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bifariam escribió:@colchonero77 que quieres, que te dé el número de mi padre y le preguntas???? Te repito, mi padre todos los santos días ve casos de ese tipo, y hasta el mismo dice que la ley no es igual para ambos sexos...está claro que no te interesa ver una realidad cuando no es la que te gusta.....
Te digo que aportes pruebas de lo que has dicho varias veces antes. No cambies ahora de argumento. Sigues dando opiniones, ya debe aportar pruebas. PRUEBAS.bifariam escribió:@colchonero77 te repito, mi padre se encuentra con casos donde ha tenido que ordenar a un zeta ( mi padre va de paisano y no va en coche patrulla) que se lleven esposado a un hombre solobpor el simple hecho de que la mujer se ha sentido agredida, la noche en el calabozo créeme que la pasa y eso no es plato de buen gusto.....
Ahora, si es al contrario, los agentes que suelen acompañar a mi padre rara vez se llevan a la mujer, de hecho en alguna ocasión se han llevado detenido al hombre totalmente ensangrentado solo porque al final el se defendió y la empujó...
Por qué no pueden tratarlos por igual????? De verdad, si alguien me lo explica porque no lo entiendo
colchonero77 escribió:hi-ban escribió:colchonero77 escribió: eso al principio pasaba, aunque tu le pagabas a tu pareja (el hombre ala mujer) si no se demostraba el fin de superación y de prevalimiento de ser hombre, es decir el motivo machista del delito, no se consideraba violencia de genero.
En algun momento lo cambiaron y ahora si tu le pegas a tu pareja es violencia de genero siempre (si es el hombre y la victima la mujer).
La cosa esta asi:
SI SON PAREJA:
si el hecho es leve:
- hombre pega mujer: violencia de genero.
- mujer pega a hombre: violencia domestica.
Si el hecho es grave:
- si el hombre pega a la mujer: es un delito de lesiones grave, pero ademas esta agravado.
- si la mujer pega al hombre: es un delito delesiones graves, pero salvo que el hombre sea vulnerable, no hay agravamiento por ser pareja.
SI NO SON PAREJA:
si el hecho es leve:
- hombre pega mujer: delito de lesiones.
- mujer pega a hombre: delito de lesiones.
Si el hecho es grave:
delito de lesiones graves.
La finalidad machista de la agresion ya no es necesaria.
Esto que acabas de describir, que es lo que ocurre en la actualidad, es discriminación de género de manual.
Cuando se comete un delito hay que juzgar el delito, sin distinguir ni raza, ni etnia, ni género, ni religión. De lo contrario estás atentando contra el artículo 14 de la constitución:Artículo 14 de la Constitución Española: Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social
Si una ley distingue entre géneros, es ANTICONSTITUCIONAL. Punto.
No es anti constitucional.
Básicamente porque lo dice el TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. El TC avala esa ley. Y esto repito NO ES UNA OPINIÓN, es una realidad.
El ÚNICO órgano de este país con competencia para decir si es anticonstitucional o no. Sigue sin ser una opinión, es una realidad.
Si empezamos por no aceptar los órganos españoles, ¿que nos diferencia de Torra? explicármelo. ¿que nos diferencia de ellos?
Torra es uno de los que dice que al TC tururu.
¿Vosotros también consideráis que el TC es basura y podemos saltárnoslo? ¿Entonces ellos pueden hacer un referendum de independencia aunque el TC les diga que no es legal? ¿Entocnes porque estan en la carcel?
Si el constitucional no sirve para nada, ¿que hace esa gente presa?
Podéis explicarlo?
esas recomendaciones son logicas.is2ms escribió:Por cierto, oído de la boca de un Policía Nacional "si tu mujer se pone histérica y te agrede sal de casa hasta que se le pase, no le toques ni con un dedo ni para evitar la agresión porque si te planta una denuncia de violencia de género te puedes dar por jodido". Esta otra me encantó "si viene un hombre diciendo que su mujer le ha agredido generalmente le recomendamos que no denuncie, porque habitualmente ella en respuesta va a denunciar violencia de género y te va a destruir".
colchonero77 escribió:Entiendo tu punto.
Pero cual es tu opinion? Tu piensas que es constitucional y no discrimina por razon de genero? (Al margen de la decision del TC)
Jedah_1 escribió:Es muy peligroso tu punto de vista, te recuerdo que las leyes se hacen conforme a la excepción y no la norma, aunque si bien hasta donde se sabe la violencia en las parejas es bidireccional y en el caso de los hombres tienden a usar mas la física (siendo lo más extremo matarla) mientras que las mujeres usan mas la emocional (por lo que es menos frecuente que maten a su pareja por golpes), bueno hago un poco esto de lado, mi punto es que si hacemos válido tu argumento también le estas dando validez al argumento que podría usar alguien que esté en contra de la inmigración, si los inmigrantes son los que tienden a delinquier más en consideración de su representación de la población, pues las penas que deben de tener este grupo deben de ser mas severas en contraparte de un autoctono español. Es más, vayamos a un país con una gran cantidad de grupos étnicos como lo es USA, ¿crees que alguien si quiera se plantearía leyes mas duras en contra de la población negra o latina que son los grupos que tienen las tasas mas altas de criminalidad?
Por eso considero muy peligroso validar para ciertos casos la lógica de usar: "si lo hace mas ese grupo que se le castigue mas severo a ellos".
Y de paso te agradecería que me digas porque no es justo esto que te estoy mencionando pero en contraparte si es justo tu punto de vista sobre la ley viogen.
reconocia no tenerlo claro, eso si.Una de las que ha habido???? Puedo estar equivocado, pero sólo hubo una consulta al constitucional por parte de una jueza. Una vez que el constitucional se pronuncia su sentencia es definitiva, no se pueden hacer más consultas con respecto al mismo objeto (repito, puede que esté equivocado, alguna fuente?).
¿Esta persona, creería antes a Iglesias sobre la PPR que al TC?Pues en este caso me creo antes al sociólogo, no por quien es (un pistolero venido a menos de tiempos que deberíamos olvidar, que lleva toda su vida chupando del estado a base de corrupción) si no por lo que dice. Que curiosamente coincide con lo que decía el consejo general del poder judicial sobre el borrador de la ley.
colchonero77 escribió:No es mi punto de vista es el del Tribunal Constitucional cuando dijo que esa ley era constitucional y amparó esa discriminación positiva. Yo te resumí su posturas. Y estoy de acuerdo. El constitucional no se basa en que sean mas hombres lo que hacen el delito sino en que son muchas mas la mujeres victimas (lo dicen ellos eh). El constitucional no habla de castigar al hombre habla de defender a la mujer porque es vulnerable y porque son muchos los casos que se dan contra ellas (repito, lo dicen ellos)
la sentencia la tienes aquí:
https://tc.vlex.es/vid/2005-4-1-28-38660772
https://tc.vlex.es/vid/2005-7-1-28-stc-42102143
como veis he aportado 2 sentencias, hay mas, aqui habia gente que decia que solo puede haber 1.
ejemplo:reconocia no tenerlo clara, eso si.Una de las que ha habido???? Puedo estar equivocado, pero sólo hubo una consulta al constitucional por parte de una jueza. Una vez que el constitucional se pronuncia su sentencia es definitiva, no se pueden hacer más consultas con respecto al mismo objeto (repito, puede que esté equivocado, alguna fuente?).
Si algún día aplicarían este tipo de discriminación a extranjeros, eso yo no te lo puedo decir, en todo caso debería contestarte el TC. Pero te avanzo no lo aplicarian porque como te digo el hecho diferenciador no era que sean hombres lo que comente el delito es que sean mujeres las que lo sufren mayoritariamente y por tanto consideran que hay una parte de la sociedad en desproteccion.
Si los extranjeros deliquen mucho mas, ¿que colectivo parcial estaria siendo vulnerado? en principio ninguno.
Por tanto no es "si lo hace mas ese grupo que se le castigue mas severo a ellos". la cuestion es: si lo sufre mas ese grupo que se le proteja mas a ellas".
