› Foros › Off-Topic › Miscelánea
dicanio1 escribió:Obviamente lo de simbólica es una mentira, es simplemente cara al juez..
Sólo hay que leer el Twitter de la delincuente forcadell de hace poco..
Otra vez con las mentiras como bandera..no aprenden..
Que serán y se olviden que tendrán un juicio en 2 años o por ahí...a ver si en vez de 10 años son 20.
Psmaniaco escribió:dicanio1 escribió:Obviamente lo de simbólica es una mentira, es simplemente cara al juez..
Sólo hay que leer el Twitter de la delincuente forcadell de hace poco..
Otra vez con las mentiras como bandera..no aprenden..
Que serán y se olviden que tendrán un juicio en 2 años o por ahí...a ver si en vez de 10 años son 20.
Deberían de quitarle el aforamiento, fuera los privilegios que tiene esta tía por que la payasada que han echo ha jodido al resto de Cataluña.
Un saludo.
Estwald escribió:La Forcadell dice que tiene la conciencia tranquila . Yo no la tendría si me hubieran pagado 150 mil euros de fianza, que a saber de donde haya salido, para sacarme de la cárcel por lo que he hecho, pero parafraseando a alguien que participa en este hilo "supongo que las malas personas van a la cárcel y a pesar de ello, tienen la conciencia tranquila". Y "supongo que las malas personas, pagan la fianza de las malas personas que en su nombre hacen cosas malas".
Estwald escribió:La Forcadell dice que tiene la conciencia tranquila . Yo no la tendría si me hubieran pagado 150 mil euros de fianza, que a saber de donde haya salido, para sacarme de la cárcel por lo que he hecho, pero parafraseando a alguien que participa en este hilo "supongo que las malas personas van a la cárcel y a pesar de ello, tienen la conciencia tranquila". Y "supongo que las malas personas, pagan la fianza de las malas personas que en su nombre hacen cosas malas".
josesoria escribió:Estwald escribió:La Forcadell dice que tiene la conciencia tranquila . Yo no la tendría si me hubieran pagado 150 mil euros de fianza, que a saber de donde haya salido, para sacarme de la cárcel por lo que he hecho, pero parafraseando a alguien que participa en este hilo "supongo que las malas personas van a la cárcel y a pesar de ello, tienen la conciencia tranquila". Y "supongo que las malas personas, pagan la fianza de las malas personas que en su nombre hacen cosas malas".
Hay que ver que rápido se pagan las fianzas sean el importe que sean y que cochazos los llevan cuando salen de la trena.
Mañana otro día movido en Barcelona
Hereze escribió:josesoria escribió:Estwald escribió:La Forcadell dice que tiene la conciencia tranquila . Yo no la tendría si me hubieran pagado 150 mil euros de fianza, que a saber de donde haya salido, para sacarme de la cárcel por lo que he hecho, pero parafraseando a alguien que participa en este hilo "supongo que las malas personas van a la cárcel y a pesar de ello, tienen la conciencia tranquila". Y "supongo que las malas personas, pagan la fianza de las malas personas que en su nombre hacen cosas malas".
Hay que ver que rápido se pagan las fianzas sean el importe que sean y que cochazos los llevan cuando salen de la trena.
Mañana otro día movido en Barcelona
Sigue siendo la presidenta del Parlament, ese cochazo no es suyo, es el coche oficial al que tiene derecho hasta que deje de ser presienta.
LLioncurt escribió:Estwald escribió:La Forcadell dice que tiene la conciencia tranquila . Yo no la tendría si me hubieran pagado 150 mil euros de fianza, que a saber de donde haya salido, para sacarme de la cárcel por lo que he hecho, pero parafraseando a alguien que participa en este hilo "supongo que las malas personas van a la cárcel y a pesar de ello, tienen la conciencia tranquila". Y "supongo que las malas personas, pagan la fianza de las malas personas que en su nombre hacen cosas malas".
No hace falta que le haya puesto nadie la fianza. A diferencia de Mas, que su fianza millonaria será para pagar los costes del 9-N, y probablemente "desaparezca", su fianza es para evitar su fuga, y es fácil para cualquiera con un piso en propiedad cubrir dicha fianza con la escritura del piso.
jorcoval escribió:Hereze escribió:josesoria escribió:
Hay que ver que rápido se pagan las fianzas sean el importe que sean y que cochazos los llevan cuando salen de la trena.
