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arraidan escribió:El baremo es el criterio del juez / jurado.
Con la legislación actual, tu puedes drogar a una persona y encularla durante 48 horas seguidas, grabarlo en vídeo y que te encuentren culpable por ello, que si no hay violencia NO se considera agresión / violación, y tu condena es menor.
Lo que yo digo es que un JUEZ cuando considere PROBADO el DELITO pueda condenar como reo de violación al acusado sin necesidad de que haya existido violencia.
Repito las palabras clave, atención! JUEZ, PRUEBAS, DELITO .
En el caso que nos ocupa, si los jueces hubiesen querido condenar a los como reos de violación NO HABRÍAN PODIDO por no existir violencia.
¿Eres capaz de entender que una cosa es encontrar culpable a un acusado y otra imponerle la pena que le corresponde?
Y que a la hora de dictar dicha pena, el juez HA DE ATENERSE a lo establecido en el código penal, y que por tanto yo considero injusto que para ser condenado como reo de violación haga falta la existencia de violencia como condición sine qua non
MaxVB escribió:No termino de entender a dónde quieres llegar.
¿Que un juez pueda saltarse el código penal y pueda declarar culpable a alguien del delito que le dé la gana y ponerle la pena que quiera?
Porque si el código penal es el que dice en qué consiste un delito y qué pena tiene, no puede saltárselo arbitrariamente.
[Porque se supone que a cada uno le corresponde la pena en función del delito cometido, no en función de lo que diga arbitrariamente un juez.
VozdeLosMuertos escribió:Nota del moderador:
No hace falta poner palabras con letras gigantes ni andar con "te reporto", "repórtame" y chorradas del estilo. Hablad del tema, dejaos de andar pellizcándoos y a ver si el hilo se convierte en una conversación medio normal.
metaljules escribió: No existe la palabra violación en el codigo penal, porque se usan términos más correctos para impartir mejor las condenas.
Sin duda, esta novedad en el Derecho Penal Internacional influyó en que las leyes orgánicas 11/1999 y 15/2003 de reforma del Código Penal, en términos similares aunque no idénticos, incluyeran, entre otras modificaciones, la del artículo 179, con la redacción siguiente (la de 2003): “Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años “.
A pesar de ser una redacción algo compleja, lo cierto es que en 1999 y 2003 la violación, como nomen iuris adecuado a lo que comúnmente se entiende por tal, hizo acto de presencia en el Código Penal.
Por la Ley Orgánica 15/2003 también se aprobó un nuevo artículo 607 bis, que menciona la violación como una de las formas de cometer ese delito masivo llamado “de lesa humanidad”: esto es, contra la humanidad.
Lo anterior se completó en la Ley Orgánica 5/2010, por la que se modificó de nuevo el Código Penal. En ella se aprueba el artículo 611.9º, que prevé que, “con ocasión de un conflicto armado”, se atente “contra la libertad sexual de una persona protegida cometiendo actos de violación”.
DIEGO LÓPEZ GARRIDO
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Castilla - La Mancha
arraidan escribió:VozdeLosMuertos escribió:Nota del moderador:
No hace falta poner palabras con letras gigantes ni andar con "te reporto", "repórtame" y chorradas del estilo. Hablad del tema, dejaos de andar pellizcándoos y a ver si el hilo se convierte en una conversación medio normal.
Oido cocina, lamento lo de las letras grandes, pero cuando descaradamente te adjudican frases y palabras que no has escrito es complicado contenerse.metaljules escribió: No existe la palabra violación en el codigo penal, porque se usan términos más correctos para impartir mejor las condenas.
Si existe la palabra violación el el código penal no entiendo por que se ha extendido ese bulo.
(En negrita resalto)
De las agresiones sexuales
Artículo 178
El que atentare contra la libertad sexual de otra persona, utilizando violencia o intimidación, será castigado como responsable de agresión sexual con la pena de prisión de uno a cinco años.
Capítulo I del Título VIII del Libro II redactado por el artículo segundo de la L.O. 11/1999, de 30 de abril, de modificación del Título VIII del Libro II del Código Penal, aprobado por L.O. 10/1995, de 23 de noviembre («B.O.E.» 1 mayo).Vigencia: 21 mayo 1999
Artículo 178 redactado por el apartado cuadragésimo primero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 unio).Vigencia: 23 diciembre 2010
Artículo 179
Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años.
CAPÍTULO II BIS
De los delitos de lesa humanidad
Artículo 607 bis.
1. Son reos de delitos de lesa humanidad quienes cometan los hechos previstos en el apartado siguiente como parte de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil o contra una parte de ella.
En todo caso, se considerará delito de lesa humanidad la comisión de tales hechos:
1.º Por razón de pertenencia de la víctima a un grupo o colectivo perseguido por motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género, discapacidad u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional.
2.º En el contexto de un régimen institucionalizado de opresión y dominación sistemáticas de un grupo racial sobre uno o más grupos raciales y con la intención de mantener ese régimen.
2. Los reos de delitos de lesa humanidad serán castigados:
1.º Con la pena de prisión permanente revisable si causaran la muerte de alguna persona.
2.º Con la pena de prisión de 12 a 15 años si cometieran una violación, y de cuatro a seis años de prisión si el hecho consistiera en cualquier otra agresión sexual.
El del vídeo dice que son los medios y bla bla bla, aquí estamos usando "violación" para no decir constantemente "agresión sexual", pero el fondo es el mismo, el requisito de la "violencia" para discernir entre agresión y abuso sigue siendo algo bastante discutible.
Mira, este señor es catedrático de derecho, que digo yo que algo más sabrá que el Youtuber de turno:
http://agendapublica.elperiodico.com/la ... igo-penal/
Cito por si no te quieres leer todo el artículo:Sin duda, esta novedad en el Derecho Penal Internacional influyó en que las leyes orgánicas 11/1999 y 15/2003 de reforma del Código Penal, en términos similares aunque no idénticos, incluyeran, entre otras modificaciones, la del artículo 179, con la redacción siguiente (la de 2003): “Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años “.
A pesar de ser una redacción algo compleja, lo cierto es que en 1999 y 2003 la violación, como nomen iuris adecuado a lo que comúnmente se entiende por tal, hizo acto de presencia en el Código Penal.
Por la Ley Orgánica 15/2003 también se aprobó un nuevo artículo 607 bis, que menciona la violación como una de las formas de cometer ese delito masivo llamado “de lesa humanidad”: esto es, contra la humanidad.
Lo anterior se completó en la Ley Orgánica 5/2010, por la que se modificó de nuevo el Código Penal. En ella se aprueba el artículo 611.9º, que prevé que, “con ocasión de un conflicto armado”, se atente “contra la libertad sexual de una persona protegida cometiendo actos de violación”.
DIEGO LÓPEZ GARRIDO
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Castilla - La Mancha
En cuanto al resto de tu mensaje, no puedo estar mas en desacuerdo, pero no voy a volver a entrar otra vez a lo mismo.
arraidan escribió:Nuevamente incurres en el "ad nauseam" hasta la nausea (nunca mejor dicho) vuelves a repreguntar sobre cuestiones que ya te he argumentado y respondido, las retuerces y vuelves a lo mismo una y otra vez.
arraidan escribió:Fuiste de listo llamando a los demás paladines, cuando realmente vas de cruzado, te jode que te lo hagan ver, y has entrado en bucle, ok, me parece genial, suerte.
arraidan escribió:Solo te voy a aclarar por quinta vez un concepto que no te entra en la cabecita.
El baremo es el criterio del juez / jurado.
