¿Están los arrendadores "desprotegidos" en el tema del alquiler?

1, 2, 3, 4, 510
Encuesta
¿Quién está más protegido legalmente?
59%
95
41%
66
Hay 161 votos.
Traigo este debate desde otro hilo para no hacer off topic.

El caso es que en mi opinión, después de ver cosas como la renovación obligatoria de alquiler a 3 y 5 años, la obligatoriedad de demostrar que le vas a dar un uso continuado a tu casa para poder extinguir un alquiler, o el derecho legal de un arrendado de cambiar la cerradura de la casa (esto ya he entendido el porqué, gracias), a mi me genera un cierto vértigo pensando como arrendador.

Está claro que deben garantizarse unos derechos para evitar que se pueda echar a alguien o subir el alquiler de un día para otro, pero no deja de ser una vivienda de mi propiedad, que cedo temporalmente en usufructo, y por tanto, la preferencia absoluta de disfrute, con un plazo y una contraprestación razonable, debería de ser mía, en mi opinión.

¿Y vosotros, que pensáis?
Creo que las medias se han hecho con la idea de que se tenga que mantener el alquiler y sólo subir los establecido por ley evitar que el casero rescinda el contrato para hacerte uno nuevo y subirte un 20% o más.

El mercado de arrendamiento está insostenible, entiendo a los arrendadores que ceden su vivienda para tener un rendimiento, pero es un mercado con precios de locos y en algunas zonas es imposible alquilar a no ser que compartas las habitaciones con literas.

Es jodido, si suben los sueldos subirán los alquileres, si bajan se mantienen. Si dan ayudas se mantienen, si controlan los precios los propietarios no arrienda, por lo que hay menos oferta y suben los precios.

La solución, construir vivienda pública a precio racional y accesible evitando y multado a quienes se beneficien o hagan el agosto de estas viviendas públicas.

Aun recuerdo cuando fui a preguntar para alquilar una vivienda pública, me soltaron que con un sueldo no podría acceder, que mejor me busacara una persona mayor para compartir piso.

Algo absurdo y surrealista.
Lo que voy a decir es impopular, pero yo, como futuro potencial arrendador, lo tengo claro:

Más tarde o más temprano, tendré la propiedad de un piso de 3 dormitorios exterior a medias con mi hermana. Por 400-500€ al mes (a medias obviamente), menos lo que nos cueste el seguro de impagos y demás coberturas, lo pongo en venta, lo abro para airearlo cada 15 días y me dejo de líos, de renovaciones, de plazos, de tener que justificar para que lo quiero y toda la historia...
El problema que se da aquí es cuando la vivienda pasa a ser algo de tal valor que se usa únicamente para lucrarse de forma que choca frontalmente con el derecho a la vivienda.

Realmente, y aunque las compañías de alarmas hayan querido vender lo contrario, la parte desprotegida en un contrato de alquiler es siempre el inquilino, y de ahí vienen muchas de las normas.
Y ha quedado patente que muchas son insuficientes...

pantxo escribió:Lo que voy a decir es impopular, pero yo, como futuro potencial arrendador, lo tengo claro:

Más tarde o más temprano, tendré la propiedad de un piso de 3 dormitorios exterior a medias con mi hermana. Por 400-500€ al mes (a medias obviamente), menos lo que nos cueste el seguro de impagos y demás coberturas, lo pongo en venta, lo abro para airearlo cada 15 días y me dejo de líos, de renovaciones, de plazos, de tener que justificar para que lo quiero y toda la historia...

Esto no es impopular, es que es lo que hay que hacer: Hoy en día no hay acceso a vivienda en propiedad, porque la gente la compra para ponerla acto seguido en alquiler, y garantizarse ingresos.
Eso genera que el precio de la vivienda suba, lo cual empuja a gente que querría comprar, a tener que alquilar.

Así que repito: Animo a cualquiera al que le "sobre" un piso y que no quiera lidiar con alquileres, a ponerlo en venta.
Yo flipé en su día, por ejemplo, con que un inquilino pueda legalmente cambiar la cerradura.

Entiendo el derecho a la intimidad y a la intromisión, pero...¿Cambiar la cerradura de MI casa? Me parece fuerte
#444388# está baneado del subforo por "flames"
pantxo escribió:Yo flipé en su día, por ejemplo, con que un inquilino pueda legalmente cambiar la cerradura.

Entiendo el derecho a la intimidad y a la intromisión, pero...¿Cambiar la cerradura de MI casa? Me parece fuerte

Yo no lo veo ni tan raro ni tan fuerte. Al fin y al cabo, el arrendador no tiene derecho a acceder a la casa sin permiso del arrendatario.

Y lo digo con conocimiento de causa, como arrendador.
kopperpot escribió:
pantxo escribió:Yo flipé en su día, por ejemplo, con que un inquilino pueda legalmente cambiar la cerradura.

Entiendo el derecho a la intimidad y a la intromisión, pero...¿Cambiar la cerradura de MI casa? Me parece fuerte

Yo no lo veo ni tan raro ni tan fuerte. Al fin y al cabo, el arrendador no tiene derecho a acceder a la casa sin permiso del arrendatario.

Y lo digo con conocimiento de causa, como arrendador.


Si, si, si por eso digo que entiendo que el arrendador no puede entrar por las buenas en una casa, pero no sé, cambiar la llave me parece duro. No sé a mi me llamó la atención.

