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IvanQ escribió:DNKROZ escribió:Imagino que sí (de momento, hasta que saquen una ley que obligue a pagar más a las mujeres porque "tienen más gastos" (true story)), pero en más de 20 años de profesión nunca he podido comprobarlo, yo debo ser de los rarísimos que sus compañeras siempre ganan lo mismo que los compañeros para mismo puesto y horas... ¿qué cosas eh?
Pues te puedes llegar a sorprenderLa Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, tuvo por objeto hacer efectivo el principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de toda discriminación, directa e indirecta, de las mujeresEn este sentido, los poderes públicos están obligados a adoptar medidas específicas a favor de las mujeres cuando existan situaciones patentes de desigualdad de hecho respecto de los hombres. Tales medidas, que serán aplicables en tanto subsistan dichas situaciones, habrán de ser razonables y proporcionadas en relación con el objetivo perseguido en cada caso
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2019-3244
Gracias @Azsche por traernos un ejemplo tan claro de la discriminación hacia el hombre, se le puede pagar menos al hombre pero no a la mujer, si no, multa.
Lalilulelu escribió:Y no se puede llegar a entender que las medidas que salen desde los gobiernos vienen a solucionar una problemática real que existe?
En el caso de los salarios, viene a solucionar el problema de que hay mujeres cobrando menos que hombres aunque realicen las mismas actividades, en el sentido contrario es un problema que no existe.
https://www.google.de/amp/s/www.eldiari ... tml?espv=1
Entonces si no existe el problema de que los hombres cobren menos por el hecho de ser hombres, porque os sentis discriminados?
IvanQ escribió:Lalilulelu escribió:Y no se puede llegar a entender que las medidas que salen desde los gobiernos vienen a solucionar una problemática real que existe?
En el caso de los salarios, viene a solucionar el problema de que hay mujeres cobrando menos que hombres aunque realicen las mismas actividades, en el sentido contrario es un problema que no existe.
https://www.google.de/amp/s/www.eldiari ... tml?espv=1
Entonces si no existe el problema de que los hombres cobren menos por el hecho de ser hombres, porque os sentis discriminados?
Aunque no exista (que no me lo creo) significa que nunca existirá? Por qué es necesario discriminar? Incluir a los hombres les quita algún derecho a las mujeres?
Lalilulelu escribió:La verdad que me parece de risa que te sientas discriminado por unas medidas que solo intentan solucionar un problema que hay y que no te repercute a ti.
No se si cuando se legisle por los minusvalidos y quieran poner una rampa en las escaleras de tu edificio,te sientas discriminado porque tu quieres subir por las escaleras
IvanQ escribió:Lalilulelu escribió:La verdad que me parece de risa que te sientas discriminado por unas medidas que solo intentan solucionar un problema que hay y que no te repercute a ti.
No se si cuando se legisle por los minusvalidos y quieran poner una rampa en las escaleras de tu edificio,te sientas discriminado porque tu quieres subir por las escaleras
Un rampa inclusiva, que hace que todos puedan usar dicho acceso, la ley que pongo es todo lo contrario a inclusivo, solo la puede usar una parte de la población, es como si se hace una rampa exclusiva para minusválidos y se cierra todo tipo de acceso para los demás.
Lalilulelu escribió:Uh, un salario inclusivo que a ti no te va a hacer ganar menos dinero ni va a hacer que las mujeres ganen mas que los hombres
Lalilulelu escribió:Y no se puede llegar a entender que las medidas que salen desde los gobiernos vienen a solucionar una problemática real que existe?
En el caso de los salarios, viene a solucionar el problema de que hay mujeres cobrando menos que hombres aunque realicen las mismas actividades, en el sentido contrario es un problema que no existe.
https://www.google.de/amp/s/www.eldiari ... tml?espv=1
Entonces si no existe el problema de que los hombres cobren menos por el hecho de ser hombres, porque os sentis discriminados?
Podeis dar el ejemplo de vuestro puesto de trabajo todo lo que querais, que los estudios generales de toda la poblacion española da la razon a que las mujeres por norma general cobran menos.
Y por favor,dejar de decir que vengo con malas intenciones,cuando solo he venido a debatir. O acaso no se pueden dar opiniones contrarias a la corriente del hilo?
Voy a repetir algo que se decia dia si y dia tambien en el hilo de feminismo, si no os gustan las opiniones contrarias haceros un blog.
Y claro que soy un clon de alguien que se inmolo,yo creo que es bastante evidente
Azsche escribió:seaman escribió:Vamos, que has puesto una URL con brocha gorda a ver si cuela.
No pasa nada por no llevar razón, no te preocupes hombre.
No creo que haya leyes en España en contra de las mujeres la verdad, si encuentras alguna ponla en su hilo correspondiente.
Sin embargo, leyes en contra del hombre hay unas cuantas.
Si acusas de algo a alguien lo mejor es poner en que se equivoca, no hacer una generalización y poner una URL para demostrar que no tienes ni idea.
Los supuestos que he leído en la URL están en España como que las mujeres puedan votar o puedan presentarse a cargos públicos como que en la ley ponga que hay igualdad.
