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IvanQ escribió:@accanijo la diferencia es que la de Manresa estaba muy muy borracha y quizá más cosas, por lo que no era consciente de sus actos, la de la manada se ha demostrado que no iba borracha ni nada parecido, por lo que habían 2 posibilidades, o era agresión o no era nada, de hecho muchos abogados dicen que la primera condena por abuso no tiene ningún sentido ya que la víctima era consciente.
IvanQ escribió:@accanijo la diferencia es que la de Manresa estaba muy muy borracha y quizá más cosas, por lo que no era consciente de sus actos, la de la manada se ha demostrado que no iba borracha ni nada parecido, por lo que habían 2 posibilidades, o era agresión o no era nada, de hecho muchos abogados dicen que la primera condena por abuso no tiene ningún sentido ya que la víctima era consciente.
dark_hunter escribió:Estar consciente o inconsciente es irrelevante para el abuso, únicamente se tiene en cuenta si hubo consentimiento, y en caso de haberlo, si este estaba viciado o no.
Para pasar a agresión hace falta intimidación o violencia.
Vamos, que la consciencia o inconsciencia es irrelevante más allá que para determinar si el consentimiento podía estar viciado.
IvanQ escribió:dark_hunter escribió:Estar consciente o inconsciente es irrelevante para el abuso, únicamente se tiene en cuenta si hubo consentimiento, y en caso de haberlo, si este estaba viciado o no.
Para pasar a agresión hace falta intimidación o violencia.
Vamos, que la consciencia o inconsciencia es irrelevante más allá que para determinar si el consentimiento podía estar viciado.
La no consciencia en este caso es clave para decir que es abuso y no violación, aquí no vale la intimidación ambiental de la manada original precisamente por que la víctima no era consciente de la situación.
dark_hunter escribió:Cierto, aún así no descartes que les caiga también, fiscalía decía que iba a volver a estudiar el caso.
hi-ban escribió:Y ojo, que segun los "hechos probados" ya ni siquiera la chica entró al portal por su propia voluntad.hasta que encontró el lugar idóneo para los actos que iban a llevar a cabo, apremiando al resto a que entraran, introduciendo a la víctima de forma súbita y repentina tirando de ella en el portal, dirigiéndola al cúbiculo que describe el hecho probado de unos 3 m², donde los acusados la rodearon
Ya lo veis, al final se ha decidido que la metieron a la fuerza en el portal.
...
Azulmeth escribió:Flipo un poco con lo que decís, francamente. @anaical @hi-ban
Todavía no la he leído, pero me parecen de coña dos cosas, entre otras:
- Que el Supremo pueda basar argumentos de una sentencia en algo que es opuesto al testimonio de la víctima. Vamos, que se inventan lo que ella declaró, contradiciéndola.
- Que de facto reconocen que ella se dio cuenta de que le habían robado el móvil después de que pasase todo. ¿Cómo meten violencia e intimidación entonces? Decían que se habían valido de lo anterior para robar el móvil, pero el hecho de robar el móvil, con violencia, intimidación o las dos, haría que esa chica supiese que se lo habían robado, y ella se sorprende de no tenerlo a posteriori.
¿Pero qué coño?
Anfitrión escribió:hi-ban escribió:Y ojo, que segun los "hechos probados" ya ni siquiera la chica entró al portal por su propia voluntad.hasta que encontró el lugar idóneo para los actos que iban a llevar a cabo, apremiando al resto a que entraran, introduciendo a la víctima de forma súbita y repentina tirando de ella en el portal, dirigiéndola al cúbiculo que describe el hecho probado de unos 3 m², donde los acusados la rodearon
Ya lo veis, al final se ha decidido que la metieron a la fuerza en el portal.
...
No dista mucho de la declaración,
Entonces el chico que me estaba dando el beso me tenía agarrada de la mano y tiró de mí hacia el portal. Y luego había otro chico, que creo que era el que estaba yendo y viniendo todo el rato en el trayecto, que también me metió en el portal con ellos. Me agarró también de la muñeca y me metió. Era un chico que también se sentó en un momento dado en el banco.
