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Schwefelgelb escribió:@Toni300 aún no ha sido publicado en el boe, se espera que lo hagan esta semana.
Toni300 escribió:Schwefelgelb escribió:@Toni300 aún no ha sido publicado en el boe, se espera que lo hagan esta semana.
Ah, vale... Habrá que leer la "letra pequeña" entonces... Ya me extrañaba... Seguiré atento al hilo, porque es muy curiosa la ley esta, según lo que os he leído...
AkrosRockBell escribió:@Schwefelgelb esa parte no la he visto en ese pensaje o mi mente la ha filtrado aunque si es así no entiendo entonces a qué viene el rollo de los privilegios y que dudes de ello.
Toni300 escribió:Ah, vale... Habrá que leer la "letra pequeña" entonces... Ya me extrañaba... Seguiré atento al hilo, porque es muy curiosa la ley esta, según lo que os he leído...
Artículo 1. Objeto.
1. Esta Ley tiene por finalidad garantizar y promover el derecho a la igualdad real y efectiva de las personas lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales (en adelante, LGTBI), así como de sus familias.
2. A estos efectos, la Ley establece los principios de actuación de los poderes públicos, regula derechos y deberes de las personas físicas y jurídicas, tanto públicas como privadas, y prevé medidas específicas destinadas a la prevención, corrección y eliminación, en los ámbitos público y privado, de toda forma de discriminación; así como al fomento de la participación de las personas LGTBI en todos los ámbitos de la vida social y a la superación de los estereotipos que afectan negativamente a la percepción social de estas personas.
3. Asimismo, la Ley regula el procedimiento y requisitos para la rectificación registral relativa al sexo y, en su caso, nombre de las personas, así como sus efectos, y prevé medidas específicas derivadas de dicha rectificación en los ámbitos público y privado.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
AkrosRockBell escribió:"Sólo los hombres pueden ser rey", ejemplo super realista y extendido a toda la población de privilegio no escrito masculino en España.
xDDDDDDDDDDDDDDDDDD
Falkiño escribió:Lo veo y lo subo a "sólo las mujeres pueden ser reina"
DNKROZ escribió:@kopperpot , eso es más una medida destinada a evitarles el trabajo administrativo a los funcionarios derivado de gente "fluida" que una medida de control de nada, es un impedimento administrativo para evitar vaivenes de opinión.
AkrosRockBell escribió:@Schwefelgelb no creo que de lo que hablases caiga en esa escala de grises, puesto que no hay ningún gris en mi opinión en corregir una situación claramente injusta por la que una mujer tiene superioridad legal sobre un hombre.
@Falkiño el matriarcado viene fuerte xDDDDDDD
kopperpot escribió:@Toni300 El caso es que, a la vista del texto que previsiblemente parece que saldrá publicado en el BOE, y según se ha informado por absolutamente todos los medios, no existe “letra pequeña” en cuanto a requisitos a comprobar o bien investigación o control mínima a practicar durante esos tres meses.
....
https://www.congreso.es/public_oficiale ... -113-1.PDF
.....
Bou escribió:Lalilulelu escribió:Basicamente no es ir al regitro civil, decir hola, ahora soy mujer y wala ya eres mujer.Bou escribió:Estupendo, pues dinos qué más hace falta. Supón que yo quiero hacer el cambio, y voy al Registro, y les digo que me cambien el DNI porque pone que soy hombre y yo me siento mujer.
Ya hemos visto (pero corrígeme si me equivoco) que no tengo que demostrar ese sentimiento de ninguna manera. ¿Entonces qué más necesito hacer para que me cambien el sexo en el DNI?
Adelante, te escuchamos todos atentamente.
¿Te importaría responder la pregunta?
Toni300 escribió:kopperpot escribió:@Toni300 El caso es que, a la vista del texto que previsiblemente parece que saldrá publicado en el BOE, y según se ha informado por absolutamente todos los medios, no existe “letra pequeña” en cuanto a requisitos a comprobar o bien investigación o control mínima a practicar durante esos tres meses.
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https://www.congreso.es/public_oficiale ... -113-1.PDF
.....