Vamos, que he puesto la URL para decir que el mensaje de @Reakl estaba mal desde que asumía que enarbolo "supuestas" discriminaciones que reconoce la ONU.
Si te vas a indignar con algo que diga alguien, lo mejor es entender antes a que se refiere.
Darxen escribió:Lalilulelu escribió:Y no se puede llegar a entender que las medidas que salen desde los gobiernos vienen a solucionar una problemática real que existe?
En el caso de los salarios, viene a solucionar el problema de que hay mujeres cobrando menos que hombres aunque realicen las mismas actividades, en el sentido contrario es un problema que no existe.
https://www.google.de/amp/s/www.eldiari ... tml?espv=1
Entonces si no existe el problema de que los hombres cobren menos por el hecho de ser hombres, porque os sentis discriminados?
Podeis dar el ejemplo de vuestro puesto de trabajo todo lo que querais, que los estudios generales de toda la poblacion española da la razon a que las mujeres por norma general cobran menos.
Y por favor,dejar de decir que vengo con malas intenciones,cuando solo he venido a debatir. O acaso no se pueden dar opiniones contrarias a la corriente del hilo?
Voy a repetir algo que se decia dia si y dia tambien en el hilo de feminismo, si no os gustan las opiniones contrarias haceros un blog.
Y claro que soy un clon de alguien que se inmolo,yo creo que es bastante evidente
seguro que no existe?
https://www.lavanguardia.com/tecnologia ... nismo.html
https://elpais.com/economia/2019/03/29/ ... 85598.html
dónde metemos esto entonces? :S
Lalilulelu escribió:Darxen escribió:Lalilulelu escribió:Y no se puede llegar a entender que las medidas que salen desde los gobiernos vienen a solucionar una problemática real que existe?
En el caso de los salarios, viene a solucionar el problema de que hay mujeres cobrando menos que hombres aunque realicen las mismas actividades, en el sentido contrario es un problema que no existe.
https://www.google.de/amp/s/www.eldiari ... tml?espv=1
Entonces si no existe el problema de que los hombres cobren menos por el hecho de ser hombres, porque os sentis discriminados?
Podeis dar el ejemplo de vuestro puesto de trabajo todo lo que querais, que los estudios generales de toda la poblacion española da la razon a que las mujeres por norma general cobran menos.
Y por favor,dejar de decir que vengo con malas intenciones,cuando solo he venido a debatir. O acaso no se pueden dar opiniones contrarias a la corriente del hilo?
Voy a repetir algo que se decia dia si y dia tambien en el hilo de feminismo, si no os gustan las opiniones contrarias haceros un blog.
Y claro que soy un clon de alguien que se inmolo,yo creo que es bastante evidente
seguro que no existe?
https://www.lavanguardia.com/tecnologia ... nismo.html
https://elpais.com/economia/2019/03/29/ ... 85598.html
dónde metemos esto entonces? :S
Has leido las noticias que has enlazado?
Porque google le ha puesto remedio y de inditex da un dato esclarecedor, que las mujeres representan el 75% de los trabajadores.
El problema que existe no es que en una empresa tengan que cobrar todos por igual. Sino que alguien cobre menos dependiendo del genero que seas
Schwefelgelb escribió:No has contestado a la pregunta.
seaman escribió:Se refiere a las leyes Viogen que en cuanto se es hombre se aplica más pena saltándose la igualdad ante la ley por raza, sexo, religión, etc.
Eso va contra los derechos humanos.
IvanQ escribió:Schwefelgelb escribió:No has contestado a la pregunta.
A ninguna en realidad, está claro que no viene a debatir, si no a retorcer todo para intentar llevar la razón.
Schwefelgelb escribió:Lalilulelu escribió:IvanQ escribió:A ninguna en realidad, está claro que no viene a debatir, si no a retorcer todo para intentar llevar la razón.
Menudas paranoias os montais alguno.
Que no he venido a debatir? Y que estoy haciendo entonces?
Tiene gracia que justo lo digais dos que tanto disteis por saco en el hilo de feminismo. A alguno no le vendría nada mal un poco de empatia, y ver que lo mismo que estais criticando ahora,se hizo encima multiplicado por 10 en el hilo de feminismo. Y yo no he faltado al respeto,asi que no se con que historias venis ahora.
Pero vamos, no se que empatia os voy a pedir si al minimo esfuerzo para intentar paliar una desigualdad,vosotros lo veis como un ataque a los hombres
Si no os gustan las opiniones contrarias,como decis muchos de vosotros,haceros un blog
Tiene narices que penseis que vengo aqui a destruir el hilo,cuando solo he dado mi opinion
@Schwefelgelb como que no he contestado a la pregunta? Otra cosa es que no quieras entenderlo o no te responda con la respuesta que tu quieres. Estas medidas vienen a solucionar el problema de brecha de genero que existe entre el hombre y la mujer. Cuando exista un problema en el que el genero masculino cobre menos que el feminimo,pues sera momento de solucionarlo.
