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davile escribió:No trateis mal al betis,que siempre se ha llevado bien con el madrid.y no es por na pero el madrid no se suele llevar muy bien con muchos equipos.Por algo sera.
A ustedes lo que os molesta de que lopera halla dicho eso es porque de una forma u otra a insinuado(eso es lo que crreis los madridistas) que el valencia SI tiene posibilidades de coger al barça y el madrid no.
EMo-Kun escribió:Odias a muerte al Madrid verdad?
betiferico escribió:EL REAL BETIS, EL EQUIPO QUE MÁS SIMPATÍA LEVANTA EN ANDALUCÍA
El pasado domingo, el diario ABC, publicaba una encuesta realizada por Metroscopia, en la que consideraba al Real Betis Balompié el equipo que más simpatía despierta de los cuatro de esta Comunidad que juegan en Primera División del fútbol español.
Entre los ciudadanos de las cinco provincias andaluzas que no cuentan con equipos en Primera(Almería, Córdoba, Granada, Huelva y Jaén), el Betis es el que goza de mayoras simpatías, pero incluso en la propia Sevilla, el 53% dice sentir mayor simpatía por el Real Betis que por el Sevilla (36%). Siete de cada diez gaditanos y la misma proporción de malagueños sienten mayor simpatía por los equipos de su ciudad.
Un 42% de andaluces opinan que el Betis es, de los cuatro equipos andaluces que juegan en Primera División, el que mejor representa a Andalucia, seguido del Sevilla(27%), el Cádiz (9%) y el Málaga (7%). En las ocho provincias, el Betis es mencionado por un mayor número como mejor representante de la Comunidad, especialmente en Huelva (56%) y en la propia Sevilla (50%). A la pregunta de los cuatro equipos andaluces que juegan en Primera, ¿Por cúal siente más simpatía? Gana el Real Betis Balompié.
Fuente: http://www.realbetisbalompie.es/noticias/comunicados.html?id=2216
davile escribió:Y porque no ia a serlo,haber si no es el Betis el sevilla,el cadiz o el sporting de la caleta,no va a ser ni el madrid ni el barça ni el bilbao,que tienen de andaluces lo que yo de catalan,
PD:creo que no has entendido vien la noticia,leetela bien de nuevo a ver si te das cuenta donde has metido la pata.
ubn escribió:El que ha metido la pata es el tonto que ha hecho una noticia asi, que como ya he dicho, el que se la crea es que es tonto igual que el que la ha escrito
en la que consideraba al Real Betis Balompié el equipo que más simpatía despierta de los cuatro de esta Comunidad que juegan en Primera División del fútbol español.
¿cual es el equipo de catalunya que mas simpatia te da?
davile escribió:
Bueno a ver como te lo explico para que lo entiendas
DE LOS 4 ANADALUCES DE 1º DIVISION,no de toda la 1º division,sino de los 4 ANDALUCES de primera division.No han preguntado:
si no cual de ANDALUCIA,a ver si asi explicandotelo de esta manera lo entiendes,porque que a ti te caiga mal el Betis no quiere decir que a todos les caiga mal el Betis.
betiferico el Atletico Sanluqueño(el de mi pueblo)tambien van de verde y blancosXd,Ya se que este no cuenta
Saludosssssssss
ubn escribió:
Se ve que de donde no hay no se puede sacar.
Si esas encuestas, y los 40mil socios de los que siempre faltan 10mil os hacen felices, mis mas sinceras enhorabuenas
ubn escribió:Se ve que de donde no hay no se puede sacar.
