Declaración de la Renta 2020

manolillolo+ escribió:
martuka_pzm escribió:
No, no, a ver. Los datos fiscales pueden decir misa. Tú tienes la responsabilidad de incluir en tu declaración los datos correctos.
Si el SEPE o tu empresa, da igual, dice que te ha pagado 1.000.000 euros y tú has cobrado 20.000 obviamente tienes que poner 20.000, no 1.000.000.
Así que si tú tienes los justificantes bancarios de haber devuelto el dinero y/o la carta en la que el SEPE te pide esos 4.000 que has devuelto, pones lo que realmente te correspondía, no el total.


Vale, cuando haga el borrador tendré que revisar y corregir la cantidad, y adjuntar el justificante del pago y la carta de reclamación supongo.


A ver, puedes adjuntarlo o no. En principio el SEPE irá corrigiendo los datos que ha enviado por lo que cabe la opción de que nunca te pidan la justificación.
De todas formas, puede adjuntarse, no vas a perder nada.
Si hace falta te lo pedirán.
Bueno, otro año más por aquí. A ver si esta puta vez tenemos más suerte y no sale a devolver, porque llevo dos años cobrando, mi mujer y yo, lo mismo prácticamente y siempre a pagar me sale.

He visto que esto empieza el 7 de abrill: Para ir preparándome.. para obtener el número de referencia, imprescindible para poder hacer el borrador, etc.. había que meter la cantidad que aparecía en la casilla xx de la declaración del año anteior, ¿verdad?

Acabo de entrar a la página de la Agencia Tributaria y he visto que está la opción "Obtenga su número de referencia"

SI entro me pide el DNI y, cuando lo pongo, me dice "*Introduzca la Fecha de Validez de su DNI (o Fecha de Expedición si es un DNI Permanente)"

Con esto ya tendría el número de referencia y podría ver el borrador y presentar la declaración ¿no? Es que no lo puedo comprobar al no tener ahora a mano el DNI y no poder ver la fecha de validez

Hasta el 7 de abril no se puede ver el borrador y comprobar si nos toca pagar o cobrar, no?
kneissel escribió:Bueno, otro año más por aquí. A ver si esta puta vez tenemos más suerte y no sale a devolver, porque llevo dos años cobrando, mi mujer y yo, lo mismo prácticamente y siempre a pagar me sale.

He visto que esto empieza el 7 de abrill: Para ir preparándome.. para obtener el número de referencia, imprescindible para poder hacer el borrador, etc.. había que meter la cantidad que aparecía en la casilla xx de la declaración del año anteior, ¿verdad?

Acabo de entrar a la página de la Agencia Tributaria y he visto que está la opción "Obtenga su número de referencia"

SI entro me pide el DNI y, cuando lo pongo, me dice "*Introduzca la Fecha de Validez de su DNI (o Fecha de Expedición si es un DNI Permanente)"

Con esto ya tendría el número de referencia y podría ver el borrador y presentar la declaración ¿no? Es que no lo puedo comprobar al no tener ahora a mano el DNI y no poder ver la fecha de validez

Hasta el 7 de abril no se puede ver el borrador y comprobar si nos toca pagar o cobrar, no?


Puedes coger tus datos fiscales, que ya son accesibles, y pasarlos manualmente por Renta OPEN. Eso te dará el resultado de tu declaración.
@Manint

Gracias compañero. Le echaremos un vistazo, a ver cómo nos va este año.
kneissel escribió:Bueno, otro año más por aquí. A ver si esta puta vez tenemos más suerte y no sale a devolver, porque llevo dos años cobrando, mi mujer y yo, lo mismo prácticamente y siempre a pagar me sale.


He omitido el resto de tu mensaje por no ser relevante para lo que te voy a decir.

