[HO] Discriminación contra los hombres

Avestruz escribió:@kopperpot Yo no sé lo que habéis comentado varias veces, porque yo me he leído los mensajes recientes y he visto esto por ejemplo:
clamp escribió:Y recuerda, que esta Ley invierte la carga de la prueba, eres TÚ quien debe acreditar que fue consentido y no forzado, ni antes, ni durante el acto.


De todas formas lo que comentas ni es invertir la carga de la prueba, ni viene con esta ley, que es lo que yo preguntaba, es doctrina del Supremo.

@DNKROZ Sigue informando, te animo a ello, pero hazlo bien [oki]


Entonces podemos admitir que la conclusión de clamp es un bulo construido a partir de conjeturas erroneas de otros usuarios? Si, no?
@Avestruz , siempre lo intento hacer bien, pero siempre hay gente que pone palabras en mi boca que nunca ha habido, es lo que tienen los prejuicios, menos mal que muchas veces se soluciona con una simple cita que demuestre que mienten.
Seguiremos informando de las asimetrías legales hacia los hombres en este país [oki]

@retro-ton , como ya te han puesto varias veces antes, la eliminación de la presunción de inocencia es un bulo, lo de la inversión de la carga de la prueba en la práctica se da, y os han puesto en qué circunstancias, también una noticia donde hay un caso reciente sin ninguna "conjetura".... Ahora ya puedes pasar a responder lo que se te preguntaba antes.
retro-ton escribió:
Avestruz escribió:@kopperpot Yo no sé lo que habéis comentado varias veces, porque yo me he leído los mensajes recientes y he visto esto por ejemplo:
clamp escribió:Y recuerda, que esta Ley invierte la carga de la prueba, eres TÚ quien debe acreditar que fue consentido y no forzado, ni antes, ni durante el acto.


De todas formas lo que comentas ni es invertir la carga de la prueba, ni viene con esta ley, que es lo que yo preguntaba, es doctrina del Supremo.

@DNKROZ Sigue informando, te animo a ello, pero hazlo bien [oki]


Entonces podemos admitir que la conclusión de clamp es un bulo construido a partir de conjeturas erroneas de otros usuarios? Si, no?


Tu concluye lo que te de la gana. Que es lo que haces siempre.

Para los que quieren enterarse, debatir y seguir la temática del hilo, mi conclusión es que no existe una inversión de la carga de la prueba clara (no hay modificación procesal al respecto TODAVÍA, pero se puede dar mediante la interpretación de los jueces, a los que se les está dando actualmente "clases de PERSPECTIVA DE GENERO"), porque eso iría en contra del principio de In dubio pro reo, y tendría un recorrido constitucional muy corto (incluso hasta con Conde Pumpido de presidente y mayoría progresista), así que se trata de una modificación que traerá de cabeza al supremo para dictar la jurisprudencia necesaria para que la interpretación de la norma sea "justa".

Respecto a los grandes "logros" conseguidos por el texto, pues parece que nada tienen que ver con quienes lo promovieron, así que sería interesante informar a todas aquellas mujeres y demás entes del particular, para que fueran conscientes de que a partir de ahora, las consecuencias jurídicas para quienes abusen o les agredan sexualmente pueden ser peores o mejores que antes de esta ley, dependiendo de los supuestos.

Todo lo demás, es venta de programa político y engaño.
@DNKROZ genial veo bien que el hilo sirva también para destapar este tipo de bulos antifeministas que suelen correr como la pólvora.
@retro-ton , sin problema, estamos para sacar a relucir la verdad, y vamos a desmontar bulos como los del contrato, el vídeo, o que es suficiente con "actuar normal" para dar un consentimiento "inequívoco", a la vez que dejamos de manifiesto que es otra ley más discriminatoria hacia el hombre.

@Legardien , efectivamente creo que las mujeres deberían ser informadas de la variación en penas que supone para los agresores sexuales la introducción de esta ley, no creo que sea algo que les agrade mucho, a mi desde luego no me parece un avance de nada, ya no en igualdad, que ni está ni se la espera, sino en protección a la víctimas ni disuasión para los agresores.
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retro-ton escribió:@DNKROZ genial veo bien que el hilo sirva también para destapar este tipo de bulos antifeministas que suelen correr como la pólvora.

No hay tal bulo. En cuanto al consentimiento, la reforma que plantea esta “ley del solo sí es sí” es puro maquillaje para aparentar que se hace algo, puesto que en caso de que no exista ninguna otra prueba más que el testimonio de la denunciante diciendo que no hubo consentimiento y el testimonio del denunciado diciendo que sí lo hubo, habrá que tener en cuenta en todo caso los actos previos y posteriores que pueda haber relacionados con el hecho que permitan acreditar que el consentimiento existió aunque fuera de forma tácita en vez de expresa, y eso es algo que ya estaba cubierto con la normativa anterior y que por aplicacion del principio in dubio pro reo y la prohibicion de inversión de la carga de la prueba, no podía verse desvirtuado solo porque se introdujera una definición de consentimiento que dijera que éste debe ser “concluyente e inequívoco“.

La prueba de esto es que en la actual ley, la refrencia a que deba existir un consentimiento “expreso” ha desaparecido, que era la verdadera razón por la que surgieron esos “bulos”.

Y toda esa “paranoia” que contribuyó a generar esos bulos no es más que la consecuencia de que gente que no tiene ni puta idea de derecho se ponga a modificar el Código Penal y a hablar de consentimiento “expreso” sin tener en cuenta que un consentimiento “tácito” es jurídicamente igual de válido.

Ineptitud de esta gente en materia jurídica que no es de extrañar viendo que ni siquiera saben organizar una campaña contra la gordofobia en las playas sin atentar incluso contra los propios derechos de las mujeres que aparecen en el cartel de dicha campaña.
Lo de es un bulo pero no hay tal bulo a mi ya me queda grande. Otro día con más tiempo retomo el hilo. Un saludo.
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retro-ton escribió:Lo de es un bulo pero no hay tal bulo a mi ya me queda grande. Otro día con más tiempo retomo el hilo. Un saludo.

No hay tal bulo en cuanto a la afirmación de que de alguna forma “se invierte la carga de la prueba”, porque como se ha repetido no se cuantas veces ya, ante una prueba consistente únicamente en la palabra de la denunciante diciendo que no hubo consentimiento o que se retiró el consentimiento durante el acto, al acusado no le queda más remedio que, o bien demostrar que sí que hubo consentimiento expreso o tácito, o bien demostrar que hay contradicciones en el testimonio de la denunciante para que decaiga su valor como prueba única de cargo.

Y no hay que ser muy versado en leyes para darse cuenta de que es más dificil demostrar esto último que poner una denuncia (e incluso personarte como acusación particular) diciendo tan solo que fulano se acostó contigo en contra de tu voluntad, sin absolutamente ninguna otra prueba o indicio, solo decir que no manifestaste tu consentimiento.

De hecho, a la víctima de la manada le bastó con esta sola frase:

- ¿Hizo algún gesto, alguna manifestación que pudiera indicar a los acusados que no quería mantener relaciones sexuales?

- No hablé, no grité, no hice nada. Entonces, que yo cerrara los ojos y no hiciera nada, ellos lo pueden interpretar como que estoy sometida o como que no


Y es esta cierta indefensión (o “descompensación” a nivel probatorio) a lo que mucha gente se refiere como “inversión de la carga de la prueba”. Y razón no le falta, porque como dice @clamp a ver qué haces si una mujer afirma después de tener sexo contigo que no te dió su consentimiento o que lo retiró en el transcurso del acto sexual, sin niguna otra prueba más. Porque como él dice, entonces eres TÚ quien debe acreditar o bien que hay contradicciones, o bien que sí fue consentido, antes, o durante el acto. Porque si no, como sea una denuncia falsa, y nunca mejor dicho, estarás muy jodido.
retro-ton escribió:Lo de es un bulo pero no hay tal bulo a mi ya me queda grande. Otro día con más tiempo retomo el hilo. Un saludo.

