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Lalilulelu escribió:Cuando se hace mas caso a un twittero que le han cerrado varias veces la cuenta que a un ex-letrado del constitucional y catedrático en derecho penal el cual acaba el hilo contestándole: "Gracias por poner en mis labios lo que yo no he dicho. Lo dejamos aquí", denota el forofismo con el que se tratan estos temas desde una opinión de mente colmena.
Lalilulelu escribió:Cuando se hace mas caso a un twittero que le han cerrado varias veces la cuenta que a un ex-letrado del constitucional y catedrático en derecho penal el cual acaba el hilo contestándole: "Gracias por poner en mis labios lo que yo no he dicho. Lo dejamos aquí", denota el forofismo con el que se tratan estos temas desde una opinión de mente colmena.
Lalilulelu escribió:se hace mas caso a un twittero que le han cerrado varias veces la cuenta que a un ex-letrado del constitucional y catedrático en derecho penal
Bou escribió:Lalilulelu escribió:se hace mas caso a un twittero que le han cerrado varias veces la cuenta que a un ex-letrado del constitucional y catedrático en derecho penal
No tienes por qué hacerme caso a mí, si lo prefieres puedes hacerle caso a él. Mira, mira lo que dice:
El ex-letrado y catedrático dice que aplicarles automáticamente a los hombres una pena superior, en parejas donde no haya un contexto de dominación, no es razonable y viola la constitución. ¿Le das la razón, o crees que se equivoca?
Lalilulelu escribió:Le doy la razón, ya que la dominación es intrinseca a todo acto dentro de una relación que incluya violencia
Bou escribió:Lalilulelu escribió:Le doy la razón, ya que la dominación es intrinseca a todo acto dentro de una relación que incluya violencia
Repasemos:
1. La dominación es intrinseca a todo acto dentro de una relación que incluya violencia.
2. Por tanto no existen parejas sin dominación pero con violencia.
3. Por tanto ningún tribunal "desiguala" en parejas sin dominación pero con violencia.
4. Por tanto no existe ese trato injustificado e inconstitucional que reconoce el letrado.
5. Y a eso lo llamas "darle la razón al letrado".
Veo que Misce sigue siendo el manicomio de siempre. Venga, un saludo y seguid pasándolo bien
Lalilulelu escribió:Le doy la razón, ya que la dominación es intrinseca a todo acto dentro de una relación que incluya violencia física y psicológica
kopperpot escribió:Lalilulelu escribió:Le doy la razón, ya que la dominación es intrinseca a todo acto dentro de una relación que incluya violencia física y psicológica
¿Me puedes explicar o ubicar dicha “dominacion” en este acto de violencia física en una relacion de pareja?
El Supremo establece que en casos de agresión mutua de pareja el hombre siempre comete delito de violencia de género
“Los hechos probados relatan que “en un momento determinado se inició una discusión entre ellos motivada por no ponerse de acuerdo en el momento que habían de marchar a casa, en el curso de la cual se agredieron recíprocamente, de manera que la encausada le propinó a él un puñetazo en el rostro y él le dio un tortazo con la mano abierta en la cara, recibiendo él una patada propinada por ella, sin que conste la producción de lesiones. Ninguno de los dos denuncia al otro".
Bou escribió:Veo que Misce sigue siendo el manicomio de siempre. Venga, un saludo y seguid pasándolo bien
kopperpot escribió:Lalilulelu escribió:Le doy la razón, ya que la dominación es intrinseca a todo acto dentro de una relación que incluya violencia física y psicológica
¿Me puedes explicar o ubicar dicha “dominacion” en este acto de violencia física en una relacion de pareja?