Una cosa... Ojo porque el PDF del BOE que has enlazado es de septiembre. El que ha enlazado otro compañero es más reciente y, aunque lo que puntualizas no ha variado, he visto que tiene un articulado diferente. Es este (del 23 de febrero): https://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/A/BOCG-14-A-113-8.PDF
Toni300 escribió:Y a lo que interesa. Según el Artículo 44 (Procedimiento para la rectificación registral de la mención relativa al sexo) parece que, efectivamente, el cambio es muy sencillo y que no tienes que aportar ningún documento. Hago un resumen, por si a alguien le interesa:
1) Presentas una solicitud de cambio de sexo en cualquier oficina del registro civil.
2) Al cabo de un tiempo te llaman, compareces ante la persona encargada del registro civil, te avisan de las consecuencias legales, pagas una tasa y te lo tramitan.
3) Al cabo de tres meses te llaman para ratifiques de nuevo tu solicitud. La persona encargada del registro civil comprueba la "documentación obrante en el expediente" (habrá que ver qué es esto, porque aquí puede estar la clave) y dictará resolución (aquí la clave también puede estar en lo que argumente esta persona para resolver positivamente o no).
Cuando publiquen el texto aprobado será interesante volverlo a revisar, porque ya ha pasado con otras leyes que al final acaban colando cosas nuevas...
Lalilulelu escribió:Lo que?
Lalilulelu escribió:Basicamente no es ir al regitro civil, decir hola, ahora soy mujer y wala ya eres mujer.
Bou escribió:Estupendo, pues dinos qué más hace falta. Supón que yo quiero hacer el cambio, y voy al Registro, y les digo que me cambien el DNI porque pone que soy hombre y yo me siento mujer.
Ya hemos visto (pero corrígeme si me equivoco) que no tengo que demostrar ese sentimiento de ninguna manera. ¿Entonces qué más necesito hacer para que me cambien el sexo en el DNI?
Adelante, te escuchamos todos atentamente.
Toni300 escribió:kopperpot escribió:@Toni300 El caso es que, a la vista del texto que previsiblemente parece que saldrá publicado en el BOE, y según se ha informado por absolutamente todos los medios, no existe “letra pequeña” en cuanto a requisitos a comprobar o bien investigación o control mínima a practicar durante esos tres meses.
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https://www.congreso.es/public_oficiale ... -113-1.PDF
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Una cosa... Ojo porque el PDF del BOE que has enlazado es de septiembre. El que ha enlazado @DNKROZ es más reciente y, aunque lo que puntualizas no ha variado, he visto que tiene un articulado diferente. Es este (del 23 de febrero): https://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/A/BOCG-14-A-113-8.PDF
Y a lo que interesa. Según el Artículo 44 (Procedimiento para la rectificación registral de la mención relativa al sexo) parece que, efectivamente, el cambio es muy sencillo y que no tienes que aportar ningún documento. Hago un resumen, por si a alguien le interesa:
1) Presentas una solicitud de cambio de sexo en cualquier oficina del registro civil.
2) Al cabo de un tiempo te llaman, compareces ante la persona encargada del registro civil, te avisan de las consecuencias legales, pagas una tasa y te lo tramitan.
3) Al cabo de tres meses te llaman para ratifiques de nuevo tu solicitud. La persona encargada del registro civil comprueba la "documentación obrante en el expediente" (habrá que ver qué es esto, porque aquí puede estar la clave) y dictará resolución (aquí la clave también puede estar en lo que argumente esta persona para resolver positivamente o no).
Cuando publiquen el texto aprobado será interesante volverlo a revisar, porque ya ha pasado con otras leyes que al final acaban colando cosas nuevas...
Legardien escribió:Toni300 escribió:kopperpot escribió:@Toni300 El caso es que, a la vista del texto que previsiblemente parece que saldrá publicado en el BOE, y según se ha informado por absolutamente todos los medios, no existe “letra pequeña” en cuanto a requisitos a comprobar o bien investigación o control mínima a practicar durante esos tres meses.