Con la legislación actual, tu puedes drogar a una persona y encularla durante 48 horas seguidas, grabarlo en vídeo y que te encuentren culpable por ello, que si no hay violencia NO se considera agresión / violación, y tu condena es menor.
Lo que yo digo es que un JUEZ cuando considere PROBADO el DELITO pueda condenar como reo de violación al acusado sin necesidad de que haya existido violencia.
Repito las palabras clave, atención! JUEZ, PRUEBAS, DELITO .
En el caso que nos ocupa, si los jueces hubiesen querido condenar a los como reos de violación NO HABRÍAN PODIDO por no existir violencia.
¿Eres capaz de entender que una cosa es encontrar culpable a un acusado y otra imponerle la pena que le corresponde?
Y que a la hora de dictar dicha pena, el juez HA DE ATENERSE a lo establecido en el código penal, y que por tanto yo considero injusto que para ser condenado como reo de violación haga falta la existencia de violencia como condición sine qua non .
No espero que lo entiendas, pero yo lo intento.
arraidan escribió:PD:
Puedes seguir reportando todo lo que te salga de los cojones, pero no por ello vas a hacer que deje de constatar lo obvio y lamentable de tu postura.
arraidan escribió:Y por supuesto que no te voy a pedir disculpas
arraidan escribió:ni a aceptar tus absurdas premisas, medias verdades y justificaciones por más que me amenaces con reportes, el patetismo (reporta, corre) de esa postura "como no me das la razón te reporto" queda patente sin que haga falta que yo diga nada mas.
metaljules escribió:arraidan escribió:VozdeLosMuertos escribió:Nota del moderador:
No hace falta poner palabras con letras gigantes ni andar con "te reporto", "repórtame" y chorradas del estilo. Hablad del tema, dejaos de andar pellizcándoos y a ver si el hilo se convierte en una conversación medio normal.
Oido cocina, lamento lo de las letras grandes, pero cuando descaradamente te adjudican frases y palabras que no has escrito es complicado contenerse.metaljules escribió: No existe la palabra violación en el codigo penal, porque se usan términos más correctos para impartir mejor las condenas.
Si existe la palabra violación el el código penal no entiendo por que se ha extendido ese bulo.
(En negrita resalto)
De las agresiones sexuales
Artículo 178
El que atentare contra la libertad sexual de otra persona, utilizando violencia o intimidación, será castigado como responsable de agresión sexual con la pena de prisión de uno a cinco años.
Capítulo I del Título VIII del Libro II redactado por el artículo segundo de la L.O. 11/1999, de 30 de abril, de modificación del Título VIII del Libro II del Código Penal, aprobado por L.O. 10/1995, de 23 de noviembre («B.O.E.» 1 mayo).Vigencia: 21 mayo 1999
Artículo 178 redactado por el apartado cuadragésimo primero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 unio).Vigencia: 23 diciembre 2010
Artículo 179
Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años.
CAPÍTULO II BIS
De los delitos de lesa humanidad
Artículo 607 bis.
1. Son reos de delitos de lesa humanidad quienes cometan los hechos previstos en el apartado siguiente como parte de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil o contra una parte de ella.
En todo caso, se considerará delito de lesa humanidad la comisión de tales hechos:
1.º Por razón de pertenencia de la víctima a un grupo o colectivo perseguido por motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género, discapacidad u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional.
2.º En el contexto de un régimen institucionalizado de opresión y dominación sistemáticas de un grupo racial sobre uno o más grupos raciales y con la intención de mantener ese régimen.
2. Los reos de delitos de lesa humanidad serán castigados:
1.º Con la pena de prisión permanente revisable si causaran la muerte de alguna persona.
2.º Con la pena de prisión de 12 a 15 años si cometieran una violación, y de cuatro a seis años de prisión si el hecho consistiera en cualquier otra agresión sexual.
El del vídeo dice que son los medios y bla bla bla, aquí estamos usando "violación" para no decir constantemente "agresión sexual", pero el fondo es el mismo, el requisito de la "violencia" para discernir entre agresión y abuso sigue siendo algo bastante discutible.
Mira, este señor es catedrático de derecho, que digo yo que algo más sabrá que el Youtuber de turno:
http://agendapublica.elperiodico.com/la ... igo-penal/
Cito por si no te quieres leer todo el artículo:Sin duda, esta novedad en el Derecho Penal Internacional influyó en que las leyes orgánicas 11/1999 y 15/2003 de reforma del Código Penal, en términos similares aunque no idénticos, incluyeran, entre otras modificaciones, la del artículo 179, con la redacción siguiente (la de 2003): “Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años “.
A pesar de ser una redacción algo compleja, lo cierto es que en 1999 y 2003 la violación, como nomen iuris adecuado a lo que comúnmente se entiende por tal, hizo acto de presencia en el Código Penal.
Por la Ley Orgánica 15/2003 también se aprobó un nuevo artículo 607 bis, que menciona la violación como una de las formas de cometer ese delito masivo llamado “de lesa humanidad”: esto es, contra la humanidad.
Lo anterior se completó en la Ley Orgánica 5/2010, por la que se modificó de nuevo el Código Penal. En ella se aprueba el artículo 611.9º, que prevé que, “con ocasión de un conflicto armado”, se atente “contra la libertad sexual de una persona protegida cometiendo actos de violación”.
DIEGO LÓPEZ GARRIDO
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Castilla - La Mancha
En cuanto al resto de tu mensaje, no puedo estar mas en desacuerdo, pero no voy a volver a entrar otra vez a lo mismo.
Ehm....
Es justo al revés
Escucha, no es por llevarte la contraria, solo no quiero que la gente se trague cualquier cosa. No me he "informado" por el Youtuber de turno, si no que me ha parecido muy explicativo como lo expresa, por si alguno no quería buscarlo.
Yendo a coalición, no, no es cómo planteas, porque para entender el marco jurídico, hay que saber interpretar las leyes. En mi caso, no solo he buscado las fuentes penales oficiales, si no que mi hermano ha estudiado Derecho, y me he molestado en preguntar, aparte de por está situación, por otras varias
Escuchad, lo que viene a decir ahí, es que las agresiones sexuales contemplan las violaciones, pero no solo las violaciones
Una agresión puede ser de carácter u objetivo sexual, sin tener que recurrir a la invasión carnal. Y por eso tenemos jueces y letrados formados en Derecho, para discernir estás situaciones.
Y esto no es algo discutible, es que tampoco hay que tener mucha luces
No exista la condena por "violación" como tal, no hay castigo por "violación", si no que, si en el abuso o agresión sexual, hay invasión por vía carnal, tiene agravante por violar la integridad sexual de la persona.
En fin, tampoco venía a decir otra cosa, no entiendo muy bien a que te refieres con el resto, porque si estás en contra de informarse y tener recursos, pues... ??? Ya cada uno que tenga la opinión que quiera, él sabrá
De todas formas, y esto es una opinión personal que no tienes porque compartirla, veo que estás siendo bastante extremista, y no se hasta que punto puede beneficiarte eso. Si realmente no vas a estar de acuerdo con nada de lo que pueda, o puedan decir, no creo que merezca la pena entrar en discusiones sin final
Si ves que no puedes concordar conmigo ante la ley, mejor no te rayes y pasa de mis comentarios, es lo que vengo a decir, porque puede ser esto infinito xD
No existe la palabra violación en el codigo penal, porque se usan términos más correctos para impartir mejor las condenas.
Escucha, no es por llevarte la contraria, solo no quiero que la gente se trague cualquier cosa. No me he "informado" por el Youtuber de turno, si no que me ha parecido muy explicativo como lo expresa, por si alguno no quería buscarlo.
