Renta WEB 2015 dudas

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Erznal escribió:Buenas, una duda.
Yo pago un alquiler pero lo firme en 2015 con lo que no desgrava. He d indicar lo que pago. Si la respuesta es si, en que casilla??


No, no tienes por qué indicar lo que pagas ya que, como has dicho, no desgrava. A hacienda le da igual lo que hagas con tu dinero, salvo que quieras usarlo para desgravar.
LLioncurt escribió:
Erznal escribió:Buenas, una duda.
Yo pago un alquiler pero lo firme en 2015 con lo que no desgrava. He d indicar lo que pago. Si la respuesta es si, en que casilla??


No, no tienes por qué indicar lo que pagas ya que, como has dicho, no desgrava. A hacienda le da igual lo que hagas con tu dinero, salvo que quieras usarlo para desgravar.


Muchas gracias por la respuesta :)
danko2002 escribió:
vivi666 escribió:
Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria
Vamos que me van a cobrar las multas XD


Ese mensaje no quiere decir que te cobren, nada.

Quiere decir que han tramitado tu declaración y la dan por valida en primera instancia de forma automatizada.

Esto no quiere decir que antes de proceder al pago no pase el último filtro automatico o manual y te la paren.

A mi siempre me ha salido este mensaje y al dia siguiente la orden de pago.

Saludos


A mi me ha cambiado hoy a transferencia realizada a mi cuenta, así que mañana la tengo disponible seguro.
Erznal escribió:Buenas, una duda.
Yo pago un alquiler pero lo firme en 2015 con lo que no desgrava. He d indicar lo que pago. Si la respuesta es si, en que casilla??


A nivel estatal no desgrava, pero comprueba a nivel autonómico. Por ejemplo, mi pareja se puede beneficiar en Madrid por ser menor de 35.
Aún no me ha llegado el número de referencia al móvil para hacer la declaración. ¿Es normal? No tengo cl@ve ni DNI electrónico, así que solo puedo acceder al programa PADRE con la referencia esta.

Lo jodido es que a mi novia le mandaron el SMS la semana pasada, y estamos viviendo juntos...
Hokorijin escribió:Aún no me ha llegado el número de referencia al móvil para hacer la declaración. ¿Es normal? No tengo cl@ve ni DNI electrónico, así que solo puedo acceder al programa PADRE con la referencia esta.

Lo jodido es que a mi novia le mandaron el SMS la semana pasada, y estamos viviendo juntos...


El año pasado hiciste la declaración?

No tiene nada que ver que vivais juntos.
danko2002 escribió:
Hokorijin escribió:Aún no me ha llegado el número de referencia al móvil para hacer la declaración. ¿Es normal? No tengo cl@ve ni DNI electrónico, así que solo puedo acceder al programa PADRE con la referencia esta.

Lo jodido es que a mi novia le mandaron el SMS la semana pasada, y estamos viviendo juntos...


El año pasado hiciste la declaración?

No tiene nada que ver que vivais juntos.


Sí, sí la hice. Y lo jodido es que la manera manual de recuperar esa clave es poniendo el valor de la casilla 490 y... he perdido la declaración de 2014... Soy un puto desastre [buuuaaaa]
Mistercho escribió:Yo ya la presente ayer a las 22:55. Es mas, durante la tarde abrieron y pude hacer todos los cambios(lo de siempre, meter el alquiler, que este año aun puedo) en mi borrador.

Un saludo.

Una pregunta, ¿en qué casilla se pone lo del alquiler? En teoría entro en la desgravación. Gracias de antemano.
630 y 634. Esta en el apartado de deducciones por alquiler de vivienda habitual.

Un saludo.
Muy buenas, un par de preguntas.

Donde tengo que poner si soy afiliado a un partido político y he dado dinero?

Y si estoy en un sindicato, donde debo ponerlo?

Muchas gracias y un saludo.
davis_kaiz escribió:Muy buenas, un par de preguntas.

Donde tengo que poner si soy afiliado a un partido político y he dado dinero?

Y si estoy en un sindicato, donde debo ponerlo?