Mañana otro día movido en Barcelona
Sigue siendo la presidenta del Parlament, ese cochazo no es suyo, es el coche oficial al que tiene derecho hasta que deje de ser presienta.
Vaya, pensaba que había sido destituida por el 155 pero no.
ZackHanzo escribió:LLioncurt escribió:Estwald escribió:La Forcadell dice que tiene la conciencia tranquila . Yo no la tendría si me hubieran pagado 150 mil euros de fianza, que a saber de donde haya salido, para sacarme de la cárcel por lo que he hecho, pero parafraseando a alguien que participa en este hilo "supongo que las malas personas van a la cárcel y a pesar de ello, tienen la conciencia tranquila". Y "supongo que las malas personas, pagan la fianza de las malas personas que en su nombre hacen cosas malas".
No hace falta que le haya puesto nadie la fianza. A diferencia de Mas, que su fianza millonaria será para pagar los costes del 9-N, y probablemente "desaparezca", su fianza es para evitar su fuga, y es fácil para cualquiera con un piso en propiedad cubrir dicha fianza con la escritura del piso.
Si vamos lo normal cuando vas a hipotecar tu vivienda, en menos de 24 horas tienes tu hipoteca lista. Los prestamos si bien son más rápidos no lo son tanto.
LLioncurt escribió:
No hace falta hipoteca. Si el piso vale más de 150.000€, se acepta como fianza.
ZackHanzo escribió:LLioncurt escribió:
No hace falta hipoteca. Si el piso vale más de 150.000€, se acepta como fianza.
Dudo muchísimo que dejase nada como fianza, como dudo que haya pedido un prestamo o una hipoteca. Gente que maneja pasta o que se rodea con esta conseguir 150k es minucia pequeña. Pero vamos que tampoco creo que este dinero se lo haya dejado un ente oscuro para que siga haciendo x papel en y conspiración como han dejado caer tampoco.
Quizá me equivoque, pero me apostaría un dedo a que no dejó ninguna propiedad como fianza (ni ella, ni nadie)
Hereze escribió:ZackHanzo escribió:LLioncurt escribió:
No hace falta hipoteca. Si el piso vale más de 150.000€, se acepta como fianza.
Dudo muchísimo que dejase nada como fianza, como dudo que haya pedido un prestamo o una hipoteca. Gente que maneja pasta o que se rodea con esta conseguir 150k es minucia pequeña. Pero vamos que tampoco creo que este dinero se lo haya dejado un ente oscuro para que siga haciendo x papel en y conspiración como han dejado caer tampoco.
Quizá me equivoque, pero me apostaría un dedo a que no dejó ninguna propiedad como fianza (ni ella, ni nadie)
Se la han pagado los de la ANC, así que no ha puesto ni en euro.
10-10-10 escribió:Me parece bastante pobre argumentación el "como antes no les habían detenido"
10-10-10 escribió: vale, porque sus ideas políticas no tenían soporte
10-10-10 escribió: y no se habían llevado a la practica
10-10-10 escribió: que puta gracia es poder ser independentista, pero ojo, de pensamiento, ni se te ocurra ponerla en practica.
Hereze escribió:No, ten en cuenta que lo único que queda del autogobierno catalán es el Parlament, si la hubieran destituido, nos habríamos quedado sin nada.
Cozumel escribió:Hereze escribió:ZackHanzo escribió:
Dudo muchísimo que dejase nada como fianza, como dudo que haya pedido un prestamo o una hipoteca. Gente que maneja pasta o que se rodea con esta conseguir 150k es minucia pequeña. Pero vamos que tampoco creo que este dinero se lo haya dejado un ente oscuro para que siga haciendo x papel en y conspiración como han dejado caer tampoco.
Quizá me equivoque, pero me apostaría un dedo a que no dejó ninguna propiedad como fianza (ni ella, ni nadie)
Se la han pagado los de la ANC, así que no ha puesto ni en euro.
Y a ANC, ¿quién se lo ha dejado?
El juez admite que, como el referéndum se llevó a cabo, "pudo llegar a consumir los recursos públicos", pero añade que aún no existe "base probatoria".
Cpbye escribió:Por lo mismo "supuestamente" no se aplica.
Luego ya en el juicio se verá si se demuestra que es así o lo contrario, lo cual tiene mucho sentido.El juez admite que, como el referéndum se llevó a cabo, "pudo llegar a consumir los recursos públicos", pero añade que aún no existe "base probatoria".
josesoria escribió:Cpbye escribió:Por lo mismo "supuestamente" no se aplica.