No iba a malas, lo digo porque lo que has comentado es mentira, ya te lo han puesto y ya te lo dije yo antes. Claro que hay hombres cobrando menos que las mujeres por el mismo trabajo, incluso controlando por factores como antigüedad, formación, encargos, horas... Lo que pasa es que tanto hacia un lado como hacia el otro, la cifra es ínfima, por motivos evidentes: con las multas de centenares de miles de euros que hay por este motivo, cualquier supervillano machirulo se lo piensa dos veces antes de discriminar.
Lalilulelu escribió:Si no os gustan las opiniones contrarias,como decis muchos de vosotros,haceros un blog
Lalilulelu escribió:La verdad que me parece de risa que te sientas discriminado
Lalilulelu escribió:A alguno no le vendría nada mal un poco de empatia
Reakl escribió:No se si te has dado cuenta de que estaba cogiendo tu mensaje y le había cambiado el sexo. Yo no he defendido nada de lo que he escrito porque es tu mensaje. Y has sido tú el que has puesto el grito en el cielo y has empezado a defenderte contra esa postura. Y eso tiene un nombre.
kopperpot escribió:Un ejemplo práctico:
https://www.europapress.es/castilla-y-l ... 05455.html
No puedo dejar de imaginarme a la susodicha gritarles a los policias: “víctima de viogen lo será tu madre”
Azsche escribió:El colegio de arquitectos tiene que pagar una multa por discriminar positivamente a hombres
https://www.eldiario.es/economia/2-064- ... 11855.html
Azsche escribió:Reakl escribió:No se si te has dado cuenta de que estaba cogiendo tu mensaje y le había cambiado el sexo. Yo no he defendido nada de lo que he escrito porque es tu mensaje. Y has sido tú el que has puesto el grito en el cielo y has empezado a defenderte contra esa postura. Y eso tiene un nombre.
Me he dado cuenta perfectamente y por eso he sacado el link de las naciones unidas: porque darle la vuelta porque si, no funciona. No es una técnica que te haga un maestro de la oratoria ni demuestre ni desmienta nada, lo unico que te hace es estar equivocado.kopperpot escribió:Un ejemplo práctico:
https://www.europapress.es/castilla-y-l ... 05455.html
No puedo dejar de imaginarme a la susodicha gritarles a los policias: “víctima de viogen lo será tu madre”
Me encantan esos ejemplos prácticos de que a los hombres se les condena más con un caso en el que no ha habido ni juicio todavía. Bravisimo.
Lalilulelu escribió:Has leido las noticias que has enlazado?
Porque google le ha puesto remedio y de inditex da un dato esclarecedor, que las mujeres representan el 75% de los trabajadores.
El problema que existe no es que en una empresa tengan que cobrar todos por igual. Sino que alguien cobre menos dependiendo del genero que seas
Que puede haber en alguna empresa que las mujeres cobren mas? Coño, no se ha jodido que alhun caso habra. Pero repito,el problema es que se cobre menos dependiendo del genero
. es decir, tenemos un caso en el que los hombres cobran menos por el mismo trabajo, algo que comentabas que no existe.Según este informe, los Ingenieros de Software de Nivel 4 hombres recibían menos dinero que las mujeres en el mismo rol.
Lalilulelu escribió:IvanQ escribió:Schwefelgelb escribió:No has contestado a la pregunta.
A ninguna en realidad, está claro que no viene a debatir, si no a retorcer todo para intentar llevar la razón.
Menudas paranoias os montais alguno.
Que no he venido a debatir? Y que estoy haciendo entonces?
Tiene gracia que justo lo digais dos que tanto disteis por saco en el hilo de feminismo. A alguno no le vendría nada mal un poco de empatia, y ver que lo mismo que estais criticando ahora,se hizo encima multiplicado por 10 en el hilo de feminismo. Y yo no he faltado al respeto,asi que no se con que historias venis ahora.
Pero vamos, no se que empatia os voy a pedir si al minimo esfuerzo para intentar paliar una desigualdad,vosotros lo veis como un ataque a los hombres
Si no os gustan las opiniones contrarias,como decis muchos de vosotros,haceros un blog
Tiene narices que penseis que vengo aqui a destruir el hilo,cuando solo he dado mi opinion
@Schwefelgelb como que no he contestado a la pregunta? Otra cosa es que no quieras entenderlo o no te responda con la respuesta que tu quieres. Estas medidas vienen a solucionar el problema de brecha de genero que existe entre el hombre y la mujer. Cuando exista un problema en el que el genero masculino cobre menos que el feminimo,pues sera momento de solucionarlo.
raday escribió:Azsche escribió:El colegio de arquitectos tiene que pagar una multa por discriminar positivamente a hombres
https://www.eldiario.es/economia/2-064- ... 11855.html
Cojonudo, ojalá denunciasen más este tipo de asquerosas prácticas y llorasen menos, que a la postre es lo que cambia las cosas.
kopperpot escribió:Pensaba que lo conoceríais ya, porque tiene sus años:
El TS entendió que en caso de agresión mutua en pareja, el hombre comete delito de violencia de género
https://www.economistjurist.es/actualid ... de-genero/
- La actuación del acusado debe encuadrarse en el art. 153.1° del Código Penal, pues propinar un tortazo con la mano abierta en la vía pública a la pareja, con la que el acusado convive y tiene un hijo, no es una situación que deba quedar fuera de la violencia machista por el hecho de que previamente la acusada le hubiera dado un puñetazo en el curso de una discusión. Tal conducta de la mujer también merece un reproche penal, tipificarla en el art. 153.2 de Código Penal, pero no excluye la aplicación del apartado 1° respecto del acusado.