Muchas gracias y un saludo.



en cuotas satisfechas a sindicato (012)

Edito: acabo de ver que hacienda esta conforme en mi devolución ... [sonrisa] [sonrisa]
Para maponk:
Cuotas de afiliación y aportaciones a partidos políticos...... en la casilla 639 , en el anexo A.1 (III)

Sigo editando porque no me deja escribir más mensajes en el mismo hilo:

Quien no tenga la casilla 490 de la renta del ejercicio 2014 puede ir a su delegación de la agencia tributaria con el DNI y le dicen el importe en el momento. La casilla 490 es la que necesitas para pedir la referencia. Si alguien no presentó declaración el año pasado, le pedirá un número de cuenta como método de confirmación. Esta cuenta bancaria tiene que estar en vigor en el año 2015, no vale si la has abierto en 2016 porque hacienda no sabe aún que esa cuenta es tuya.
Bueno para que sirva de referencia a la gente e iré actualizando:

Presentación presentada hoy: 26/04/2016
Estado: Se está tramitando.
TOLEDO
tengo una duda, quizas ya haya sido respondida en este hilo. en ese caso mil perdones.

una vivienda comprada en 2015. ¿no hay ningun modo de desgravar nada por ella? ¿tampoco por obras, gastos administrativos, etc?

gracias y saludos.
En que parte del borrador puedo ver si me están desgravando por la hipoteca? Se que el año pasado en Hacienda lo incorporaron, y pasé de tener que pagar 35 euros a que me devolvieran más de 200, y este año me vuelve a pasar lo mismo... A ver si me puedo evitar un viajecito...

La hipoteca es de principios de 2012, así que en teoría si desgrava...

Gracias!!!
GXY escribió:tengo una duda, quizas ya haya sido respondida en este hilo. en ese caso mil perdones.

una vivienda comprada en 2015. ¿no hay ningun modo de desgravar nada por ella? ¿tampoco por obras, gastos administrativos, etc?

gracias y saludos.


No. Sólamente si fue adquirida antes de 2013.

bascu escribió:En que parte del borrador puedo ver si me están desgravando por la hipoteca? Se que el año pasado en Hacienda lo incorporaron, y pasé de tener que pagar 35 euros a que me devolvieran más de 200, y este año me vuelve a pasar lo mismo... A ver si me puedo evitar un viajecito...

La hipoteca es de principios de 2012, así que en teoría si desgrava...

Gracias!!!


Debe aparecer después de la cuota íntegra. Con los nuevos borradores no sabría decirte pero debe cumpilmentarse en un Anexo.
la deducción por compra de vivienda aparece en el Anexo A.1 (I)
Después de la cuota íntegra estatal y autonómica aparece la inversión en vivienda habitual.
Si no pone nada es que no te han aplicado la deducción por compra de vivienda, y dejando aparte las deducciones autonómicas, tendrías las mismas cantidades en las cuotas íntegras y las cuotas líquidas (estatal y autonómica)

Ejemplo:

cuota íntegra estatal: 1.560,00
cuota íntegra autonómica: 1.584,85

por inversión en vivienda habitual parte estatal: 600,00
por inversión en vivienda habitual parte autonómica: 600,00

deducciones autonómicas: 0,00

cuota líquida estatal: 960,00 (1.560,00 menos 600,00)
cuota líquida autonómica: 984,85 (1.584,85 menos 600,00)

cuota resultante de la liquidación: 1.944,85 (960,00 más 984,85)

retenciones y demás pagos a cuenta: 3.500,00

cuota diferencial: -1.555,15 (a devolver)
Muchas gracias! Ahora le echaré un ojo a ver si hay suerte :cool:

Edito: a mi en "por inversión en vivienda habitual" me pone 288,07... Esa cantidad de qué depende, de la comunidad autónoma o algo? Soy de la Comunidad Valenciana...

Estos son los datos:
Imagen

Sorry, pero estoy absolutamente pez en estas cosas, jaja [+risas]

Saludos! [oki]
Tio... podias haber tapado el DNI...
Entiendo que las cantidades invertidas durante el año 2015 en adquisición o rehabilitación de vivienda habitual ha sido de 3.841,00 euros, euro arriba o abajo. Es decir, que la suma de los intereses más la amortización es para este declarante de 3841,00 euros.

La deducción es del 7,5% para la parte estatal y de 7,5% para la parte autonómica. Sólo en Cataluña cambia la parte autonómica para determinados supuestos.

Espero que te haya servicio de ayuda. :)
basiliogarcia escribió:Entiendo que las cantidades invertidas durante el año 2015 en adquisición o rehabilitación de vivienda habitual ha sido de 3.841,00 euros, euro arriba o abajo. Es decir, que la suma de los intereses más la amortización es para este declarante de 3841,00 euros.

La deducción es del 7,5% para la parte estatal y de 7,5% para la parte autonómica. Sólo en Cataluña cambia la parte autonómica para determinados supuestos.