ubn escribió:Si esas encuestas, y los 40mil socios de los que siempre faltan 10mil os hacen felices, mis mas sinceras enhorabuenas
ASUNTO PENAL
Nº 295/05
S E N T E N C I A NÚM. 405
En la Ciudad de Sevilla a 14 de diciembre de 2005
Vista en juicio oral y público, por la Ilma. Sra. D.ª ENCARNACIÓN GÓMEZ CASELLES, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal núm. Diez de esta Capital, la causa penal seguida por los trámites del Capítulo III, Título III, Libro IV de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, con el núm 295/05, contra el acusado Manuel Ruiz de Lopera Avalos, con D.N.I. núm.28329412-J, nacido el 13/08/44, hijo de Luis y de Encarnación, natural de Sevilla, solvente, sin antecedentes penales, en libertad por esta causa, representado por el Procurador D. José Luis Arrendado Prieto y defendido por el Letrado D. Manuel Castaño Marín, y por la Acusación Particular el Abogado del Estado representado por Miguel Angel Gilabert y el Ministerio Fiscal representado por D. Arcadio Martínez Henares, resultan los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por turno de reparto correspondió a este Juzgado el conocimiento y fallo del Procedimiento Abreviado instruido por el Juzgado de Instrucción núm. 17 de Sevilla , con el número 114/04 registrado en este Juzgado como Asunto Penal el día 25-08-05 con el número 295/05, celebrándose el juicio oral el día 14-12-05, conformándose la defensa con el escrito de acusación formulado por el Ministerio Fiscal, CONFORMIDAD RATIFICADA POR EL ACUSADO antes de iniciarse la práctica de la prueba.
SEGUNDO.- El Fiscal en su calificación definitiva estimaba que habían quedado acreditados unos hechos constitutivos de dos delitos contra la hacienda publica A ) y B) previstos y penados en el artículo 305-1º letra b) del Código Penal , SIENDO PENALMENTE RESPONSABLE DE AMBOS EN CONCEPTO DE AUTOR EL ACUSADO, MANUEL RUIZ DE LOPERA AVALOS, con la concurrencia de la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal de reparación del daño del artículo 21.5 del Código Penal, como muy cualificada en los dos delitos, solicitando en el acto del juicio para el acusado las siguientes penas: Por el delito A) 7 meses y 15 días de prisión, que se sustituirán por quince meses de multa con una cuota diaria de 80 euros con responsabilidad personal en caso de impago; una multa de 101.859.056 pesetas, con tres meses de arresto sustitutorio en caso de impago; privación de la posibilidad de obtener subvenciones y ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la seguridad , por un período de 1 año; costas del proceso.
Por el delito B): 7 meses y 15 días de prisión, que se sustituirán por quince meses de multa con cuota diaria de 80 euros con responsabilidad personal en caso de impago; una multa de 211.013.684 pesetas, con tres meses de arresto sustituitorio en caso de impago; privación de la posibilidad de obtener subvenciones y ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la seguridad por un período de 1 año y costas del proceso.
El Abogado del Estado se adhirió a la petición del Ministerio Fiscal
HECHOS PROBADOS
Resulta probado y así se declara que el acusado , Manuel Ruiz de Lopera y Avalos, mayor de edad , sin antecedentes penales, realizó los siguientes hechos:
En su calidad de Presidente y Consejero Delgado del Real Betis Balompié Sociedad Anónima Deportiva, domiciliada en Sevilla , (a partir de ahora R.B.B.S.A.D.) Manuel Ruiz de Lopera para reducir indebidamente el pago a la Hacienda Pública Española del pago del Impuesto de Sociedades, que la referida entidad debía realizar como consecuencia de la actividad económica de la misma, concertó con Técnica y Garantía del Deporte S.A. ( a partir de ahora T.E.G.A.S.A.), igualmente domiciliada en Sevilla , un contrato de fecha 30 de abril de 1993, que denominaron de “ arrendamiento y prestación de servicios” por el cual el R.B.B.S.A.D. arrendaba la explotación de su actividad a T.E.G.A.S.A., a cambio de una suma económica con la que se aseguraba la viabilidad económica del Club, preservándole de los inciertos resultados económicos que pudieses obtener de su actividad deportiva.
Así mismo se firmaron dos contratos de arrendamientos con fecha 4 de agosto de 1997 en virtud de los cuales el R.R.B.S.A.D. arrendaba su estadio y Ciudad Deportiva, sitos ambos en Sevilla, a T.E.G.A.S.A.
Ninguno de los anteriores contratos tuvo materialización en la práctica y tampoco TEGASA realizó actividad alguna en las sedes deportivas mencionadas. Si bien es cierto que T.E.G.A.S.A. realizó determinados actos de mediación en la actividad del R.B.B.S.A.D. que fueron remunerados.
