Declaración de la Renta 2020

@QueTeCuro @kulunguelejfn
Yo el año pasado la hice en mayo por teléfono directamente con Hacienda y me dijeron que en 10 dias aproximadamente me devolvian y siempre me ponía lo de se esta tramitando y hasta noviembre/ diciembre no me lo devolvieron porque la persona que me lo hizo, la hizo mal
seil escribió:@QueTeCuro @kulunguelejfn
Yo el año pasado la hice en mayo por teléfono directamente con Hacienda y me dijeron que en 10 dias aproximadamente me devolvian y siempre me ponía lo de se esta tramitando y hasta noviembre/ diciembre no me lo devolvieron porque la persona que me lo hizo, la hizo mal


No se quizas la lie, yo la hice telematica, salia la opcion de solicitar la devolucion y asi lo hice
una pregunta, el año pasado nació mi segundo hijo.
Mi pareja tiene uno y éste, y yo dos y éste, de modo que somos familia numerosa y tenemos los carnets tramitados, pero este año aunque realmente lo somos desde junio del pasado año.
¿Podemos acogernos igualmente a la deducción por familia numerosa? o sólo se puede desde que tienes el carnet?

Gracias.
Kill3R_1 escribió:una pregunta, el año pasado nació mi segundo hijo.
Mi pareja tiene uno y éste, y yo dos y éste, de modo que somos familia numerosa y tenemos los carnets tramitados, pero este año aunque realmente lo somos desde junio del pasado año.
¿Podemos acogernos igualmente a la deducción por familia numerosa? o sólo se puede desde que tienes el carnet?

Gracias.

Juraría que la aplicación te pide el número y la fecha.
De todas formas en datos fiscales te deberían de salir los meses a los que tenéis derecho
Una consulta, en el borrador me solicita que confirme la propiedad que tengo y la hipoteca, esta se formalizó en el 2019, se supone que no tengo derecho a deducion, pero si añado estos datos me devuelven 400€

No tengo muy claro si añadirlo o no.
Como carajo se solicita un nif provisional para UN menor? El Modelo 036 me pide un nif ( qué no tiene, por ESO lo pido!!)
ivangl escribió:Una consulta, en el borrador me solicita que confirme la propiedad que tengo y la hipoteca, esta se formalizó en el 2019, se supone que no tengo derecho a deducion, pero si añado estos datos me devuelven 400€

No tengo muy claro si añadirlo o no.


No. Tienes que decirle que no.
Si no, te mete la deducción y vas a tener lío

@gordosam yo iría a hacerle el DNI y matas dos pájaros de un tiro.
Si no es el modelo 030, no el 036.
Ufff es qué el DNI, con certificado literal y el mes de espera qué hay en mi zona....
He intentado el 030 telematicamente pero me da qué no va colar.
Hola gente! Me he puesto a hacer el borrador y he visto que tengo una deducción autonómica al ser de la rioja por comprar una bicicleta de pedaleo no asistido en 2020 (una bici a pedales de toda la vida).
El caso es que pone que tengo que presentar la factura, pero no pone donde. Pego el artículo:

16. Deducción por adquisición de bicicletas de pedaleo no asistido. Deducción nueva introducida por la Ley 2/2020 de 30 de enero de LMFA para 2020.
Las adquisiciones de bicicletas de pedaleo no asistido darán derecho a practicar una deducción del 15 % del importe de aquellas, con un límite máximo de 50 euros por vehículo y, a su vez, de 2 vehículos por unidad familiar. En el caso de matrimonios en régimen de gananciales que presenten declaraciones individuales, se prorrateará el importe de las deducciones por partes iguales.

La práctica de esta deducción quedará condicionada a su justificación documental mediante la correspondiente factura.