Espero que te haya servicio de ayuda. :)


Toda información es útil, así que te la agradezco un montón ;)

El resumen es que todo está bien puesto y me toca pagar los 34 euros, no? Porque no tengo nada más que colocar, la nómina del curro y la hipoteca... Se ve que este año han afinado "demasiado" con las retenciones en Recursos Humanos... [carcajad]

Saludos! [oki]
bascu escribió:
basiliogarcia escribió:Entiendo que las cantidades invertidas durante el año 2015 en adquisición o rehabilitación de vivienda habitual ha sido de 3.841,00 euros, euro arriba o abajo. Es decir, que la suma de los intereses más la amortización es para este declarante de 3841,00 euros.

La deducción es del 7,5% para la parte estatal y de 7,5% para la parte autonómica. Sólo en Cataluña cambia la parte autonómica para determinados supuestos.

Espero que te haya servicio de ayuda. :)


Toda información es útil, así que te la agradezco un montón ;)

El resumen es que todo está bien puesto y me toca pagar los 34 euros, no? Porque no tengo nada más que colocar, la nómina del curro y la hipoteca... Se ve que este año han afinado "demasiado" con las retenciones en Recursos Humanos... [carcajad]

Saludos! [oki]


En el año 2015 había que calcular las retenciones en 2 momentos:
1.- desde el 1 de enero hasta el 12 de julio
2.- a partir del 12 de julio hasta 31 de diciembre

Si tu empresa ha calculado bien las retenciones a practicar, debería salirte a devolver porque tienes deducción por compra de vivienda habitual, a no ser que hubieras comunicado a tu empresa en el modelo 145 que estás pagando una hipoteca y, te bajan un poco el tipo de retención.

No estaría de más que revisaras si te han aplicado algunos gastos como la cuota sindical, gastos de defensa jurídica del trabajo, los donativos, etc. Y revisar la situación familiar.

Calculado más o menos creo que sí has comunicado a la empresa que estás pagando préstamo por adquisición de vivienda: con tus datos de ingresos del trabajo e ingresos computables, para un empleado en situación familiar 3 me sale de retención 2.772,40. Si no hubieras comunicado a la empresa que estás pagando préstamo, tus retenciones serían de 3.246,72 y te saldría a devolver (pero lo habrías pagado antes)

Saludos
Sí, el modelo 145 lo tuve que enviar el año pasado para actualizar datos, porque tuve subida de sueldo que implicó pasar del mínimos para declarar... Lo cual es una putada, porque antes me retenían un 2% y yo encantado, pero haciendo declaración eso era un suicidio así que envié el modelo para que subieran la retención.

Todo aclarado. Muchas gracias por la ayuda! [oki]
Una semana después de presentar la declaración y la devolución efectuada, así da gusto [fumando]
Pues yo llevo un cabreo que no veas...

Me sale casi 800€ a pagar, WTF? O_o

Un tio que está en el paro actualmente (sin cobrar la prestación, ya me terminó) que en el 2015 trabajó 10 meses (+2 meses de paro) con un 8% en el IRPF y me sale a pagar esta barbaridad, en serio, no hay quien lo entienda... que me tengo que subir el IRPF al 20% o qué? :(

Al final me va a salir a cuenta no coger el paro...
¿Donde podria mirar que me puedo desgravar exactamente (comunidad valenciana)?

En mismas condiciones del año pasado, nos sale a pagar en lugar de devolver, de 1000 a 1000€. Incomprensible.

Hipoteca desde 1999, curros de mierda, una nena, etc....nada raro en plan premios, ni paro n nada...
Z_Type escribió:¿Donde podria mirar que me puedo desgravar exactamente (comunidad valenciana)?

En mismas condiciones del año pasado, nos sale a pagar en lugar de devolver, de 1000 a 1000€. Incomprensible.

Hipoteca desde 1999, curros de mierda, una nena, etc....nada raro en plan premios, ni paro n nada...


Te puedes descargar el manual de renta de la página de la AEAT que vienen todas las deducciones autonómicas.
Z_Type escribió:¿Donde podria mirar que me puedo desgravar exactamente (comunidad valenciana)?

En mismas condiciones del año pasado, nos sale a pagar en lugar de devolver, de 1000 a 1000€. Incomprensible.

Hipoteca desde 1999, curros de mierda, una nena, etc....nada raro en plan premios, ni paro n nada...