Pero debemos partir de la base de que lo que diga el constitucional esta por encima de lo que diga Abascal.
Vamos a poner un ejemplo diferente que va dejar claro la postura, y va a ser probablemente contundente ¿si el TC dijese que la perpetua revisable es constitucional, deberíamos darle mas importancia lo que diga Pablo Iglesias? a que no. Pues aqui, en este hilo, hay gente que dice que lo que diga un politico es mas importante. En este hilo hay gente dando a entender que lo que opina Iglesias sobre la PPR es mas importante que lo que llegue en su momento a decir el TC. Lo han dado a entnder, no lo han dicho textualmente. pero si han dicho que la credibilidad de abascal es mayor que la del TC. Por esa misma regla de 3 la de Iglesias o el que sea, también lo es. Pero veras como esto no les va a gustar!!!
Ejemplo:¿Esta persona, creería antes a Iglesias sobre la PPR que al TC?Pues en este caso me creo antes al sociólogo, no por quien es (un pistolero venido a menos de tiempos que deberíamos olvidar, que lleva toda su vida chupando del estado a base de corrupción) si no por lo que dice. Que curiosamente coincide con lo que decía el consejo general del poder judicial sobre el borrador de la ley.
colchonero77 escribió:hi-ban escribió:colchonero77 escribió: eso al principio pasaba, aunque tu le pagabas a tu pareja (el hombre ala mujer) si no se demostraba el fin de superación y de prevalimiento de ser hombre, es decir el motivo machista del delito, no se consideraba violencia de genero.
En algun momento lo cambiaron y ahora si tu le pegas a tu pareja es violencia de genero siempre (si es el hombre y la victima la mujer).
La cosa esta asi:
SI SON PAREJA:
si el hecho es leve:
- hombre pega mujer: violencia de genero.
- mujer pega a hombre: violencia domestica.
Si el hecho es grave:
- si el hombre pega a la mujer: es un delito de lesiones grave, pero ademas esta agravado.
- si la mujer pega al hombre: es un delito delesiones graves, pero salvo que el hombre sea vulnerable, no hay agravamiento por ser pareja.
SI NO SON PAREJA:
si el hecho es leve:
- hombre pega mujer: delito de lesiones.
- mujer pega a hombre: delito de lesiones.
Si el hecho es grave:
delito de lesiones graves.
La finalidad machista de la agresion ya no es necesaria.
Esto que acabas de describir, que es lo que ocurre en la actualidad, es discriminación de género de manual.
Cuando se comete un delito hay que juzgar el delito, sin distinguir ni raza, ni etnia, ni género, ni religión. De lo contrario estás atentando contra el artículo 14 de la constitución:Artículo 14 de la Constitución Española: Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social
Si una ley distingue entre géneros, es ANTICONSTITUCIONAL. Punto.
No es anti constitucional.
Básicamente porque lo dice el TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. El TC avala esa ley. Y esto repito NO ES UNA OPINIÓN, es una realidad.
El ÚNICO órgano de este país con competencia para decir si es anticonstitucional o no. Sigue sin ser una opinión, es una realidad.
Si empezamos por no aceptar los órganos españoles, ¿que nos diferencia de Torra? explicármelo. ¿que nos diferencia de ellos?
Torra es uno de los que dice que al TC tururu.
¿Vosotros también consideráis que el TC es basura y podemos saltárnoslo? ¿Entonces ellos pueden hacer un referendum de independencia aunque el TC les diga que no es legal? ¿Entocnes porque estan en la carcel?
Si el constitucional no sirve para nada, ¿que hace esa gente presa?
Podéis explicarlo?
Articulo 2:
Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía
Articulo 7:
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
Articulo 10:
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
Articulo 11:
1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
Articulo 16:
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
Articulo 21:
1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
Artículo 10
1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.
2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.
Artículo 14
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
hi-ban escribió:Te cito artículos de la Declaracion Universal de los Derechos Humanos (de la que España es firmante). La LIVG atenta contra todos ellos, y probablemente contra mas que me dejo en el tintero. Te marco las partes importantes en negrita:
la misma carta orientativa y no vinculante.
Es decir.sujeta a interpretacion.
O sea,la misma mierda q la otra.seguimos?
Y eb la onu,ponemos a un pais salafista en el observatorio de la mujer.
Como entenderas,no me puedo tomar en serio nada q salga de ellos.ni para bien ni para mal,son unos 200 monigotes,con 6 titiriteros con derecho a veto...sigo?
no te he pedido en ningún momento que cites informes de tu padre, te pido que cites artículos del código penal donde se vea que si una mujer pega a un hombre es un delito leve y al reves, si el hombre pega a la mujer, es un delito grave, algo que has repetido hasta la saciedad y has ratificado una y otra vez.bifariam escribió:mi padre me cuenta algunos dfetalles de lo que le pasa todos los dias, lo que no puedo es pedirle informes concretos
yo me lo se, quiero que demuestres que tu también. no lo has hecho. Quiero que demuestres que hablabas sabiendo de lo que hablabas, por no estabas dando tu opinion, estabas diciendo que una determinada cosa ocurre como tu dices.bifariam escribió:tanto que te sabes el codigo penal sabras que eso es un delito muy grave...
has tenido la oportunidad de demostrar que lo que has dicho era cierto, te niegas a demostrarlo.bifariam escribió:que no me quieres creer, vale, tampoco me va a quitar el sueño que una persona que no conozco ni tengo intencion de conocer piense que miento...yo solo cuento algo que mi padre sabe de primera mano y sigo confiando en su palabra, porquer incluso el dice que esa ley es totalmente injusta para el hombre
a lo mejor si reconocieses que hablabas sin saber de lo que hablabas, no todo el mundo sabe de todos los temas, podrías haber dado tu opinión sin mas, tu no dabas tu opinion, tu decias y afirmabas que eso era asi porque si.bifariam escribió:hasta aqui llega mi aportacion en este hilo, me superan segun que fanatismos
hi-ban escribió:Asi que no, la ONU no avala la discriminacion por razon de género de la LIVG. Mas bien todo lo contrario.
MENTIRA
MENTIRA
MENTIRA
TÍTULO III
De las lesiones
Artículo 147
1. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, será castigado, como reo del delito de lesiones con la pena de prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. La simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considerará tratamiento médico.
2. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión no incluida en el apartado anterior, será castigado con la pena de multa de uno a tres meses.
3. El que golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, será castigado con la pena de multa de uno a dos meses.
4. Los delitos previstos en los dos apartados anteriores sólo serán perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.
Artículo 148
Las lesiones previstas en el apartado 1 del artículo anterior podrán ser castigadas con la pena de prisión de dos a cinco años, atendiendo al resultado causado o riesgo producido:
1.º Si en la agresión se hubieren utilizado armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida o salud, física o psíquica, del lesionado.
2.º Si hubiere mediado ensañamiento o alevosía.
3.º Si la víctima fuere menor de doce años o persona con discapacidad necesitada de especial protección.
4.º Si la víctima fuere o hubiere sido esposa, o mujer que estuviere o hubiere estado ligada al autor por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia.
5.º Si la víctima fuera una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor.
Bostonboss escribió:@colchonero77MENTIRA
MENTIRA
MENTIRATÍTULO III
De las lesiones
Artículo 147
1. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, será castigado, como reo del delito de lesiones con la pena de prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. La simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considerará tratamiento médico.
2. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión no incluida en el apartado anterior, será castigado con la pena de multa de uno a tres meses.
3. El que golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, será castigado con la pena de multa de uno a dos meses.
4. Los delitos previstos en los dos apartados anteriores sólo serán perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.
Veamos que pasa si alguno de estos hechos ocurre de un hombre a su pareja.Artículo 148
Las lesiones previstas en el apartado 1 del artículo anterior podrán ser castigadas con la pena de prisión de dos a cinco años, atendiendo al resultado causado o riesgo producido:
1.º Si en la agresión se hubieren utilizado armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida o salud, física o psíquica, del lesionado.
2.º Si hubiere mediado ensañamiento o alevosía.
