Empieza la campaña.de la renta 2012

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Me salen más de 2000 euros a pagar este año... [mad] Según parece las deducciones por alquiler en Cataluña y mi comunidad de origen ya ni las podré oler, dado que supero los umbrales, al menos los correspondientes a 2011. De 2012 por más que busco no encuentro nada.

En fin, a joderse y aguantarse. Lo mejor de todo es que al parecer hay una deducción por movilidad del 100% de rendimientos del trabajo, pero hay que registrarse en el paro y después conseguir trabajo fuera de tu ciudad con cambio de domicilio. En mi caso, como soy gilipollas, para 2 meses que sabía que estaría sin trabajo decidí no apuntarme al paro, no fuera a ser que cargase demasiado las maltrechas arcas del estado, y a continuación me fui a ocupar mi puesto en Cataluña. Total, que por no hacerlo me quedó sin una cuantiosísima deducción de unos 1500 euros. [reojillo]
don pelayo escribió:Me salen más de 2000 euros a pagar este año... [mad] Según parece las deducciones por alquiler en Cataluña y mi comunidad de origen ya ni las podré oler, dado que supero los umbrales, al menos los correspondientes a 2011. De 2012 por más que busco no encuentro nada.

En fin, a joderse y aguantarse. Lo mejor de todo es que al parecer hay una deducción por movilidad del 100% de rendimientos del trabajo, pero hay que registrarse en el paro y después conseguir trabajo fuera de tu ciudad con cambio de domicilio. En mi caso, como soy gilipollas, para 2 meses que sabía que estaría sin trabajo decidí no apuntarme al paro, no fuera a ser que cargase demasiado las maltrechas arcas del estado, y a continuación me fui a ocupar mi puesto en Cataluña. Total, que por no hacerlo me quedó sin una cuantiosísima deducción de unos 1500 euros. [reojillo]



madre mia. A mi me toca pagar ese pastizal y he de pedir un credito.
Buenas!
Yo llevo haciendo la declaracion 3 años y lo he hecho por internet los dos ultimos, con lo que no conservo papeles de las mismas. Los tenia guardados en el ordenador, pero este cascó y los he perdido. Como podria hacer para poder ver el borrador (sin tener que ir a la Agencia tributaria personalmente)?
periprocto escribió:Buenas!
Yo llevo haciendo la declaracion 3 años y lo he hecho por internet los dos ultimos, con lo que no conservo papeles de las mismas. Los tenia guardados en el ordenador, pero este cascó y los he perdido. Como podria hacer para poder ver el borrador (sin tener que ir a la Agencia tributaria personalmente)?


En el enlace para solicitar el borrador puedes solicitar el de otros años, prueba a solicitar el primero que hiciste (te deja elegir hasta 2009 creo) y seleccionas lo de primera declaración, a ver que te pide. Si no, dni electrónico o llamar por teléfono a preguntar :P
azuvk escribió:
periprocto escribió:Buenas!
Yo llevo haciendo la declaracion 3 años y lo he hecho por internet los dos ultimos, con lo que no conservo papeles de las mismas. Los tenia guardados en el ordenador, pero este cascó y los he perdido. Como podria hacer para poder ver el borrador (sin tener que ir a la Agencia tributaria personalmente)?


En el enlace para solicitar el borrador puedes solicitar el de otros años, prueba a solicitar el primero que hiciste (te deja elegir hasta 2009 creo) y seleccionas lo de primera declaración, a ver que te pide. Si no, dni electrónico o llamar por teléfono a preguntar :P

Con la opcion de solicitar las anteriores me pide rellenar casilla 620 o del numero de justificante que desconzco, al estar en los papeles que he perdido.
Lo del DNIelectronco no he conseguido usarlo nunca ( es el dni con chip, no?)
periprocto escribió:
azuvk escribió:
periprocto escribió:Buenas!
Yo llevo haciendo la declaracion 3 años y lo he hecho por internet los dos ultimos, con lo que no conservo papeles de las mismas. Los tenia guardados en el ordenador, pero este cascó y los he perdido. Como podria hacer para poder ver el borrador (sin tener que ir a la Agencia tributaria personalmente)?


En el enlace para solicitar el borrador puedes solicitar el de otros años, prueba a solicitar el primero que hiciste (te deja elegir hasta 2009 creo) y seleccionas lo de primera declaración, a ver que te pide. Si no, dni electrónico o llamar por teléfono a preguntar :P

Con la opcion de solicitar las anteriores me pide rellenar casilla 620 o del numero de justificante que desconzco, al estar en los papeles que he perdido.
Lo del DNIelectronco no he conseguido usarlo nunca ( es el dni con chip, no?)



