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GXY escribió:es decir que tu si consideras que hay que hacer leyes mas estrictas contra los inquilinos.
anotado.
pantxo escribió:Son casos residuales, pero quién más quién menos conoce algún caso.
Impago de un trimestre consecutivo, disolución de contrato.
Marnix de Puydt escribió:amchacon escribió:Marnix de Puydt escribió:
No es por nada, pero eso es como decir que el dia sin iva compras sin iva en el mediamarkt...
Los gastos los paga siempre el inquilino/ comprador, EN TODAS PARTES.
Que te venga incrementado en el precio final en el caso de compra o mes a mes en el caso del alquiler ( aqui peor, ya que si lo calcula a doce meses, cada mes que pase de ahi pues win win) es lo mismo. Psicologicamente igual es otra cosa, pero a la hora de la verdad...
Lo digo porque trato con mucho expat y se hacen mucho los listos de me gsta mas aqui o menos alla porque los gastos los paga uno u otro y siempre eso, los paga el que compra, o alquila en este caso. Lo mismo con los duty free, los cambio sin comision etc, vamos ya sabes por donde voy.
Ten en cuenta el factor psicológico al respecto.
Si los gastos los paga el inquilino, la tendencia del casero va a ser siempre a usar inmobiliaria porque es más cómodo y con ello incrementar los costes al respecto.
Si los gastos los paga el casero, la tendencia del casero va a ser a usar menos la inmobiliaria, y si la usa, se preocupará más de negociar más los costes/comisiones al respecto. El casero ve mucho más reflejado los costes y los entiende mucho mejor.
De hecho, por esta misma razón, es más habitual ver pisos alquilados por particulares que en España, lo que permite eliminar un intermediario y tener alquileres más competitivos.
No, porque la inmobiliaria tambien hay que pagarla ( tb la paga el inquilino por lo que el precio ya se dispara) el dueño tiene que elegir entre mas beneficios o menos ( supuestos) dolores de cabeza.
Pero vaya, que todo lo paga el inquilino siempre.
Es como el que pones una cosa de 200 eur en wallapop y te dice oye 180 y pago yo los gastos , yo le digo no te preocupes hombre por los gastos, 220 y los pago yo encantado.
GXY escribió:por si hay alguna duda al respecto: lo que he afirmado es que el que crea que la legislacion es "excesivamente favorable al inquilino", creo que viviendo un año de inquilino, comprobara que no es cierto, asi que deduzco que quienes lo afirman no conocen la situacion. y me refiero a la situacion de verdad, de ser inquilino sin referencias ni lazos frente a un tercero propietario, no a ocupar la casa de unos familiares y llamarlo alquiler, o arreglos por el estilo. me refiero a la situacion real de adquirir y afrontar el contrato y las responsabilidades y saber que si fallas un solo mes, te juegas el suelo bajo tus pies. si, afirmo que muchos hablan del tema sin conocer la situacion.
GXY escribió:es decir que tu si consideras que hay que hacer leyes mas estrictas contra los inquilinos.
anotado.
kopperpot escribió:@pantxo Lo que transmites en un arrendamiento es la POSESION del inmueble, la propiedad sigue siendo tuya.
La posesión y la propiedad no son lo mismo. La posesion de un inmueble se puede transmitir en un documento o contrato privado. La propiedad de un inmueble solamente se puede transmitir en un documento público (escritura ante notario).
Te lo dije antes:kopperpot escribió:@pantxo Desde el momento en que alquilas una casa de tu propiedad, la posesión pasa a ser del inquilino. Y tú para recuperar esa posesión, tienes que acudir a resolver el contrato por mutuo acuerdo, o hacerlo judicialmente a través de un lanzamiento. Y a partir de ese momento, puedes cambiar la llave (si quieres). De hecho, el dia del lanzamiento (o desahucio) hay que llevar un cerrajero por ese mismo motivo, para que quede acreditado en el acta judicial que se ha recuperado la posesión por el propietario a través del cambio de cerradura.
pantxo escribió:Son casos residuales, pero quién más quién menos conoce algún caso.
