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dlabo escribió:Me sorprende que no veais a kilómetros que eso es mentira (...) que por un lado no sepáis buscar a que sentencia se puede referir cuando solo hay tres posibles en todo 2019, de las cuales dos no tienen nada que ver y la tercera lo que hizo precisamente fue pasar de 3 criterios a 11 para validar un testimonio
Es posible que el Tribunal avale su convicción en la versión de la víctima, ya que la credibilidad y verosimilitud de su declaración se enmarca en la apreciación de una serie de factores a tener en cuenta en el proceso valorativo del Tribunal. Y así podemos citar los siguientes:
1.- Seguridad en la declaración ante el Tribunal por el interrogatorio del Ministerio Fiscal, letrado/a de la acusación particular y de la defensa.
2.- Concreción en el relato de los hechos ocurridos objeto de la causa.
3.- Claridad expositiva ante el Tribunal.
4.- "Lenguaje gestual" de convicción. Este elemento es de gran importancia y se caracteriza por la forma en que la víctima se expresa desde el punto de vista de los "gestos" con los que se acompaña en su declaración ante el Tribunal.
5.- Seriedad expositiva que aleja la creencia del Tribunal de un relato figurado, con fabulaciones, o poco creíble.
6.- Expresividad descriptiva en el relato de los hechos ocurridos.
7.- Ausencia de contradicciones y concordancia del iter relatado de los hechos.
8.- Ausencia de lagunas en el relato de exposición que pueda llevar a dudas de su credibilidad.
9.- La declaración no debe ser fragmentada.
10.- Debe desprenderse un relato íntegro de los hechos y no fraccionado acerca de lo que le interese declarar y ocultar lo que le beneficie acerca de lo ocurrido.
11.- Debe contar tanto lo que a ella y su posición beneficia como lo que le perjudica.
Bou escribió:Darxen escribió:del mismo modo que no nos debemos creer testimonios del tipo "me violó salvajemente" sin prueba alguna, tampoco debemos creernos algo como "el juez me condenó sin demostrar nada" sin mayor prueba que un post en internet. no crees?
No acabo de entender tu argumento. Si una persona cuenta en un foro que la han violado, y lo que cuenta es verosímil, y no acusa a nadie en concreto, y no veo indicios de motivos espurios, tenderé a creerla aunque no me muestre una sentencia condenatoria.
Darxen escribió:no digo que no te lo creas. digo que lo cojas con pinzas.
Bou escribió:Pero estoy de acuerdo en que no hay que tomarlo como evidencia de nada. Simplemente lo tomo como testimonio personal, de algo que ya sé que sucede habitualmente.
Darxen escribió:Bou escribió:Pero estoy de acuerdo en que no hay que tomarlo como evidencia de nada. Simplemente lo tomo como testimonio personal, de algo que ya sé que sucede habitualmente.
pues eso estaba diciendo. muy bien el testimonio, pero poco más. estas cosas ocurren? sí. estamos ante un evidente caso más? no sé.
por cómo entiendo el hilo, creo que mejor poner cosas que podamos comprobar y revisar, por evitar sensacionalismos. sé que, aunque sea algo que ocurre, no suele salir a la luz y por tanto es difícil de mostrar. pero precisamente si es alguien de un foro que cuenta su caso, vendría bien que mostrara su sentencia para que fuera evidente que es un caso real. al menos es lo que yo haría (aunque espero no tener que hacerlo nunca, la verdad).
Darxen escribió:pues eso estaba diciendo. muy bien el testimonio, pero poco más. estas cosas ocurren? sí. estamos ante un evidente caso más? no sé.
por cómo entiendo el hilo, creo que mejor poner cosas que podamos comprobar y revisar, por evitar sensacionalismos. sé que, aunque sea algo que ocurre, no suele salir a la luz y por tanto es difícil de mostrar. pero precisamente si es alguien de un foro que cuenta su caso, vendría bien que mostrara su sentencia para que fuera evidente que es un caso real. al menos es lo que yo haría (aunque espero no tener que hacerlo nunca, la verdad).