Yo me lo mando a mi propio correo, tengo 2 copias, la del pc y la que esta en gmail...si pasa algo en mi pc, el google mail lo tiene.
periprocto escribió:Buenas!
Yo llevo haciendo la declaracion 3 años y lo he hecho por internet los dos ultimos, con lo que no conservo papeles de las mismas. Los tenia guardados en el ordenador, pero este cascó y los he perdido. Como podria hacer para poder ver el borrador (sin tener que ir a la Agencia tributaria personalmente)?


Yo estaba en una situación parecida a la tuya y lo hice con DNIe.

Es el DNI con chip, pero necesitas una contraseña para acceder a sitios con este servicio.

Si no tienes la contraseña puedes acudir a una comisaría y obtener la clave.

Saludos.
A-Manuel escribió:
periprocto escribió:Buenas!
Yo llevo haciendo la declaracion 3 años y lo he hecho por internet los dos ultimos, con lo que no conservo papeles de las mismas. Los tenia guardados en el ordenador, pero este cascó y los he perdido. Como podria hacer para poder ver el borrador (sin tener que ir a la Agencia tributaria personalmente)?


Yo estaba en una situación parecida a la tuya y lo hice con DNIe.

Es el DNI con chip, pero necesitas una contraseña para acceder a sitios con este servicio.

Si no tienes la contraseña puedes acudir a una comisaría y obtener la clave.

Saludos.

Muchas gracias. Tendré que presenciarme, finalmente, ya sea en comisaria o en la agencia triutaria. :-(
Tres años llevo que me sale a pagar mas de 1.800€. Espero que este año me salga a devolver... Macho, esto no es normal. Mi gestora debe de ser una cafre...
el_samutoloOoOo escribió:Que es el NIF del conyuge? el mio no? XD Perdon, no me deis muchos palos.
Esto me pone: Corrija los siguientes errores
NIF cónyuge no coincide con nuestra base de datos

Estoy poniendole mi DNI....


Si te casaste contigo mismo no deberías tener problema........... XD.

Compañeroooooo, que conyuge es tu mujer o marido.....o con quien te casaste, jejejeje.
periprocto escribió:
A-Manuel escribió:
periprocto escribió:Buenas!
Yo llevo haciendo la declaracion 3 años y lo he hecho por internet los dos ultimos, con lo que no conservo papeles de las mismas. Los tenia guardados en el ordenador, pero este cascó y los he perdido. Como podria hacer para poder ver el borrador (sin tener que ir a la Agencia tributaria personalmente)?


Yo estaba en una situación parecida a la tuya y lo hice con DNIe.

Es el DNI con chip, pero necesitas una contraseña para acceder a sitios con este servicio.

Si no tienes la contraseña puedes acudir a una comisaría y obtener la clave.

Saludos.

Muchas gracias. Tendré que presenciarme, finalmente, ya sea en comisaria o en la agencia triutaria. :-(


Imagino que no hara falta decir que a parte del dni electrónico necesitarás lector de dni electrónico en el ordenador :P yo lo utilice para arreglar el paro y me dio muchos problemas, de hecho en el ordenador no conseguí que funcionara, cada vez que solucionaba un error me daba otro nuevo. En el portatil en cambio sí lo conseguí, aunque también tuve que instalar y reinstalar los programas unas cuantas veces.
Una pregunta: existe algún tipo de deducción actualmente por alquiler de vivienda?

A mi novia le ha salido una cuota diferencial positiva en el borrador, 35 euros que tendría que pagar, aunque no llega al mínimo y no tiene obligación de declarar. La cosa es que lleva casi un año pagando un alquiler de 500 euros mensuales.
Puede beneficiarle en algo este gasto? Si es así, qué tiene que hacer?

Gracias
Yo estoy ralladisimo, no tengo obligación de hacer la declaración, ya que no cumplo los requisitos para tener que hacerla, pero como suelo ganar concursos, pues digo "oye, voy a mirar" y me sale a devolver 600 y poco €, de un premio que gané, todo bien hasta que mi pregunta es,... si en mi nomina me indica que me quitan de irpf 0, ¿de donde me han retenido, para devolverme ahora esto?¿Les han retenido a los que me han dado el premio? En este caso el premio a declarar ha sido un viaje que viene especificado perfectamente en el borrador, con datos de la empresa que lo cede y la cantidad.

Alguien que me ilumine?
moysf escribió:Una pregunta: existe algún tipo de deducción actualmente por alquiler de vivienda?

A mi novia le ha salido una cuota diferencial positiva en el borrador, 35 euros que tendría que pagar, aunque no llega al mínimo y no tiene obligación de declarar. La cosa es que lleva casi un año pagando un alquiler de 500 euros mensuales.
Puede beneficiarle en algo este gasto? Si es así, qué tiene que hacer?