El resultado de la declaración no es cuestión de suerte. Si os sale siempre a pagar es porque no os están haciendo bien la retención, si no queréis llevaros sorpresas en la declaración lo que tenéis que hacer es pedirle a vuestras respectivas empresas que os suban la retención que os hacen en las nóminas, no tiene mucho más misterio que ese. En caso contrario siempre os va a salir a pagar, no tendría sentido que fuera diferente el resultado si todo lo demás sigue siendo igual.
Nagaroth escribió:
kneissel escribió:Bueno, otro año más por aquí. A ver si esta puta vez tenemos más suerte y no sale a devolver, porque llevo dos años cobrando, mi mujer y yo, lo mismo prácticamente y siempre a pagar me sale.


He omitido el resto de tu mensaje por no ser relevante para lo que te voy a decir.

El resultado de la declaración no es cuestión de suerte. Si os sale siempre a pagar es porque no os están haciendo bien la retención, si no queréis llevaros sorpresas en la declaración lo que tenéis que hacer es pedirle a vuestras respectivas empresas que os suban la retención que os hacen en las nóminas, no tiene mucho más misterio que ese. En caso contrario siempre os va a salir a pagar, no tendría sentido que fuera diferente el resultado si todo lo demás sigue siendo igual.



A mí hace años que no me tocan las ratenciones.. Mi mujer es funcionaria (profesora de secundaria) y lleva con la nómina sin modificarle nada desde hace años. Pasamos, un año, de ingresar entre los dos unos 600 euros a pagar, al año siguiente , casi 1.000

Voy a ver cómo queda la cosa este año y veremos cómo lo podemos arreglar.

Gracias compañero
kneissel escribió:
Nagaroth escribió:
kneissel escribió:Bueno, otro año más por aquí. A ver si esta puta vez tenemos más suerte y no sale a devolver, porque llevo dos años cobrando, mi mujer y yo, lo mismo prácticamente y siempre a pagar me sale.


He omitido el resto de tu mensaje por no ser relevante para lo que te voy a decir.

El resultado de la declaración no es cuestión de suerte. Si os sale siempre a pagar es porque no os están haciendo bien la retención, si no queréis llevaros sorpresas en la declaración lo que tenéis que hacer es pedirle a vuestras respectivas empresas que os suban la retención que os hacen en las nóminas, no tiene mucho más misterio que ese. En caso contrario siempre os va a salir a pagar, no tendría sentido que fuera diferente el resultado si todo lo demás sigue siendo igual.



A mí hace años que no me tocan las ratenciones.. Mi mujer es funcionaria (profesora de secundaria) y lleva con la nómina sin modificarle nada desde hace años. Pasamos, un año, de ingresar entre los dos unos 600 euros a pagar, al año siguiente , casi 1.000

Voy a ver cómo queda la cosa este año y veremos cómo lo podemos arreglar.

Gracias compañero


Ese año me la jugaría a que fue en el 2019 (renta 2018). Se tocaron límites por abajo subiendo el resto por encima.

De todas formas, la Administración suele dejar algo a pagar.
300 euros cada uno (cuando hablabas de 600 entre los dos) igual ya se pasa de poco ajuste pero más o menos “está bien”.

Si no, cogéis la cuota total a pagar, antes de que se descuenten retenciones. La dividís por el salario bruto anual y os da el % de retención.

Si tenéis más propiedades, algún rendimiento de cuentas bancarias, acciones, etc eso la Administración o la empresa no lo puede tener en cuenta y esas variaciones también las notaréis.

Vamos que en la misma empresa a uno le pueden retener un 25% y otro pedir que se la suban al 30% porque tiene rendimientos de otras fuentes y sabe que si no va a pagar si o si
@martuka_pzm

Gracias compañero.

Lo dicho. Vamos a esperar a ver cómo queda este año y veremos qué hacemos.
@kneissel Supongo que miraréis de hacer declaración por separado, ¿no? Para comparar. Porque no siempre sale mejor conjunta, de hecho con los dos trabajando nunca he visto que salga mejor.
Manint escribió:@kneissel Supongo que miraréis de hacer declaración por separado, ¿no? Para comparar. Porque no siempre sale mejor conjunta, de hecho con los dos trabajando nunca he visto que salga mejor.


