› Foros › Off-Topic › Miscelánea
dlabo escribió:¿No veis que esa "asociación" es un bufette de abogados?
feldmans & murdock para ser mas exactos, lo pone en el propio vídeo
Bou escribió:dlabo escribió:¿No veis que esa "asociación" es un bufette de abogados?
feldmans & murdock para ser mas exactos, lo pone en el propio vídeo
La propia asociación dice abiertamente en su cuenta de Twitter que está asociada a ese bufete y que nació de él. ¿Por qué lo dices, hay algún problema con ello?
dlabo escribió:¿Tu no ves ningún conflicto de intereses?
retro-ton escribió:@clamp el tío del video se está tocando mientras entrevista a la niñata esa
Bou escribió:retro-ton escribió:@clamp el tío del video se está tocando mientras entrevista a la niñata esa
¿Estas polleces las dices simplemente para desviar el tema, o cada vez que ves a un hombre con la mano en el bolsillo empiezas a imaginarte que se está tocando?
seaman escribió:Bou escribió:retro-ton escribió:@clamp el tío del video se está tocando mientras entrevista a la niñata esa
¿Estas polleces las dices simplemente para desviar el tema, o cada vez que ves a un hombre con la mano en el bolsillo empiezas a imaginarte que se está tocando?
Creo que puedes decir lo mismo sin faltar.
Lo digo porque entonces tú mensaje pierde fuerza.
retro-ton escribió:@Bou la expresión corporal del supuesto reportero deja mucho que desear. No se mira el video, el tío no sirve ni como prácticas ni para nada.
Entiende que si un "reportero" se pone a rascarse los huevos mientras entrevista a alguien me parece cualquier cosa menos serio. Eso es de perogrullo.
seaman escribió:Creo que puedes decir lo mismo sin faltar.
retro-ton escribió:Entiende que si un "reportero" se pone a rascarse los huevos
retro-ton escribió:@clamp el tío del video se está tocando mientras entrevista a la niñata esa
retro-ton escribió:Vale, vale, me quedo con la falacia ad hominem pero dejo otro término en latín para la colección plurium interrogationum
retro-ton escribió:@Darxen entonces yo tampoco cometí falacia ad hominem simplemente he dicho una obviedad: que no me parece serio un video de un reportero rascandose los huevos. Es de perogrullo.
Falkiño escribió:@retro-ton falacia que no se ha usado, simplemente te hemos preguntado tu opinión sobre el mensaje y nada más, mientras tratas de despistar hablando de bolsillos y tocamientos.
Darxen escribió:retro-ton escribió:Vale, vale, me quedo con la falacia ad hominem pero dejo otro término en latín para la colección plurium interrogationum
pues la verdad es que no veo que se aplique esa falacia en el vídeo. expone una situación sencilla: una pelea por un billete. cambia a los participantes del ejemplo y deja ver que surgen dudas según quiénes participen en ese ejemplo. ni le obliga a admitir ninguna premisa de nada a través de la pregunta ni la pregunta lleva una intención oculta. de hecho es bastante clara: si se pegan 2 señores por un billete es una pelea por un billete. si se pega un señor con su novia, es violencia de género o es una pelea por un billete?
Darxen escribió:De hecho es bastante clara: si se pegan 2 señores por un billete es una pelea por un billete. si se pega un señor con su novia, es violencia de género o es una pelea por un billete?
Falkiño escribió:@retro-ton del mensaje del vídeo ¿está toda agresión entre un hombre y una mujer motivada por el machismo?
Falkiño escribió:@Bou claro, sabemos que legalmente TODA agresión entre un hombre y una mujer en el ámbito de la pareja y ex pareja es automáticamente violencia de género, sin importar la motivación. Pero no está de más usar ejemplos para ver si los demás están de acuerdo con esta definición legal.
retro-ton escribió:@Bou la expresión corporal del supuesto reportero deja mucho que desear. No se mira el video, el tío no sirve ni como prácticas ni para nada.
Entiende que si un "reportero" se pone a rascarse los huevos mientras entrevista a alguien me parece cualquier cosa menos serio. Eso es de perogrullo.
