tan fácil como sacarlas antes. Dónde está el incumplimiento de una ley que convierta esto en Evasión fiscal?, en la mente de alguno de los que hablan sin tener ni idea.
DarkMessiah escribió:Ahora si cojo este dinero y lo envío a un banco Alemán (Vivid), es ilegal que tenga un banco en Alemania?. NO. Es ilegal el que no informe del dinero que tengo en ese banco Alemán si estoy dentro de los límites del modelo 720?. NO. Si lo superara, sí, pero no se supera luego no hay que informar. Es ilegal que enviemos dinero de un exchange a nuestra cuenta de Alemania?. NO. Siempre y cuando cumplas los límites del 720, totalmente legal. Podríamos tener 3 millones de Euros en Kraken y no tendríamos obligación de informar. La única información que tenemos obligación de aportar es la de cryptos a fecha 31/12 en exchange extranjeros. No hablan de FIAT. Los exchange a día de hoy, no se consideran cuentas de banco, por lo tanto, el dinero que tengamos en FIAT en un exchange, no suma para el modelo 720 en las cuentas extranjeras.
DarkMessiah escribió:Si no se incumple la ley en ninguno de los pasos, no es Evasión es ELUSIÓN.
Me gustaría ver los que comentan estas tonterías sin conocimiento, la velocidad a la que van con el coche, si se ciñen a los 120Km/h en el caso de estar en España.
DarkMessiah escribió:No se comete ningún delito ni se salta ninguna regla a día de hoy, que lo convierta en Evasión. A las gestorías obviamente, les interesa que la gente pague, porque viven de eso. Abogados igual, consultores... batalla perdida.
DarkMessiah escribió:Desde 2018 hay consultas vinculantes con Hacienda del tema de las permutas. A día de hoy, una permuta es un cambio de una crytpo, una por otra. El dinero se gana cuando vendas eso que has cambiado, no por la permuta. Hacienda pretende, ya que no puede hacerte pagar por las cryptomonedas, puesto que no son monedas ni valor, quieren que le informes cuánto vale la crypto cuando la compras / cambias y cuánto vale cuando la vendes, para que ellos decidan cuanto has de pagar. Eso lo pueden hacer en exchanges europeos, pero no los que están fuera de Europa, simplemente.
Intereses ocultos de algunos. Si haces bien las cosas y lógicamente, de manera legal, 0 problemas, 0 ilegalidades. Es más, conozco gente que ha informado de lo que tiene y les han multado, lo contrario a gente que hace las cosas como se deberían hacer y como sería justo que fuesen (rollo Portugal, etc) que si así fuese en España, pues se haría de esa manera, pero como no, pues dentro de la legalidad, se usan otros métodos, sin más.
Matices, saber qué se puede hacer y qué no y dejar de intentar meter miedo, cuando todo es completamente legal.
@BeRReKà De nuevo, coges una ley y no sabes realmente de qué va el asunto ni cómo aplica realmente, meter miedo por meter ¿no trabajarás en una consultoría o similar?. Demasiados intereses en insistir con lo mismo y más no teniendo razón.
DarkMessiah escribió:5. Tributación de criptomonedas en el Impuesto sobre el Patrimonio
En el caso de que una persona física tenga criptomonedas estas se deberán considerar a la hora de determinar el valor del patrimonio de esa persona. Si se superan los mínimos exentos para la declaración en cada comunidad autónoma (por ejemplo, en Cataluña, el mínimo exento para 2020 es de 500.0000 euros), se deberá presentar el Impuesto sobre el Patrimonio.
DarkMessiah escribió:Para establecer el valor de las criptomonedas de cara a su declaración en el IP, se deberá tener en cuenta su valor a 31 de diciembre del ejercicio que se va a declarar.
No tienes nada a fecha 31/12, nada que declarar.
No sale esa fecha en el BOE, PERO como es información de activos que tienes en extranjero, el modelo sobre el que hay que informar es el modelo 720 y este modelo se aplica a fecha 31/12. Excepto en lo de la cantidad de los 50K Eur, que además de la fecha 31/12, lo aplican a la media del último trimestre.
Por eso, a fecha 31/12 no tener cryptos en exchange extranjeros y a fecha 31/12 no tener nada en cuentas en extranjero.
DarkMessiah escribió:En lo referido a cuentas en extranjero, ese texto ya existía en la legislación, tal y como está. Se vieron obligados a poner un límite de 50K Eur. A día de hoy, no se aplica que tengas que informar de cuentas si tienes "1" Eur. En el BOE no dice nada, ni cómo tienes que informar sobre qué cryptos son, cuál es su valor.... el BOE no informa de nada.
DarkMessiah escribió:Antes de final de año, se espera que haya un BOE nuevo que especifique algo más al respecto.