El Supremo establece que en casos de agresión mutua de pareja el hombre siempre comete delito de violencia de género
“Los hechos probados relatan que “en un momento determinado se inició una discusión entre ellos motivada por no ponerse de acuerdo en el momento que habían de marchar a casa, en el curso de la cual se agredieron recíprocamente, de manera que la encausada le propinó a él un puñetazo en el rostro y él le dio un tortazo con la mano abierta en la cara, recibiendo él una patada propinada por ella, sin que conste la producción de lesiones. Ninguno de los dos denuncia al otro".
kopperpot escribió:Lalilulelu escribió:Le doy la razón, ya que la dominación es intrinseca a todo acto dentro de una relación que incluya violencia física y psicológica
¿Me puedes explicar o ubicar dicha “dominacion” en este acto de violencia física en una relacion de pareja?
El Supremo establece que en casos de agresión mutua de pareja el hombre siempre comete delito de violencia de género
“Los hechos probados relatan que “en un momento determinado se inició una discusión entre ellos motivada por no ponerse de acuerdo en el momento que habían de marchar a casa, en el curso de la cual se agredieron recíprocamente, de manera que la encausada le propinó a él un puñetazo en el rostro y él le dio un tortazo con la mano abierta en la cara, recibiendo él una patada propinada por ella, sin que conste la producción de lesiones. Ninguno de los dos denuncia al otro".
Lalilulelu escribió:kopperpot escribió:Lalilulelu escribió:Le doy la razón, ya que la dominación es intrinseca a todo acto dentro de una relación que incluya violencia física y psicológica
¿Me puedes explicar o ubicar dicha “dominacion” en este acto de violencia física en una relacion de pareja?
El Supremo establece que en casos de agresión mutua de pareja el hombre siempre comete delito de violencia de género
“Los hechos probados relatan que “en un momento determinado se inició una discusión entre ellos motivada por no ponerse de acuerdo en el momento que habían de marchar a casa, en el curso de la cual se agredieron recíprocamente, de manera que la encausada le propinó a él un puñetazo en el rostro y él le dio un tortazo con la mano abierta en la cara, recibiendo él una patada propinada por ella, sin que conste la producción de lesiones. Ninguno de los dos denuncia al otro".
Pero si te lo explica el mismo articulo
1.- Cualquier agresión de un hombre a una mujer en la relación de pareja o ex pareja es hecho constitutivo de violencia de género
2.-Se entiende que los actos de violencia que ejerce el hombre sobre la mujer con ocasión de una relación afectiva de pareja constituyen actos de poder y superioridad frente a ella con independencia de cuál sea la motivación o la intencionalidad.
3.- La Audiencia había considerado que en la agresión recíproca hombre y mujer es solo delito leve, pero el TS señala que no existe base ni argumento legal para degradar a un delito leve una agresión mutua entre hombre y mujer que sean pareja o ex pareja, ya que no es preciso acreditar una específica intención machista debido a que cuando el hombre agrede a la mujer ya es por sí mismo un acto de violencia de género con connotaciones de poder y machismo.
Darxen escribió:Lalilulelu escribió:kopperpot escribió:¿Me puedes explicar o ubicar dicha “dominacion” en este acto de violencia física en una relacion de pareja?
El Supremo establece que en casos de agresión mutua de pareja el hombre siempre comete delito de violencia de género
“Los hechos probados relatan que “en un momento determinado se inició una discusión entre ellos motivada por no ponerse de acuerdo en el momento que habían de marchar a casa, en el curso de la cual se agredieron recíprocamente, de manera que la encausada le propinó a él un puñetazo en el rostro y él le dio un tortazo con la mano abierta en la cara, recibiendo él una patada propinada por ella, sin que conste la producción de lesiones. Ninguno de los dos denuncia al otro".
Pero si te lo explica el mismo articulo
en realidad no explica nada, dice que:1.- Cualquier agresión de un hombre a una mujer en la relación de pareja o ex pareja es hecho constitutivo de violencia de género
2.-Se entiende que los actos de violencia que ejerce el hombre sobre la mujer con ocasión de una relación afectiva de pareja constituyen actos de poder y superioridad frente a ella con independencia de cuál sea la motivación o la intencionalidad.