Schwefelgelb escribió:A donde quiero llegar es que un testimonio así no me hace levantar ni una ceja, por un lado porque no aparece nada novedoso, por otro porque una piedra no hace castillo, aún conociendo lo potente del efecto emocional, prefiero recurrir a los informes.
dlabo escribió:Schwefelgelb escribió:A donde quiero llegar es que un testimonio así no me hace levantar ni una ceja, por un lado porque no aparece nada novedoso, por otro porque una piedra no hace castillo, aún conociendo lo potente del efecto emocional, prefiero recurrir a los informes.
No en realidad no levantas una ceja por que confirma tus creencias y eso es lo que se pretende con estos mensajes.
De no ser así, te saltarían las alarmas solo con ver la redacción igual que te saltan por ejemplo, con las proclamas de los anti vacunas.
¿Te has percatado de la curiosa mezcla de ambigüedad e inconcrecion, con el esfuerzo por resaltar determinados mensajes? Parece que en este caso no.
Ya entrando un poco mas en detalle, una sentencia del 2019 no "destruye la presunción de inocencia del hombre" (sobre la coletilla"del hombre"comento luego) al invocarla, es como creer que decir rebota, rebota y en tu culo explota sirve para algo.
¿No te parece curioso que mencione una (famosa entre vosotros) sentencia diciendo "no seque sentencia del 2019?
Y luego está mi parte preferida, cuando dice "que basta con el testimonio de la víctima para condenar al hombre".
¿Sabes que hay jurisprudencia del TC sobre el valor de un testimonio de víctima como prueba directa y no prueba indiciaria desde 1989?
Vamos, un mensaje con todos los grandes hitis de la persecución del hombre blanco heterosexual metidos con calzador, incluyendo las denuncias falsas y no era extraño...
dlabo escribió:Schwefelgelb escribió:A donde quiero llegar es que un testimonio así no me hace levantar ni una ceja, por un lado porque no aparece nada novedoso, por otro porque una piedra no hace castillo, aún conociendo lo potente del efecto emocional, prefiero recurrir a los informes.
No en realidad no levantas una ceja por que confirma tus creencias y eso es lo que se pretende con estos mensajes.
De no ser así, te saltarían las alarmas solo con ver la redacción igual que te saltan por ejemplo, con las proclamas de los anti vacunas.
¿Te has percatado de la curiosa mezcla de ambigüedad e inconcrecion, con el esfuerzo por resaltar determinados mensajes? Parece que en este caso no.
Ya entrando un poco mas en detalle, una sentencia del 2019 no "destruye la presunción de inocencia del hombre" (sobre la coletilla"del hombre"comento luego) al invocarla, es como creer que decir rebota, rebota y en tu culo explota sirve para algo.
¿No te parece curioso que mencione una (famosa entre vosotros) sentencia diciendo "no seque sentencia del 2019?
Y luego está mi parte preferida, cuando dice "que basta con el testimonio de la víctima para condenar al hombre".
¿Sabes que hay jurisprudencia del TC sobre el valor de un testimonio de víctima como prueba directa y no prueba indiciaria desde 1989?
Vamos, un mensaje con todos los grandes hitis de la persecución del hombre blanco heterosexual metidos con calzador, incluyendo las denuncias falsas y no era extraño...
dlabo escribió:Me sorprende que no veais a kilómetros que eso es mentira (...) que por un lado no sepáis buscar a que sentencia se puede referir cuando solo hay tres posibles en todo 2019, de las cuales dos no tienen nada que ver y la tercera lo que hizo precisamente fue pasar de 3 criterios a 11 para validar un testimonio
Bou escribió:Imagino que te refieres a esta sentencia, que dice:Es posible que el Tribunal avale su convicción en la versión de la víctima, ya que la credibilidad y verosimilitud de su declaración se enmarca en la apreciación de una serie de factores a tener en cuenta en el proceso valorativo del Tribunal. Y así podemos citar los siguientes:
1.- Seguridad en la declaración ante el Tribunal por el interrogatorio del Ministerio Fiscal, letrado/a de la acusación particular y de la defensa.