Gracias


Hablo desde una posición algo ignorante acerca de este tema, pero me parece que tu novia no va a tener ninguna bonificacion en la declaración de la renta las deducciones las tiene el rentista (arrendador o como se diga), si tiene alguna ayuda por el alquiler vendrá de otro sitio diferente al de la declaración de la renta, a no ser que sea autónoma declare esa vivienda como uso de alguna actividad económica y cosas así no creo que tenga absolutamente nada que le beneficie, pero ya te digo que lo que yo se no es 100% fiable pero si que he estudiado algo del tema.
Ya podeis poner en el hilo principal que ya han realizado los primeros ingresos, vamos que ya estan pagando...
Para alguien que no tiene casa propia, sin hijos y soltero, tiene un alquiler de un local para su negocio y es autónomo... Es normal que siempre le salga a pagar!?
trane escribió:Para alguien que no tiene casa propia, sin hijos y soltero, tiene un alquiler de un local para su negocio y es autónomo... Es normal que siempre le salga a pagar!?


Casi que sí
Ale a preparar el bolsillo para pagar. Esto de la declaración es el timo de la estampita.
Me autocito para ver si alguien me puede ayudar, algunos me dicen que vaya a reclamar y otros que no cambiaría nada:

ercea escribió:A ver si me podéis asesorar un poco, aunque tengo que asegurarme bien luego cuando llegue a casa y volver a revisar el borrador. El caso es que me sale a devolver (unos 60 y poco namá xD) pero me ha llamado la atención que, si no recuerdo mal, me salían 2 pagadores: la empresa donde trabajo (mi sueldo vamos) y otra del banco santander, una cuenta universitaria que me hice y cada año me ingresa....15 céntimos, pues aparecen esos 15 céntimos.

El caso es que me gustaría saber si por tener 2 pagadores ya me perjudica en algo o ese 2º pagador tiene que cumplir unos mínimos... lo digo por si a ver si por culpa de esta cuenta corriente me podrían haber devuelto algo más, o, peor aún, que algún día me haga pagar; o no pasa nada siempre que ese segundo pagador me siga dando 15 céntimos xD.

saludos!


saludos!
registroyforos escribió:Ale a preparar el bolsillo para pagar. Esto de la declaración es el timo de la estampita.


De timo nada, es un ajuste de cuentas. Si has pagado de menos a lo largo del año, te toca pagar, si has pagado de mas te toca devolver. Si quieres que te devuelvan pues dile a tu empresa que te suba las cotizaciones o que las repase por si te esta reteniendo mal.
ercea escribió:Me autocito para ver si alguien me puede ayudar, algunos me dicen que vaya a reclamar y otros que no cambiaría nada:

ercea escribió:A ver si me podéis asesorar un poco, aunque tengo que asegurarme bien luego cuando llegue a casa y volver a revisar el borrador. El caso es que me sale a devolver (unos 60 y poco namá xD) pero me ha llamado la atención que, si no recuerdo mal, me salían 2 pagadores: la empresa donde trabajo (mi sueldo vamos) y otra del banco santander, una cuenta universitaria que me hice y cada año me ingresa....15 céntimos, pues aparecen esos 15 céntimos.

El caso es que me gustaría saber si por tener 2 pagadores ya me perjudica en algo o ese 2º pagador tiene que cumplir unos mínimos... lo digo por si a ver si por culpa de esta cuenta corriente me podrían haber devuelto algo más, o, peor aún, que algún día me haga pagar; o no pasa nada siempre que ese segundo pagador me siga dando 15 céntimos xD.

saludos!


saludos!


Que alguien que sepa más me corrija sí me equivoco pero estas obligado a declarar, además la retencion debería de variar un poco.

En el post principal tenéis los tres estados que se siguen desde el momento que se da un ok a un borrador a devolver
Según encuentro vía google, obligado a declarar quien..:

1
Si ganas menos de 22.000 euros no tienes que hacer la declaración de la renta.


Si el año pasado tuviste un único pagador y ganaste menos de 22.000 euros, no estás obligado a hacer la declaración de la renta 2011.

Si tuviste más de un pagador y tus ingresos anuales fueron inferiores a 22.000 euros tampoco estás obligado a hacer la declaración de la renta. Pero sólo será así si la suma del dinero que has cobrado del resto de pagadores no supera los 1.500 euros.

Un ejemplo. El año pasado ganaste 20.000 euros. Este dinero se desglosa de la siguiente forma:

-Nómina de 18.000 euros de la empresa en la que trabajas.

-Ingreso de 1.500 euros de un trabajo que has realizado como ‘freelance’.