Yendo a coalición, no, no es cómo planteas, porque para entender el marco jurídico, hay que saber interpretar las leyes. En mi caso, no solo he buscado las fuentes penales oficiales, si no que mi hermano ha estudiado Derecho, y me he molestado en preguntar, aparte de por está situación, por otras varias
Una agresión puede ser de carácter u objetivo sexual, sin tener que recurrir a la invasión carnal. Y por eso tenemos jueces y letrados formados en Derecho, para discernir estás situaciones.
No exista la condena por "violación" como tal, no hay castigo por "violación", si no que, si en el abuso o agresión sexual, hay invasión por vía carnal, tiene agravante por violar la integridad sexual de la persona.
En fin, tampoco venía a decir otra cosa, no entiendo muy bien a que te refieres con el resto, porque si estás en contra de informarse y tener recursos, pues... ??? Ya cada uno que tenga la opinión que quiera, él sabrá
De todas formas, y esto es una opinión personal que no tienes porque compartirla, veo que estás siendo bastante extremista, y no se hasta que punto puede beneficiarte eso. Si realmente no vas a estar de acuerdo con nada de lo que pueda, o puedan decir, no creo que merezca la pena entrar en discusiones sin final
Me parece muy bien que intentes que mi cabecita entienda tu punto de vista, pero te sería de mas utilidad ser mas educado.
Se pide que toda condena por abuso sexual sea considerada violación. Pedir condenas por violación sin haber indicios de violación, no solo conseguiría penas por violación en casos en los que realmente habría violación, sino que también se llevaría por delante a los casos en los que no habría violación, porque el criterio dejaría de hacer distinciones si se valora como pides, y eso es injusto.
Creo que esto es entendible.
arraidan escribió:Yo no he dicho que toda condena por abuso sexual sea considerada violación (agresión), te lo inventas alegremente y lo das como cierto tan tranquilamente.
arraidan escribió:metaljules escribió:arraidan escribió:
Oido cocina, lamento lo de las letras grandes, pero cuando descaradamente te adjudican frases y palabras que no has escrito es complicado contenerse.
Si existe la palabra violación el el código penal no entiendo por que se ha extendido ese bulo.
(En negrita resalto)
De las agresiones sexuales
Artículo 178
El que atentare contra la libertad sexual de otra persona, utilizando violencia o intimidación, será castigado como responsable de agresión sexual con la pena de prisión de uno a cinco años.
Capítulo I del Título VIII del Libro II redactado por el artículo segundo de la L.O. 11/1999, de 30 de abril, de modificación del Título VIII del Libro II del Código Penal, aprobado por L.O. 10/1995, de 23 de noviembre («B.O.E.» 1 mayo).Vigencia: 21 mayo 1999
Artículo 178 redactado por el apartado cuadragésimo primero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 unio).Vigencia: 23 diciembre 2010
Artículo 179
Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años.
CAPÍTULO II BIS
De los delitos de lesa humanidad
Artículo 607 bis.
1. Son reos de delitos de lesa humanidad quienes cometan los hechos previstos en el apartado siguiente como parte de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil o contra una parte de ella.
En todo caso, se considerará delito de lesa humanidad la comisión de tales hechos:
1.º Por razón de pertenencia de la víctima a un grupo o colectivo perseguido por motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género, discapacidad u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional.
2.º En el contexto de un régimen institucionalizado de opresión y dominación sistemáticas de un grupo racial sobre uno o más grupos raciales y con la intención de mantener ese régimen.
2. Los reos de delitos de lesa humanidad serán castigados:
1.º Con la pena de prisión permanente revisable si causaran la muerte de alguna persona.
2.º Con la pena de prisión de 12 a 15 años si cometieran una violación, y de cuatro a seis años de prisión si el hecho consistiera en cualquier otra agresión sexual.
El del vídeo dice que son los medios y bla bla bla, aquí estamos usando "violación" para no decir constantemente "agresión sexual", pero el fondo es el mismo, el requisito de la "violencia" para discernir entre agresión y abuso sigue siendo algo bastante discutible.
Mira, este señor es catedrático de derecho, que digo yo que algo más sabrá que el Youtuber de turno:
http://agendapublica.elperiodico.com/la ... igo-penal/
Cito por si no te quieres leer todo el artículo:
En cuanto al resto de tu mensaje, no puedo estar mas en desacuerdo, pero no voy a volver a entrar otra vez a lo mismo.
Ehm....
Es justo al revés
Escucha, no es por llevarte la contraria, solo no quiero que la gente se trague cualquier cosa. No me he "informado" por el Youtuber de turno, si no que me ha parecido muy explicativo como lo expresa, por si alguno no quería buscarlo.
Yendo a coalición, no, no es cómo planteas, porque para entender el marco jurídico, hay que saber interpretar las leyes. En mi caso, no solo he buscado las fuentes penales oficiales, si no que mi hermano ha estudiado Derecho, y me he molestado en preguntar, aparte de por está situación, por otras varias
Escuchad, lo que viene a decir ahí, es que las agresiones sexuales contemplan las violaciones, pero no solo las violaciones
Una agresión puede ser de carácter u objetivo sexual, sin tener que recurrir a la invasión carnal. Y por eso tenemos jueces y letrados formados en Derecho, para discernir estás situaciones.
Y esto no es algo discutible, es que tampoco hay que tener mucha luces
No exista la condena por "violación" como tal, no hay castigo por "violación", si no que, si en el abuso o agresión sexual, hay invasión por vía carnal, tiene agravante por violar la integridad sexual de la persona.
En fin, tampoco venía a decir otra cosa, no entiendo muy bien a que te refieres con el resto, porque si estás en contra de informarse y tener recursos, pues... ??? Ya cada uno que tenga la opinión que quiera, él sabrá
De todas formas, y esto es una opinión personal que no tienes porque compartirla, veo que estás siendo bastante extremista, y no se hasta que punto puede beneficiarte eso. Si realmente no vas a estar de acuerdo con nada de lo que pueda, o puedan decir, no creo que merezca la pena entrar en discusiones sin final
Si ves que no puedes concordar conmigo ante la ley, mejor no te rayes y pasa de mis comentarios, es lo que vengo a decir, porque puede ser esto infinito xD
Te voy a responder una vez mas, y luego lo voy a dejar estar.
De entrada:
es que tampoco hay que tener mucha luces
eo que estás siendo bastante extremista
Que yo sepa no te he contestado forma extrema.
Y por supuesto no he hecho alusiones a tu inteligencia, agradecería hicieses lo mismo. No se puede ir pidiendo respeto por la vida, si no se ofrece de antemano.
Dicho esto:
Tu has dicho lo siguiente:No existe la palabra violación en el codigo penal, porque se usan términos más correctos para impartir mejor las condenas.
Lo cual, ya te he puesto que no es cierto, no he entrado en mi respuesta hacia ti, ni a interpretar la ley, ni a buscarle tres pies al gato, solo te hago notar que la siguiente afirmación que has ecrito tu, no yo:
No existe la palabra violación en el codigo penal, porque se usan términos más correctos para impartir mejor las condenas.
Es falsa, o incorrecta si la palabra falsa te resulta ofensiva.Escucha, no es por llevarte la contraria, solo no quiero que la gente se trague cualquier cosa. No me he "informado" por el Youtuber de turno, si no que me ha parecido muy explicativo como lo expresa, por si alguno no quería buscarlo.