A mi no se me ocurriría presentarme sin avisar, ni siquiera presentarme en general, pero yo alquilo mi casa, a los dos días me cambian la cerradura y me mosqueo
#444388# está baneado del subforo por "flames"
@pantxo Desde el momento en que alquilas una casa de tu propiedad, la posesión pasa a ser del inquilino. Y tú para recuperar esa posesión, tienes que acudir a resolver el contrato por mutuo acuerdo, o hacerlo judicialmente a través de un lanzamiento. Y a partir de ese momento, puedes cambiar la llave (si quieres). De hecho, el dia del lanzamiento (o desahucio) hay que llevar un cerrajero por ese mismo motivo, para que quede acreditado en el acta judicial que se ha recuperado la posesión por el propietario a través del cambio de cerradura.

Por eso da igual que el propietario tenga o no copia de la llave una vez alquila la casa. A mí, mi inquilino de ahora me pidió permiso para hacerlo porque se sentía intranquilo al vivir solo y yo le respondí que sí, que no hacía falta ni que me pidiera permiso, al fin y al cabo ahora es su domicilio.

Por eso, cuando se resuelva el alquiler de ahora y llegue un nuevo inquilino, le comentaré que el inquilino anterior cambió la cerradura, y que veo recomendable que él haga lo mismo, por su propia seguridad.
kopperpot escribió:@pantxo Desde el momento en que alquilas una casa de tu propiedad, la posesión pasa a ser del inquilino. Y tú para recuperar esa posesión, tienes que acudir a resolver el contrato por mutuo acuerdo, o hacerlo judicialmente a través de un lanzamiento. Y a partir de ese momento, puedes cambiar la llave (si quieres). De hecho, el dia del lanzamiento (o desahucio) hay que llevar un cerrajero por ese mismo motivo, para que quede acreditado en el acta judicial que se ha recuperado la posesión por el propietario a través del cambio de cerradura.

Por eso da igual que el propietario tenga o no copia de la llave una vez alquila la casa. A mí, mi inquilino de ahora me pidió permiso para hacerlo porque se sentía intranquilo al vivir solo y yo le respondí que sí.

Por eso, cuando se resuelva el alquiler de ahora y llegue un nuevo inquilino, le comentaré que el inquilino anterior cambió la cerradura, y que veo recomendable que él haga lo mismo, por su propia seguridad.


Esto es algo que no tengo claro, no sé exactamente qué dice la ley, por eso no me atrevo a afirmarlo con rotundidad, pero no creo que la "propiedad" pase a ser del inquilino.

Mi casa es y sigue siendo mía, otro cosa es que yo te deje hacer uso de ella temporalmente a cambio de una contraprestación económica. Pero la propiedad, es mía, o eso me suena lógico a mi, igual la ley me quita la razón, no lo sé
pantxo escribió:Yo flipé en su día, por ejemplo, con que un inquilino pueda legalmente cambiar la cerradura.

Entiendo el derecho a la intimidad y a la intromisión, pero...¿Cambiar la cerradura de MI casa? Me parece fuerte

Los caseros no tienen que entrar jamás en la casa de los inquilinos, entonces, qué más te da? ¿Serías más feliz si no te lo dijeran?
pantxo escribió:Lo que voy a decir es impopular, pero yo, como futuro potencial arrendador, lo tengo claro:

Más tarde o más temprano, tendré la propiedad de un piso de 3 dormitorios exterior a medias con mi hermana. Por 400-500€ al mes (a medias obviamente), menos lo que nos cueste el seguro de impagos y demás coberturas, lo pongo en venta, lo abro para airearlo cada 15 días y me dejo de líos, de renovaciones, de plazos, de tener que justificar para que lo quiero y toda la historia...

Impopular por qué? te sorprendería la de gente que tiene vivienda(S) cerradas a cal y canto porque no quiere historias, que las malvende o que las deja que se caigan abajo o se pierdan.

Cada uno con sus cosas hace lo que le da la gana. Ahora, si quieres alquilarla, tendrás que seguir las leyes, unas más entendibles y otras menos, unas hechas para proteger a unos y otras a otros, pero generalmente hechas para proteger a los menos afortunados ( el que vive de alquiler). ¿Que hay abusos? pues como en cada y toda una de las leyes que tenemos, el que se coge la baja porque le da la gana, el que trabaja en negro cobrando del paro, el empresario que te hace hacer cien horas al mes gratis, el autónomo que mete todo al cajón y al estado solo le pide las paguitas pues ya sabemos, con todo, con los alquileres no iba a ser menos.
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@pantxo Lo que transmites en un arrendamiento es la POSESION del inmueble, la propiedad sigue siendo tuya.

La posesión y la propiedad no son lo mismo. La posesion de un inmueble se puede transmitir en un documento o contrato privado. La propiedad de un inmueble solamente se puede transmitir en un documento público (escritura ante notario).

Te lo dije antes:

kopperpot escribió:@pantxo Desde el momento en que alquilas una casa de tu propiedad, la posesión pasa a ser del inquilino. Y tú para recuperar esa posesión, tienes que acudir a resolver el contrato por mutuo acuerdo, o hacerlo judicialmente a través de un lanzamiento. Y a partir de ese momento, puedes cambiar la llave (si quieres). De hecho, el dia del lanzamiento (o desahucio) hay que llevar un cerrajero por ese mismo motivo, para que quede acreditado en el acta judicial que se ha recuperado la posesión por el propietario a través del cambio de cerradura.
kopperpot escribió:@pantxo Lo que transmites en un arrendamiento es la POSESION del inmueble, la propiedad sigue siendo tuya.

La posesión y la propiedad no son lo mismo. La posesion de un inmueble se puede transmitir en un documento o contrato privado. La propiedad de un inmueble solamente se puede transmitir en un documento público (escritura ante notario).