No se cómo has hecho los cálculos, pero si lo has hecho con RENTAWEB es mejor que te descargues el programa PADRE y, una vez obtenida la referencia de cada uno, descargarte los datos fiscales. Podrás ver cuál es la mejor opción: individual o conjunta (sólo si estáis casados, no vale ser pareja de hecho). También deberás comprobar si tienes obligación de presentar la declaración, porque te puede salir a pagar pero no tener obligación de presentarla.
No estaría de más que revisaras si te han aplicado algunos gastos como la cuota sindical, gastos de defensa jurídica del trabajo, los donativos, etc. Y revisar la situación familiar.
El enlace es al manual de renta 2015. Podrás ver las deducciones para la comunidad valenciana
http://www.agenciatributaria.es/static_ ... _es_es.pdf
Muchas gracias a los dos, le echo un ojo ahora mismo

No hice cálculos, se lo bajo mi mujer directamente. Son los borradores q nos da Hacienda, pero espero que se hayan dejado algo por poner o algun error similar

Saludos
Tengo una duda,
En el borrador no me sale lo de desgravar el alquiler. Y ya lo hice el año pasado y mi contrato es de 2014.
Mi duda es porque al modificar el borrador no me actualiza los números y me sale la cantidad que me devuelven por alquiler, necesitan comprobarlo?
capitablau escribió:Tengo una duda,
En el borrador no me sale lo de desgravar el alquiler. Y ya lo hice el año pasado y mi contrato es de 2014.
Mi duda es porque al modificar el borrador no me actualiza los números y me sale la cantidad que me devuelven por alquiler, necesitan comprobarlo?


La deducción por alquiler de vivienda habitual en la parte estatal funciona así:
- Contrato anterior a 1 d enero de 2015 (en tu caso, bien)
- Puedes deducir el 10,05% de las cantidades pagadas por alquiler siempre que tu base imponible sea inferior a 24.107,20€ (suma de las casillas 308 + casilla 395)

Para las deducción autonómica, no son todas iguales.

Mi consejo es uqe no utilices la renta Web. Descárgate el programa PADRE y con el número de referencia te descargas tus datos fiscales y luego añades las cantidades pagadas por alquiler y el NIF del propietario. Si no te sale ninguna cantidad en la casilla 635 es porque no entras dentro de los límites de deducción.
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La deducción por alquiler de vivienda habitual en la parte estatal funciona así:
- Contrato anterior a 1 d enero de 2015 (en tu caso, bien)
- Puedes deducir el 10,05% de las cantidades pagadas por alquiler siempre que tu base imponible sea inferior a 24.107,20€ (suma de las casillas 308 + casilla 395)

Para las deducción autonómica, no son todas iguales.

Mi consejo es uqe no utilices la renta Web. Descárgate el programa PADRE y con el número de referencia te descargas tus datos fiscales y luego añades las cantidades pagadas por alquiler y el NIF del propietario. Si no te sale ninguna cantidad en la casilla 635 es porque no entras dentro de los límites de deducción.

Cumplo de sobras en la suma de casillas... Lo mismo me ocurre con las deducciones autonomicas, las cumplo pero no me las aplica. Por mucho que modifique, siempre me sale la misma cantidad a devolder.
Me descarge el programa padre y hice todo rellenando y sigue igual... Pediré cita.
Gracias igual
Lo único que se me ocurre ahora mismo es que ya te devuelvan todas las retenciones que te han practicado (trabajo, capital mobiliario, etc) Si es así, ése es el límite de la devolución.
A ver, una duda que tengo con la renta del 2015. Me sale arriba del todo: "No obligado", pero el resultado final me sale a pagar.

¿Tengo que hacerla o no?

Entiendo que por "no obligado", no, pero es raro que el estado perdone pasta.
tato27 escribió:A ver, una duda que tengo con la renta del 2015. Me sale arriba del todo: "No obligado", pero el resultado final me sale a pagar.

¿Tengo que hacerla o no?

Entiendo que por "no obligado", no, pero es raro que el estado perdone pasta.

Pasa muchas veces. De hecho los mínimos, teniendo un solo pagador, son bastante altos.
Si pone no obligado no te comas la cabeza
martuka_pzm escribió:Pasa muchas veces. De hecho los mínimos, teniendo un solo pagador, son bastante altos.
Si pone no obligado no te comas la cabeza


OK. Gracias. [beer]

Por cierto, no me gusta nada el nuevo diseño que han implantado.
Darkcaptain escribió:Pues yo llevo un cabreo que no veas...

Me sale casi 800€ a pagar, WTF? O_o

Un tio que está en el paro actualmente (sin cobrar la prestación, ya me terminó) que en el 2015 trabajó 10 meses (+2 meses de paro) con un 8% en el IRPF y me sale a pagar esta barbaridad, en serio, no hay quien lo entienda... que me tengo que subir el IRPF al 20% o qué? :(

Al final me va a salir a cuenta no coger el paro...



Es la magia del paro... A mi me y peor, no la hice porque no llegaba al mínimo pero no sabia que no aplica lo mismo si es un pagador o varios y claro, el inem cuanta como pagador.