-Ingreso de 500 euros de un segundo trabajo que has realizado como ‘freelance’.

En este caso sí estarías obligado a hacer la declaración de la renta, ya que la suma del dinero que has cobrado del segundo y tercero pagador es superior a los 1.500 euros.


2
¿Cobras pensiones o algún tipo de prestación?


Si en 2011 ganaste menos de 22.000 euros y tuviste más de un pagador tampoco estás obligado a hacer la declaración si los únicos rendimientos del trabajo que percibiste fueron:

-Pensiones de los regímenes púbicos de la Seguridad Social (viudedad, enfermedad, accidente, etc.)

-Prestaciones de mutualidades generales de funcionarios, colegios de huérfanos u otras entidades similares.

-Prestaciones derivadas de planes de pensiones.

-Prestaciones percibidas de un seguro que hayas contratado con una mutualidad de previsión social.

-Prestaciones de planes de previsión social empresarial.

-Prestaciones de jubilación o invalidez que hayas percibido de un contrato de seguro colectivo.

-Prestación de planes de previsión asegurados o de seguros de dependencia.


3
Casos en los que el límite se reduce a 11.200 euros.


En el IRPF hay muchas excepciones. Si el año pasado ganaste entre 11.200 euros y 22.000 euros, estás obligado a hacer la declaración de la renta 2011 en los siguientes casos:

-Si has tenido más de un pagador y la suma del dinero que has cobrado del segundo y sucesivos pagadores es de más de 1.500 euros.

-Si cobras pensiones compensatorias de tu pareja o anualidades por alimentos que no estén exentas del IRPF.

-Si tu pagador no efectúa ninguna retención sobre tu sueldo. Es decir, todo el dinero que cobras está libre de impuestos.


4
Capital mobiliario y ganancias patrimoniales.


Si los único ingresos que tuviste el año pasado provinieron de tu capital mobiliario o de tus ganancias patrimoniales no estás obligado a hacer la declaración de la renta 2011. Pero sólo si la suma de ambas cantidades no pasa de 1.600 euros y ambos rendimientos han estado sujetos a retención.

El capital mobiliario está formado, entre otros productos financieros, por los intereses que te dan tus acciones o tus ahorros del banco. Las ganancias patrimoniales las constituyen todos los bienes y derechos que aumentan tu patrimonio personal: fondos de inversión mobiliaria, premios, herencias, etc.

Lo mismo ocurre si el único capital que percibiste en 2011 provino de las siguientes rentas y entre todas ellas no cobraste más de 1.000 euros:

-Rentas inmobiliarias imputadas, como por ejemplo el dinero que ganas si alquilas tu piso.

-Rendimientos derivados de Letras del Tesoro sobre los que no se haya aplicado ninguna retención.

-Ayudas para la adquisición de viviendas de protección oficial.
5
Para beneficiarte de una deducción, presenta la declaración de la renta.


Aunque no estés obligado a hacer la declaración de la renta, si quieres beneficiarte de algunas de las siguientes deducciones debes presentarla:

-Deducción por compra o alquiler de una nueva vivienda.

-Deducción por obras de reforma.

-Deducción por cuenta de ahorro empresa.

-Deducción por doble imposición internacional.

-Reducción en base imponible por aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad.

-Reducción en base imponible por aportaciones a planes de pensiones, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarila, seguros de dependencia o mutualidades de previsión social.
periprocto escribió:
azuvk escribió:
periprocto escribió:Buenas!
Yo llevo haciendo la declaracion 3 años y lo he hecho por internet los dos ultimos, con lo que no conservo papeles de las mismas. Los tenia guardados en el ordenador, pero este cascó y los he perdido. Como podria hacer para poder ver el borrador (sin tener que ir a la Agencia tributaria personalmente)?


En el enlace para solicitar el borrador puedes solicitar el de otros años, prueba a solicitar el primero que hiciste (te deja elegir hasta 2009 creo) y seleccionas lo de primera declaración, a ver que te pide. Si no, dni electrónico o llamar por teléfono a preguntar :P

Con la opcion de solicitar las anteriores me pide rellenar casilla 620 o del numero de justificante que desconzco, al estar en los papeles que he perdido.
Lo del DNIelectronco no he conseguido usarlo nunca ( es el dni con chip, no?)