3.º Si la víctima fuere menor de doce años o persona con discapacidad necesitada de especial protección.
4.º Si la víctima fuere o hubiere sido esposa, o mujer que estuviere o hubiere estado ligada al autor por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia.
5.º Si la víctima fuera una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor.
Dicho de otra, si una mujer comete un delito previsto en el 147 hacia un hombre, como mucho, y teniendo en cuenta que eso sería una paliza que dejara graves secuelas a la víctima, le podrían llegar a caer 3 años de cárcel.
Por contra, cualquiera de los supuestos del 147, incluidos los que suponen multa de 2 meses, pueden extenderse a 5 años de prisión si el juez lo considerase, si la lesión fuera en sentido contrario.
Ahora pon 500 millones de veces lo de que las leyes son iguales y lo de mentimos, a lo mejor a la 500.000.001 te funciona.
colchonero77 escribió:Ademas mira lo que dice la onu de nuestra ley: que nos quedamos cortos!!! Todo lo contrario que decis vosotros.
https://www.eldiario.es/sociedad/ONU-Es ... 78696.html
No hay no una critica lo que vosotros decis, no critican que haya una discriminación. Todo lo contrario, La ONU nos pide mas caña, que se considere violencia de genero cualquier agresión a una mujer aunque no sea pareja.
El hecho de que la victima sea mujer en muchos casos agrava la pena, pero ese tipo de agravantes en el codigo penal hay a patadas, ser vulnerable, ser menor, etc.
Estas entonces en contra porque discriminan a otras victimas, del hecho de que matar a un menor sea un delito agravado? Si la victima es menor y la pena es mas grave, ¿hay discriminación si la victima es mayor? segun tu si. Ahora recularas y cambiaras el argumento pero básicamente estas diciendo eso. Estas diciendo que no se pueden aumentar penas por la condicion de la victima.
Pues lo de la mujer es exactamente lo mismo, que un menor, un agravante.
hi-ban escribió:colchonero77 escribió:Ademas mira lo que dice la onu de nuestra ley: que nos quedamos cortos!!! Todo lo contrario que decis vosotros.
https://www.eldiario.es/sociedad/ONU-Es ... 78696.html
No hay no una critica lo que vosotros decis, no critican que haya una discriminación. Todo lo contrario, La ONU nos pide mas caña, que se considere violencia de genero cualquier agresión a una mujer aunque no sea pareja.
El hecho de que la victima sea mujer en muchos casos agrava la pena, pero ese tipo de agravantes en el codigo penal hay a patadas, ser vulnerable, ser menor, etc.
Estas entonces en contra porque discriminan a otras victimas, del hecho de que matar a un menor sea un delito agravado? Si la victima es menor y la pena es mas grave, ¿hay discriminación si la victima es mayor? segun tu si. Ahora recularas y cambiaras el argumento pero básicamente estas diciendo eso. Estas diciendo que no se pueden aumentar penas por la condicion de la victima.
Pues lo de la mujer es exactamente lo mismo, que un menor, un agravante.
En un menor es mas grave porque un menor no tiene la capacidad de ser autosuficiente y responsable de sus actos, y ademas se considera que no puede valerse por sí mismo y debido a su ignorancia y debilidad es especialmente vulnerable.
Entonces lo que tu estas diciendo es que la mujer es como un menor. O sea, que según tu la mujer, por el mero hecho de ser mujer, es un ser que no puede valerse por si mismo ni tiene la capacidad de autosuficiencia y responsabilidad que tienen las personas adultas. En resumen, estás diciendo que la mujer es un ser inferior/discapacitado por el hecho de ser mujer.
.
el que acaba de tacharlas de inferiores o discapacitadas has sido tu.hi-ban escribió:Lo que no se pueden es aumentar penas ni suprimir la presuncion de inocencia sólo cuando el género del acusado es X y la victima es de género Y. Eso es discriminar por género. Y justificar la discriminacion de género argumentando, como tu haces, que la mujer es un ser debil e inutil como un menor, es MACHISMO de manual. Asi que yo de ti revisaría tus ideologías, porque a lo mejor resulta que queriendo ir de feminista, estás siendo todo lo contrario.
¿tu te has leido en que sentido nos piden mas caña? estas seguro que no meten caña por el motivo que tu dices? en el enlace que te he puesto NO DECIA ESO. curiosamente tu si!!! evidentemente te lo estas inventando. La ONU dice que debemos ampliar los casos de violencia de genero a casos que no sean pareja, pero tu a tu ritmo!!!hi-ban escribió:El problema que tenemos en este pais es que TODO lo contamos como "de género" (para que nos den mas pasta desde la UE). Normal que la ONU nos pida "mas caña", si estamos engordando las estadisticas de VIOGEN para que parezca que hay 100 veces mas casos de los que realmente hay... los de la ONU se deben de pensar que España es como Arabia Saudita.
La ONU reprocha a España que solo cumple a medias sus recomendaciones sobre violencia machista
El Comité de Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer responde al Gobierno que las medidas que ha puesto en marcha desde 2015 no sirven para implementar totalmente sus indicaciones
España debía ampliar la ley a otras formas de violencia más allá de la pareja o expareja y mejorar las estadísticas y la formación de los operadores jurídicos
Ahora el Ejecutivo deberá volver a aportar información adicional para que el Comité evalúe cómo sigue solventando estas carencias
La ONU no está convencida sobre cómo ha solventado España sus agujeros en el sistema de protección a las mujeres víctimas de violencia machista. El Gobierno ya tiene respuesta del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer sobre el grado de cumplimiento de cuatro recomendaciones evalúa desde 2015: "Parcialmente implementadas" es el veredicto.
El Ejecutivo tiene deberes de aquí a 2019 y deberá aportar información adicional sobre qué pone en marcha para cumplirlas totalmente. Los huecos están en ampliar la ley a otras formas de violencia más allá de la pareja o expareja y mejorar las estadísticas y la formación de los operadores jurídicos. Así lo especifica el CEDAW (por sus siglas en inglés) en la carta que ha remitido al Ejecutivo fechada el pasado 28 de noviembre y firmada por la relatora Hilary Gbedemah.
En ella, Naciones Unidas evalúa cómo ha aplicado el Gobierno las indicaciones que le hizo en 2015 en las observaciones finales del examen al que sometió al país. Entonces, el Comité le dio a España dos años para responder por escrito qué medidas había puesto en marcha para paliar algunos de los aspectos que más preocupaban al organismo.
Nada al 100%
En concreto, la revisión de la legislación sobre violencia de género y su ampliación a otras formas de violencia más allá del ámbito de la pareja o expareja; la recopilación de datos estadísticos; la formación obligatoria de los operadores jurídicos y la adopción de una perspectiva de género al elaborar programas de asistencia para mujeres y niñas solicitantes de asilo.
España no ha cumplido ninguna de ellas al 100%. Respecto a la primera indicación, CEDAW asegura en su carta que acoge "con satisfacción" algunas de las medidas que se han puesto en marcha, pero "lamenta que no se hayan abordado otras formas de violencia basadas en el género". Algo que han evidenciado las organizaciones sociales, que también presentan informes periódicos que la ONU sopesa junto a los del Ejecutivo. En el último subrayaron que la ley de violencia de género sigue cubriendo solo la que se da en el seno de la pareja o expareja.
La violencia que queda fuera de la ley
Esta norma, aprobada en 2004, solo contempla como tal la violencia que se produce en el marco de una relación sentimental, por lo que el resto quedan fuera. Por ello CEDAW pide su modificación para incluir otros tipos de violencia como el acoso o las agresiones sexuales, la violencia hacia las empleadas domésticas, la que se da en los centros educativos "y otros actos de violencia en el espacio público". La respuesta del Gobierno fue aludir al pacto de Estado que entonces comenzaba a gestarse en el Congreso de los Diputados y que, en un principio, contaba con este objetivo.