Impago de un trimestre consecutivo, disolución de contrato.
amchacon escribió:En el sistema español:
- El inquilino, quiera el casero o no, se queda 5 años de alquiler con el alquiler congelado al IPC. Eso sí, si el inquilino se quiere marchar antes puede hacerlo sin limitaciones.
amchacon escribió:- Si hay un impago, te tiras 2 años hasta que consigan el desahucio.
amchacon escribió:- Los daños en vivienda son casi imposibles de recuperar judicialmente.
amchacon escribió:Esque yo no veo que el inquilino sea la parte débil, para nada. Jurídicamente, el arrendatario está mucho más desprotegido.
amchacon escribió:Cuál es la queja? Que tienes que pagar cada mes? También podrías decir lo mismo de la comida o la factura de la luz. No entiendo la lógica.
GXY escribió:el problema no es que la ley sea "delincuente-friendly" sino el atasco de la administracion juridica.
GXY escribió:pantxo escribió:Son casos residuales, pero quién más quién menos conoce algún caso.
Impago de un trimestre consecutivo, disolución de contrato.
en realidad el contrato ya se disuelve con un mes de retraso, ojo, no impago. retraso. si el propietario quiere. le basta con esperar 10 dias naturales mas alla de la fecha tope especificada en contrato e ir a la policia/juzgado con el contrato y la documentacion demostrativa del impago.
el problema no es la legislacion, sino la accion legislativa (es decir, el proceso administrativo en juzgado de la reclamacion, y de la accion de lanzamiento). el problema no es que la ley sea "delincuente-friendly" sino el atasco de la administracion juridica.
pantxo escribió:GXY escribió:pantxo escribió:Son casos residuales, pero quién más quién menos conoce algún caso.
Impago de un trimestre consecutivo, disolución de contrato.
en realidad el contrato ya se disuelve con un mes de retraso, ojo, no impago. retraso. si el propietario quiere. le basta con esperar 10 dias naturales mas alla de la fecha tope especificada en contrato e ir a la policia/juzgado con el contrato y la documentacion demostrativa del impago.
el problema no es la legislacion, sino la accion legislativa (es decir, el proceso administrativo en juzgado de la reclamacion, y de la accion de lanzamiento). el problema no es que la ley sea "delincuente-friendly" sino el atasco de la administracion juridica.
¿Cómo demuestras documentalmente un impago?
Es decir, si el inquilino paga por transferencia, digamos, paga todos los días 1 de cada mes...si un mes llega el día 12 y no tengo el correspondiente pago, ¿Se puede disolver el contrato?
No sé si es que la gente no lo sabe, o no es exactamente así, pero si es así, iban a volar una cantidad de inquilinos morosos que no te haces una idea
amchacon escribió:Yo diría que es al revés. Es el inquilino quien tiene que demostrar el pago de la deuda. No tendría sentido de otra forma.
El tema esque el inquilino tiene cientos de formas de retrasar el proceso. Una muy popular es simplemente no recibiendo las notificaciones del juzgado, solo con eso se puede retrasar meses y meses el proceso.
Y lo de que tengas que pagar a un abogado y a un procurador es una putada. En otros países no hace falta contratarlos obligatoriamente (aunque sea recomendable si no te sabes la ley).
pantxo escribió:amchacon escribió:Yo diría que es al revés. Es el inquilino quien tiene que demostrar el pago de la deuda. No tendría sentido de otra forma.
El tema esque el inquilino tiene cientos de formas de retrasar el proceso. Una muy popular es simplemente no recibiendo las notificaciones del juzgado, solo con eso se puede retrasar meses y meses el proceso.
Y lo de que tengas que pagar a un abogado y a un procurador es una putada. En otros países no hace falta contratarlos obligatoriamente (aunque sea recomendable si no te sabes la ley).
