[HO] Discriminación contra los hombres

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Legardien escribió:
Con ello, el sexo deja de ser una realidad biológica contrastable y se convierte en una autopercepción no falsable por obra y gracia del BOE. Por si esto fuera poco, el art. 44.3 de la ley, que regula el procedimiento para la rectificación registral de la mención relativa al sexo, la configura como un derecho del solicitante cuyo ejercicio no se podrá condicionar, en ningún caso, a la previa exhibición de informe médico o psicológico relativo a la disconformidad con el sexo mencionado en la inscripción de nacimiento, ni a la previa modificación de la apariencia o función corporal de la persona a través de procedimientos médicos, quirúrgicos o de otra índole. Ni siquiera es necesario cambiar el nombre. O sea, que los únicos mecanismos con los que se podría cuestionar verdaderamente la motivación de la persona que solicita la rectificación registral del sexo están vedados por la propia ley.


Aquí es cuando

Imagen

Pues eh....que no hemos terminado...que ahora viene lo mejor¡¡¡

Por si esto no fuese bastante, cuestionar el sexo sentido registral de una persona insinuando un eventual fraude de ley podría acarrear sanciones a quien lo haga si atendemos al régimen de infracciones previsto en el artículo 79 de la ley. Y la cuantía no es nada despreciable: mientras que las leves pueden alcanzar los 2.000 euros y las graves los 10.000, las muy graves pueden llegar hasta los 150.000 euros. Como ya dije en un artículo anterior analizando la ley trans, tratándose de materia sancionadora la técnica legislativa deja mucho que desear: la falta de claridad y precisión se me antoja hasta peligrosa.


Y lo más "cachondo" del asunto, por decir algo, es que si de verdad les hubiera importado o hubieran querido ofrecer una mínima garantía o seguridad jurídica, tenían todos los medios para ello como comenté en este post en el hilo de Actualidad Política:

kopperpot escribió:@GXY Lo de señalar el brontosaurio en el rellano de la escalera, y que a pesar de eso se han pasado de “acelerada progre” es bastante acertado pese a que pueda parecer algo peyorativo, porque, si DE VERDAD hubieran querido ofrecer garantías o seguridad jurídica, o tratar de establecer un mínimo control (por ejemplo, judicial) que evitara fraudes, como comenté en este post, tenían todos los medios para hacerlo respetando los derechos humanos, como indicó el CGPJ en su informe acerca del anteproyecto de ley trans, en el que, por ejemplo, indicaba que la obligación de someterse para ello a un previo examen pericial por un experto judicial es considerada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos como "una medida proporcionada que pondera adecuadamente los intereses concurrentes" y que "el examen pericial médico resulta también conforme con el respeto a la vida privada".

Pero como dices, prefirieron pisar el “acelerador progre” y establecer un sistema de reconocimiento de derechos en base a una modificación del sexo registral que es una verdadera “barra libre” tan legal como legítima para CUALQUIERA que simplemente lo pida.

Y por eso, porque el procedimiento es una “barra libre”, no se entiende ahora a qué viene hablar de “trans de verdad” y “trans de mentira” :-?


Es que es eso: si la ley trans no establece ningún tipo de mínimo control, cotejo, examen, requisito o condición (ni siquiera por un juez) pese a poder hacerlo con total legitimidad desde el punto de vista de los derechos fundamentales en base a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos; si su propio articulado incluso recoge expresamente que está legitimada para cogerse a ella expresamente "TODA persona de nacionalidad española mayor de dieciséis años"; si la propia ley trans prohibe claramente que la rectificación registral del sexo se condicione a exhibir informes relativos a la disconformidad con el sexo, ni a modificar previamente la apariencia o función corporal de la persona; si la propia ley recoge expresamente que "el derecho al cambio registral de la mención al sexo se basa en el principio de libre desarrollo de la personalidad" y que "establecer la propia identidad no es un acto más de la persona, sino una decisión vital, en el sentido que coloca al sujeto en posición de poder desenvolver su propia personalidad"...


¿A qué narices viene preocuparse tanto por "trans de verdad" y "trans de mentira" y tanto rollo sobre "sentirse mujer"? :-?


¿Un hombre que pide el cambio registral de su sexo al de mujer, y que seis meses después, en virtud del art. 47 de la propia ley trans, pida recuperar la mención registral del sexo que figuraba previamente a dicha rectificación en el Registro Civil, siguiendo el mismo procedimiento porque "ya no se siente mujer", debería ser sancionado por ser un "trans de mentira" o por "fraude de ley", según dicho criterio? ¿Por qué, cuando la propia ley le permite volver a recuperar dicha mención expresamente y sin tener que acreditar nada de nada? :-?
Y no te olvides de que los mismos que defienden que no se deba exigir ningún tipo de de examen médico o dictamen judicial (lo hacen además preguntándote: ¿tu consideras la transexualidad una enfermedad...?), son los mismos que cuando les planteas la problemática de probar el fraude de ley te contestan: "para eso están los peritos médicos judiciales"...

Vamos que para autopercibirte no puedes pedir "peritos" pero para descubrir el fraude si...

Es lo que tiene la gente que piensa que está por encima de la lógica, por encima de la coherencia y sobretodo por encima del bien y del mal....
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@Legardien Por eso mismo, por la "coherencia", es por lo que decía que eso es de lo más "cachondo" del tema de quienes ahora se indignan tanto... en plan, primero celebro que se haya establecido un procedimiento de modificación censal del sexo basado en la libre autodeterminación de género que es una verdadera "barra libre de derechos" a nivel control (incluso indicando en la propia ley que se hace así para "permitir a la persona adoptar decisiones con eficacia jurídica sobre su identidad"), pero luego me cabreo, me pongo en plan ofendidito y me pongo a exigir control cuando, cumpliendo dicha ley a rajatabla, la usa quien a mí no me gusta o me cae mal... muy "lógico" y "coherente", como dices xD

El compa @OK Computer también lo expresó muy bien varios posts más atrás:

OK Computer escribió:Si yo, con el fin de que nadie pase hambre, hago una ley por la que pongo una bolsa de cacahuetes de libre disposición en cada farola, plasmo negro sobre blanco que cualquiera que pase por alli puede surtirse de cacahués, sin hacerle ningún tipo de pregunta sobre su condición económica, y luego resulta que me quejo porque he visto a Amancio Ortega meter mano en una de las bolsas, lo más normal del mundo sería que la gente no la tome con el Amancio, sino conmigo por cometer tal estupidez.

Es lo que tiene empezar a redactar leyes con el encabezado "jo tía, ¿te imaginas?", y luego defenderlas con el "jo tía, los fachas con toga".
Me encanta cómo con el tema de los cupos algunas personas le dan totalmente la vuelta a la tortilla para convertir una discriminación por sexo a que "si no se hiciera dicha discriminación por sexo, se estaría discriminando por sexo".

No, no se discrimina a la mujer (ni a nadie, por ningún motivo) por poner unas pruebas físicas que se suponen INDISPENSABLES para poder realizar una tarea concreta. Es un disparate argumentativo. Pero en el momento en el que SÍ pones unas pruebas diferentes según el sexo, queda claro que dichas condiciones NO SON INDISPENSABLES, y por tanto, SÍ, PASAS A DISCRIMINAR POR SEXO.