Y os pongo este link:
https://www.iberley.es/temas/deduccion-adquisicion-bicicletas-pedaleo-no-asistido-rioja-ejercicio-2020-c13577

¿Alguien sabe algo? Gracias!
rubenozgza escribió:Hola gente! Me he puesto a hacer el borrador y he visto que tengo una deducción autonómica al ser de la rioja por comprar una bicicleta de pedaleo no asistido en 2020 (una bici a pedales de toda la vida).
El caso es que pone que tengo que presentar la factura, pero no pone donde. Pego el artículo:

16. Deducción por adquisición de bicicletas de pedaleo no asistido. Deducción nueva introducida por la Ley 2/2020 de 30 de enero de LMFA para 2020.
Las adquisiciones de bicicletas de pedaleo no asistido darán derecho a practicar una deducción del 15 % del importe de aquellas, con un límite máximo de 50 euros por vehículo y, a su vez, de 2 vehículos por unidad familiar. En el caso de matrimonios en régimen de gananciales que presenten declaraciones individuales, se prorrateará el importe de las deducciones por partes iguales.

La práctica de esta deducción quedará condicionada a su justificación documental mediante la correspondiente factura.

Y os pongo este link:
https://www.iberley.es/temas/deduccion-adquisicion-bicicletas-pedaleo-no-asistido-rioja-ejercicio-2020-c13577

¿Alguien sabe algo? Gracias!


Ese tipo de requisitos (aportar la factura) hay que cumplirlos cuando te los pidan.
Me explico. Cuando alguien pone cualquier gasto (da igual sindicatos, cuotas a la seguridad social o deducción por donación x) tiene que poder justificar documentalmente las operaciones que declara.
Pero no es necesario aportar esa documentación salvo que se pida.

Entiendo que en este caso es lo mismo. Tienes que tener la factura y ya te la pedirán si la quieren.
El manual de irpf pone lo que has pegado y debajo como aclaración:
“ Por tanto, la deducción sólo podrá aplicarla aquel o aquellos a cuyo nombre se emita la factura, con la excepción que indicamos en el punto siguiente. Cuando haya más de un titular de la factura, el importe satisfecho y el límite máximo de deducción por vehículo se prorrateará entre ellos.”
Andrómeda escribió:Yo la hice online el día 8, me devuelven, de momento no me han ingresado. Es la primera vez que tarda tanto en tramitarse.


29/04/2021 (email)
Se ha ordenado el pago de su devolución del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2020

Este año no me ha llegado ningún SMS como siempre, acabo de mirar ahora el correo y lo ví por ahí entre el spam.
De momento no me han ingresado nada en cuenta.
Yo desde el día 7 hecha y me sigue poniendo en trámite.
Buenas.. una duda. El sepe me pago de mas estando en erte.. pero como puedo saber la cantidad exacta??? Soy de barcelona y no he recibido carta alguna del sepe reclamandome nada.. pero en la declaracion tengo que poner el importe exacto o tendre que pagar mas irpf y luego reclamarselo yo...

Sabeis donde puedo ver estos datos?? La web del sepe sirve para algo?
La web de hacienda me pide la referencia catastral para acceder a mi borrador, pero estoy viviendo de alquiler. Imagino que la dirección de el piso en el que estoy no me identifique a mi, ¿que hago en estos casos?.

P.D: Si convives con un ascendiente (padre o madre), sin minusvalías, y con una renta superior a 8000 euros anuales, entonces no hay que declarar la convivencia, ¿verdad?.
Señor Ventura escribió:La web de hacienda me pide la referencia catastral para acceder a mi borrador, pero estoy viviendo de alquiler. Imagino que la dirección de el piso en el que estoy no me identifique a mi, ¿que hago en estos casos?.

P.D: Si convives con un ascendiente (padre o madre), sin minusvalías, y con una renta superior a 8000 euros anuales, entonces no hay que declarar la convivencia, ¿verdad?.


En el contrato de alquiler debería salir la referencia catastral. Si no puedes buscarla en la web del catastro por la dirección o pedírsela al propietario

Respecto a lo segundo, así es
@martuka_pzm Se me ha complicado todo un poco.

-A principios del 2020 se vendió una propiedad, y entre febrero y marzo se dejó de vivir allí.
-A finales del 2020 se vendió otra propiedad, y a últimos de año nos fuímos a vivir a otro lado de alquiler.

Haciendo la declaración de la renta me piden incorporar la información catastral de ambas viviendas, pero la casilla que mas se acerca a lo que creo que debería marcar, es “vivienda habitual en 2020”, pero en la primera dirección solo fué ocupada durante dos o tres meses, y la segunda unos 9 o 10 meses.