Y yo te he puesto un artículo de un catedrático que me parece más explicativo y evidentemente mucho mas correcto veraz informado y serio que el del Youtuber que citas, nada mas que decir a ese respecto.Yendo a coalición, no, no es cómo planteas, porque para entender el marco jurídico, hay que saber interpretar las leyes. En mi caso, no solo he buscado las fuentes penales oficiales, si no que mi hermano ha estudiado Derecho, y me he molestado en preguntar, aparte de por está situación, por otras varias
Yo también me he molestado en informarme, tu le has preguntado a tu hermano, yo te cito a un catedrático de derecho que ha realizado enmiendas a la actual ley.
También tengo amigos con licenciatura de derecho, pero no he creído necesario consultarles creo que con la fuente que te cito queda todo perfectamente explicado.
Nada mas nuevamente que decir a ese respecto.Una agresión puede ser de carácter u objetivo sexual, sin tener que recurrir a la invasión carnal. Y por eso tenemos jueces y letrados formados en Derecho, para discernir estás situaciones.
¿Y quien pone en duda eso?No exista la condena por "violación" como tal, no hay castigo por "violación", si no que, si en el abuso o agresión sexual, hay invasión por vía carnal, tiene agravante por violar la integridad sexual de la persona.
Ya te he dicho que se está usando ese término de forma coloquial por parte de todo el mundo en este hilo, no solo yo.
Si te place puedes sustituir todas las veces donde uso el término "violación" por "agresión sexual" en todos mis mensajes y el contenido de lo que quiero expresar, no varía.
Es decir, te agarras a un supuesto defecto de forma (que no es tal ya que el término si existe en el código penal), pero que realmente es irrelevante para lo que yo estoy diciendo y he repetido por activa y pasiva y es decir:
Que la violencia / intimidación sea requisito imprescindible para considerar un abuso como violación, independientemente del resto de factores que rodeen al mismo, me parece injusto (no solo a mi por cierto).
Ya que hay situaciones y casos en los que para preservar la integridad o incluso la vida, las víctimas de agresiones sexuales, no solo no se resisten (y por tanto no hay violencia) si no que colaboran.
Para reforzar este razonamiento, he puesto ejemplos varios con infantes y hombres para eliminar la cuestión de género del debate, puedes buscar en mis mensajes para comprobarlo.
Repito entonces que considero un vacío legal, que la violencia sea un requisito imprescindible para que un abuso se considere agresión.
No es la primera vez en la historia que hay que modificar una ley para adecuarla a casos y supuestos que en principio no estaban contemplados, ni creo que lo que estoy diciendo sea algo nuevo o inconcebibleEn fin, tampoco venía a decir otra cosa, no entiendo muy bien a que te refieres con el resto, porque si estás en contra de informarse y tener recursos, pues... ??? Ya cada uno que tenga la opinión que quiera, él sabrá
No estoy en contra de informarse. Me refiero a que no coincido ni en tu interpretación de la manadita de marras, ni en tu aseveración de que es la prensa la que lo ha liado todo y la gente habla desde el desconocimiento.
Pero como te he dicho no voy a entrar nuevamente en ese debate.De todas formas, y esto es una opinión personal que no tienes porque compartirla, veo que estás siendo bastante extremista, y no se hasta que punto puede beneficiarte eso. Si realmente no vas a estar de acuerdo con nada de lo que pueda, o puedan decir, no creo que merezca la pena entrar en discusiones sin final
Lo de extremista te lo sacas de la manga gratuitamente, pero vale. Coincido en que no merece la pena entrar en bucles, y por tanto una vez aclarada mi postura con respeto y sin aludir a la falta de luces de nadie, creo que no merece seguir debatiendo en círculo sobre lo mismo, y menos aguantando puyitas camufladas con emoticonos.
Por tanto puedes considerar esto como mi respuesta final hacia ti.
Un saludo
Iron Xalao escribió:El anormal que robo las gafas estando con la condicional y teniendo a toda la prensa detrás...su vida debe ser una lucha constante para no cagarse encima.
También es cierto que este tipo de Neandertales resultan atractivos a las mujeres. Que sean unos indeseables no les convierte en culpables, como ya se ha repetido hasta la saciedad.
metaljules escribió:
Puf, pues menos mal, porque a decir verdad, he empezado a leerlo, y cuando he visto el panorama, he abortado la misión, ni de coña leo semejante tocho para tal escueta tontería que estamos hablando
dejar claro que la "violación" no es un hecho aparte, si no que se recoge tanto en el abuso como en la agresión sexual, me doy con un canto en los dientes.
No he dicho que tu tu hayas dicho que toda condena por abuso sexual sea o deba ser considerada violación, he dicho: "Se pide que toda condena por abuso sexual sea considerada violación". No estaba refiriéndome a ti.
arraidan escribió:@Señor Ventura
No has demostrado absolutamente nada, has intentado retorcer lo que has escrito para dar marcha atrás en vista del ridículo. Y cuando no lo has logrado has empezado a retorcer lo que he escrito yo.
Piensas que por repetir las.mismas cosas una y otra vez ignorando las respuestas que re dan, o cogiendo solo lo que te interesa "ganas" una discusion, esto, como ya te he dicho, es una falacia.
No tiene sentido pués elaborar respuesta alguna contigo, ya que la vas a ignorar y a seguir "con lo tuyo"
Es mas, el único "argumento" que te queda es chivarte a la seño y reportar por que no te estoy dando la razón
No he dicho que tu tu hayas dicho que toda condena por abuso sexual sea o deba ser considerada violación, he dicho: "Se pide que toda condena por abuso sexual sea considerada violación". No estaba refiriéndome a ti.
Claro claro
Lo has hecho citándome con lo que viendo el historial de tergiversaciones y falsedades que llevas en los mensajes que por desgracia estoy cruzando contigo me da que es otra de tus huidas hacia delante.
En fin estoy cansado de aguantar tus "juegos" , otro al ignore
Spaicy escribió:Miembros de 'La Manada' tienen que abandonar una piscina en Sevilla al ser increpados por los bañistas
https://www.telecinco.es/informativos/s ... 75120.html
ubn escribió:Spaicy escribió:Miembros de 'La Manada' tienen que abandonar una piscina en Sevilla al ser increpados por los bañistas
https://www.telecinco.es/informativos/s ... 75120.html
Que no falte la noticia falsa de cada semana sobre el asunto favorito de la prensa en los dos últimos años.
Fíjate la alarma que creo en el pueblo, que estuvieron el sábado y nadie se enteró de nada hasta que salió la imbécil de la alcaldesa diciendo esas tonterías.
Spaicy escribió:Miembros de 'La Manada' tienen que abandonar una piscina en Sevilla al ser increpados por los bañistas
https://www.telecinco.es/informativos/s ... 75120.html
Zardoz2000 escribió:Spaicy escribió:Miembros de 'La Manada' tienen que abandonar una piscina en Sevilla al ser increpados por los bañistas
https://www.telecinco.es/informativos/s ... 75120.html
Seguro que a esos gitanos que se bañan con la ropa puesta o a esos moros que acosan sexualmente a niñas (y a niños) ni mu.
Zardoz2000 escribió:Spaicy escribió:Miembros de 'La Manada' tienen que abandonar una piscina en Sevilla al ser increpados por los bañistas
https://www.telecinco.es/informativos/s ... 75120.html
Seguro que a esos gitanos que se bañan con la ropa puesta o a esos moros que acosan sexualmente a niñas (y a niños) ni mu.