Sin embargo, una vez aprobado, el pacto no contempla la reforma de la ley de 2004. Aunque los parlamentarios sí consensuaron ampliar el concepto de violencia de género y dictar leyes específicas para regular otras violencias más allá del marco de una relación sentimental con perspectiva de género, no diseñó ninguna concreción legislativa ni desarrolló una hoja de ruta, por lo que nada garantiza que vaya a aplicarse.
El Ejecutivo se refirió también a la reforma del Código Penal, que en 2015 incluyó como delitos el sexting –difundir sin consentimiento de la víctima contenido íntimo de la misma– y el stalking –acosar y hostigar a alguien mediante las nuevas tecnologías– y además mencionó la línea telefónica que hace un año habilitó el Ministerio de Educación contra el acoso escolar. Un recurso que el Gobierno vende a la ONU como un servicio contra los "malos tratos tanto fuera como dentro del centro docente", pero cuyo enfoque es, en la práctica, el de la lucha contra el bullying.
Para Victoria Jiménez, integrante de la Plataforma CEDAW Sombra –el conjunto de colectivos que también envía evaluaciones a Naciones Unidas–, apunta a que el estudio se hizo cuando el pacto de Estado estaba todavía en tramitación, pero su aprobación "no deja de ser una aspiración que todavía no se ha consumado, en tanto en cuanto reconoce la necesidad de reconocimiento legal y atención integral de otras formas de violencia, pero eso no puede hacer que el Comité CEDAW dé por cumplida su recomendación".
Formación, estadísticas y refugiadas
Sobre la formación obligatoria de los jueces, fiscales, miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y otros agentes que intervienen en los procesos sobre violencia machista, la ONU lamenta "el carácter voluntario de la formación continua" y "la falta de referencia" a la Convención para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer dentro de los módulos formativos. Por ello, considera que "el Estado parte ha tomado algunas medidas para aplicar la recomendación, pero que se ha implementado parcialmente".
El CEDAW celebra la existencia de los módulos sobre violencia de género que reciben todas las promociones de jueces y juezas que salen de la Escuela Judicial y las prácticas que hacen todos los fiscales en la Fiscalía de Violencia sobre la Mujer, pero para el organismo no es suficiente.
Los colectivos feministas, por su parte, también llamaron la atención sobre que la formación es solo obligatoria en la etapa inicial y para los juzgados especializados en violencia sobre la mujer y trasladaron a Naciones Unidas su preocupación por que este déficit "tiene como consecuencia la prevalencia de una mirada sexista y discriminatoria tanto en los peritajes como en los procesos judiciales y las sentencias".
La tercera recomendación evaluada por CEDAW se refiere a cómo se recogen los datos oficiales de violencia machista. En julio de 2015, ya le pidió a España la recopilación de estadísticas de violencia sexual y violencia de género desglosados. Las únicas cifras públicas en la actualidad son los boletines del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad sobre mujeres asesinadas; las denuncias por agresiones sexuales que anualmente recoge el Ministerio del Interior y los informes trimestrales de violencia sobre la mujer del Consejo General del Poder Judicial.
Una recopilación que el organismo internacional considera "de enfoque limitado" y que se circunscribe solo al ámbito de la pareja o expareja, por lo que recomienda al Estado que los datos estén desagregados "independientemente de la relación que haya entre la víctima y el agresor". Una vez más, CEDAW considera que España ha cumplido sus recomendaciones solo "parcialmente".
Por último, en lo que respecta al tratamiento con enfoque de género de las mujeres y niñas solicitantes de asilo, el informe de evaluación concluye que a pesar de la puesta en marcha de algunas medidas, el Gobierno no ha implementado la indicación totalmente, entre otras cosas, por "la falta de recursos para su implementación". Por ello, el Comité especifica que en el próximo informe, el Estado añada información sobre qué recursos económicos, humanos y técnicos destina a tal fin.
España no ha convencido al Comité en ninguna de las recomendaciones que le hizo, lo que, según Jiménez, evidencia que "se están incumpliendo las obligaciones adquiridas" porque aquellas medidas que sí se han puesto en marcha para implementarlas "representan un avance insuficiente en cuestiones que se consideran urgentes y relevantes".
hi-ban escribió:Normal que la ONU nos pida "mas caña", si estamos engordando las estadisticas de VIOGEN para que parezca que hay 100 veces mas casos de los que realmente hay... los de la ONU se deben de pensar que España es como Arabia Saudita.
colchonero77 escribió:hi-ban escribió:colchonero77 escribió:Ademas mira lo que dice la onu de nuestra ley: que nos quedamos cortos!!! Todo lo contrario que decis vosotros.
https://www.eldiario.es/sociedad/ONU-Es ... 78696.html
No hay no una critica lo que vosotros decis, no critican que haya una discriminación. Todo lo contrario, La ONU nos pide mas caña, que se considere violencia de genero cualquier agresión a una mujer aunque no sea pareja.
El hecho de que la victima sea mujer en muchos casos agrava la pena, pero ese tipo de agravantes en el codigo penal hay a patadas, ser vulnerable, ser menor, etc.
Estas entonces en contra porque discriminan a otras victimas, del hecho de que matar a un menor sea un delito agravado? Si la victima es menor y la pena es mas grave, ¿hay discriminación si la victima es mayor? segun tu si. Ahora recularas y cambiaras el argumento pero básicamente estas diciendo eso. Estas diciendo que no se pueden aumentar penas por la condicion de la victima.
Pues lo de la mujer es exactamente lo mismo, que un menor, un agravante.
En un menor es mas grave porque un menor no tiene la capacidad de ser autosuficiente y responsable de sus actos, y ademas se considera que no puede valerse por sí mismo y debido a su ignorancia y debilidad es especialmente vulnerable.
Entonces lo que tu estas diciendo es que la mujer es como un menor. O sea, que según tu la mujer, por el mero hecho de ser mujer, es un ser que no puede valerse por si mismo ni tiene la capacidad de autosuficiencia y responsabilidad que tienen las personas adultas. En resumen, estás diciendo que la mujer es un ser inferior/discapacitado por el hecho de ser mujer.
.
Yo no lo digo, no lo olvides, lo dice la ONU, la ONU dice que las mujeres son personas especialmente vulnerables . si tu cultura solo te da para tacharlas de inferiores o discapacitadas perfecto, la onu habla de vulnerables. al igual que los niños. y que sufren violencia en todos los países y estratos sociales. Otra cosa es que querais esconder eso. U ocultarlo o negarlo. A ver si os enteráis!!! QUE NO LO DIGO YO. No podeis usar la ONU cuando os interesa y pasarola por el forro cuando no os interesa.
También lo dice el constitucional. No lo olvides tampoco.
Y a ti solo te vale lo que dice Abascal!!!el que acaba de tacharlas de inferiores o discapacitadas has sido tu.hi-ban escribió:Lo que no se pueden es aumentar penas ni suprimir la presuncion de inocencia sólo cuando el género del acusado es X y la victima es de género Y. Eso es discriminar por género. Y justificar la discriminacion de género argumentando, como tu haces, que la mujer es un ser debil e inutil como un menor, es MACHISMO de manual. Asi que yo de ti revisaría tus ideologías, porque a lo mejor resulta que queriendo ir de feminista, estás siendo todo lo contrario.
Y te repito, como hago yo no, como hace la ONU, el constitucional, la UE, el gobierno actual, el anterior, el anterior a ese.
Como defienden PP, PSOE, CIUDADANOS, PODEMOS, UPN, PNV, etc
El unico que no lo hace es Abascal pero como os ha dado duro por el, todo lo que diga va a misa.
Y no, no soy feminista, soy una persona racional.
Si tengo que debatir las mentiras de las feminazis TAMBIÉN lo hago. Tengo argumentos contra TODAS las magufadas que soltáis tanto unos como las otras. A ambos bandos solo os veo repetir consignas una y otra vez. No eres diferente a una feminazi.
¿tu te has leido en que sentido nos piden mas caña? estas seguro que no meten caña por el motivo que tu dices? en el enlace que te he puesto NO DECIA ESO. curiosamente tu si!!! evidentemente te lo estas inventando. La ONU dice que debemos ampliar los casos de violencia de genero a casos que no sean pareja, pero tu a tu ritmo!!!