¿Marco en las dos “vivienda habitual en 2020”?.



Gracias de antemano, si no fuera por ti ya tendría que estar esperando al lunes para saber que hacer ^^u
Señor Ventura escribió:@martuka_pzm Se me ha complicado todo un poco.

-A principios del 2020 se vendió una propiedad, y entre febrero y marzo se dejó de vivir allí.
-A finales del 2020 se vendió otra propiedad, y a últimos de año nos fuímos a vivir a otro lado de alquiler.

Haciendo la declaración de la renta me piden incorporar la información catastral de ambas viviendas, pero la casilla que mas se acerca a lo que creo que debería marcar, es “vivienda habitual en 2020”, pero en la primera dirección solo fué ocupada durante dos o tres meses, y la segunda unos 9 o 10 meses.

¿Marco en las dos “vivienda habitual en 2020”?.



Gracias de antemano, si no fuera por ti ya tendría que estar esperando al lunes para saber que hacer ^^u


A ver al entrar al inicio del todo tienes que poner donde vives ahora porque se toma como domicilio fiscal lo que ahí pongas.

Otra cosa son los inmuebles que después incluyas en la declaración.
En esas viviendas tienes que poner cuantos días ha tenido cada uso así que si fue vivienda habitual vamos a decir marzo y abril (por poner algo) sería vivienda habitual 61 días y el resto de días pues lo que haya sido
martuka_pzm escribió:A ver al entrar al inicio del todo tienes que poner donde vives ahora porque se toma como domicilio fiscal lo que ahí pongas.

Otra cosa son los inmuebles que después incluyas en la declaración.
En esas viviendas tienes que poner cuantos días ha tenido cada uso así que si fue vivienda habitual vamos a decir marzo y abril (por poner algo) sería vivienda habitual 61 días y el resto de días pues lo que haya sido


No viene esa opción. Solo pone “vivienda habitual en 2020”, ¿será que luego hay que especificar después?.

Imagino que esto no es para desgrabar, sino para meterte otra hostia al bolsillo xD
Señor Ventura escribió:
martuka_pzm escribió:A ver al entrar al inicio del todo tienes que poner donde vives ahora porque se toma como domicilio fiscal lo que ahí pongas.

Otra cosa son los inmuebles que después incluyas en la declaración.
En esas viviendas tienes que poner cuantos días ha tenido cada uso así que si fue vivienda habitual vamos a decir marzo y abril (por poner algo) sería vivienda habitual 61 días y el resto de días pues lo que haya sido


No viene esa opción. Solo pone “vivienda habitual en 2020”, ¿será que luego hay que especificar después?.

Imagino que esto no es para desgrabar, sino para meterte otra hostia al bolsillo xD


A ver no sé en qué parte de la declaración estás..

Cuando entras la primera vez antes de entrar en lo que es el modelo con los datos personales te pone una dirección y te pide ratificar o no y poner en concepto de qué vives ahí.
Ahí hay que poner donde vives ahora.

Después, tras poner datos personales te saldrán las viviendas que son o fueron de tu propiedad durante el ejercicio 2020.
Ahí te saldrán varias opciones: vivienda habitual, a disposición de sus titulares, arrendada, etc etc.
Cuando marcas una juraría que te pregunta que cuantos días al darle a confirmar.
De todas formas da igual porque una vez dentro de la declaración te salen siempre que le hayas dado a “incorporar” “Si” y podrás modificar lo que hayas puesto al inicio.
martuka_pzm escribió:A ver no sé en qué parte de la declaración estás..

Cuando entras la primera vez antes de entrar en lo que es el modelo con los datos personales te pone una dirección y te pide ratificar o no y poner en concepto de qué vives ahí.
Ahí hay que poner donde vives ahora.

Después, tras poner datos personales te saldrán las viviendas que son o fueron de tu propiedad durante el ejercicio 2020.
Ahí te saldrán varias opciones: vivienda habitual, a disposición de sus titulares, arrendada, etc etc.
Cuando marcas una juraría que te pregunta que cuantos días al darle a confirmar.
De todas formas da igual porque una vez dentro de la declaración te salen siempre que le hayas dado a “incorporar” “Si” y podrás modificar lo que hayas puesto al inicio.