2.- Concreción en el relato de los hechos ocurridos objeto de la causa.
3.- Claridad expositiva ante el Tribunal.
4.- "Lenguaje gestual" de convicción. Este elemento es de gran importancia y se caracteriza por la forma en que la víctima se expresa desde el punto de vista de los "gestos" con los que se acompaña en su declaración ante el Tribunal.
5.- Seriedad expositiva que aleja la creencia del Tribunal de un relato figurado, con fabulaciones, o poco creíble.
6.- Expresividad descriptiva en el relato de los hechos ocurridos.
7.- Ausencia de contradicciones y concordancia del iter relatado de los hechos.
8.- Ausencia de lagunas en el relato de exposición que pueda llevar a dudas de su credibilidad.
9.- La declaración no debe ser fragmentada.
10.- Debe desprenderse un relato íntegro de los hechos y no fraccionado acerca de lo que le interese declarar y ocultar lo que le beneficie acerca de lo ocurrido.
11.- Debe contar tanto lo que a ella y su posición beneficia como lo que le perjudica.
Según dices, es mentira que el fiscal mencionase esta sentencia ante el juez. ¿Por qué?
paco_man escribió:dlabo escribió:Schwefelgelb escribió:A donde quiero llegar es que un testimonio así no me hace levantar ni una ceja, por un lado porque no aparece nada novedoso, por otro porque una piedra no hace castillo, aún conociendo lo potente del efecto emocional, prefiero recurrir a los informes.
No en realidad no levantas una ceja por que confirma tus creencias y eso es lo que se pretende con estos mensajes.
De no ser así, te saltarían las alarmas solo con ver la redacción igual que te saltan por ejemplo, con las proclamas de los anti vacunas.
¿Te has percatado de la curiosa mezcla de ambigüedad e inconcrecion, con el esfuerzo por resaltar determinados mensajes? Parece que en este caso no.
Ya entrando un poco mas en detalle, una sentencia del 2019 no "destruye la presunción de inocencia del hombre" (sobre la coletilla"del hombre"comento luego) al invocarla, es como creer que decir rebota, rebota y en tu culo explota sirve para algo.
¿No te parece curioso que mencione una (famosa entre vosotros) sentencia diciendo "no seque sentencia del 2019?
Y luego está mi parte preferida, cuando dice "que basta con el testimonio de la víctima para condenar al hombre".
¿Sabes que hay jurisprudencia del TC sobre el valor de un testimonio de víctima como prueba directa y no prueba indiciaria desde 1989?
Vamos, un mensaje con todos los grandes hitis de la persecución del hombre blanco heterosexual metidos con calzador, incluyendo las denuncias falsas y no era extraño...
Eso según él. Pero supongamos que el tío miente y es realmente un maltratador.
¿Si la chica lo denuncia dices que no podrían condenar a su agresor porque con su testimonio no es suficiente? ¿se va de rositas?
AkrosRockBell escribió:paco_man escribió:dlabo escribió:
No en realidad no levantas una ceja por que confirma tus creencias y eso es lo que se pretende con estos mensajes.
De no ser así, te saltarían las alarmas solo con ver la redacción igual que te saltan por ejemplo, con las proclamas de los anti vacunas.
¿Te has percatado de la curiosa mezcla de ambigüedad e inconcrecion, con el esfuerzo por resaltar determinados mensajes? Parece que en este caso no.