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https://www.congreso.es/public_oficiale ... -113-1.PDF
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Una cosa... Ojo porque el PDF del BOE que has enlazado es de septiembre. El que ha enlazado @DNKROZ es más reciente y, aunque lo que puntualizas no ha variado, he visto que tiene un articulado diferente. Es este (del 23 de febrero): https://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/A/BOCG-14-A-113-8.PDF
Y a lo que interesa. Según el Artículo 44 (Procedimiento para la rectificación registral de la mención relativa al sexo) parece que, efectivamente, el cambio es muy sencillo y que no tienes que aportar ningún documento. Hago un resumen, por si a alguien le interesa:
1) Presentas una solicitud de cambio de sexo en cualquier oficina del registro civil.
2) Al cabo de un tiempo te llaman, compareces ante la persona encargada del registro civil, te avisan de las consecuencias legales, pagas una tasa y te lo tramitan.
3) Al cabo de tres meses te llaman para ratifiques de nuevo tu solicitud. La persona encargada del registro civil comprueba la "documentación obrante en el expediente" (habrá que ver qué es esto, porque aquí puede estar la clave) y dictará resolución (aquí la clave también puede estar en lo que argumente esta persona para resolver positivamente o no).
Cuando publiquen el texto aprobado será interesante volverlo a revisar, porque ya ha pasado con otras leyes que al final acaban colando cosas nuevas...
Si han eliminado la necesidad que los profesionales que están cualificados para valorar sobre la disforia de género, los médicos, no creo que un funcionario del Registro Civil pueda decidir sobre ello. Otra cosa es "que te falte un papel"....pero eso, como en todas las administraciones....
srkarakol escribió:Ante tanto off topic de las últimas páginas, os paso un artículo antiguo pero que sigue vigente, que trata directamente sobre el título del hilo.
Es un artículo de opinión, así que evitemos debates encendidos y preguntas persecutorias. A mi, personalmente, me ha parecido muy interesante su lectura y comparto casi la totalidad de lo que expresa.
https://elpais.com/elpais/2019/01/22/mo ... og=oklogin
Consigamos una ley LGTBI que proteja a los hombres maltratados. Pero no horaden las leyes que hemos conseguido intentando incluir a los hombres como víctimas de violencia de género. El hombre maltratado merece su protección, pero no a costa de la mía.
kopperpot escribió:srkarakol escribió:Pero defiendo que exista la ley de violencia de género que al final es lo que se critica en este hilo mayoritariamente.
Otra vez
Por enésima vez: lee lo que se aporta, por favor.
Nadie en este hilo niega la existencia de la violencia en el ámbito de la pareja o expareja, que es el objeto de la ley de viogen.
En este hilo lo que se critica no es la “existencia” en si de la ley de viogen sin más, lo que se critica son la discriminación, las desigualdades y las injusticias que genera la ley de violencia de género tal y como está planteada, por ejemplo, condenando con mayor pena solo por los genitales de quien agrede y quien es agredido sin necesidad de probar nada más e incluso con independencia de los hechos, como en el caso de la pareja que se agredió recíprocamente golpeando ella primero y con mayor intensidad, o negando a personas que sufren exactamente la misma situación de violencia en la pareja o expareja (hombres heterosexuales al igual que hombres y mujeres homosexuales) el amparo y acceso a los recursos de los que ya disfrutan en exclusiva las mujeres heterosexuales, únicamente por razones de género u orientación sexual.
seaman escribió:Lo de siempre, el pecado original es de los hombres.
Los hombres somos fuertes y no necesitamos ayuda.
DNKROZ escribió:pero cuando uno pasa de mujer a hombre SIGUE conservando todos ellos (esto viene así tipificado en la ley)
srkarakol escribió:seaman escribió:Lo de siempre, el pecado original es de los hombres.
Los hombres somos fuertes y no necesitamos ayuda.
Creo que no has leído el mismo artículo que yo.
