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Ryucho escribió:
@seaman @darxen creo que eso es una verdad a medias. Creo que en la práctica, como decía más arriba, no se investiga si "ha habido consentimiento", sino si "ha habido rechazo", que puede parecer lo mismo pero tiene matices. El problema es que ahora se puede entender que "hay consentimiento" si no aprecian que la víctima haya mostrado rechazo lo bastante claramente. Si miráis la noticia, dice que en Portugal el año pasado dos hombres tuvieron relaciones con una chica inconsciente y el juez no vio delito. El cambio del "solo sí es sí", que de momento se queda en ese concepto y no he visto que tenga más desarrollo, solo hipótesis, yo entiendo que será para, en caso de denuncia, no investigar si explícita o implícitamente ha dicho "no", como puede hacerse ahora, sino para investigar si explícita o implícitamente ha dicho "sí". Si el cambio es ese, yo creo que el procedimiento es más correcto.
En septiembre de 2018, un tribunal de Oporto sentenció que dos hombres que habían tenido sexo con una joven de 26 años inconsciente no eran culpables de violación porque el incidente fue una "seducción mutua".
"Los delitos de naturaleza sexual y la violación (en Portugal) están basados en la existencia o no de violencia y queremos que se basen en la existencia o no de consentimiento", ha explicado Andre Silva, uno de los diputados que ha propuesto la enmienda, en declaraciones a la emisora TSF.
De ello se desprende que es la prevención general positiva o de reintegración el factor primacial a tener en cuenta en la aplicación de la pena. En el marco del marco penal abstracto existe un mínimo correspondiente a las expectativas comunitarias frente a la norma jurídica violada y un límite máximo balizado por la culpa del agente y en ningún caso superable. Es precisamente entre estos límites, mínimo y máximo, que se satisfacen las necesidades de prevención especial o de socialización.
Vale, por decir, que la pena ya no se entiende como un factor de represión o incluso de retribución. Tiene, eso sí, un sentido eminentemente pedagógico y resocializador. Las penas se aplican para restablecer la confianza colectiva en la norma violada y en última instancia la resocialización e integración del delincuente en la sociedad.
En esta perspectiva, la medida de las penas se determina en función de la culpa del agente, de las exigencias de prevención, en el caso concreto (véase el apartado 71, apartado 1), teniendo en cuenta todas las circunstancias que, que forman parte del tipo de crimen, deponen a favor o en contra del agente, (artículo 71, apartado 2).
Al determinar el alcance de las sanciones parciales deben tenerse en cuenta las plumas abstractas, sentó las disposiciones penales, en conjunción con los preceptos de las artes. 41 y 47, siendo que, para el crimen en cuestión, se muestra prevista una pena de prisión entre 2 a 10 años.
Una última nota para señalar que, habida cuenta de la materia probada, si nos parece que no resulta ningún hecho que, en concreto, permita distinguir el grado de participación de uno y otro, acentuando o disminuyendo el grado de ilicitud y / o de culpa de cada uno uno, siendo ambas conductas sindicables (y reprobables) por igual.
En esta medida, considerando lo ya expuesto y lo dispuesto en el art. 71 del Código Penal, sin olvidar sus condiciones de vida, entienden este tribunal colectiva según sea apropiado para poner en cuatro años y seis meses de prisión a aplicar a cada uno de los acusados.
Siempre que se verifiquen los legales presupuestos, el juez debe suspender la ejecución de la pena de prisión, aunque bajo la obligación de cumplimiento de deberes o de reglas de conducta o bajo régimen de prueba. artes. 50 y ss. del CP. Para ello, constatando que uno de los supuestos formales - pena de prisión aplicada inferior a 5 años - se verifica, corresponde al tribunal hacer el siguiente ejercicio, que se orienta por la apreciación, favorable o desfavorable, del comportamiento del inculpado, en orden a anticipar si la amenaza de la pena es o no adecuada y bastante a la realización de las finalidades del castigo.
Hablamos de un juicio de pronóstico a efectos de apreciación y valoración de un conjunto de factores que habiliten al tribunal a formar conclusión segura sobre la conducta del inculpado; son la conducta anterior al ilícito y la posterior a su práctica, las circunstancias concretas en que lo mismo ocurrió, la personalidad, las condiciones de vida, etc.