Resultado, al no hacerla me metieron multa y la gracia me salio en plan 800 + 400/500 de multa.

Me fui a quejar pero pasan. Me pareció indignante que uno que tenga curro fijo pueda ganar X y no tuviese que hacerla y otro que pierde un curro cutre donde y cobra pario si que tenga ganando en total mucho menos.

Yo hablo de hace años, cuando empezaba a currar y te parecía que cobrabas normal por una ETT porque te quitaban nada de IRPF, hasta que te encuentras en este caso y haces la declaración, entonces te crujen.

Saludos
El borrador te lo envían a casa sin que lo pidas?

Por una serie de "desgracias" el año pasado hice la declaración por internet (vaya me descargue el borrador y lo acepte) pero este año me he cambiado el número de móvil y el email, y la casilla X no la tengo, pues ahora no hay manera de que me pueda descargar el borrador ya que me dicen que me enviaran un sms con un código que no me va a llegar.

Y estoy en esperar a que me llegue el borrador a casa o tener que ir a alguna oficina de hacienda.

Por pereza y no perder toda la mañana, estoy esperando pero ya no se que pensar.
eyetoy escribió:El borrador te lo envían a casa sin que lo pidas?

Por una serie de "desgracias" el año pasado hice la declaración por internet (vaya me descargue el borrador y lo acepte) pero este año me he cambiado el número de móvil y el email, y la casilla X no la tengo, pues ahora no hay manera de que me pueda descargar el borrador ya que me dicen que me enviaran un sms con un código que no me va a llegar.

Y estoy en esperar a que me llegue el borrador a casa o tener que ir a alguna oficina de hacienda.

Por pereza y no perder toda la mañana, estoy esperando pero ya no se que pensar.



Puedes obtener el número de referencia con el DNI electrónico, o dándote de alta en cl@ve (te envían una carta a casa con los datos, tarda sobre una semana).

Si no, ya te tocará ir a Hacienda a que te den la casilla o, ya que vas, a hacer la declaración directamente...

Saludos!
Samus escribió:
Darkcaptain escribió:Pues yo llevo un cabreo que no veas...

Me sale casi 800€ a pagar, WTF? O_o

Un tio que está en el paro actualmente (sin cobrar la prestación, ya me terminó) que en el 2015 trabajó 10 meses (+2 meses de paro) con un 8% en el IRPF y me sale a pagar esta barbaridad, en serio, no hay quien lo entienda... que me tengo que subir el IRPF al 20% o qué? :(

Al final me va a salir a cuenta no coger el paro...



Es la magia del paro... A mi me y peor, no la hice porque no llegaba al mínimo pero no sabia que no aplica lo mismo si es un pagador o varios y claro, el inem cuanta como pagador.

Resultado, al no hacerla me metieron multa y la gracia me salio en plan 800 + 400/500 de multa.

Me fui a quejar pero pasan. Me pareció indignante que uno que tenga curro fijo pueda ganar X y no tuviese que hacerla y otro que pierde un curro cutre donde y cobra pario si que tenga ganando en total mucho menos.

Yo hablo de hace años, cuando empezaba a currar y te parecía que cobrabas normal por una ETT porque te quitaban nada de IRPF, hasta que te encuentras en este caso y haces la declaración, entonces te crujen.

Saludos


Justamente eso es lo que no veo bien, si tienes 1 pagador el limite es X pero si tienes 2 (el paro también cuenta) es otro totalmente distinto (mucho mas bajo), por lo que prácticamente te obliga a hacerla, lo que no entiendo es que con un 8% de IPRF que he estado pagando durante 10 meses (que no me parece poco) tenga que pagar estas barbaridades, otros años con mucho menos IRPF me han hecho pagar mucho menos.

Pero en fin, es lo que hay, a pagarlo o como tu dices luego será peor...
eyetoy escribió:El borrador te lo envían a casa sin que lo pidas?

Por una serie de "desgracias" el año pasado hice la declaración por internet (vaya me descargue el borrador y lo acepte) pero este año me he cambiado el número de móvil y el email, y la casilla X no la tengo, pues ahora no hay manera de que me pueda descargar el borrador ya que me dicen que me enviaran un sms con un código que no me va a llegar.

Y estoy en esperar a que me llegue el borrador a casa o tener que ir a alguna oficina de hacienda.

Por pereza y no perder toda la mañana, estoy esperando pero ya no se que pensar.