Avestruz escribió:DNKROZ escribió:pero cuando uno pasa de mujer a hombre SIGUE conservando todos ellos (esto viene así tipificado en la ley)
¿Puedes indicar dónde viene eso tipificado en la ley? Gracias.
kopperpot escribió:Avestruz escribió:DNKROZ escribió:pero cuando uno pasa de mujer a hombre SIGUE conservando todos ellos (esto viene así tipificado en la ley)
¿Puedes indicar dónde viene eso tipificado en la ley? Gracias.
Lo tienes apenas unos posts mas arriba, al final de este post:
hilo_ho-discriminacion-contra-los-hombres_2231449_s27850#p1753603781
Artículo 46. Efectos.
[...]
4. La persona que rectifique la mención registral del sexo pasando del sexo masculino al femenino
podrá ser beneficiaria de medidas de acción positiva adoptadas específicamente en favor de las mujeres
en virtud del artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres
y hombres para aquellas situaciones generadas a partir de que se haga efectivo el cambio registral, pero
no respecto de las situaciones jurídicas anteriores a la rectificación registral. No obstante, la persona que
rectifique la mención registral pasando del sexo femenino al masculino conservará los derechos
patrimoniales consolidados que se hayan derivado de estas medidas de acción positiva, sin que haya
lugar a su reintegro o devolución.[...]
srkarakol escribió:Ante tanto off topic de las últimas páginas, os paso un artículo antiguo pero que sigue vigente, que trata directamente sobre el título del hilo.
Es un artículo de opinión, así que evitemos debates encendidos y preguntas persecutorias. A mi, personalmente, me ha parecido muy interesante su lectura y comparto casi la totalidad de lo que expresa.
https://elpais.com/elpais/2019/01/22/mo ... og=oklogin
kopperpot escribió:Temo a los hombres que ponen tantos reparos en que exista una ley que nos proteja especialmente. ¿Por qué le indigna tanto? ¿Tenía pensado violar a alguna mujer?
DNKROZ escribió:kopperpot escribió:Avestruz escribió:¿Puedes indicar dónde viene eso tipificado en la ley? Gracias.
Lo tienes apenas unos posts mas arriba, al final de este post:
hilo_ho-discriminacion-contra-los-hombres_2231449_s27850#p1753603781
Venía justo a ponérselo, y de paso recordarle que tiene también como 3 enlaces al texto y que lo podía haber buscado perfectamente.Artículo 46. Efectos.
[...]
4. La persona que rectifique la mención registral del sexo pasando del sexo masculino al femenino
podrá ser beneficiaria de medidas de acción positiva adoptadas específicamente en favor de las mujeres
en virtud del artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres
y hombres para aquellas situaciones generadas a partir de que se haga efectivo el cambio registral, pero
no respecto de las situaciones jurídicas anteriores a la rectificación registral. No obstante, la persona que
rectifique la mención registral pasando del sexo femenino al masculino conservará los derechos
patrimoniales consolidados que se hayan derivado de estas medidas de acción positiva, sin que haya
lugar a su reintegro o devolución.[...]
Empieza a cansar un poco tener que justificar todo y luego tener que aceptar dogmas absolutos como que "no va a ser tan sencillo como llegar al registro y..." pero sin explicación de nada.
DNKROZ escribió:Interesantísimo, lo puedes poner en el hilo de violencia de género conceptos y debate, no aquí.
srkarakol escribió:DNKROZ escribió:Interesantísimo, lo puedes poner en el hilo de violencia de género conceptos y debate, no aquí.
Si no vas a aportar nada, te rogaría que no dijeses nada, por favor. Bastante off topic llevais ya marcado con la ley trans como para marcarte esta frase de aspirante a moderador.
Gracias.
Avestruz escribió:Ahí lo que pone es que si alguien tiene un derecho patrimonial consolidado derivado de una medida de acción positiva, no tiene que devolverlo.
Es decir, que si le han dado algún dinero por una medida de esas, se lo puede quedar y no tiene que devolverlo cuando se registre como hombre, que es muy distinto a lo que dices tú de que "SIGUE conservando todos los derechos y beneficios".
Hay que mirar bien y buscar todas las palabras en el diccionario cuando leemos una ley, que si no luego corremos el riesgo de ir desinformando por ahí.
srkarakol escribió:Si no vas a aportar nada, te rogaría que te quedases calladito, por favor. Bastante off topic llevías ya marcado con la ley trans como para marcarte esta frase de aspirante a moderador.