Te lo dije antes:

kopperpot escribió:@pantxo Desde el momento en que alquilas una casa de tu propiedad, la posesión pasa a ser del inquilino. Y tú para recuperar esa posesión, tienes que acudir a resolver el contrato por mutuo acuerdo, o hacerlo judicialmente a través de un lanzamiento. Y a partir de ese momento, puedes cambiar la llave (si quieres). De hecho, el dia del lanzamiento (o desahucio) hay que llevar un cerrajero por ese mismo motivo, para que quede acreditado en el acta judicial que se ha recuperado la posesión por el propietario a través del cambio de cerradura.


Ah, vale, vale, entiendo. Gracias

No sé yo como inquilino siempre fui ejemplar, de hecho en mi primer apartamento, con 24 años, la dueña me perdonó el último mes, además de devolverme la fianza, porque "nunca había tenido un inquilino tan bueno como yo", y sin embargo, como posible arrendador soy muy receloso.

Cosas que tiene uno
El cambio de cerradura yo lo veo lógico, no sabes que otros inquilinos pueden haber habitado antes y tengan copias de la llave y les de por hacer una visita a posteriori y se lleve tus pertenencias.
Está claro que en ese tema el raro soy yo jaja
B4HaMuT escribió:El cambio de cerradura yo lo veo lógico, no sabes que otros inquilinos pueden haber habitado antes y tengan copias de la llave y les de por hacer una visita a posteriori y se lleve tus pertenencias.

Dicho esto, he vivido como en una docena de sitios de alquiler, y jamás he cambiado ninguna cerradura. No sé si será lo normal o no, pero nunca lo he hecho ni me ha pasado eso ( que vengan anteriores inquilinos) ni los dueños.
Yo soy arrendador de varios inmuebles, hace años aprendí una máxima, jamas alquilar a particulares, solo a empresas, haciendo esto te quitas muchos dolores de cabeza
Que si las leyes son muy protectoras para el inquilino o para el propietario... Deducirlo es fácil. Basta con vivir un año de inquilino. :o
pantxo escribió:Lo que voy a decir es impopular, pero yo, como futuro potencial arrendador, lo tengo claro:

Más tarde o más temprano, tendré la propiedad de un piso de 3 dormitorios exterior a medias con mi hermana. Por 400-500€ al mes (a medias obviamente), menos lo que nos cueste el seguro de impagos y demás coberturas, lo pongo en venta, lo abro para airearlo cada 15 días y me dejo de líos, de renovaciones, de plazos, de tener que justificar para que lo quiero y toda la historia...


Lo vendes, obtienes pasta, que si no inviertes en algo, se la va comiendo la inflación. ¿En que invierte mucha gente? En un piso para alquilar, por eso se complican la vida con el tema.
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GXY escribió:Que si las leyes son muy protectoras para el inquilino o para el propietario... Deducirlo es fácil. Basta con vivir un año de inquilino Y SIN PAGAR. :o


Fixed (con permiso) [ginyo]
Una persona que alquila un piso para VIVIR en él, lo quiere para vivir en él, y lógicamente, siendo su HOGAR, tiene derecho a ciertas seguridades, como por ejemplo, la de que no le pueden echar a la calle pasados unos meses, por capricho del arrendador, o porque el arrendador intenta especular arrendándole el piso a otras personas a un precio superior, por poner ejemplos.

Tampoco sería aceptable que el arrendador se presentase por sorpresa para "inspeccionar" el piso. Cuando una persona vive en un piso, es su HOGAR y nadie puede entrar en él sin su permiso.

A veces cuando veo anuncios de alquileres donde se prohíbe prácticamente todo y se ponen exigencias arbitrarias al inquilino, como si una persona que quiere alquilar un piso fuera un presunto delincuente, me pregunto si esos arrendadores buscan un inquilino, o más bien quieren encontrar un "tonto", es decir alguien que alquile su piso pero realmente no viva en él, no gaste nada, no consuma, no exista, pero pague las cuentas.

Si de verdad quieres alquilar un piso, plantéate encontrar un inquilino que quiera vivir una buena temporada en el piso y cuya intención precisamente no sea marcharse dentro de seis meses, sino más bien quedarse unos años. Ese es el mejor inquilino. Porque es el que te pagará también los meses de julio y agosto porque al no ser un estudiante que se vuelve a su casa, sigue pagando el alquiler.

También plantéate qué vas a alquilar, porque si el baño (caso de haber solo uno) es interior y está viejo y gastado; la lavadora es de la época de la transición española a la democracia; y hay muebles viejos cargados de recuerdos de personas ya fallecidas, etc. Cocina vieja necesitada de reforma, piso sin ascensor... pues ya puedes esperar sentado a que te vengan a alquilar ese piso a menos que hagas un gran esfuerzo por renovar el baño, reformar la casa, etc. Y dejar ESPACIO LIBRE para que el inquilino se ponga cómodo en SU CASA, que es lo que es un piso alquilar, el hogar de quien lo alquila.

Según una patronal de inmobiliarias, el fallo más habitual en los pisos de alquiler, es tener los baños viejos. Lógicamente si está todo viejo y a punto de romperse, en el momento en el que una persona haga uso diario de ese baño o de esos muebles viejos, se romperá algo; ya tenemos aquí la famosa leyenda de que los pisos quedan destrozados por los inquilinos.

Si un piso está tan viejo que se rompen las cosas con mirarlas, el inquilino quizá sea tonto realmente si alquila ese piso.
pantxo escribió:Yo flipé en su día, por ejemplo, con que un inquilino pueda legalmente cambiar la cerradura.