Tranquilo, poco a poco te lo vamos explicando, si hay algo que no entiendas lo vamos viendo.

A modo de resumen quédate con:

- Eliminación de presunción de inocencia para el hombre: Bulo, la presunción sigue en vigor.
- Variación de la carga probatoria en ausencia de elementos que decanten a una de las partes: No Bulo, con un ejemplo claro reciente además
- Hay que hacer contrato o un vídeo o tener una app: Bulo, no sirve para nada legalmente.
- La nueva ley del "sólo sí es sí" discrimina al hombre: No Bulo, el nuevo texto no menciona su aplicación a ciudadanos de sexo masculino.
- El consentimiento normal es suficiente: Bulo, la ley cambia a que tenga que ser concluyente e inequívoco, aún no hemos tenido un ejemplo claro de lo que se entiende como tal.
- Las penas y los períodos de cárcel ahora son más leves para violadores, maltratadores y gente que abusa sexualmente de otros: No Bulo, las penas por delitos sexuales se han rebajado.
- La ley de "solo sí es sí" es meramente cosmética: No Bulo, a efectos reales solo cambia en la situación de que no existan pruebas y solo testimonios de uno y otro, pero en situaciones normales no cambia apenas nada, cambian las penas, que son más bajas.

Un saludo, seguiremos informando de cómo se vulneran los derechos elementales del hombre y se le discrimina con la falsa justificación de intentar una defensa de la mujer que no solo no existe, sino que ahora es menor que antes de la aplicación de la ley.
Lalilulelu está baneado por "saltarse el ban con un clon"
clamp escribió:@Lalilulelu

Vamos a hacer un ejemplo mental práctico,

Dime, qué acto de consentimiento inequívoco puedes demostrar ante un Juez de que la relación fue consentida, y que no pueda dar pie a un cambio de actitud por parte de ella al día siguiente, simplemente, porque se averguenze o no quiera admitir haber tenido relaciones cuando se le haya pasado el colocón.

Y recuerda, que esta Ley invierte la carga de la prueba, eres TÚ quien debe acreditar que fue consentido y no forzado, ni antes, ni durante el acto.

¿Cómo lo demuestras?

Cuéntanos.

Y no estoy hablando de las chorra apps.

Y tu piensas que con que llegue una mujer a una comisaria, con la que has tenido relaciones sexuales, y te denuncia con falso testimonio, automaticamente te meten a la carcel?

Si la denuncia tira para delante, se abrirá un proceso judicial, y ahi el juez va a escuchar a las dos partes, y no va a ser un juicio donde la palabra de la mujer vaya a misa. El juez escuchará a la defensa de los dos, y con las versiones y pruebas aportadas dictará sentencia. Que aqui haceis creer que el hombre va a tener que demostrarlo y la mujer no tendrá que demostrar nada, algo totalmente falso.

Ten claro que si una mujer se ha inventado todo, va a caer en contradicciones, y los jueces no son tontos. No es sencillo estar mintiendo en pleno juzgado y que tu versión sea coherente.


La diferencia con la nueva ley? Que ahora mismo la defensa del acusado (violador), no va a poder utilizar el discurso de es que no dijo NO explicitamente en el coito. Ya está, esa es la única diferencia.

También hablais de las denuncias falsas en la viogen, sin entrar a debatir la cantidad ni si son desestimadas ni nada. Cuantos hombres han ido a prisión sin haber cometido ningún delito. Hay algún caso?

Tan poca fe tienes en la justicia? Y que pasa con los paises que tienes leyes casi identicas como son Suecia, Reino Unido, Irlanda, Luxemburgo, Alemania, Chipre, Islandia, Bélgica, Portugal y Grecia. Todos estos paises estan en el ajo del complot feminista?
Lalilulelu escribió:Y tu piensas que con que llegue una mujer a una comisaria, con la que has tenido relaciones sexuales, y te denuncia con falso testimonio, automaticamente te meten a la carcel?

En la cárcel igual no, porque eso lleva un proceso, pero te meten en "algún lado" que no va a ser tu casa... seguro:

Y no te tienes que remontar muy atrás en el tiempo.

EDITO: Ah, pues no, en la cárcel le metieron...

Con respecto al resto de cambios, he dejado antes un resumen rápido para saber qué es cierto de lo que ha cambiado y qué no.

Lalilulelu escribió:La diferencia con la nueva ley? Que ahora mismo la defensa del acusado (violador), no va a poder utilizar el discurso de es que no dijo NO explicitamente en el coito. Ya está, esa es la única diferencia.

No, la diferencia fundamental está en las PENAS por dichos delitos, que ahora son más BAJAS... el resto es más o menos igual, eso no se podía usar como defensa antes... y tampoco ahora, ah bueno, y que no aplica en el caso de los hombres, como nos vienen ya teniendo acostumbrados a hacer.

Lalilulelu escribió:Cuantos hombres han ido a prisión sin haber cometido ningún delito. Hay algún caso?

Sí, hay casos, sin ir más lejos el que te acabo de poner, y hace nada recuerdo una noticia de uno que incluso acusaron de abusar sexualmente de sus hijos... cuando en realidad resultó ser el amante de la susodicha... para novela daba.

Por supuesto no son la norma, como la norma no son que las denuncias sean falsas, pero claro que existen.
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@DNKROZ no te preocupes, que respondi a @clamp antes de haberme leído el resto del hilo, y veo que ya han desmontado lo de que se invierte la carga de la prueba.

Sin más, otro intento más de distorsión de la realidad.

Un saludete

Edit. Por cierto, lo de la noticia de la niña que preguntaba, no se a que viene con lo que pedía ya que eso no entra por violencia de género
Lalilulelu escribió:@DNKROZ no te preocupes, que respondi a @clamp antes de haberme leído el resto del hilo, y veo que ya han desmontado lo de que se invierte la carga de la prueba.

Sin más, otro intento más de distorsión de la realidad.

Un saludete

Poco has leído entonces, primero en lo que respecta a la reducción de penas (que flaco favor hace a esas mujeres) y segundo en la explicación de en qué consiste y en qué casos se puede dar la inversión probatoria, es más, te he puesto un ejemplo claro de ello de hace escasos días que parece que te ha pasado desapercibido, por lo que te recomiendo volver a leer.... Salvo que solo quieras leer lo que coincida exactamente con tus deseos, en ese caso igual este hilo no es el más adecuado, aquí hay bastante crítica con estos absurdos legales.

Lalilulelu escribió:Edit. Por cierto, lo de la noticia de la niña que preguntaba, no se a que viene con lo que pedía ya que eso no entra por violencia de género

Sencillo, es un ejemplo práctico de esa inversión de la que hablábamos, y no te confundas, el hilo no es únicamente para hablar de la LIVG, sino de los casos de discriminación legal (o social por extensión) a hombres, ese es uno de tantos.
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@DNKROZ porque piensas que no he leido sobre la reducción de penas? No se de donde sacas esas comclusiones.

Lo que he leido por tu parte y el resto de las personas asiduas es una buena recogida de cable. Excepto a @clamp que no ha vuelto a opinar, no se porque... ¬_¬
pacopolo no podrá escribir en este subforo hasta dentro de 6 horas
Lalilulelu escribió:Edit. Por cierto, lo de la noticia de la niña que preguntaba, no se a que viene con lo que pedía ya que eso no entra por violencia de género

Ya hay que tenerlos más que cuadrados... osea, que dices que no te van a meter en la cárcel únicamente por una denuncia sin pruebas, te ponen un caso de hace unos días donde ha pasado precisamente eso (cinco días de prisión, si no recuerdo mal, simplemente con la palabra de la denunciante, y no han sido más porque han pillado a la niña en un "renuncio" y ha terminado confesando al verse arrinconada) y tienes los huevos de decir que ese caso no sirve. ¿Y cuál te sirve entonces, o qué excusa vas a usar incluso aunque te pongan uno que encaje palabra por palabra con cada uno de tus requisitos?