Gracias.
kopperpot escribió:Así que mientras no se indique nada ni haya hilo para ese tema, yo diría que esas alusiones sobre si es o no offtopic, sobran.
kopperpot escribió:De todas formas, era evidente que “los del otro bando” ibais a acabar apareciendo por aquí para enfangar el debate con alusiones personales buscando iniciar una “guerrita” que provoque una sanción general o incluso perjudicar al hilo, como advertí en dicho post de feedback
kopperpot escribió:Yo recomendaría ignorar y reportar ante offtopics y alusiones que solo busquen enfangar el debate que hasta ahora se estaba desarrollando con normalidad. De hecho, es lo que voy a hacer yo mismo.
DNKROZ escribió:Avestruz escribió:Ahí lo que pone es que si alguien tiene un derecho patrimonial consolidado derivado de una medida de acción positiva, no tiene que devolverlo.
Es decir, que si le han dado algún dinero por una medida de esas, se lo puede quedar y no tiene que devolverlo cuando se registre como hombre, que es muy distinto a lo que dices tú de que "SIGUE conservando todos los derechos y beneficios".
Hay que mirar bien y buscar todas las palabras en el diccionario cuando leemos una ley, que si no luego corremos el riesgo de ir desinformando por ahí.
Pero es que justo por eso, porque no soy un abogado chupatintas sino un ingeniero, es por lo que pedía que alguien indicase cuál era el problema en esa teoría...
Gracias a tu explicación deduzco que entonces una persona podría perfectamente cambiarse, aprobar por ejemplo unas oposiciones o pasar unas pruebas de acceso y luego volver a cambiarse sin problema, ¿correcto?.
Lo que, en la práctica, es lo que vengo comentando, que se puede usar (siempre que seas de género fluido claro) para que si encuentras una discriminación o desventaja puedas quitártela sin problema sin tener que rendir cuentas más adelante, vamos, una situación de igualdad real y efectiva como el objetivo de la ley, es justo para lo que se ha hecho.
Resumiendo, no es "sine díe", como parecía que daba a entender yo, sino "as a service"... lo veo una desventaja desde el punto de vista administrativo, eso sí, mucho más complicado.
Lo que no entiendo es por qué no está contemplado en la misma ley de la misma forma en el cambio de hombre a mujer, ¿será porque no hay ningún "patrimonio consolidado derivado de ninguna medida de acción positiva"?, raro eh, por eso de los privilegios masculinos y demás.
Ahora puedes contestar tú sin problema a la pregunta que se hizo antes, ¿qué se necesita además de tu voluntad (cumpliendo condiciones de edad y residencia) para cambiar tu sexo en el registro?, el compañero @Lalilulelu y la erudita afirman que "no es tan sencillo" pero no concretan el por qué... también puedes decir en qué parte del texto de la ley figuran las medidas de "control de fraude", soy todo ojos.
@srkarakolsrkarakol escribió:Si no vas a aportar nada, te rogaría que te quedases calladito, por favor. Bastante off topic llevías ya marcado con la ley trans como para marcarte esta frase de aspirante a moderador.
Gracias.
De offtopic nada, como te estoy diciendo, dado que es una ley que pivota sobre la posibilidad de cambiar tu sexo registral y te posibilita el evitar "medidas discriminatorias" y aprovechar "medidas de acción positiva" lo que te faculta para convertir el título del hilo en algo que antes era mandatorio a algo completamente voluntario, ya que puedes percibirte como mujer merecedora de ese mismo trato en la búsqueda de la igualdad real y efectiva.kopperpot escribió:Así que mientras no se indique nada ni haya hilo para ese tema, yo diría que esas alusiones sobre si es o no offtopic, sobran.
Especialmente cuando la ley busca la igualdad real y efectiva y posibilita que te apliquen los derechos del sexo con el que te auto percibas y no te apliquen las discriminaciones de aquel con el que no te identificas por mucho que sea tu sexo biológico.