Vamos.... De conjunta ni hablamos. Hubo un año que, por separado nos salió a pagar cerca de 1.400 euros y conjunta pasaba de los 4.000.
kneissel escribió:
Manint escribió:@kneissel Supongo que miraréis de hacer declaración por separado, ¿no? Para comparar. Porque no siempre sale mejor conjunta, de hecho con los dos trabajando nunca he visto que salga mejor.


Vamos.... De conjunta ni hablamos. Hubo un año que, por separado nos salió a pagar cerca de 1.400 euros y conjunta pasaba de los 4.000.


Te he entendido mal.
Nagaroth escribió:
kneissel escribió:Bueno, otro año más por aquí. A ver si esta puta vez tenemos más suerte y no sale a devolver, porque llevo dos años cobrando, mi mujer y yo, lo mismo prácticamente y siempre a pagar me sale.


He omitido el resto de tu mensaje por no ser relevante para lo que te voy a decir.

El resultado de la declaración no es cuestión de suerte. Si os sale siempre a pagar es porque no os están haciendo bien la retención, si no queréis llevaros sorpresas en la declaración lo que tenéis que hacer es pedirle a vuestras respectivas empresas que os suban la retención que os hacen en las nóminas, no tiene mucho más misterio que ese. En caso contrario siempre os va a salir a pagar, no tendría sentido que fuera diferente el resultado si todo lo demás sigue siendo igual.


La verdad es que me has quitado las palabras de la boca. La suerte no tiene nada que ver en todo esto.

De la misma manera, la gente que ha estado en ERTE y ahora tenga que soltar un buen pellizco... Tampoco es cuestión de suerte. Es cuestión de no haber tenido las retenciones correspondientes en su momento y encontrárselas ahora todas de golpe.
Una pregunta dicen por ahí que si no has cobrado del segundo pagador más de 1500 € no tienes porqué declarar la renta. no llego a los 22 k y en concreto cobre del erte 1481€ + gastos deducibles 134.32€ tengo que declararla? Entiendo que no llego a los 1500€ del segundo pagador ? O con los gastos deducibles también cuentan?
Grifore escribió:Una pregunta dicen por ahí que si no has cobrado del segundo pagador más de 1500 € no tienes porqué declarar la renta. no llego a los 22 k y en concreto cobre del erte 1481€ + gastos deducibles 134.32€ tengo que declararla? Entiendo que no llego a los 1500€ del segundo pagador ? O con los gastos deducibles también cuentan?


14.000€ con más de un pagador, siendo el segundo mayor de 1.500€.

Entiendo que no estás obligado. Consulta el borrador de todos modos, la consulta no obliga a la presentación.
Pues ya se puede presentar la declaración via App!
kulunguelejfn escribió:Pues ya se puede presentar la declaración via App!


Y web.

Pd.: presentada. Me sale a devolver 70€.
@Manint

Gracias ! He mirado y pone 870€ a pagar pero arriba pone que con esos datos no hace falta presentarla .. por 18€!! Saludos!!
Grifore escribió:@Manint

Gracias ! He mirado y pone 870€ a devolver pero arriba pone que con esos datos no hace falta presentarla .. por 18€!! Saludos!!


Si te devuelven 870 euros preséntala. Una cosa es que no haga falta y otra que no puedas
A pagar.. perdón edito !! ;)
TOMA que me devuelven 57 pavos chavales, MARISCADA! [+risas]
Alguien me puede explicar asi como para tontos como narices se pone la deduccion por alquiler de vivienda?

He mirado el video de guia de hacienda pero la parte de selecciona deduccion por alquiler en deduccion de cuota general , ehmm eso donde cojones esta!!!??

No veo eso por ninguna parte

Y si, me corresponde, pero es que no encuentro esa opcion ni casilla por ningun lado
Grifore escribió:@Manint

Gracias ! He mirado y pone 870€ a pagar pero arriba pone que con esos datos no hace falta presentarla .. por 18€!! Saludos!!

¿Dónde lo pone?
Buenas gente.

A ver si sabe alguien decirme dónde tengo que meter la factura de CCOO que ya me dijeron que podía presentarla en la declaración.`

Gracias.