.¿tu entiendes la diferencia entre vulnerable y no poder valerse por si misma? Son dos cosas muy diferentes. No tiene absolutamente NADA que ver.hi-ban escribió:Aqui el que está argumentando que la mujer necesita trato especial porque no se puede valer por si misma eres tu.
colchonero77 escribió:hi-ban escribió:
Si nos ponemos a concretar, lo que tu dices que "dice la ONU", en realidad lo dice el CEDAW, que es un comité independiente feminista. Asi que a otro perro con ese hueso.
Y no me acuses de lo que tu haces. Aqui el que está argumentando que la mujer necesita trato especial porque no se puede valer por si misma eres tu. Ahora no te pongas a gritar "abascal" para intentar desviar la atencion de tus argumentos machistas.
Y para que lo sepas, he sido votante de podemos desde 2015 y siempre me he considerado de izquierdas. Asi que por favor deja de gritar "abascal" en cada post, como hacían los peperos cuando gritaban "benesuela", que estas quedando en evidencia. Luego te quejarás cuando te llamen cibervoluntario.
¿Hablamos de cibervoluntarios?hi-ban escribió:seaman escribió:Por primera vez en la vida, me voy a plantear votar a partidos que no son de izquierdas.
Yo tambien me estoy planteando cambiarme a Vox.Contigo flipo.¿tu entiendes la diferencia entre vulnerable y no poder valerse por si misma? Son dos cosas muy diferentes.hi-ban escribió:Aqui el que está argumentando que la mujer necesita trato especial porque no se puede valer por si misma eres tu.
En que momento he dicho yo que las mujeres no se puedan valer por si mismas?
Te respondo: TE LO HAS INVENTADO.
hi-ban escribió:En el momento en el que dices que una mujer es "especialmente vulnerable" por el hecho de ser mujer, ya estas diciendo implicitamente que las mujeres no pueden valerse por si mismas.
no, eso es lo que TU entiendes que significa.hi-ban escribió:En el momento en el que dices que una mujer es "especialmente vulnerable" por el hecho de ser mujer, ya estas diciendo implicitamente que las mujeres no pueden valerse por si mismas
hi-ban escribió:Asi pensais los aliados, creeis que ayudais a las mujeres y que sois caballeros blancos porque ellas, pobrecitas, necesitan vuestra ayuda. Pues no, no necesitan tu ayuda ni tu compasión. Lo unico que necesitan es que las traten igual que a los hombres. Ni mejor ni peor, igual.
Si fuera mujer me sentiría ofendida por tu ideología paternalista.
Mr_Dorian_Gray escribió:hi-ban escribió:En el momento en el que dices que una mujer es "especialmente vulnerable" por el hecho de ser mujer, ya estas diciendo implicitamente que las mujeres no pueden valerse por si mismas.
No.
Una mujer que depende economicamente de su marido es "especialmente vulnerable" [en el momento de la agresion], pero no implica que no pueda valerse por si misma.
colchonero77 escribió:Especialmente vulnerables es alguien Que puede ser vulnerado o dañado física o moralmente. NO que no se pueda valer por si mismo.
esa es tu opinion. No es una conclusión de ningún razonamiento como quieres dar entender.hi-ban escribió:Mr_Dorian_Gray escribió:hi-ban escribió:En el momento en el que dices que una mujer es "especialmente vulnerable" por el hecho de ser mujer, ya estas diciendo implicitamente que las mujeres no pueden valerse por si mismas.
No.
Una mujer que depende economicamente de su marido es "especialmente vulnerable" [en el momento de la agresion], pero no implica que no pueda valerse por si misma.
Pero en este caso la vulnerabilidad es la dependencia económica, no el hecho de ser mujer.
Un hombre también puede depender económicamente de su mujer, y de igual manera su vulnerabilidad no sería su género, sino la dependencia económica.
Por lo tanto la vulnerabilidad no depende del género. Ergo las leyes que discriminan por género basándose en una supuesta "vulnerabilidad" sobran.
hi-ban escribió:Y un hombre no puede ser igualmente vulnerado o dañado física o moralmente, o que??
Estamos en las mismas, ahora dices que las mujeres son especialmente más débiles física y moralmente.
Otra vez tachas a la mujer de "inferior".
No te das cuenta de pensar así es machista??
colchonero77 escribió:esa es tu opinion. No es una conclusión de ningún razonamiento como quieres dar entender.hi-ban escribió:Mr_Dorian_Gray escribió:
No.
Una mujer que depende economicamente de su marido es "especialmente vulnerable" [en el momento de la agresion], pero no implica que no pueda valerse por si misma.
Pero en este caso la vulnerabilidad es la dependencia económica, no el hecho de ser mujer.
Un hombre también puede depender económicamente de su mujer, y de igual manera su vulnerabilidad no sería su género, sino la dependencia económica.
Por lo tanto la vulnerabilidad no depende del género. Ergo las leyes que discriminan por género basándose en una supuesta "vulnerabilidad" sobran.
Vulnerable es, por ejemplo una chica que va andando volviendo a casa despues de salir a dar una vuelta. Diana Quer por ejemplo.
Ahora dirás, no, no la mataron por ser mujer.
A un hombre tambien lo peuden violar, si, se que vas decir eso, eres uy previsible, pero los datos indican que es mas probable que le pase a una mujer.
Laura Luelmo fue a un pueblo a trabajar, su vecino, segun ha dicho el mismo asesino se encapricho de ella, vulnerable es una persona que como el otro se ha encaprichado puede violarte y matarte.
Lo que estas haciendo basicamente es negar el probelma.
Las faminazis lo magnifican y tu lo niegas, eres distinta cara de la misma moneda: el fanatismo y la irracionalidad.hi-ban escribió:Y un hombre no puede ser igualmente vulnerado o dañado física o moralmente, o que??
Estamos en las mismas, ahora dices que las mujeres son especialmente más débiles física y moralmente.
Otra vez tachas a la mujer de "inferior".
No te das cuenta de pensar así es machista??
omites una cosa muy sencilla de entender.
Una mujer tiene muchisimas mas posibilidades de ser agredida sexualmente que un hombre. Y eso es un hecho. Supongo que tampoco entenderás el miedo que muchas sienten.
Y si, los hombres suelen ser mas fuertes. si tu entiendes que eso es ser machista, tu mismo.
el 148 solo se aplica en el punto 1 del 147 tu nombras el punto 2 y 3, esos no se agravan por ser mujer en el 148. Esos dos puntos en caso de parejas o familia van al 153 y al del trato degradanteBostonboss escribió:1
Tipos de penas, tres.
Graves, menos graves y leves.
Vamos a centrarnos en las que nos interesan aquí.
Menos graves.
Pena de prision de 3 meses a 5 años.
Leves,
Inferiores a 3 meses (entre otras cosas)
Recuperemos los articulos 147 y 148.
147.2 y 147.3
-2. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión no incluida en el apartado anterior, será castigado con la pena de multa de uno a tres meses. LEVE
-3. El que golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, será castigado con la pena de multa de uno a dos meses. LEVE
Al ser el victimario hombre y la victima mujer se aplica el 148. pena de prisión de dos a cinco años
Y así es como convertimos un delito "leve" en uno "menos grave" rozando el grave si al juez se le antoja.
Pero vamos, que ya pelearse porque se llame de una forma a otra cuando tu entrepierna te puede llevar de 3 meses de prision a 5 años no se si se podría definir como cinismo.
2 Estarás de acuerdo en que los hombres reciban más ayudas en caso de accidente laboral, ya que son muchisimo más vulnerables que las mujeres, no?
colchonero77 escribió:el 148 solo se aplica en el punto 1 del 147 tu nombras el punto 2 y 3, esos no se agravan por ser mujer en el 148. Esos dos puntos en caso de parejas o familia van al 153 y al del trato degradanteBostonboss escribió:1
Tipos de penas, tres.
Graves, menos graves y leves.
Vamos a centrarnos en las que nos interesan aquí.