Spaicy escribió:Miembros de 'La Manada' tienen que abandonar una piscina en Sevilla al ser increpados por los bañistas
https://www.telecinco.es/informativos/s ... 75120.html
RRuco1981 escribió:El Gobierno local en el documento argumenta que "este equipo de gobierno no vamos a permitir que personas que han sido declaradas 'non gratas' por parte del Pleno de este Ayuntamiento vengan a nuestro municipio a utilizar nuestro espacios públicos para provocar alarma social
Increible que tengan cojones de decir tal cosa. ¿Quienes son ellos para decidir quien puede y quien no puede usar sus espacios publicos? Y lo dicen además como para quedar bien, no quepo en mi de mi asombro, ya vivimos en el mundo al revés. Estas mierdas no se al resto, pero a mi solo me provocan cada vez mas empatia hacia estos tios y mas asco a los politicos quedabienistas que no saben lo que hacer para señalar sus "virtudes" mientras se pajean mirandose a un espejo narcisistamente.
Edit cuanto mas lo leo mas ridiculo me parece. ¿Pretenden hacernos creer que estos tios van a sitios publicos con el unico objetivo de crear "alarma social"? Para mi está bien claro de quien es la culpa de esta alarma social y quien está viviendo a todo tren a costa de ella, y no son estos chavales precisamente.
Quintiliano escribió:RRuco1981 escribió:El Gobierno local en el documento argumenta que "este equipo de gobierno no vamos a permitir que personas que han sido declaradas 'non gratas' por parte del Pleno de este Ayuntamiento vengan a nuestro municipio a utilizar nuestro espacios públicos para provocar alarma social
Increible que tengan cojones de decir tal cosa. ¿Quienes son ellos para decidir quien puede y quien no puede usar sus espacios publicos? Y lo dicen además como para quedar bien, no quepo en mi de mi asombro, ya vivimos en el mundo al revés. Estas mierdas no se al resto, pero a mi solo me provocan cada vez mas empatia hacia estos tios y mas asco a los politicos quedabienistas que no saben lo que hacer para señalar sus "virtudes" mientras se pajean mirandose a un espejo narcisistamente.
Edit cuanto mas lo leo mas ridiculo me parece. ¿Pretenden hacernos creer que estos tios van a sitios publicos con el unico objetivo de crear "alarma social"? Para mi está bien claro de quien es la culpa de esta alarma social y quien está viviendo a todo tren a costa de ella, y no son estos chavales precisamente.
Mi opinión:
Punto 1º: esos señores han sido ya condenados a 9 años de prisión por abusos sexuales. Por lo tanto, aunque han hecho uso de su derecho a recurrir la sentencia, y en consecuencia la ejecución de la misma se suspende mientras se dirime su recurso, su "presunción de inocencia" está prácticamente destruida, porque ya no se discuten los hechos probados, sino que el recurso se basa en discutir la valoración jurídica de estos hechos.
Punto 2º: el derecho al honor y a la propia imagen que tiene todo ciudadano depende también directamente de su comportamiento. El de estos señores, desde luego, no se puede tomar como un comportamiento cívico ejemplar. No son ciudadanos modelo, desde luego.
Además, hay razones especiales para alarmarse, como por citar solamente un hecho, que uno de ellos sea militar de profesión. Eso significa que puede tener acceso a armas, entrenamiento militar, conocimiento de técnicas de kárate, defensa, etc.
Una persona normal que tiene mujer e hijos está en su pleno derecho a ver a esos sujetos como un peligro, una amenaza para la seguridad personal, familiar y colectiva, y a pedirle a la policía y autoridades que expulse a esos señores de una instalación pública, porque que han sido ya condenados por delitos muy graves (aunque hayan interpuesto un recurso) y su sola presencia allí causa una grave alarma social.
De hecho la policía no debería quitarles ojo de encima hasta que se larguen de ese municipio. Y por supuesto vigilar y comprobar todo (matrículas, vehículos, etc) porque estamos hablando, repito, de señores CONDENADOS por delitos MUY graves, que están pendientes de la revisión de su sentencia, pero no son ciudadanos ejemplares ni mucho menos.
"Es mejor prevenir que lamentar"
Y no olvidemos que se les investiga por hechos idénticos cometidos en otra parte de España. Eso que no se nos olvide.
No hay que darles ocasión de cometer más acciones delictivas
@HANNIBAL SMITH mi humilde opinión es que la próxima sentencia va a agravar la condena ya que la calificación de "abuso sexual" puede reemplazarse por "violación". No obstante si me equivoco y ocurre que les absuevan libremente con todos los pronunciamientos favorables (cosa que me parece casi imposible) estás en tu derecho a recuperar este mensaje mío y hacerme un Owned.
Quintiliano escribió:RRuco1981 escribió:El Gobierno local en el documento argumenta que "este equipo de gobierno no vamos a permitir que personas que han sido declaradas 'non gratas' por parte del Pleno de este Ayuntamiento vengan a nuestro municipio a utilizar nuestro espacios públicos para provocar alarma social
Increible que tengan cojones de decir tal cosa. ¿Quienes son ellos para decidir quien puede y quien no puede usar sus espacios publicos? Y lo dicen además como para quedar bien, no quepo en mi de mi asombro, ya vivimos en el mundo al revés. Estas mierdas no se al resto, pero a mi solo me provocan cada vez mas empatia hacia estos tios y mas asco a los politicos quedabienistas que no saben lo que hacer para señalar sus "virtudes" mientras se pajean mirandose a un espejo narcisistamente.
Edit cuanto mas lo leo mas ridiculo me parece. ¿Pretenden hacernos creer que estos tios van a sitios publicos con el unico objetivo de crear "alarma social"? Para mi está bien claro de quien es la culpa de esta alarma social y quien está viviendo a todo tren a costa de ella, y no son estos chavales precisamente.
Mi opinión:
Punto 1º: esos señores han sido ya condenados a 9 años de prisión por abusos sexuales. Por lo tanto, aunque han hecho uso de su derecho a recurrir la sentencia, y en consecuencia la ejecución de la misma se suspende mientras se dirime su recurso, su "presunción de inocencia" está prácticamente destruida, porque ya no se discuten los hechos probados, sino que el recurso se basa en discutir la valoración jurídica de estos hechos.
Punto 2º: el derecho al honor y a la propia imagen que tiene todo ciudadano depende también directamente de su comportamiento. El de estos señores, desde luego, no se puede tomar como un comportamiento cívico ejemplar. No son ciudadanos modelo, desde luego.
Además, hay razones especiales para alarmarse, como por citar solamente un hecho, que uno de ellos sea militar de profesión. Eso significa que puede tener acceso a armas, entrenamiento militar, conocimiento de técnicas de kárate, defensa, etc.
Una persona normal que tiene mujer e hijos está en su pleno derecho a ver a esos sujetos como un peligro, una amenaza para la seguridad personal, familiar y colectiva, y a pedirle a la policía y autoridades que expulse a esos señores de una instalación pública, porque que han sido ya condenados por delitos muy graves (aunque hayan interpuesto un recurso) y su sola presencia allí causa una grave alarma social.
De hecho la policía no debería quitarles ojo de encima hasta que se larguen de ese municipio. Y por supuesto vigilar y comprobar todo (matrículas, vehículos, etc) porque estamos hablando, repito, de señores CONDENADOS por delitos MUY graves, que están pendientes de la revisión de su sentencia, pero no son ciudadanos ejemplares ni mucho menos.
"Es mejor prevenir que lamentar"
Y no olvidemos que se les investiga por hechos idénticos cometidos en otra parte de España. Eso que no se nos olvide.
No hay que darles ocasión de cometer más acciones delictivas
@HANNIBAL SMITH mi humilde opinión es que la próxima sentencia va a agravar la condena ya que la calificación de "abuso sexual" puede reemplazarse por "violación". No obstante si me equivoco y ocurre que les absuevan libremente con todos los pronunciamientos favorables (cosa que me parece casi imposible) estás en tu derecho a recuperar este mensaje mío y hacerme un Owned.
is2ms escribió:Todo tu argumentación me recuerda a "la ley es lo que es útil para el pueblo alemán" de lo nazis, según la cual la base moral de la ley tenía que ser el "orden ético del pueblo". A tomar por saco el estado de derecho.
http://www.forosegundaguerra.com/viewtopic.php?t=15558
is2ms escribió:Mezclas realidades jurídicas con ficción para elaborar un texto bastante preocupante.