La decisión del Tribunal por la cual, en ausencia de un ánimo de dominación, desigualdad o discriminación, el maltrato de obra debe incardinarse en el delito leve del art. 147.3° del Código Penal, sometido para su perseguibilidad al régimen de denuncia previa, supone, igualmente, el quebranto de la voluntad del legislador del 2015, pues derogadas las faltas se convirtieron en delitos leves las conductas constitutivas de amenazas y coacciones leves cuando el sujeto pasivo era alguna de las personas mencionadas en el art. 173.2 del Código Penal, conductas no sometidas al régimen de denuncia previa. Y ello, a diferencia de lo que sucede con las mismas conductas cometidas contra terceros no integrantes del círculo de sujetos pasivos designados en el citado artículo, decisión lógica siguiendo el sistema de tutela penal reforzada contra la violencia doméstica iniciada por el legislador en el año 2003.
Sin embargo, pese a que se declara probada la agresión mutua el juzgado absuelve por entender que "No se constata que el origen de la discusión sea otro que las discrepancias surgidas entre ambos respecto de si debían marchar a casa o según quería la mujer, quedarse un rato más en la discoteca, sin que, por tanto estemos ante una preservación del ámbito familiar.Por ello, debemos estar a lo recogido en el artículo 147.3 del CP , encontrándonos ante unos maltratos de obra sin causar lesión, delitos solamente perseguidos mediante denuncia de parte agraviada cosa que no se da en el presente supuesto de hecho".
Tribunal Constitucional, Pleno, Sentencia 59/2008 de 14 May. 2008, Rec. 5939/2005 .
Constitucionalidad de la redacción del art. 153 CP en su diferente ámbito penológico de los apartados 1 y 2.
Se apunta en la sentencia que:
"No es el sexo en sí de los sujetos activo y pasivo lo que el legislador toma en consideración con efectos agravatorios, sino -una vez más importa resaltarlo- el carácter especialmente lesivo de ciertos hechos a partir del ámbito relacional en el que se producen y del significado objetivo que adquieren como manifestación de una grave y arraigada desigualdad. La sanción no se impone por razón del sexo del sujeto activo ni de la víctima ni por razones vinculadas a su propia biología. Se trata de la sanción mayor de hechos más graves, que el legislador considera razonablemente que lo son por constituir una manifestación específicamente lesiva de violencia y de desigualdad.
Jedah_1 escribió:No por favor, ya da flojera que metan a colación el tema de la brecha salarial que se ha demostrado que en términos generales NO EXISTE de las tantas veces que han botado por la borda los argumentos que se emplean para decir que si existe. El mejor ejemplo lo tenemos con Thomas Sowell que viene desmontando ese argumento desde los años 70s en los EEUU en el que paradójicamente encontró que las mujeres que nunca se han casado y no tenían hijos, ganaban mas que los hombres en condiciones similares.
DNKROZ escribió:Desde Enero de este año las empresas están obligadas a reportar salarios de sus trabajadores por un asunto "de igualdad" (la realidad es que es más por un tema fiscal que otra cosa) y ya ha habido varios reportes... ¿por qué no están inundados los diarios con el "descubrimiento" de tales injusticias?.... ¿pensáis que se lo están callando?, ¿o qué no han encontrado lo que estaban buscando?, yo lo tengo claro.
Azsche escribió:Porque lo mismo si empiezan a poner noticias de como se saltan la ley ciertas empresas bajan los ingresos en publicidad.
Azsche escribió:Reakl escribió:No se si te has dado cuenta de que estaba cogiendo tu mensaje y le había cambiado el sexo. Yo no he defendido nada de lo que he escrito porque es tu mensaje. Y has sido tú el que has puesto el grito en el cielo y has empezado a defenderte contra esa postura. Y eso tiene un nombre.
Me he dado cuenta perfectamente y por eso he sacado el link de las naciones unidas: porque darle la vuelta porque si, no funciona. No es una técnica que te haga un maestro de la oratoria ni demuestre ni desmienta nada, lo unico que te hace es estar equivocado.
DNKROZ escribió:It's a conspiracy!!!!!!
DNKROZ escribió:Vamos a ponerlo de otra manera... ¿cuántos casos conoces, de primera mano, de este estilo?, ¿los has denunciado?, solo por pura estadística deberías conocer del orden de unos 25... así pues, coméntanos.
Reakl escribió:Vaya, que curioso, que dos cosas que son iguales, no funcionan cuando las intercambias. ¿Qué raro, no? Y de ahí lo de hipócrita.
Azsche escribió:raday escribió:Azsche escribió:El colegio de arquitectos tiene que pagar una multa por discriminar positivamente a hombres
https://www.eldiario.es/economia/2-064- ... 11855.html
Cojonudo, ojalá denunciasen más este tipo de asquerosas prácticas y llorasen menos, que a la postre es lo que cambia las cosas.