Es bastante simple, no sé cómo sigue habiendo gente empeñada en tirar de unas triquiñuelas tan sumamente burdas para retorcer y darle la vuelta a una situación tan evidente. Cambia "fuerza física" por, por ejemplo, "conocimientos de anatomía básica":
- ¿Una persona que no posea unos conocimientos básicos de anatomía podría realizar una operación quirúrgica? No, ¿verdad?
- Si se le pidiera la carrera de cirujano a los hombres para poder realizar operaciones pero a las mujeres solamente se les exigiera haber superado la ESO, ¿estarían preparadas esas mujeres que no han estudiado medicina para llevar a cabo operaciones quirúrgicas? No, ¿verdad?
- Si se pidiera la carrera de cirujano más 2000 horas como auxiliar de operación a los hombres para poder operar pero a las mujeres únicamente les pidieran tener la carrera de cirujano, ¿se estaría siendo injusto con los hombres en base a su sexo al exigirle unas condiciones que, supuestamente, no son necesarias para ejercer su profesión, dado que a las mujeres no se les exigen? Sí, ¿no?

Es tan sencillo de ver que, cuando alguien se empeña en tirar por estos derroteros, yo solamente veo dos opciones:
- Que no lo ha razonado bien.
- Que sí lo ha hecho... pero, premeditadamente, busca manipular la situación por X intereses.
Lalilulelu escribió:Pues nada, un bombero solo rescata a gente de 120 kg.

Supongo que si hay que recatar a alguien de un espacio confinado, un hombre también será más valido que una mujer, que por norma general tienen un fisico más pequeño y son más flexibles.

Un cuerpo de bomberos tiene que funcionar como un equipo que se compenetre, y si una mujer forma parte de el, estoy seguro que esta preparada para realizar las tareas que se le ha encomendado.


Entonces un hombre pequeño y flexible también cumplirá la condición. Cuando se buscan capacidades, se encuentran capacidades. Cuando se busca no se sabe qué, se rebajan requisitos y se ponen cuotas.
cloudstrife007 escribió:
Lalilulelu escribió:Pues nada, un bombero solo rescata a gente de 120 kg.

Supongo que si hay que recatar a alguien de un espacio confinado, un hombre también será más valido que una mujer, que por norma general tienen un fisico más pequeño y son más flexibles.

Un cuerpo de bomberos tiene que funcionar como un equipo que se compenetre, y si una mujer forma parte de el, estoy seguro que esta preparada para realizar las tareas que se le ha encomendado.


Entonces un hombre pequeño y flexible también cumplirá la condición. Cuando se buscan capacidades, se encuentran capacidades. Cuando se busca no se sabe qué, se rebajan requisitos y se ponen cuotas.


Yo siempre lo he dicho, no puedes ponerle a una mujer que haga menos que un hombre por que el día que le toque sacar del incendio a un hombre de 200 kilos a ver como lo hace, siempre he defendido que TODOS el mismo baremo y fuera, si no, dedícate a otro oficio.
@nail23 yo no sé si es necesario o no, pero desde luego habría que valorarlo y actuar en consecuencia. Si lo es, igual para todos. Si no, se eliminan las pruebas físicas. Si solo lo es en un área determinada, se eliminan como criterio de acceso y se dejan para promoción interna igual para todos.
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nail23 escribió:
cloudstrife007 escribió:
Lalilulelu escribió:Pues nada, un bombero solo rescata a gente de 120 kg.

Supongo que si hay que recatar a alguien de un espacio confinado, un hombre también será más valido que una mujer, que por norma general tienen un fisico más pequeño y son más flexibles.

Un cuerpo de bomberos tiene que funcionar como un equipo que se compenetre, y si una mujer forma parte de el, estoy seguro que esta preparada para realizar las tareas que se le ha encomendado.


Entonces un hombre pequeño y flexible también cumplirá la condición. Cuando se buscan capacidades, se encuentran capacidades. Cuando se busca no se sabe qué, se rebajan requisitos y se ponen cuotas.


Yo siempre lo he dicho, no puedes ponerle a una mujer que haga menos que un hombre por que el día que le toque sacar del incendio a un hombre de 200 kilos a ver como lo hace, siempre he defendido que TODOS el mismo baremo y fuera, si no, dedícate a otro oficio.

Un hombre de 200kg esta bien jodido si se encuentra en un incendio [+risas]

Pero oye, las exageraciones nunca vienen mal para un argumento
Lalilulelu escribió:Un hombre de 200kg esta bien jodido si se encuentra en un incendio [+risas]

Pero oye, las exageraciones nunca vienen mal para un argumento

Tu crees que las pruebas de acceso son innecesarias entonces?
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IvanQ escribió:
Lalilulelu escribió:Un hombre de 200kg esta bien jodido si se encuentra en un incendio [+risas]

Pero oye, las exageraciones nunca vienen mal para un argumento

Tu crees que las pruebas de acceso son innecesarias entonces?

No, y por eso las mujeres también las hacen.

Nos encontramos con un cuerpo donde el 99% son hombres, de mas de 2000 bomberos, hay unas 200 bomberas. Lo digo por el argumento falso de los cupos :p
kopperpot escribió:......Y por eso, porque el procedimiento es una “barra libre”, no se entiende ahora a qué viene hablar de “trans de verdad” y “trans de mentira” :-?

El Artículo 43.1 (Toda persona de nacionalidad española mayor de dieciséis años podrá solicitar por sí misma ante el Registro Civil la rectificación de la mención registral relativa al sexo) está incluído dentro del TÍTULO II (Medidas para la igualdad real y efectiva de las personas trans) Ojo que he subrayado trans.

O sea que el procedimiento registral, dado que está recogido bajo el TÍTULO II de la ley, es sólo para personas trans.

Y según el artículo 3.k, Persona trans = Persona cuya identidad sexual no se corresponde con el sexo asignado al nacer.

Y según el artículo 3.i, Identidad sexual = Vivencia interna e individual del sexo tal y como cada persona la siente y autodefine, pudiendo o no corresponder con el sexo asignado al nacer.

Por lo tanto, entiendo que cuando alguien habla de "trans de mentira" se refiere en realidad a personas que sienten que su identidad sexual se corresponde a su sexo de nacimiento, pero que aun así hacen el cambio registral de sexo, quizá con el ánimo único de eliminar las discriminaciones contra el hombre comentadas en este hilo.

Quizá "trans de mentira" no es el término más preciso o correcto de denominar a este tipo de personas, pero vaya, que entiendo que existen (o que puedan existir), aunque sea algo imposible de demostrar debido a que todo depende de un sentimiento "interno". Y que además la propia ley prohíbe poner en duda ese sentimiento, bajo pena de sanción, tal como muy bien recoges 😉.
Lalilulelu escribió:No, y por eso las mujeres también las hacen.

Nos encontramos con un cuerpo donde el 99% son hombres, de mas de 2000 bomberos, hay unas 200 bomberas. Lo digo por el argumento falso de los cupos :p

Entonces no es necesario que sean tan duras?
Lalilulelu escribió:No, y por eso las mujeres también las hacen.

Pues entonces si son necesarias y juzgan tu capacidad para el trabajo no deberían ser modificados por cuestión de sexo o ninguna otra cuestión que no fuera el resultado de dichas pruebas.

Lalilulelu escribió:Nos encontramos con un cuerpo donde el 99% son hombres, de mas de 2000 bomberos, hay unas 200 bomberas. Lo digo por el argumento falso de los cupos :p

El tema porcentajes igual lo deberíamos revisar (concretamente el saber hacer la cuenta) pero, ¿consideras que es el mismo "problema" con el caso de los jueces?, ¿por qué nadie busca paridad o facilita el acceso en ese campo?
Dicho de otra forma, ¿conoces un solo mecanismo de cuota para solucionar porcentajes dispares, a favor de los hombres, en el caso de dominio femenino del sector?