Si un caso donde una mujer te denuncia sin pruebas y te meten en la cárcel no sirve de ejemplo de cómo se vulnera la presunción de inocencia, yo ya no sé qué ejemplo mejor se va a poder poner...
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pacopolo escribió:
Lalilulelu escribió:Edit. Por cierto, lo de la noticia de la niña que preguntaba, no se a que viene con lo que pedía ya que eso no entra por violencia de género

Ya hay que tenerlos más que cuadrados... osea, que dices que no te van a meter en la cárcel únicamente por una denuncia sin pruebas, te ponen un caso de hace unos días donde ha pasado precisamente eso (cinco días de prisión, si no recuerdo mal, simplemente con la palabra de la denunciante, y no han sido más porque han pillado a la niña en un "renuncio" y ha terminado confesando al verse arrinconada) y tienes los huevos de decir que ese caso no sirve. ¿Y cuál te sirve entonces, o qué excusa vas a usar incluso aunque te pongan uno que encaje palabra por palabra con cada uno de tus requisitos?

Si un caso donde una mujer te denuncia sin pruebas y te meten en la cárcel no sirve de ejemplo de cómo se vulnera la presunción de inocencia, yo ya no sé qué ejemplo mejor se va a poder poner...


Facil y sencillo, porque cuando sucedió esto no estaba en vigor la ley del solo si es si, ni actúa la viogen ya que no hay relación afectiva de por medio. Esto podia haber pasado hace 10 días como podía haber sucedido hace 30 años. Si no actúa este caso sobre ninguna de las dos leyes que os hace a ciertos hombres sentiros discriminados, que ejemplo es ese??
Lalilulelu escribió:Facil y sencillo, porque cuando sucedió esto no estaba en vigor la ley del solo si es si, ni actúa la viogen ya que no hay relación afectiva de por medio. Esto podia haber pasado hace 10 días como podía haber sucedido hace 30 años. Si no actúa este caso sobre ninguna de las dos leyes que os hace a ciertos hombres sentiros discriminados, que ejemplo es ese??

Pero es que eso no es una tampoco (ni puede serlo) una relación consentida, la ley del "sólo sí es sí" no le aplica ni ahora ni antes, tú has pedido un caso de alguien encarcelado únicamente basándose en un testimonio falso sin más pruebas, eso se te da dado (de viogen además), tu niegas una realidad, y se te demuestra que existe, pero luego tapas el sol con el dedo y dices que es de noche....o que preguntabas por la luna.

La ley del "sólo sí es sí" no es que nos haga a los hombres "sentirnos" discriminados, es que discrimina de facto a los hombres a no incluirlos en dicho texto legal, no es una "sensación" (como muchos gustan) es una realidad.

Y nunca se ha afirmado que la asimetría legal verse únicamente sobre estas dos leyes en particular, hay muchos más ejemplos ;)
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Lalilulelu escribió:Y tu piensas que con que llegue una mujer a una comisaria, con la que has tenido relaciones sexuales, y te denuncia con falso testimonio, automaticamente te meten a la carcel?


Pregúntale a estos tres:

La mujer que aseguró ser víctima de una violación grupal en La Malagueta retira la denuncia

"En los mensajes, la mujer reconoce -«de manera clara y rotunda», en palabras de la magistrada en el auto mediante el que liberó a los dos investigados que estaban en prisión- que no había sido agredida sexualmente."

Lalilulelu escribió:También hablais de las denuncias falsas en la viogen, sin entrar a debatir la cantidad ni si son desestimadas ni nada. Cuantos hombres han ido a prisión sin haber cometido ningún delito. Hay algún caso?

¿Tú crees que si una condena por una denuncia falsa de viogen no acarraea prisión, es por eso menos grave?
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DNKROZ escribió:
Lalilulelu escribió:Facil y sencillo, porque cuando sucedió esto no estaba en vigor la ley del solo si es si, ni actúa la viogen ya que no hay relación afectiva de por medio. Esto podia haber pasado hace 10 días como podía haber sucedido hace 30 años. Si no actúa este caso sobre ninguna de las dos leyes que os hace a ciertos hombres sentiros discriminados, que ejemplo es ese??

Pero es que eso no es una tampoco (ni puede serlo) una relación consentida, la ley del "sólo sí es sí" no le aplica ni ahora ni antes, tú has pedido un caso de alguien encarcelado únicamente basándose en un testimonio falso sin más pruebas, eso se te da dado, tu niegas una realidad, y se te demuestra que existe, pero luego tapas el sol con el dedo y dices que es de noche....o que preguntabas por la luna.

La ley del "sólo sí es sí" no es que nos haga a los hombres "sentirnos" discriminados, es que discrimina de facto a los hombres a no incluirlos de facto en dicho texto legal, no es una "sensación" (como muchos gustan) es una realidad.

Y nunca se ha afirmado que la asimetría legal verse únicamente sobre estas dos leyes en particular, hay muchos más ejemplos ;)


Te equivocas, he pedido que cuantos hombres han entrado a prisión por la ley de violencia de genero por un delito que no cometieron

Lalilulelu escribió:También hablais de las denuncias falsas en la viogen, sin entrar a debatir la cantidad ni si son desestimadas ni nada. Cuantos hombres han ido a prisión sin haber cometido ningún delito. Hay algún caso?


Si te quieres ceñir literalmente a la ultima pregunta es evidente que algun hombre ha entrado a prisión sin haber cometido un delito [+risas]

Y ya cierro, que se pierde mucho tiempo por aquí [beer]
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Lalilulelu escribió:Te equivocas, he pedido que cuantos hombres han entrado a prisión por la ley de violencia de genero por un delito que no cometieron

¿Tú crees que si una condena por una denuncia falsa de viogen no acarraea prisión, es por eso menos grave?

¿Te has leido el artículo 94 del Código Civil, por ejemplo?
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kopperpot escribió:
Lalilulelu escribió:Te equivocas, he pedido que cuantos hombres han entrado a prisión por la ley de violencia de genero por un delito que no cometieron

¿Tú crees que si una condena por una denuncia falsa de viogen no acarraea prisión, es por eso menos grave?

¿Te has leido el artículo 94 del Código Civil, por ejemplo?

Para nada he querido decir eso.

Lo unico que quiero explicar es que ni por la viogen se condena a prision a alguien por la única prueba del testimonio de la mujer, como se intenta insinuar a veces

Ni por esta nueva ley se va a condenar a prisión con el simple testimonio de una mujer.

Lo que vengo a explicar es que se habla más sobre estas leyes utilizando medias verdades, bulos y desinformaciones por este hilo, que luego lo que la ley realmente dice. Distorsión de la realidad.

Ahora si [bye]
Lalilulelu escribió:Te equivocas, he pedido que cuantos hombres han entrado a prisión por la ley de violencia de genero por un delito que no cometieron

Imposible de saber, dado que ese dato no figura convenientemente en ningún lado, pero como puedes suponer, y como dicen en mi pueblo "para muestra un botón" no son CERO, y en el momento en que estás condenando a un inocente ya indica que estás haciendo algo mal, luego busco el que te comentaba de los abusos sexuales al hijo, por ilustrar.

Pero sin irnos también al tema prisión, seguramente sin ser condenados a prendas de prisión también existen más de una condena y más de veinte, donde sean inocentes y hayan sido condenados igual.