Ya entrando un poco mas en detalle, una sentencia del 2019 no "destruye la presunción de inocencia del hombre" (sobre la coletilla"del hombre"comento luego) al invocarla, es como creer que decir rebota, rebota y en tu culo explota sirve para algo.
¿No te parece curioso que mencione una (famosa entre vosotros) sentencia diciendo "no seque sentencia del 2019?
Y luego está mi parte preferida, cuando dice "que basta con el testimonio de la víctima para condenar al hombre".
¿Sabes que hay jurisprudencia del TC sobre el valor de un testimonio de víctima como prueba directa y no prueba indiciaria desde 1989?
Vamos, un mensaje con todos los grandes hitis de la persecución del hombre blanco heterosexual metidos con calzador, incluyendo las denuncias falsas y no era extraño...
Eso según él. Pero supongamos que el tío miente y es realmente un maltratador.
¿Si la chica lo denuncia dices que no podrían condenar a su agresor porque con su testimonio no es suficiente? ¿se va de rositas?
Sí. En los sistemas judiciales normales las acusaciones hay que probarlas y decir "es que este es el malo" no es prueba de nada.
paco_man escribió:AkrosRockBell escribió:paco_man escribió:Eso según él. Pero supongamos que el tío miente y es realmente un maltratador.
¿Si la chica lo denuncia dices que no podrían condenar a su agresor porque con su testimonio no es suficiente? ¿se va de rositas?
Sí. En los sistemas judiciales normales las acusaciones hay que probarlas y decir "es que este es el malo" no es prueba de nada.
Pero aquí en España esto ya no es así, ¿no?
No soy experto en leyes, a ver si alguien me lo aclara. Según @dlabo si maltratas a tu mujer sin testigos, no hay ninguna forma de que te condenen.
AkrosRockBell escribió:@paco_man bueno, es que es como tiene que ser. Si la denunciante no es capaz de probar que le han agredido (parte de lesiones, testigos, incidentes anteriores en presencia de otras personas, etc etc) no significa que sea verdad, es más, es que si lo único que tiene es su palabra lo más posible es que sea una mentira como la copa de un pino (como se está haciendo en los casos de divorcio para quitarle todo tipo de custodia de los hijos a el hombre o para exigir mayores indemnizaciones y división de bienes a su favor).
El problema viene porque los sinvergüenzas de los políticos y la fiscalía bajo su control están haciendo eso precisamente, condenar a gente en base a testimonios, invertiendo la carga de prueba (el acusado debería de probar que es inocente, lo cuál es aberrante e ilógico) y pasándose la presunción de inocencia por el forro de los cojones. Y todo es consecuencia de la viogen y las sentencias que se han hecho aplicándola.
dlabo escribió:Precisamente, este relato es el que niego tajantemente y al que intenta contribuir el mensaje de ese usuario de forocoches que enlazaba @paco_man :AkrosRockBell escribió:@paco_man bueno, es que es como tiene que ser. Si la denunciante no es capaz de probar que le han agredido (parte de lesiones, testigos, incidentes anteriores en presencia de otras personas, etc etc) no significa que sea verdad, es más, es que si lo único que tiene es su palabra lo más posible es que sea una mentira como la copa de un pino (como se está haciendo en los casos de divorcio para quitarle todo tipo de custodia de los hijos a el hombre o para exigir mayores indemnizaciones y división de bienes a su favor).
El problema viene porque los sinvergüenzas de los políticos y la fiscalía bajo su control están haciendo eso precisamente, condenar a gente en base a testimonios, invertiendo la carga de prueba (el acusado debería de probar que es inocente, lo cuál es aberrante e ilógico) y pasándose la presunción de inocencia por el forro de los cojones. Y todo es consecuencia de la viogen y las sentencias que se han hecho aplicándola.
Como ya he dicho y @Schwefelgelb confirma que es lo que he dicho, se puede condenar en este y en muchos otros países (la enorme mayoría de hecho) solo con un testimonio. Y diré mas, solo con el testimonio de la víctima, que esto no lo mencionais por lo que sea, pero es una diferencia muy significativa, por que en la mayoría de los delitos, tiene una consideración menor que los testimonios de terceros como prueba.