Con los contratos anteriores se conseguía modificar las bases en las relaciones tributarias entre el R.B.B.S.A.D. y T.E.G.A.S.A. con la Hacienda Pública ya que T.E.G.A.S.A hacía suyos la mayoría de los resultados económicos del R.B.B.S.A.D. imputándose este solo los ingresos provinentes del pago del arrendamiento
Tanto el R.B.B.S.A.D. como T.E.G.A.S.A. incluyeron en sus declaraciones del Impuesto de Sociedad todos los ingresos que ambos obtuvieron por el desarrollo de su actividad negocial y de la actividad deportiva.
Sin embargo al no imputarse el R.B.B.S.A.D. los ingresos y gastos que le eran propios que se imputaban a T.E.G.A.S.A. , determinaron en las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades de los ejercicios 96797 y 97/98 que la base del impuesto no fuese la correcta debiendo modificarse las declaraciones para concretar la cuota real del impuesto, ya que, a su vez, se contabilizaron como gastos deducibles conceptos que el R.B.B.S.A.D., dirigido por el acusado, no ha podido justificar que mereciesen tal calificación.
CON LA INTENCIONADA CONDUCTA ANTERIORMENTE DESCRITA SE PRODUJO UN PERJUICIO A LA HACIENDA PÚBLICA en los ejercicios 1996/97 y 1997/98.
Para su determinación se hace preciso corregir en los términos que seguidamente se concretan las declaraciones del impuesto sobre sociedades presentadas por el Club introduciendo los siguientes ajustes:
Ejercicio 1996/97:
La declaración del Impuesto de Sociedades efectuadas por el R.B.B.S.A.D. debe modificarse en lo siguiente, y sin perjuicio de la regularización por parte de la Agencia Tributaria de aquéllas operaciones no incluidas a continuación en sede administrativa:
1º.- Incluir como ajuste positivo 42562500 pesetas (273.977euros) provinentes de la amortización que efectúa T.E.G.A.S.A. en su declaración del jugador Albert Nadj, que no realizó en realidad.
2º.- Incluir como ajuste positivo la cantidad de 240.038.500 pesetas (1.443.406 euros) derivado de la declaración efectuada por T.E.G.A.S.A. como gasto de dicha suma, gasto que se concretaba en pagos realizados por una presunta opción de compra de jugadores al Club de Fútbol C.S.K. de Moscú, cuando en realidad no se había efectuado.
3º.- Incluir como ajuste positivo la cantidad de 50.000.000pesetas ( 300.661 euros) que T.E.G.A.S.A. había incluido en su declaración como correspondiente a un pago, no efectuado, a la Compañía de Servicios Europeiskisport.
Con dichos ajustes resulta una cuota defraudada por el R.B.B.S.A.D. de 116.410.350 pesetas (706.000 euros) , sin perjuicio de la regularización por parte de la Agencia Tributaria de aquéllas operaciones no incluidas en este escrito relativas al Real Betis Balompié SAD y a TEGASA.
A su vez los mencionados ajustes suponen que en la declaración de T.E.G.A.S.A. resulte una cuota a devolver de 1.038.148 pesetas (6.242 euros ) y los correspondientes intereses.
Ejercicio 1997/98:
En la declaración del Impuesto de Sociedades efectuadas por el R.B.B.S.A.D. debe modificarse lo siguiente y sin perjuicio de la regularización por parte de la Agencia Tributaria de aquéllas operaciones no incluidas a continuación en sede administrativa:
1º.- Ajuste negativo de 18.000.000 pesetas (108.238 euros) derivados del ingreso ficticio por arrendamiento no realizado del estadio deportivo y la ciudad deportiva a T.E.G.A.S.A.
2º.- Ajuste positivo de 72.320.086 pesetas (434.877 euros) derivado de amortización no efectuada y salario contabilizado como devengado al jugador Denilson de Olivaira y no pagado al mismo.
3º.- Ajuste positivo de 52.392.500 pesetas (315.048 euros ) derivados del inexistente gasto declarado como cierto para adquisición de entradas, luego teóricamente regaladas , para el final de la copa de 1997.
4º.- Ajuste positivo de 21.551.724 pesetas (129.594 euros) derivado de pago declarado y no efectuado a Cassioppeia Comercial L.D.A.