Que no me parece mal que se tenga un argumento, aunque lo considere una soberana parida, pero si se tiene por lo menos guardar la coherencia de aplicarlo en todos los casos.
Lalilulelu escribió:
nail23 escribió:
cloudstrife007 escribió:
Entonces un hombre pequeño y flexible también cumplirá la condición. Cuando se buscan capacidades, se encuentran capacidades. Cuando se busca no se sabe qué, se rebajan requisitos y se ponen cuotas.


Yo siempre lo he dicho, no puedes ponerle a una mujer que haga menos que un hombre por que el día que le toque sacar del incendio a un hombre de 200 kilos a ver como lo hace, siempre he defendido que TODOS el mismo baremo y fuera, si no, dedícate a otro oficio.

Un hombre de 200kg esta bien jodido si se encuentra en un incendio [+risas]

Pero oye, las exageraciones nunca vienen mal para un argumento


Claro, por que un hombre de 200 kilos no existe, es un invento, y el del argumento soy yo, en fin.
nail23 escribió:Claro, por que un hombre de 200 kilos no existe, es un invento, y el del argumento soy yo, en fin.

Hombre, siendo sinceros, es algo bastante excepcional... pero uno de 100Kg es bastante más habitual y conozco muy pocos hombres que los muevan sin problema... pero muy pocos, ya mujeres ni te cuento, aunque ahora con el nuevo paradigma social que tenemos es altamente probable que aumente el número de mujeres que los puedan manejar.
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Toni300 escribió:
kopperpot escribió:......Y por eso, porque el procedimiento es una “barra libre”, no se entiende ahora a qué viene hablar de “trans de verdad” y “trans de mentira” :-?

El Artículo 43.1 (Toda persona de nacionalidad española mayor de dieciséis años podrá solicitar por sí misma ante el Registro Civil la rectificación de la mención registral relativa al sexo) está incluído dentro del TÍTULO II (Medidas para la igualdad real y efectiva de las personas trans) Ojo que he subrayado trans.

O sea que el procedimiento registral, dado que está recogido bajo el TÍTULO II de la ley, es sólo para personas trans.

Y según el artículo 3.k, Persona trans = Persona cuya identidad sexual no se corresponde con el sexo asignado al nacer.

Y según el artículo 3.i, Identidad sexual = Vivencia interna e individual del sexo tal y como cada persona la siente y autodefine, pudiendo o no corresponder con el sexo asignado al nacer.

Por lo tanto, entiendo que cuando alguien habla de "trans de mentira" se refiere en realidad a personas que sienten que su identidad sexual se corresponde a su sexo de nacimiento, pero que aun así hacen el cambio registral de sexo, quizá con el ánimo único de eliminar las discriminaciones contra el hombre comentadas en este hilo.


Hasta aquí, de acuerdo.

Toni300 escribió:Quizá "trans de mentira" no es el término más preciso o correcto de denominar a este tipo de personas, pero vaya, que entiendo que existen (o que puedan existir), aunque sea algo imposible de demostrar debido a que todo depende de un sentimiento "interno". Y que además la propia ley prohíbe poner en duda ese sentimiento, bajo pena de sanción, tal como muy bien recoges 😉.

Ten en cuenta que, aparte de la definición recogida en el art. 3, una “persona trans” según la propia ley a efectos del reconocimiento de derechos recogido en el art. 46, sería toda aquella persona que manifiesta, de forma libre y voluntaria, su decisión de modificar la mención registral de su sexo (libre autodeterminación) solicitándolo al Registro Civil a través del procedimiento previsto en el art. 44, sin que tenga que alegar nada ni cumplir condición alguna.

La Ley deja claro que cuando se lleva a cabo la solicitud ante el Registro, es cuando esa “vivencia interna e individual” pasa a exteriorizarse y como dice la ley, a “autodefinirse” frente a terceros.

Por tanto, TODA persona que lleva a cabo esa solicitud de forma libre y voluntaria, es una “persona trans de verdad” para la ley. Incluso si seis meses después, vuelve a pedir que se vuelva a rectificar la mención registral y volver a su “sexo original” como indica el art. 47.

Es decir, no es solo una cuestión de si es posible demostrar o no un “sentimiento interno”. Es que la propia ley, a efectos del reconocimiento de derechos, deja claro que una “persona trans” es toda aquella que autodetermina su género pidiéndolo ante el Registro Civil sin tener que acreditar nada, ni un “sentimiento”, ni una situación estable de transexualidad, ni nada de nada. Ni siquiera un cambio de nombre.
DNKROZ escribió:
nail23 escribió:Claro, por que un hombre de 200 kilos no existe, es un invento, y el del argumento soy yo, en fin.

Hombre, siendo sinceros, es algo bastante excepcional... pero uno de 100Kg es bastante más habitual y conozco muy pocos hombres que los muevan sin problema... pero muy pocos, ya mujeres ni te cuento, aunque ahora con el nuevo paradigma social que tenemos es altamente probable que aumente el número de mujeres que los puedan manejar.


A ver he cogido un número al azar, pero me parece una manera penosa de justificar el cambio de baremo si eres mujer.
kopperpot escribió:
Toni300 escribió:
kopperpot escribió:......Y por eso, porque el procedimiento es una “barra libre”, no se entiende ahora a qué viene hablar de “trans de verdad” y “trans de mentira” :-?

El Artículo 43.1 (Toda persona de nacionalidad española mayor de dieciséis años podrá solicitar por sí misma ante el Registro Civil la rectificación de la mención registral relativa al sexo) está incluído dentro del TÍTULO II (Medidas para la igualdad real y efectiva de las personas trans) Ojo que he subrayado trans.

O sea que el procedimiento registral, dado que está recogido bajo el TÍTULO II de la ley, es sólo para personas trans.

Y según el artículo 3.k, Persona trans = Persona cuya identidad sexual no se corresponde con el sexo asignado al nacer.

Y según el artículo 3.i, Identidad sexual = Vivencia interna e individual del sexo tal y como cada persona la siente y autodefine, pudiendo o no corresponder con el sexo asignado al nacer.

Por lo tanto, entiendo que cuando alguien habla de "trans de mentira" se refiere en realidad a personas que sienten que su identidad sexual se corresponde a su sexo de nacimiento, pero que aun así hacen el cambio registral de sexo, quizá con el ánimo único de eliminar las discriminaciones contra el hombre comentadas en este hilo.


Hasta aquí, de acuerdo.

Toni300 escribió:Quizá "trans de mentira" no es el término más preciso o correcto de denominar a este tipo de personas, pero vaya, que entiendo que existen (o que puedan existir), aunque sea algo imposible de demostrar debido a que todo depende de un sentimiento "interno". Y que además la propia ley prohíbe poner en duda ese sentimiento, bajo pena de sanción, tal como muy bien recoges 😉.

Ten en cuenta que, aparte de la definición recogida en el art. 3, una “persona trans” según la propia ley a efectos del reconocimiento de derechos recogido en el art. 46, sería toda aquella persona que manifiesta, de forma libre y voluntaria, su decisión de modificar la mención registral de su sexo (libre autodeterminación) solicitándolo al Registro Civil a través del procedimiento previsto en el art. 44, sin que tenga que alegar nada ni cumplir condición alguna.

La Ley deja claro que cuando se lleva a cabo la solicitud ante el Registro, es cuando esa “vivencia interna e individual” pasa a exteriorizarse y como dice la ley, a “autodefinirse” frente a terceros.

Por tanto, TODA persona que lleva a cabo esa solicitud de forma libre y voluntaria, es una “persona trans” para la ley. Incluso si seis meses después, vuelve a pedir que se vuelva a rectificar la mención registral y volver a su “sexo original” como indica el art. 47.