A mí no me parecía para tanto, pero una vez te fijas sólo puedes analizar cómo mueve el puño "sutilmente" y no puedes mirar a otro lado
retro-ton escribió:Falkiño escribió:@retro-ton falacia que no se ha usado, simplemente te hemos preguntado tu opinión sobre el mensaje y nada más, mientras tratas de despistar hablando de bolsillos y tocamientos.
Yo he dado mi opinión del video es esa, es una ridiculez pretender dar lecciones a nadie con un video de un tío rascándose los huevos.
Lo de la falacia plurium interrogationum huele y mucho. Intentad argumentar vuestras ideas sin interrogar a muerte a los demás foreros.
Yo por educación intento no ir interrogando tramposamente así a los demás. Expongo mis ideas de forma directa y ya.
Bou escribió:Darxen escribió:De hecho es bastante clara: si se pegan 2 señores por un billete es una pelea por un billete. si se pega un señor con su novia, es violencia de género o es una pelea por un billete?
Para mí, el principal problema con ese vídeo es que introduce un símil donde no hace falta. Ya tenemos una sentencia del Tribunal Supremo diciendo que si una mujer le pega a su novio, y él le devuelve el golpe, y ella le vuelve a dar, eso es VG. Aunque no haya ánimo machista, y aunque no haya situación de dominación.
En vez de lo del billete, me parecería más práctico preguntar directamente por este caso real.
rastein escribió:Darxen escribió:retro-ton escribió:Vale, vale, me quedo con la falacia ad hominem pero dejo otro término en latín para la colección plurium interrogationum
pues la verdad es que no veo que se aplique esa falacia en el vídeo. expone una situación sencilla: una pelea por un billete. cambia a los participantes del ejemplo y deja ver que surgen dudas según quiénes participen en ese ejemplo. ni le obliga a admitir ninguna premisa de nada a través de la pregunta ni la pregunta lleva una intención oculta. de hecho es bastante clara: si se pegan 2 señores por un billete es una pelea por un billete. si se pega un señor con su novia, es violencia de género o es una pelea por un billete?
Creo que la cuestión sería si se pelearía con cualquiera por el billete o tan solo con quién este seguro de ganar.
Si por ejemplo la otra persona fuera Gregor Clegane, más conocido como la montaña de juego de tronos, pelearía? Lo dudo mucho.
Si se pelea contra la mujer únicamente porque es mujer y se cree superior físicamente, no es violencia de género?
rastein escribió:Darxen escribió:retro-ton escribió:Vale, vale, me quedo con la falacia ad hominem pero dejo otro término en latín para la colección plurium interrogationum
pues la verdad es que no veo que se aplique esa falacia en el vídeo. expone una situación sencilla: una pelea por un billete. cambia a los participantes del ejemplo y deja ver que surgen dudas según quiénes participen en ese ejemplo. ni le obliga a admitir ninguna premisa de nada a través de la pregunta ni la pregunta lleva una intención oculta. de hecho es bastante clara: si se pegan 2 señores por un billete es una pelea por un billete. si se pega un señor con su novia, es violencia de género o es una pelea por un billete?
Creo que la cuestión sería si se pelearía con cualquiera por el billete o tan solo con quién este seguro de ganar.
Si por ejemplo la otra persona fuera Gregor Clegane, más conocido como la montaña de juego de tronos, pelearía? Lo dudo mucho.
Si se pelea contra la mujer únicamente porque es mujer y se cree superior físicamente, no es violencia de género?
Bou escribió:dlabo escribió:¿Tu no ves ningún conflicto de intereses?
La verdad es que no. ¿Qué conflicto de intereses ves tú?
Bou escribió:Efectivamente. Si nos ceñimos a los datos oficiales:
1. El acusado es inocente en el 80% de las denuncias.
2. Pero solo son falsas el 0,01% de las denuncias.
3. En el 79,99% de casos restantes, el acusado es inocente pero la denuncia no es falsa.
Obviamente es imposible que todos estos datos oficiales sean ciertos a la vez. Y sin embargo todos son oficiales.
dlabo escribió:Bou escribió:dlabo escribió:¿Tu no ves ningún conflicto de intereses?
La verdad es que no. ¿Qué conflicto de intereses ves tú?
Empecemos por algo tan básico como que no son hombres maltratados. Son abogados, no víctimas o perjudicados. No se, llámame malpensado, pero es el primer síntoma de que algo no es del todo honesto.