La comunidad, como expresamos, tiene un sentimiento de repulsa respecto a los crímenes contra la autodeterminación sexual, imponiendo su castigo ejemplar; sin embargo, no parece razonable a asumir en la necesidad de excluir ab initio la posibilidad de ejecución de la pena de suspensión que se trate es la participación en delitos sexuales, y tal juicio sea caso por caso, medido.
En este supuesto, considerando que la pena a imponer a los inculpados se sitúa dentro de los límites cuantitativos fijados en el art. 50 de la CP y comprobar los requisitos restantes allí para la pena de suspensión de la ejecución , esto se decreta para el mismo período - 4 años y 6 meses.
Creemos, en efecto, que tales requisitos se ven frente, desde luego, a la primacía de los inculpados; siendo éste el primer contacto con el sistema penal, sin ninguna reclusión o lección que se retire del cumplimiento de anteriores penas, considera este Tribunal que aún resulta plausible que la presente condena surta el efecto desalentador y que arrepientan el camino de la práctica de actos ilícitos como estos o cualquier otro, asegurándose las necesidades de la pena.
Por otro lado y, en relación a cada uno de los acusados, no se evidencian particulares factores de riesgo asociados a problemas conductuales que revelan disfuncionalidad en la vertiente afectiva, o dificultad de autocontrol de los respectivos impulsos, que urge acautelar.
Además, revelaron noción de la gravedad de los hechos por ellos cometidos.
Zustaub escribió:dark_hunter escribió:Zustaub escribió:
Si te tengo grabado o tengo testigos diciendo "hazme el cobro" te lo puedo hacer porque es una autorizacion expresa. Si tengo tu numero de cuenta porque lo has deslizado o porque te lo he robado del buzon, no.
Si tienes testigos viendo como te doy el número de buena gana, sí.
No, por mucho que te empeñes. Yo no puedo retirar dinero de tu banco sin una autorizacion previa y explícita o que me nombres co-titular de la cuenta. De hecho muchas tiendas online tienen sus numeros de cuenta visibles para que les hagas un ingreso. Sería super facil para mi ir a decir que el administrador me ha dado permiso, y coger a cuatro amigos que digan "si si, que yo lo vi" dandoles parte de lo que saque a esa tienda.
De hecho, aunque me dejaras tu tarjeta habitualmente para ir al cajero a sacar, yo tendría que joderme y aguantarme en el momento que elijas parar. Aunque me dejes la tarjeta, coja el coche y me llames cuando esté a punto de introducir la tarjeta y me digas "oye que me lo he pensado mejor y al final no".
Zustaub escribió:dark_hunter escribió:Zustaub escribió:
Si te tengo grabado o tengo testigos diciendo "hazme el cobro" te lo puedo hacer porque es una autorizacion expresa. Si tengo tu numero de cuenta porque lo has deslizado o porque te lo he robado del buzon, no.
Si tienes testigos viendo como te doy el número de buena gana, sí.
No, por mucho que te empeñes. Yo no puedo retirar dinero de tu banco sin una autorizacion previa y explícita o que me nombres co-titular de la cuenta. De hecho muchas tiendas online tienen sus numeros de cuenta visibles para que les hagas un ingreso. Sería super facil para mi ir a decir que el administrador me ha dado permiso, y coger a cuatro amigos que digan "si si, que yo lo vi" dandoles parte de lo que saque a esa tienda.
De hecho, aunque me dejaras tu tarjeta habitualmente para ir al cajero a sacar, yo tendría que joderme y aguantarme en el momento que elijas parar. Aunque me dejes la tarjeta, coja el coche y me llames cuando esté a punto de introducir la tarjeta y me digas "oye que me lo he pensado mejor y al final no".
Zustaub escribió:dark_hunter escribió:Por eso te decía que si quiero te puedo retirar el pago aunque lo tuviera domiciliado. ¿Nunca has devuelto un recibo?
Supongo que para ti existen las violaciones en diferido.
Supones mal, para mi lo que existen son los símiles aunque no funcionen 1:1 tratandose de cosas distintas. Te creía más inteligente que eso.