Si vas a tu delegación o administración con el dni, y sin cita previa, te dicen el importe de la casilla 490, necesario para pedir la referencia de tus datos fiscales.
vigilad muy mucho el tema del borrador, a mi me salía a pagar casi 500 euros y mi mujer a cobrar 600 euros, fui a la gestora como cada año, y me sale a pagar 42 euros y ella a cobrar casi 800 euros .......

ya esta tramitada, a ver cuando me pagan, yo les pagaré a ellos el ultimo día, que se jodan [+risas] [+risas] [+risas] [+risas]
Una pregunta, que hay que poner si vivo en la casa de mis padres? Obviamente, allí no pago nada...

Gracias!
Darkcaptain escribió:
Samus escribió:
Darkcaptain escribió:Pues yo llevo un cabreo que no veas...

Me sale casi 800€ a pagar, WTF? O_o

Un tio que está en el paro actualmente (sin cobrar la prestación, ya me terminó) que en el 2015 trabajó 10 meses (+2 meses de paro) con un 8% en el IRPF y me sale a pagar esta barbaridad, en serio, no hay quien lo entienda... que me tengo que subir el IRPF al 20% o qué? :(

Al final me va a salir a cuenta no coger el paro...



Es la magia del paro... A mi me y peor, no la hice porque no llegaba al mínimo pero no sabia que no aplica lo mismo si es un pagador o varios y claro, el inem cuanta como pagador.

Resultado, al no hacerla me metieron multa y la gracia me salio en plan 800 + 400/500 de multa.

Me fui a quejar pero pasan. Me pareció indignante que uno que tenga curro fijo pueda ganar X y no tuviese que hacerla y otro que pierde un curro cutre donde y cobra pario si que tenga ganando en total mucho menos.

Yo hablo de hace años, cuando empezaba a currar y te parecía que cobrabas normal por una ETT porque te quitaban nada de IRPF, hasta que te encuentras en este caso y haces la declaración, entonces te crujen.

Saludos


Justamente eso es lo que no veo bien, si tienes 1 pagador el limite es X pero si tienes 2 (el paro también cuenta) es otro totalmente distinto (mucho mas bajo), por lo que prácticamente te obliga a hacerla, lo que no entiendo es que con un 8% de IPRF que he estado pagando durante 10 meses (que no me parece poco) tenga que pagar estas barbaridades, otros años con mucho menos IRPF me han hecho pagar mucho menos.

Pero en fin, es lo que hay, a pagarlo o como tu dices luego será peor...


Por trabajar en 2, 3 o 4 sitios al a vez no te aplican otro límite diferente ni nada parecido...tienes que sumar todos los sueldos anuales que vas a percibir de todos los trabajos y del resultado aplicar el IRPF correspondiente a estos ingresos totales en todos los trabajos. El problema esta que seguramente o el paro o en el trabajo que tuviste te retuvieron de menos, ya que ellos no saben cuanto ganaste ni que te retuvieron (ni tienen porque saberlo) y te aplicaron el IRPF como si solo hubieras trabajado en su empresa. Con esto hay que ir con mucho cuidado, hay que mirarselo bien porque a veces tener otro empleo no sale a cuenta.
skyrim escribió:
Por trabajar en 2, 3 o 4 sitios al a vez no te aplican otro límite diferente ni nada parecido...tienes que sumar todos los sueldos anuales que vas a percibir de todos los trabajos y del resultado aplicar el IRPF correspondiente a estos ingresos totales en todos los trabajos. El problema esta que seguramente o el paro o en el trabajo que tuviste te retuvieron de menos, ya que ellos no saben cuanto ganaste ni que te retuvieron (ni tienen porque saberlo) y te aplicaron el IRPF como si solo hubieras trabajado en su empresa. Con esto hay que ir con mucho cuidado, hay que mirarselo bien porque a veces tener otro empleo no sale a cuenta.


Lo que yo quería decir, es que si solo has tenido 1 pagador, el limite es X, si no llegas a ese limite no estás obligado a hacerla, pero si has tenido 2 pagadores, el limite es otro, y ese limite es mucho mas "bajo" y es fácil sobrepasar ese limite y hay que hacer la declaración.

1 Pagador = puedes llegar hasta los 22.000 euros, si es menor no estás obligado.
2 pagadores = Si has recibido mas de 1.500€ anuales del segundo pagador (segundo trabajo, paro/inem o lo que sea) el limite es hasta los 11.200 euros.

Por lo tanto, si has tenido 2 pagadores, es mucho mas fácil que tengas que hacerla, al menos es lo que tengo entendido, si no es así corregidme.

Solo he estado en 1 trabajo (mas el paro, claro) y durante los 10 meses que estuve durante ese año (2015) siempre me lo han puesto al 8 % el IRPF, ya que es algo que me ha pasado en otros años en la misma empresa y esta vez no quería que me pillarán por sorpresa en la renta, pero curioso, que el año que mas me lo subo, es en el que tengo pagar mas, casi el doble que otros años.