La violencia de género SÍ tiene un hilo propio no obstante y SÍ sería offtopic en este hilo de forma clara.kopperpot escribió:De todas formas, era evidente que “los del otro bando” ibais a acabar apareciendo por aquí para enfangar el debate con alusiones personales buscando iniciar una “guerrita” que provoque una sanción general o incluso perjudicar al hilo, como advertí en dicho post de feedback
Por favor, dejemos las alusiones personales y batallitas que es justo lo que van buscando según qué usuarios.kopperpot escribió:Yo recomendaría ignorar y reportar ante offtopics y alusiones que solo busquen enfangar el debate que hasta ahora se estaba desarrollando con normalidad. De hecho, es lo que voy a hacer yo mismo.
Yo después de la última experiencia no voy a reportar una puta mierda, así de claro lo digo, a ver si encima de tener el trabajo de hacerlo voy y cobro como la última vez, lo siento, paso.
DNKROZ escribió:kopperpot escribió:Así que mientras no se indique nada ni haya hilo para ese tema, yo diría que esas alusiones sobre si es o no offtopic, sobran.
Especialmente cuando la ley busca la igualdad real y efectiva y posibilita que te apliquen los derechos del sexo con el que te auto percibas y no te apliquen las discriminaciones de aquel con el que no te identificas por mucho que sea tu sexo biológico.
La violencia de género SÍ tiene un hilo propio no obstante y SÍ sería offtopic en este hilo de forma clara.
DNKROZ escribió:kopperpot escribió:De todas formas, era evidente que “los del otro bando” ibais a acabar apareciendo por aquí para enfangar el debate con alusiones personales buscando iniciar una “guerrita” que provoque una sanción general o incluso perjudicar al hilo, como advertí en dicho post de feedback
Por favor, dejemos las alusiones personales y batallitas que es justo lo que van buscando según qué usuarios.
DNKROZ escribió:kopperpot escribió:Yo recomendaría ignorar y reportar ante offtopics y alusiones que solo busquen enfangar el debate que hasta ahora se estaba desarrollando con normalidad. De hecho, es lo que voy a hacer yo mismo.
Yo después de la última experiencia no voy a reportar una puta mierda, así de claro lo digo, a ver si encima de tener el trabajo de hacerlo voy y cobro como la última vez, lo siento, paso.
Lalilulelu escribió:Osea que malinterpretas, desinformas, y escribes tochopost para excusarte. Que clasico por tu parte
srkarakol escribió:@kopperpot me vas a disculpar pero solo he entrado al hilo a postear un artículo que trata, precisamente, de desmontar el mito de que los hombres estais discriminados (lo pongo en tercera persona porque yo no siento ninguna discriminación como hombre que soy, así que me gustaría separarme, de algun modo, de esa idea vuestra).
En respuesta a ese artículo, he recibido por parte de un usuario una frase inquisitiva diciéndome que mi post no tiene cabida aquí pero que lo suyo, evidentemente si.
No soy yo el que ha enturbiado el hilo, si cada vez que entra alguien con quien no estáis de acuerdo os tiráis encima con malos modos y creyendo que el hilo es vuestro, por lo menos tened la decencia de asumir que sois vosotros los que ensuciáis el hilo impidiendo cualquier atisbo de conversación cordial mas allá de daros palmaditas en la espalda.
Sin mas, dejo este off topic y seguiré posteando lo que considere que es relativo al hilo por mucho que los aspirantes a mod estén en contra.
Lalilulelu escribió:Osea que malinterpretas, desinformas, y escribes tochopost para excusarte. Que clasico por tu parte
DNKROZ escribió:@srkarakol , si quieres desmontar mitos de discriminaciones te sugiero empezar por explicar cómo es un mito que las pruebas de acceso a oposiciones o según qué trabajos sean diferentes según tu sexo (desfavorable para los hombres) antes de centrarte en un concepto que está especialmente artificializado para excluir a los hombres de la definición... por poner un ejemplo rápido, cuando consigas explicar lo primero si quieres pasamos a eso en el hilo correspondiente.
Muchas gracias.