3.- La Audiencia había considerado que en la agresión recíproca hombre y mujer es solo delito leve, pero el TS señala que no existe base ni argumento legal para degradar a un delito leve una agresión mutua entre hombre y mujer que sean pareja o ex pareja, ya que no es preciso acreditar una específica intención machista debido a que cuando el hombre agrede a la mujer ya es por sí mismo un acto de violencia de género con connotaciones de poder y machismo.
eso no es una explicación, te están diciendo que se asume que por ser hombre pegas por machismo y punto. tal cual dice "con independencia de cuál sea la motivación o la intencionalidad". es decir, les da igual por qué pegaras a una mujer, si lo haces es machismo y dominación. no es un argumento, es un dogma.
Lalilulelu escribió:kopperpot escribió:Lalilulelu escribió:Le doy la razón, ya que la dominación es intrinseca a todo acto dentro de una relación que incluya violencia física y psicológica
¿Me puedes explicar o ubicar dicha “dominacion” en este acto de violencia física en una relacion de pareja?
El Supremo establece que en casos de agresión mutua de pareja el hombre siempre comete delito de violencia de género
“Los hechos probados relatan que “en un momento determinado se inició una discusión entre ellos motivada por no ponerse de acuerdo en el momento que habían de marchar a casa, en el curso de la cual se agredieron recíprocamente, de manera que la encausada le propinó a él un puñetazo en el rostro y él le dio un tortazo con la mano abierta en la cara, recibiendo él una patada propinada por ella, sin que conste la producción de lesiones. Ninguno de los dos denuncia al otro".
Pero si te lo explica el mismo articulo
Darxen escribió:eso no es una explicación, te están diciendo que se asume que por ser hombre pegas por machismo y punto. tal cual dice "con independencia de cuál sea la motivación o la intencionalidad". es decir, les da igual por qué pegaras a una mujer, si lo haces es machismo y dominación. no es un argumento, es un dogma.
lopezMK escribió:Tengo la siguiente duda : ¿Afecta esto a la defensa propia? Quiero decir, si una mujer te agrede e intentas defenderte, ¿Es violencia de género?
kopperpot escribió:Lalilulelu escribió:kopperpot escribió:¿Me puedes explicar o ubicar dicha “dominacion” en este acto de violencia física en una relacion de pareja?
El Supremo establece que en casos de agresión mutua de pareja el hombre siempre comete delito de violencia de género
“Los hechos probados relatan que “en un momento determinado se inició una discusión entre ellos motivada por no ponerse de acuerdo en el momento que habían de marchar a casa, en el curso de la cual se agredieron recíprocamente, de manera que la encausada le propinó a él un puñetazo en el rostro y él le dio un tortazo con la mano abierta en la cara, recibiendo él una patada propinada por ella, sin que conste la producción de lesiones. Ninguno de los dos denuncia al otro".
Pero si te lo explica el mismo articulo
Es decir, que eres incapaz de explicar o ubicar dicha “dominacion” en este acto de violencia física en una relacion de pareja.
En efecto, como dices, el mismo artículo explica perfectamente dos cosas:
- que puede existir violencia en una relación sin que lleve intrinseca una dominación, y que por tanto, tu afirmacion de que “la dominación es intrinseca a todo acto dentro de una relación que incluya violencia física y psicológica” no es más que una falacia simplista e irreal.
- que en un acto de violencia física en una pareja en el que no existe dominación, sino una situación de plena igualdad en la que se agreden recíprocamente y en la que es la mujer quien agrede primero y con más intensidad, el hombre recibe mayor condena sólo por sus genitales, sin más motivo, puesto que ni siquiera es necesario acreditar una específica intención machista o una situacion de dominación para que exista violencia de género como comenta @Darxen :Darxen escribió:eso no es una explicación, te están diciendo que se asume que por ser hombre pegas por machismo y punto. tal cual dice "con independencia de cuál sea la motivación o la intencionalidad". es decir, les da igual por qué pegaras a una mujer, si lo haces es machismo y dominación. no es un argumento, es un dogma.