Si, el domicilio fiscal está actualizado a donde vivimos ahora en alquiler.

Cuando le das a “borrador/declaración”, te aparece una página con tus datos, y la opción de declarar si tienes hijos menores, ascendientes con discapacidad, y cosas así.

En la siguiente página aparece la información catastral, y en ella aparecen las dos viviendas vendidas (una en el 2021, y otra en el 2022), en la que te pregunta si incorporarlas a la información catastral.

Si marcas la casilla para incorporarlas, te aparece una serie de opciones, y una de ellas es “vivienda habitual en 2020”.
Señor Ventura escribió:
martuka_pzm escribió:A ver no sé en qué parte de la declaración estás..

Cuando entras la primera vez antes de entrar en lo que es el modelo con los datos personales te pone una dirección y te pide ratificar o no y poner en concepto de qué vives ahí.
Ahí hay que poner donde vives ahora.

Después, tras poner datos personales te saldrán las viviendas que son o fueron de tu propiedad durante el ejercicio 2020.
Ahí te saldrán varias opciones: vivienda habitual, a disposición de sus titulares, arrendada, etc etc.
Cuando marcas una juraría que te pregunta que cuantos días al darle a confirmar.
De todas formas da igual porque una vez dentro de la declaración te salen siempre que le hayas dado a “incorporar” “Si” y podrás modificar lo que hayas puesto al inicio.


Si, el domicilio fiscal está actualizado a donde vivimos ahora en alquiler.

Cuando le das a “borrador/declaración”, te aparece una página con tus datos, y la opción de declarar si tienes hijos menores, ascendientes con discapacidad, y cosas así.

En la siguiente página aparece la información catastral, y en ella aparecen las dos viviendas vendidas (una en el 2021, y otra en el 2022), en la que te pregunta si incorporarlas a la información catastral.

Si marcas la casilla para incorporarlas, te aparece una serie de opciones, y una de ellas es “vivienda habitual en 2020”.


Vale pues es lo que te digo en el anterior mensaje. Al marcar vivienda habitual y darle a confirmar creo que pregunta número de días y si no se los metes luego.
Lo importante es que las incopores que luego el uso se puede cambiar
martuka_pzm escribió:Vale pues es lo que te digo en el anterior mensaje. Al marcar vivienda habitual y darle a confirmar creo que pregunta número de días y si no se los metes luego.
Lo importante es que las incopores que luego el uso se puede cambiar


Ya tengo las fechas concretas (o deberían serlo).

Una de las viviendas se vendió el 21-2-2020, y la otra se vendió el 22-1-2021.

En la declaración debería incluir la que se vendió en el 2020, marcar la casilla de “vivienda habitual durante el 2020”, y si me piden especificar, pues ya pongo la fecha.

¿Pasaría algo si no es la fecha exacta?.
Alguna novedad en deducciones para niños de más de 2 años?. Antes de los 2 era para chicas con contrato para cuidar el niño y creo que para guardería.
Señor Ventura escribió:
martuka_pzm escribió:Vale pues es lo que te digo en el anterior mensaje. Al marcar vivienda habitual y darle a confirmar creo que pregunta número de días y si no se los metes luego.
Lo importante es que las incopores que luego el uso se puede cambiar


Ya tengo las fechas concretas (o deberían serlo).

Una de las viviendas se vendió el 21-2-2020, y la otra se vendió el 22-1-2021.

En la declaración debería incluir la que se vendió en el 2020, marcar la casilla de “vivienda habitual durante el 2020”, y si me piden especificar, pues ya pongo la fecha.

¿Pasaría algo si no es la fecha exacta?.


Te estás liando.
Una cosa es declarar los inmuebles de los que has sido titular y otra los que has vendido.
Viendo que no estás muy entrenado en el tema, habiendo varios inmuebles y una transmisión iria a un gestor o cita en la AEAT (especifica para hacer la declaración) si cumples los requisitos
martuka_pzm escribió:Te estás liando.
Una cosa es declarar los inmuebles de los que has sido titular y otra los que has vendido.
Viendo que no estás muy entrenado en el tema, habiendo varios inmuebles y una transmisión iria a un gestor o cita en la AEAT (especifica para hacer la declaración) si cumples los requisitos


Concretamente, me pone "datos trasladables con información adicional", y ahí aparecen las dos propiedades para señalar si incorporarlas o no, ambas vendidas (una en 2020, y otra en 2021).