1º Su presunción de inocencia, legalmente, está INTACTA hasta que se diriman las apelaciones. Un juicio popular en el plato de Ana Rosa Quintana no puede deshacer uno de los principios básicos de la legislación española y europea.
2º El derecho al honor y a la imagen lo tienen también los ciudadanos que han cometido un delito. La alternativa es el ajusticiamiento de los reos por parte de la turba en la plaza del pueblo.
3º Una mujer (o hombre) tiene el derecho de sentir miedo hasta por la sombra que pisa, pero sus miedos arbitrarios no pueden ser solventados por las fuerzas de seguridad del estado. Si una persona está libre pendiente de juicio, NADA te da derecho a llamar a la policía para que lo expulsen de un espacio público.
4º Andan en libertad provisional y tienen que personarse semanalmente en la comisaría, como cualquier persona en su posición. Creo que no existe ninguna normativa que obligue a "no perdeles ojo" y a "vigilar matrículas" (madre mía).
Todo tu argumentación me recuerda a "la ley es lo que es útil para el pueblo alemán" de lo nazis, según la cual la base moral de la ley tenía que ser el "orden ético del pueblo". A tomar por saco el estado de derecho.
http://www.forosegundaguerra.com/viewtopic.php?t=15558
Quintiliano escribió:¡Yo no permitiría que entrasen en un local público! Y que luego me denuncien, que ya sé lo que tengo que decirle al juez y me va a entender perfectamente.
"Mire usted, señoría, yo no quiero que les pase nada a ninguno de mis convecinos ni familiares y para proteger sus vidas y su integridad física y moral, prohibí la entrada a estos presuntos criminales".
Justa causa, punto.
ubn escribió:Quintiliano escribió:¡Yo no permitiría que entrasen en un local público! Y que luego me denuncien, que ya sé lo que tengo que decirle al juez y me va a entender perfectamente.
"Mire usted, señoría, yo no quiero que les pase nada a ninguno de mis convecinos ni familiares y para proteger sus vidas y su integridad física y moral, prohibí la entrada a estos presuntos criminales".
Justa causa, punto.
JAAAAAAAAAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJA. Me cago en mi santa madre...
¿Pero tú dónde te crees que vives, en el Viejo Oeste?
Qué nivel... ¡QUÉ NIVEL!
MarcosHappy escribió:Pero entonces,¿estos tios que van a tener que ser acosados el resto de sus vidas?
RRuco1981 escribió:Spaicy escribió:Miembros de 'La Manada' tienen que abandonar una piscina en Sevilla al ser increpados por los bañistas
https://www.telecinco.es/informativos/s ... 75120.html
El Gobierno local en el documento argumenta que "este equipo de gobierno no vamos a permitir que personas que han sido declaradas 'non gratas' por parte del Pleno de este Ayuntamiento vengan a nuestro municipio a utilizar nuestro espacios públicos para provocar alarma social
Increible que tengan cojones de decir tal cosa. ¿Quienes son ellos para decidir quien puede y quien no puede usar sus espacios publicos? Y lo dicen además como para quedar bien, no quepo en mi de mi asombro, ya vivimos en el mundo al revés. Estas mierdas no se al resto, pero a mi solo me provocan cada vez mas empatia hacia estos tios y mas asco a los politicos quedabienistas que no saben lo que hacer para señalar sus "virtudes" mientras se pajean mirandose a un espejo narcisistamente.
Edit cuanto mas lo leo mas ridiculo me parece. ¿Pretenden hacernos creer que estos tios van a sitios publicos con el unico objetivo de crear "alarma social"? Para mi está bien claro de quien es la culpa de esta alarma social y quien está viviendo a todo tren a costa de ella, y no son estos chavales precisamente.
Quintiliano escribió:is2ms escribió:Mezclas realidades jurídicas con ficción para elaborar un texto bastante preocupante.
1º Su presunción de inocencia, legalmente, está INTACTA hasta que se diriman las apelaciones. Un juicio popular en el plato de Ana Rosa Quintana no puede deshacer uno de los principios básicos de la legislación española y europea.
2º El derecho al honor y a la imagen lo tienen también los ciudadanos que han cometido un delito. La alternativa es el ajusticiamiento de los reos por parte de la turba en la plaza del pueblo.
3º Una mujer (o hombre) tiene el derecho de sentir miedo hasta por la sombra que pisa, pero sus miedos arbitrarios no pueden ser solventados por las fuerzas de seguridad del estado. Si una persona está libre pendiente de juicio, NADA te da derecho a llamar a la policía para que lo expulsen de un espacio público.
4º Andan en libertad provisional y tienen que personarse semanalmente en la comisaría, como cualquier persona en su posición. Creo que no existe ninguna normativa que obligue a "no perdeles ojo" y a "vigilar matrículas" (madre mía).
Todo tu argumentación me recuerda a "la ley es lo que es útil para el pueblo alemán" de lo nazis, según la cual la base moral de la ley tenía que ser el "orden ético del pueblo". A tomar por saco el estado de derecho.
http://www.forosegundaguerra.com/viewtopic.php?t=15558
La referencia a los nazis, te ha hecho perder el debate. No tiene nada que ver con este tema.
No señor, no. La presunción de inocencia no es un ente espiritual sagrado e inviolable, sino un concepto jurídico que únicamente tiene todo su sentido dentro de un proceso judicial y su objeto es garantizar un juicio justo.
No confundamos un proceso judicial, con la opinión que puede tener libremente cualquier ciudadano.
Para mí, y para cualquier persona sensata, esos señores son unos "presuntos" criminales potencialmente peligrosos, principalmente, no olvidemos esto, porque han sido condenados ya una vez, a una pena muy grave, por delitos muy graves, y porque se les investiga a varios de ellos por hechos similares en otra parte de España, y más informaciones que se han hecho públicas.
En otras palabras: no se puede imponer a un ciudadano, la obligación de "creer" en la presunción de inocencia de unos señores, y menos aún cuando dicha presunción está destruida porque hay una sentencia que establece unos HECHOS PROBADOS que no son discutibles.
Pero voy más lejos: no se puede obligar a un ciudadano a aceptar un riesgo para la vida de sus seres queridos y para sí mismo, sobre la base de un concepto abstracto como el de la presunción de inocencia.
Es decir: si no hubieran recurrido la sentencia, serían criminales; pero como la han recurrido, debemos entender que son personas honorables. ¡NO! ¡Yo no permitiría que entrasen en un local público! Y que luego me denuncien, que ya sé lo que tengo que decirle al juez y me va a entender perfectamente.
"Mire usted, señoría, yo no quiero que les pase nada a ninguno de mis convecinos ni familiares y para proteger sus vidas y su integridad física y moral, prohibí la entrada a estos presuntos criminales".
Justa causa, punto.
No olvidemos que hay unos hechos probados. Lo que se discute en el recurso, no son los hechos, sino su valoración jurídica.
En cuanto al derecho al honor y a la propia imagen ocurre lo mismo: no es un derecho abstracto y absoluto igual para todo el mundo. Eso sería únicamente en un mundo ideal. Un ciudadano honrado tiene todo el derecho del mundo a exigir que se le trate como tal. Un presunto criminal, no se tiene que ofender de que le señalen por la calle como tal, porque es lo que él se ha ganado. ¡ NO HABER DELINQUIDO !