Luego ya en el juicio se verá si se demuestra que es así o lo contrario, lo cual tiene mucho sentido.El juez admite que, como el referéndum se llevó a cabo, "pudo llegar a consumir los recursos públicos", pero añade que aún no existe "base probatoria".
Y los millones de papeletas, pancartas, carteles y urnas chinas quien las pago, cada uno de su bolsillo o con dinero publico.
Hereze escribió:La ANC tiene mas de 80000 socios, sin contar empresas, entidades varias y ayuntamientos.
Todos pagan una cuota mensual, asíq ue calcula.
Zorius escribió:Hereze escribió:La ANC tiene mas de 80000 socios, sin contar empresas, entidades varias y ayuntamientos.
Todos pagan una cuota mensual, asíq ue calcula.
Ayuntamiento al servicio de la ANC, implica dinero público al servicio de la ANC.
Hereze escribió:A saber, pero hay una diferencia muy clara entre el auto del juez del Supremo y el de la jueza de la AN, si os fijáis, el del Supremo ha rechazado la fianza de más de 6 millones de euros que pedía el fiscal, cosa que sí que hizo la de la AN.
Los abajo firmantes, más de 100 profesores de Derecho Penal de las Universidades españolas, ante la crisis política más grave vivida por nuestro país desde el golpe de estado de 1981, se entienden obligados a manifestar su experta opinión ante toda una serie de calificaciones jurídicas que llevadas a cabo por la Fiscalía General del Estado y la titular del Juzgado Central de Instrucción núm. 3 de la Audiencia Nacional, han originado general repulsa y seria preocupación en los medios jurídicos españoles.
De la conducta observada por diversos integrantes del Parlamento y el Gobierno catalán puede desprenderse, con alta probabilidad, la comisión de múltiples delitos, que deben ser investigados y, en su caso, sancionados conforme a lo que exige nuestro Ordenamiento Penal.
Mas ha de decirse que la exigencia de responsabilidades penales por lo ocurrido tiene que realizarse con observancia estricta de nuestras leyes penales y procesales y respetando en forma exigente el principio de legalidad, de obligatorio cumplimiento en este ámbito.
A ese respecto debe señalarse que en nuestra opinión es gravemente equivocado considerar los hechos como constitutivos de un delito de rebelión del artículo 474 del CP, y ello por la poderosísima razón de que está ausente un elemento estructural de ese ilícito cual es la violencia; requisito que tras una viva discusión en el Senado se decidió incorporar a la tipificación para, precisamente, constreñir su aplicación, en exclusiva, a supuestos de la máxima gravedad que no se dan en este caso: sólo conculcando muy gravemente el principio de legalidad penal puede llegar a afirmarse que los imputados, a la vista de los hechos que se les han atribuido, pudieron realizar este delito, o el de conspiración para la rebelión que requiere un acuerdo conjunto de llevarlo a cabo con esa misma violencia.
Tampoco creemos que concurra en este caso el delito de sedición del artículo 544 del CP, debido a que en ningún momento se ha aportado indicio alguno de que los imputados hayan inducido, provocado o protagonizado ningún alzamiento tumultuario tal y como exige la ley, y no pueden atribuirse a aquéllos sucesos ocurridos con anterioridad o realizados por otras personas distintas, ya que en Derecho Penal rige el principio de responsabilidad personal y sólo cabe juzgar a alguien por sus propios hechos.
De igual forma debe decirse con rotundidad que la Audiencia Nacional no es competente para conocer de los delitos de rebelión o sedición, y que tal entendimiento corresponde a la Audiencia Provincial de Barcelona. En efecto, la Ley Orgánica del Poder Judicial en su artículo 65.1 se refiere a los derogados “delitos contra la forma de Gobierno” como objeto de la competencia de la Audiencia Nacional, y en ningún momento alude a los delitos de rebelión o sedición.
En ese sentido la argumentación esgrimida por la titular del Juzgado Central de Instrucción para reclamar su competencia constituye una manipulación pocas veces vista en el ámbito forense. Más aún si tenemos en cuenta que en el Auto de 2 de diciembre de 2008 del Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, este órgano jurisdiccional expresó con rotundidad que la Audiencia Nacional nunca ha sido competente para el conocimiento del delito de rebelión; y lo mismo puede decirse, añadimos nosotros, en relación al delito de sedición. Abundando en esta idea debe recordarse que la propia Fiscalía, en el mismo procedimiento al que nos acabamos de referir, afirmó que el delito de rebelión “nunca ha formado parte de los delitos contra la forma de Gobierno … por lo que es totalmente injustificado concluir … que la Audiencia Nacional posee competencia para su investigación y enjuiciamiento”.