Imagino que deba incorporar las dos propiedades, ambas fueron la vivienda habitual durante algún periodo del 2020, ¿es así?.


El sistema dice que no puedo pedir cita porque se realizaron transmisiones de inmuebles adquiridos por herencia.



P.D: La cuestión es, ¿y si concreto mal el numero de dias, y en lugar de poner 60 son 63?.



Edit: ¿saldo neto negativo de ganancias y perdidas patrimoniales pendientes de compensar, significa que la cantidad indicada es una cantidad a pagar?.
Hola compañeros, este año he tenido la suerte de que me salga a devolver, ¿cuanto tardan normalmente?, mi renta es sencilla, no hay que rascar para encontrar nada.
Señor Ventura escribió:
martuka_pzm escribió:Te estás liando.
Una cosa es declarar los inmuebles de los que has sido titular y otra los que has vendido.
Viendo que no estás muy entrenado en el tema, habiendo varios inmuebles y una transmisión iria a un gestor o cita en la AEAT (especifica para hacer la declaración) si cumples los requisitos


Concretamente, me pone "datos trasladables con información adicional", y ahí aparecen las dos propiedades para señalar si incorporarlas o no, ambas vendidas (una en 2020, y otra en 2021).

Imagino que deba incorporar las dos propiedades, ambas fueron la vivienda habitual durante algún periodo del 2020, ¿es así?.


El sistema dice que no puedo pedir cita porque se realizaron transmisiones de inmuebles adquiridos por herencia.



P.D: La cuestión es, ¿y si concreto mal el numero de dias, y en lugar de poner 60 son 63?.



Edit: ¿saldo neto negativo de ganancias y perdidas patrimoniales pendientes de compensar, significa que la cantidad indicada es una cantidad a pagar?.


Efectivamente si están adquiridos por herencia no se puede acceder al servicio.
Vete a un gestor, te cobrará pero te quedarás tranquilo

Tienes que incorporar los dos sí y a cada inmueble tendrás que ponerle 366 días de usos, los que sean. Vivienda habitual, alquilada etc. Y a la vendida hasta el día de la venta.

Si pones mal los días, pues no te cuadrarán los 366 y te dará error todo el rato la declaración.

Y el saldo negativo pendiente de compensar está pendiente para otros años. Es algo beneficioso para ti, nada a pagar
Buenas.

Estoy intentando hacer la declaración de mis padres y al entrar lo primero que me pide es la situación de la vivienda. Es una casa alquilada de VPO. Y al poner arrendatario nos pide el NIF del arrendador, que será la Generalitat Valenciana.

Debemos buscar ese NIF por algún lado o en situación en vez de arrendatario deberíamos poner otras situaciones?

Gracias.
@Duqe En el contrato de alquiler debería estar recogida la identificación fiscal del arrendador.
Mr.Threepwood escribió:@Duqe En el contrato de alquiler debería estar recogida la identificación fiscal del arrendador.

A saber dónde puede estar ese contrato. [facepalm] Encima creo que está a nombre de mi madre, y la renta era la de mi padre, que hacen conjunta.

Y es normal que el año pasado la hiciese y no se la pidiese?
Hola!

Yo tengo una cosa extraña... La declaración me ha salido a pagar, para variar. Por 11 meses de nómina y uno de paro (aunque el 13 de enero empecé a trabajar otra vez), en fin. Pensaba que no superaba los 24000€, pero viendo que sí que estoy obligado, me surge la pregunta: ¿Esos 24000€ son brutos o netos?

Y por otro lado... yo tenía una cuenta con el Santander (que cerré, van a estafar a su puta madre) y me abrí una en otro banco en enero. Pues a la hora de presentar mi declaración, y cambiar la vieja para poner la nueva... Me saltó un aviso diciendo que la AEAT no tenía constancia de mi cuenta, cosa muy rara porque si eso fuera así no podría estar pagando los recibos del coche ni cobrando la nómina ni comprando por internet...