@lopezMK Para que sea violencia de género, la agresión tiene que ser a una pareja o expareja. En todo caso, no sería sancionable si se justifica la necesidad del medio y forma en que se ejerce la defensa propia en atención a las circuntancias del caso concreto (alternativas de defensa, situación en que se producen los hechos…). Y lo mismo se aplicaría para el caso en que fuera la mujer quien agrede para defenderse de su agresor.
Lalilulelu escribió:Esta sentencia que has pegado deja claro lo expuesto por ese letrado. Ya que tanto la audiencia de Zaragoza lo absuelve porque no ve dominación, y el TS lo corrije ya que si ve dominación.
kopperpot escribió:Lalilulelu escribió:Esta sentencia que has pegado deja claro lo expuesto por ese letrado. Ya que tanto la audiencia de Zaragoza lo absuelve porque no ve dominación, y el TS lo corrije ya que si ve dominación.
¿Por qué recurres a las mentiras para argumentar? ¿Tan cegado estás que tienes que rebajarte a eso?
El Supremo lo que dice en esa sentencia es esto:
“6.- Se considera que cuando el legislador aprobó los tipos que sancionan la violencia de género en modo alguno quiso adicionar una exigencia de valoración intencional para exigir que se probara una especial intención de dominación del hombre sobre la mujer para que el hecho fuera considerado como violencia de género. Si hay agresión del hombre sobre la mujer ello es violencia de género, y si hay agresión mutua no es preciso probar un comportamiento de dominación del hombre sobre la mujer. Probada la agresión el hecho es constitutivo de violencia de género y si hay agresión mutua, como en este caso, ambos deben ser condenados por violencia de género al hombre y familiar a la mujer.
Por ello, el Tribunal Supremo revoca la absolución de ambos que acordó la Audiencia y condena al hombre a la pena de 6 meses de prisión con orden de alejamiento y sus accesorias y a la mujer a una pena de 3 meses con iguales accesorias y alejamiento.“
El TS no dice que haya dominación en ese caso. El TS dice que no importa en absoluto si hay dominacion o no, hasta el punto de que no hace falta ni probarla. Si hay agresión del hombre sobre la mujer pareja o ex pareja ello es violencia de género, no hay que probar nada más. Y si se da el caso en que hay una agresión mutua en condiciones de igualdad en la que la mujer agrede primero y conmmayor intensidad, el hombre recibe más condena que la mujer solo por sus genitales. Una desigualdad que se aplica de forma automática e injustificada, sin más motivo que haber nacido hombre.
O como decía el exletrado del constitucional y catedrático de derecho penal al que aludes:
Pero entiendo que recurras tan burdamente a la mentira, puesto que tu intención no es debatir, sino hacer todas las piruetas posibles, o incluso recurrir a las mentiras, para poder seguir denostando y vertiendo ad hominems contra @bou
Lalilulelu escribió:kopperpot escribió:Lalilulelu escribió:Esta sentencia que has pegado deja claro lo expuesto por ese letrado. Ya que tanto la audiencia de Zaragoza lo absuelve porque no ve dominación, y el TS lo corrije ya que si ve dominación.
¿Por qué recurres a las mentiras para argumentar? ¿Tan cegado estás que tienes que rebajarte a eso?
El Supremo lo que dice en esa sentencia es esto:
“6.- Se considera que cuando el legislador aprobó los tipos que sancionan la violencia de género en modo alguno quiso adicionar una exigencia de valoración intencional para exigir que se probara una especial intención de dominación del hombre sobre la mujer para que el hecho fuera considerado como violencia de género. Si hay agresión del hombre sobre la mujer ello es violencia de género, y si hay agresión mutua no es preciso probar un comportamiento de dominación del hombre sobre la mujer. Probada la agresión el hecho es constitutivo de violencia de género y si hay agresión mutua, como en este caso, ambos deben ser condenados por violencia de género al hombre y familiar a la mujer.