Resulta preciso, por otra parte, denunciar la falta de mesura de la titular del Juzgado Central de Instrucción núm. 3 tanto en la fijación de fechas para prestar declaración (sobre todo si tenemos en cuenta la decisión tomada al respecto por el Instructor del Tribunal Supremo), como en el dictado de las prisiones preventivas que, sin duda, han sido gravemente desproporcionadas y carentes de suficiente justificación, más allá de abstractas manifestaciones.
En conclusión: desde una perspectiva estrictamente jurídica reclamamos a las instancias fiscales y judiciales que se atengan al Derecho, a la Ley, que investiguen y, en su caso, castiguen todo lo que el Estado de Derecho autoriza y obliga, pero exclusivamente eso, porque sólo dentro de esos márgenes puede haber oportunidad, proporción y Justicia.
Garranegra escribió:Barbaridad democrática, es pedir un referéndum para que solo unos pocos puedan decidir, y negar el derecho al referéndum al resto de ciudadanos del país.
Si para ti la democracia, es dar todos los derechos a una minoría, y quitarle los derechos a una mayoría, es que tenemos dos conceptos muy diferentes, del significado de democracia.
2pac4ever escribió:Hereze escribió:A saber, pero hay una diferencia muy clara entre el auto del juez del Supremo y el de la jueza de la AN, si os fijáis, el del Supremo ha rechazado la fianza de más de 6 millones de euros que pedía el fiscal, cosa que sí que hizo la de la AN.
El "problema" es que la Jueza Lamela, es muy de mandar, en casos de ese estilo que no sean de sangre y tal, creo que tenía como un 75% de envíos a prisión provisional.
Por lo que ella ha seguido su forma de actuar normal, que no los ha mandado exclusivamente por ser esa gente.
2pac4ever escribió:Night Terror escribió:
Propongo referirnos a Lamela como Constance Dañino
minmaster escribió:100 profesores de derecho penal de universidades de toda España firman este artículo hoy que, a pesar de asumen que en la actitud de los independentistas puede haber la comisión de múltiples delitos, en ningún caso son válidos la aplicación del delito de rebelión y sedeción que les aplica la fiscalía y por los cuales están los exconsejeros en la cárcel así como que la Audiencia Nacional no es competente para juzgar estos delitos:Los abajo firmantes, más de 100 profesores de Derecho Penal de las Universidades españolas, ante la crisis política más grave vivida por nuestro país desde el golpe de estado de 1981, se entienden obligados a manifestar su experta opinión ante toda una serie de calificaciones jurídicas que llevadas a cabo por la Fiscalía General del Estado y la titular del Juzgado Central de Instrucción núm. 3 de la Audiencia Nacional, han originado general repulsa y seria preocupación en los medios jurídicos españoles.
De la conducta observada por diversos integrantes del Parlamento y el Gobierno catalán puede desprenderse, con alta probabilidad, la comisión de múltiples delitos, que deben ser investigados y, en su caso, sancionados conforme a lo que exige nuestro Ordenamiento Penal.
Mas ha de decirse que la exigencia de responsabilidades penales por lo ocurrido tiene que realizarse con observancia estricta de nuestras leyes penales y procesales y respetando en forma exigente el principio de legalidad, de obligatorio cumplimiento en este ámbito.
A ese respecto debe señalarse que en nuestra opinión es gravemente equivocado considerar los hechos como constitutivos de un delito de rebelión del artículo 474 del CP, y ello por la poderosísima razón de que está ausente un elemento estructural de ese ilícito cual es la violencia; requisito que tras una viva discusión en el Senado se decidió incorporar a la tipificación para, precisamente, constreñir su aplicación, en exclusiva, a supuestos de la máxima gravedad que no se dan en este caso: sólo conculcando muy gravemente el principio de legalidad penal puede llegar a afirmarse que los imputados, a la vista de los hechos que se les han atribuido, pudieron realizar este delito, o el de conspiración para la rebelión que requiere un acuerdo conjunto de llevarlo a cabo con esa misma violencia.