Zustaub escribió:dark_hunter escribió:Zustaub escribió:Que un simil no funcione 1:1 no quita que no funcione 99:100 o un 80:100 y no lo invalida totalmente. Tu que trabajas en medicina me estas intentando convencer que un tratamiento que no funciona en 1 de 100 pacientes es inválido?
Ajá, pues eliminemos ese símil que no funciona. ¿Qué tal con el resto que no has contestado?
Al final lo de tener que hacer contratos para follar va a ser cierto. Toma ventana de Overton, ya pasamos de "no, es que el sí no tiene por qué ser un sí, puede ser más cosas (cosa que ya contempla la ley)" a "sólo puede haber sí explícito". Y no pasa nada, nos cargamos las relaciones humanas de un plumazo.
No pienso eliminarlo porque sigue siendo util. Si no pueden tocar tu dinero sin permiso, por que tus genitales? Ese punto sigue siendo igual de valido. A lo otro te contesté antes.
Zustaub escribió:¿Qué tal con el resto que no has contestado? ¿en serio no concibes un sólo caso en el que puede haber una relación con consentimiento implícito que no sea violación? Porque son prácticamente todas.
Al final lo de tener que hacer contratos para follar va a ser cierto. Toma ventana de Overton, ya pasamos de "no, es que el sí no tiene por qué ser un sí, puede ser más cosas (cosa que ya contempla la ley)" a "sólo puede haber sí explícito". Y no pasa nada, nos cargamos las relaciones humanas de un plumazo.
Zustaub escribió:dark_hunter escribió:Zustaub escribió:Que un simil no funcione 1:1 no quita que no funcione 99:100 o un 80:100 y no lo invalida totalmente. Tu que trabajas en medicina me estas intentando convencer que un tratamiento que no funciona en 1 de 100 pacientes es inválido?
Ajá, pues eliminemos ese símil que no funciona. ¿Qué tal con el resto que no has contestado?
Al final lo de tener que hacer contratos para follar va a ser cierto. Toma ventana de Overton, ya pasamos de "no, es que el sí no tiene por qué ser un sí, puede ser más cosas (cosa que ya contempla la ley)" a "sólo puede haber sí explícito". Y no pasa nada, nos cargamos las relaciones humanas de un plumazo.
No pienso eliminarlo porque sigue siendo util. Si no pueden tocar tu dinero sin permiso, por que tus genitales? Ese punto sigue siendo igual de valido. A lo otro te contesté antes.
¿Qué tal con el resto que no has contestado? ¿en serio no concibes un sólo caso en el que puede haber una relación con consentimiento implícito que no sea violación? Porque son prácticamente todas.
Al final lo de tener que hacer contratos para follar va a ser cierto. Toma ventana de Overton, ya pasamos de "no, es que el sí no tiene por qué ser un sí, puede ser más cosas (cosa que ya contempla la ley)" a "sólo puede haber sí explícito". Y no pasa nada, nos cargamos las relaciones humanas de un plumazo.
Zustaub escribió:Findeton escribió:Y cómo te haces co-titular de la v*gina de una mujer? lol
Operándote, poniéndote una y prestándosela a quien quieras.
Reakl escribió:El problema de todo esto que estáis discutiendo es que os la están colando pero bien para qie estéis debatiendo sinoses.
El tema del consentimiento verbal es una gilipollez extrema porque una violación no es tal porque se diga que no, ni porque se diga que sí ni porque se diga que tal vez. Una violación es tal por precisamente el hecho de que da igual lo que diga la víctima, va a ocurrir y punto y no puedes evitarlo por fuerza mayor.
Por lo tanto todo este debate es absurdo en lo que se refiere a las violaciones, pero no lo es de cara a la política. ¡Y ahí está el meollo! ¿Van a reducirse las violaciones porque se legisle lo que debe decir una persona antes del acto? No, ni una sola porque quien viola no lo hace por lo que ha dicho la persona sino precisamente porque no le importa.
Lo que sí que va q cambiar va a ser el número de condenas. Y a más. Independientemente de si era violación o no. Independiente de si hubo consentimiento o no. Independiente de si hubo arrepentimiento o se quiere hacer daño o lo que sea. Y eso es preparar el arma política de turno para poder justificar la siguiente oleada de políticas, subvenciones y votos. ¿Y las violaciones? No importan. Si bajan serán por factores ajenos y tampoco van a subir per se, sino que subirán las condenas. Pero no se habrán combatido las violaciones porque este asunto está hecho para aumentar las condenas, no para reducir las violaciones.