Por ello, el Tribunal Supremo revoca la absolución de ambos que acordó la Audiencia y condena al hombre a la pena de 6 meses de prisión con orden de alejamiento y sus accesorias y a la mujer a una pena de 3 meses con iguales accesorias y alejamiento.“
El TS no dice que haya dominación en ese caso. El TS dice que no importa en absoluto si hay dominacion o no, hasta el punto de que no hace falta ni probarla. Si hay agresión del hombre sobre la mujer pareja o ex pareja ello es violencia de género, no hay que probar nada más. Y si se da el caso en que hay una agresión mutua en condiciones de igualdad en la que la mujer agrede primero y conmmayor intensidad, el hombre recibe más condena que la mujer solo por sus genitales. Una desigualdad que se aplica de forma automática e injustificada, sin más motivo que haber nacido hombre.
O como decía el exletrado del constitucional y catedrático de derecho penal al que aludes:
Pero entiendo que recurras tan burdamente a la mentira, puesto que tu intención no es debatir, sino hacer todas las piruetas posibles, o incluso recurrir a las mentiras, para poder seguir denostando y vertiendo ad hominems contra @bou
Los mismos ad hominems que viertes continuamente contra mi?
2.-Se entiende que los actos de violencia que ejerce el hombre sobre la mujer con ocasión de una relación afectiva de pareja constituyen actos de poder y superioridad frente a ella con independencia de cuál sea la motivación o la intencionalidad.
Lalilulelu escribió:2.-Se entiende que los actos de violencia que ejerce el hombre sobre la mujer con ocasión de una relación afectiva de pareja constituyen actos de poder y superioridad frente a ella con independencia de cuál sea la motivación o la intencionalidad.
Lalilulelu escribió:2.-Se entiende que los actos de violencia que ejerce el hombre sobre la mujer con ocasión de una relación afectiva de pareja constituyen actos de poder y superioridad frente a ella con independencia de cuál sea la motivación o la intencionalidad.
clamp escribió:Lalilulelu escribió:2.-Se entiende que los actos de violencia que ejerce el hombre sobre la mujer con ocasión de una relación afectiva de pareja constituyen actos de poder y superioridad frente a ella con independencia de cuál sea la motivación o la intencionalidad.
¿No te das cuenta del problema?
Luego que por qué hay que repetirte las cosas y ponértelas en negritas.
DNKROZ escribió:lopezMK escribió:Tengo la siguiente duda : ¿Afecta esto a la defensa propia? Quiero decir, si una mujer te agrede e intentas defenderte, ¿Es violencia de género?
De momento no, remarco el DE MOMENTO, en la actualidad para que sea violencia de género tiene que ser en el ámbito de pareja, pero llevan años intentando extender esa apreciación a cualquier ámbito así que no es descabellado suponer que el día de mañana tengas ese escenario en cualquier situación que implique una situación violenta entre un ciudadano mujer y uno hombre.
Mi consejo es que si una mujer te agrede no intentes defenderte, tírate al suelo, hazte el muerto y deja que te pegue... por si las moscas... luego si eso ya denuncias.
Pero vamos, que es un escenario que no va a pasar nunca, porque las mujeres no hacen esas cosas, ni se ponen violentas, ni llegan a las manos con nadie.
De todas formas como tema preventivo sigo pensando que la idea de cambiarse de sexo a mujer es más y más atractiva conforme se van sucediendo acontecimientos y legislación.
Lalilulelu escribió:clamp escribió:Lalilulelu escribió:2.-Se entiende que los actos de violencia que ejerce el hombre sobre la mujer con ocasión de una relación afectiva de pareja constituyen actos de poder y superioridad frente a ella con independencia de cuál sea la motivación o la intencionalidad.
¿No te das cuenta del problema?