¿A alguien le ha pasado?
Duqe escribió:
Mr.Threepwood escribió:@Duqe En el contrato de alquiler debería estar recogida la identificación fiscal del arrendador.

A saber dónde puede estar ese contrato. [facepalm] Encima creo que está a nombre de mi madre, y la renta era la de mi padre, que hacen conjunta.

Y es normal que el año pasado la hiciese y no se la pidiese?


Pues no es normal. Si accediste a la desgravación por alquiler de vivienda, deberías necesariamente haber identificado al arrendador. Prueba a echarle un ojo a la declaración del año pasado, a ver si sale por ahí...
Mr.Threepwood escribió:
Duqe escribió:
Mr.Threepwood escribió:@Duqe En el contrato de alquiler debería estar recogida la identificación fiscal del arrendador.

A saber dónde puede estar ese contrato. [facepalm] Encima creo que está a nombre de mi madre, y la renta era la de mi padre, que hacen conjunta.

Y es normal que el año pasado la hiciese y no se la pidiese?


Pues no es normal. Si accediste a la desgravación por alquiler de vivienda, deberías necesariamente haber identificado al arrendador. Prueba a echarle un ojo a la declaración del año pasado, a ver si sale por ahí...

Qué va. Solo nos pidieron la referencia catastral, si no recuerdo mal. Nada más. Y este año al abrir el borrador nos obliga a indicar lo que digo arriba, si mi padre es usufructuario, arrendatario, ...
Lo de la referencia catastral puede ser un jaleo. En mi caso no estoy seguro de que corresponda.

En mi contrato de alquiler es una dirección, y para el ayuntamiento es otra, y resulta que la del ayuntamiento no corresponde con ninguna referencia (catastral), así que tengo como domicilio fiscal la dirección que provee el ayuntamiento, y la referencia catastral que provee el contrato de alquiler.

Todavía me multarán xDDD
Duqe escribió:Buenas.

Estoy intentando hacer la declaración de mis padres y al entrar lo primero que me pide es la situación de la vivienda. Es una casa alquilada de VPO. Y al poner arrendatario nos pide el NIF del arrendador, que será la Generalitat Valenciana.

Debemos buscar ese NIF por algún lado o en situación en vez de arrendatario deberíamos poner otras situaciones?

Gracias.


El NIF de la Generalitat Valenciana es S4611001A. Otra cosa es que tengan una institución específica para vivienda que tenga otro que ni idea.

Si es arrendatario debes poner arrendatario y si el contrato es de tu padre a tu madre le pones “otras situaciones”.

@Mr.Threepwood este año te lo pide en la ratificación del domicilio (a todo el mundo aunque no tengas deducción)

@cracker_ct El límite no son 24.000 son 22.000 y son brutos.
Respecto a la cuenta es normal. Lo que no consta es que tú fueras titular a 31/12/2020 que por lo que dices es verdad porque no la habías abierto aún.
No pasa nada si la metes bien
Pregunta de novato total: Mis ingresos anuales es básicamente mi salario. Ni tengo fondos en bancos, ni planes de pensiones, ni arrendo inmuebles... Pues bien, todos los años casi sin excepción, me toca pagar. ¿No se supone que al no tener otros ingresos, debería de ser sota-caballo-rey y que con lo que deduce la empresa la declaración ya estuviera ajustada?

Luego otra cosa, este año, para mi sorpresa (negativa), me toca pagar el doble que el anterior. El único cambio a efectos de ingreso es un bonus del 10% que me ha pagado la empresa por productividad, y que en la nómina aparece con su correspondiente tributación. En la casilla de ingresos del trabajo efectivamente aparece el bonus sumado junto al resto. Entendería que por el bonus me tocara pagar un poco más, ¿pero el doble?

Un saludo
Koshirofan escribió:Pregunta de novato total: Mis ingresos anuales es básicamente mi salario. Ni tengo fondos en bancos, ni planes de pensiones, ni arrendo inmuebles... Pues bien, todos los años casi sin excepción, me toca pagar. ¿No se supone que al no tener otros ingresos, debería de ser sota-caballo-rey y que con lo que deduce la empresa la declaración ya estuviera ajustada?