Menos graves.
Pena de prision de 3 meses a 5 años.
Leves,
Inferiores a 3 meses (entre otras cosas)
Recuperemos los articulos 147 y 148.
147.2 y 147.3
-2. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión no incluida en el apartado anterior, será castigado con la pena de multa de uno a tres meses. LEVE
-3. El que golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, será castigado con la pena de multa de uno a dos meses. LEVE
Al ser el victimario hombre y la victima mujer se aplica el 148. pena de prisión de dos a cinco años
Y así es como convertimos un delito "leve" en uno "menos grave" rozando el grave si al juez se le antoja.
Pero vamos, que ya pelearse porque se llame de una forma a otra cuando tu entrepierna te puede llevar de 3 meses de prision a 5 años no se si se podría definir como cinismo.
2 Estarás de acuerdo en que los hombres reciban más ayudas en caso de accidente laboral, ya que son muchisimo más vulnerables que las mujeres, no?
El 148 lo deja claro: Las lesiones previstas en el apartado 1 del artículo anterior...... El 2 y 3 quedan fuera sin ningún tipo de duda. No se convierten penas de 1 mes de multa en penas de 5 años de cárcel sólo por ser mujer. Es lógico que cargueis contra la ley si pensáis que pasa eso, pero como lo podéis ver todos con vuestros propios ojos no es verdad.
colchonero77 escribió:el 148 solo se aplica en el punto 1 del 147 tu nombras el punto 2 y 3, esos no se agravan por ser mujer en el 148. Esos dos puntos en caso de parejas o familia van al 153 y al del trato degradanteBostonboss escribió:1
Tipos de penas, tres.
Graves, menos graves y leves.
Vamos a centrarnos en las que nos interesan aquí.
Menos graves.
Pena de prision de 3 meses a 5 años.
Leves,
Inferiores a 3 meses (entre otras cosas)
Recuperemos los articulos 147 y 148.
147.2 y 147.3
-2. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión no incluida en el apartado anterior, será castigado con la pena de multa de uno a tres meses. LEVE
-3. El que golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, será castigado con la pena de multa de uno a dos meses. LEVE
Al ser el victimario hombre y la victima mujer se aplica el 148. pena de prisión de dos a cinco años
Y así es como convertimos un delito "leve" en uno "menos grave" rozando el grave si al juez se le antoja.
Pero vamos, que ya pelearse porque se llame de una forma a otra cuando tu entrepierna te puede llevar de 3 meses de prision a 5 años no se si se podría definir como cinismo.
2 Estarás de acuerdo en que los hombres reciban más ayudas en caso de accidente laboral, ya que son muchisimo más vulnerables que las mujeres, no?
El 148 lo deja claro: Las lesiones previstas en el apartado 1 del artículo anterior...... El 2 y 3 quedan fuera sin ningún tipo de duda. No se convierten penas de 1 mes de multa en penas de 5 años de cárcel sólo por ser mujer. Es lógico que cargueis contra la ley si pensáis que pasa eso, pero como lo podéis ver todos con vuestros propios ojos no es verdad.
colchonero77 escribió:Vulnerable es, por ejemplo una chica que va andando volviendo a casa despues de salir a dar una vuelta. Diana Quer por ejemplo.
Ahora dirás, no, no la mataron por ser mujer.
A un hombre tambien lo peuden violar, si, se que vas decir eso, eres uy previsible, pero los datos indican que es mas probable que le pase a una mujer.
hi-ban escribió:Y un hombre tiene el triple de probabilidades de que lo maten, y más del doble de probabilidades de que le roben o le agredan. Y eso también es un hecho, está reflejado en las estadísticas oficiales. Así que no. Al contrario de lo que tú crees, el miedo no es monopolio de ningún género.
También te puedo dar estadísticas de otras muchas cosas malas que sufren los hombres en mayor proporción que las mujeres, como muertes por accidentes laborales, por accidentes de tráfico, muertes por enfermedad laboral, indigencia, tasa de suicidios... Siento despertarte de tu sueño, pero la realidad es que aquí en España la mujer vive bastante más segura que el hombre.
Ah, y además los hombres corren unas 100000 veces más peligro de recibir una denuncia falsa.
Si es que los hombres somos super privilegiados, eh? No somos nada, nada vulnerables, no...
El 62% de los homicidios son de hombres a hombres; el 28%, de hombres a mujeres; el 7%, de mujeres a hombres; y el 3%, de mujeres a mujeres
IvanQ escribió:colchonero77 escribió:Vulnerable es, por ejemplo una chica que va andando volviendo a casa despues de salir a dar una vuelta. Diana Quer por ejemplo.
Ahora dirás, no, no la mataron por ser mujer.
A un hombre tambien lo peuden violar, si, se que vas decir eso, eres uy previsible, pero los datos indican que es mas probable que le pase a una mujer.
Convenientemente te has saltado esta respuestahi-ban escribió:Y un hombre tiene el triple de probabilidades de que lo maten, y más del doble de probabilidades de que le roben o le agredan. Y eso también es un hecho, está reflejado en las estadísticas oficiales. Así que no. Al contrario de lo que tú crees, el miedo no es monopolio de ningún género.
También te puedo dar estadísticas de otras muchas cosas malas que sufren los hombres en mayor proporción que las mujeres, como muertes por accidentes laborales, por accidentes de tráfico, muertes por enfermedad laboral, indigencia, tasa de suicidios... Siento despertarte de tu sueño, pero la realidad es que aquí en España la mujer vive bastante más segura que el hombre.
Ah, y además los hombres corren unas 100000 veces más peligro de recibir una denuncia falsa.
Si es que los hombres somos super privilegiados, eh? No somos nada, nada vulnerables, no...
De hecho te voy a dar los datos de EspañaEl 62% de los homicidios son de hombres a hombres; el 28%, de hombres a mujeres; el 7%, de mujeres a hombres; y el 3%, de mujeres a mujeres
De diciembre de este año, el 69% de los homicidios los sufren los hombres, sin embargo la mujer es más vulnerable de ser asesinada?
https://elpais.com/elpais/2018/12/14/ciencia/1544815798_258575.html
osorapado escribió:Ese gráfico no es de violencia de género.
Bostonboss escribió:
Ciertamente, se aplica solo en el apartado 1. Fallo mio. (Si me equivoco lo asumo )
No obstante pasar el hecho de aumentar la pena minima de 6 meses a 2 años y la maxima de 3 a 5 años por tema genital si es algo que puedes apreciar en la ley, y eso si es indiscutible. Si crees que por el hecho de solo se aplique en este apartado ya no se deba cargar contra ella...
---
Por otro parte, el articulo 148.5 no es equiparable al 148.4, ya que el primero implica que el juez ha de juzgar la situacion de vulnerabilidad, mientras que en el segundo se establece de facto por motivos biológicos, relegando al juez a un segundo plano, es decir, en una pelea matrimonial donde el juez no dedujera vulnerabilidad en ninguno de los dos conyuges, la pena del varón pasaría a ser bastante mayor, y no es algo hipotético, ya ha pasado.
es mas vulnerable dentro de las relaciones de pareja. y fuera de ellos es mas vulnerable a delitos sexuales y homicidios cometidos por motivo sexual.IvanQ escribió:De diciembre de este año, el 69% de los homicidios los sufren los hombres, sin embargo la mujer es más vulnerable de ser asesinada?
porque a la derecha NUNCA le ha interesado, ahora esta en juego el gobierno de andalucia. ahora tienen que manipular a la población para que vea bien que el PP tenga que agacharse para lamerle el ojete a Abascal.futuro mad max escribió:porque no lo habian dicho hasta ahora?
colchonero77 escribió:es mas vulnerable dentro de las relaciones de pareja. y fuera de ellos es mas vulnerable a delitos sexuales y homicidios cometidos por motivo sexual.
futuro mad max escribió:el Mundo destapa la financiacion mafiosa de ayuntamientos gracias a la VIOGEN
Las trampas e intereses de la Ley contra la Violencia de Género
LA LEY 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género nunca fue incorporada para proteger a la mujer. Su abierto carácter inconstitucional, contrario a los derechos humanos elementales, y su larvaria ideología latente, hacen de ella una ley totalitaria que convierte a la mitad de la población en sus rehenes potenciales y, a la otra mitad, en esclavos de sus postulados caníbales.