Lalilulelu escribió:También hablais de las denuncias falsas en la viogen, sin entrar a debatir la cantidad ni si son desestimadas ni nada. Cuantos hombres han ido a prisión sin haber cometido ningún delito. Hay algún caso?

Si te quieres ceñir literalmente a la ultima pregunta es evidente que algun hombre ha entrado a prisión sin haber cometido un delito [+risas]

Y ya cierro, que se pierde mucho tiempo por aquí [beer]

Vamos a dejar el detalle de que el ejemplo que se te ponía ERA viogen, (víctima mujer, supuesto agresor hombre) y vamos a matizar que sí hemos entrado a debatir ese detalle, concretamente en la imposibilidad de que las denuncias falsas "oficiales" de 2020 sean CERO, no hemos recibido ninguna respuesta al tema, ¿sabes por qué? , porque en el fondo tú y el resto sabéis que es una imposibilidad manifiesta, pero reconocerlo es abrir la puerta a que todo el sistema sea deficiente y discriminatorio, y claro, eso no es bueno para el discurso de turno de que todo es por y para las mujeres, incluyendo la discriminación que se hace al hombre y la reducción de las penas para los que violan o agreden, todo pensado para la mujer :-|

En fin, en lo que sí estamos de acuerdo es el que se pierde mucho tiempo en esto, pero porque se pone mucho esfuerzo en negar cosas que resultan evidentes, como que de 150000 denuncias no puede no haber ni una que no sea falsa, no podría demostrar eso ni queriendo :o

Lalilulelu escribió:Ni por esta nueva ley se va a condenar a prisión con el simple testimonio de una mujer.

Se te ha puesto un ejemplo de un caso en el que así ha sido, solo con ESO ya se desmonta tu discurso del "eso no va a pasar nunca" , porque ya ha pasado, y no es el único ejemplo.
Desinformar es justamente obviar todo esto y seguir con el discurso de que eso no existe, las denuncias falsas son los padres, la ley es igual para todos y no hay asimetría legal para los hombres... porque directamente es falso lo que afirmas.
#444388# está baneado del subforo por "flames"
Lalilulelu escribió:
kopperpot escribió:
Lalilulelu escribió:Te equivocas, he pedido que cuantos hombres han entrado a prisión por la ley de violencia de genero por un delito que no cometieron

¿Tú crees que si una condena por una denuncia falsa de viogen no acarraea prisión, es por eso menos grave?

¿Te has leido el artículo 94 del Código Civil, por ejemplo?

Para nada he querido decir eso.

Lo unico que quiero explicar es que ni por la viogen se condena a prision a alguien por la única prueba del testimonio de la mujer, como se intenta insinuar a veces

Ni por esta nueva ley se va a condenar a prisión con el simple testimonio de una mujer.

Con el simple testimonio en falso de una mujer sí puedes entrar en prisión, solo tiene que decir que la has agredido sexualmente, y tienes varios ejemplos como el que te hemos puesto de la niña de 13 años y la chica de la malagueta.

Y lo de que sea viogen en realidad no se qué le ves de relevante. Si en el caso de la denuncia falsa de violación de la malagueta que te puse antes, o en el de la chica de 13 años, la denunciante dice que en vez de tres chicos o un indigente, quien la ha agredido sexualmente es su exnovio o expareja, éste también entraría en prisión provisional hasta el día del juicio.

Lalilulelu escribió:Lo que vengo a explicar es que se habla más sobre estas leyes utilizando medias verdades, bulos y desinformaciones por este hilo, que luego lo que la ley realmente dice. Distorsión de la realidad.

Ahora si [bye]

Distorsión de la realidad son tus opiniones acerca de lo que se argumenta en este hilo, porque son mentira.

Hasta luego ;)
Avestruz escribió:@clamp @DNKROZ
Hola, he visto que comentáis que la ley invierte la carga de la prueba.
¿Es eso cierto, o es un bulo?

¿Podéis compartir el artículo de la ley donde habéis leído que se invierte la carga de la prueba? Porque me suena un poco raro.

Como respuesta si no es mucho pedir me gustaría el artículo de la ley (que doy por hecho habréis leído), no interpretaciones sesgadas de lo que dice Montero o lo que dice un tuit de nosequién.

Concretamente la doctrina fijada por la sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo nº 282/2018, del 13 de junio. Una sentencia que declara que las víctimas de violencia de género (AKA mujeres porque así se ha legislado) deben ser consideradas testigo privilegiado.

Es una violación de la presunción de inocencia no sólo por incurrir en la petición de principio (hasta que no hay sentencia firme la denunciante no puede ser considerada víctima), sino que dice que la declaración de la supuesta víctima debe ser tomada con verosimilitud intrínseca. Palabras literales de la sentencia:

en su categorización probatoria está en un [b]grado mayor que el mero testigo ajeno y externo al hecho[/b]

Es decir, que el testimonio de una supuesta víctima de la violencia de género (exclusivamente mujeres porque la legislación no reconoce la violencia de género contra el hombre) actúa cual prueba negativa que impide al acusado (sólo hombre porque la jurisprudencia define así el delito de violencia de género) si quiera enervar la acusación a través de otros medios probatorios "menores", lo cual incluye otros testigos cuyo testimonio vale menos que el de la denunciante. Es decir, que puedes tener a la madre de la denunciante diciendo que es mentira, que estaba en su casa jugando a la consola, y no importa.

Y por todo eso se invierte la carga de prueba. Porque no solamente el acusado es quien tiene que demostrar que el testimonio es incorrecto, sino que además tiene que hacerlo con pruebas de mayor grado.

El derecho a la presunción de inocencia en su vertiente de regla de juicio impide ontológicamente otorgar ab initio una preeminencia probatoria a una determinada prueba de cargo, en perjuicio del acusado.
Me hace gracia que se use con tanta frivolidad el término "feminista" solo por pertenecer a la formación política que dice representarla, aunque por definición, dicha formación va generalmente en sentido contrario a lo que promulga dicha definición, y cuando se atisba una irregularidad que vilipendia dicha igualdad, al que se le ocurre señalarlo es tachado de antifeminista (y otros adjetivos que no voy a repetir pero que ya sabemos todos) y solo porque no cree a pies juntillas lo que esta agrupación política asegura que vienen a entender por feminismo.

Entonces a veces me surge la pregunta de si me estaré equivocando en algo al ver estas desigualdades que detecto y si mi limitada visión en estos temas enturbiaría la verdad que inicialmente no veo y que otros por aquí si ven y defienden fervientemente. Siendo esta una cuestión política llevada acabo por politicos y dejando a un lado el sentido común, porque con él de cara no habría debate, voy a ir a lo fácil. Censo de ciudadanos españoles con capacidad de voto en 2019: 35 millones, de los cuales 18 millones son mujeres y 17 millones hombres.

Siendo este Ministerio el que ejerce una política que dice equiparar a las mujeres frente a los hombres y andar en busca de derechos injustamente usurpados, lo lógico sería que el cómputo total de las mujeres con capacidad e intención de voto, mas la cantidad de hombres que comparten estas mismas inquietudes, lo hiciesen a este partido, obteniendo una mayoría absoluta indiscutible, y lo que no entiendo es como, en agosto de 2022, la intención de voto según empresas que se dedican a recopilar este tipo de datos, situen a la formación morada como la cuarta de cinco escrutadas, estando esta mas cerca de la quinta que de la tercera en el ranking.