Es decir, no es solo una cuestión de si es posible demostrar o no un “sentimiento interno”. Es que la propia ley, a efectos del reconocimiento de derechos, deja claro que una “persona trans” es toda aquella que autodetermina su género pidiéndolo ante el Registro Civil sin tener que acreditar nada, ni un “sentimiento”, ni una situación estable de transexualidad, ni nada de nada. Ni siquiera un cambio de nombre.

Creo entenderte... Te refieres a que, según el artículo 46, una vez haces el cambio registral, ya eres una persona trans a todos los efectos, independientemente de lo que sientas o no sientas internamente en ese momento, y de que ese sentimiento sea el mismo u otro distinto al que sentías antes de ir al registro...

Siendo así, ¿Tu crees que la propia ley te permite decir públicamente, una vez has hecho el cambio registral, que lo habías hecho "sintiendo que tu identidad sexual se correspondía a tu sexo de nacimiento y con el ánimo único de eliminar las discriminaciones contra el hombre comentadas en este hilo", sin que pase nada?

Creo que es sólo cuestión de tiempo que algún youtuber o instagramer haga algo así... Será interesante ver cómo lo llevan desde igualdad, porque su propia ley les ata a ellos mismos de manos... Tremendo...
Toni300 escribió:Creo entenderte... Te refieres a que, según el artículo 46, una vez haces el cambio registral, ya eres una persona trans a todos los efectos, independientemente de lo que sientas o no sientas internamente en ese momento, y de que ese sentimiento sea el mismo u otro distinto al que sentías antes de ir al registro...

Es correcto.

Toni300 escribió:Siendo así, ¿Tu crees que la propia ley te permite decir públicamente, una vez has hecho el cambio registral, que lo habías hecho "sintiendo que tu identidad sexual se correspondía a tu sexo de nacimiento y con el ánimo único de eliminar las discriminaciones contra el hombre comentadas en este hilo, sin que pase nada?

La ley no especifica nada al respecto de manifestaciones externas de tus motivos para el cambio registral, los cuales pueden incluir, limitándose o no, el eliminar las discriminaciones que sufrías por tu pasado sexo registral (que recordad es uno de los objetivos de la ley para la consecución de la igualdad real Y efectiva)... el problema, a mi juicio, no es la manifestación de haber realizado ese cambio por esa circunstancia (una vez más, la ley contempla que ESO sea un motivo para el cambio), sino el que se DE esa circunstancia en una sociedad que no debería tenerla de ninguna de las formas.
De todas formas hay varios personajes públicos que ya han hecho afirmaciones similares, el número de sanciones y/o condenas al respecto o las acusaciones (oficiales) de fraude de ley a día de hoy son cero.

Toni300 escribió:Creo que es sólo cuestión de tiempo que algún youtuber o instagramer haga algo así... Será interesante ver cómo lo llevan desde igualdad, porque su propia ley les ata a ellos mismos de manos... Tremendo...
Creo que ya se ha dado la circunstancia, hay uno que lo hizo antes de la ley trans y abiertamente reconoció que lo hacía con esa intención.
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Toni300 escribió:
kopperpot escribió:
Toni300 escribió:El Artículo 43.1 (Toda persona de nacionalidad española mayor de dieciséis años podrá solicitar por sí misma ante el Registro Civil la rectificación de la mención registral relativa al sexo) está incluído dentro del TÍTULO II (Medidas para la igualdad real y efectiva de las personas trans) Ojo que he subrayado trans.

O sea que el procedimiento registral, dado que está recogido bajo el TÍTULO II de la ley, es sólo para personas trans.

Y según el artículo 3.k, Persona trans = Persona cuya identidad sexual no se corresponde con el sexo asignado al nacer.

Y según el artículo 3.i, Identidad sexual = Vivencia interna e individual del sexo tal y como cada persona la siente y autodefine, pudiendo o no corresponder con el sexo asignado al nacer.

Por lo tanto, entiendo que cuando alguien habla de "trans de mentira" se refiere en realidad a personas que sienten que su identidad sexual se corresponde a su sexo de nacimiento, pero que aun así hacen el cambio registral de sexo, quizá con el ánimo único de eliminar las discriminaciones contra el hombre comentadas en este hilo.


Hasta aquí, de acuerdo.

Toni300 escribió:Quizá "trans de mentira" no es el término más preciso o correcto de denominar a este tipo de personas, pero vaya, que entiendo que existen (o que puedan existir), aunque sea algo imposible de demostrar debido a que todo depende de un sentimiento "interno". Y que además la propia ley prohíbe poner en duda ese sentimiento, bajo pena de sanción, tal como muy bien recoges 😉.

Ten en cuenta que, aparte de la definición recogida en el art. 3, una “persona trans” según la propia ley a efectos del reconocimiento de derechos recogido en el art. 46, sería toda aquella persona que manifiesta, de forma libre y voluntaria, su decisión de modificar la mención registral de su sexo (libre autodeterminación) solicitándolo al Registro Civil a través del procedimiento previsto en el art. 44, sin que tenga que alegar nada ni cumplir condición alguna.

La Ley deja claro que cuando se lleva a cabo la solicitud ante el Registro, es cuando esa “vivencia interna e individual” pasa a exteriorizarse y como dice la ley, a “autodefinirse” frente a terceros.

Por tanto, TODA persona que lleva a cabo esa solicitud de forma libre y voluntaria, es una “persona trans” para la ley. Incluso si seis meses después, vuelve a pedir que se vuelva a rectificar la mención registral y volver a su “sexo original” como indica el art. 47.

Es decir, no es solo una cuestión de si es posible demostrar o no un “sentimiento interno”. Es que la propia ley, a efectos del reconocimiento de derechos, deja claro que una “persona trans” es toda aquella que autodetermina su género pidiéndolo ante el Registro Civil sin tener que acreditar nada, ni un “sentimiento”, ni una situación estable de transexualidad, ni nada de nada. Ni siquiera un cambio de nombre.

Creo entenderte... Te refieres a que, según el artículo 46, una vez haces el cambio registral, ya eres una persona trans a todos los efectos, independientemente de lo que sientas o no sientas internamente en ese momento, y de que ese sentimiento sea el mismo u otro distinto al que sentías antes de ir al registro...

Es algo tan simple y tan sencillo como que el acto MATERIAL que la ley trans prevee para exteriorizar una "vivencia interna e individual" y sacarla del fuero interno del individuo de forma que formalmente permita ejercerse ante terceros para que se reconozcan así unos determinados derechos en base a dicha condición, es una mera decisión manifestada en una solicitud formal ante el Registro Civil.

No un informe, evidencia, dictamen o pericia.

Una simple decisión formalizada en una solicitud.

Y con eso, según la ley, ya eres un trans al que se le deben reconocer todos los derechos y medidas de acción positiva que le correspondan.

Punto pelota.

Toni300 escribió:Siendo así, ¿Tu crees que la propia ley te permite decir públicamente, una vez has hecho el cambio registral, que lo habías hecho "sintiendo que tu identidad sexual se correspondía a tu sexo de nacimiento y con el ánimo único de eliminar las discriminaciones contra el hombre comentadas en este hilo", sin que pase nada?


Aunque entiendo que cabe el debate jurídico en ese aspecto, personalmente opino que sí lo permitiría.

En primer lugar, a la vista del art. 44.3, puesto que no exige ninguna modificación de la apariencia para acceder a ello, entendiendo que ese concepto de apariencia abarca la “personalidad”, por lo que en dicho concepto entraría no solo la apariencia física del individuo, sino también su forma de comportarse o manifestar públicamente su condición sexual.