Y ojalá se realizasen más inspecciones de trabajo de oficio para localizar todos estos casos sin que sea necesario entrar en un proceso judicial.kopperpot escribió:Pensaba que lo conoceríais ya, porque tiene sus años:
El TS entendió que en caso de agresión mutua en pareja, el hombre comete delito de violencia de género
https://www.economistjurist.es/actualid ... de-genero/
Es un artículo que resalta las discrepancias particulares de 4 jueces de 14, como si dedicasen un artículo entero al décimo dentista que no recomienda Oral B. Si nos vamos a la sentencia que enlazo aqui en https://vlex.es/vid/754580829 podemos encontrar perlas como:- La actuación del acusado debe encuadrarse en el art. 153.1° del Código Penal, pues propinar un tortazo con la mano abierta en la vía pública a la pareja, con la que el acusado convive y tiene un hijo, no es una situación que deba quedar fuera de la violencia machista por el hecho de que previamente la acusada le hubiera dado un puñetazo en el curso de una discusión. Tal conducta de la mujer también merece un reproche penal, tipificarla en el art. 153.2 de Código Penal, pero no excluye la aplicación del apartado 1° respecto del acusado.La decisión del Tribunal por la cual, en ausencia de un ánimo de dominación, desigualdad o discriminación, el maltrato de obra debe incardinarse en el delito leve del art. 147.3° del Código Penal, sometido para su perseguibilidad al régimen de denuncia previa, supone, igualmente, el quebranto de la voluntad del legislador del 2015, pues derogadas las faltas se convirtieron en delitos leves las conductas constitutivas de amenazas y coacciones leves cuando el sujeto pasivo era alguna de las personas mencionadas en el art. 173.2 del Código Penal, conductas no sometidas al régimen de denuncia previa. Y ello, a diferencia de lo que sucede con las mismas conductas cometidas contra terceros no integrantes del círculo de sujetos pasivos designados en el citado artículo, decisión lógica siguiendo el sistema de tutela penal reforzada contra la violencia doméstica iniciada por el legislador en el año 2003.Sin embargo, pese a que se declara probada la agresión mutua el juzgado absuelve por entender que "No se constata que el origen de la discusión sea otro que las discrepancias surgidas entre ambos respecto de si debían marchar a casa o según quería la mujer, quedarse un rato más en la discoteca, sin que, por tanto estemos ante una preservación del ámbito familiar.Por ello, debemos estar a lo recogido en el artículo 147.3 del CP , encontrándonos ante unos maltratos de obra sin causar lesión, delitos solamente perseguidos mediante denuncia de parte agraviada cosa que no se da en el presente supuesto de hecho".Tribunal Constitucional, Pleno, Sentencia 59/2008 de 14 May. 2008, Rec. 5939/2005 .
Constitucionalidad de la redacción del art. 153 CP en su diferente ámbito penológico de los apartados 1 y 2.
Se apunta en la sentencia que:
"No es el sexo en sí de los sujetos activo y pasivo lo que el legislador toma en consideración con efectos agravatorios, sino -una vez más importa resaltarlo- el carácter especialmente lesivo de ciertos hechos a partir del ámbito relacional en el que se producen y del significado objetivo que adquieren como manifestación de una grave y arraigada desigualdad. La sanción no se impone por razón del sexo del sujeto activo ni de la víctima ni por razones vinculadas a su propia biología. Se trata de la sanción mayor de hechos más graves, que el legislador considera razonablemente que lo son por constituir una manifestación específicamente lesiva de violencia y de desigualdad.
En el caso concreto, se declara probado que los dos acusados eran pareja sentimental, hombre y mujer, y que "en un momento determinado se inició una discusión entre ellos motivada por no ponerse de acuerdo en el momento en que habían de marchar a casa, en el curso de la cual se agredieron recíprocamente, de manera que la encausada le propinó a Pablo Jesús un puñetazo en el rostro y él le dio un tortazo con la mano abierta en la cara, recibiendo él una patada propinada por la señora Palmira, sin que conste la producción de lesiones. Ninguno de los dos denuncia al otro". Así, según los hechos que se declaran probados.
No se contiene en esa narración fáctica ninguno de los elementos de esa naturaleza que permitan entender que la agresión del varón a la mujer se produce en el marco de una relación de dominación, humillación o subordinación de esta última respecto de aquel. Por el contrario, del relato fáctico no es difícil deducir que las agresiones mutuas tuvieron lugar en un nivel de igualdad, en el que dos seres humanos, con independencia de los roles personales y sociales que cada uno pueda atribuir al otro, se enfrentan hasta llegar a la agresión física, teniendo como base una discrepancia sobre un aspecto intrascendente de su vida, discrepancia que pudiera haberse producido y tratado entre cualesquiera otras dos personas, sin implicar superioridad inicial de ninguna sobre la otra. En cualquier caso, aquel contexto no se declara probado en la sentencia impugnada.