Que es lo que está pasando?? No llega el mensaje que predican de unanimidad, igualdad y rescate de derechos básicos para las mujeres oprimidas por el patriarcado?? o también es posible que se hayan pasado de frenada considerando a la ciudadanía más estúpida de lo que presuponían que podria llegar a ser con lo del sí solo es sí, la viogen tal cual se plantea y el yo si te creo hermana y así van las encuestas??
RheinFire escribió:Me hace gracia que se use con tanta frivolidad el término "feminista" solo por pertenecer a la formación política que dice representarla, aunque por definición, dicha formación va generalmente en sentido contrario a lo que promulga dicha definición, y cuando se atisba una irregularidad que vilipendia dicha igualdad, al que se le ocurre señalarlo es tachado de antifeminista (y otros adjetivos que no voy a repetir pero que ya sabemos todos) y solo porque no cree a pies juntillas lo que esta agrupación política asegura que vienen a entender por feminismo.

Entonces a veces me surge la pregunta de si me estaré equivocando en algo al ver estas desigualdades que detecto y si mi limitada visión en estos temas enturbiaría la verdad que inicialmente no veo y que otros por aquí si ven y defienden fervientemente. Siendo esta una cuestión política llevada acabo por politicos y dejando a un lado el sentido común, porque con él de cara no habría debate, voy a ir a lo fácil. Censo de ciudadanos españoles con capacidad de voto en 2019: 35 millones, de los cuales 18 millones son mujeres y 17 millones hombres.

Siendo este Ministerio el que ejerce una política que dice equiparar a las mujeres frente a los hombres y andar en busca de derechos injustamente usurpados, lo lógico sería que el cómputo total de las mujeres con capacidad e intención de voto, mas la cantidad de hombres que comparten estas mismas inquietudes, lo hiciesen a este partido, obteniendo una mayoría absoluta indiscutible, y lo que no entiendo es como, en agosto de 2022, la intención de voto según empresas que se dedican a recopilar este tipo de datos, situen a la formación morada como la cuarta de cinco escrutadas, estando esta mas cerca de la quinta que de la tercera en el ranking.

Que es lo que está pasando?? No llega el mensaje que predican de unanimidad, igualdad y rescate de derechos básicos para las mujeres oprimidas por el patriarcado?? o también es posible que se hayan pasado de frenada considerando a la ciudadanía más estúpida de lo que presuponían que podria llegar a ser con lo del sí solo es sí, la viogen tal cual se plantea y el yo si te creo hermana y así van las encuestas??


En la calle lo que veo es que la cosa está muy dividida con éste tema, casi al 50/50. Lo que observo en mi entorno, es que los que más pasados de rosca van, son el grupo "antifeminista", me cuesta muchísimo más encontrar a gente que esté abierta al diálogo en dicho grupo, curiosamente, al contrario que aquí en el foro [+risas]
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RheinFire escribió:Que es lo que está pasando?? No llega el mensaje que predican de unanimidad, igualdad y rescate de derechos básicos para las mujeres oprimidas por el patriarcado?? o también es posible que se hayan pasado de frenada considerando a la ciudadanía más estúpida de lo que presuponían que podria llegar a ser con lo del sí solo es sí, la viogen tal cual se plantea y el yo si te creo hermana y así van las encuestas??


Por ejemplo en el último baremo del CIS de julio, al igual que en los últimos, Irene Montero vuelve a estar entre los dos ministros peor valorados, con un 3,71 por encima de la última, Ione Belarra (3,48). Y eso que es la segunda ministra más famosa, reconocida por el 91,6% de los preguntados

¿Por qué será? ¬_¬
kopperpot escribió:
RheinFire escribió:Que es lo que está pasando?? No llega el mensaje que predican de unanimidad, igualdad y rescate de derechos básicos para las mujeres oprimidas por el patriarcado?? o también es posible que se hayan pasado de frenada considerando a la ciudadanía más estúpida de lo que presuponían que podria llegar a ser con lo del sí solo es sí, la viogen tal cual se plantea y el yo si te creo hermana y así van las encuestas??


Por ejemplo en el último baremo del CIS de julio, al igual que en los últimos, Irene Montero vuelve a estar entre los dos peores ministros, valorada con un 3,71 por encima de la última, Ione Belarra (3,48).

¿Por qué será? ¬_¬


Solo hay dos opciones:
1º- Solo preguntan a fachas
2º- Violencia política patriarcal
Lalilulelu escribió:
kopperpot escribió:
Lalilulelu escribió:Te equivocas, he pedido que cuantos hombres han entrado a prisión por la ley de violencia de genero por un delito que no cometieron

¿Tú crees que si una condena por una denuncia falsa de viogen no acarraea prisión, es por eso menos grave?

¿Te has leido el artículo 94 del Código Civil, por ejemplo?

Para nada he querido decir eso.

Lo unico que quiero explicar es que ni por la viogen se condena a prision a alguien por la única prueba del testimonio de la mujer, como se intenta insinuar a veces

Ni por esta nueva ley se va a condenar a prisión con el simple testimonio de una mujer.

Lo que vengo a explicar es que se habla más sobre estas leyes utilizando medias verdades, bulos y desinformaciones por este hilo, que luego lo que la ley realmente dice. Distorsión de la realidad.

Ahora si [bye]


Un ejemplo muy fácil es lo que se ha mencionado varias veces en este hilo de que el testimonio de una persona puede ser la única prueba para condenar a alguien y se hace el matiz de "bajo ciertas condiciones". Lo que no se comenta es que las condiciones para que esto suceda es, básicamente, demostrar fehacientemente que ese testimonio es verdad aportando hechos y pruebas que lo respalden... es decir, de facto, solo el testimonio no sirve de nada si no se apoya en algo mas tangible y demostrable... pero esto segundo se deja resumido en un "bajo ciertas condiciones" y se da a entender que mañana puede venir una mujer cualquiera, acusarte y tú irás directo a la cárcel solo por ser hombre.

Para mi, es un claro ejemplo de cómo tergiversar la realidad en función de tu discurso.
La declaración exclusiva de la víctima como única prueba

Los Tribunales vienen exigiendo una serie de requisitos para que la declaración exclusiva de la víctima como única prueba de cargo rompa con el principio de presunción de presunción de inocencia de la que cualquier persona ha de partir.

Otro bulo que cae. Una simple declaración de una mujer te puede llevar a ser condenado.
dinodini escribió:La declaración exclusiva de la víctima como única prueba

Los Tribunales vienen exigiendo una serie de requisitos para que la declaración exclusiva de la víctima como única prueba de cargo rompa con el principio de presunción de presunción de inocencia de la que cualquier persona ha de partir.

Otro bulo que cae. Una simple declaración de una mujer te puede llevar a ser condenado.


Pero es que esto es algo conocido de sobra en el mundo jurídico, por lo que usarlo como argumento me parece querer retorcer la verdad para llevar el discurso a tu terreno.

Si te fijas, la sentencia de la que habla el artículo es de 2013 pero las hay anteriores y posteriores... no es nada nuevo. Los dos ejemplos que se aportan, son muy descriptivos.
Antes han puesto, varias veces, las condiciones en las cuales el testimonio único (de una mujer) puede llevar a la variación de la carga probatoria y, por tanto, a la condena en ausencia de pruebas que rebatan dicho testimonio.

Le estáis dando palos a un arbusto que ya ha sido explicado con anterioridad por lo menos en 3 o 4 ocasiones por el compañero @kopperpot e incluso se han puesto los textos donde se contempla en qué circunstancias y bajo qué condiciones se admite eso, que puede llevar a una situación de indefensión de la otra parte en casos concretos, el decir que ocurre siempre sería un bulo, no ocurre siempre, el decir que no ocurre nunca... es OTRO bulo, ocurre, yo mismo he puesto una noticia, y el compañero @kopperpot otra, donde dos personas han sido condenadas ÚNICAMENTE con el testimonio (falso) de las supuestas víctimas. Luego han sido exoneradas pero únicamente cuando se han presentado pruebas adicionales.