Y en segundo lugar, porque la finalidad y efecto del procedimiento de modificación censal del sexo según el art. 46.2 es PRECISAMENTE la de "permitir a la persona ejercer todos los derechos inherentes a su nueva condición".

A la vista de esto, yo creo que es ya un poco "de perogrullo": Si la ley trans no pone obstáculo a que un señor llamado Manolo, casado con una señora y con un comportamiento de persona cishetero, pueda solicitar el cambio registral de sexo a mujer sin que para ello tenga que dejar de llamarse Manolo y sin tener que modificar ni su aspecto ni su personalidad ni su comportamiento habitual de persona cishetero... ¿dicho señor va a incurrir en fraude de ley solo por haber manifestado en público, antes o después de la solicitud, que ha pedido el cambio registral con la finalidad prevista en el art. 46.2, que es la de que se le reconozcan los derechos que le corresponden en base a dicha decisión?

¿Incluso teniendo en cuenta que, seis meses después, puede pedir recuperar la mención a su "sexo original" a través del mismo procedimiento y que la ley considera perfectamente legítimo que lo haga?

No se, yo personalmente, con la ley en la mano, no acabo de ver el por qué no estaría permitido, la verdad. Y menos aun alcanzo a ver cual es el "resultado prohibido o contrario al ordenamiento jurídico" que exige el art. 6.4 del Código Civil para hablar con propiedad de fraude de ley.

Pero como digo, y a la vista de la forma en que se ha "parido" la ley, entiendo la necesidad que algunos ven en tener que debatirlo.

Toni300 escribió:Creo que es sólo cuestión de tiempo que algún youtuber o instagramer haga algo así... Será interesante ver cómo lo llevan desde igualdad, porque su propia ley les ata a ellos mismos de manos... Tremendo...

Si no fuera así, no hay que esperar a lo que diga Igualdad, simplemente no deberían tardar en aparecer las primeras denegaciones de modificación por parte de algún registro. Pero yo ahí creo que lo único cierto hasta ahora es lo que comenta el compa @DNKROZ :

DNKROZ escribió:De todas formas hay varios personajes públicos que ya han hecho afirmaciones similares, el número de sanciones y/o condenas al respecto o las acusaciones (oficiales) de fraude de ley a día de hoy son cero.
PepeC12 escribió:
Reakl escribió:
Lalilulelu escribió:No piensas que precisamente si hubieran pruebas fisicas con los mismos baremos hombre/mujer, precisamente seria lo que haría discriminar a la mujer?

Recuerda que el Tribunal Constitucional mantiene que "es precisamente esa diferencia biológica la que puede justificar la disparidad de trato en la calificación de las pruebas físicas necesarias para acceder al curso de capacitación".

Si la prueba es levantar 100 kilos y no levantas 100 kilos, se te discrimina por no ser capaz de levantar 100 kilos. No por ser mujer, hombre, enano, feo o musulmán.


El tema es que los baremos utilizados son en base a resultados de hombres.

Si quieres que el baremo físico implique el mismo esfuerzo en una mujer tienes que coger datos de mujeres, que obviamente serán menores al de los hombres.

Eso es irrelevante para la cuestión porque el usuario preguntaba sobre si usar el mismo baremo es discriminatorio, no sobre el valor que debería tener ese baremo.
Lalilulelu escribió:Pues nada, un bombero solo rescata a gente de 120 kg.

No sé qué quieres decir con eso. ¿Defiendes que las pruebas deberían ser más estrictas?
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nail23 escribió:
Lalilulelu escribió:
nail23 escribió:
Yo siempre lo he dicho, no puedes ponerle a una mujer que haga menos que un hombre por que el día que le toque sacar del incendio a un hombre de 200 kilos a ver como lo hace, siempre he defendido que TODOS el mismo baremo y fuera, si no, dedícate a otro oficio.

Un hombre de 200kg esta bien jodido si se encuentra en un incendio [+risas]

Pero oye, las exageraciones nunca vienen mal para un argumento


Claro, por que un hombre de 200 kilos no existe, es un invento, y el del argumento soy yo, en fin.

Basicamente porque una persona de 200 kg no cabe por una puerta y necesitas de una grua para moverlo.

Reakl escribió:
PepeC12 escribió:
Reakl escribió:Si la prueba es levantar 100 kilos y no levantas 100 kilos, se te discrimina por no ser capaz de levantar 100 kilos. No por ser mujer, hombre, enano, feo o musulmán.


El tema es que los baremos utilizados son en base a resultados de hombres.

Si quieres que el baremo físico implique el mismo esfuerzo en una mujer tienes que coger datos de mujeres, que obviamente serán menores al de los hombres.

Eso es irrelevante para la cuestión porque el usuario preguntaba sobre si usar el mismo baremo es discriminatorio, no sobre el valor que debería tener ese baremo.
Lalilulelu escribió:Pues nada, un bombero solo rescata a gente de 120 kg.

No sé qué quieres decir con eso. ¿Defiendes que las pruebas deberían ser más estrictas?

Estoy diciendo que un cuerpo de bomberos necesita mas cosas que un tio mazao que pueda mover 120kg. Un bombero no solo tiene como cometido rescatar a gente de incendios
Desde luego lo que preguntas, yo no lo he dicho [+risas]
Lalilulelu escribió:Estoy diciendo que un cuerpo de bomberos necesita mas cosas que un tio mazao que pueda mover 120kg. Un bombero no solo tiene como cometido rescatar a gente de incendios
Desde luego lo que preguntas, yo no lo he dicho [+risas]

Puedo estar hasta de acuerdo, pero eso nos lleva a dos conclusiones inevitables, o bien las pruebas de acceso son puramente eliminatorias, sin sentido práctico alguno porque, en última instancia, siempre "hay un roto para un descosido" o bien tienen todo el sentido del mundo pero solo para según que posiciones y estás limitando las mismas a mujeres y discriminando hombres (que cumplirían igual o mejor que esas mujeres) para esas posiciones, ejerciendo una discriminación, de facto, por sexo.

Sea como sea, y por más vueltas que les des, no tiene puto sentido, bueno, lo tendría su el lugar de hombres y mujeres pusieras un simple "personas" en esa frase, pero entonces acabarías con la diferenciación (y privilegio) que tanto te gusta mantener ;)
Lalilulelu escribió:Estoy diciendo que un cuerpo de bomberos necesita mas cosas que un tio mazao que pueda mover 120kg. Un bombero no solo tiene como cometido rescatar a gente de incendios
Desde luego lo que preguntas, yo no lo he dicho [+risas]

Pero el trabajo que hace un hombre bombero y una mujer bombera es el mismo o no?
Mira que fácil, mira... en vez de seleccionar por genero, por tamaño y peso. Buuuuum. Arreglao.
@Lalilulelu
Estoy diciendo que un cuerpo de bomberos necesita mas cosas que un tio mazao que pueda mover 120kg. Un bombero no solo tiene como cometido rescatar a gente de incendios

Queda la formación., los turnos de cocinar para el parque, y...ya. Y eso que normalmente la formación la dan bomberos que se han lesionado.

Teniendo en cuenta, que ya solo el equipo que llevan, pesa de la hostia, pues no, no necesitan estar moviendo a gente de 120kg.
Pero se da más que por hecho que, ante cualquier situación, deben de estar preparados.

Y un tío en un coche, en un edificio, o en un barranco, pesa lo mismo, tanto si lo rescata una mujer, como un hombre. Una puerta igual, un mazo, una manguera, tenazas hidráulicas, una rueda, escombros... no dejan de pesar menos, mágicamente, si se acerca una mujer.