Vamos, el clásico "ahora no me viene bien pagar, que denuncie, que va a llevar tiempo, y mientras vamos viendo lo que pasa"
Y en ese mientras, como digo, el arrendador con el piso ocupado y sin cobrar el alquiler. Yo ahí veo una desprotección clara con respecto al inquilino, me da igual la causa.
pantxo escribió:¿Cómo demuestras documentalmente un impago?
pantxo escribió:Es decir, si el inquilino paga por transferencia, digamos, paga todos los días 1 de cada mes...si un mes llega el día 12 y no tengo el correspondiente pago, ¿Se puede disolver el contrato?
pantxo escribió:No sé si es que la gente no lo sabe, o no es exactamente así, pero si es así, iban a volar una cantidad de inquilinos morosos que no te haces una idea.
pantxo escribió:De todas formas, por lo que entiendo, una vez cumplido el plazo...a la comisaría/juzgado...y a esperar a que lo echen, con lo cual para el caso, patatas. No te pagan y a esperar que el inquilino se quiera ir o lo echen. Por legislación o lentitud...el resultado es que el casero se queda con cara de bobo
GXY escribió:
mucha gente no se lo sabe. ¿a ti 10 dias de retraso por parte de una persona que ha perdido los ingresos con los cuales empezó a pagar el piso en primer lugar, te parecen suficientes para resolver el contrato y echarlo?
amchacon escribió:
En el sistema español:
- El inquilino, quiera el casero o no, se queda 5 años de alquiler con el alquiler congelado al IPC.
dinodini escribió:amchacon escribió:
En el sistema español:
- El inquilino, quiera el casero o no, se queda 5 años de alquiler con el alquiler congelado al IPC.
Y ya ni eso. Con las leyes de este gobierno lo firmado es papel mojado. Da igual que el contrato se haya puesto que el alquiler subirá lo mismo que la inflación, eso no vale nada. Los contratos se lo pasan por el forro. Ahora solo se puede subir el 2% anual, excepto claro está, que el ipc se ponga por debajo del 2%, que entonces y ahora si, se tendría en cuenta lo firmado en el contrato.
Neo_darkness escribió:pantxo escribió:amchacon escribió:Yo diría que es al revés. Es el inquilino quien tiene que demostrar el pago de la deuda. No tendría sentido de otra forma.
El tema esque el inquilino tiene cientos de formas de retrasar el proceso. Una muy popular es simplemente no recibiendo las notificaciones del juzgado, solo con eso se puede retrasar meses y meses el proceso.
Y lo de que tengas que pagar a un abogado y a un procurador es una putada. En otros países no hace falta contratarlos obligatoriamente (aunque sea recomendable si no te sabes la ley).
Vamos, el clásico "ahora no me viene bien pagar, que denuncie, que va a llevar tiempo, y mientras vamos viendo lo que pasa"
Y en ese mientras, como digo, el arrendador con el piso ocupado y sin cobrar el alquiler. Yo ahí veo una desprotección clara con respecto al inquilino, me da igual la causa.
Desprotección? Desprotección ninguna. El propietario denuncia y cuando se haya demostrado que tiene razón puede proceder a recuperar su inmueble. No sé dónde está la desprotección ahí.
Es que no veo alternativa, o mejor dicho, la alternativa es un disparate, además de ser ilegal e inconstitucional. O de verdad estás proponiendo que el arrendador tras denunciar al arrendatario pueda recuperar su vivienda sin más? Sin juicio, sin pruebas. Por su cara bonita.
GXY escribió:pantxo escribió:¿Cómo demuestras documentalmente un impago?
1.- especificando en el contrato de arrendamiento la cuenta de cargo (generalmente en un anexo del mismo)
2.- con un extracto de movimientos de dicha cuenta.pantxo escribió:Es decir, si el inquilino paga por transferencia, digamos, paga todos los días 1 de cada mes...si un mes llega el día 12 y no tengo el correspondiente pago, ¿Se puede disolver el contrato?
normalmente se pone una fecha tope "del 1 al 5" o algo similar. algunos contratos especifican el dia 10 como tope porque las prestaciones y subsidios se cobran los dias 10 (excepto durante el covid... que la administracion automagicamente empezo a pagarlos del 1 al 5 xD). 10 dias naturales despues de esa fecha de tope, ya se considera impago.pantxo escribió:No sé si es que la gente no lo sabe, o no es exactamente así, pero si es así, iban a volar una cantidad de inquilinos morosos que no te haces una idea.