Entiendo el derecho a la intimidad y a la intromisión, pero...¿Cambiar la cerradura de MI casa? Me parece fuerte

De tu mensaje inicial, esto es precisamente lo que más me ha llamado la atención que vieras como una desventaja como arrendador. SÍ, claro que la persona que te arrienda tiene el derecho a cambiar la cerradura de la vivienda: es que durante el tiempo arrendado es SU hogar, y no tiene por qué aceptar que el dueño vulnere su privacidad o pueda acceder a su residencia y a sus bienes personales cuando le venga en gana y sin ningún tipo de permiso. Te lo planteas como el arrendatario, pero ¿te imaginas a un casero que se crea con derecho a vigilarte, que pueda entrar sin avisar cuando estás desnudo/a, o teniendo sexo, o en cualquier momento íntimo, que rebusque entre tus cosas...?

En mi experiencia, el cambio de cerradura no suele producirse prácticamente nunca. No conozco a nadie que siendo arrendador le hayan cambiado la cerradura, ni a nadie que estando arrendado haya cambiado la cerradura, y solamente se lo he recomendado a una persona una vez, tras contarme que su arrendador se dedicaba a entrar al piso cuando quería y sin avisar. Alguien cercano tiene una vivienda arrendada y jamás ha tenido una situación similar, pero jamás se le ha ocurrido acceder a la vivienda cuando le ha dado la gana, siempre que por algún motivo ha habido que hacerlo sin que los inquilinos estuvieran presentes se ha hecho previa autorización y siendo muy claro con los horarios y el motivo de dicha intromisión. Es totalmente lógico que los inquilinos tengan derecho a cambiar la cerradura porque puede perfectamente darse una situación en la que un arrendatario, siguiendo tu misma óptica, se crea con derecho a acceder a SU vivienda porque es SUYA cuando le venga en gana.

Los arrendadores están obligados a restituir la cerradura a la finalización del contrato, así que no veo qué problema puede haber con esto en concreto. De entrada se presupone que tú NO PUEDES acceder a la vivienda, así que, ¿qué cambia exactamente si han cambiado la cerradura?
pantxo escribió:
kopperpot escribió:
pantxo escribió:Yo flipé en su día, por ejemplo, con que un inquilino pueda legalmente cambiar la cerradura.

Entiendo el derecho a la intimidad y a la intromisión, pero...¿Cambiar la cerradura de MI casa? Me parece fuerte

Yo no lo veo ni tan raro ni tan fuerte. Al fin y al cabo, el arrendador no tiene derecho a acceder a la casa sin permiso del arrendatario.

Y lo digo con conocimiento de causa, como arrendador.


Si, si, si por eso digo que entiendo que el arrendador no puede entrar por las buenas en una casa, pero no sé, cambiar la llave me parece duro. No sé a mi me llamó la atención.

A mi no se me ocurriría presentarme sin avisar, ni siquiera presentarme en general, pero yo alquilo mi casa, a los dos días me cambian la cerradura y me mosqueo

Y que más da? En caso de emergencia, llamas al cerrajero y ya está. No hay ningún otro motivo por el cual deberías entrar en su propiedad sin el permiso del inquilino.

Sobre el mercado del alquiler. Estoy de acuerdo. Deberían ser contratos de 6-12 meses por defecto, y si no se dice nada, pues se renuevan automáticamente mes a mes.

En cuanto las subidas de alquiler, una vez que el inquilino lleve 12 meses, deberías poder subir el alquiler. Eso sí, una vez al año como máximo.

Un registro de morosos del alquiler. Así como un compromiso de la justicia de hacer desahucios en menos de 2 meses en caso de impago.
Es la ley del embudo. El contrato pone que el alquiler es por un año, pero el inquilino si quiere se puede quedar, 2, 3, 4 o 5. Lo que quiera dentro de ese margen. Sin embargo el casero no le puede echar al año. Se tiene que comer los 5 años, excepto que quiera irse el inquilino antes. Lo dicho, la ley del embudo.
Las llaves de un piso que ha estado un tiempo en alquiler, pueden estar en manos de personas desconocidas, que podrían aprovecharlas para presentarse en él y cometer un robo. Sólo tendrían que esperar a que el inquilino salga a trabajar, o se vaya de fin de semana, para entrar a desvalijarle el piso.

Da igual que la puerta sea blindada, si varias personas tienen una llave y pueden usarla o dársela a alguien para que la use. Así que es una medida razonable y lógica que un inquilino cambie la cerradura. No tiene por qué hacerlo, pero si lo hace está en su derecho.
Que ganas tengo de tener una vivienda y dejar el puto alquiler que me está desangrando. No veo el día en que eso suceda
pantxo escribió:Si, si, si por eso digo que entiendo que el arrendador no puede entrar por las buenas en una casa, pero no sé, cambiar la llave me parece duro. No sé a mi me llamó la atención.

A mi no se me ocurriría presentarme sin avisar, ni siquiera presentarme en general, pero yo alquilo mi casa, a los dos días me cambian la cerradura y me mosqueo


Igual se ha dicho, no he leído al detalle todos los comentarios... Puede garantizar el dueño que no haya copias por ahí de la llave? Es decir, si ha habido otros inquilinos antes que tú podrían haber sacado otras copias simplemente por necesidad y no haberlas devuelto todas... Y un lugar donde voy a vivir, guardar todas mis cosas y demás, pues prefiero quitarme esa duda de la cabeza. Ya no hablemos si el inquilino y el dueño acaban a malas, y el nuevo inquilino en medio... Hay gente muy normal, la mayoría, y otra muy loca, y no puedes saber de qué tipo es/son el/los inquilino/s anteriores.