Editado:

He llamado a CCOO y me dicen que es la casilla 16, Gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios con el empleador (máximo 300 euros anuales). Pero tampoco me lo han dicho muy convencidos. Y es que la casilla 14 dice Cuotas satisfechas a sindicatos. Pero lo mío no es la afiliación, si no una consulta que les hice.
43 euros a devolver. A ver si pagan pronto.
Ashtyr escribió:Alguien me puede explicar asi como para tontos como narices se pone la deduccion por alquiler de vivienda?

He mirado el video de guia de hacienda pero la parte de selecciona deduccion por alquiler en deduccion de cuota general , ehmm eso donde cojones esta!!!??

No veo eso por ninguna parte

Y si, me corresponde, pero es que no encuentro esa opcion ni casilla por ningun lado


Primero de todo. Deducción estatal o de la CCAA?

Arriba a la izquierda creo que sale una lupa donde puedes buscar. Busca “vivienda” y deberían salirte todas.
Si es la estatal es en unas casillas y si es la autonómica en otras..


@Duqe a ver si es una consulta sin más no es deducible.
Si son gastos derivados de juicios y demás historias legales con tu jefe sí, en la 16.
Si son cuotas en la correspondiente a cuotas
martuka_pzm escribió:
Ashtyr escribió:Alguien me puede explicar asi como para tontos como narices se pone la deduccion por alquiler de vivienda?

He mirado el video de guia de hacienda pero la parte de selecciona deduccion por alquiler en deduccion de cuota general , ehmm eso donde cojones esta!!!??

No veo eso por ninguna parte

Y si, me corresponde, pero es que no encuentro esa opcion ni casilla por ningun lado


Primero de todo. Deducción estatal o de la CCAA?

Arriba a la izquierda creo que sale una lupa donde puedes buscar. Busca “vivienda” y deberían salirte todas.
Si es la estatal es en unas casillas y si es la autonómica en otras..


@Duqe a ver si es una consulta sin más no es deducible.
Si son gastos derivados de juicios y demás historias legales con tu jefe sí, en la 16.
Si son cuotas en la correspondiente a cuotas

Yo lo he puesto. Y al final han sido 483 casi. XD
Yo he mirado, pero como no me entero bien me sale a pagar casi 250€ [enfado1]
Cuando se pueda ir a un gestor ire porque este año estuve un mes y medio en ERTE y me pagaron de más tengo aún un pago indevido de 302€ y claro nose si en hacienda me estan metiendo todo lo del ERTE entero o me estan descontando lo que tendré que devolver aún pendiente, asi que prefiero irme a un gestor y me lo miren cuando pueda [mad]
2700€ a pagar y eso que no he puesto las acciones que vendí el año pasado. Siendo simplemente asalariado para dos empresas distintas (y la segunda habiendo recibido lo retenido por la primera), alguien se va a llevar una reprimenda [enfado1]

Habrá que acabar probando algo en plan TaxDown para ver si consigo rebajar algo, pero bueno... Ains
Hola @Martuka_pzm Muchas Gracias por tu ayuda. 🙂

Me he metido en el borrador y ya me ha salido lo que deberia de pagar, acertasteis de pleno
287€, pero me dice que me faltan rellenar datos ( sobre una venta de un garaje de mis padres que estaba a mi nombre).

Lo llevaré al gestor porque no tengo ni idea.

Lo vendí por menos dinero que el que lo compré, crees que deberé pagar mucho más? O no se calcula por el precio que se compró/vendió?

Muchisimas Gracias!!
@Frank12121212
La última declaración me la hicieron a mi directamente con cita en Hacienda por teléfono, me devolvían casi 1000€ y me decian que en 1 mes máximo me lo ingresarían, pues al final desde mayo/junio que me la hicieron, me mo devolvieron en diciembre y no lo que me dijeron, solo me devolvieron 200€.
Asi que se lo miran bien por todos lados me imagino
martuka_pzm escribió:
Ashtyr escribió:Alguien me puede explicar asi como para tontos como narices se pone la deduccion por alquiler de vivienda?