Luego que por qué hay que repetirte las cosas y ponértelas en negritas.
Yo creo que eres tú quien no ve el problema.
Si quieres jugar a las letras en grande adelante bro
InviziblE escribió:Imaginense que a alguien se le ocurre algún mecanismo para que puedas cambiar tu sexo en el DNI, sin cambiar realmente de sexo.
InviziblE escribió:Los hombres se apuntan en masa ante la persecución judicial por parte de las feminazis, y al final, hacen un censo, y resulta que hay un 95% de "mujeres" y un 5% de hombres.
InviziblE escribió:En este caso, como en otros muchos, tenemos una legislación que no es compleja, es lo siguiente; que se intenta que sea exhaustiva, y que en la práctica admite tantas interpretaciones como juristas hay.
InviziblE escribió:No digo que haya que volver a tener un codigo juridico grabado en unas tablillas de piedra y que se reduzcan a unos cuantos mandamientos, pero...¿no sería lógico pensar que por querer abarcar todas las situaciones posibles, y legislando a golpe de titular durante decadas, ahora tenemos no un marco jurídico, sino un laberinto jurídico?
InviziblE escribió:En este caso concreto, el laberinto atrapa a los hombres, en otros casos a las empresas, en otros a los trabajadores, etc etc.
InviziblE escribió:Año 2.156, los códigos jurídicos se han simplificado, los jueces han sido sustituidos por Inteligencias Artificiales que aplican la ley siguiendo complejos algoritmos. Los delitos se han reducido un 60%, y el 70% de los bufetes de abogados, han desaparecido o se han fusionado.
clamp escribió:Lalilulelu escribió:clamp escribió:
¿No te das cuenta del problema?
Luego que por qué hay que repetirte las cosas y ponértelas en negritas.
Yo creo que eres tú quien no ve el problema.
Si quieres jugar a las letras en grande adelante bro
Pero vamos a ver, que parece mentira
¡¡La frase no termina ahí!! lo que condiciona es lo siguiente.
kopperpot escribió:O mejor dicho, que o bien vuestros prejuicios o bien vuestra ideología, no os permiten ver.
Lalilulelu escribió:kopperpot escribió:O mejor dicho, que o bien vuestros prejuicios o bien vuestra ideología, no os permiten ver.
Sabes que opino lo mismo de ti, no? Pues entonces porque no nos ahorramos echarnos mierda el uno al otro? Porque compi, no paras.
kopperpot escribió:Lalilulelu escribió:kopperpot escribió:O mejor dicho, que o bien vuestros prejuicios o bien vuestra ideología, no os permiten ver.
Sabes que opino lo mismo de ti, no? Pues entonces porque no nos ahorramos echarnos mierda el uno al otro? Porque compi, no paras.
Por supuesto que lo se, “compi”, lo has dejado claro montones de veces antes, en este hilo y en otros. Y precisamente por eso, porque tú lo has hecho antes, es por lo que estoy legitimado para decirte lo mismo.
Cuando te limites a argumentar en lugar de recurrir a ad hominems como has hecho antes con @bou , entenderé que lo reproches e incluso te daré la razón, te lo garantizo.
Lalilulelu escribió:Quien recoge vientos, recoge tempestades.
kopperpot escribió:Entiende lo que te de la gana, evidentemente.
Y aplícate el cuento:Lalilulelu escribió:Quien recoge vientos, recoge tempestades.
Por cierto, corrige la errata, es “quien siembra vientos”
Ahora, si te parece, dejemos de embarrar el hilo.
clamp escribió:Lalilulelu escribió:2.-Se entiende que los actos de violencia que ejerce el hombre sobre la mujer con ocasión de una relación afectiva de pareja constituyen actos de poder y superioridad frente a ella con independencia de cuál sea la motivación o la intencionalidad.clamp escribió:
Pero vamos a ver, que parece mentira
¡¡La frase no termina ahí!! lo que condiciona es lo siguiente.
dlabo escribió:clamp escribió:Lalilulelu escribió:2.-Se entiende que los actos de violencia que ejerce el hombre sobre la mujer con ocasión de una relación afectiva de pareja constituyen actos de poder y superioridad frente a ella con independencia de cuál sea la motivación o la intencionalidad.clamp escribió:
Pero vamos a ver, que parece mentira
¡¡La frase no termina ahí!! lo que condiciona es lo siguiente.