5º.- Ajuste positivo de amortización declarada pero no efectuada por T.E.G.A.S.A. de 42.562.00 pesetas (255.802 euros) referida al jugador Albert Nadj.
6º.- Ajuste positivo de 50.000.000 pesetas ( 300.661 euros) referida a la operación ficticiamente incluida en la declaración de T.E.G.A.S.A. y que corresponde a un pago no efectuado a Servicios Europeiski Sport.
7º.- Ajuste positivo de 321.970.475 pesetas (1.936.082 euros) derivado de pago de obra en estadio “ Ruiz de Lopera” declarando como deducible en su declaración por T.E.G.A.S.A en su declaración como deducibles, por la misma razón que el párrafo anterior.
8.- Ajuste positivo de 183.407.924 pesetas( 91.906 euros) derivado del pago de obras en la ciudad deportiva que no son deducibles, por la misma razón que el párrafo anterior.
9º.- Ajuste negativo de 15.283.994 pesetas (91.906 euros) por amortización indebida del inmovilizado Ciudad deportiva declarada por T.E.G.A.S.A.
Todo lo anterior supone que la cuota defraudada a la Hacienda Pública sólo en la temporada 1997-98 es de 241.158.496 pesetas (1.450.141 euros), sin perjuicio de la regularización por parte de la Agencia Tributaria de aquéllas operaciones no incluidas en este escrito relativas al Betis y a Tegasa, por proceder su regularización en sede administrativa.
En este ejercicio y con los ajustes mencionados resulta una cuota a devolver en T.E.G.A.S.A. de 81.297.157`pesetas y los correspondientes intereses.
El acusado Manuel Ruiz de Lopera Avalos ha ingresado -deducción hecha de las cantidades expuestas en el párrafo siguiente en el Juzgado instructor la cantidad de 116.410.350 pesetas (706.000 euros) para hacer efectiva la totalidad de la cuota defraudada correspondiente al RBBSAD ejercicio 1996/97 y 241.158.496 pesetas( 1.450.141 euros) para hacer efectiva la totalidad de la cuota defraudada correspondiente al RBBSAD ejercicio 1997/98, correspondiente a las operaciones relacionadas en este escrito. Asimismo, ha ingresado los correspondientes a los intereses de demora tributarios.
TEGASA ha presentado en el Juzgado escrito en el que aplica la cantidad que le corresponde por la devolución de T.E.G.A.S.A. ejercicio 1996/97 y 1997/98 (1.038.148 pesetas (6.242 euros) y 81297.157 pesetas (488613 euros ) , así como sus intereses al pago de la responsabilidad civil derivada de este escrito, del Real Betis Balompié S.A.D.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Los hechos declarados probados son legalmente constitutivos de dos delitos contra hacienda pública A) y B) previstos y penados en el artículo 350.1 letra b) del Código Penal y han quedado debidamente acreditados por expreso reconocimiento del acusado, quien mostró conformidad con el contenido del escrito de acusación formulado por el Ministerio Fiscal, al igual que el Letrado defensor, y por tanto, a la vista de la naturaleza de la pena solicitada procede dictar sentencia conforme a la calificación formalmente aceptada en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 655 y 787 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
SEGUNDO.- De dicho delito es responsable criminalmente en concepto de autor, el acusado, Manuel Ruiz de Lopera Avalos, directa y voluntariamente los hechos que lo integran conforme a lo dispuesto en el art. 27 del Código Penal.
TERCERO.- En la realización del referido delito ha concurrido la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal atenuante muy cualificada de reparación del daño del artículo 21.5 del Código Penal
CUARTO.- Los arts. 123 y 124 del Código Penal y 239 y 242 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, determinan los criterios de imposición de las costas y los conceptos comprendidos en las mismas, y de conformidad con lo establecido en dichos preceptos, el acusado deberá hacerse cargo de todas las costas causadas.
F A L L O
Que debo condenar y condeno como responsable al acusado, MANUEL RUIZ DE LOPERA AVALOS ,de dos delitos contra la Hacienda Pública A) y B), ya definidos, con la concurrencia de la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal muy cualificada de reparación del daño en ambos delitos a las siguientes penas:
Por el delito A) la pena de 7 meses y 15 días de prisión; pena sustituida por quince meses de multa con cuota diaria de 80 euros con responsabilidad personal caso de impago; una multa de 101.859.056 pesetas, con tres meses de arresto sustitutorio en caso de impago; privación de la posibilidad de obtener subvenciones y ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la seguridad por un periodo de 1 año costas.