Sigamos por que se dedican a hacer vídeos como ese para consumo en redes, con regustillo a los que hace el condenas negre.
Y luego su defensa a ultranza del SAP (por cierto, punto en común de todos los bufetes de abogados de la órbita y asociaciones afines, sospechoso ¿no?) y el resto del pack ideológico.
No se, alguien podría pensar en un animo de sobredimensionar el problema para el que estan especializados y de paso defender su herramienta de productividad en forma de síndrome inventado por un pederasta, pero si tú no ves nada raro...
Por cierto, ya que estamos:Bou escribió:Efectivamente. Si nos ceñimos a los datos oficiales:
1. El acusado es inocente en el 80% de las denuncias.
2. Pero solo son falsas el 0,01% de las denuncias.
3. En el 79,99% de casos restantes, el acusado es inocente pero la denuncia no es falsa.
Obviamente es imposible que todos estos datos oficiales sean ciertos a la vez. Y sin embargo todos son oficiales.
"Si examinamos los datos de los juicios sobre violencia de género del INE correspondientes a 2018, con medida previa de protección, observaremos que hubo un 84% de hombres condenados (27.972 sentencias condenatorias de un total de 32.997 acusaciones). Las infracciones penales más cercanas son las de violencia doméstica, que afectan a denuncias de padres contra hijos, hermanos entre sí o maridos contra esposas, entre otros. Y en estos casos el porcentaje de resoluciones condenatorias es del 82% (6.724 condenas sobre 8.199 acusaciones), bastante similar al de la violencia de género. En el cómputo total de juicios, según los datos del CGPJ, en violencia de género las sentencias condenatorias fueron del 70% y en violencia doméstica, del 58%. También es parecida la cifra de archivos y absoluciones en los juzgados de instrucción: en los casos de violencia de género se produce un 45% y en los supuestos de violencia doméstica, el porcentaje es del 44%."
Extraído de aquí:
https://www.eldiario.es/opinion/tribuna ... 0.amp.html
¿Quieres decir entonces que en los casos de violencia doméstica pasa lo mismo?
dlabo escribió:¿Tu no ves ningún conflicto de intereses?
Bou escribió:La verdad es que no. ¿Qué conflicto de intereses ves tú?
dlabo escribió:Empecemos por algo tan básico como que no son hombres maltratados.
hi-ban escribió:
El Diario, de forma intencional, omite el dato del total de denuncias interpuestas (unas 150.000).
Solo cuenta las que llegan a juicio (unas 35.000).
De esas 150.000 denuncias, unas 115.000 no llegan a ser admitidas a trámite.
La cifra real es de unas 28.000 condenas en unas 150.000 denuncias. Eso significa que, a grosso modo, solo un 20% de las denuncias acaban en condena.
Bou escribió:dlabo escribió:¿Tu no ves ningún conflicto de intereses?Bou escribió:La verdad es que no. ¿Qué conflicto de intereses ves tú?dlabo escribió:Empecemos por algo tan básico como que no son hombres maltratados.
Vale, empecemos por eso. ¿No son hombres maltratados quiénes? ¿Los miembros de la asociación que todos los meses pagan 12€ para tener servicios como asesoramiento jurídico, psicológico y habitacional?
¿O no son hombres maltratados los profesionales especializados que a cambio de 12€/mes les proporcionan esos servicios?
Aclárame a quién te refieres, y luego ya vemos qué es eso que según tú huele turbio.
Artículo 6. De la publicidad
1. Se podrá realizar libremente publicidad de los servicios profe-
sionales, con pleno respeto a la legislación vigente sobre la ma-
teria, defensa de la competencia, competencia desleal y normas
deontológicas de la Abogacía.
2. La publicidad respetará en todo caso la independencia, libertad,
dignidad e integridad como principios esenciales y valores su-
periores de la profesión, así como el secreto profesional y habrá
de ser objetiva, veraz y digna, tanto por su contenido como por
los medios empleados.