mucha gente no se lo sabe. ¿a ti 10 dias de retraso por parte de una persona que ha perdido los ingresos con los cuales empezó a pagar el piso en primer lugar, te parecen suficientes para resolver el contrato y echarlo?pantxo escribió:De todas formas, por lo que entiendo, una vez cumplido el plazo...a la comisaría/juzgado...y a esperar a que lo echen, con lo cual para el caso, patatas. No te pagan y a esperar que el inquilino se quiera ir o lo echen. Por legislación o lentitud...el resultado es que el casero se queda con cara de bobo
los inquilinos cuando el asunto se judicializa (les llega comunicacion judicial, o "aviso" del casero), automaticamente dejan de pagar porque saben que igualmente lo tienen perdido y que cuando se sentencie se les va a lanzar y cuando se les venga a lanzar van a tener que salir aunque paguen e independientemente de en qué situacion esten, aunque sean de carne de servicios sociales, con lo cual, pues prefieren quedarse el dinero que tendran que utilizar para pagar 3 mensualidades al siguiente donde tengan que entrar.
amchacon escribió:dinodini escribió:amchacon escribió:
En el sistema español:
- El inquilino, quiera el casero o no, se queda 5 años de alquiler con el alquiler congelado al IPC.
Y ya ni eso. Con las leyes de este gobierno lo firmado es papel mojado. Da igual que el contrato se haya puesto que el alquiler subirá lo mismo que la inflación, eso no vale nada. Los contratos se lo pasan por el forro. Ahora solo se puede subir el 2% anual, excepto claro está, que el ipc se ponga por debajo del 2%, que entonces y ahora si, se tendría en cuenta lo firmado en el contrato.
Y luego dicen que en España hay seguridad juridicaNeo_darkness escribió:pantxo escribió:
Vamos, el clásico "ahora no me viene bien pagar, que denuncie, que va a llevar tiempo, y mientras vamos viendo lo que pasa"
Y en ese mientras, como digo, el arrendador con el piso ocupado y sin cobrar el alquiler. Yo ahí veo una desprotección clara con respecto al inquilino, me da igual la causa.
Desprotección? Desprotección ninguna. El propietario denuncia y cuando se haya demostrado que tiene razón puede proceder a recuperar su inmueble. No sé dónde está la desprotección ahí.
Es que no veo alternativa, o mejor dicho, la alternativa es un disparate, además de ser ilegal e inconstitucional. O de verdad estás proponiendo que el arrendador tras denunciar al arrendatario pueda recuperar su vivienda sin más? Sin juicio, sin pruebas. Por su cara bonita.
Lo cual no quita que el proceso se puede optimizar muchisimo.
Para empezar, no deberia ser obligatorio contratar procurador + abogado. Si ya te sabes la ley, es un sobrecoste que te podrias ahorrar.
El tema de las notificaciones, el juzgado deberia notificar por burofax casi en el momento. Si tras varios 3 intentos por la empresa de mensajeria, este no se puede entregar, las FCES deberian hacer las diligencias para localizar al inquilino y entregarle la notificacion.
La justicia gratuita deberia resolverse mas rapido y no servir como excusa para retrasar el proceso. El estado pone un precio, y por cada semana de espera a que se asigne un abogado, se sube el precio un 1%. Se entiende que en menos de 2 meses el caso ya habra sido asignado a un abogado de oficio.
Y ya por ultimo, menos dinero en cine, RTVE... Y mas en juzgados/jueces
Neo_darkness escribió:pantxo escribió:amchacon escribió:Yo diría que es al revés. Es el inquilino quien tiene que demostrar el pago de la deuda. No tendría sentido de otra forma.
El tema esque el inquilino tiene cientos de formas de retrasar el proceso. Una muy popular es simplemente no recibiendo las notificaciones del juzgado, solo con eso se puede retrasar meses y meses el proceso.
Y lo de que tengas que pagar a un abogado y a un procurador es una putada. En otros países no hace falta contratarlos obligatoriamente (aunque sea recomendable si no te sabes la ley).