Por el delito B) la pena de 7 meses y 15 días de prisión pena sustituida por quince meses de multa con cuota diaria de 80 euros con responsabilidad personal caso de impago; una multa de 211.013.684 pesetas, con tres meses de arresto sustitutorio en caso de impago; privación de la posibilidad de obtener subvenciones y ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la seguridad por un periodo de 1 año y costas.
Para el cumplimiento de la pena privativa de libertad declaro de abono el tiempo que haya estado privado de libertad por la presente causa, siempre que no le hubiera sido computado en otra.
Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles que la misma es firme contra la que no cabe interponer recurso alguno.
Así por esta mi Sentencia, de la que se unirá certificación a las actuaciones originales, incorporándose la presente al Libro de Sentencias de éste Juzgado, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACION.- Dada, leída y publicada ha sido la anterior Sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez que la suscribe, hoy, día de la fecha, con ocasión de celebrar Audiencia Pública, doy fe.
ryoga escribió:ahora todos los presidentes de futbol son santos....
florentino perez... UN SANTO
lendoiro ... OTRO SANTO
laporta ... OTRO SANTO
betiferico escribió:Muchodeporte o Muchacalumnia.... Que se puede esperar de una web hecha por Sevillistas...
davile escribió:Pues si,que se puede esperar,lo que me extraña es que lo diga el señor "ubn" al que se le ve a leguas que es mas ntibetico que sevillista, y que casualmente tienen un presidente mas mafioso que el Betis,ya que el hace lo mismo pero con estudios,asi que no se a que viene poner esto.El señor del Nido hace lo mismo la unica diferencia es que con el despacho de abogados lo blanquea todo,pero eso no quiere decir que no lo haga o no sea un MAFIOSO.
betiferico escribió:No, si a hora resulta que en Muchacalumnia son béticos.... Lo que tiene que oir uno...
EL REAL BETIS BALOMPIÉ INFORMA
Imagen de la noticiaEl Consejo de Administración del Real Betis Balompié S.A.D, ante las noticias infundadas y carentes de cualquier verosimilitud, informa al beticismo en general que la accionista mayoritaria del Real Betis Balompié S.A.D no ha vendido sus acciones a persona física o jurídica alguna, ni ha tenido contacto o negociación para tal fin, y ello a pesar de las ofertas recibidas.
Estas noticias carentes de cualquier veracidad no van a distraer al Club de centrarse exclusivamente en el aspecto deportivo, para seguir obteniendo resultados positivos. Del mismo modo, el Presidente del Consejo de Administración Sr. Ruiz de Lopera sigue diariamente ejerciendo sus funciones ejecutivas con la misma dedicación que el primer día y motivando a todos los profesionales para conseguir las más altas cotas deportivas.
betiferico escribió:No hay que buscar mucho en el foro oficial de mi club para encontrar el rechazo de los aficionados a esa panda de Palanganas
http://www.realbetisbalompie.es/foro/viewtopic.php?t=12658&highlight=muchodeporte
http://www.realbetisbalompie.es/foro/viewtopic.php?t=10676&highlight=muchodeporte
http://www.realbetisbalompie.es/foro/viewtopic.php?t=10218&highlight=muchodeporte
ubn escribió:Lo que opines tu, o lo que opinen los "elementos" que pululan por ese foro me trae sin cuidado, ya que se de sobra que Sevillistas no son precisamente, ya que se de sobra quienes son y se como son.
davile escribió:
Es mas o menos lo que hacen en muchodeporte o deportesevilla con la unica diferencia que ahi los sevillistas tienen una publicacion donde verter sus opiniones.Es como el marca o el diario sport,y el que diga que no son madridistas o cules los dueños de esos periodicos es que no vive en este planeta o como otros se lo quieren creer ellos solitos.
Pero en fin,ubn,tu sabras lo que te dices,porque desde luego,mucha mucha razon no es que lleves.