Lo mismo para la policía.
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IvanQ escribió:
Lalilulelu escribió:Estoy diciendo que un cuerpo de bomberos necesita mas cosas que un tio mazao que pueda mover 120kg. Un bombero no solo tiene como cometido rescatar a gente de incendios
Desde luego lo que preguntas, yo no lo he dicho [+risas]

Pero el trabajo que hace un hombre bombero y una mujer bombera es el mismo o no?

Y una bombera esta preparado para ello o no?
Lalilulelu escribió:Y una bombera esta preparado para ello o no?

Entonces crees que con las pruebas que le hacen a una bombera es suficiente... no?
Lalilulelu escribió:Estoy diciendo que un cuerpo de bomberos necesita mas cosas que un tio mazao que pueda mover 120kg. Un bombero no solo tiene como cometido rescatar a gente de incendios
Desde luego lo que preguntas, yo no lo he dicho

Claro que necesita más cosas. Por eso las pruebas son muchas más cosas que levantar peso.

Pero lo que tú estabas preguntando era si tener los mismos baremos para diferentes sexos era discriminatorio o no. No si las pruebas exigen suficiente o insuficiente. Si se necesitan levantar personas de 150 kilos se tendrá que levantar 150 kilos. Y si además se necesita saber contar hasta un millón se tendrá que pedir contar hasta un millón.

Pero eso sigue sin tener nada que ver con si se discrimina por tener pruebas iguales o diferentes que era lo que preguntabas.
Adris escribió:@Lalilulelu
Estoy diciendo que un cuerpo de bomberos necesita mas cosas que un tio mazao que pueda mover 120kg. Un bombero no solo tiene como cometido rescatar a gente de incendios

Queda la formación., los turnos de cocinar para el parque, y...ya. Y eso que normalmente la formación la dan bomberos que se han lesionado.

Teniendo en cuenta, que ya solo el equipo que llevan, pesa de la hostia, pues no, no necesitan estar moviendo a gente de 120kg.
Pero se da más que por hecho que, ante cualquier situación, deben de estar preparados.

Y un tío en un coche, en un edificio, o en un barranco, pesa lo mismo, tanto si lo rescata una mujer, como un hombre. Una puerta igual, un mazo, una manguera, tenazas hidráulicas, una rueda, escombros... no dejan de pesar menos, mágicamente, si se acerca una mujer.

Lo mismo para la policía.


Déjalo, no lo va a entender, yo por eso estoy en contra de que se le rebaje la nota a una mujer que opta por un puesto que también opta un hombre, nunca lo he llegado a entender esto, ya que como muy bien dices, un peso no va a menguar mágicamente porque haya una mujer.
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Reakl escribió:
Lalilulelu escribió:Estoy diciendo que un cuerpo de bomberos necesita mas cosas que un tio mazao que pueda mover 120kg. Un bombero no solo tiene como cometido rescatar a gente de incendios
Desde luego lo que preguntas, yo no lo he dicho

Claro que necesita más cosas. Por eso las pruebas son muchas más cosas que levantar peso.

Pero lo que tú estabas preguntando era si tener los mismos baremos para diferentes sexos era discriminatorio o no. No si las pruebas exigen suficiente o insuficiente. Si se necesitan levantar personas de 150 kilos se tendrá que levantar 150 kilos. Y si además se necesita saber contar hasta un millón se tendrá que pedir contar hasta un millón.

Pero eso sigue sin tener nada que ver con si se discrimina por tener pruebas iguales o diferentes que era lo que preguntabas.

Y por eso si os hubierais ceñido al primer post que escribí sobre esto, en vez de divagar, en la manera que lo trata, no solo yo, si no el tribunal constitucional, veriais que lo que seria discriminatorio sería tener los mismos baremos para mujeres y hombres.

Yo estoy seguro que el bombero o la bombera, realizando sus funciones, son completamente competentes. Acaso alguien opina que una bombera actualmente no es competente porque en el momento de la oposicion realizó unas pruebas con unas marcas menores que su compañero masculino?
nail23 escribió:
Adris escribió:@Lalilulelu
Estoy diciendo que un cuerpo de bomberos necesita mas cosas que un tio mazao que pueda mover 120kg. Un bombero no solo tiene como cometido rescatar a gente de incendios

Queda la formación., los turnos de cocinar para el parque, y...ya. Y eso que normalmente la formación la dan bomberos que se han lesionado.

Teniendo en cuenta, que ya solo el equipo que llevan, pesa de la hostia, pues no, no necesitan estar moviendo a gente de 120kg.
Pero se da más que por hecho que, ante cualquier situación, deben de estar preparados.

Y un tío en un coche, en un edificio, o en un barranco, pesa lo mismo, tanto si lo rescata una mujer, como un hombre. Una puerta igual, un mazo, una manguera, tenazas hidráulicas, una rueda, escombros... no dejan de pesar menos, mágicamente, si se acerca una mujer.

Lo mismo para la policía.


Déjalo, no lo va a entender, yo por eso estoy en contra de que se le rebaje la nota a una mujer que opta por un puesto que también opta un hombre, nunca lo he llegado a entender esto, ya que como muy bien dices, un peso no va a menguar mágicamente porque haya una mujer.


Si ya sé que va a piñón fijo, y que lo hace por tocar la moral, porque sabe que llevamos razón, pero si se sale del discurso, se le desmonta el chiringuito.

Aun así, hay que rebatir a esta gente, ya que van esparciendo mentiras y bulos, y siempre habrá alguien que pueda dudar. Y eso hay que impedirlo.
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Lalilulelu escribió:Acaso alguien opina que una bombera actualmente no es competente porque en el momento de la oposicion realizó unas pruebas con unas marcas menores que su compañero masculino?

Nadie está hablando de eso. ¿Lo ves como tú no vienes aquí a debatir, si no a montar un hombre de paja para que parezca que en el hilo se está hablando de lo que en realidad, no se está hablando? [facepalm]
[quote="Lalilulelu"Y por eso si os hubierais ceñido al primer post que escribí sobre esto, en vez de divagar, en la manera que lo trata, no solo yo, si no el tribunal constitucional, veriais que lo que seria discriminatorio sería tener los mismos baremos para mujeres y hombres.
[/quote]
Vamos que no sabes lo que significa discriminar.
Lalilulelu escribió:
IvanQ escribió:
Lalilulelu escribió:Un hombre de 200kg esta bien jodido si se encuentra en un incendio [+risas]

Pero oye, las exageraciones nunca vienen mal para un argumento

Tu crees que las pruebas de acceso son innecesarias entonces?

No, y por eso las mujeres también las hacen.

Nos encontramos con un cuerpo donde el 99% son hombres, de mas de 2000 bomberos, hay unas 200 bomberas. Lo digo por el argumento falso de los cupos :p



Bueno, aunque te falta un cero, supongo que ese dato lo has sacado de una información de algún artículo como éste:

https://www.serviciosemergencia.es/noti ... on-mujeres

Según los últimos datos recopilados (referentes a 2017) por la asociación SERBOMBERA, en España hay aproximadamente un total de 20.041 bomberos profesionales, repartidos en 133 servicios de bomberos en todo el territorio nacional. Teniendo en cuenta la población española, disponemos de un bombero por cada 2.322 habitantes. El índice de hombres bombero en España es de uno por cada 2.342 habitantes, y el de mujeres bombero una por cada 278.393 habitantes, es decir, una proporción 118 veces inferior que el de hombres.

Del total de efectivos profesionales en España únicamente 168 son mujeres; Un 0,83%.