Zustaub escribió:@dark_hunter si, vamos a acabar con las relaciones humanas y luego van a venir los aliens y nos van a conquistar y luego los reptiles evolucionarán en gente y dominarán a los aliens que nos conquistaron y serán los amos de todos y solo podremos comer moscas como nuestros nuevos amos reptilianos.
Papitxulo escribió:A mí lo que me resulta chocante son las dificultades que parece tener la gente en este hilo para saber si una mujer quiere sexo o no.
Papitxulo escribió:A mí lo que me resulta chocante son las dificultades que parece tener la gente en este hilo para saber si una mujer quiere sexo o no.
Zustaub escribió:@Findeton no, estás en tu derecho de poner sobre papel "por la presente nombro co-titular de mi vagina a FULANO MENGANO, librandole de cualquier acusación presente y futura sobre violación".
Zustaub escribió:No voy a modificarlo para que tu te quedes contento. La diferencia entre esas dos cosas es clara, si puedes devolver el un recibo pero no puedes des-follar a alguien. Razón de más para que el sexo se proteja DESDE ANTES y no desde después.
La otra diferencia que hay es que si estoy legitimado a recibir ese dinero, te lo puedo reclamar judicialmente, pero un polvazo no. Aún más razon para que eso se proteja desde antes y no a toro pasado.
Zustaub escribió:dark_hunter escribió:Zustaub escribió:No voy a modificarlo para que tu te quedes contento. La diferencia entre esas dos cosas es clara, si puedes devolver el un recibo pero no puedes des-follar a alguien. Razón de más para que el sexo se proteja DESDE ANTES y no desde después.
01 Ok, pues admito que tienes la razón, en algo que no tiene relación con lo que estamos hablando.La otra diferencia que hay es que si estoy legitimado a recibir ese dinero, te lo puedo reclamar judicialmente, pero un polvazo no. Aún más razon para que eso se proteja desde antes y no a toro pasado.
GOTO 01.
Pues nada, ve abriendo el culo que esta tarde voy a verte. Tampoco me has dicho que no, y ya me has dicho que te ibas a desnudar y a enseñarme a instalar una app, así que supongo que temita quieres.
Zustaub escribió:@dark_hunter pasa dirección y cuenta bancaria por PM, a las 10 estoy ahí.
Zustaub escribió:dark_hunter escribió:Zustaub escribió:@dark_hunter pasa dirección y cuenta bancaria por PM, a las 10 estoy ahí.
Buf, no lo tengo claro, creo que vamos muy rápido. Tal y como dice la actual ley, te tendrás que conformar con una Vladimir
Y sin decirte que no.
Hostia! No me has dicho que si, y tengo que joderme y aguantarme. Que curioso!
Zustaub escribió:dark_hunter escribió:Zustaub escribió:Hostia! No me has dicho que si, y tengo que joderme y aguantarme. Que curioso!
Como con la actual ley
Pero tampoco me has dicho que no, o sea que puedo ir a follarte el culo igual, pasa la direccion y la cuenta, que se que lo estas deseando, picaruelo.
Zustaub escribió:@dark_hunter tendría que decidirlo un juez, pero aun así tampoco te quitaría el dolor de culo.
De todas formas yo creo que si le digo que me estabas bailando desnudo y acariciando antes, poco va a ser lo que pase a la sombra, si es que llego.
Zustaub escribió:¡Pero si no me has dicho que no! No te das cuenta, te estas cargando las relaciones humanas.
Zustaub escribió:En la ley no, en las sentencias judiciales en el momento que es decisión de un juez y por tu culíto estoy dispuesto a jugarmela.
Zustaub escribió:dark_hunter escribió:Zustaub escribió:¡Pero si no me has dicho que no! No te das cuenta, te estas cargando las relaciones humanas.
¿En qué punto de la ley actual pone que haya que decir que no para que sea delito?
En la ley no, en las sentencias judiciales en el momento que es decisión de un juez y por tu culíto estoy dispuesto a jugarmela.
Zustaub escribió:dark_hunter escribió:Zustaub escribió:¡Pero si no me has dicho que no! No te das cuenta, te estas cargando las relaciones humanas.