Vamos, el clásico "ahora no me viene bien pagar, que denuncie, que va a llevar tiempo, y mientras vamos viendo lo que pasa"
Y en ese mientras, como digo, el arrendador con el piso ocupado y sin cobrar el alquiler. Yo ahí veo una desprotección clara con respecto al inquilino, me da igual la causa.
Desprotección? Desprotección ninguna. El propietario denuncia y cuando se haya demostrado que tiene razón puede proceder a recuperar su inmueble. No sé dónde está la desprotección ahí.
Es que no veo alternativa, o mejor dicho, la alternativa es un disparate, además de ser ilegal e inconstitucional. O de verdad estás proponiendo que el arrendador tras denunciar al arrendatario pueda recuperar su vivienda sin más? Sin juicio, sin pruebas. Por su cara bonita.
amchacon escribió:Y luego dicen que en España hay seguridad juridica
Gurlukovich escribió:Pero lo cierto es que cualquier casero te va a intentar dejar un márgen para que pagues y no tener que meterse en un proceso de desahucio caro y quizá largo, además de buscar otro inquilno. A no ser que ya quisiera desahuciarte de antes por cualquier otro motivo.
PD: por mucho que dejes de pagar ese dinero lo sigues debiendo, otra cosa es que al casero no le valga la pena reemprender el proceso para que te embarguen cuentas o salarios que quizá no tengas o no se puedan embargar.
GXY escribió:Gurlukovich escribió:Pero lo cierto es que cualquier casero te va a intentar dejar un márgen para que pagues y no tener que meterse en un proceso de desahucio caro y quizá largo, además de buscar otro inquilno. A no ser que ya quisiera desahuciarte de antes por cualquier otro motivo.
1.- cierto, pero entonces estamos hablando de que el animo del arrendador es negociar y tal vez ceder. lo que he leido en el hilo es "quiero mi piso ya" o "mejor no pongo mi piso en alquiler que ya sabemos lo que hay".
pantxo escribió:GXY escribió:Gurlukovich escribió:Pero lo cierto es que cualquier casero te va a intentar dejar un márgen para que pagues y no tener que meterse en un proceso de desahucio caro y quizá largo, además de buscar otro inquilno. A no ser que ya quisiera desahuciarte de antes por cualquier otro motivo.
1.- cierto, pero entonces estamos hablando de que el animo del arrendador es negociar y tal vez ceder. lo que he leido en el hilo es "quiero mi piso ya" o "mejor no pongo mi piso en alquiler que ya sabemos lo que hay".
No es menos cierto que hay inquilinos que sabiendo que al arrendador le apetece 3 narices meterse en líos judiciales, le van dando largas, y mientras "que me me quiten lo bailao".
Aquí hay una realidad innegable: Si un inquilino decide, por la razón que sea, dejar de pagar un alquiler, sabe desde ya, que unos meses de "prórroga" hasta que logren echarlo, los tiene. A mi eso me parece una desprotección clara, en mi opinión.
pantxo escribió:Vale, vamos a dejar claro que el tema de la llave lo he entendido jajajaja
amchacon escribió:Para empezar, no deberia ser obligatorio contratar procurador + abogado. Si ya te sabes la ley, es un sobrecoste que te podrias ahorrar.
amchacon escribió:El tema de las notificaciones, el juzgado deberia notificar por burofax casi en el momento. Si tras varios 3 intentos por la empresa de mensajeria, este no se puede entregar, las FCES deberian hacer las diligencias para localizar al inquilino y entregarle la notificacion.
amchacon escribió:La justicia gratuita deberia resolverse mas rapido y no servir como excusa para retrasar el proceso. El estado pone un precio, y por cada semana de espera a que se asigne un abogado, se sube el precio un 1%. Se entiende que en menos de 2 meses el caso ya habra sido asignado a un abogado de oficio.
amchacon escribió:Y ya por ultimo, menos dinero en cine, RTVE... Y mas en juzgados/jueces
GXY escribió:pantxo escribió:GXY escribió:
1.- cierto, pero entonces estamos hablando de que el animo del arrendador es negociar y tal vez ceder. lo que he leido en el hilo es "quiero mi piso ya" o "mejor no pongo mi piso en alquiler que ya sabemos lo que hay".