En esas condiciones, la aplicación del artículo 153.1 al acusado varón, resulta automática y mecánica, e implica una presunción en su contra relativa a la concurrencia del elemento objetivo que, según la doctrina del Tribunal Constitucional, justifica que la sanción sea diferente y más grave que la que correspondería al otro miembro de la pareja que ejecuta hechos de idéntica relevancia penal. Partir de la base de que concurre el elemento que justifica el trato desigual es contrario a la presunción de inocencia. Y hacer que el acusado responda, de modo automático y mecánico, de una característica de la conducta, necesaria para justificar la desigualdad de trato, que no se ha probado en el caso, además, vulnera el principio de culpabilidad.
Por lo tanto, en el caso, entiendo que no era de aplicación el artículo 153.1 al acusado, y que ambos acusados debieron ser condenados como autores de un delito del artículo 153.2 CP.
kopperpot escribió:El voto particular tambien tiene “perlas” de mucho valor, resaltando ésta:
Azsche escribió:raday escribió:Azsche escribió:El colegio de arquitectos tiene que pagar una multa por discriminar positivamente a hombres
https://www.eldiario.es/economia/2-064- ... 11855.html
Cojonudo, ojalá denunciasen más este tipo de asquerosas prácticas y llorasen menos, que a la postre es lo que cambia las cosas.
Y ojalá se realizasen más inspecciones de trabajo de oficio para localizar todos estos casos sin que sea necesario entrar en un proceso judicial.kopperpot escribió:Pensaba que lo conoceríais ya, porque tiene sus años:
El TS entendió que en caso de agresión mutua en pareja, el hombre comete delito de violencia de género
https://www.economistjurist.es/actualid ... de-genero/
Es un artículo que resalta las discrepancias particulares de 4 jueces de 14, como si dedicasen un artículo entero al décimo dentista que no recomienda Oral B. Si nos vamos a la sentencia que enlazo aqui en https://vlex.es/vid/754580829 podemos encontrar perlas como:- La actuación del acusado debe encuadrarse en el art. 153.1° del Código Penal, pues propinar un tortazo con la mano abierta en la vía pública a la pareja, con la que el acusado convive y tiene un hijo, no es una situación que deba quedar fuera de la violencia machista por el hecho de que previamente la acusada le hubiera dado un puñetazo en el curso de una discusión. Tal conducta de la mujer también merece un reproche penal, tipificarla en el art. 153.2 de Código Penal, pero no excluye la aplicación del apartado 1° respecto del acusado.La decisión del Tribunal por la cual, en ausencia de un ánimo de dominación, desigualdad o discriminación, el maltrato de obra debe incardinarse en el delito leve del art. 147.3° del Código Penal, sometido para su perseguibilidad al régimen de denuncia previa, supone, igualmente, el quebranto de la voluntad del legislador del 2015, pues derogadas las faltas se convirtieron en delitos leves las conductas constitutivas de amenazas y coacciones leves cuando el sujeto pasivo era alguna de las personas mencionadas en el art. 173.2 del Código Penal, conductas no sometidas al régimen de denuncia previa. Y ello, a diferencia de lo que sucede con las mismas conductas cometidas contra terceros no integrantes del círculo de sujetos pasivos designados en el citado artículo, decisión lógica siguiendo el sistema de tutela penal reforzada contra la violencia doméstica iniciada por el legislador en el año 2003.Sin embargo, pese a que se declara probada la agresión mutua el juzgado absuelve por entender que "No se constata que el origen de la discusión sea otro que las discrepancias surgidas entre ambos respecto de si debían marchar a casa o según quería la mujer, quedarse un rato más en la discoteca, sin que, por tanto estemos ante una preservación del ámbito familiar.Por ello, debemos estar a lo recogido en el artículo 147.3 del CP , encontrándonos ante unos maltratos de obra sin causar lesión, delitos solamente perseguidos mediante denuncia de parte agraviada cosa que no se da en el presente supuesto de hecho".Tribunal Constitucional, Pleno, Sentencia 59/2008 de 14 May. 2008, Rec. 5939/2005 .
Constitucionalidad de la redacción del art. 153 CP en su diferente ámbito penológico de los apartados 1 y 2.
Se apunta en la sentencia que:
"No es el sexo en sí de los sujetos activo y pasivo lo que el legislador toma en consideración con efectos agravatorios, sino -una vez más importa resaltarlo- el carácter especialmente lesivo de ciertos hechos a partir del ámbito relacional en el que se producen y del significado objetivo que adquieren como manifestación de una grave y arraigada desigualdad. La sanción no se impone por razón del sexo del sujeto activo ni de la víctima ni por razones vinculadas a su propia biología. Se trata de la sanción mayor de hechos más graves, que el legislador considera razonablemente que lo son por constituir una manifestación específicamente lesiva de violencia y de desigualdad.
Schwefelgelb escribió:Si eso está muy bien, el caso es que a él le dieron un puñetazo, contestó con una bofetada, le volvieron a dar una patada y el que recibió más pena fue él. Y no es el único delito en el que el hombre recibe más pena por el mismo hecho:
https://observatoriogalileo.blogspot.co ... ia-de.html
A estos habría que sumar la violencia vicaria introducida recientemente (que ni siquiera es delito si la sufre un hombre).
Azsche escribió:Y la de los clones no. Todo correcto.
Azsche escribió:Ya he puesto uno bien claro que ha salido hoy mismo condenando al colegio de arquitectos de Madrid, sentencia que muchos aquí han condenado. No necesitas "del orden de unos 25" ni mi experiencia personal para darte cuenta de que es algo que en efecto, existe.