Por qué ella no dijo "entre voluntariamente", dijo textualmente lo que pongo en cursiva.
Y la sentencia no dice "a la fuerza" dice lo que has puesto en negrita.
hi-ban escribió:Anfitrión escribió:hi-ban escribió:Y ojo, que segun los "hechos probados" ya ni siquiera la chica entró al portal por su propia voluntad.
Ya lo veis, al final se ha decidido que la metieron a la fuerza en el portal.
...
No dista mucho de la declaración,
Entonces el chico que me estaba dando el beso me tenía agarrada de la mano y tiró de mí hacia el portal. Y luego había otro chico, que creo que era el que estaba yendo y viniendo todo el rato en el trayecto, que también me metió en el portal con ellos. Me agarró también de la muñeca y me metió. Era un chico que también se sentó en un momento dado en el banco.
Por qué ella no dijo "entre voluntariamente", dijo textualmente lo que pongo en cursiva.
Y la sentencia no dice "a la fuerza" dice lo que has puesto en negrita.
No sé si has ido alguna vez de la mano con tu pareja por la calle, pero lo que se describe en la parte de la declaración que tú has puesto es precisamente eso, entrar a un portal con alguien, yendo de la mano.
Puedes tirar para indicar a tu pareja que quieres ir hacia una dirección, pero si no quieres hacerlo, es perfectamente posible y sencillo pararte en seco para indicar que no quieres entrar, o tirar hacia el lado contrario, o también puedes soltar tu mano.
Pero en este caso la denunciante no hizo nada de eso, entró por propia voluntad.
Ahora bien, en la sentencia han escogido las palabras para que dé la sensación de que tiran de ella hacía el portal en contra de su voluntad, de que aprovechan un descuido de ella para meterla en el portal de un tirón súbito. Lo cual es falso.
Lord_Link escribió:hi-ban escribió:Anfitrión escribió:
No dista mucho de la declaración,
Entonces el chico que me estaba dando el beso me tenía agarrada de la mano y tiró de mí hacia el portal. Y luego había otro chico, que creo que era el que estaba yendo y viniendo todo el rato en el trayecto, que también me metió en el portal con ellos. Me agarró también de la muñeca y me metió. Era un chico que también se sentó en un momento dado en el banco.
Por qué ella no dijo "entre voluntariamente", dijo textualmente lo que pongo en cursiva.
Y la sentencia no dice "a la fuerza" dice lo que has puesto en negrita.
No sé si has ido alguna vez de la mano con tu pareja por la calle, pero lo que se describe en la parte de la declaración que tú has puesto es precisamente eso, entrar a un portal con alguien, yendo de la mano.
Puedes tirar para indicar a tu pareja que quieres ir hacia una dirección, pero si no quieres hacerlo, es perfectamente posible y sencillo pararte en seco para indicar que no quieres entrar, o tirar hacia el lado contrario, o también puedes soltar tu mano.
Pero en este caso la denunciante no hizo nada de eso, entró por propia voluntad.
Ahora bien, en la sentencia han escogido las palabras para que dé la sensación de que tiran de ella hacía el portal en contra de su voluntad, de que aprovechan un descuido de ella para meterla en el portal de un tirón súbito. Lo cual es falso.
Como sabes que es falso?
hi-ban escribió:Anfitrión escribió:hi-ban escribió:Y ojo, que segun los "hechos probados" ya ni siquiera la chica entró al portal por su propia voluntad.
Ya lo veis, al final se ha decidido que la metieron a la fuerza en el portal.
...
No dista mucho de la declaración,
Entonces el chico que me estaba dando el beso me tenía agarrada de la mano y tiró de mí hacia el portal. Y luego había otro chico, que creo que era el que estaba yendo y viniendo todo el rato en el trayecto, que también me metió en el portal con ellos. Me agarró también de la muñeca y me metió. Era un chico que también se sentó en un momento dado en el banco.