3. Deberá indicarse en la publicidad el Colegio al que se pertenezca.
La publicidad no podrá suponer:
a. La revelación directa o indirecta de hechos, datos o situa-
ciones amparados por el secreto profesional.
b. La incitación genérica o concreta al pleito o conflicto.
c. La oferta de servicios profesionales, por sí o mediante ter-
ceros, a víctimas directas o indirectas de catástrofes, cala-
midades públicas u otros sucesos que hubieran producido
un número elevado de personas afectadas y a sus herederos
y causahabientes, en momentos o circunstancias que con-
dicionen la elección libre de Abogado y, en ningún caso,
hasta transcurridos 45 días desde el hecho. Tampoco podrá
dirigirse, por sí o mediante terceros, a quienes lo sean de
accidentes o infortunios recientes, o a sus herederos o cau-
sahabientes, que carezcan de la plena y serena libertad de
elección. Estas prohibiciones quedarán sin efecto en el caso de que la prestación de estos servicios profesionales haya
sido solicitada expresamente por la víctima.
d. La promesa de obtener resultados que no dependan exclusivamente del que la realiza.
e. La referencia a clientes sin su autorización escrita, salvo las
menciones que, en su caso, puedan hacerse cuando se parti-
cipa en procesos de contratación pública y sólo para ellos.
f. La utilización de emblemas institucionales o colegiales y de
aquéllos otros que por su similitud pudieran generar confu-
sión, salvo disposición contraria contenida en los estatutos
particulares y de aquellos símbolos que se aprueben para
distinguir la condición profesional.
g. La mención de actividades que sean incompatibles con el
ejercicio de la Abogacía.
h. Y, en general, la publicidad contraria a las normas deonto-
lógicas de la profesión.
4. Las menciones que a la especialización en determinadas mate-
rias se incluyan en la publicidad deberán responder a la posesión
de títulos académicos o profesionales, a la superación de cursos
formativos de especialización profesional oficialmente homolo-
gados o a una práctica profesional prolongada que las avalen.
5. Quienes ejerzan con su título profesional de origen y se pu-
bliciten deberán hacerlo con mención expresa de tal circuns-
tancia, debiendo utilizarse en cualquier caso la denominación
que corresponda de conformidad con lo dispuesto en las normas
aplicables, prohibiéndose el uso de los títulos de “Abogado” o
“Abogada” expresados en cualquiera de las lenguas oficiales de
España para la debida protección de los consumidores de los
servicios jurídicos.
6. Cuando la denominación del título profesional sea coincidente
en más de un Estado se añadirá al título profesional una men-
ción expresa del país de origen.
7. Asimismo, cuando la regulación de la profesión en el país de
origen implique limitaciones o especialidades en cuanto al ám-
bito de la actividad, se deberá añadir también una mención de la
organización profesional a la que pertenezca en dicho país y, en
su caso, del órgano u órganos jurisdiccionales ante los que esté
habilitado para ejercer.
8. Igualmente, quienes ejerzan la Abogacía no podrán traducir su
título español a otro idioma cuando esa traducción corresponda
a una categoría profesional determinada en otro país.
9. No se permitirá la publicidad encubierta, debiendo hacerse
constar en sitio visible y de modo perfectamente comprensible
que se trata de contenido publicitario.
Artículo 7. Lealtad profesional
1. El ejercicio de la Abogacía en régimen de libre competencia
habrá de ser compatible en todo caso con el cumplimiento rigu-
roso de las normas deontológicas de la profesión.
2. Está prohibida la captación desleal de clientes.
3. Son actos contrarios a la lealtad profesional todos aquellos que
contravengan las normas tanto estatales como autonómicas que
tutelen la leal competencia y en especial los siguientes:
a. La utilización de procedimientos publicitarios directos e
indirectos contrarios a las disposiciones de la Ley General
de Publicidad y a las normas específicas sobre publicidad
contenidas en el presente Código y restantes normas com-
plementarias.
b. Toda práctica de captación directa o indirecta de clientes que
atenten a la dignidad de las personas o a la función social de
la Abogacía.
c. La utilización de terceros como medio para eludir las obli-
gaciones deontológicas. Se considerará responsable al favorecido por la publicidad que realice un tercero, salvo prueba
en contrario.
d. La oferta de servicios en apariencia gratuitos cuando no lo
sean y puedan generar confusión a los consumidores, dada
la asimetría en la relación profesional.
dlabo escribió:¿Tu no ves ningún conflicto de intereses?
Bou escribió:La verdad es que no. ¿Qué conflicto de intereses ves tú?
dlabo escribió:Empecemos por algo tan básico como que no son hombres maltratados.