He mirado el video de guia de hacienda pero la parte de selecciona deduccion por alquiler en deduccion de cuota general , ehmm eso donde cojones esta!!!??

No veo eso por ninguna parte

Y si, me corresponde, pero es que no encuentro esa opcion ni casilla por ningun lado


Primero de todo. Deducción estatal o de la CCAA?

Arriba a la izquierda creo que sale una lupa donde puedes buscar. Busca “vivienda” y deberían salirte todas.
Si es la estatal es en unas casillas y si es la autonómica en otras..


@Duqe a ver si es una consulta sin más no es deducible.
Si son gastos derivados de juicios y demás historias legales con tu jefe sí, en la 16.
Si son cuotas en la correspondiente a cuotas


vivo en la C. Valenciana asi que ¿¿autonomica??

Per porque lian tanto las cosas, joder el año pasado me pedian nif del arrendador, y dinero que pagaba y ya esta, en esta lo que me ha parecido era para ponerlo, me pedian hasta el nivel del colesterol, y de todo modos no me dejaba cambiar nada, tampoco estoy seguro de ser eso
Frank12121212 escribió:Tengo una pregunta.

En el caso de que yo mañana vea el borrador y lo acepte, porque pienso que está bien, y luego resulta que se han equivocado haciendo calculos y me tocaria pagar más, es culpa mia por aceptarlo? O hacienda ni lo vuelve a mirar?


Si hay un error en el programa ya se sabía. Llevan haciéndose rentas un par de semanas ya.

Otra cosa es que los datos que se incorporan (vamos, lo que te sale en datos fiscales no esté bien).
Ahí la responsabilidad es tuya. Cada uno tiene que saber el importe de su sueldo bruto, retenciones, gastos de seguridad social, importe de venta de acciones, valores catastrales de viviendas y todas esas cosas,
Te los dan como ayuda para que no los tengas que rellenar todos pero la responsabilidad es tuya porque tú estás diciendo que están bien.

@Ashtyr lo siento, no sé si la CV ha cambiado las exigencias para la deducción de alquiler en ese territorio, no lo controlo nada
(mensaje borrado)
Hola ,mi hijo el año pasado gano en total 2500 euros de dos ett.En una le pagaron 700 y en otra 1800.Está obligado a hacerla?gracias.
compacterol escribió:Hola ,mi hijo el año pasado gano en total 2500 euros de dos ett.En una le pagaron 700 y en otra 1800.Está obligado a hacerla?gracias.


No. Si la hace le devolverán lo retenido pero ojo! porque si es menor de 25 te quitarán a ti el mínimo por descendiente si la hace el.

@Frank12121212 si tienes una pérdida patrimonial te saldrá a pagar menos.
Busca todos los papeles. Escritura de compra, gastos de notarios, registros, etc. Todo esto de la compra y de la venta y vete a que te la hagan.
Grifore escribió:@el_ssbb_boy

En la app de la renta

Le echo un vistazo, a ver si es distinto a la web, gracias.
martuka_pzm escribió:
compacterol escribió:Hola ,mi hijo el año pasado gano en total 2500 euros de dos ett.En una le pagaron 700 y en otra 1800.Está obligado a hacerla?gracias.


No. Si la hace le devolverán lo retenido pero ojo! porque si es menor de 25 te quitarán a ti el mínimo por descendiente si la hace el.

@Frank12121212 si tienes una pérdida patrimonial te saldrá a pagar menos.
Busca todos los papeles. Escritura de compra, gastos de notarios, registros, etc. Todo esto de la compra y de la venta y vete a que te la hagan.



Muchisimas Gracias, lo prepararé todo .
martuka_pzm escribió:
compacterol escribió:Hola ,mi hijo el año pasado gano en total 2500 euros de dos ett.En una le pagaron 700 y en otra 1800.Está obligado a hacerla?gracias.


No. Si la hace le devolverán lo retenido pero ojo! porque si es menor de 25 te quitarán a ti el mínimo por descendiente si la hace el.

