Los ciudadanos de la Unión Europea que se desplacen en el mercado único no deberán desprenderse de los servicios de contenido bajo demanda que tiene suscritos en su país de origen. Así lo acordaron finalmente este pasado martes el Consejo, la Comisión y el Parlamento tras más de un año de negociaciones orientadas a reducir (pero no eliminar, al menos todavía) el bloqueo regional de contenidos a través de Internet. Esto significa que un español que viaje a otro país de la Unión podrá disfrutar de su suscripción a Netflix, Movistar+ o Spotify (por poner tres ejemplos) independientemente de que ya no se encuentre en su lugar de residencia habitual y con acceso a los contenidos ofrecidos en España.
La nueva normativa de portabilidad fue anunciada en 2015 como un nuevo paso hacia la integración del mercado único digital. A pesar de que los sondeos de la Unión Europea muestran que esta medida cuenta con un amplio respaldo ciudadano, la industria televisiva y cinematográfica se ha opuesto vehementemente a derribar las barreras que han permitido segmentar el mercado digital europeo en un momento en el que existe casi total libertad de circulación de mercancías y servicios.
El derribo de las restricciones geográficas para contenidos digitales será parcial, en cuanto a que tendrá un carácter temporal y estará pensado especialmente para reducir el impacto de este tipo de bloqueos en turistas, estudiantes y profesionales desplazados al extranjero durante periodos de tiempo limitados. Esto es así para evitar que un usuario de un país concreto pueda suscribirse a ciertos servicios más baratos en otros países con el consiguiente riesgo de fuga de clientes. Más de 500 millones de personas en los 28 estados miembros de la Unión podrán beneficiarse de esta medida.
La eliminación parcial de las barreras geográficas para contenidos digitales alcanzará a transmisiones de televisión y servicios de streaming de música y video, pero también a plataformas de distribución de libros electrónicos y videojuegos. Su aprobación se inscribe en la nueva estrategia digital de la Unión Europea, que próximamente pondrá fin a las tarifas de roaming tras arduas negociaciones para fijar el precio de los datos para los mayoristas.
Las nuevas reglas serán aplicadas a comienzos de 2018. Antes de eso deberán ser aprobadas formalmente por el Consejo y el Parlamento, pero se trata ya de una mera formalidad dado el acuerdo alcanzado ayer. Los proveedores de contenidos tendrán ahora nueve meses para adaptarse a la medida.
La nueva normativa de portabilidad fue anunciada en 2015 como un nuevo paso hacia la integración del mercado único digital. A pesar de que los sondeos de la Unión Europea muestran que esta medida cuenta con un amplio respaldo ciudadano, la industria televisiva y cinematográfica se ha opuesto vehementemente a derribar las barreras que han permitido segmentar el mercado digital europeo en un momento en el que existe casi total libertad de circulación de mercancías y servicios.
El derribo de las restricciones geográficas para contenidos digitales será parcial, en cuanto a que tendrá un carácter temporal y estará pensado especialmente para reducir el impacto de este tipo de bloqueos en turistas, estudiantes y profesionales desplazados al extranjero durante periodos de tiempo limitados. Esto es así para evitar que un usuario de un país concreto pueda suscribirse a ciertos servicios más baratos en otros países con el consiguiente riesgo de fuga de clientes. Más de 500 millones de personas en los 28 estados miembros de la Unión podrán beneficiarse de esta medida.
La eliminación parcial de las barreras geográficas para contenidos digitales alcanzará a transmisiones de televisión y servicios de streaming de música y video, pero también a plataformas de distribución de libros electrónicos y videojuegos. Su aprobación se inscribe en la nueva estrategia digital de la Unión Europea, que próximamente pondrá fin a las tarifas de roaming tras arduas negociaciones para fijar el precio de los datos para los mayoristas.
Las nuevas reglas serán aplicadas a comienzos de 2018. Antes de eso deberán ser aprobadas formalmente por el Consejo y el Parlamento, pero se trata ya de una mera formalidad dado el acuerdo alcanzado ayer. Los proveedores de contenidos tendrán ahora nueve meses para adaptarse a la medida.
Por lo menos a los de Netflix eso les da igual. Puedes hacer tu cuenta en otro país y usarla donde quieras sin problema (eso sí, con el contenido de donde estás). Mi cuenta sigue siendo USA, y hasta que me digan algo no pienso cambiar.
Ademas, se habria eliminado parcialmente el region-lock, pero eso no significa que cuando el Brexit se haga efectivo se instaure uno para limitar las ediciones UK, que afectaria de entrada a los irlandeses, aunque al parecer los britanicos intentaran la libre circulacion con Irlanda para evitar animar al ahora pacifico IRA y al parecer tienen la intencion de lo mismo con Gibraltar (el 90% del comercio del peñon viene de los bazares).
Y eso sin contar conque con esta movida les acabe ocurriendo a los europeos del este lo que nos paso a los Españoles, que Steam iguale los precios de esa zona a la zona mas cara, o sea los Alemanes.
Lo que parece implicar la noticia es que si contrato Netflix en España y me voy a Francia (u otro país de la UE), debo poder acceder al servicio y ver como mínimo el contenido que contraté en España.
Esto no ocurre exactamente así ahora... si me voy a Francia sigo teniendo acceso al servicio pero con el contenido disponible en Francia que es diferente al de España (probablemente a peor).
¿Qué hará Netflix para adoptarse a la nueva normativa cuando esté en Francia? ¿Además del contenido de España (que está obligado a darme) me dará el de Francia (que no está obligado)? Me tempo que en este caso nos bloqueará el contenido francés.
Lo que sería interesante es hacer que la UE fuera mercado único digital, es decir, que no se puediera fragmentar territorialmente en los países pertenecientes (a todos los efectos, no solo para traslados temporales). No lo verán mis ojos :(
http://www.ariase.com/fr/comparatifs/fibre-optique.html
Medida que sirve poco más que para la investigación que le abrieron a Steam y el resto por sus precios a los antiguos países soviéticos
Yo compré varias películas a Sony a través de PlayStation Vídeo cuando aún vivía en España. Ahora que no estoy en España no se me permite tener acceso a él, me han bloqueado pese a que tengo la licencia de compra.
Tras meses de peleas a traves de emails y llamadas me he dado por vencido. Su única respuesta es que el contenido de España solo puede verse en España. A mi me da igual no poder comprar películas en la tienda española si vivo en Irlanda, pero no tiene sentido alguno no dejarme ver lo que ya he comprado. Joder, que esto es internet, ¿dónde quedó entonces la versatilidad del formato digital?
A lo que voy. SI esta normativa de la UE es temporal, entiendo que podré ver mis películas durante 6 meses, tras lo cual se me volverá a bloquear el acceso. Para mi esto y nada es lo mismo.
La única opción que dejan, al final, es descargar.
Esa es otra.
Netflix por ejemplo. Irlanda y España tienen series en común, como por ejemplo "Cómo conocía a vuestra madre" o Jessica Jones. Sin embargo en Irlanda las serie solo está en inglés, a veces incluso sin sub en castellano.
Si las pistas de audio y sub ya se encuentran en sus servidores ¿por qué no me dejan tener acceso a ellos? no tiene sentido. Entiendo que no pueda ver en Irlanda series como "Modern Family" al carecer de los derechos, pero no hay razón para no dar opción a mas idiomas si éstos están disponibles en sus servidores.
Luego te vas a plataformas piratas como popcorn y descubres que puedes en todo momento cambiar los idiomas mientras reproduces las películas y series. Es muy triste que lo ilegal sea mas completo, fácíl y versátil que lo legal. Es inaudito.