Bou escribió:Vale, empecemos por eso. ¿No son hombres maltratados quiénes? ¿Los miembros de la asociación que todos los meses pagan 12€ para tener servicios como asesoramiento jurídico, psicológico y habitacional?
¿O no son hombres maltratados los profesionales especializados que a cambio de 12€/mes les proporcionan esos servicios?
Aclárame a quién te refieres, y luego ya vemos qué es eso que según tú huele turbio.
dlabo escribió:Código deontológico abogacía
Bou escribió:Si nos ceñimos a los datos oficiales:
1. El acusado es inocente en el 80% de las denuncias.
2. Pero solo son falsas el 0,01% de las denuncias.
3. En el 79,99% de casos restantes, el acusado es inocente pero la denuncia no es falsa.
Obviamente es imposible que todos estos datos oficiales sean ciertos a la vez. Y sin embargo todos son oficiales.
dlabo escribió:¿Quieres decir entonces que en los casos de violencia doméstica pasa lo mismo?
dlabo escribió:hi-ban escribió:
El Diario, de forma intencional, omite el dato del total de denuncias interpuestas (unas 150.000).
Solo cuenta las que llegan a juicio (unas 35.000).
De esas 150.000 denuncias, unas 115.000 no llegan a ser admitidas a trámite.
La cifra real es de unas 28.000 condenas en unas 150.000 denuncias. Eso significa que, a grosso modo, solo un 20% de las denuncias acaban en condena.
Entonces, en los casos de violencia doméstica, se pueden hacer los mismos números ¿verdad?
Lo que pasa realmente es que decir que el 80% de las denuncias en los casos de violencia doméstica es una simplificación absurda. E intencionada, como se puede comprobar cuando se comparan con las de violencia doméstica, otro delito homologable por que comparten idiosincrasia.
Pero solo se dan las cifras de uno, curioso....
thafestco escribió:Si alguien mata a otro alguien decimos que es asesinato no?
Y si un padre por ejemplo mata a sus hijos a parte de asesinato se le añade violencia vicaria y gratis violencia machista porque lo hace para joder a la mujer...
Y como se le llama a todo esto último si lo hace una mujer atascando la puerta y prendiéndose fuego junto a sus hijos? Pues se ve que ni asesinato, ni violencia hembrista, ni violencia vicaria... Es Suicidio
https://www.lavanguardia.com/local/sevi ... e.amp.html
thafestco escribió:Si alguien mata a otro alguien decimos que es asesinato no?
Y si un padre por ejemplo mata a sus hijos a parte de asesinato se le añade violencia vicaria y gratis violencia machista porque lo hace para joder a la mujer...
Y como se le llama a todo esto último si lo hace una mujer atascando la puerta y prendiéndose fuego junto a sus hijos? Pues se ve que ni asesinato, ni violencia hembrista, ni violencia vicaria... Es Suicidio
https://www.lavanguardia.com/local/sevi ... e.amp.html
thafestco escribió:Si alguien mata a otro alguien decimos que es asesinato no?
Y si un padre por ejemplo mata a sus hijos a parte de asesinato se le añade violencia vicaria y gratis violencia machista porque lo hace para joder a la mujer...
Y como se le llama a todo esto último si lo hace una mujer atascando la puerta y prendiéndose fuego junto a sus hijos? Pues se ve que ni asesinato, ni violencia hembrista, ni violencia vicaria... Es Suicidio
https://www.lavanguardia.com/local/sevi ... e.amp.html
Bou escribió:Darxen escribió:De hecho es bastante clara: si se pegan 2 señores por un billete es una pelea por un billete. si se pega un señor con su novia, es violencia de género o es una pelea por un billete?
Para mí, el principal problema con ese vídeo es que introduce un símil donde no hace falta. Ya tenemos una sentencia del Tribunal Supremo diciendo que si una mujer le pega a su novio, y él le devuelve el golpe, y ella le vuelve a dar, eso es VG. Aunque no haya ánimo machista, y aunque no haya situación de dominación.
En vez de lo del billete, me parecería más práctico preguntar directamente por este caso real.
pacopolo escribió:No estoy de acuerdo: me parece que el del vídeo es un buen símil para mostrar que la violencia hombre-mujer no significa automáticamente violencia machista.