En el mundo real, como dijo Warren Buffet: "te pasas una vida entera para crearte una reputación, y en cinco minutos puedes arruinarla". Pues bien: la vida de estos señores, antes de ser condenados, me es indiferente y puedo estar de acuerdo en que existe plena presunción de inocencia y derecho a la imagen y al honor en su grado máximo, hasta esa primera condena.
Pero una vez condenados por primera vez, y con esos hechos probados, que todos hemos podido leer, lo siento mucho, pero esos señores, no pueden convencerme ni a mí ni a ningún ciudadano sensato, de que son personas honorables y dignas de respeto.
La Criminología, que actualmente ya es un Grado universitario, estudia a las víctimas y a los criminales y lo que nos enseña es que una persona que ha cometido un delito grave y se encuentra en libertad, es posible que reincida en el mismo tipo de delito. Estos señores parece que han hecho varias veces lo mismo, si tenemos en cuenta que varios de ellos tienen un juicio pendiente por un hecho idéntico en otra parte de España. No necesito más para saber que tengo que protegerme de ellos si aparecen por aquí.
Solamente verlos, genera alarma social, y eso es así, y la culpa de que su fama sea tan horrible, la tienen ellos mismos, con sus acciones. Y tengo que añadir que no se han mostrado arrepentidos, ni han pedido perdón.
Habría que ser tonto, o inconsciente, para creer inocentemente que son bellísimas personas y permitirle la entrada a un local público donde hay mujeres y niños a un grupo de personajes como esos que ya tienen una condena encima y una investigación penal por lo mismo pendiente.
MarcosHappy escribió:Pero entonces,¿estos tios que van a tener que ser acosados el resto de sus vidas?
ubn escribió:MarcosHappy escribió:Pero entonces,¿estos tios que van a tener que ser acosados el resto de sus vidas?
Lo que buscan algunos/as/es es esto:
https://www.abc.es/internacional/abci-a ... ticia.html
is2ms escribió:Lo de los nazis no es que venga a cuento, es que se ajusta como anillo al dedo a tu muy preocupante discurso. Cuando llegaron al poder se cargaron el estado de derecho y las leyes existentes y las sustituyeron por una justicia que manaba del sentido ético del pueblo, lo cual les dio pie para hacerle todas las putadas del mundo a los judios aunque no se ajustara a derecho simplemente porque el pueblo los había señalado como "culpables" de todos los males de alemania.
Dicho esto, tú quieres una justicia que no es justicia, que es completamente arbitraria, que no contempla los derechos de los ciudadanos y que se basa en una moralina del tiempo de nuestras bisabuelas. ¿Juicios? Para qué! Presunción de inocencia? En absoluto, que ana rosa quintana y la grisú me han dicho que son criminales reincidentes. Sólo me gustaría saber, suponiendo que se les señalara, abucheara, expulsara de sitios públicos, se les prohibiera integrarse en la sociedad, se les escupiera en la cara (a lo que incitaba un grupo "feminista")... ¿qué dirías si en la apelación se les considera inocentes y son puestos en libertad? En serio que me interesa tu respuesta a esta pregunta.
Quintiliano escribió:is2ms escribió:Lo de los nazis no es que venga a cuento, es que se ajusta como anillo al dedo a tu muy preocupante discurso. Cuando llegaron al poder se cargaron el estado de derecho y las leyes existentes y las sustituyeron por una justicia que manaba del sentido ético del pueblo, lo cual les dio pie para hacerle todas las putadas del mundo a los judios aunque no se ajustara a derecho simplemente porque el pueblo los había señalado como "culpables" de todos los males de alemania.
Dicho esto, tú quieres una justicia que no es justicia, que es completamente arbitraria, que no contempla los derechos de los ciudadanos y que se basa en una moralina del tiempo de nuestras bisabuelas. ¿Juicios? Para qué! Presunción de inocencia? En absoluto, que ana rosa quintana y la grisú me han dicho que son criminales reincidentes. Sólo me gustaría saber, suponiendo que se les señalara, abucheara, expulsara de sitios públicos, se les prohibiera integrarse en la sociedad, se les escupiera en la cara (a lo que incitaba un grupo "feminista")... ¿qué dirías si en la apelación se les considera inocentes y son puestos en libertad? En serio que me interesa tu respuesta a esta pregunta.
Confundes lo público con lo privado y mezclas todo, cuando eso no es así. Pongo un ejemplo:
Una Administración Pública no puede discriminar a ningún ciudadano (art. 14 CE 1978) por ser alto, bajo, delgado, gordo, negro, blanco, catalán, vasco, gallego, madrileño, veinteañero, treintañero, etc.
Para decidir algo diferente sobre una persona, hay que tener motivos, elementos objetivos y racionales. En este caso, se dan (primera condena, hechos probados espeluznantes, y alarma social) así que incluso una administración pública podría hacer una excepción y no permitir el acceso a unas instalaciones a estos señores por pura precaución y para salvaguardar el orden público.
Pero si llevásemos el principio de igualdad del art. 14 CE al extremo, que es lo que parece que sugieres, siguiendo tu forma de pensar, si en una discoteca, un hombre de 50 años calvo y gordo, le "entra" a una mujer de 25 años, y la invita a irse con él a un reservado, ella estaría obligada a aceptar esa solicitud porque, de no hacerlo, vulneraría el sagrado e inviolable principio de interdicción de la discriminación consagrado en el art 14 CE ¿no?
Naturalmente que no. Una cosa es el deber de los poderes públicos (la Administración, la Justicia) y otra muy diferente, la actuación de una persona particular en su esfera privada. La Administración no puede tratar a nadie de forma diferente, a menos que pueda justificarlo con motivos objetivos. Un particular puede hacer con su vida personal lo que quiera sin dar explicaciones. Una mujer no tiene por qué dar explicaciones si no quiere aceptar una cita con un señor.
Una mujer está en su derecho a no aceptar una cita con un hombre calvo y gordo de 50 años, como si no la acepta con un blanco alto y delgado de 28. Es su vida, es su derecho a vivirla como quiera.
Ninguna ley puede obligar a una mujer, ni a un hombre, a aceptar una relación a la fuerza con una persona.
Pero los poderes públicos no pueden hacer lo mismo. La Justicia no puede tratar de forma diferente a las personas en función de circunstancias personales.
Lo que yo estoy diciendo, es que esos señores tienen derecho a un juicio justo, y a una condena fundada en Derecho, eso desde luego.
Pero no se puede imponer a la ciudadanía la obligación de soportar el riesgo de sufrir agresiones o atentados contra su integridad física o moral, apelando a los deberes de los poderes públicos.
Si yo fuese el concejal de un pueblo encargado de las piscinas públicas ya te digo que daría orden de impedir la entrada de esos señores, y lo haría para proteger a mis vecinos, no para ofenderles a esos señores. Es una medida puramente defensiva. Me podrían criticar que al ser piscinas públicas no tengo que discriminar y blabla, pero me baso en que hay un peligro real, un riesgo real, y yo no puedo permitir que dicho riesgo lo tengan que soportar mis vecinos. Prefiero correr yo el riesgo de que me denuncien y me lleven al juzgado, que ya sé lo que le voy a contar al juez y me va a entender perfectamente.
Salu2
Quintiliano escribió:@HANNIBAL SMITH mi humilde opinión es que la próxima sentencia va a agravar la condena ya que la calificación de "abuso sexual" puede reemplazarse por "violación". No obstante si me equivoco y ocurre que les absuevan libremente con todos los pronunciamientos favorables (cosa que me parece casi imposible) estás en tu derecho a recuperar este mensaje mío y hacerme un Owned.