Y aquí viene el primer gran mantra basado en una manipulación, el de que se está condenando a hombres con solo el testimonio de la mujer.
Si, y a mujeres con solo el testimonio del hombre entre muchos otros supuestos, incluyendo negligencias y accidentes de circulación.
No tiene nada que ver con ninguna ley de ámbito específico, es cuestión de la LECrim y la doctrina que os interpreta. Y la propia jurisprudencia que genera esa doctrina establece los criterios por los que ese testimonio puede ser considerado prueba de cargo fundante de condena.
De nuevo, se aplica en todos los ámbitos que procede, no solo "para condenar hombres solo con el testimonio de las mujeres".
El segundo mantra, de nuevo como si fuera exclusivo del ámbito de la violencia de genero, es que se invierte la carga de la prueba cuando se juzga a un hombre acusado por una mujer.
De nuevo, si, pero de nuevo, lo mismo vale para muchísimos otros supuestos, empezando por la violencia doméstica, pasando por todos los delitos del ámbito de la discriminación, por ejemplo, el acoso laboral.
Y de nuevo, como se puede suponer solo viendo que no es exclusivo del ámbito de la violencia de genero, no tiene nada que ver con una ley concreta, si no que viene de la UE. Y por cierto, no, lo de "se invierte la carga de la prueba" no es ninguna herejía por la que tirarse de los pelos y sirva para afirmar poco menos que hay una persecución contra los hombres. Es lo normal en casos de discriminación y ademas, en casos de responsabilidad civil.
El tercer mantra es el de que se lesiona la presunción de inocencia del hombre (o como suele decir el relato "pasarse la presunción de inocencia por el forro de los cojones"), este se aprovecha de lo que dice que es la creencia popular.
No es ningún escudo mágico que haga salir absuelto a todo el mundo a menos que haya un vídeo y una confesión.
Explicado de forma lo mas entendible posible, es un principio de un pack de garantías de lo que se llama "un juicio justo". Y precisamente lo que hace un tribunal es considerar o no desvirtuada esa presunción de inocencia para condenar o absolver.
Y la ley que lo rige es igual para todo el mundo, sin excepción.
Todo esto me recuerda al caso de la pulsera homeopática que se hizo famosa hace ya unas décadas (que viejo me acabo de sentir), que en su publicidad a modo de refuerzo de sus supuestas propiedades afirmaba que estaba prohibida en los campeonatos de surf, lo cual era cierto. Pero claro, esta y todas las pulseras estaban prohibidas.
Una manipulación de libro, puesto que con una media verdad, inducia a pensar que era por que estaba considerada dopping, cuando era por seguridad.
Schwefelgelb escribió:¿Entiendo entonces que te retractas de cuando decías que era mentira? Porque como ya dije, estás respaldando la versión del forocochero.
Artículo 655.
Si la pena pedida por las partes acusadoras fuese de carácter correccional, al evacuar la representación del procesado el traslado de calificación podrá manifestar su conformidad absoluta con aquella que más gravemente hubiere calificado, si hubiere más de una, y con la pena que se le pida; expresándose además por el Letrado defensor si, esto no obstante, conceptúa necesaria la continuación del juicio.
Si no la conceptúa necesaria, el Tribunal, previa ratificación del procesado, dictará sin más trámites la sentencia que proceda según la calificación mutuamente aceptada, sin que pueda imponer pena mayor que la solicitada.
Si ésta no fuese la procedente según dicha calificación, sino otra mayor, acordará el Tribunal la continuación del juicio.
También continuará el juicio si fuesen varios los procesados y no todos manifestaren igual conformidad.