Luego otra cosa, este año, para mi sorpresa (negativa), me toca pagar el doble que el anterior. El único cambio a efectos de ingreso es un bonus del 10% que me ha pagado la empresa por productividad, y que en la nómina aparece con su correspondiente tributación. En la casilla de ingresos del trabajo efectivamente aparece el bonus sumado junto al resto. Entendería que por el bonus me tocara pagar un poco más, ¿pero el doble?

Un saludo


Tan sencillo como que en la empresa en la que trabajas te están reteniendo de menos. Quizá de manera inconsciente, quizá de manera premeditada.

Si no quieres que esto pase, habla con el responsable de los pagos de tu empresa y pídele espresamente que te ajusten las retenciones. Vas a pagar lo mismo, la declaración no deja de ser un reajuste anual... pero lo harás en cómodos plazos.
Una pregunta... ¿Siendo trabajador por cuenta ajena, los peajes hay alguna manera de desgrabarlos en la renta? Yo tengo que gastarme 4€ todos los dias en peajes para ir a trabajar [buuuaaaa]
martuka_pzm escribió:
Duqe escribió:Buenas.

Estoy intentando hacer la declaración de mis padres y al entrar lo primero que me pide es la situación de la vivienda. Es una casa alquilada de VPO. Y al poner arrendatario nos pide el NIF del arrendador, que será la Generalitat Valenciana.

Debemos buscar ese NIF por algún lado o en situación en vez de arrendatario deberíamos poner otras situaciones?

Gracias.


El NIF de la Generalitat Valenciana es S4611001A. Otra cosa es que tengan una institución específica para vivienda que tenga otro que ni idea.

Si es arrendatario debes poner arrendatario y si el contrato es de tu padre a tu madre le pones “otras situaciones”.

@Mr.Threepwood este año te lo pide en la ratificación del domicilio (a todo el mundo aunque no tengas deducción)

@cracker_ct El límite no son 24.000 son 22.000 y son brutos.
Respecto a la cuenta es normal. Lo que no consta es que tú fueras titular a 31/12/2020 que por lo que dices es verdad porque no la habías abierto aún.
No pasa nada si la metes bien

Menudo jaleo.

La declaración es la de mi padre, ya que mi madre no tiene ingresos. Y la hacen conjunta. Y el alquiler de la casa está a nombre de mi madre. Entonces mi padre lo pongo en otras situaciones, y haciéndola conjunta, no debería hacer nada más?
Duqe escribió:
martuka_pzm escribió:
Duqe escribió:Buenas.

Estoy intentando hacer la declaración de mis padres y al entrar lo primero que me pide es la situación de la vivienda. Es una casa alquilada de VPO. Y al poner arrendatario nos pide el NIF del arrendador, que será la Generalitat Valenciana.

Debemos buscar ese NIF por algún lado o en situación en vez de arrendatario deberíamos poner otras situaciones?

Gracias.


El NIF de la Generalitat Valenciana es S4611001A. Otra cosa es que tengan una institución específica para vivienda que tenga otro que ni idea.

Si es arrendatario debes poner arrendatario y si el contrato es de tu padre a tu madre le pones “otras situaciones”.

@Mr.Threepwood este año te lo pide en la ratificación del domicilio (a todo el mundo aunque no tengas deducción)

@cracker_ct El límite no son 24.000 son 22.000 y son brutos.
Respecto a la cuenta es normal. Lo que no consta es que tú fueras titular a 31/12/2020 que por lo que dices es verdad porque no la habías abierto aún.
No pasa nada si la metes bien

Menudo jaleo.

La declaración es la de mi padre, ya que mi madre no tiene ingresos. Y la hacen conjunta. Y el alquiler de la casa está a nombre de mi madre. Entonces mi padre lo pongo en otras situaciones, y haciéndola conjunta, no debería hacer nada más?


No a ver, si la declaración es conjunta, no es la de tu padre, es la de los dos.
Una declaración conjunta es una declaración de varias personas en un mismo modelo.