Pues no, lo que condiciona es lo anterior
clamp escribió:dlabo escribió:clamp escribió:
Pues no, lo que condiciona es lo anterior
Dime @dlabo
Tú dirías que es lo mismo decir,
¿Metasilicato de potasio
y métase un alicate por el poto despacio?
Piénsalo bien antes de contestar.
clamp escribió:
Dime @dlabo
Tú dirías que es lo mismo decir,
¿Metasilicato de potasio
y métase un alicate por el poto despacio?
Piénsalo bien antes de contestar.
dlabo escribió:dejando fuera todo lo demás.
dlabo escribió:clamp escribió:
Dime @dlabo
Tú dirías que es lo mismo decir,
¿Metasilicato de potasio
y métase un alicate por el poto despacio?
Piénsalo bien antes de contestar.
No tengo ni idea de química, pero lo que si que se es que la frase "Se entiende que los actos de violencia que ejerce el hombre sobre la mujer con ocasión de una relación afectiva de pareja" es la que condiciona todo el resto del texto, concretamente condiciona que se aplique a actos de violencia y en el ámbito de las relaciones afectivas, dejando fuera todo lo demás.
ajbeas escribió:Es un tema espinoso este.
Ayer comentándolo con unos compañeros de trabajo, tanto femeninas como masculinos, lance una pregunta que me respondieron ambos igual.
Es verdad que si yo compro una casa de soltero, me echo pareja, nos casamos y tenemos un niño, al separarnos/divorciarnos, ella se quedaría con mi casa por ser nuestro hijo menor de edad?
Ellos dicen que si, pero si la respuesta es efectivamente afirmativa, me parece un atropello contra la integridad moral masculina que ella disfrute de algo que no ha aportado y me daria que pensar…
Falkiño escribió:Yo la pirueta mental que no entiendo, es cómo la ideología progresista actual se golpea en el pecho alegando que hay que proteger a las minorías, pero luego en violencia en pareja lo que importa es la mayoría. O sea si eres una minoría ahí están, pero en violencia en pareja si eres hombre como perteneces a la minoría víctima de agresión pues que te jodan y la ley debe proteger solamente al caso mayoritario
Cuando en la policía el 25% de los agentes son mujeres hay que poner el grito en el cielo, cuando en profesorado infantil el 10% son hombres que te jodan, y así ad infinitum.
Entre la desechabilidad masculina y la santificación de la pobreza no reconozco a la izquierda actual.
Un saludo!
clamp escribió:dlabo escribió:dejando fuera todo lo demás.
Tampoco entiendes de alicates, por lo que veo.
Dime @dlabo
Si yo te dijera "Se entiende que son actos de violencia los que ejerce el hombre sobre la mujer con ocasión de una relación afectiva de pareja, salvo si le pega con el canto de la mano".
¿Sigue condicionando el texto?
Tú qué dirías.
kopperpot escribió:No, lo que condiciona de verdad la sentencia y la condena aplicada en el caso al que se refiere es esto:
“6.- Se considera que cuando el legislador aprobó los tipos que sancionan la violencia de género en modo alguno quiso adicionar una exigencia de valoración intencional para exigir que se probara una especial intención de dominación del hombre sobre la mujer para que el hecho fuera considerado como violencia de género. Si hay agresión del hombre sobre la mujer ello es violencia de género, y si hay agresión mutua no es preciso probar un comportamiento de dominación del hombre sobre la mujer. Probada la agresión el hecho es constitutivo de violencia de género y si hay agresión mutua, como en este caso, ambos deben ser condenados por violencia de género al hombre y familiar a la mujer.