Personalmente lo haría sólo para quedarme y dormir más tranquilo.

Saludos!
Vale, vamos a dejar claro que el tema de la llave lo he entendido jajajaja
Dejando lo de la llave:

pantxo escribió:la obligatoriedad de demostrar que le vas a dar un uso continuado a tu casa para poder extinguir un alquiler

Esto también es algo bastante lógico: si no se pidiera, el dueño podría rescindir el contrato cuando le diera la soberana gana, dejando al inquilino en la puta calle y en bragas en cualquier momento. ¿Que encuentro alguien que me paga más por el alquiler? Pues nada, digo que es que lo necesito yo para residir (sin que nadie compruebe nada) y una vez con los inquilinos fuera, lo realquilo. ¿Que quiero vender el inmueble pero no quiero ponerme de acuerdo con el nuevo dueño respecto al contrato de alquiler? Pues nada, tres cuartos de lo mismo.

No puede ser que se firme un contrato durante un tiempo y con unas cláusulas que una de las partes esté obligado a cumplir pero el otro pueda rescindirlo en cualquier momento por lo que le dé la gana.

Respecto a esto:
pantxo escribió:la renovación obligatoria de alquiler a 3 y 5 años

No lo conocía y si es tal y como lo pones, no me parece nada bien. ¿Alguna info al respecto?
Hago comparación como funciona en UK:

- Los honorarios de la inmobiliaria los paga SIEMPRE el propietario.
- Los contratos de alquiler son de 6-12 meses. Esto obliga a AMBAS partes. El casero no te puede echar ni cambiar el contrato durante el periodo pero el inquilino tampoco puede dejarlo antes de que termine el plazo. No obstante, la mayoría de propietarios no tienen problema en romper el contrato antes si el inquilino le consigue un reemplazo.
- Una vez finalizado el contrato. Tienen dos opciones, una es firmar otro contrato de permanencia, la otra dejarlo estar y que el contrato se auto-renueve mes a mes. Ambas partes pueden acabar el contrato simplemente dando el mes de antelación.
- Las fianzas se depositan en un fondo de garantía. Al abandonar el piso, si ambas parten están de acuerdo en cómo devolverla, se procede, sino, hay un sistema de arbritaje donde el propietario tiene que justificar los descuentos que quiera hacer a la fianza. Es caso de duda, se favorece al inquilino.
- Si la fianza no se depositó en el fondo de garantía. El inquilino tiene derecho automáticamente al 100% de la fianza (independientemente de como esté el piso) y además puede pedir una compensación al propietario de hasta 3 veces la fianza inicial.
- Existe un historial crediticio sobre impagos de alquileres y es habitual que los caseros lo consulten antes de elegir inquilinos.
- Existe la figura del aval. Es decir, una persona solvente que promete ser responsable del alquiler en caso de impago por el inquilino. Generalmente suelen meter a los padres.
- El inquilino es responsable del IBI. Esto es un poco extraño, pero la lógica esque el IBI depende de las circunstancias del inquilino. Por ejemplo un estudiante está exento, un pensionista tiene derecho a una reducción, etc.. Por tanto se considera que lo lógico esque lo pague el inquilino.


Opinión? En general buena, especialmente que no tengas pagar honorarios a las inmobiliarias.
pacopolo escribió:Dejando lo de la llave:

pantxo escribió:la obligatoriedad de demostrar que le vas a dar un uso continuado a tu casa para poder extinguir un alquiler

Esto también es algo bastante lógico: si no se pidiera, el dueño podría rescindir el contrato cuando le diera la soberana gana, dejando al inquilino en la puta calle y en bragas en cualquier momento. ¿Que encuentro alguien que me paga más por el alquiler? Pues nada, digo que es que lo necesito yo para residir (sin que nadie compruebe nada) y una vez con los inquilinos fuera, lo realquilo. ¿Que quiero vender el inmueble pero no quiero ponerme de acuerdo con el nuevo dueño respecto al contrato de alquiler? Pues nada, tres cuartos de lo mismo.

No puede ser que se firme un contrato durante un tiempo y con unas cláusulas que una de las partes esté obligado a cumplir pero el otro pueda rescindirlo en cualquier momento por lo que le dé la gana.


No. A ver, no seamos tremendistas. No se trata de dejar a nadie en la calle de un día para otro. Se trata de dos conceptos que mencionábamos antes: Lo posesión y la propiedad. Para mi la posesión nunca puede estar al mismo nivel que la propiedad. Está muy bien que tu tengas la casa ahora, pero ser es mía, y en mi opinión eso debería tener mayor peso.

Quizás no sé, legislando para evitar que te puedan echar de un día para otro, con periodos de preaviso más largos, pero vaya, a mi lo que me planteas me parece bastante lógico: Si tengo la casa arrendada y por lo que sea, decido venderla, con un margen razonable para no joderle la vida a nadie, lo suyo sería poder hacer lo que me parezca con mi casa sin tener que dar explicaciones.

En mi opinión.
amchacon escribió:Hago comparación como funciona en UK:

- Los honorarios de la inmobiliaria los paga SIEMPRE el propietario.

...

Opinión? En general buena, especialmente que no tengas pagar honorarios a las inmobiliarias.


No es por nada, pero eso es como decir que el dia sin iva compras sin iva en el mediamarkt...

Los gastos los paga siempre el inquilino/ comprador, EN TODAS PARTES.

