Estas compañías, que ya habían sido designadas Guardianes de Acceso, tienen la obligación de seguir unas regulaciones más estrictas que el resto con el propósito de no alterar el correcto funcionamiento del mercado, algo que no habrían cumplido.
Las posibles infracciones varían en función de la compañía, pero se pueden resumir de la siguiente manera:
Alphabet (Google): se investigará si Alphabet impide que los usuarios puedan comunicar libremente que es posible adquirir aplicaciones a precios más ventajosos fuera de Google Play, así como si la compañía abusa de las autorreferencias al canalizar los resultados de las búsquedas de Google hacia servicios como Google Shopping o Google Flights.
Apple: la Comisión investigará si, al igual que Alphabet, Apple impide que los usuarios puedan comunicar libremente que es posible adquirir aplicaciones a precios más ventajosos fuera de la App Store. También se investigarán las medidas para cumplir con obligaciones como permitir la desinstalación de ciertas aplicaciones de iOS, modificar algunos parámetros del sistema operativo y facilitar el uso de servicios alternativos como motores de búsqueda y navegadores. Finalmente, la Comisión pondrá su lupa en la nueva estructura de comisiones de Apple, que puede no cumplir la legislación europea.
Meta: la Comisión investigará si el modelo "paga o consiente" cumple la obligación impuesta a los Guardianes de Acceso de obtener el consentimiento de los usuarios cuando quieran combinar datos personales entre diferentes servicios, evitando así proporcionar una alternativa real en caso de que el usuario no consienta.
Por último, la Comisión Europea solicitará información para dilucidar si Amazon está priorizando sus propios productos en su tienda electrónica, lo que infringiría la DMA. Como sucede puntualmente con el nuevo sistema de comisiones de Apple, este proceso aún no es una investigación formal, sino más bien de un proceso exploratorio.
Los procedimientos deberían concluir en un plazo de un año y podrían culminar con multas cuantiosas, puesto que DMA confiere a la Comisión Europea la capacidad para imponer sanciones a las empresas infractoras equivalentes al 10 % de sus ingresos globales, alcanzando el 20% si se aprecia reincidencia. Asimismo, en el caso de los infractores múltiples la DMA contempla la posibilidad de forzar la venta de divisiones o prohibir la compra de futuros servicios.