Cuando el procesado o procesados disintiesen únicamente respecto de la responsabilidad civil, se limitará el juicio a la prueba y discusión de los puntos relativos a dicha responsabilidad.
dlabo escribió:Sobre qué no ha dicho que fueran leves, te podría indicar varias partes en las que fijarte que así lo indican, pero vamos a empezar por la fácil ¿ves en algún sitio que hable de petición de condena a libertad vigilada para acreditar habitualidad en las vejaciones?.
Sobre lo de que un "testimonio de la acusación" puede ser la "única prueba de cargo" ¿me has leído alguna vez afirmar lo contrario?.
No hay una diferencia significativa en porcentaje con otros delitos similares, pero por lo que sea, ese dato se omite cuando se hace la afirmación....
El 16 de mayo de 2022, el Juzgado de lo Penal Nº1 de Granada condenó a mi exmujer a más de cinco de prisión por los siguientes delitos:
“Como autora de un delito continuado de denuncia y acusación falsas, a dos años de prisión, con accesoria de privación del derecho de sufragio pasivo, y multa de veinticuatro meses con cuota de€10 o un día de prisión por cada dos cuotas que no pague.
Como autora de un delito de desobediencia grave a la Autoridad Judicial, a seis meses de prisión, con accesoria de privación del derecho de sufragio pasivo.
Como autora de un delito de abandono de los deberes de la patria potestad, a seis meses de prisión de con accesoria de privación del derecho de sufragio pasivo e inhabilitación para el ejercicio de la paria potestad por diez años.
Como autora de dos delitos continuados contra la integridad moral, a un año de prisión por cada uno, con accesoria deprivación del derecho de sufragio pasivo, prohibición de acercarse a Javier XXXXa menos de 500 metros durante cinco años, a su domicilio o lugar de trabajo o donde se halle y prohibición de comunicarse con él por cualquier medio o procedimiento en ese periodo.
A que indemnice aJavier XXXXXXXXX y XXXXXXXXX (mi hija) en cuarenta mil euros a cada uno de ellos .
Al pago de las costas, incluidas las de la acusación particular.”
Esta señora me había puesto 9 denuncias por abuso sexual respecto de mi hija.
Pues bien, el 15 de diciembre del mismo año, la sala 1º dela Audiencia Provincial de Granada, declaró nulo el juicio al señalar que el juez se extralimitó en sus funciones, y que se tenía que repetir el juicio con un juez diferente.
Un año después se volvió a repetir el juicio con una juez sustituta y el 29 de junio de 2023 fue de nuevo condenada a más de 3 años de prisión por 9 denuncias falsas de abuso sexual del padre respecto a la hija, por un doble delito contra la integridad moral del padre y de la hija, a una indemnización de 20.000 euros a cada uno yal pago de todas las costas procesales.
Ayer, 5 de febrero de 2024 de nuevo la sala 1º de la Audiencia Provincial de Granada con los mismos magistrados y el mismo ponente absuelve de todos los delitos a la madre por defecto formal de la jueza, al señalar que, si bien los hechos ya han sido probados y cometidos por la madre, la jueza no ha sabido relacionar y fundamentar jurídicamente los hechos con las penas impuestas. La sentencia están escandalosa que posiblemente en los próximos días salga todo a la luz pública.
Y a mi me han destrozado mi vida,,,,,,7 años de auténtico infierno y la madre se sale de rositas.
La madre, desde2022, tiene inhabilitada la patria potestad de mi hija que vive conmigo. Ahora le volverán dar la patria potestad y pedirá la custodia exclusiva de mi hija,,,,,
¿Hay justicia en este país?