Que te venga incrementado en el precio final en el caso de compra o mes a mes en el caso del alquiler ( aqui peor, ya que si lo calcula a doce meses, cada mes que pase de ahi pues win win) es lo mismo. Psicologicamente igual es otra cosa, pero a la hora de la verdad...

Lo digo porque trato con mucho expat y se hacen mucho los listos de me gsta mas aqui o menos alla porque los gastos los paga uno u otro y siempre eso, los paga el que compra, o alquila en este caso. Lo mismo con los duty free, los cambio sin comision etc, vamos ya sabes por donde voy.
Marnix de Puydt escribió:
amchacon escribió:Hago comparación como funciona en UK:

- Los honorarios de la inmobiliaria los paga SIEMPRE el propietario.

...

Opinión? En general buena, especialmente que no tengas pagar honorarios a las inmobiliarias.


No es por nada, pero eso es como decir que el dia sin iva compras sin iva en el mediamarkt...

Los gastos los paga siempre el inquilino/ comprador, EN TODAS PARTES.

Que te venga incrementado en el precio final en el caso de compra o mes a mes en el caso del alquiler ( aqui peor, ya que si lo calcula a doce meses, cada mes que pase de ahi pues win win) es lo mismo. Psicologicamente igual es otra cosa, pero a la hora de la verdad...

Lo digo porque trato con mucho expat y se hacen mucho los listos de me gsta mas aqui o menos alla porque los gastos los paga uno u otro y siempre eso, los paga el que compra, o alquila en este caso. Lo mismo con los duty free, los cambio sin comision etc, vamos ya sabes por donde voy.

Ten en cuenta el factor psicológico al respecto.

Si los gastos los paga el inquilino, la tendencia del casero va a ser siempre a usar inmobiliaria porque es más cómodo y con ello incrementar los costes al respecto.

Si los gastos los paga el casero, la tendencia del casero va a ser a usar menos la inmobiliaria, y si la usa, se preocupará más de negociar más los costes/comisiones al respecto. El casero ve mucho más reflejado los costes y los entiende mucho mejor.

De hecho, por esta misma razón, es más habitual ver pisos alquilados por particulares que en España, lo que permite eliminar un intermediario y tener alquileres más competitivos.
@pacopolo pues básicamente que el inquilino tiene derecho a prórrogas anuales sin necesidad de consentimiento del arrendador hasta un máximo de 5 años entre contrato y prórrogas. Quiero decir, si el contrato era de un año, puede pedir 4 prórrogas, si el contrato era de 5 años, no tiene derecho a pedir ninguna sin acuerdo con el casero porque ya han pasado los 5 años.
Manny Calavera está baneado por "Pesado del woke, desvío de todos los hilos a esa temática"
En España en general el hombre de bien está desprotegido ante el delincuente
kopperpot escribió:
GXY escribió:Que si las leyes son muy protectoras para el inquilino o para el propietario... Deducirlo es fácil. Basta con vivir un año de inquilino Y SIN PAGAR. :o


Fixed (con permiso) [ginyo]


yo he pagado siempre. disculpeme que no todos los inquilinos seamos, por defecto, unos morosos indeseables de mierda.

pd. estoy un poco cabreado con este tema en particular y como lo enfocais los que no estais en la situacion.
Manny Calavera escribió:En España en general el hombre de bien está desprotegido ante el delincuente


A ver si lo entiendo:

- Arrendadores: hombres de bien.
- Inquilinos: delincuentes.

¿?
Los que no estáis en situación... Porque en este hilo no hay ni inquilinos ni arrendadores vaya.
se a que me estoy refiriendo y en todos los hilos que se toca el tema del alquiler acaba siendo igual, @amchacon no te hagas el tonto, que no lo eres.

por si hay alguna duda al respecto: lo que he afirmado es que el que crea que la legislacion es "excesivamente favorable al inquilino", creo que viviendo un año de inquilino, comprobara que no es cierto, asi que deduzco que quienes lo afirman no conocen la situacion. y me refiero a la situacion de verdad, de ser inquilino sin referencias ni lazos frente a un tercero propietario, no a ocupar la casa de unos familiares y llamarlo alquiler, o arreglos por el estilo. me refiero a la situacion real de adquirir y afrontar el contrato y las responsabilidades y saber que si fallas un solo mes, te juegas el suelo bajo tus pies. si, afirmo que muchos hablan del tema sin conocer la situacion.

Manint escribió:
Manny Calavera escribió:En España en general el hombre de bien está desprotegido ante el delincuente


A ver si lo entiendo:

- Arrendadores: hombres de bien.
- Inquilinos: delincuentes.

¿?


es lo que afirman muchos que, como he indicado, no conocen la parte que no han vivido, o que olvidan convenientemente.

tambien me permito recordar que la morosidad de los alquileres particulares es de menos del 10% como norma general y que es menor que la morosidad de los locales, oficinas y naves alquilados a empresas. pero las empresas no tienen fama de morosas ni se plantea lanzamientos cuasi inmediatos para proteger el miedo del arrendador. pero con los particulares, si se plantea.
@pantxo No, no, eso no va así. Tú tienes un acuerdo, y lo tienes que cumplir, y el hecho de que seas el propietario no puede hacer que puedas saltarte dicho acuerdo ni que tengas "más peso" o "más facilidades" para saltártelo. Eso es un disparate, y está perfectamente hecho como está.