No es menos cierto que hay inquilinos que sabiendo que al arrendador le apetece 3 narices meterse en líos judiciales, le van dando largas, y mientras "que me me quiten lo bailao".
Aquí hay una realidad innegable: Si un inquilino decide, por la razón que sea, dejar de pagar un alquiler, sabe desde ya, que unos meses de "prórroga" hasta que logren echarlo, los tiene. A mi eso me parece una desprotección clara, en mi opinión.
tu opinion ha quedado clara.
espero que los hechos que he expuesto en el hilo tambien te parezcan claros.
GXY escribió:creo que he dejado claro que a nivel legislativo el desprotegido en caso de impago es el inquilino.
lo que "protege" al inquilino es el atasco de la administracion judicial. si los juzgados no estuvieran atascados los inquilinos serian lanzados en menos de 3 meses.
GXY escribió:amchacon escribió:Y luego dicen que en España hay seguridad juridica
eso se puso, de nuevo, para (esta si) proteger a los inquilinos frente a un nivel (supuestamente extraordinario) de IPC anual que, aplicado sobre la marcha al alquiler, podria poner al inquilino al limite de no poder pagarlo.
imaginate subidas de 8-10% anuales en los alquileres.
de nuevo, si los alquileres estuvieran regulados como deberian (incluido su precio) y existiera la revision automatica de salarios/pensiones/prestaciones/subsidios que comente en otro hilo, con respecto al IPC, entonces no habria problema en subir el alquiler automaticamente de acuerdo al IPC porque los ingresos de la persona tambien habrian subido de acuerdo al IPC al mismo tiempo y el balance financiero del inquilino estaria cubierto o habria mecanismos para salvar las situaciones que se pudieran dar... pero como no lo hay y lo que impera es la ley de la selva, pues el que tiene que ir al rescate del inquilino, via leyes, es el gobierno.
pero con parchecitos y no con una reforma integral. reforma integral que los propietarios no quieren porque saben que, "por muy desprotegidos que esten ahora" con una regulacion con cara y ojos se les acaba el chollo, y el chollo es muy goloso.
GXY escribió:y si, concuerdo en que la justicia deberia ser mas rapida. sabes como habria que hacer eso, verdad? es un coste que te parezca que estarias dispuesto a que el estado afrontara?
GXY escribió:en mi opinion la solucion a la mayoria de problemas de la administracion de justicia es... sacar la administracion de justicia de la ecuacion. en mi opinion el 99% de asuntos referidos a pisos se podrian resolver por via administrativa. y lo mismo digo de asuntos financieros (los famosos "monitorios") y laborales (despidos, reclamaciones, etc). una agencia con capacidad de mediacion entre las partes y una correcta regulacion, resolveria practicamente todos los problemas en cuestion sin necesidad de acudir al juzgado, dejando estos solo para las situaciones de conflicto que no se puedan resolver por la via administrativa.
Neo_darkness escribió:Sí, y si ya sabes en que lado está el hígado pues puedes operar sin problema al vecindario. Y recetar todo tipo de medicamentos.
Para algo están los colegios y es precisamente para ofrecer seguridad en caso de fraude o negligencia.
You can only use this service if:
you’re over 18
you own a property in England
you’re owed money in rent or mortgage payments for a residential property
Neo_darkness escribió:El problema no es la notificación. El problema es que el inquilino puede ir presentando reclamaciones. Eso es lo que hace que todo el asunto vaya tan despacio.
Neo_darkness escribió:No acabo de entender qué quieres decir. Lo que está claro es que la justicia es lenta y si fuese más rápida saldríamos todos beneficiados. Creo que ahí no hay discusión posible.
GXY escribió:creo que he dejado claro que a nivel legislativo el desprotegido en caso de impago es el inquilino.