Podéis oir mi historia en el programa de la Cope de Cristina López Schlichfting contada por el periodista Nacho Abad:
https://cope-cdnmed.cope.es/resource...1.mp3?download
Y aquí en Canal Sur: https://www.canalsur.es/noticias/and...o/1949918.html
https://amp.elmundo.es/espana/2023/0...7478b45d4.html
vicodina escribió:Os comparto un caso más de todos los derechos cubiertos:El 16 de mayo de 2022, el Juzgado de lo Penal Nº1 de Granada condenó a mi exmujer a más de cinco de prisión por los siguientes delitos:“Como autora de un delito continuado de denuncia y acusación falsas, a dos años de prisión, con accesoria de privación del derecho de sufragio pasivo, y multa de veinticuatro meses con cuota de€10 o un día de prisión por cada dos cuotas que no pague.
Como autora de un delito de desobediencia grave a la Autoridad Judicial, a seis meses de prisión, con accesoria de privación del derecho de sufragio pasivo.
Como autora de un delito de abandono de los deberes de la patria potestad, a seis meses de prisión de con accesoria de privación del derecho de sufragio pasivo e inhabilitación para el ejercicio de la paria potestad por diez años.
Como autora de dos delitos continuados contra la integridad moral, a un año de prisión por cada uno, con accesoria deprivación del derecho de sufragio pasivo, prohibición de acercarse a Javier XXXXa menos de 500 metros durante cinco años, a su domicilio o lugar de trabajo o donde se halle y prohibición de comunicarse con él por cualquier medio o procedimiento en ese periodo.
A que indemnice aJavier XXXXXXXXX y XXXXXXXXX (mi hija) en cuarenta mil euros a cada uno de ellos .
Al pago de las costas, incluidas las de la acusación particular.”
Esta señora me había puesto 9 denuncias por abuso sexual respecto de mi hija.
Pues bien, el 15 de diciembre del mismo año, la sala 1º dela Audiencia Provincial de Granada, declaró nulo el juicio al señalar que el juez se extralimitó en sus funciones, y que se tenía que repetir el juicio con un juez diferente.
Un año después se volvió a repetir el juicio con una juez sustituta y el 29 de junio de 2023 fue de nuevo condenada a más de 3 años de prisión por 9 denuncias falsas de abuso sexual del padre respecto a la hija, por un doble delito contra la integridad moral del padre y de la hija, a una indemnización de 20.000 euros a cada uno yal pago de todas las costas procesales.
Ayer, 5 de febrero de 2024 de nuevo la sala 1º de la Audiencia Provincial de Granada con los mismos magistrados y el mismo ponente absuelve de todos los delitos a la madre por defecto formal de la jueza, al señalar que, si bien los hechos ya han sido probados y cometidos por la madre, la jueza no ha sabido relacionar y fundamentar jurídicamente los hechos con las penas impuestas. La sentencia están escandalosa que posiblemente en los próximos días salga todo a la luz pública.
Y a mi me han destrozado mi vida,,,,,,7 años de auténtico infierno y la madre se sale de rositas.
La madre, desde2022, tiene inhabilitada la patria potestad de mi hija que vive conmigo. Ahora le volverán dar la patria potestad y pedirá la custodia exclusiva de mi hija,,,,,
¿Hay justicia en este país?
Podéis oir mi historia en el programa de la Cope de Cristina López Schlichfting contada por el periodista Nacho Abad:
https://cope-cdnmed.cope.es/resource...1.mp3?download
Y aquí en Canal Sur: https://www.canalsur.es/noticias/and...o/1949918.html
https://amp.elmundo.es/espana/2023/0...7478b45d4.html
Falkiño escribió:@vicodina ¿No es Granada donde Juana Rivas se burlaba de todo dios pasándose la justicia por el forro? Debe ser el paraíso xD
pacopolo escribió:
Tranquilo, solamente cuando la (supuesta) víctima es mujer y el (supuesto) agresor es hombre. En el resto de casos sí que respeta la presunción de inocencia.
La culpa la tiene el que se autopercibe como agresor. Si no es un agresor, que se autoperciba como víctima y listo, que para eso lo ha facilitado bien ella misma.
akualung escribió:Jo, qué poco han tardado en usar lo de la agresión en el metro de Barcelona para echar mierda a los hombres:
Schwefelgelb escribió:Yo creo que el mejor nombre a utilizar es el que se usa internacionalmente: intimate partner violence o violencia de pareja.