Quintiliano escribió:Si yo fuese el concejal de un pueblo encargado de las piscinas públicas ya te digo que daría orden de impedir la entrada de esos señores, y lo haría para proteger a mis vecinos, no para ofenderles a esos señores. Es una medida puramente defensiva. Me podrían criticar que al ser piscinas públicas no tengo que discriminar y blabla, pero me baso en que hay un peligro real, un riesgo real, y yo no puedo permitir que dicho riesgo lo tengan que soportar mis vecinos. Prefiero correr yo el riesgo de que me denuncien y me lleven al juzgado, que ya sé lo que le voy a contar al juez y me va a entender perfectamente.
HANNIBAL SMITH escribió:(...)
Aún así muchos abogados y jueces están diciendo que lo más seguro es que en instancias judiciales superiores les dejen en libertad por la incongruencia en los testimonios y la falta de pruebas objetivas.
Ya veremos que es lo que pasa al final.
El juez que es una persona seria y formada me va a entender perfectamente.
Quintiliano escribió:HANNIBAL SMITH escribió:(...)
Aún así muchos abogados y jueces están diciendo que lo más seguro es que en instancias judiciales superiores les dejen en libertad por la incongruencia en los testimonios y la falta de pruebas objetivas.
Ya veremos que es lo que pasa al final.
No estoy yo tan seguro de eso. Me da que la siguiente sentencia va a ser PEOR.
De todos modos, aunque les absolvieran en este asunto, aún les queda el otro proceso judicial que van a tener algunos de ellos por otros hechos idénticos en otra parte de España.
En cuanto al asunto de las piscinas, no saquemos las cosas de quicio. La inmensa mayoría de las personas que tuvieron algún problema con la Justicia lo que quieren es pasar desapercibidas e integrarse.
Seguramente tú lo desconoces, pero entre tus vecinos, hay ex-ladrones, ex-estafadores, etc. hay mucha gente que por algún motivo tuvo una condena penal, cumplió su condena, aprendió la dura lección, y ahora trata de vivir dignamente y sin meterse con nadie.
Pero unos señores que han sido ya condenados una vez, algunos de los cuales tienen un juicio pendiente por hechos idénticos -no olvidemos esto- y que podrían haber delinquido más veces de no haber sido detenidos -tampoco olvidemos al que intentó atropellar a varias personas, o al que trató de sacarse el pasaporte- pues a mí, lo siento mucho, me inspiran confianza cero, y por el bien de los vecinos, yo no les permitiría la entrada a unas piscinas públicas. Y me da igual que me amenacen con abogados o denuncias. El juez que es una persona seria y formada me va a entender perfectamente.
Salu2
Quintiliano escribió: El juez que es una persona seria y formada me va a entender perfectamente.
HANNIBAL SMITH escribió:Por partes,
Yo es lo que he oído decir a algunos jueces y abogados, que en instancias superiores de justicia tienen todas las papeletas para que les dejen en libertad, no se si será cierto o no, ¿por qué no les iba a creer? lógicamente los jueces y abogados saben mucho mejor que yo y que la mayoría de la ciudadanía como van estos temas.
Los de la manada tampoco se metieron con nadie cuando fueron a esa piscina, así que actuaron igual que esos vecinos exladrones y exestafadores.
El juicio pendiente, como bien has dicho, aún está pendiente así que no es lógico culparles por algo que no sabemos si sucedió o no como cuenta la denunciante, ya que lo mismo puede ser cierto o no, o serlo con matices.
El tema del pasaporte quedó en sensacionalismo barato desde el momento en el que salió a la luz la grabación que realizaron cuando llamó a la policía.
El tal Guerro llamó al 091 para que le resolvieran una duda según se puede escuchar en la grabación.
G - "No sé si lo he perdido, o lo tengo caducado o qué he hecho con él"
P - "acercarse a una oficina de renovación del pasaporte donde le contarán cómo está la situación de su pasaporte".
G - "No sé si lo tengo en regla y no sé qué hay que hacer"
El agente de policía le vuelve a decir que se acerque a una oficina de renovación del pasaporte y que pregunte allí.
G = Guerrero
P = Policía
https://www.lasexta.com/noticias/socied ... b75a5.html
En cuanto al intento de atropello, es a lo que te expones si intentas detener un vehículo con alguien al volante que intenta huir..., algunos frenan, otros te llevan por delante y otros intentan esquivarte con más o menos suerte.
Si hubiera tenido intencionalidad de atropellarles ya estaría en la cárcel por intento de asesinato a varios agentes de la ley, cosa que no es así.
HANNIBAL SMITH escribió:En cuanto al intento de atropello, es a lo que te expones si intentas detener un vehículo con alguien al volante que intenta huir..., algunos frenan, otros te llevan por delante y otros intentan esquivarte con más o menos suerte.
Si hubiera tenido intencionalidad de atropellarles ya estaría en la cárcel por intento de asesinato a varios agentes de la ley, cosa que no es así.
zibergazte escribió:(...)
Con respecto al tema que debatís de la piscina y así, en mi opinión, una vez alguien está en la calle, no tiene sentido acosarle porque si está en la calle es por algo (aunque en este caso haya una condena ya por abusos sexuales). Pero claro, me pongo en el lugar de un padre o madre y sean o no culpables de abuso sexual, yo no querría a una hija cerca de estos.. Que al margen de lo que diga la sentencia final, ha quedado claro que son unos mierdas de cuidado que lo mismo les da sobar a una tía inconsciente, robarle el móvil a una que se acaban de follar y han dejado tirada.. Unos joyitas..
Antonio García Carbonell U( condenado por violaciones)
Rafael Fernandez ( Sandra Palo )
Jose Rabadan ( asesino de la Katana, este con documental con su participación)
Emilio Muñoz Guadix ( Anabel Segura )
Miguel Ricart ( este igual si suena mas.... )
¿Poneis cara a alguno de esos nombres sin googlear? Pues mira, son asesinos, algunos violadores, todos con condenas, todos en la calle ( igual alguno se me escapa de memoria... ) Y no teneis ni idea de quienes son, y podrian estar sentados junto a vosotros.
Pero si conoceis a estos zoquetes, porque alguien os ha dicho que teneis que hacerlo, que son muy malos ( tanto, que estan en libertad condicional ) y como buena parte de la borregada, a ello vais. Y como os da igual lo que dictaminen en un juzgado, hay que actuar como la gestapo.
¿ Defiendo a estos? No, ya tienen un abogado, por cierto, un gran comunicador. ¿ Me da miedo lo manipulable que es la gente ? Si. La semana pasada se libraron 4 de un caso parecido, irónicamente, gracias a las imágenes del móvil... eso si, 1500e de multa es el máximo que pagara la susodicha al desmotrarse que era falsa la acusacion.
Chomi escribió:Prohobamos el acceso a alguien porque unos jueces los dejan en libertad, con uno que incluso podemos absolución. Pero como Ana Rosa y Susana dicen que son lo peor, hay que prohibir el acceso según la normativa o ley de... Te sale de las narices a ti y a otros cuatro.
Por suerte, España no funciona así. Mejor dicho no debería funcionar así, en base a las corrientes mediáticas.
Por no hablar de la ironía de, para joder a alguien que se ha saltado la ley, nosotros.tambien nos la saltamos echándoles, increpando, amenazando ( muñecos con sus caras ahorcados...)
Quintiliano escribió:Autorizar la entrada de esos sujetos en un lugar público es permitir un riesgo inaceptable para la integridad física y moral de los vecinos. ¿Es que no lo entiendes?