Bou escribió:Lalilulelu escribió:Lo que?
No te preocupes, te marco la pregunta en negrita subrayada para ahorrarte esfuerzo y que puedas distinguirla.Lalilulelu escribió:Basicamente no es ir al regitro civil, decir hola, ahora soy mujer y wala ya eres mujer.Bou escribió:Estupendo, pues dinos qué más hace falta. Supón que yo quiero hacer el cambio, y voy al Registro, y les digo que me cambien el DNI porque pone que soy hombre y yo me siento mujer.
Ya hemos visto (pero corrígeme si me equivoco) que no tengo que demostrar ese sentimiento de ninguna manera. ¿Entonces qué más necesito hacer para que me cambien el sexo en el DNI?
Adelante, te escuchamos todos atentamente.
¿Te importaría responder la pregunta?
kopperpot escribió:Yo sigo sin entender por qué se afirma que esto es un bulo:Lalilulelu escribió:Un hombre solo tiene que ir al registro a decir que es mujer y walá, ya es mujer (...) el poder del bulo
Cuando lo que claramente es un bulo es afirmar esto otro:Lalilulelu escribió:Basicamente no es ir al regitro civil, decir hola, ahora soy mujer y wala ya eres mujer.
kopperpot escribió:Lalilulelu escribió:Basicamente no es ir al regitro civil, decir hola, ahora soy mujer y wala ya eres mujer.
Si no lo quisiteis entender en su momento que le voy a hacer yo.
Sí, es ir primero al registro civil simplemente a decir que ahora eres mujer, y luego volver a ratificarlo ante dicho registro civil simplemente diciendo de nuevo que sí, que eres mujer.
¿En qué consiste el trámite, según tú?
kopperpot escribió:Lalilulelu escribió:Basicamente no es ir al regitro civil, decir hola, ahora soy mujer y wala ya eres mujer.
Si no lo quisiteis entender en su momento que le voy a hacer yo.
Sí, es ir primero al registro civil simplemente a decir que ahora eres mujer, y luego volver a ratificarlo ante dicho registro civil simplemente diciendo de nuevo que sí, que eres mujer.
¿En qué consiste el trámite, según tú?
srkarakol escribió:Como siempre, esto lo he respondido infinidad de veces, supongo que no como a ti te gustaría, pero esto en cocnreto se trató por última vez hace no mucho en este mismo hilo con otro usuario... no recuerdo el nombre porque no es muy habitual o al menos a mi no me sonaba... me suena que llevaba un 007 en el nombre.
Puedes buscar unas páginas atrás, no creo que haga mas de 4 o 5 páginas que se comentó.
srkarakol escribió:Básicamente te has contestado tú solo, tienes que ir varias veces y ratificar tu decisión. No es ir simplemente una mañana que te has levantado raro y ya está... @Lalilulelu lo ha dicho muy claramente y tú mismo has confirmado lo que decía.
srkarakol escribió:Tienes algo en contra de que una persona que se siente mujer no deba ser hormonada, sometida a test psicológicos y, en resumen, perseguida para poder tener el sexo legal con el que se siente identificada??
srkarakol escribió:Me gustaría conocer que tienes en contra, por favor.
kopperpot escribió:@srkarakol ¿En qué consiste el trámite, según tú? ¿Qué has de hacer para que te cambien el sexo en el DNI según esta ley?
srkarakol escribió:Básicamente te has contestado tú solo, tienes que ir varias veces y ratificar tu decisión. No es ir simplemente una mañana que te has levantado raro y ya está... @Lalilulelu lo ha dicho muy claramente y tú mismo has confirmado lo que decía.
srkarakol escribió:Tienes algo en contra de que una persona que se siente mujer no deba ser hormonada, sometida a test psicológicos y, en resumen, perseguida para poder tener el sexo legal con el que se siente identificada??
Me gustaría conocer que tienes en contra, por favor.
DNKROZ escribió:Pero es que eso mismo es de la premisa de la que partíamos, y el dijo que "no era tan sencillo", se ha puesto varias veces. ¿Ahora hacemos un dónde dije digo digo Diego?.