¿En qué punto de la ley actual pone que haya que decir que no para que sea delito?
En la ley no, en las sentencias judiciales en el momento que es decisión de un juez y por tu culíto estoy dispuesto a jugarmela.
Zustaub escribió:dark_hunter escribió:Zustaub escribió:En la ley no, en las sentencias judiciales en el momento que es decisión de un juez y por tu culíto estoy dispuesto a jugarmela.
¿Insinúas que los jueces prevarican? ¿podrías poner un ejemplo?
No. Digo que jueces como Ricardo Javier González González no aprecian como constitutivo de delito que 5 tios metan a una chica en un portal y la violen en grupo con intimidación y estoy dispuesto a arriesgarme.
dark_hunter escribió:Hasta donde yo se han sido condenados, también en el recurso. Lo otro te lo amplío a los tres jueces, ninguno vio intimidación y lo mismo ocurrió cuando lo recurrieron, los 5 jueces tampoco observaron intimidación ni violencia. ¿Indicas entonces que estos 8 jueces prevarican? ¿sin tener acceso a las pruebas, peritos ni vídeos?
Creo que te has venido arriba ¿no?
Zustaub escribió:@Noriko ilústrame.
Zustaub escribió:@Noriko hasta ahora lo que me ha demostrado es que ve insinuaciones donde no las hay.dark_hunter escribió:Hasta donde yo se han sido condenados, también en el recurso. Lo otro te lo amplío a los tres jueces, ninguno vio intimidación y lo mismo ocurrió cuando lo recurrieron, los 5 jueces tampoco observaron intimidación ni violencia. ¿Indicas entonces que estos 8 jueces prevarican? ¿sin tener acceso a las pruebas, peritos ni vídeos?
Creo que te has venido arriba ¿no?
Lo que he dicho es lo que he dicho, que hay jueces que no ven ciertos hechos como constituyentes de delito o de violación y que sabiendo que es ese panorama estoy dispuesto a jugarmela por petarte el ojaldre y contratar un abogado.
Cualquier otra insinuación que veas, es cosa tuya y demuestra que hace falta un consentimiento explicito, porque si ves esas insinuaciones en una frase escrita bien clarita, a saber cuales ves cuando una chica se maquille o se arregle.
Zustaub escribió:@dark_hunterIniciadas las deliberaciones en el seno del tribunal, una vez
alcanzada de forma unánime la convicción de que debíamos absolver a
los cinco acusados del delito de agresión sexual objeto de acusación,
entiendo que ni siquiera debió examinarse la posibilidad de condenar
por alguno de los supuestos de abusos sexuales contemplados en el
artículo 181 del Código Penal pues, suprimidas de los hechos
propuestos por las acusaciones la violencia e intimidación que definen
el delito de agresión sexual, el resto de lo afirmado por aquellas en sus
respectivos escritos de acusación no proporcionaba una base fáctica
suficiente para entender cometido el delito de abuso sexual con
prevalimiento del art. 181.3 CP por el que la mayoría de la Sala les ha
condenado.
Estimo, por el contrario, que el pronunciamiento de la sentencia
debió quedar limitado a esa absolución, lo que hubiese respondido a la
exigencia de dictar una sentencia congruente con las pretensiones
jurídicas oportunamente deducidas por las partes, sin traspasar, como
creo que se ha hecho por la decisión mayoritaria, el umbral de los
hechos afirmados por las acusaciones, reformulándolos en otros
sustancialmente distintos para cobijar un hecho punible distinto, tanto
en lo que se refiere a sus elementos fácticos como respecto de su
perspectiva jurídica, que ni fue contemplado por las acusaciones ni
respecto del que los acusados han tenido ocasión de defenderse, por
más que, a lo sumo, de manera meramente incidental, alguno de los
requisitos que exige este tipo penal hubiera podido intuirse como
posible durante el desarrollo del juicio, pero, en todo caso, sin llegar a
plasmarse debidamente una concreta acusación.
Se trata, por tanto, desde mi punto vista, de una condena
“sorpresiva”, que, en mi opinión, vulnera las exigencias de un juicio
justo.
Zustaub escribió:@dark_hunter busca bien y ya verás como lo encuentras, majo. Yo ya te he hecho demasiado curro gratis.