@Frank12121212 si tienes una pérdida patrimonial te saldrá a pagar menos.
Busca todos los papeles. Escritura de compra, gastos de notarios, registros, etc. Todo esto de la compra y de la venta y vete a que te la hagan.

Si ,es menor de 25.Asi pues,que no la haga.Es que estaba confundido,con esto de que si un segundo pagador l pagaba mas de 1500euros,estaba obligado.Gracias.
compacterol escribió:
martuka_pzm escribió:
compacterol escribió:Hola ,mi hijo el año pasado gano en total 2500 euros de dos ett.En una le pagaron 700 y en otra 1800.Está obligado a hacerla?gracias.


No. Si la hace le devolverán lo retenido pero ojo! porque si es menor de 25 te quitarán a ti el mínimo por descendiente si la hace el.

@Frank12121212 si tienes una pérdida patrimonial te saldrá a pagar menos.
Busca todos los papeles. Escritura de compra, gastos de notarios, registros, etc. Todo esto de la compra y de la venta y vete a que te la hagan.

Si ,es menor de 25.Asi pues,que no la haga.Es que estaba confundido,con esto de que si un segundo pagador l pagaba mas de 1500euros,estaba obligado.Gracias.


Lo de los 1500 euros del segundo pagador (que además no cumple porque los pagadores se ordenan por importe de mayor a menor, por lo que el segundo sería el de 700) te obliga cuando has ganado más de 14.000 en el año.
Así que tranquilo que por eso obligado no está

Edito: haced cuentas. Mirad lo que le devuelven a él y luego comparad con lo que tú pagas/te devuelven metiéndole y sin meterle.
Lo que mejor salga, pa’lante.
martuka_pzm escribió:
compacterol escribió:
martuka_pzm escribió:
No. Si la hace le devolverán lo retenido pero ojo! porque si es menor de 25 te quitarán a ti el mínimo por descendiente si la hace el.

@Frank12121212 si tienes una pérdida patrimonial te saldrá a pagar menos.
Busca todos los papeles. Escritura de compra, gastos de notarios, registros, etc. Todo esto de la compra y de la venta y vete a que te la hagan.

Si ,es menor de 25.Asi pues,que no la haga.Es que estaba confundido,con esto de que si un segundo pagador l pagaba mas de 1500euros,estaba obligado.Gracias.


Lo de los 1500 euros del segundo pagador (que además no cumple porque los pagadores se ordenan por importe de mayor a menor, por lo que el segundo sería el de 700) te obliga cuando has ganado más de 14.000 en el año.
Así que tranquilo que por eso obligado no está

Edito: haced cuentas. Mirad lo que le devuelven a él y luego comparad con lo que tú pagas/te devuelven metiéndole y sin meterle.
Lo que mejor salga, pa’lante.

Vale,muchas gracias.
seil escribió:Yo he mirado, pero como no me entero bien me sale a pagar casi 250€ [enfado1]
Cuando se pueda ir a un gestor ire porque este año estuve un mes y medio en ERTE y me pagaron de más tengo aún un pago indevido de 302€ y claro nose si en hacienda me estan metiendo todo lo del ERTE entero o me estan descontando lo que tendré que devolver aún pendiente, asi que prefiero irme a un gestor y me lo miren cuando pueda [mad]


Si el ERTE indebido se ha tenido en cuenta o no, puedes comprobarlo tú mismo. Suma tus cobros y mira si te da lo que pone o no, si no es correcto, puedes editarlo tú mismo también.
@Manint
Yo es que soi muy noob para estos temas y no los entiendo bien como mirar las cosas y mas que no tengo ordenador y con la pantalla del movil es un coñazo, acabaré con el gestor de confianza el cual este último año me ayudado con muchas pegas que me ponia el jefe y eso y que me lo miren mejor.
Gracias
Hoy en el trabajo he escuchado de un cliente que hablaba con otro compañero que "las pérdidas de las apuestas online" sirven para deducir en la renta. Le explicaba a mi compañero que si habías ingresado 400€ y habías retirado 200€, esos -200€ se computan en la renta.