La ley te permite rescindir el contrato por motivos lógicos: por ejemplo, que esa vivienda pase a ser tu vivienda habitual (o única vivienda, no estoy seguro), y obviamente, al ser tuya la misma y necesitar de su uso, no te pueden impedir que la uses si la necesitas. Pero obviamente eso tiene que estar supeditado a que des muestras de eso, o cualquiera usaría eso para abusar de ello. Y en el caso de la venta, estás obligado a respetar el contrato previo: es decir, que el nuevo comprador tendrá que respetar el contrato que se tenía hecho previamente. Y también es razonable, porque no puedes romper un acuerdo por otro acuerdo futuro que te interese más.

Schwefelgelb escribió:@pacopolo pues básicamente que el inquilino tiene derecho a prórrogas anuales sin necesidad de consentimiento del arrendador hasta un máximo de 5 años entre contrato y prórrogas. Quiero decir, si el contrato era de un año, puede pedir 4 prórrogas, si el contrato era de 5 años, no tiene derecho a pedir ninguna sin acuerdo con el casero porque ya han pasado los 5 años.

Pero qué disparate, ¿no? ¿Eso es algo nuevo o lleva así ya un tiempo? Porque no me suena de nada: la mayoría de las personas que conozco que tienen alguna vivienda arrendada lo hacen con contratos de un año, y no recuerdo en ningún caso que se hayan visto obligados a prorrogarlo de forma forzada.

Esta medida sí que no me parece bien. Por lo que tengo entendido, ahora se han congelado las subidas del precio de la vivienda: imagínate, por ejemplo, tener una vivienda alquilada que sea tu único sustento, que el inquilino te obligue a prorrogar el contrato durante 5 años al precio que se negoció ese primer año y que a pesar de la inflación y el aumento de los precios (mismamente como está pasando ahora, vamos, que tampoco hay que irse a disparates) tengas que seguir manteniendo dicho precio y pasar apuros durante ese tiempo...

El tema de la vivienda lleva unos cuantos años siendo una putísima locura en ciertas ciudades sobre todo (como por ejemplo Madrid o Barcelona), y yo hace tiempo que llevo diciendo que debería meterse mano para controlar el disparate que se estaba viendo... pero esta medida no me parece para nada correcta, y no creo que solucione una mierda lo que se está viendo.
GXY escribió:Que si las leyes son muy protectoras para el inquilino o para el propietario... Deducirlo es fácil. Basta con vivir un año de inquilino. :o


Desde el respeto, pero se nota que no has alquilado un piso en tu vida xD
#444388# está baneado del subforo por "flames"
GXY escribió:
kopperpot escribió:
GXY escribió:Que si las leyes son muy protectoras para el inquilino o para el propietario... Deducirlo es fácil. Basta con vivir un año de inquilino Y SIN PAGAR. :o


Fixed (con permiso) [ginyo]


yo he pagado siempre. disculpeme que no todos los inquilinos seamos, por defecto, unos morosos indeseables de mierda.

pd. estoy un poco cabreado con este tema en particular y como lo enfocais los que no estais en la situacion.

Pero si no me refería a ti en particular, hombre [+risas]

En realidad me refería a mí. Yo he estado en los dos lados, como inquilino y como arrendador. Y como arrendador, en los dos casos también: con inquilino pagador y cumplidor (al que echaré de menos cuando se vaya) y antes de eso, con inquilino moroso indeseable de mierda que me dejó de pagar siete meses hasta que por fin lo pude desahuciar (y embargar) [+risas]
amchacon escribió:
Marnix de Puydt escribió:
amchacon escribió:Hago comparación como funciona en UK:

- Los honorarios de la inmobiliaria los paga SIEMPRE el propietario.

...

Opinión? En general buena, especialmente que no tengas pagar honorarios a las inmobiliarias.


No es por nada, pero eso es como decir que el dia sin iva compras sin iva en el mediamarkt...

Los gastos los paga siempre el inquilino/ comprador, EN TODAS PARTES.

Que te venga incrementado en el precio final en el caso de compra o mes a mes en el caso del alquiler ( aqui peor, ya que si lo calcula a doce meses, cada mes que pase de ahi pues win win) es lo mismo. Psicologicamente igual es otra cosa, pero a la hora de la verdad...

Lo digo porque trato con mucho expat y se hacen mucho los listos de me gsta mas aqui o menos alla porque los gastos los paga uno u otro y siempre eso, los paga el que compra, o alquila en este caso. Lo mismo con los duty free, los cambio sin comision etc, vamos ya sabes por donde voy.

Ten en cuenta el factor psicológico al respecto.

Si los gastos los paga el inquilino, la tendencia del casero va a ser siempre a usar inmobiliaria porque es más cómodo y con ello incrementar los costes al respecto.

Si los gastos los paga el casero, la tendencia del casero va a ser a usar menos la inmobiliaria, y si la usa, se preocupará más de negociar más los costes/comisiones al respecto. El casero ve mucho más reflejado los costes y los entiende mucho mejor.

De hecho, por esta misma razón, es más habitual ver pisos alquilados por particulares que en España, lo que permite eliminar un intermediario y tener alquileres más competitivos.