Es un dato antiguo y puede haber variado el porcentaje, pero éste dato es importante:

No obstante, este porcentaje disminuye hasta el 0,46% cuando se tienen en cuenta únicamente las mujeres de la escala operativa, es decir, que ocupen puestos como bombera/bombera conductora.

Por tanto, del total de mujeres, tan sólo 92 ocupan plazas en la escala básica. El resto ha accedido u ocupa puestos en las escalas superiores de mando, cuyo modo de acceso es distinto y no requiere, en la mayoría de casos, pruebas físicas del nivel que se exigen en la escala básica.


Es decir, de 168 mujeres bomberas, 92 están en la escala básica y 76 están en puestos superiores de mando. Estoy seguro que en porcentaje el número de hombres en puestos superiores es bastante menor, pero no voy a ir por ahí:

1) Las mayoría de esas 76 mujeres que están en puestos de mando, acceden sin pasar las pruebas de nivel que se exigen en las escala básica.

2) De las 92 que sí accedieron a la escala básica, resulta que hay puestos como conductora que, evidentemente, no parece tener el requisito de tener que rescatar personas gordas de 120 kg.

Bien, la cuestión aquí es pensar si el problema es de sexismo y/o de poner unas pruebas relativamente exageradas para hacer que accedan solo hombres con unas aptitudes físicas extraordinarias o si lo que queremos es meter mujeres en puestos en los que no deberían estar, solo por política, etc.

Por que si resulta que rebajamos las pruebas físicas para las mujeres para que accedan a puestos de trabajo que tienen una exigencia máxima y que no deberían bajar ese baremo, pues entonces las estamos privilegiando y si que estamos poniendo un cupo: las mujeres acceden con pruebas menos exigentes físicamente, eso es evidente y en el caso de transexuales, eso les da más ventaja si no iniciaron el cambio de sexo desde niños. Y encima, el cuerpo puede ver que por aptitud, se ve obligado a colocarlas en puestos como conductora de camiones, que no se va a jugar el tipo subiendo a un piso en llamas para rescatar gordos de 120 kg inconscientes... en cambio, que al hombre le den que parece que estar mejor visto que se juegue la vida un hombre que una mujer que en el fondo, está menos preparada para ello... y no lo queremos reconocer

Según esos datos de arriba resulta que hay un bombero por cada 2.342 habitantes: esto puede ser visto también como que pedimos a un hombre con unas aptitudes físicas excepcionales que puede cumplir 1/2342 de la población.

Por mi parte entiendo que el criterio que debe valer en este caso, es el de aptitud: una mujer que es perfectamente apta para realizar un trabajo, no debería ser rechazada para ello por ser mujer, ni debería exigírsele unas pruebas físicas que no son razonables, tan solo para que ellas no puedan acceder. Pero por las mismas, no me parece bien que se les rebaje las pruebas de forma especial, para que ellas puedan acceder por... política. Y que por esos mismos hechos, se las coloque en puestos que se consideran de privilegio, para que no se pueda decir que las mujeres no están presentes en determinadas profesiones.

En la mía (mantenimiento integral de edificios) se pide polivalencia y al menos tener un oficio tipo electricista, fontanero, frigorista, calefactor, cerrajero, carpintero, albañil, pintor, etc) veo pocas mujeres: solo he tenido una compañera en la "escala básica" en 7 años y no sabría decir de ninguna que esté en otra parte, hablando de una empresa grande. Sin embargo, al hablar de jefas, es distinto: he tenido incluso mas jefas que jefes, curiosamente.

¿Es porque existe un rechazo por parte de estas empresas a mujeres que ejerzan estos oficios o es porque las mismas mujeres no están interesadas en estos oficios o es porque incluso si tienen interés, no cumplen ciertos requisitos?. ¿Por qué parece ser que preocupa más que no haya tantas mujeres policías o bomberas y en lo privado, para empresas que trabajan para lo público mayormente, por cierto, no existe esa preocupación en que la mujer ocupe unos puestos donde tiene mucha mas cabida y en la práctica, no están?

Yo no tengo problemas en tener compañeras y no veo por qué no puedan cumplir con esos trabajos que menciono. Y si se recurre al argumento de la fuerza física, yo mismo tengo mucha mas fuerza que muchos compañeros, que no pueden levantar el mismo peso o aflojar/apretar uniones roscadas como mi "mano grifa" si puede hacer... pero muchos trabajos requieren mas otras cualidades, que fuerza en sí y aquí el trabajo en equipo ayuda (yo mismo no puedo realizar ciertos trabajos y otros compañeros si. Y viceversa... no es ese el problema)

En mi actual destino, en diferentes edificios somos 4 oficiales + 1 oficial/jefe de equipo + 1 jefa de servicio (y hubo otra anteriormente). En el resto o todo tíos o alguna jefa de servicio, excepto en uno donde de 15 oficiales, solo había una chica. Y ahora esa chica está de jefa de equipo con otros 5 oficiales, por cierto. ¿No es raro que solo tenga constancia de una chica en la escala básica, por así decir y contradictorio que si es la empresa la que pone la pega, no se denuncie por ningún sitio y que por si misma, no solo conserve a la oficiala que menciono, si no que la ascienda?. Y no, ya os digo yo que no es por ningún mérito académico y tampoco porque sea una experta en ningún oficio: no tiene nada de especial con respecto a muchos compañeros hombres, ni ningún enchufe en la empresa, etc. ¿Por qué no hay mas (muchas más debería haber) chicas y no se denuncia ese hecho?. Si es para jefa, nadie se extraña :p

¿Por qué hay tan pocas en Mantenimiento y a nadie parece extrañar?
Lord_Link está baneado del subforo por "Troll"
IvanQ escribió:[quote="Lalilulelu"Y por eso si os hubierais ceñido al primer post que escribí sobre esto, en vez de divagar, en la manera que lo trata, no solo yo, si no el tribunal constitucional, veriais que lo que seria discriminatorio sería tener los mismos baremos para mujeres y hombres.

Vamos que no sabes lo que significa discriminar.[/quote]
Si te parece sabreis mas vosotros que el tribunal constitucional...
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kopperpot escribió:Es algo tan simple y tan sencillo como que el acto MATERIAL que la ley trans prevee para exteriorizar una "vivencia interna e individual" y sacarla del fuero interno del individuo de forma que formalmente permita ejercerse ante terceros para que se reconozcan así unos determinados derechos en base a dicha condición, es una mera decisión manifestada en una solicitud formal ante el Registro Civil.

No un informe, evidencia, dictamen o pericia.

Una simple decisión formalizada en una solicitud.

Y con eso, según la ley, ya eres un trans al que se le deben reconocer todos los derechos y medidas de acción positiva que le correspondan.

Punto pelota.




Joer, Irene Montero dándome la razón, quien lo iba a decir [carcajad]
Lord_Link escribió:
IvanQ escribió:[quote="Lalilulelu"Y por eso si os hubierais ceñido al primer post que escribí sobre esto, en vez de divagar, en la manera que lo trata, no solo yo, si no el tribunal constitucional, veriais que lo que seria discriminatorio sería tener los mismos baremos para mujeres y hombres.

Vamos que no sabes lo que significa discriminar.

Si te parece sabreis mas vosotros que el tribunal constitucional...[/quote]

¿Me puedes indicar tu, no el, dónde dice el TC eso por favor?

De eso no sé, pero de usar el "quote" parece que si sabemos mas....
Que cojones va a ser discriminatorio que tengan los mismos baremos. Es lo normal. Ambos ocupan el mismo puesto por lo tanto deben tener las mismas exigencias. Fin de la historia.