Tampoco creemos que concurra en este caso el delito de sedición del artículo 544 del CP, debido a que en ningún momento se ha aportado indicio alguno de que los imputados hayan inducido, provocado o protagonizado ningún alzamiento tumultuario tal y como exige la ley, y no pueden atribuirse a aquéllos sucesos ocurridos con anterioridad o realizados por otras personas distintas, ya que en Derecho Penal rige el principio de responsabilidad personal y sólo cabe juzgar a alguien por sus propios hechos.
De igual forma debe decirse con rotundidad que la Audiencia Nacional no es competente para conocer de los delitos de rebelión o sedición, y que tal entendimiento corresponde a la Audiencia Provincial de Barcelona. En efecto, la Ley Orgánica del Poder Judicial en su artículo 65.1 se refiere a los derogados “delitos contra la forma de Gobierno” como objeto de la competencia de la Audiencia Nacional, y en ningún momento alude a los delitos de rebelión o sedición.
En ese sentido la argumentación esgrimida por la titular del Juzgado Central de Instrucción para reclamar su competencia constituye una manipulación pocas veces vista en el ámbito forense. Más aún si tenemos en cuenta que en el Auto de 2 de diciembre de 2008 del Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, este órgano jurisdiccional expresó con rotundidad que la Audiencia Nacional nunca ha sido competente para el conocimiento del delito de rebelión; y lo mismo puede decirse, añadimos nosotros, en relación al delito de sedición. Abundando en esta idea debe recordarse que la propia Fiscalía, en el mismo procedimiento al que nos acabamos de referir, afirmó que el delito de rebelión “nunca ha formado parte de los delitos contra la forma de Gobierno … por lo que es totalmente injustificado concluir … que la Audiencia Nacional posee competencia para su investigación y enjuiciamiento”.
Resulta preciso, por otra parte, denunciar la falta de mesura de la titular del Juzgado Central de Instrucción núm. 3 tanto en la fijación de fechas para prestar declaración (sobre todo si tenemos en cuenta la decisión tomada al respecto por el Instructor del Tribunal Supremo), como en el dictado de las prisiones preventivas que, sin duda, han sido gravemente desproporcionadas y carentes de suficiente justificación, más allá de abstractas manifestaciones.
En conclusión: desde una perspectiva estrictamente jurídica reclamamos a las instancias fiscales y judiciales que se atengan al Derecho, a la Ley, que investiguen y, en su caso, castiguen todo lo que el Estado de Derecho autoriza y obliga, pero exclusivamente eso, porque sólo dentro de esos márgenes puede haber oportunidad, proporción y Justicia.
Fuente: http://www.eldiario.es/tribunaabierta/L ... 89383.html
100 profesores de derecho penal de toda España... casi nada... pero que sabrán estos de leyes ¿no??Garranegra escribió:Barbaridad democrática, es pedir un referéndum para que solo unos pocos puedan decidir, y negar el derecho al referéndum al resto de ciudadanos del país.
Si para ti la democracia, es dar todos los derechos a una minoría, y quitarle los derechos a una mayoría, es que tenemos dos conceptos muy diferentes, del significado de democracia.
Ah si?? Entonces es una barbaridad democrática que tu siendo, por ejemplo, madrileño no puedas votar en las Elecciones Andaluzas?? Es una barbaridad democrática que los valencianos o los andaluces tengan derecho a votar su Estatuto Autonómico y un madrileño ¿no??
Como ciudadano europeo es una barbaridad democrática que tú no puedas votar en las elecciones francesas??
Explícame el significado de democracia que tú tienes que por lo visto no es el mismo que el mío...
MarcosHappy escribió:Bueno teníais que ver las cosas que están soltando los separatistas en sus foros por lo dicho por forcadell en el TS,vamos una señora que ha ido hasta el final y la ponen verde sólo porque no haya querido ir a la carcel por esta tontería.Pero esque a Rufian le está callendo una de cuidado por decir que se siente español.En serio,los extremos nunca son buenos... ya me habría gustado verles a ellos dando la cara en el TS.
petro84sc escribió:El problema de alentar a las masas es que al final puedes crear un monstruo que te devore. Y parece que está pasando. Ha pasado de ser un problema de políticos que se dicen de todo en el congreso, pero que luego se van a comer juntos, a ser un problema social. A ver cómo se para todo, porque no les va a valer ni con soluciones drásticas en favor de un "bando" u otro, ni con soluciones a medias.