Y los años anteriores hice exactamente lo mismo, currar 10 meses y estar 2 de paro, pero curiosamente con un IRPF mucho mas bajo.

Resumen: Llevo varios años haciendo lo mismo (2011, 2013 y 2015), currando 10 meses y 2 de paro, pero con un IRPF mas bajo. En cambio en el 2015 hago lo mismo de siempre (10 meses + 2 de paro) pero con un IRPF del 8%, y me clavan casi el doble en la declaración, mi no entender nada...

Lo de que ellos no saben nada, en los datos fiscales aparece todo lo que he cobrado, tanto del trabajo como del paro, también lo retenido etc...
Darkcaptain escribió:
skyrim escribió:
Por trabajar en 2, 3 o 4 sitios al a vez no te aplican otro límite diferente ni nada parecido...tienes que sumar todos los sueldos anuales que vas a percibir de todos los trabajos y del resultado aplicar el IRPF correspondiente a estos ingresos totales en todos los trabajos. El problema esta que seguramente o el paro o en el trabajo que tuviste te retuvieron de menos, ya que ellos no saben cuanto ganaste ni que te retuvieron (ni tienen porque saberlo) y te aplicaron el IRPF como si solo hubieras trabajado en su empresa. Con esto hay que ir con mucho cuidado, hay que mirarselo bien porque a veces tener otro empleo no sale a cuenta.


Lo que yo quería decir, es que si solo has tenido 1 pagador, el limite es X, si no llegas a ese limite no estás obligado a hacerla, pero si has tenido 2 pagadores, el limite es otro, y ese limite es mucho mas "bajo" y es fácil sobrepasar ese limite y hay que hacer la declaración.

1 Pagador = puedes llegar hasta los 22.000 euros, si es menor no estás obligado.
2 pagadores = Si has recibido mas de 1.500€ anuales del segundo pagador (segundo trabajo, paro/inem o lo que sea) el limite es hasta los 11.200 euros.

Por lo tanto, si has tenido 2 pagadores, es mucho mas fácil que tengas que hacerla, al menos es lo que tengo entendido, si no es así corregidme.

Solo he estado en 1 trabajo (mas el paro, claro) y durante los 10 meses que estuve durante ese año (2015) siempre me lo han puesto al 8 % el IRPF, ya que es algo que me ha pasado en otros años en la misma empresa y esta vez no quería que me pillarán por sorpresa en la renta, pero curioso, que el año que mas me lo subo, es en el que tengo pagar mas, casi el doble que otros años.

Y los años anteriores hice exactamente lo mismo, currar 10 meses y estar 2 de paro, pero curiosamente con un IRPF mucho mas bajo.

Resumen: Llevo varios años haciendo lo mismo (2011, 2013 y 2015), currando 10 meses y 2 de paro, pero con un IRPF mas bajo. En cambio en el 2015 hago lo mismo de siempre (10 meses + 2 de paro) pero con un IRPF del 8%, y me clavan casi el doble en la declaración, mi no entender nada...

Lo de que ellos no saben nada, en los datos fiscales aparece todo lo que he cobrado, tanto del trabajo como del paro, también lo retenido etc...



a mi madre le pasa algo parecido, cobra la pensión por viudedad y trabaja 5 horas diarias y le vienen palos de hacienda de 2200 euros cada año, para una persona que apenas llega a los 1000 euros entre pensión y las 5 horas de trabajo diarias ..... una puta vergüenza porque si tiene que vivir de los 500 euros de pensión apaga y vámonos [enfa] [enfa] [enfa] [enfa]

edito : sabeis cuanto se suele tardar una vez presentada la renta ? me aparece como grabada del dia 10 de mayo, a ver cuando la pagan que me quema ya el dinero jajajaja [+risas] [+risas]
shooting_star escribió:
Darkcaptain escribió:
skyrim escribió:
Por trabajar en 2, 3 o 4 sitios al a vez no te aplican otro límite diferente ni nada parecido...tienes que sumar todos los sueldos anuales que vas a percibir de todos los trabajos y del resultado aplicar el IRPF correspondiente a estos ingresos totales en todos los trabajos. El problema esta que seguramente o el paro o en el trabajo que tuviste te retuvieron de menos, ya que ellos no saben cuanto ganaste ni que te retuvieron (ni tienen porque saberlo) y te aplicaron el IRPF como si solo hubieras trabajado en su empresa. Con esto hay que ir con mucho cuidado, hay que mirarselo bien porque a veces tener otro empleo no sale a cuenta.