Adris escribió:pantxo escribió:Vale, vamos a dejar claro que el tema de la llave lo he entendido jajajaja
Volviendo a la llave. A ve si compartes esto.
Que el inquilino cambie la cerradura, las veces que le dé la gana, pero que comparta una copia con el propietario.
Yo eso lo veo como el punto intermedio perfecto, si ese piso ha estado alquilado antes, varias veces.
Por lo demás, y ateniéndome a las experiencias cercanas sobre alquilar piso, antes lo vendo.
Juaner escribió:GXY escribió:creo que he dejado claro que a nivel legislativo el desprotegido en caso de impago es el inquilino.
Es que alguien que no paga por el servicio que ha contratado no tendría por qué estar protegido por nadie.
srkarakol escribió:Yo tengo alquilado un piso, soy casero, vamos. El tema es que cuando puse el piso en alquiler, cogí los gastos que yo tenía de ese piso le añadí un pequeño "por si acaso" y puse el piso en alquiler aprox 200€-250€ mas barato que un piso similar por la zona. Por qué hice eso?? pues porque no creo en la especulación y, sinceramente, no me hacía falta mas.
Total, años después en los que no he subido ni el IPC, me encuentro con que mis gastos subem (hipoteca e historias) y hablo con el inquilino y llego a un acuerdo con él para subir a un precio que sin cubrir mis gastos, me hacía estar cómodo y el piso había pasado a estar ya en 250€-300€ mas barato que cualquier otro por la zona (con la subida que le platee) ya que los alquileres han subido bastante.
Qué hizo mi inquilino?? Pues me llamó y me dijo que la nueva ley dice que no puedo subirle el alquiler mas de un 2%, cosa que tiene razón... hablé con él, le hice ver que el piso estaba mucho mas barato que cualquier otro por la zona, que no le había subido el precio nunca desde que entró... su respuesta?? "Eso lo has hecho así porque tú has querido". La cara de tonto que se me quedó fue espectacular.
En fin, con todo esto, sigo firme en mis creencias de no querer especular con la vivienda y creo que el inquilino debe ser el que esté protegido... si, aún con mi experiencia creo eso. Ahora pues me toca esperar y aplicar la subida que tenía prevista en cuanto la ley me lo permita... y seguramente pues se lo subiré mas de lo que tenía previsto (sin llegar a los abusos que hay por la zona) porque, sinceramente, me ha sentado muy mal su actitud.
Juaner escribió:Y encima con un inquilino que ha resultado ser un gilipollas ingrato sabiéndose protegido por la ley
Juaner escribió:Si alquilas un piso y no estás cubriendo tus gastos, lo que estás haciendo es beneficencia privada xD Que se que eres consciente y además con tu piso haces lo que estimes oportuno, faltaría más, pero ya son ganas de meterse en follones. Y encima con un inquilino que ha resultado ser un gilipollas ingrato.
srkarakol escribió:Juaner escribió:Si alquilas un piso y no estás cubriendo tus gastos, lo que estás haciendo es beneficencia privada xD Que se que eres consciente y además con tu piso haces lo que estimes oportuno, faltaría más, pero ya son ganas de meterse en follones. Y encima con un inquilino que ha resultado ser un gilipollas ingrato.
Que si... que lo tengo claro, que soy tonto... me lo dicen mi mujer, mis padres y mis amigos... puedes unirte al club, lo tengo asumido.
Sinceramente, me sabía mal trasmitirle toda la subida de mi hipoteca y tal... pero vamos, que he aprendido la lección. Además, aún pasándole todos los gastos, el piso seguirá muy por debajo del precio de la zona.
GXY escribió:creo que he dejado claro que a nivel legislativo el desprotegido en caso de impago es el inquilino.
lo que "protege" al inquilino es el atasco de la administracion judicial. si los juzgados no estuvieran atascados los inquilinos serian lanzados en menos de 3 meses.
srkarakol escribió:Juaner escribió:Si alquilas un piso y no estás cubriendo tus gastos, lo que estás haciendo es beneficencia privada xD Que se que eres consciente y además con tu piso haces lo que estimes oportuno, faltaría más, pero ya son ganas de meterse en follones. Y encima con un inquilino que ha resultado ser un gilipollas ingrato.