En realidad, la ley fue concebida como subterfugio frente al techo de gasto autonómico que rubricó la reforma del artículo 135 de nuestra Constitución, en el año 2011. El cumplimiento de dicho artículo evidenciaba el imposible saneamiento de las cuentas públicas y la actitud criminal de las autonomías y los ayuntamientos en materia fiscal. La ley 1/2004 permitió reactivar las fuentes de financiación provenientes de los fondos europeos que, en 2004, habían llegado a su fin en nuestro país. Las políticas de género se utilizaron, entonces, [b]para salvar el escollo de la limitación del endeudamiento público [/b]a través del negocio del reparto de dividendos europeos, bajo obscena lacrimocracia ensayada. Así, los quebrados ayuntamientos recibirían fondos en relación al número de denuncias realizadas por violencia contra la mujer.
https://www.elmundo.es/baleares/2019/01 ... b46c1.html
porque no lo habian dicho hasta ahora?
no le echéis siempre la culpa a la izquierda, si la derecha no ha querido decir ni mu es por lo que he explicado antes.is2ms escribió:futuro mad max escribió:el Mundo destapa la financiacion mafiosa de ayuntamientos gracias a la VIOGEN
Las trampas e intereses de la Ley contra la Violencia de Género
LA LEY 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género nunca fue incorporada para proteger a la mujer. Su abierto carácter inconstitucional, contrario a los derechos humanos elementales, y su larvaria ideología latente, hacen de ella una ley totalitaria que convierte a la mitad de la población en sus rehenes potenciales y, a la otra mitad, en esclavos de sus postulados caníbales.
En realidad, la ley fue concebida como subterfugio frente al techo de gasto autonómico que rubricó la reforma del artículo 135 de nuestra Constitución, en el año 2011. El cumplimiento de dicho artículo evidenciaba el imposible saneamiento de las cuentas públicas y la actitud criminal de las autonomías y los ayuntamientos en materia fiscal. La ley 1/2004 permitió reactivar las fuentes de financiación provenientes de los fondos europeos que, en 2004, habían llegado a su fin en nuestro país. Las políticas de género se utilizaron, entonces, [b]para salvar el escollo de la limitación del endeudamiento público [/b]a través del negocio del reparto de dividendos europeos, bajo obscena lacrimocracia ensayada. Así, los quebrados ayuntamientos recibirían fondos en relación al número de denuncias realizadas por violencia contra la mujer.
https://www.elmundo.es/baleares/2019/01 ... b46c1.html
porque no lo habian dicho hasta ahora?
Esto es voz populi, se sabía desde hace mil, pero no había cojones de decirlo por miedo a las hostias provenientes de los medios de comunicación que o bien son de izquierdas (PSEO-podemos), o bien son tan pocos profesionales que no son capaces de analizar ni un dato proveniente del stablishment porque el discurso populista y demagógico del feminismo de izquierdas era muy potente.
Ha tenido que venir VOX, sin complejos y sin nada que perder para reavivar el debate, y para que aquellos periodistas con un poco de moral empiecen a contar la verdad.
is2ms escribió:futuro mad max escribió:el Mundo destapa la financiacion mafiosa de ayuntamientos gracias a la VIOGEN
Las trampas e intereses de la Ley contra la Violencia de Género
LA LEY 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género nunca fue incorporada para proteger a la mujer. Su abierto carácter inconstitucional, contrario a los derechos humanos elementales, y su larvaria ideología latente, hacen de ella una ley totalitaria que convierte a la mitad de la población en sus rehenes potenciales y, a la otra mitad, en esclavos de sus postulados caníbales.
En realidad, la ley fue concebida como subterfugio frente al techo de gasto autonómico que rubricó la reforma del artículo 135 de nuestra Constitución, en el año 2011. El cumplimiento de dicho artículo evidenciaba el imposible saneamiento de las cuentas públicas y la actitud criminal de las autonomías y los ayuntamientos en materia fiscal. La ley 1/2004 permitió reactivar las fuentes de financiación provenientes de los fondos europeos que, en 2004, habían llegado a su fin en nuestro país. Las políticas de género se utilizaron, entonces, [b]para salvar el escollo de la limitación del endeudamiento público [/b]a través del negocio del reparto de dividendos europeos, bajo obscena lacrimocracia ensayada. Así, los quebrados ayuntamientos recibirían fondos en relación al número de denuncias realizadas por violencia contra la mujer.
https://www.elmundo.es/baleares/2019/01 ... b46c1.html
porque no lo habian dicho hasta ahora?
Esto es voz populi, se sabía desde hace mil, pero no había cojones de decirlo por miedo a las hostias provenientes de los medios de comunicación que o bien son de izquierdas (PSEO-podemos), o bien son tan pocos profesionales que no son capaces de analizar ni un dato proveniente del stablishment porque el discurso populista y demagógico del feminismo de izquierdas era muy potente.
Ha tenido que venir VOX, sin complejos y sin nada que perder para reavivar el debate, y para que aquellos periodistas con un poco de moral empiecen a contar la verdad.
Pero teneis que reconocer que gran parte de ese dinero viene de la UE, y la UE te lo da exclusivamente para que lo gastes en eso.futuro mad max escribió:
te olvidas los 65.000 millones € desde 2014 y otros 20.000 millones € en 2018 que gestiono andalucia para la viogen
futuro mad max escribió:is2ms escribió:futuro mad max escribió:el Mundo destapa la financiacion mafiosa de ayuntamientos gracias a la VIOGEN
Las trampas e intereses de la Ley contra la Violencia de Género
LA LEY 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género nunca fue incorporada para proteger a la mujer. Su abierto carácter inconstitucional, contrario a los derechos humanos elementales, y su larvaria ideología latente, hacen de ella una ley totalitaria que convierte a la mitad de la población en sus rehenes potenciales y, a la otra mitad, en esclavos de sus postulados caníbales.
En realidad, la ley fue concebida como subterfugio frente al techo de gasto autonómico que rubricó la reforma del artículo 135 de nuestra Constitución, en el año 2011. El cumplimiento de dicho artículo evidenciaba el imposible saneamiento de las cuentas públicas y la actitud criminal de las autonomías y los ayuntamientos en materia fiscal. La ley 1/2004 permitió reactivar las fuentes de financiación provenientes de los fondos europeos que, en 2004, habían llegado a su fin en nuestro país. Las políticas de género se utilizaron, entonces, [b]para salvar el escollo de la limitación del endeudamiento público [/b]a través del negocio del reparto de dividendos europeos, bajo obscena lacrimocracia ensayada. Así, los quebrados ayuntamientos recibirían fondos en relación al número de denuncias realizadas por violencia contra la mujer.
https://www.elmundo.es/baleares/2019/01 ... b46c1.html
porque no lo habian dicho hasta ahora?
Esto es voz populi, se sabía desde hace mil, pero no había cojones de decirlo por miedo a las hostias provenientes de los medios de comunicación que o bien son de izquierdas (PSEO-podemos), o bien son tan pocos profesionales que no son capaces de analizar ni un dato proveniente del stablishment porque el discurso populista y demagógico del feminismo de izquierdas era muy potente.