Y ademas creo que la aficion de sevilla(la del futbol) tienen tan malas relaciones por gente como tu,tan antidelotroequipo, un buen aficionado o hicha,defiende a su equipo,va al campo a verlo jugar y todo lo que conlleva ser de un equipo,que eso mas o menos es lo que hace cualquier buen aficionado a un equipo,pero sobre todo y lo mas importante es que todo eso lo hace sin importarle lo que hacen el resto de los equipos,sea su maximo rival o sea amigo suyo de toda la vida.Eso es lo que diferencia a un buen hincha y a otros.
Con esto no digo que en el Betis no haya de esos,que los hay,igual que en todos los equipos,por desgracia,que despues son los que ensucian la imagen de una aficion en el campo,cuando se le tiran monedas a los arbitros,cuando se les pega a guardas jurados de tu propio estadio,o cuando se tiran vengalas con el peligro de darle a un niño y matarlo.
Saludosssssssssss
edito:lo que digo lo digo por tus comentarios,y las formas con las que lo haces,de forma un poco radical.
betiferico escribió:Recuerda que un Sevillista puede ser o no antibetico, pero un bético, por lo menos deberia ser antisevillista.
davile escribió:Te veo un tanto picadillo no ubn,me recuerdas a ciertas personas pero no voy a entrar ahi,el que se pica ajos come.
Lo unico que se de fuente independiente es que el betis y el sevilla eran una peña,se llamaba peña betica de futbol,y eso era cuando el unico equipo andaluz de futbol era el recre de huelva,por cosas que tu mencionas y no quieres asumir se separaron formando el sevilla fc y el betis,si esa historia no te la quieres creer o no la aceptas me da igual,es lo que hay,es como que la tierra es redonda y tu no la quieres ver asi,pues nada no la veas.
Por otra parte en este hilo en concreto no pienso discutir con nadie y menos contigo sobre el sevilla o el betis,aqui vierto opiniones sobre mi equipo y n sobre otros equipos,para eso existen los hilos de los otros equipos,que si te das cuenta como me da exactamente igual tu equipo pues no aparezco por ese hilo,y si entre hace bastante un par de ocasiones,pero no discuti ni dije nada malo(aunque fuera cierto o no) sobre tu equipò.
Lo del sentimiento antibetico si y sevillista tambien porque no se que pero antisevillista y betico no o algo asi es una tonteria tal que no pienso comentarla mucho,ya que aunque fuera cierto con los años que tienen el mundo avanza y la sociedad evoluciona,por lo que ciertos aspectos no se deberian de tener en cuenta o seguir con ellos,por ello es mi ultima contrarrespuesta a una respuesta tuya siempre y cuando la considere fuera de tono y con actiud atacante a mi equipo,pasare a hacer lo que hacen otros del hilo que es no responder o entrar al trapo a ese tipo de opiniones.
Que uno sea hincha hasta la muerte in importarle nada y antiqueporival hasta la muerte no quiere decir que hagas mucho por tu equipo,pudiendo estar aqui sentado haciendo mas que tu por el tuyo.No dudo que no hagas mucho por tu equipo,pero no pongoas en duda lo que yo hago por el mio.
Bueno y sin mas decir que todo lo que aqui digo son simples opiniones y que no quiero que ello conlleve a llevarme mal con nadie,menos aun con un sevillista,para demostrar que el ser rivales por los equipos de esa manera es cuestion de cada persona y no de toda la aficion.
Saludossssssssss
Y por supuesto VIVA EL BETIS
ubn escribió:Eso si, la historia de que el betis procede del Sevilla es algo totalmente falso y que ya ha quedado mas que demostrado, y sino, para algo estan las hemerotecas
betiferico escribió:Parece que alguno no logra entenderlo. Vamos a ver, es muy sencillo.
ubn escribió:Hay taaaaaaaaaaaantas, pero vamos, que os las creais o no, para mi es lo de menos, pero dejad de MENTIR diciendo que el betis procede del SEVILLA FUTBOL CLUB cuando es MENTIRA.
davile escribió:
Ya te lo he dicho,no decimos que el Betis salio del Sevilla,siempre emos dicho que el Sevilla es el que salio del Betis,os guste mas o menosXD
ubn escribió:
El Sevilla Futbol Club NO tiene nada que ver con el betis ni ahora y ni mucho menos en sus origenes.
betiferico escribió:
Afortunadamente
Diario de Navarra escribió:El Betis tuvo sus orígenes en 1907 con el nombre de Sevilla Balompié, muy ligado a la Escuela Politécnica de Sevilla. Los hermanos Castillo, los Hermosa y los Wesolowsky figuran entre los que hicieron posible la creación de un club que mantuviese una rivalidad con el Sevilla, el otro equipo de la ciudad.