No, porque la inmobiliaria tambien hay que pagarla ( tb la paga el inquilino por lo que el precio ya se dispara) el dueño tiene que elegir entre mas beneficios o menos ( supuestos) dolores de cabeza.
Pero vaya, que todo lo paga el inquilino siempre.
Es como el que pones una cosa de 200 eur en wallapop y te dice oye 180 y pago yo los gastos [carcajad] , yo le digo no te preocupes hombre por los gastos, 220 y los pago yo encantado.
Falkiño escribió:
GXY escribió:Que si las leyes son muy protectoras para el inquilino o para el propietario... Deducirlo es fácil. Basta con vivir un año de inquilino. :o


Desde el respeto, pero se nota que no has alquilado un piso en tu vida xD


como propietario? no he sido propietario en mi vida.

pero si he vivido toda mi vida como inquilino y la verdad, cansa un poco esa lectura de que los inquilinos somos todos delincuentes en potencia, y que en consecuencia hay que ajustar las leyes para apretarnos lo maximo y cascarnos a la minima oportunidad que se presente. es muy cansino. e injusto.

y si, entiendo que hay inquilinos que abusan, pero creo que todo propietario que haya alquilado a mas de una persona sabe, que no todos los inquilinos somos delincuentes. un poco de respeto me parece que falta.
@GXY respeto siempre, yo en mi caso tampoco he sido inquilino ni he alquilado, pero mi pareja sí. Y de 3 inquilinos, 2 han sido "delincuentes" como dices; y ninguno ha pagado por ello por cierto, porque tras procesos judiciales de casi 2 años, acatan la sentencia, pero no la cumplen y si quieres que lo hagan debes denunciarles de nuevo por incumplimiento que volverán a ser 2 años más de dinero y tiempo y claro, al final pasas de agotamiento y ellos viven felices con cero consecuencias. Por eso te digo que no es tan sencillo como insinúas de que se protege más al arredandor que al arrendatario. En mi experiencia personal, es justo al revés.

Un saludo!
es decir que tu si consideras que hay que hacer leyes mas estrictas contra los inquilinos.

anotado.
GXY escribió:es decir que tu si consideras que hay que hacer leyes mas estrictas contra los inquilinos.

anotado.

Creo que lo estás llevando al extremo. @Falkiño ha contado su experiencia personal. A mí me parece que se sale mucho muchísimo de la norma, pero no creo que opine, ni siquiera con esas experiencias, que todos los inquilinos sean unos criminales. Decir eso es, simplemente un disparate.

Yo creo que las normas están bastante balanceadas entre arrendatario y arrendador, y es lo que estoy defendiendo precisamente en el hilo. Ahora, con el tema de aquellos inquilinos que ocupen una vivienda y se nieguen a pagar, por mucho que sean casos bastante residuales y un porcentaje ínfimo del total de arrendamientos, sí que he tenido constancia de situaciones en las que el propietario, como poco, lo pasa bastante mal.

Has dicho varias veces que las normas están establecidas contra los inquilinos. Me gustaría que fueras más específico, la verdad, porque yo creo que, en general, están bien establecidas sin ser excesivo hacia ninguna de las partes (salvo esta última de la prórroga hasta 5 años que he comentado, que para nada me parece adecuada).
GXY escribió:es decir que tu si consideras que hay que hacer leyes mas estrictas contra los inquilinos.

anotado.


No, yo opino en mi experiencia que el arrendador está menos protegido que el inquilino. Si quieres interpretarlo así es cosa tuya. No todo se basa en ahogar más a una de las partes, se puede "desahogar" a la otra, por ejemplo. Pero te veo bastante envenenado con el tema así que lo dejo aquí y ya piensa lo que quieras [360º]
yo después de estar años de inquilino hay mucho casero cabron suelto
ahora soy mi propio casero y esto es vida
se acabaron las mudanzas cada 2 o 3 años.... ya solo con eso....
Yo diría que si con las leyes actuales cualquiera que tenga viviendas en propiedad. Tengo clarísimo que mientras esté como está la ley en España lo cierro y lo vendo antes que alquilar, la gente se cree que el mantenimiento y las cosas valen poco además de que no te la líen o lo estropeen, despues se van quejando de los precios que pone el propietario. Les invitaba a tener una o varias propiedades de verdad.. a ver lo que se sacan por cada alquiler descontando todos los gastos, porque es muy fácil decir que si el inquilino es un criminal inhumano Ect...

No creo que a gente con otros bienes les hiciese gracia que les hicieron parecido.

Cuál es el problema si no te gusta x alquiler pues te marchas.
Falkiño escribió:
GXY escribió:es decir que tu si consideras que hay que hacer leyes mas estrictas contra los inquilinos.

anotado.


No, yo opino en mi experiencia que el arrendador está menos protegido que el inquilino. Si quieres interpretarlo así es cosa tuya. No todo se basa en ahogar más a una de las partes, se puede "desahogar" a la otra, por ejemplo. Pero te veo bastante envenenado con el tema así que lo dejo aquí y ya piensa lo que quieras [360º]
hay mismamente un caso en el que a un forero le están tocando los cojines, además no hay que interpretar nada okupas,prórrogas que se hacen interminables y mil cosas.


No hay que endurecer nada simplemente si eres el propietario largar al inquilino cuando te parezca una vez finalice el contrato o no lo cumpla. Los problemas de cada uno no forman parte de un contrato, otra cosa sería que quieras ayudarle por voluntad propia sin que te estén buscando las vueltas.

Cuando era crío y mi padre falleció recuerdo que la propietaria tenía prisa por echarnos ya que mi padre les ayudaba aveces después del curro porque era demasiado bueno con la gente, total ese extra de trabajo ya no lo tenían y claro... Tenían a otro que además de ayudar gratis le pagaban más, pues nos marchamos cuando finalizó el contrato sin buscar las vueltas y eso que eran conocidos de muchos años.

Ahora siendo adulto soy propietario, pero vamos desde crío viendo familiares alquilando cada poco y mudándose se lo que hay.

Pero si no es tu propiedad pues es lo que toca castañear los dientes y marcharte sin tocar las narices.

Aunque de aquí a unos años dudo que muchos tengan viviendas en propiedad o bienes tangibles [+risas]
siempre puedes alquilar habitaciones a estudiantes
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