Ese fue mi problema y lo solucione ayer.
Sí lo presentaste por tu banco entra en la pagina del mismo y debes tener la opcion de ver el justificante del Impuesto presentado (Renta 2011). En el justificante aparece un codigo de verificación, que en la web de la AEAT, debes buscar Cotejar documentos o algo así, ahi metes ese codigo y tu NIF y apellido y ya tienes acceso a la renta presentada el año pasado para saber la dichosa casilla 620.
Un saludo
lacupula escribió:
ercea escribió:Me autocito para ver si alguien me puede ayudar, algunos me dicen que vaya a reclamar y otros que no cambiaría nada:

ercea escribió:A ver si me podéis asesorar un poco, aunque tengo que asegurarme bien luego cuando llegue a casa y volver a revisar el borrador. El caso es que me sale a devolver (unos 60 y poco namá xD) pero me ha llamado la atención que, si no recuerdo mal, me salían 2 pagadores: la empresa donde trabajo (mi sueldo vamos) y otra del banco santander, una cuenta universitaria que me hice y cada año me ingresa....15 céntimos, pues aparecen esos 15 céntimos.

El caso es que me gustaría saber si por tener 2 pagadores ya me perjudica en algo o ese 2º pagador tiene que cumplir unos mínimos... lo digo por si a ver si por culpa de esta cuenta corriente me podrían haber devuelto algo más, o, peor aún, que algún día me haga pagar; o no pasa nada siempre que ese segundo pagador me siga dando 15 céntimos xD.

saludos!


saludos!


Que alguien que sepa más me corrija sí me equivoco pero estas obligado a declarar, además la retencion debería de variar un poco.

En el post principal tenéis los tres estados que se siguen desde el momento que se da un ok a un borrador a devolver


Te digo que no estas obligado a declarar si no superas el limite, y me explico un poco mas.

Lo que tu ves del santander, no es que tengas 2 pagadores, sino que en los datos fiscales te salen los rendimientos del trabajo, 1 pagador, y despues los rendimientos del capital o algo asi, es decir, los intereses que te han dado por un deposito de dinero que tengas, pero esto al fin y al cabo no es un pagador, los pagadores tienen que ir en rendimientos del trabajo.

Yo ya he hecho la declaracion y como todos los años, como no supero el limite, no tendria que declarar ya que en el primer borrador me sale que tendria que pagar 80€. Con todo esto, lo he modificado y he metido el nacimiento de mi hija y la deduccion del alquiler y me devuelven 820€, y eso que pago solo el 50% del alquiler, si lo pagase entero estaria hablando de 1200€ de devolucion.

Un saludo.
Buenos pues después de mirar ayer en la sede electrónica, he entrado hoy por si aparece para confirmar el borrador y nada. Me dice que mi borrador ya está tramitado, con lo cual supongo que está confirmado no?

Es que no me deja acceder a ninguna otra opción.
joanw escribió:Buenos pues después de mirar hoy en la sede electrónica si me aparece para confirmar el borrador, me dice que mi borrador ya está tramitado, con lo cual supongo que está confirmado no?


No, significa que el borrador se te ha enviado... ahora debes confirmar ese borrador (o modificarlo y enviarlo)...

primero pides el borrador,te dicen que ya esta y te dan una referencia (por movil),entras en borrador y en lugar de la casilla 620 pones la referencia,aparece tu borrador,lo ves, y si estas de acuerdo lo confirmas,que no estas,lo modificas y lo confirmas ....al final debe aparecerte un archivo para grabartelo o imprimirtelo donde dice que lo has enviado.
maponk escribió:
joanw escribió:Buenos pues después de mirar hoy en la sede electrónica si me aparece para confirmar el borrador, me dice que mi borrador ya está tramitado, con lo cual supongo que está confirmado no?


No, significa que el borrador se te ha enviado... ahora debes confirmar ese borrador (o modificarlo y enviarlo)...


Pero es que no me aparecen ni las opciones de ayer, sólo me dice eso, y que solicite el código que ya me enviaron al movil.
Debajo te debería salir sí está grabado y la fecha de grabación.

Yo tengo el mismo mensaje y justo debajo en el historial del expediente los cambios que ha sufrido.
Esto es lo que me aparece. Si pincho en obtener borrador me dice que me han mandado el código, que es cierto pero no me deja acceder para revisarlo y confirmarlo. LLevo llamando como 15 minutos y no lo cogen...


Estado de Tramitación

Su borrador de declaración ha sido tramitado.

Si ya ha recibido el SMS con el número de referencia, puede acceder directamente con dicho número para obtener su borrador de declaración del IRPF o sus datos fiscales del ejercicio 2012, accediendo a través de la opción 'BORRADOR'.

En caso contrario, seleccionando el servicio 'OBTENER BORRADOR / DATOS FISCALES' que aparece a continuación se le enviará un SMS al número de telefono móvil que nos debe facilitar en la pantalla siguiente, con el número de referencia.
Servicios Disponibles

» Obtener borrador / datos fiscales
con dos cojones consigo que me cojan el telefono y me dicen que no me pueden dar la 620 por telefono que me vaya en persona a que me lo den vaya puta mierda
joanw escribió:Esto es lo que me aparece. Si pincho en obtener borrador me dice que me han mandado el código, que es cierto pero no me deja acceder para revisarlo y confirmarlo. LLevo llamando como 15 minutos y no lo cogen...