Yo no quise meterme en la conversación, pero creo que estaba este señor equivocado. ¿Podéis confirmarlo?

P.D: Distinto es las ganancias superiores a 2.500€, que eso si creo que hay que declararlas.
martuka_pzm escribió: @Frank12121212 si tienes una pérdida patrimonial te saldrá a pagar menos.
Busca todos los papeles. Escritura de compra, gastos de notarios, registros, etc. Todo esto de la compra y de la venta y vete a que te la hagan.


Cómo va esto?? Yo el año pasado vendí un local por debajo del precio en el que lo tasamos en la herencia. Pensaba que sólo influía si lo vendías por encima. Qué se supone que hay que hacer??
Torres escribió:
martuka_pzm escribió: @Frank12121212 si tienes una pérdida patrimonial te saldrá a pagar menos.
Busca todos los papeles. Escritura de compra, gastos de notarios, registros, etc. Todo esto de la compra y de la venta y vete a que te la hagan.


Cómo va esto?? Yo el año pasado vendí un local por debajo del precio en el que lo tasamos en la herencia. Pensaba que sólo influía si lo vendías por encima. Qué se supone que hay que hacer??


Las ganancias y las pérdidas patrimoniales hay que declararlas.
En principio si es un inmueble debería salirte en datos fiscales algo de la transmisión.
Consiste en meter los valores de adquisición y transmisión que vienen a ser los precios de compra y venta y los gastos pagados en cada caso.

En la gestoria te lo harán bien, no es nada difícil o raro (te lo digo porque sé que trabajas con gestores).

@Megure exactamente. No tienen razón.
Las pérdidas del juego son computables hasta el nivel de las ganancias.
Es decir: típica web de apuestas.
Pierdes 2000 euros y ganas 1000. El neto es 0.
Pierdes 1000 y ganas 2000. El neto son 1000.
No se va a tener una pérdida patrimonial por el juego
Buenas.

A ver si alguien puede aclararme una duda que me surge al prepararle la declaración a mi pareja.

Ella, recibió como herencia una cuarta parte de la mitad de la casa de sus padres por defunción de uno de ellos. La casa estaba en gananciales, por lo que su madre tiene el 50%+16,67% y cada hijo (son 3) el 16,67%.

El tema es que ambos vivimos de alquiler, y en esa casa vive su madre y sus dos hermanos.

En la declaración aportados por el catastro aparecen el inmueble como duplicado.

- 12,5% en propiedad
- 4,16% en nuda propiedad.

Entiendo que por las circunstancias que comento el 16,67% tendría que estar como nuda propiedad. ¿Estoy en lo correcto?. ¿Podéis indicarme como modificar esto?
macbookalu escribió:Buenas.

A ver si alguien puede aclararme una duda que me surge al prepararle la declaración a mi pareja.

Ella, recibió como herencia una cuarta parte de la mitad de la casa de sus padres por defunción de uno de ellos. La casa estaba en gananciales, por lo que su madre tiene el 50%+16,67% y cada hijo (son 3) el 16,67%.

El tema es que ambos vivimos de alquiler, y en esa casa vive su madre y sus dos hermanos.

En la declaración aportados por el catastro aparecen el inmueble como duplicado.

- 12,5% en propiedad
- 4,16% en nuda propiedad.

Entiendo que por las circunstancias que comento el 16,67% tendría que estar como nuda propiedad. ¿Estoy en lo correcto?. ¿Podéis indicarme como modificar esto?


Lo normal en estos casos es que tu suegra se hubiera quedado con el usufructo. Y los hijos con la parte que les corresponda de la nuda propiedad.
Eso tenéis que consultarlo en los papeles de la herencia/registro de la propiedad porque dependerá de lo que allí esté establecido.

Quiero decir que el hecho de que otras personas vivan en una casa no quiere decir que solo se tenga nuda propiedad. Se puede ser propietario y permitir que otros la usen. Para estar seguros de lo que hay, habrá que mirar la documentación correspondiente
Renta presentada, me sale a devolver unos 600 pavos. El año pasado no fue un buen año, la verdad.
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