Ha tenido que venir VOX, sin complejos y sin nada que perder para reavivar el debate, y para que aquellos periodistas con un poco de moral empiecen a contar la verdad.
te olvidas los 65.000 millones € desde 2014 y otros 20.000 millones € en 2018 que gestiono andalucia para la viogen
is2ms escribió:De todas formas, en alguna entrevista a políticos de hace tiempo, cuando se elaboró la ley de viogen (por el 2004), ya dejaban caer que Bruselas estaba soltando dinero para esto cosa mala, y que había que coger un trozo del pastel fuera como fuese. A bruselas fuimos con informes que decían que España era mucho y muy machista, que sí, que soltaran toda la pasta que pudieran. Para ello, en nuestro país se hicieron una serie de entrevistas telefónicas dirigidas hacia mujeres en las cuales les preguntaban cosas como "¿te ha gritado alguna vez tu novio o marido?", y claro, imagínate el relato que ser armó... todo por la pasta.
colchonero77 escribió:Pero teneis que reconocer que gran parte de ese dinero viene de la UE, y la UE te lo da exclusivamente para que lo gastes en eso.futuro mad max escribió:
te olvidas los 65.000 millones € desde 2014 y otros 20.000 millones € en 2018 que gestiono andalucia para la viogen
No puedes gastarlo en otra cosa.
El problema es de la UE que a lo mejor estan destinando mas de lo que deberia.
No esl aprimera vez que españa recibe korteradas de dihnero para x materia y era evidente que era mucho.
No tengo ni idea en que lo gastan, pero el problema es de la UE.hi-ban escribió:colchonero77 escribió:Pero teneis que reconocer que gran parte de ese dinero viene de la UE, y la UE te lo da exclusivamente para que lo gastes en eso.futuro mad max escribió:
te olvidas los 65.000 millones € desde 2014 y otros 20.000 millones € en 2018 que gestiono andalucia para la viogen
No puedes gastarlo en otra cosa.
El problema es de la UE que a lo mejor estan destinando mas de lo que deberia.
No esl aprimera vez que españa recibe korteradas de dihnero para x materia y era evidente que era mucho.
En serio crees que ese dinero se está gastando en proteger a mujeres y no en llenar los bolsillos de unos pocos jetas??
Solo Andalucía recibió 20000 millones en 2018. El primer semestre de 2018 hubo unas 17000 denuncias por viogen en andalucia (ni siquiera vamos a entrar en si parte de las denuncias fueran falsas o no), si extrapolamos este dato podemos estimar que al año serán unas 34000 denuncias.
Con esos 20000 millones se podría haber dado medio millon de euros a cada una de las mujeres andaluzas que hubieran denunciado, para que vivan a cuerpo de rey el resto de su vida sin dar un palo al agua. Y aún sobrarían 3000 millones.
Tú has visto que alguna mujer andaluza recibir medio millón de euros? No, verdad?
Pues preguntarte a donde ha ido todo ese dinero.
La Junta de Andalucía pone en desventaja a los hombres en las oposiciones
El Gobierno de Susana Díaz quiere establecer medidas de discriminación positiva para que las mujeres tengan ventaja a la hora de acceder a una plaza de funcionaria en la comunidad. Al menos, indican, en los cuerpos donde la Junta de Andalucía entiende que hay infrarepresentación de féminas. Eso, pese a que según reconoció a los sindicatos el Instituto Andaluz de la Administración Pública (IAAP), organismos dependiente de la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública, más del 60 por ciento del personal de la Junta ya son mujeres.
En realidad esas medidas de «acción positiva» no son una novedad en Andalucía y se aplicaban desde el año 2015 en los cuerpos sanitarios. Ya entonces la idea levantó ampollas, puesto que precisamente en las plantillas de Medicina y de Enfermería del Servicio Andaluz de Salud (SAS) hay más mujeres que hombres ejerciendo.
Desde el sindicato de Enfermería Satse explican que en su profesión son un 75 por ciento las mujeres que ejercen en Andalucía por un 25 por ciento de hombres. Desde el Sindicato Médico Andaluz (SMA) apuntan en la misma dirección: en la comunidad hay más doctoras que doctores trabajando en el SAS actualmente.
La cuestión es que ahora el Ejecutivo que preside Susana Díaz -en funciones- quiere ampliar a la administración general esta ventaja a las mujeres que para que consigan puestos de funcionarias. Desde la Consejería de Hacienda explican que se hará cumpliendo los principios de «mérito y capacidad». Omiten la tercera condición que debe regir por norma cualquier proceso de acceso a la función pública: la igualdad.
Así, el Gobierno andaluz hablaba cuando presentó esta normativa de «medidas de acción positiva donde mujeres u hombres estén especialmente infrarepresentados respetando los principios de igualdad, mérito y capacidad».
Sin embargo, cuando este periódico preguntó a la Consejería de Economía por esta medida, el principio de igualdad fue el primer «caído» en esta batalla de sexos. Desapareció de la respuesta remitida a ABC de Sevilla sobre la aplicación de estas medidas de «discriminación positiva» que se aplicarán, dicen desde la Junta, «una vez acreditado el mérito y capacidad» de los aspirantes a un puesto de funcionario en la administración andaluza.
La segunda «víctima» de estas condiciones de acceso a la función pública son los hombres, que desaparecen también de la explicación de la medida. De hecho, desde la Consejería se hace hincapié en que son medidas encaminadas a los ámbitos donde hay «infrarepresentación de mujeres». Curiosamente el Estatuto de los Trabajadores recoge en el artículo 17.4 que «en igualdad de condiciones de idoneidad tengan preferencia para ser contratadas las personas de sexo menos representado». El texto hace referencia a hombres y mujeres. No así la norma que quiere poner en marcha la Junta de Andalucía.
En todo caso esta medida, explican desde la Junta, está encaminada a mejorar la presencia de mujeres en cuerpos «donde hay infrarepresentación». Pero no donde los hombres sean minoría. Las cuentas son fáciles. Si donde hay menos mujeres se prima su acceso y en el resto de los cuerpos de la Junta de Andalucía ya hay más mujeres, el cómputo global es mayoría femenina en toda la administración autonómica.
Las categorías donde habría que aplicar estas medidas «correctoras» serían, indican desde la Junta, en el caso de «oficiales, peones, en las ingenierías superiores y técnicas, fundamentalmente».
«Ampliar» la medida
Desde la Consejería de Economía reconocen, como denuncian los sindicatos, que las «medidas de acción positiva» funcionan ya en los procesos de personal funcionario en el SAS y en la Oferta de Empleo Público (OPE) extraordinaria de 2017. «Ahora lo que se ha aprobado -indican- es ampliarlo a la Administración General».
Entre los argumentos de la Junta de Andalucía para defender esta discriminación positiva está la sentencia del Tribunal de Justicia europeo que indica que «una acción encaminada a promover prioritariamente a las candidatas femeninas en los sectores de la función pública en los que se encuentra infrarepresentadas debe considerarse compatible con el Derecho comunitario».
Candidaturas femeninas
Pero la sentencia tiene más contenido que la Junta de Andalucía obvia: Todo lo anterior es válido, dice la Justicia europea, siempre que las medidas tomadas para mejorar la presencia de mujeres en la administración pública «no conceda de modo automático e incondicional preferencia a las candidaturas femeninas que tengan cualificación igual a las de sus competidores masculinos siempre que «las candidaturas sean objeto de una apreciación objetiva que tenga en cuenta las situaciones particulares de naturaleza personal de todos los candidatos».
Europa no es el único actor en contra de esta medida de la Junta de Andalucía. Desde el Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF) se muestran en contra de que sean cuestiones no objetivas como el sexo de los aspirantes a funcionarios lo que determine quién gana unas oposiciones.
«El género no debe contar en ningún caso. No es un dato objetivo y por lo tanto no puede ser determinante», indica Carlos Sánchez, presidente del Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF), quien además recuerda que el 70 por ciento de quienes aprueban las oposiciones son ya mujeres «de más de 40 años».
Otros sindicatos se muestran neutros ante esta decisión de la Junta. Es el caso de Csif, que explica que «es la Ley y lo respetamos».
De momento desde la Consejería de Hacienda no han desvelado cómo piensan desarrollar esta normativa. Pero los sindicatos advierten de que estarán vigilantes ante cualquier norma que suponga una discriminación o que se salte los principios de igualdad, mérito y capacidad que deben regir cualquier proceso de selección de la administración.
Wampiro escribió:El dinero de la UE no es "gratis" y usarlo en corruptelas tiene consecuencias. Creo que los griegos tuvieron algun problemilla con lo de dilapidar el dinero de la ue.