Estado de Tramitación

Su borrador de declaración ha sido tramitado.

Si ya ha recibido el SMS con el número de referencia, puede acceder directamente con dicho número para obtener su borrador de declaración del IRPF o sus datos fiscales del ejercicio 2012, accediendo a través de la opción 'BORRADOR'.

En caso contrario, seleccionando el servicio 'OBTENER BORRADOR / DATOS FISCALES' que aparece a continuación se le enviará un SMS al número de telefono móvil que nos debe facilitar en la pantalla siguiente, con el número de referencia.
Servicios Disponibles

» Obtener borrador / datos fiscales


ENTRA otra vez,como si fueras nuevo,le das y en lugar de poner la casilla 620 pon la referencia que te han dado....ya estas dentro del borrador que te han tramitado y enviado,confirma y modifica si es el caso,ya esta.
joanw escribió:Esto es lo que me aparece. Si pincho en obtener borrador me dice que me han mandado el código, que es cierto pero no me deja acceder para revisarlo y confirmarlo. LLevo llamando como 15 minutos y no lo cogen...


Estado de Tramitación

Su borrador de declaración ha sido tramitado.

Si ya ha recibido el SMS con el número de referencia, puede acceder directamente con dicho número para obtener su borrador de declaración del IRPF o sus datos fiscales del ejercicio 2012, accediendo a través de la opción 'BORRADOR'.

En caso contrario, seleccionando el servicio 'OBTENER BORRADOR / DATOS FISCALES' que aparece a continuación se le enviará un SMS al número de telefono móvil que nos debe facilitar en la pantalla siguiente, con el número de referencia.
Servicios Disponibles

» Obtener borrador / datos fiscales



Supongo que lo habrás hecho, pero por si acaso: aparte de la referencia, hay que meter el NIF y el primer apellido.

shinta_hid escribió:con dos cojones consigo que me cojan el telefono y me dicen que no me pueden dar la 620 por telefono que me vaya en persona a que me lo den vaya puta mierda


Con el nivel de protección que tienen los datos fiscales, lo raro es que te lo hubieran dado por teléfono.
Se me había pasado! Me suscribo al hilo y luego miro mi borrador. :)
faewy está baneado por "Clon de usuario baneado"
me sale a devolver un pico [plas]
buenos días compañeros una consulta,

el año pasado hice la declaración en una oficina, y hay 2 apartados uno de ellos que no me aparece en el borrador:

deducciones:
importe de la deducción por alquiler de vivienda habitual

y después en deducciones autonómicas (cataluña) <- esta si aparece
por alquiler de la vivienda habitual parte estatal

estuve alquilando un piso (en cataluña) hasta agosto, asi que quiero ponerlo pero no se si se han quitado o algo a las de alquiler.

gracias!
Me autocito
AntonioAragon escribió:Yo estoy ralladisimo, no tengo obligación de hacer la declaración, ya que no cumplo los requisitos para tener que hacerla, pero como suelo ganar concursos, pues digo "oye, voy a mirar" y me sale a devolver 600 y poco €, de un premio que gané en Diciembre, todo bien hasta que mi pregunta es,... si en mi nomina me indica que me quitan de irpf 0, ¿de donde me han retenido, para devolverme ahora esto?¿Les han retenido a los que me han dado el premio? En este caso el premio a declarar ha sido un viaje que viene especificado perfectamente en el borrador, con datos de la empresa que lo cede y la cantidad.

Alguien que me ilumine?
Cuando consulto el estado de mi confirmación me dice esto:

Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria.

Que significa ? Esta aceptada ya o no ??
[sonrisa]
A-Manuel escribió:¿Alguien que entienda de declaraciones de renta puede ayudarme?

He conseguido el borrador y tengo que añadir la deducción por alquiler de vivienda habitual, pero mi caso es el siguiente:

El total del piso que tenía alquilado (tres personas más y yo) era de 900 euros, por lo que cada uno pagábamos 225 euros mensuales. Como yo era el responsable de realizar los pagos, las otras personas me daban a mí el dinero en mano y yo se lo ingresaba todo junto al casero.

¿Cómo debería hacerlo para rellenar las casillas de deducción del alquiler?

Gracias de antemano.


Me autocito a ver si alguien puede ayudarme.

Gracias.
Zorronoxo escribió:Cuando consulto el estado de mi confirmación me dice esto:

Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria.

Que significa ? Esta aceptada ya o no ??