BeRReKà escribió:DarkMessiah escribió:Última cosa que añado al respecto, porque está claro que es inútil y no te enteras, fruto del desconocimiento y miedo, no pasa nada.
También que le aplique a @Thalandor que parece que tampoco se entera.
Si fueras menos condescentiende en tus debates a lo mejor aprenderías algo.
Tienes la ley más arriba, léetela y aprende, deja de hacer perder el tiempo a los demás. Si estás obligado a declarar y no lo haces no estás eludiendo, estás evadiendo y no me lo vas a tener que explicar ni a mí ni al resto de usuarios, te va a tocar explicárselo a Hacienda y ahí la presunción de inocencia brilla, espero que no te veas en la situación.
Tienes que informar de cualquier permuta, su hubieras leído lo sabrías.
Si mandas ese dinero a Alemania y la cantidad supera el limite para la alarma, lo primero que vas a tener es al sepblac detrás para preguntarte de donde ha salido, y si no lo explicas te pueden imputar por blanqueo de capitales, no por evasión fiscal ni elusión ni demás chorradas que acaban en una multa económica.
Estás recomendando un camino que lleva al juzgado, yo solo te pido que tengas cuidado.
A mí me da igual que tú incumplas le ley, pero si das consejos por lo menos hazlo bien, coño.
Solo te saltas la obligación de declarar.
Tú sigue pensando que todo el que no te da la razón tiene intereses ocultos detrás o está quemado con el bitcoin, sigue, que te auguro un buen futuro.
A lo mejor lo que pasa es que tú trabajas para hacienda y por eso repartes consejos tan buenos.
¿Y que te crees que va a pasar si pasas de tu cuenta de cripto a Vivid por mucho que sea Alemania? Si te pasas del limite de patrimonio estás fuera, pero tú le dices a la gente que lo haga, que es irrastreable y no sé que chorradas más, no señor, ten cuidado porqué a más de uno le puedes hacer un buen destrozo, y tú te vas a quedar en tu casa viendo la tele.
Según la ultima modificación tienes que declarar cualquier compra, si hubiera leído en vez de recomendar hacerlo a los demás igual lo sabrías.
Hierras y mucho, de momento sí se aplica, está aprobada desde el 30 de junio. No hay límite de 50k€, tienes que informar cualquier cantidad.
urilic escribió:disculpad que me entrometa, ya que sinceramente estoy leyendo todo lo que decís y me suena a medio chino.
Tal y como comentaba antes, yo lo haría 100% legal, ya que si me quitan dinero de algo que he ganado, pues mientras sea eso...
Decís que tienes que declarar cualquier compra-venta-intercambio de estas cryptos, pues mi pregunta es, como declaro cualquier cosa que haga? lo voy anotando en un papelito para ponerlo en la renta? si un dia me vuelvo loco y empiezo a comprar, vender, comprar, todo eso debo de notificarlo? de qué manera?
Gracias y perdonad si son preguntas chorras, pero no tengo ni idea de eso
DarkMessiah escribió:Sigues sin enterarte, como bonus de caridad, te respondo.
Hablas y comentas, sin tener ni idea, cuando las cosas son tal y como las digo, bastante has tardado en responder, intentando ver "qué decir".
Te sigues sin enterar, además de no tener ni idea, no sabes leer. Estás obligado a fecha 31/12 debido al modelo 720, que no te enteras. Eres un poquito lamentable.
Pffff en fin, siguiente, es inútil.
¿Pero quién habla de superar límites?, ¿ves como hablas y llevas las cosas a donde te conviene?. Haciendo las cosas BIEN, respetando la ley, todo legal. Obviamente, si superas límites y no informas, la estás cagando, OBVIO, pero nadie habla de superar límites, así que deja de inventar, anda.
un pre-playa de las cryptos metiendo FEAR, lo que faltaba ya
Veintiséis. Se modifican los apartados 1 y 2 de la disposición adicional decimoctava, que quedan redactados de la siguiente forma:
(...)
d) Información sobre las monedas virtuales situadas en el extranjero de las que se sea titular, o respecto de las cuales se tenga la condición de beneficiario o autorizado o de alguna otra forma se ostente poder de disposición, custodiadas por personas o entidades que proporcionan servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales
(...)
Disposición final séptima. Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». No obstante:
a) Los apartados cuatro y veintiuno del artículo decimotercero y la disposición adicional segunda entrarán en vigor transcurrido el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta Ley.
b) Los apartados uno, tres, cuatro, cinco y siete del artículo primero y el artículo segundo tendrán efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2021.
c) Los apartados cinco y siete del artículo tercero y la disposición adicional primera tendrán efectos desde 1 de enero de 2022.
d) Los apartados uno, dos, tres, cuatro y seis del artículo tercero tendrán efectos desde la entrada en vigor de esta Ley.
e) Los apartados dos y seis del artículo primero tendrán efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2022.