Azsche escribió:Prueba a darle la vuelta a las pilas del mando de la tele y luego me vuelves a decir lo raro que es. ¿Y sabes por que? Porque por muy fuerte que lo desees no son dos cosas iguales, como los bornes de una pila.
Lalilulelu escribió:Porque google le ha puesto remedio y de inditex da un dato esclarecedor, que las mujeres representan el 75% de los trabajadores.
Lalilulelu escribió:Como puedes decir que algo que he dicho es mentira si te he enlazado una noticia com datos?
La brecha de genero existe y es una realidad,que alguno no os la querais creer pues muy bien,con esos pensamientos no me extraña que os sintais alguno discriminado
Azsche escribió:Schwefelgelb escribió:Si eso está muy bien, el caso es que a él le dieron un puñetazo, contestó con una bofetada, le volvieron a dar una patada y el que recibió más pena fue él. Y no es el único delito en el que el hombre recibe más pena por el mismo hecho:
https://observatoriogalileo.blogspot.co ... ia-de.html
A estos habría que sumar la violencia vicaria introducida recientemente (que ni siquiera es delito si la sufre un hombre).
Y los jueces han dejado clarisima su explicación de por qué en la sentencia.
Azsche escribió:kopperpot escribió:El voto particular tambien tiene “perlas” de mucho valor, resaltando ésta:
Voto particular, en aplastante minoría y que no tiene validez para la sentencia, por lo que no tiene más valor que tu opinión particular o la mía.
DNKROZ escribió:No contestas a mi pregunta ni obedeces a la más mínima lógica, te digo que si fuera algo "habitual" su impacto sería a ese nivel, no veríamos en total 4 noticias (3 versando sobre la misma empresa y posiblemente viniendo del mismo usuario y una cuarta ahora)... veríamos decenas o centenas, cada uno de nosotros conocería decenas de casos... no tendríamos que hacer labores de investigación profunda en internet para intentar rascar algo que demuestre nuestra (falsa) premisa, punto.
Azsche escribió:DNKROZ escribió:No contestas a mi pregunta ni obedeces a la más mínima lógica, te digo que si fuera algo "habitual" su impacto sería a ese nivel, no veríamos en total 4 noticias (3 versando sobre la misma empresa y posiblemente viniendo del mismo usuario y una cuarta ahora)... veríamos decenas o centenas, cada uno de nosotros conocería decenas de casos... no tendríamos que hacer labores de investigación profunda en internet para intentar rascar algo que demuestre nuestra (falsa) premisa, punto.
¿En 6 meses? ¿Al ritmo al que suele ir la administración pública en materia de justicia e inspecciones de trabajo?
Azsche escribió:El contencioso administrativo está tardando de media más de un año en terminar los procesos.
Schwefelgelb escribió: Claro, porque machismo*.
*se considera machismo todo acto delictivo del hombre hacia la mujer, independientemente de su motivación.
DNKROZ escribió:Sí, al ritmo que va, que para mí es lento de cojones, eso significa que en ese lapso ya ha habido DOS informes.
DNKROZ escribió:¿Dónde dices que están?, ¿cuánto tiempo consideras "razonable" que esperemos hasta que la evidencia sea tal que ya tengamos que reconocer que no tenía sentido la premisa inicial?
DNKROZ escribió:Por cierto, ya lo dije en otro hilo, pero en mi empresa concretamente salió que cobraban más las mujeres...ojo no vaya a ser que nos llevemos sorpresas
Azsche escribió:Pues entonces tendrás que darle gracias al feminismo el empezar a requerir esos datos porque así tendrás base para reclamar el sueldo que te toca, si es que estabas cobrando de menos Si es por los del "ya está bien" lo mismo te seguían tangando indefinidamente.
Azsche escribió:O que se han ido haciendo resoluciones de otros temas.
Azsche escribió:No estoy seguro, pero 6 meses no.
Azsche escribió:Lo prudencial sería decirlo después de varios ejercicios para comprobar que es tendencia y que es una cosa puntual.
Azsche escribió:Pues entonces tendrás que darle gracias al feminismo el empezar a requerir esos datos porque así tendrás base para reclamar el sueldo que te toca, si es que estabas cobrando de menos Si es por los del "ya está bien" lo mismo te seguían tangando indefinidamente.
Darxen escribió:seguro que no existe?
https://www.lavanguardia.com/tecnologia ... nismo.html
https://elpais.com/economia/2019/03/29/ ... 85598.html
dónde metemos esto entonces? :S
Azsche escribió:A ver si me he enterado, entonces comunidades incel con decenas de miles de miembros, que comparten memes y vocabulario propio, que comparten manifiestos, que hablan de revolución incel y que cuentan al menos con un subgrupo que idoliza a personas con asesinatos a sus espaldas
Señor Ventura escribió:Azsche escribió:A ver si me he enterado, entonces comunidades incel con decenas de miles de miembros, que comparten memes y vocabulario propio, que comparten manifiestos, que hablan de revolución incel y que cuentan al menos con un subgrupo que idoliza a personas con asesinatos a sus espaldas
Bueno, muchos solo no follan, no se si da para todo esto que dices.