Por ello, el Tribunal Supremo revoca la absolución de ambos que acordó la Audiencia y condena al hombre a la pena de 6 meses de prisión con orden de alejamiento y sus accesorias y a la mujer a una pena de 3 meses con iguales accesorias y alejamiento.“
Es decir, que en una situacion de una agresión mutua de pareja en condiciones de igualdad por una cuestion trivial en la que ella agrede primero y con mayor intensidad, el hombre recibe más condena sólo por ser hombre, no porque exista una situación de machismo o dominación, que además ni siquiera se exige que deba probarse.
Es decir, en una situación de una agresión mutua de pareja en condiciones de igualdad, al hombre se le condena de forma AUTOMATICA e INJUSTIFICADA a más pena que a la mujer solo por sus genitales.
O como decía el exletrado del constitucional y catedrático de derecho penal al que se aludía anteriormente:
kopperpot escribió:
@dlabo Te traslado la cuestión anterior a ver qué me respondes:
¿Me puedes explicar o ubicar la “dominacion en una relacion” o el “poder y superioridad frente a ella” en un caso como el de ese ejemplo, es decir, una agresión mutua de pareja en condiciones de igualdad por una cuestion trivial en la que ella agrede primero y con mayor intensidad?
“Los hechos probados relatan que “en un momento determinado se inició una discusión entre ellos motivada por no ponerse de acuerdo en el momento que habían de marchar a casa, en el curso de la cual se agredieron recíprocamente, de manera que la encausada le propinó a él un puñetazo en el rostro y él le dio un tortazo con la mano abierta en la cara, recibiendo él una patada propinada por ella, sin que conste la producción de lesiones. Ninguno de los dos denuncia al otro".
Legardien escribió:El problema es cuando metes la palabra consentimiento y obligas a la defensa a probar que ha existido, en lugar de a la acusación.
dlabo escribió:Pero un momento ¿no estamos hablando de un juicio?
¿No se le está condenando por que se ha probado que cometió los actos por los que se le acusa?
Eso dista muchísimo de poder ser considerado automático.
Y ¿tu crees que es injusto? Es la justicia aplicando la ley.
Hay muchos, pero que muchos otros ejemplos de distinciones en la ley, si solo molesta esta, es una cuestión ideológica.
dlabo escribió:kopperpot escribió:
@dlabo Te traslado la cuestión anterior a ver qué me respondes:
¿Me puedes explicar o ubicar la “dominacion en una relacion” o el “poder y superioridad frente a ella” en un caso como el de ese ejemplo, es decir, una agresión mutua de pareja en condiciones de igualdad por una cuestion trivial en la que ella agrede primero y con mayor intensidad?
“Los hechos probados relatan que “en un momento determinado se inició una discusión entre ellos motivada por no ponerse de acuerdo en el momento que habían de marchar a casa, en el curso de la cual se agredieron recíprocamente, de manera que la encausada le propinó a él un puñetazo en el rostro y él le dio un tortazo con la mano abierta en la cara, recibiendo él una patada propinada por ella, sin que conste la producción de lesiones. Ninguno de los dos denuncia al otro".
No, no puedo ni explicar ni ubicar la dominación ni el poder y superioridad frente a ella en este caso en concreto del mismo modo que tu no puedes negarlo.
Y según la ley, no hace falta.
dlabo escribió:Por cierto, aprovecho para hacerte una pregunta
¿en que supuestos se invierte la carga de la prueba?
La de verdad, cuando la acusación no necesita probar los hechos si no que corresponde a la defensa demostrar que no ha sucedido.
Lord_Link escribió:Legardien escribió:El problema es cuando metes la palabra consentimiento y obligas a la defensa a probar que ha existido, en lugar de a la acusación.
Si, tener en cuenta el consentimiento de la victima es un problema. Claro. Piensalo de nuevo anda