Me fascina la capacidad de algunos de seguir empeñados en el "eso es imposible" cuando tienes casos en negro sobre blanco (y en noticia) que te están restregando en la cara que eso ya ha pasado, por supuesto que el "hermana yo sí te creo" NO es suficiente para condenar a nadie al margen de las pruebas y del sentido común, nos ha jodido, eso ya sería de juzgado de guardia... y ojo, no lo descarto en un futuro viendo la deriva que tiene todo pero de momento la presunción de inocencia existe.

La cuestión está en que ya no hace falta aportar pruebas "fehacientemente" y demostrar que el testimonio de una mujer en un juicio de este estilo sea cierto más allá de toda duda y que el hombre sea culpable... el testimonio de la mujer se trata como se podría tratar el de un Guardia Civil en una multa de tráfico, salvo que TÚ aportes pruebas de lo contrario el testimonio es verdadero, y la condena te la llevas, no es válido tu testimonio únicamente para ello, tienes que demostrar que eres inocente más allá del "yo no hice eso", algo que por cierto siempre me ha llamado la atención de nuestro sistema legal.

Por supuesto que eso NO va a ser una situación habitual, normalmente se suelen pedir más circunstancias, pruebas, testimonios de más partes etc... y seguramente sean casos muy concretos y limitados, pero la realidad del hecho está ahí, no es un bulo, ni algo que uno se esté inventando, ni una app en el teléfono ni gilipolleces de esas... es algo en negro sobre blanco, es una consideración del testimonio que no se tiene en el caso del hombre (en ningún aspecto legal de ningún ciudadano) y es algo que pone de manifiesto una vez más una asimetría legal entre hombres y mujeres en este país.

¿Qué es una asimetría legal que en la práctica es muy difícil que se dé?, correcto, pero eso no la hace menos cierta... y ya hay casos prácticos de aplicación de la misma.

PD: Pero mira, en lo que estoy de acuerdo es que se habla mucho más de este detalle... que del hecho de que la nueva ley esta esté rebajando penas a los agresores sexuales, que es lo que debería preocuparle a todo el mundo, preguntaros el por qué.
@DNKROZ solo un apunte...

DNKROZ escribió:el testimonio único (de una mujer)


Es igual para hombres y mujeres.

Por otro lado, lo que se está explicando, es que, de facto, solo el testimonio NO es válido ya que se tiene que apoyar en otros hechos como dice el texto que se ha indexado, por lo que esgrimir que solo el testimonio es válido como se hace constantemente en este hilo, es tergiversar la realidad.

DNKROZ escribió:La cuestión está en que ya no hace falta aportar pruebas "fehacientemente" y demostrar que el testimonio de una mujer en un juicio de este estilo sea cierto más allá de toda duda y que el hombre sea culpable... el testimonio de la mujer se trata como se podría tratar el de un Guardia Civil en una multa de tráfico, salvo que TÚ aportes pruebas de lo contrario el testimonio es verdadero, y la condena te la llevas, no es válido tu testimonio únicamente para ello, tienes que demostrar que eres inocente más allá del "yo no hice eso", algo que por cierto siempre me ha llamado la atención de nuestro sistema legal.


No es verdad, reitero, lee el texto que se ha indexado... no hace falta ser abogado para entenderlo... SIEMPRE tiene que ser el demandante el que demuestre la culpabilidad del demandado... la segunda sentencia es muy aclaratoria a este respecto.
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@dinodini @srkarakol La declaración de la víctima COMO UNICA PRUEBA es válida para condenar ran solo con cumplir unos REQUISITOS, y es doctrina consolidada del Tribunal Supremo desde hace mucho tiempo.

La sentencia del Tribunal Supremo 269/2014, Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, Sección 1, Rec 1845/2013 de 20 de marzo de 2014, relativa a un supuesto de abuso sexual, donde se indica incluso que esta situación desplaza aparentemente la carga de la prueba sobre el acusado, lo que se acentúa si ademas de denunciar se persona como acusación particular como he comentado aquí en varias ocasiones:

Esta Sala viene declarando que la situación límite de riesgo para el derecho constitucional de presunción de inocencia se produce cuando la única prueba de cargo la constituye la declaración de la supuesta víctima del delito. El riesgo se hace extremo si la supuesta víctima es precisamente quien inició el proceso, mediante la correspondiente denuncia o querella, haciéndose aún más acentuado si ejerce la acusación, pues en tal caso se constituye en única prueba de la acusación al propio acusador. Basta con formular la acusación y sostenerla personalmente en el juicio, para desplazar aparentemente la carga de la prueba sobre el acusado, obligándole a ser él quien demuestre su inocencia, frente a una prueba de cargo integrada únicamente por la palabra de quien le acusa. Todavía cabe alcanzar un supuesto más extremo, en aquellos casos en que la declaración del acusador no solo es única prueba de la supuesta autoría del acusado sino también de la propia existencia del delito, del cual no existe acreditación alguna, fuera de las manifestaciones de quien efectúa la acusación; llegándose al grado máximo de indefensión para el acusado cuando la acusación fundada exclusivamente en la palabra del acusador es tan imprecisa en su circunstancia o en el tiempo que no hay prácticamente posibilidad alguna de prueba en contrario. Es por ello, por lo que en estos supuestos, el control casacional no puede limitarse a la mera constatación formal de que dicha declaración es hábil para ser valorada como prueba de cargo, sino que va más allá, verificando la racionalidad del proceso de decisión que fundamenta la condena, como también sucede, por ejemplo, en los supuestos de prueba indiciaria (...) En consecuencia esta Sala ha señalado reiteradamente que aun cuando, en principio, la declaración de la víctima puede ser hábil para desvirtuar la presunción constitucional de inocencia, atendiendo a que el marco de clandestinidad en que se producen determinados delitos, significadamente contra la libertad sexual, impide en ocasiones disponer de otras pruebas, ha de resaltarse que para fundamentar una sentencia condenatoria en dicha única prueba es necesario que el Tribunal valore expresamente la comprobación de la concurrencia de las siguientes notas o requisitos: ausencia de incredibilidad subjetiva, o dicho en positivo, credibilidad subjetiva del testimonio, verosimilitud del mismo y persistencia en la acusación”.

srkarakol escribió:Para mi, es un claro ejemplo de cómo tergiversar la realidad en función de tu discurso.

No, es un claro ejemplo de lo que demostraste en feedback, que recurres a la “reinterpretación a tu manera” de lo que dicen otros (cuando no a la mentira o al victimismo) casi por norma.
srkarakol escribió:Es igual para hombres y mujeres.

Es imposible que sea igual para hombres y mujeres porque lo que estamos tratando son víctimas de violencia de género en este caso... y esa es una condición que NO puede tener un hombre.
Por lo tanto no, no es igual, no PUEDE ser igual, ya solo con la acepción de eso te sales de esa "igualdad"

srkarakol escribió:Por otro lado, lo que se está explicando, es que, de facto, solo el testimonio NO es válido ya que se tiene que apoyar en otros hechos como dice el texto que se ha indexado, por lo que esgrimir que solo el testimonio es válido como se hace constantemente en este hilo, es tergiversar la realidad.

Hemos dejado claro, varias veces, con esta ya van como 7 u 8, que el testimonio no puede ser "cualquiera" y que por supuesto hacen falta más cosas para que pase lo que comentamos, como la verosimilitud del mismo (entre otros), pero su categorización probatoria es diferente, y se reconoce el hecho como tal simplemente en reconocer la posibilidad de que, bajo determinadas circunstancias, sea suficiente el mismo... incluso en el texto que habéis indicado.

srkarakol escribió:No es verdad, reitero, lee el texto que se ha indexado... no hace falta ser abogado para entenderlo... SIEMPRE tiene que ser el demandante el que demuestre la culpabilidad del demandado.

No estás diciendo nada que no haya dicho antes, por supuesto que no es simplemente un "hermana yo sí te creo" que llegues al juez con tu historia y automáticamente te de la razón... faltaría más, no hace falta ser abogado ni ingeniero ni nada para ver que eso sería una locura, pero hay condiciones bajo las que el testimonio es lo único que se necesita a nivel probatorio.