Que si... que lo tengo claro, que soy tonto... me lo dicen mi mujer, mis padres y mis amigos... puedes unirte al club, lo tengo asumido.
Sinceramente, me sabía mal trasmitirle toda la subida de mi hipoteca y tal... pero vamos, que he aprendido la lección. Además, aún pasándole todos los gastos, el piso seguirá muy por debajo del precio de la zona.
srkarakol escribió:Yo tengo alquilado un piso, soy casero, vamos. El tema es que cuando puse el piso en alquiler, cogí los gastos que yo tenía de ese piso le añadí un pequeño "por si acaso" y puse el piso en alquiler aprox 200€-250€ mas barato que un piso similar por la zona. Por qué hice eso?? pues porque no creo en la especulación y, sinceramente, no me hacía falta mas.
Total, años después en los que no he subido ni el IPC, me encuentro con que mis gastos suben (hipoteca e historias) y hablo con el inquilino y llego a un acuerdo con él para subir a un precio que sin cubrir mis gastos, me hacía estar cómodo y el piso había pasado a estar ya en 250€-300€ mas barato que cualquier otro por la zona (aun con la subida que le plantee) ya que los alquileres han subido bastante.
Qué hizo mi inquilino?? Pues me llamó y me dijo que la nueva ley dice que no puedo subirle el alquiler mas de un 2%, cosa que tiene razón... hablé con él, le hice ver que el piso estaba mucho mas barato que cualquier otro por la zona, que no le había subido el precio nunca desde que entró... su respuesta?? "Eso lo has hecho así porque tú has querido". La cara de tonto que se me quedó fue espectacular.
En fin, con todo esto, sigo firme en mis creencias de no querer especular con la vivienda y creo que el inquilino debe ser el que esté protegido... si, aún con mi experiencia creo eso. Ahora pues me toca esperar y aplicar la subida que tenía prevista en cuanto la ley me lo permita... y seguramente pues se lo subiré mas de lo que tenía previsto (sin llegar a los abusos que hay por la zona) porque, sinceramente, me ha sentado muy mal su actitud.
amchacon escribió:Si la gente lo pone 250€ mas caro era, porque en otras cosas, no van a poder tocar practicamente nada del alquiler en 5 años. Menuda gracia seria que te subiera el euribor o la comunidad en ese periodo. No te digo si encima el gobierno se saca una limitacion de precios de la nada.
dinodini escribió:Y Podemos cree que eso de subir un 2% anual sigue siendo un abuso y que deberían de congelarse el precio de los alquileres durante los 5 años de contrato, y que cuando terminen estos 5 años, si el inquilino quiere, se prorrogue automáticamente otros 3 años mas. es decir, el propietario no puede acceder a su vivienda hasta pasado 8 años de firmado el contrato, vamos, que eso se va pareciendo mas a una confiscación que a un contrato de arrendamiento. Luego se extrañan que mucha gente prefiera tener el piso vació que meterse en estas berenjenales.
También quieren que por ley se baje de forma automática el precio del alquiler de las zonas tensionadas al 35% de la renta de esa zona, o sea, que todos los alquileres de ese barrio bajen de media un 30 o 40% de golpe, y se mantenga ese precio de por vida. De nuevo, lo firmado en el contrato es papel mojado.
Todavía no se han enterado los de Podemos que el problema del alquiler de la vivienda en España no es porque los propietarios ponen los precios que les da la gana y piden lo que quieren porque son malísimos y han dicho vamos a pedir el doble porque nos da la gana, sino que el precio lo determina la ley de oferta y demanda. Falta vivienda en alquiler, y en parte, porque ya no se hace vpo de alquiler. El gobierno se gasta 0 euros en viviendas en vivienda social, y mientras no se resuelva esto, los precios seguirán subiendo. La solución que buscan es que sean los propietario los que hagan la labor social que ellos no quieren hacer, pero tampoco eso resolverá el problema porque por cada piso que se pone en alquiler en el mercado hay 10 personas buscando vivir de alquiler.