No por ser mujer va a realizar otras tareas. Son bomberos, y ya está. La situación en la que estén será distinta cada vez y por eso hay las pruebas pertinentes. Pero esas situaciones son iguales para hombres y mujeres. Que la realidad es muy caprichosa.

Es que me flipan estas historias, en serio os lo digo. Sino, yo que estoy hecho polvo y quiero ser bombero, que me bajen el baremo. Total, no todo es levantar 150kg, no?
Que hacer pruebas iguales con independencia de tu sexo es discriminatorio.

Es lo que me faltaba por leer en este foro.
Lalilulelu escribió:Y por eso si os hubierais ceñido al primer post que escribí sobre esto, en vez de divagar, en la manera que lo trata, no solo yo, si no el tribunal constitucional, veriais que lo que seria discriminatorio sería tener los mismos baremos para mujeres y hombres.

Yo estoy seguro que el bombero o la bombera, realizando sus funciones, son completamente competentes. Acaso alguien opina que una bombera actualmente no es competente porque en el momento de la oposicion realizó unas pruebas con unas marcas menores que su compañero masculino?


Entonces supongo que los hombres bombero tendrán que tener un sueldo mayor que las mujeres bombero. Ya que si son capaces de dar más, debería reflejarse en su sueldo.
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@pacopolo el deporte es discriminatorio para el hombre entonces? ¬_¬

O solo es discriminatorio lo que quita privilegios a los hombres? [risita]
Lalilulelu escribió:@pacopolo el deporte es discriminatorio para el hombre entonces? ¬_¬

O solo es discriminatorio lo que quita privilegios a los hombres? [risita]


¿En todo caso se discriminaría a las mujeres no? Porque el fútbol masculino está mucho mejor pagado y ellas no pueden acceder.

Todos los trabajos son discriminatorios, porque se elige al mejor candidato. Supongo que estaremos de acuerdo en esto.

Si en las pruebas de bombero rebajas los requisitos a las mujeres, entonces ya no se obtiene al mejor candidato, porque estás poniendo un filtro por ideología en vez de ponerlo por capacidades. Esto es bastante evidente.

Si en cualquier trabajo pones una cuota para mujeres, puede que no estés consiguiendo al mejor candidato. Lo lógico es que todos se puedan presentar, y que gane el mejor. Si fuerzas ese filtro, ya no obtienes al mejor.
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@Lalilulelu ¿”Quitar privilegios a los hombres”? ¿De qué privilegios estás hablando?

Ya se que es una bomba de humo evidente, pero bueno, me apetece picar el anzuelo :p
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cloudstrife007 escribió:
Lalilulelu escribió:@pacopolo el deporte es discriminatorio para el hombre entonces? ¬_¬

O solo es discriminatorio lo que quita privilegios a los hombres? [risita]


¿En todo caso se discriminaría a las mujeres no? Porque el fútbol masculino está mucho mejor pagado y ellas no pueden acceder.

Todos los trabajos son discriminatorios, porque se elige al mejor candidato. Supongo que estaremos de acuerdo en esto.

Si en las pruebas de bombero rebajas los requisitos a las mujeres, entonces ya no se obtiene al mejor candidato, porque estás poniendo un filtro por ideología en vez de ponerlo por capacidades. Esto es bastante evidente.

Si en cualquier trabajo pones una cuota para mujeres, puede que no estés consiguiendo al mejor candidato. Lo lógico es que todos se puedan presentar, y que gane el mejor. Si fuerzas ese filtro, ya no obtienes al mejor.

Me refiero a pruebas diferentes en atletismo. Ya que en este hilo gusta mucho el levantar peso, pongo de por ejemplo diferentes pesos en laza de peso, disco y jabalina.
.
El hombre en el atletismo esta discriminado?
Lalilulelu escribió:Me refiero a pruebas diferentes en atletismo. Ya que en este hilo gusta mucho el levantar peso, pongo de por ejemplo diferentes pesos en laza de peso, disco y jabalina.
.
El hombre en el atletismo esta discriminado?


No tengo ni idea de cómo son esas pruebas de atletismo. ¿Los hombres tienen que lanzar algo que pesa más que lo que lanzan las mujeres? Si es así, claro que hay discriminación. Pero en este caso una mujer no le quita el puesto a ningún hombre.

En el boxeo pasa igual, ¿no? Se discrimina por peso, porque si un tío de 100kg le mete una ostia a uno de 60, lo saca volando. La cosa es que un peso pluma no le quita la plaza a un peso pesado, o como se llame la categoría superior. En el caso de los bomberos alguien con menos capacidad (mujer) le quita la plaza a un hombre con más capacidad.

No has respondido a la pregunta anterior. Como las pruebas de bomberos de ellos son más exigentes que las de ellas, y por lo tanto ellos pueden hacer cosas que ellas no, ¿deberían cobrar más los bomberos que las bomberas?
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cloudstrife007 escribió:
Lalilulelu escribió:Me refiero a pruebas diferentes en atletismo. Ya que en este hilo gusta mucho el levantar peso, pongo de por ejemplo diferentes pesos en laza de peso, disco y jabalina.
.
El hombre en el atletismo esta discriminado?


No tengo ni idea de cómo son esas pruebas de atletismo. ¿Los hombres tienen que lanzar algo que pesa más que lo que lanzan las mujeres? Si es así, claro que hay discriminación. Pero en este caso una mujer no le quita el puesto a ningún hombre.

En el boxeo pasa igual, ¿no? Se discrimina por peso, porque si un tío de 100kg le mete una ostia a uno de 60, lo saca volando. La cosa es que un peso pluma no le quita la plaza a un peso pesado, o como se llame la categoría superior. En el caso de los bomberos alguien con menos capacidad (mujer) le quita la plaza a un hombre con más capacidad.

No has respondido a la pregunta anterior. Como las pruebas de bomberos de ellos son más exigentes que las de ellas, y por lo tanto ellos pueden hacer cosas que ellas no, ¿deberían cobrar más los bomberos que las bomberas?

Ah entiendo, que el problema es que una mujer le quita un puesto a un hombre para ser bombero
Lalilulelu escribió:Ah entiendo, que el problema es que una mujer le quita un puesto a un hombre para ser bombero


Te he puesto un ejemplo donde una mujer menos capacitada no le quita el puesto a un hombre (atletismo).

Te he puesto otro ejemplo donde un hombre menos capacitado no le quita el puesto a otro hombre (boxeo)

Bombero si es un ejemplo donde alguien menos capacitado (mujer) le quita el puesto a un hombre, por una discriminación ideológica.

¿Qué no entiendes? Es obvio que el hombre está discriminado, ya que siendo mejor que una mujer, el puesto se lo dan a ella. Por lo tanto no solo está discriminado sino que está perjudicado.
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cloudstrife007 escribió:
Lalilulelu escribió:Ah entiendo, que el problema es que una mujer le quita un puesto a un hombre para ser bombero


Te he puesto un ejemplo donde una mujer menos capacitada no le quita el puesto a un hombre (atletismo).

Te he puesto otro ejemplo donde un hombre menos capacitado no le quita el puesto a otro hombre (boxeo)

Bombero si es un ejemplo donde alguien menos capacitado (mujer) le quita el puesto a un hombre, por una discriminación ideológica.

¿Qué no entiendes? Es obvio que el hombre está discriminado, ya que siendo mejor que una mujer, el puesto se lo dan a ella. Por lo tanto no solo está discriminado sino que está perjudicado.

Si en un cuerpo cuyos integrantes son el 99% hombres, piensas que estan perjudicos estos para acceder a estas plazas, tienes un problema.
Le da igual. Sus esfuerzos se centran en retorcer tus argumentos, no en respetarlos.
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