Además, es muy sencillo, ¿cómo explicas si no las condenas de las dos noticias (recientes) que hemos apuntado si esa circunstancia no pudiera darse nunca?, en ambos casos la única prueba existente era el testimonio de las demandantes.... y los demandados fueron condenados únicamente con ese testimonio (y en el caso de la niña de 13 años como se ha visto la verosimilitud además brillaba por su ausencia), fue solo posteriormente, con el aporte de pruebas adicionales como el caso de las cámaras de seguridad u otros testimonios, donde fueron exculpados de su "crimen". Hablamos de dos casos de aplicación práctica (en los últimos meses solo y que hayan sido noticia) en los cuales no se cumplen ni siquiera las condiciones que se supone se tienen que cumplir para considerar mayor carácter probatorio.

¿Qué explicación tienes al respecto?

kopperpot escribió:
srkarakol escribió:Para mi, es un claro ejemplo de cómo tergiversar la realidad en función de tu discurso.

No, es un claro ejemplo de lo que demostraste en feedback, que recurres a la “reinterpretación a tu manera” de lo que dicen otros (cuando no a la mentira o al victimismo) casi por norma.

La mayor parte de los que posteamos en este hilo nuestro "discurso" siempre ha sido el mismo, denunciar las desigualdades legales y sociales entre hombres y mujeres y pedir una igualdad REAL a todos los niveles para todos los ciudadanos. Nunca he sabido qué hay de malo en ello, pero parece que hay mucha gente que no le interesa.
DNKROZ escribió:
srkarakol escribió:Es igual para hombres y mujeres.

Es imposible que sea igual para hombres y mujeres porque lo que estamos tratando son víctimas de violencia de género en este caso... y esa es una condición que NO puede tener un hombre.
Por lo tanto no, no es igual, no PUEDE ser igual, ya solo con la acepción de eso te sales de esa "igualdad"


Te equivocas. Los requisitos esos se aplican en delitos que suceden en la intimidad, no únicamente en violencia de género. ¿Quieres un ejemplo? La sentencia en el mensaje anterior al tuyo va sobre un delito que no es violencia de género.

Seguiremos informando. [oki]
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srkarakol escribió:No es verdad, reitero, lee el texto que se ha indexado... no hace falta ser abogado para entenderlo... SIEMPRE tiene que ser el demandante el que demuestre la culpabilidad del demandado... la segunda sentencia es muy aclaratoria a este respecto.


En los delitos no hay DEMANDANTE ni DEMANDADO, eso es en un procedimiento CIVIL.

En un delito se habla de DENUNCIANTE y DENUNCIADO.

Y con ese rigor y demostración de conocimientos jurídicos, y de que ni siquiera lees con propiedad, te atreves a acusar a otro usuario de retorcer la realidad porque habla de “condiciones” o “requisitos” donde tú lees “hechos”…

Si es que, como ya te dije antes, lo tuyo tiene hasta cierta guasa [qmparto] [facepalm]
@Avestruz , claro, me equivoco, porque yo que estoy hablando de A, claramente no es B y por eso tú qué dices C tienes razón.

La desigualdad que estamos poniendo de manifiesto comprende la VG, pero no se limita a ella, como puedes ver, aunque si al final se llega a la situación que hace tiempo se viene presionando y demandando por parte de muchos, VG será cualquier delito (violento) en la que la implicada sea una mujer.
Esto NO es una buena noticia, que algo así comprenda encima muchos más ámbitos no es lo que yo consideraría deseable, si lo deseas tú... Pues todo para tí :o

Seguiremos informando contra la desinformación [oki]
DNKROZ escribió:Es imposible que sea igual para hombres y mujeres


Bueno, si esto es un "no me lo creo", poco mas se puede debatir. Te guste o no esa doctrina no tiene nada que ver con el sexo.

@kopperpot por favor, argumenta cosas serias. En la calle no se habla como en una sala... es de lo primero que me enseñaron en derecho, la comunicación con el cliente. Y, por favor, deja las alusiones personales y respeta un poco al resto de usuarios que hace tiempo que decidimos que no eras un interlocutor con el que quisiéramos tener ningún contacto. No me queda otra que reportar.

Pd.- de todos los abogados o ex-abogados que conozco, NINGUNO va soltando latinajos para demostrar lo mucho que sabe ni corrigiendo a la gente con términos técnicos... al contrario, TODOS intentan tener un dialecto entendible SIN NINGÚN TECNICISMO...
srkarakol escribió:Bueno, si esto es un "no me lo creo", poco mas se puede debatir. Te guste o no esa doctrina no tiene nada que ver con el sexo.

Igual no me he explicado bien, me refería obviamente a los casos de violencia de género y/o abusos sexuales, donde no se trata de creer nada o dejar de creer, es ha realidad, NO ES IGUAL, empezando por la violencia de género que en el caso de un hombre no se contempla y acabando por los casos de abuso en los que el testimonio de un hombre nunca se va a contemplar con mayor carga que el de una mujer, bajo ninguna circunstancia.

Y efectivamente contra eso poco tienes que debatir, porque es la realidad que nos ocupa, de eso precisamente viene este hilo, de no ser igual las cosas para unos y para otros.

srkarakol escribió:@kopperpot por favor, argumenta cosas serias. En la calle no se habla como en una sala... es de lo primero que me enseñaron en derecho, la comunicación con el cliente. Y, por favor, deja las alusiones personales y respeta un poco al resto de usuarios que hace tiempo que decidimos que no eras un interlocutor con el que quisiéramos tener ningún contacto. No me queda otra que reportar.

No ha enunciado nada que de lo que no hayas acusado tú, y otros usuarios, previamente. No me parece que vaya contra las normas ni te falte al respeto, desde luego está muy lejos de caricaturizar e insultar al personal como tertulianos de la SER (que es lo que debe pasar en tu cabeza), si yo me pongo a reportar posts de ese estilo me quedo sin botón de reporte por desgaste.

Si tienes algo que rebatirle, con lenguaje de "sala" o sin él, lo haces, pero poner nada y lo que has puesto es lo mismo.
@DNKROZ ya te hemos dicho que esa doctrina no se aplica solo en casos de violencia de género, con lo cual estabas equivocado, no se aplica solo a mujeres. Paso de discutir porque jamás admitirías que te habías equivocado y sería entrar en un bucle, pero bueno, ya está.
Avestruz escribió:@DNKROZ ya te hemos dicho que esa doctrina no se aplica solo en casos de violencia de género, con lo cual estabas equivocado, no se aplica solo a mujeres. Paso de discutir porque jamás admitirías que te habías equivocado y sería entrar en un bucle, pero bueno, ya está.


¿En qué otros casos se aplica?
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@srkarakol Como siempre, puño de hierro, mandíbula de cristal.

srkarakol escribió:Pd.- de todos los abogados o ex-abogados que conozco, NINGUNO va soltando latinajos para demostrar lo mucho que sabe ni corrigiendo a la gente con términos técnicos... al contrario, TODOS intentan tener un dialecto entendible SIN NINGÚN TECNICISMO...


Soy un interlocutor con el que no quieres contacto alguno, pero no dejas de hacerme alusiones indirectas como la de antes, ni directas como la de ahora…

Está claro lo que buscas con ello, y que estoy cayendo en la trampa. Así que en la medida de lo posible, procuraré darte a ti el trato que tú me niegas, que es el de limitarme a rebatir tus argumentos y evitar hacer juicios de valor sobre ti como persona.
seaman escribió:
Avestruz escribió:@DNKROZ ya te hemos dicho que esa doctrina no se aplica solo en casos de violencia de género, con lo cual estabas equivocado, no se aplica solo a mujeres. Paso de discutir porque jamás admitirías que te habías equivocado y sería entrar en un bucle, pero bueno, ya está.