Azsche escribió:Reakl escribió:Vaya, que curioso, que dos cosas que son iguales, no funcionan cuando las intercambias. ¿Qué raro, no? Y de ahí lo de hipócrita.
Prueba a darle la vuelta a las pilas del mando de la tele y luego me vuelves a decir lo raro que es. ¿Y sabes por que? Porque por muy fuerte que lo desees no son dos cosas iguales, como los bornes de una pila.
Dym escribió:Yo diría que hay diferentes grados. Una cosa es no follar porque no encuentras pareja, por tu físico o por tu estatus social. O lo que sea. Y otra distinta es tener un rencor bestial por dentro, culpando a las mujeres de tu situación. Eso llevado al extremo puede acabar en un atentado. Esta gente se agrupa en 4chan y Reddit, y acaban siendo como un Club de la Lucha de los perdedores. Pero se equivocan, porque una muy mala experiencia de uno, arrastra a los demás a pensar que esto es el fin del mundo, y hay que vengarse. Como los MGTOW, que los líderes del grupo son hombres que han perdido a sus hijos, porque una mujer tóxica se los llevó. Pero no significa que debas unirte a ellos por no tener matches en Tinder.
Reakl escribió:Ya, pero es que nadie ha dicho que las pilas deban ser reversibles. Pero sí que se ha dicho que los hombres y las mujeres deben ser iguales ante la ley. De hecho, deberían. Lo contrario es ser un sexista.
Tribunal Constitucional, Pleno, Sentencia 59/2008 de 14 May. 2008, Rec. 5939/2005 .
Constitucionalidad de la redacción del art. 153 CP en su diferente ámbito penológico de los apartados 1 y 2.
Se apunta en la sentencia que:
"No es el sexo en sí de los sujetos activo y pasivo lo que el legislador toma en consideración con efectos agravatorios, sino -una vez más importa resaltarlo- el carácter especialmente lesivo de ciertos hechos a partir del ámbito relacional en el que se producen y del significado objetivo que adquieren como manifestación de una grave y arraigada desigualdad. La sanción no se impone por razón del sexo del sujeto activo ni de la víctima ni por razones vinculadas a su propia biología. Se trata de la sanción mayor de hechos más graves, que el legislador considera razonablemente que lo son por constituir una manifestación específicamente lesiva de violencia y de desigualdad.
Schwefelgelb escribió:@Azsche que se diga es muy distinto a que se haga. Si en la propia ley tienes descritas asimetrías penales.
Si en vez de mirar el ánimo machista lo asumes, no estás juzgando el machismo, estás juzgando el sexo.
Azsche escribió:Dym escribió:Yo diría que hay diferentes grados. Una cosa es no follar porque no encuentras pareja, por tu físico o por tu estatus social. O lo que sea. Y otra distinta es tener un rencor bestial por dentro, culpando a las mujeres de tu situación. Eso llevado al extremo puede acabar en un atentado. Esta gente se agrupa en 4chan y Reddit, y acaban siendo como un Club de la Lucha de los perdedores. Pero se equivocan, porque una muy mala experiencia de uno, arrastra a los demás a pensar que esto es el fin del mundo, y hay que vengarse. Como los MGTOW, que los líderes del grupo son hombres que han perdido a sus hijos, porque una mujer tóxica se los llevó. Pero no significa que debas unirte a ellos por no tener matches en Tinder.
Gracias, eso es precisamente lo que llevo diciendo bastantes mensajes y un grupo aquí llevan otros cuantos más intentando decir que exagero y que llamo terrorista a todo el que no tiene sexo.Reakl escribió:Ya, pero es que nadie ha dicho que las pilas deban ser reversibles. Pero sí que se ha dicho que los hombres y las mujeres deben ser iguales ante la ley. De hecho, deberían. Lo contrario es ser un sexista.
Y lo que también se ha dicho en multitud de ocasiones por parte de asociaciones feministas y profesionales del sector jurídico, político y sociológico es que para conseguir eso medidas como la LIVG no se toman para discriminar a los hombres por ser hombres si no para combatir las desigualdades que provoca el fenómeno social. Una de ellas ésta del constitucional que ya he puesto antes referenciada en la otra sentencia:Tribunal Constitucional, Pleno, Sentencia 59/2008 de 14 May. 2008, Rec. 5939/2005 .
Constitucionalidad de la redacción del art. 153 CP en su diferente ámbito penológico de los apartados 1 y 2.
Se apunta en la sentencia que:
"No es el sexo en sí de los sujetos activo y pasivo lo que el legislador toma en consideración con efectos agravatorios, sino -una vez más importa resaltarlo- el carácter especialmente lesivo de ciertos hechos a partir del ámbito relacional en el que se producen y del significado objetivo que adquieren como manifestación de una grave y arraigada desigualdad. La sanción no se impone por razón del sexo del sujeto activo ni de la víctima ni por razones vinculadas a su propia biología. Se trata de la sanción mayor de hechos más graves, que el legislador considera razonablemente que lo son por constituir una manifestación específicamente lesiva de violencia y de desigualdad.