Lalilulelu escribió:Basicamente no es ir al regitro civil, decir hola, ahora soy mujer y wala ya eres mujer.
Bou escribió:Estupendo, pues dinos qué más hace falta. Supón que yo quiero hacer el cambio, y voy al Registro, y les digo que me cambien el DNI porque pone que soy hombre y yo me siento mujer.
Ya hemos visto (pero corrígeme si me equivoco) que no tengo que demostrar ese sentimiento de ninguna manera. ¿Entonces qué más necesito hacer para que me cambien el sexo en el DNI?
Adelante, te escuchamos todos atentamente.
srkarakol escribió:kopperpot escribió:Lalilulelu escribió:Basicamente no es ir al regitro civil, decir hola, ahora soy mujer y wala ya eres mujer.
Si no lo quisiteis entender en su momento que le voy a hacer yo.
Sí, es ir primero al registro civil simplemente a decir que ahora eres mujer, y luego volver a ratificarlo ante dicho registro civil simplemente diciendo de nuevo que sí, que eres mujer.
¿En qué consiste el trámite, según tú?
Básicamente te has contestado tú solo, tienes que ir varias veces y ratificar tu decisión. No es ir simplemente una mañana que te has levantado raro y ya está... @Lalilulelu lo ha dicho muy claramente y tú mismo has confirmado lo que decía.
Tienes algo en contra de que una persona que se siente mujer no deba ser hormonada, sometida a test psicológicos y, en resumen, perseguida para poder tener el sexo legal con el que se siente identificada??
Me gustaría conocer que tienes en contra, por favor.
Lalilulelu escribió:Ahora habiendo respondido, es tan facil como decir, hola ahora soy mujer, toma tu dni, wala ya soy mujer.
Que es complicado? Evidentemente no, pero es que no deberia serlo.
IvanQ escribió:Lalilulelu escribió:Ahora habiendo respondido, es tan facil como decir, hola ahora soy mujer, toma tu dni, wala ya soy mujer.
Que es complicado? Evidentemente no, pero es que no deberia serlo.
Pues gracias por confirmar que no decías la verdad al tachar de bulo a los que decían que era un trámite simple.
DNKROZ escribió:@srkarakol , hablando de leer, ¿puedes citar quién ha especificado que el trámite no sea como se dijo que era? (porque hemos dejado muy claro cuál es el proceso), ¿quién ha dicho que le parezca mal que sea simple? (yo solo recuerdo al que dijo que "no era tan simple", y a la erudita), ¿quién ha mentido diciendo que tiene una sobrecomplicación que en realidad no tiene puesto que es ir al registro y confirmarlo al cabo de un tiempo (por si has cambiado de opinión)?.
Gracias.
IvanQ escribió:Pues gracias por confirmar que no decías la verdad al tachar de bulo a los que decían que era un trámite simple.
srkarakol escribió:kopperpot escribió:@srkarakol ¿En qué consiste el trámite, según tú? ¿Qué has de hacer para que te cambien el sexo en el DNI según esta ley?
Puedes leer lo que escribo, por favor?? Que luego dices que no conesto...
Lalilulelu escribió:Es lo mismo decir que es solo ir al registro y decir que ahora quieres cambiar de sexo. Que un proceso que lleva 4 meses?
srkarakol escribió:NO, él dijo que no consistía en ir decirlo y ya está...
srkarakol escribió:el trámite es sencillo, si, pero hay que ir y reafirmar tu decisión, ahí está quid de la cuestión.
srkarakol escribió:A lo que se refería el usuario es a que no es que una mañana que te ha dado un aire,vas y te cambias... que la decisión tiene que ser meditada porque tienes que reafirmarla.
srkarakol escribió:Pero si nos cogemos de nuevo a la literalidad de las cosas para desacreditar y desprestigiar al otro en vez de intentar tener una conversación, pues es lo que pasa, que prima el querer tener razón por encima de todo en vez del diálogo. Pero bueno...
Lalilulelu escribió:Es lo mismo decir que es solo ir al registro y decir que ahora quieres cambiar de sexo. Que un proceso que lleva 4 meses?