¿En qué otros casos se aplica?

Pues como mínimo en delitos contra la libertad sexual, dónde tanto víctimas como victimarios pueden ser de cualquier sexo. Hay una sentencia más atrás.

Y probablemente en el resto de delitos de similar naturaleza que ocurren en la intimidad (malos tratos, vejaciones entre familiares/convivientes, amenazas, etc.)
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Avestruz escribió:Pues como mínimo en delitos contra la libertad sexual, dónde tanto víctimas como victimarios pueden ser de cualquier sexo. Hay una sentencia más atrás.

¿Conoces algún delito de violación en que la víctima sea hombre y el acusado, mujer?

¿Tú crees que una mujer podría ser acusada de violación a tenor de lo que dice el art. 179 del Código Penal?

Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años.”
kopperpot escribió:
Avestruz escribió:Pues como mínimo en delitos contra la libertad sexual, dónde tanto víctimas como victimarios pueden ser de cualquier sexo. Hay una sentencia más atrás.

¿Conoces algún delito de violación en que la víctima sea hombre y el acusado, mujer?

¿Tú crees que una mujer podría ser acusada de violación a tenor de lo que dice el art. 179 del Código Penal?

Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años.”

No sé, no he buscado.

¿Pero a qué viene esa pregunta? ¿Te crees que no sé de lo que hablo cuando digo delitos contra la libertad sexual? Sé que sabes que eso abarca muchos delitos, no solo el de violación. :-?

De hecho la sentencia que has puesto tú y a la que me refería no era sobre una violación.
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Avestruz escribió:
kopperpot escribió:
Avestruz escribió:Pues como mínimo en delitos contra la libertad sexual, dónde tanto víctimas como victimarios pueden ser de cualquier sexo. Hay una sentencia más atrás.

¿Conoces algún delito de violación en que la víctima sea hombre y el acusado, mujer?

¿Tú crees que una mujer podría ser acusada de violación a tenor de lo que dice el art. 179 del Código Penal?

Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años.”

No sé, no he buscado.

¿Pero a qué viene esa pregunta? ¿Te crees que no sé de lo que hablo cuando digo delitos contra la libertad sexual? Sé que sabes que eso abarca muchos delitos, no solo el de violación. :-?

De hecho la sentencia que has puesto tú y a la que me refería no era sobre una violación.


Porque en este hilo se estaba hablando de que, en una relación sexual (se entiende que con penetración), la palabra de la mujer diciendo que dicha relación sexual fue no consentida como única prueba, puede ser suficiente no solo para mandarte a prisión provisional hasta el día del juicio, sino para condenarte como reo de violación en dicho juicio, obligando al acusado para que no sea condenado a que en dicho juicio tenga que demostrar o bien que existen contradicciones en dicho testimonio, o bien que dicho consentimiento sí existió en base, por ejemplo, a los hechos anteriores o posteriores a dicha relación sexual.

Y en una relación sexual con penetración no consentida (violación según el art. 179 del CP), el autor SIEMPRE es un hombre y la víctima una mujer.
kopperpot escribió:
Avestruz escribió:
kopperpot escribió:¿Conoces algún delito de violación en que la víctima sea hombre y el acusado, mujer?

¿Tú crees que una mujer podría ser acusada de violación a tenor de lo que dice el art. 179 del Código Penal?

Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años.”

No sé, no he buscado.

¿Pero a qué viene esa pregunta? ¿Te crees que no sé de lo que hablo cuando digo delitos contra la libertad sexual? Sé que sabes que eso abarca muchos delitos, no solo el de violación. :-?

De hecho la sentencia que has puesto tú y a la que me refería no era sobre una violación.


Porque en este hilo se estaba hablando de que, en una relación sexual (se entiende que con penetración), la palabra de la mujer diciendo que dicha relación sexual fue no consentida como única prueba, puede ser suficiente no solo para mandarte a prisión provisional hasta el día del juicio, sino para condenarte como reo de violación en dicho juicio, obligándote a demostrar o bien que existen contraicciones en dicho testimonio, o bien que dicho consentimiento sí existió en base, por ejemplo, a los hechos anteriores o posteriores a dicha relación sexual.

Y en una relación sexual con penetración no consentida (violación según el art. 179 del CP), el autor SIEMPRE es un hombre y la víctima una mujer.

No sé qué tiene que ver eso con lo que he dicho yo, que está bien claro, me han preguntado una cosa y la he contestado :-?

Existen las relaciones sexuales sin penetración, y múltiples delitos contra la libertad sexual que no son violación, te lo acabo de decir.
Avestruz escribió:@DNKROZ ya te hemos dicho que esa doctrina no se aplica solo en casos de violencia de género, con lo cual estabas equivocado, no se aplica solo a mujeres. Paso de discutir porque jamás admitirías que te habías equivocado y sería entrar en un bucle, pero bueno, ya está.

¿Y cuándo he dicho yo que esté limitado a eso?, si precisame he dicho lo contrario de eso :-? , que se extiende a más ámbitos incluso.

En fin... que sí, que lo que tú quieras [facepalm]

seaman escribió:¿En qué otros casos se aplica?

En los casos de abuso sexual que NO son violencia de género sin ir más lejos, como la noticia de la niña de 13 años... aunque ya dejo claro que esto a futuro seguramente cambie a que todo sea considerado violencia de género, lo llevan pidiendo años.
seaman escribió:
Avestruz escribió:@DNKROZ ya te hemos dicho que esa doctrina no se aplica solo en casos de violencia de género, con lo cual estabas equivocado, no se aplica solo a mujeres. Paso de discutir porque jamás admitirías que te habías equivocado y sería entrar en un bucle, pero bueno, ya está.


¿En qué otros casos se aplica?


Como he dicho antes, la doctrina sobre la declaración de la víctima como única prueba de cargo, es universal. Se aplica a todo con los mismos criterios.

El tema es que, como dicen numerosos magistrados y expertos, se usa únicamente cuando el tema que se juzga es de carácter intimo y, por lo tanto, hay que acudir al último recurso que es este. Lo que pasa es que, misteriosamente, dichos temas de carácter íntimo suelen ser agresiones sexuales o de violencia de género y, como se puso anteriormente, el 85% de estas causas se dan con un agresor masculino y una agredida mujer... pero la doctrina también se aplica en el otro 15% y, en general, se puede aplicar a cualquier caso porque, como he dicho, es universal.

kopperpot escribió:@srkarakol Como siempre, puño de hierro, mandíbula de cristal.

srkarakol escribió:Pd.- de todos los abogados o ex-abogados que conozco, NINGUNO va soltando latinajos para demostrar lo mucho que sabe ni corrigiendo a la gente con términos técnicos... al contrario, TODOS intentan tener un dialecto entendible SIN NINGÚN TECNICISMO...


Soy un interlocutor con el que no quieres contacto alguno, pero no dejas de hacerme alusiones indirectas como la de antes, ni directas como la de ahora…

Está claro lo que buscas con ello, y que estoy cayendo en la trampa. Así que en la medida de lo posible, procuraré darte a ti el trato que tú me niegas, que es el de limitarme a rebatir tus argumentos y evitar hacer juicios de valor sobre ti como persona.


Ese comentario es parte de la respuesta a tu interpelación... no tergiverses haciendo ver que hay una nueva respuesta sin interpelación previa porque no es así... Desde hace ya tiempo ignoro sistemáticamente tus mensajes y solo contesto cuando no me dejas mas remedio dada tu insistencia y agobio. Por favor, por enésima vez, déjame en paz.... solo en esta página vamos 3 a 0... a ver quien es el obsesionado.

Ale, aquí me quedo esperando mi ban por contestarte.
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