Te tiene que preguntar dos veces.
Si entras primero en tu padre le pones “otras situaciones” en la ratificación del domicilio.
Cuando añadas a tu madre te volverá a pedir que ratifiques y entonces le pones “arrendatario”


@Natsky Ni por cuenta ajena ni por cuenta propia. No son gasto deducible
martuka_pzm escribió:
Duqe escribió:
martuka_pzm escribió:
El NIF de la Generalitat Valenciana es S4611001A. Otra cosa es que tengan una institución específica para vivienda que tenga otro que ni idea.

Si es arrendatario debes poner arrendatario y si el contrato es de tu padre a tu madre le pones “otras situaciones”.

@Mr.Threepwood este año te lo pide en la ratificación del domicilio (a todo el mundo aunque no tengas deducción)

@cracker_ct El límite no son 24.000 son 22.000 y son brutos.
Respecto a la cuenta es normal. Lo que no consta es que tú fueras titular a 31/12/2020 que por lo que dices es verdad porque no la habías abierto aún.
No pasa nada si la metes bien

Menudo jaleo.

La declaración es la de mi padre, ya que mi madre no tiene ingresos. Y la hacen conjunta. Y el alquiler de la casa está a nombre de mi madre. Entonces mi padre lo pongo en otras situaciones, y haciéndola conjunta, no debería hacer nada más?


No a ver, si la declaración es conjunta, no es la de tu padre, es la de los dos.
Una declaración conjunta es una declaración de varias personas en un mismo modelo.

Te tiene que preguntar dos veces.
Si entras primero en tu padre le pones “otras situaciones” en la ratificación del domicilio.
Cuando añadas a tu madre te volverá a pedir que ratifiques y entonces le pones “arrendatario”


@Natsky Ni por cuenta ajena ni por cuenta propia. No son gasto deducible

Vale me va quedando más claro.

Y sabéis si el alquiler de una vivienda VPO se puede desgravar en la declaración? Sé que en la Comunidad Valenciana un alquiler normal sí, pero si la vivienda es de VPO no tengo ni idea.

Gracias.
Yo sigo igual, desde el día 1 que se pudo hacer y la hice, hasta hoy todavía no me han ingresado nada.
Animo, yo la hice la semana pasada y hoy me ingresaron , una semana justo.
Andrómeda escribió:
Andrómeda escribió:Yo la hice online el día 8, me devuelven, de momento no me han ingresado. Es la primera vez que tarda tanto en tramitarse.


29/04/2021 (email)
Se ha ordenado el pago de su devolución del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2020

Este año no me ha llegado ningún SMS como siempre, acabo de mirar ahora el correo y lo ví por ahí entre el spam.
De momento no me han ingresado nada en cuenta.


Nada, al final la hice el 8/4/2021..., me llega un email de que se procede a ingreso el 29/4/2021... pues como la cosa seguía a mitad de mayo decido pedir cita previa telefónica para el 25/5 que no es el lugar para incidencias pero no vi otra opción. Pues el día antes el 24/5 me llega un email y un SMS de que se ha procedido al ingreso, desde ese momento tardó un día en estar el dinero en mi cuenta. Coincidencia, no lo sé. El tipo de la Agencia Tributaria primero me dijo que es muy raro el email del 29/4, que sería una estafa pero no se que estafa sería porque el email era exactamente igual al del 24/5.
A mí me lo hace todos los años un gestor por 70€ y me quito de rollos. Soy autónomo en formación y todos los años me.devuelven y en 1 semana aproximadamente tengo el ingreso hecho.
Flipante... Hoy se abre el plazo para pedir cita presencial... entro en la sede de Elche y, intento pillar cita por la tarde y TODO COMPLETO.. Pruebo por la tarde y TODO COMPLETO..

En fin.. Encima que me sale a pagar, a hacer el capullo a ver cómo cojones la presento ya que quiero que me la revisen a ver si puedo arañar algo.
Es increíble, declaración presentada el primer día y aún no he visto un duro…

Todos los años me pagan rapidísimo y este nada de nada……….
kulunguelejfn escribió:Es increíble, declaración presentada el primer día y aún no he visto un duro…

Todos los años me pagan rapidísimo y este nada de nada……….


Te la están revisando.
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