Que si, que esta aceptada,con suerte hoy o mañana tienes el dinero ingresado.

A-manuel, depende de lo que ponga el contrato de alquiler, si estais los 4, te desgrava lo que tú pagas, si sólo esta uno el único que se desgrava es el que aparece en el contrato...incluso la totalidad de ese alquiler, es el que sale en los papeles.

Por cierto, el casero tiene que haber dado de alta ese alquiler, sino es así, existe la posibilidad que en una paralela pidan al inquilino devolver lo recibido, aunque no sea culpable de que el casero no haya depositado la fianza en el órgano correspondiente que depende de cada comunidad autónoma.
maponk escribió:Más claro

Imagen

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Muchas gracias!!! Joder que torpe soy!! jejeje

Ahora que he conseguido entrar a las opciones no hay ninguna para confirmar, y el borrador me pone que es "borrador de declaración no confirmable" supongo que no puedo confirmar entonces no?
Ami me sale que el numero de cuenta que meto no es el correcto, no lo entiendo. Meto mi numero de cuenta de siempre, tengo el mismo desde siempre vaya, y me dice eso que no es el correcto, no se que numero de cuenta quiere que meta.... llevo 1 año sin ingresar una perra en mi cuenta pero no creo que sea por eso no? vamos es que yo ya no se que pensar.
Borrador de declaración no confirmable
Este tipo de borrador se envía a aquellos contribuyentes que, teniendo perfil de borrador, no están obligados a presentar declaración de Renta (según establece la Ley del Impuesto ) y el resultado de la liquidación del borrador es a ingresar.
No se acompaña de un documento de ingreso o devolución, para evitar que, por error, el contribuyente realice un ingreso que no tiene obligación de efectuar. Sirve únicamente como información, salvo que, eventualmente, se considere que hay que corregirlo y que,a resultas de esa modificación, el resultado fuera a devolver o se convierta en obligado a declarar. Si se efectúa una rectificación en este sentido, se recibirá el borrador modificado, que ya sí irá acompañado del documento de ingreso o devolución, para que se pueda confirmar y solicitar la devolución correspondiente.

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.in ... icar.shtml
maponk escribió:Borrador de declaración no confirmable
Este tipo de borrador se envía a aquellos contribuyentes que, teniendo perfil de borrador, no están obligados a presentar declaración de Renta (según establece la Ley del Impuesto ) y el resultado de la liquidación del borrador es a ingresar.
No se acompaña de un documento de ingreso o devolución, para evitar que, por error, el contribuyente realice un ingreso que no tiene obligación de efectuar. Sirve únicamente como información, salvo que, eventualmente, se considere que hay que corregirlo y que,a resultas de esa modificación, el resultado fuera a devolver o se convierta en obligado a declarar. Si se efectúa una rectificación en este sentido, se recibirá el borrador modificado, que ya sí irá acompañado del documento de ingreso o devolución, para que se pueda confirmar y solicitar la devolución correspondiente.

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.in ... icar.shtml


Acabo de leerlo por internet y venia a ponerlo, que tengo que pagar pero que no estoy obligado a ello. Pues nada a olvidarme.

Muchas gracias por tu ayuda!! [oki]
Cada vez me retienen mas pero me devuelven menos dinero... en fin...

Una cosa... en los documentos del final aparece los datos fiscales, aparece los de mi curro, los de la hipoteca, y el dinero a plazo fijo que tengo metido en el Santander, o eso creo, pone "Impos. a plazo"

Lo que no veo es que no me aparece nada del seguro del hogar, ¿o ya va incluido en los datos de la hipoteca que aparecen? yo creo que no, porque solo pone que aparezco al 50% en la hipoteca.
maponk escribió:
Zorronoxo escribió:Cuando consulto el estado de mi confirmación me dice esto:

Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria.

Que significa ? Esta aceptada ya o no ??



Que si, que esta aceptada,con suerte hoy o mañana tienes el dinero ingresado.

A-manuel, depende de lo que ponga el contrato de alquiler, si estais los 4, te desgrava lo que tú pagas, si sólo esta uno el único que se desgrava es el que aparece en el contrato...incluso la totalidad de ese alquiler, es el que sale en los papeles.

Por cierto, el casero tiene que haber dado de alta ese alquiler, sino es así, existe la posibilidad que en una paralela pidan al inquilino devolver lo recibido, aunque no sea culpable de que el casero no haya depositado la fianza en el órgano correspondiente que depende de cada comunidad autónoma.


Muchas gracias por tu respuesta.

En el contrato de alquiler figurabamos las cuatro personas, así que entiendo que solo tengo que poner el importe que yo haya pagado cada mes.