El Betis, propiamente dicho, nace en 1909, fruto de una escisión en el Sevilla que se produjo porque algunos del conjunto sevillista no quería contar con un futbolista porque era un «simple obrero». Esa escisión se fusionó con el Sevilla Balompié años después gracias a Papa Jones, un británico amante del fútbol que trabajaba en Sevilla, y de ahí nació el conjunto verdiblanco con Eladio García de la Borbolla a la cabeza. En 1914, el presidente por aquellos tiempos del club, Rodríguez de la Borbolla, consigue que el Rey Alfonso XIII otorgue al club el título de Real, lo que igualó la balanza con el Sevilla Balompié e hizo posible la fusión de ambos clubes, bajo la presidencia honorífica del Monarca español.
Con la fusión, nace una rivalidad inigualable entre los verdiblancos y el Sevilla. El primer partido del equipo bético se produjo en 1915 frente al Unión Andalucía Recreativo. En él, se eligieron los colores verde y blanco como distintivo del club, como si de un olivar se tratase. Ese mismo año, el Betis, sólo unos meses después de su efinitiva fusión, se proclama campeón de la Copa de Sevilla, venciendo en la final al Sevilla en los terrenos donde jugaba por entonces, el campo de la Enramadilla, ubicado en el Prado.
davile escribió:A ver si esto sirve de algo,que supongo que sera objetivo
Primera foto conocida del Betis
Y creo que ellos seran mas objeticos que nosotros,y por si acaso el enlace a la pagina
diario de navarra,historia del betis
yanosoyyo escribió:1914 + 50 = 1964
1907 + 50 = 1957
Bodas de oro = 1959
¿Qué quieres demostrar exactamente? xD
¿Tan importante es para el Sevilla, equipo que sigue sin tener muy claro cuándo es su centenario, la fecha de creación del Betis?
ubn escribió:Todos los Sevillistas tenemos muy claro la fecha del centenario de nuestro equipo (del 14/10/2005 al 14/10/2006), quien no lo tiene claro es el que no sabe contar.
yanosoyyo escribió:Este año estáis celebrando el centenario.
El año pasado la feria de abril fue dedicada al centenario del Sevilla.
El año pasado, Caparrós, por aquel entonces, entrenador del Sevilla y sevillista confeso dijo que eráis un equipo centenario. ¿Cuántos años dura vuestro centerio?
¿Si ganásemos la UEFA aplazaríais el centenario para el año que viene?
ubn escribió:
Si las elecciones se celebran un 10 de marzo, pero tu cumples 18 el dia 11 puedes votar?
Me da que no serias mayor de edad.
yanosoyyo escribió:
Pues lo siento mucho pero el diez de marzo seguirías sin tener 18 años. Por lo tanto, no digas que los tienes si no es cierto. Y desde luego, lo que no tiene sentido, es celebrar una fiesta de cumpleaños dos meses antes.
yanosoyyo escribió:Entonces, ¿qué era lo de la Feria de Abril del año pasado? ¿Un ensayo general?
¿Por qué hace 2 temporadas (año pasado) Caparrós se quejaba de los árbitros diciendo que el Sevilla era un equipo centenario? ¿Lo hacía para dar la nota?
Pero se supone que la feria de abril del centenario del Sevilla debería ser esta próxima. ¿Por qué, entonces, la celebraron el año pasado?ubn escribió:Lo de la feria de abril fue porque coincidia con el año 2005, y es una feria para todo el año.
Si hubiese ferias cada mes (ojala...) , hubiera sido en la de Octubre, no tengas duda.
ubn escribió:Y Caparros hace 2 años dijo que el SFC era un equipo "CASI Centenario", que no es lo mismo que lo que tu crees recordar que dijo.