No hay un solo factor que permita distinguir las violencias de pareja, pero la ley sí es discriminatoria respecto a ella, basándose únicamente en el sexo de los implicados.
DNKROZ escribió:akualung escribió:Jo, qué poco han tardado en usar lo de la agresión en el metro de Barcelona para echar mierda a los hombres:
Generalizar con algo así con los hombres porque el agresor es hombre sería tan absurdo como generalizar con los de la religión del agresor por pertenecer a la misma... cualquiera con dos dedos de frente sabe que eso no tiene sentido, lo que no impide que muchos que no llegan ni a esos dos dedos, hagan la asociación absurda de turno.
Y creo que la paranoia de si ves venir corriendo hacia ti a un hombre (o mujer) en un andén de una estación con la intención de atizarte la vas a tener exactamente igual seas hombre o mujer me da a mi.
Knos escribió:Pues te voy a negar la mayor.
Generalizar con ser hombre y generalizar con la religión no es lo mismo, y uno tiene sentido y el otro no.
Nadie elige ser hombre, nadie elige sus genes ni como su cuerpo está configurado.
La religión se elige, de forma voluntaria y consciente uno elige pertenecer a un credo determinado y sobre todo actuar según sus preceptos.
Knos escribió:DNKROZ escribió:akualung escribió:Jo, qué poco han tardado en usar lo de la agresión en el metro de Barcelona para echar mierda a los hombres:
Generalizar con algo así con los hombres porque el agresor es hombre sería tan absurdo como generalizar con los de la religión del agresor por pertenecer a la misma... cualquiera con dos dedos de frente sabe que eso no tiene sentido, lo que no impide que muchos que no llegan ni a esos dos dedos, hagan la asociación absurda de turno.
Y creo que la paranoia de si ves venir corriendo hacia ti a un hombre (o mujer) en un andén de una estación con la intención de atizarte la vas a tener exactamente igual seas hombre o mujer me da a mi.
Pues te voy a negar la mayor.
Generalizar con ser hombre y generalizar con la religión no es lo mismo, y uno tiene sentido y el otro no.
Nadie elige ser hombre, nadie elige sus genes ni como su cuerpo está configurado.
La religión se elige, de forma voluntaria y consciente uno elige pertenecer a un credo determinado y sobre todo actuar según sus preceptos.
Schwefelgelb escribió:@Knos si sus preceptos fueran ir agrediendo, habría casos como ese a montones y la realidad es que son anecdóticos, como lo es si utilizas ser hombre como variable agrupadora.
De hecho, hasta el imán más turbomachista no dice de ir agrediendo porque sí.
Schwefelgelb escribió:Reducir la brecha salarial era cobrar más que los hombres:
https://telegra.ph/Las-mujeres-j%C3%B3v ... rial-02-16
Lo pongo para dejar clara la ley del embudo, si en el cambio generacional van a pasar a cobrar más, en el futuro no será solo en los jóvenes, sino en todos los rangos de edad. Esto no es malo si es por méritos propios y solo ateniendo a medias. Pero pasa a ser malo cuando ocurre lo que vaticinaba hace años: si exiges cuotas en los sitios buenos y no promocionas los malos, lo que estás haciendo es empujar a los hombres a los malos y eso sí es discriminación.
Schwefelgelb escribió:Yo creo que el mejor nombre a utilizar es el que se usa internacionalmente: intimate partner violence o violencia de pareja.
Falkiño escribió:Me encanta que el artículo hable que ahora hay una "brecha negativa" cuando las mujeres cobran más de media. Es neolengua en estado puro "Discriminación positiva", "brecha negativa"...
pacopolo escribió:Los tienen cuadrados...