Respeto a la fianza, eso estoy leyendo, que el casero ha debido tener la obligación de depositar esa fianza en el organismo correspondiente, y que sino me puede penalizar. Le he pedido a mi antiguo casero que me dé una copia de dicho recibo, a ver si hay suerte. Acabo de leer en una web que si el casero no ha depositado esa fianza en el organismo correspondiente se puede pedir una inspección paralela y que finalmente podrían darme la razón para deducirme ese alquiler, ¿qué hay de cierto en eso?
Hispanograna escribió:Cada vez me retienen mas pero me devuelven menos dinero... en fin...

Una cosa... en los documentos del final aparece los datos fiscales, aparece los de mi curro, los de la hipoteca, y el dinero a plazo fijo que tengo metido en el Santander, o eso creo, pone "Impos. a plazo"

Lo que no veo es que no me aparece nada del seguro del hogar, ¿o ya va incluido en los datos de la hipoteca que aparecen? yo creo que no, porque solo pone que aparezco al 50% en la hipoteca.



Los de lo bancos son tan cabrones que son ellos los que se ponen los seguros de vida y de hogar que tú pagas en sus asuntos fiscales ...Todo esos seguros obligatorios según hipoteca puedes desgravartelos sin NINGÚN problema, diga lo que diga el del banco.

A-manuel, tu pones tu parte proporcional, en el caso hipotético que te hicieran paralela,seria un problema pero mucho peor para el casero, él sabrá. (tu tendrás que devolver lo recibido por alquiler y demandar por daños y perjuicios al casero, que además estará siendo penetrado por hacienda)
Bien, acabo de llamar a un asesor por el tema del SEGURO DE HOGAR.

Dice que los seguros de hogar en plan contra incendios, robos, ect... NO ENTRAN, el que te entra es el que va asociado a la hipoteca como seguro de vida o de invalidez por si te pasa algo y quite parte del dinero de la hipoteca o toda la hipoteca... ese si. Otra cosa es que vaya todo metido en el mismo saco, entonces te pueden meter todo junto y no creo que se den cuenta.

Otra cosa, en el borrador creo que no aparecen SINDICATOS, lo digo porque los sindicatos tambien desgravan y no suelen aparecer en los borradores.
Asi que algunos ya van cobrando, lo que dije justo ayer. Un saludo.
Hispanograna escribió:Bien, acabo de llamar a un asesor por el tema del SEGURO DE HOGAR.

Dice que los seguros de hogar en plan contra incendios, robos, ect... NO ENTRAN, el que te entra es el que va asociado a la hipoteca como seguro de vida o de invalidez por si te pasa algo y quite parte del dinero de la hipoteca o toda la hipoteca... ese si. Otra cosa es que vaya todo metido en el mismo saco, entonces te pueden meter todo junto y no creo que se den cuenta.

Otra cosa, en el borrador creo que no aparecen SINDICATOS, lo digo porque los sindicatos tambien desgravan y no suelen aparecer en los borradores.


Pues yo como asesor te aseguro que entran siempre y cuando el banco te obligue a tenerlos contratados por el tema de la hipoteca, otra cosa es que te los contrates tu por que quieras, pero si el bancto te ha obligado a ello, es gasto deducible. Es muy normal que el banco te obligue a tener el seguro de vida y el de incendios por lo que son totalmente deducibles. Y no dicho por mi, si no en unas cuantas inspecciones de rentas.

AntonioAragon escribió:Me autocito
AntonioAragon escribió:Yo estoy ralladisimo, no tengo obligación de hacer la declaración, ya que no cumplo los requisitos para tener que hacerla, pero como suelo ganar concursos, pues digo "oye, voy a mirar" y me sale a devolver 600 y poco €, de un premio que gané en Diciembre, todo bien hasta que mi pregunta es,... si en mi nomina me indica que me quitan de irpf 0, ¿de donde me han retenido, para devolverme ahora esto?¿Les han retenido a los que me han dado el premio? En este caso el premio a declarar ha sido un viaje que viene especificado perfectamente en el borrador, con datos de la empresa que lo cede y la cantidad.

Alguien que me ilumine?



Tranquilo, está bien. El viaje es un rendimiento es especie que conlleva un ingreso a cuenta que a los efectos es praticamente lo mismo que las retenciones de los intereses. Si el viaje costó por ejemplo 2500€, a ti te han imputao como regalo 2500+600€ de este ingreso a cuenta, te pagaron el viaje y la retención del regalo.
Si tu nivel de renta digamos que no es gran cosa, es normal que a la hora de liquidar con hacienda te salga a devolver este ingreso a cuenta, por lo que a parte de regalarte el viaje, te han hecho un regalito de 600€.

Felicidades.
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