Lo que yo quería decir, es que si solo has tenido 1 pagador, el limite es X, si no llegas a ese limite no estás obligado a hacerla, pero si has tenido 2 pagadores, el limite es otro, y ese limite es mucho mas "bajo" y es fácil sobrepasar ese limite y hay que hacer la declaración.

1 Pagador = puedes llegar hasta los 22.000 euros, si es menor no estás obligado.
2 pagadores = Si has recibido mas de 1.500€ anuales del segundo pagador (segundo trabajo, paro/inem o lo que sea) el limite es hasta los 11.200 euros.

Por lo tanto, si has tenido 2 pagadores, es mucho mas fácil que tengas que hacerla, al menos es lo que tengo entendido, si no es así corregidme.

Solo he estado en 1 trabajo (mas el paro, claro) y durante los 10 meses que estuve durante ese año (2015) siempre me lo han puesto al 8 % el IRPF, ya que es algo que me ha pasado en otros años en la misma empresa y esta vez no quería que me pillarán por sorpresa en la renta, pero curioso, que el año que mas me lo subo, es en el que tengo pagar mas, casi el doble que otros años.

Y los años anteriores hice exactamente lo mismo, currar 10 meses y estar 2 de paro, pero curiosamente con un IRPF mucho mas bajo.

Resumen: Llevo varios años haciendo lo mismo (2011, 2013 y 2015), currando 10 meses y 2 de paro, pero con un IRPF mas bajo. En cambio en el 2015 hago lo mismo de siempre (10 meses + 2 de paro) pero con un IRPF del 8%, y me clavan casi el doble en la declaración, mi no entender nada...

Lo de que ellos no saben nada, en los datos fiscales aparece todo lo que he cobrado, tanto del trabajo como del paro, también lo retenido etc...



a mi madre le pasa algo parecido, cobra la pensión por viudedad y trabaja 5 horas diarias y le vienen palos de hacienda de 2200 euros cada año, para una persona que apenas llega a los 1000 euros entre pensión y las 5 horas de trabajo diarias ..... una puta vergüenza porque si tiene que vivir de los 500 euros de pensión apaga y vámonos [enfa] [enfa] [enfa] [enfa]

edito : sabeis cuanto se suele tardar una vez presentada la renta ? me aparece como grabada del dia 10 de mayo, a ver cuando la pagan que me quema ya el dinero jajajaja [+risas] [+risas]


Pues es una putada, si, mucha pasta, es como si te quitaran casi 200€ cada mes xD (180€ x 12 meses = casi 2200€), que no es moco de pavo, pero duele todavía mas si tienes que pagar todo eso de golpe así de sopetón, lo dicho, el siguiente año me pondré el IRPF por las nubes [qmparto]

No suelen tardar mucho, normalmente no suelen tardar mas de 1 semana en devolverte la pasta, pero no me ha quedado claro si en tu caso te devuelven o tienes que pagar xD
Pues es una putada, si, mucha pasta, es como si te quitaran casi 200€ cada mes xD (180€ x 12 meses = casi 2200€), que no es moco de pavo, pero duele todavía mas si tienes que pagar todo eso de golpe así de sopetón, lo dicho, el siguiente año me pondré el IRPF por las nubes [qmparto]

No suelen tardar mucho, normalmente no suelen tardar mas de 1 semana en devolverte la pasta, pero no me ha quedado claro si en tu caso te devuelven o tienes que pagar xD


si si eso ya se lo plantee yo a mi madre hace un par de años y ahora cada mes le quitan de la cuenta nada mas cobrar 240 euros y hace un pequeño " cojín " para hacer el pago, en 2 veces está claro ......

a mi me sale a pagar 40 euros, pero se los pagaré a finales de junio y que se jodan jajajaja, pero a mi mujer le sale a cobrar y mucha pasta, así que me interesa cobrarla, a ver si se dan prisa los muy mamones

un saludo y subete ese IRPF, yo lo tengo al 15% ahora mismo [buuuaaaa] [buuuaaaa]
@Darkcaptain

Ok, te habia entendido mal. Pues si llevas varios años así y este año te la han clavado nose...mira a ver si los otros años desgravaste algo que este año no....de todas maneras aunque cobres del paro se considera un pagador y por lo tanto si encuentras trabajo representa que recibes dinero de dos pagadores (paro y empresa)
En este país cuanto más trabajas o necesitas otro trabajo para vivir resulta que es cuando te joden más...

@shooting_star

Pues yo también he oído gente que le ha pasado eso...pero el truco esta en el IRPF. Seguramente de la paga de viudedad le retengan poco...y seguramente por lo que gane haciendo esas pocas horas no le salga a cuenta hacerlas.
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