Por qué ella no dijo "entre voluntariamente", dijo textualmente lo que pongo en cursiva.
Y la sentencia no dice "a la fuerza" dice lo que has puesto en negrita.
No sé si has ido alguna vez de la mano con tu pareja por la calle, pero lo que se describe en la parte de la declaración que tú has puesto es precisamente eso, entrar a un portal con alguien, yendo de la mano.
Puedes tirar para indicar a tu pareja que quieres ir hacia una dirección, pero si no quieres hacerlo, es perfectamente posible y sencillo pararte en seco para indicar que no quieres entrar, o tirar hacia el lado contrario, o también puedes soltar tu mano.
Pero en este caso la denunciante no hizo nada de eso, entró por propia voluntad.
Ahora bien, en la sentencia han escogido las palabras para que dé la sensación de que tiran de ella hacía el portal en contra de su voluntad, de que aprovechan un descuido de ella para meterla en el portal de un tirón súbito. Lo cual es falso.
Lord_Link escribió:hi-ban escribió:Anfitrión escribió:
No dista mucho de la declaración,
Entonces el chico que me estaba dando el beso me tenía agarrada de la mano y tiró de mí hacia el portal. Y luego había otro chico, que creo que era el que estaba yendo y viniendo todo el rato en el trayecto, que también me metió en el portal con ellos. Me agarró también de la muñeca y me metió. Era un chico que también se sentó en un momento dado en el banco.
Por qué ella no dijo "entre voluntariamente", dijo textualmente lo que pongo en cursiva.
Y la sentencia no dice "a la fuerza" dice lo que has puesto en negrita.
No sé si has ido alguna vez de la mano con tu pareja por la calle, pero lo que se describe en la parte de la declaración que tú has puesto es precisamente eso, entrar a un portal con alguien, yendo de la mano.
Puedes tirar para indicar a tu pareja que quieres ir hacia una dirección, pero si no quieres hacerlo, es perfectamente posible y sencillo pararte en seco para indicar que no quieres entrar, o tirar hacia el lado contrario, o también puedes soltar tu mano.
Pero en este caso la denunciante no hizo nada de eso, entró por propia voluntad.
Ahora bien, en la sentencia han escogido las palabras para que dé la sensación de que tiran de ella hacía el portal en contra de su voluntad, de que aprovechan un descuido de ella para meterla en el portal de un tirón súbito. Lo cual es falso.
Como sabes que es falso?
Dead-Man escribió:Y volvemos a agarrarnos a lo de los supuestos "es que el hotel" "es que entró voluntariamente"... Que lo que importa es lo que pasó dentro.
Dead-Man escribió:Y volvemos a agarrarnos a lo de los supuestos "es que el hotel" "es que entró voluntariamente"... Que lo que importa es lo que pasó dentro.
IvanQ escribió:@accanijo sin duda es más grave lo de manresa.
accanijo escribió:IvanQ escribió:@accanijo sin duda es más grave lo de manresa.
Sabes lo mas grave, que nadie lo comenta, a nadie le causa indignación, nadie abre un hilo sobre el caso para comentar que son 7 indeseables que no deberían salir de la cárcel, que los mismos que tienen su cruzada en este hilo contra los violadores de la manada no se dignan ni en comentar que les parece el caso y que la fiscalía solo los quiera condenar por abusos, esa es la puñetera gravedad del caso, que los mismos que se rasgan las vestiduras por la victima de la manada no se las rasgan por esta cría de 14 años.
dark_hunter escribió:accanijo escribió:IvanQ escribió:@accanijo sin duda es más grave lo de manresa.
Sabes lo mas grave, que nadie lo comenta, a nadie le causa indignación, nadie abre un hilo sobre el caso para comentar que son 7 indeseables que no deberían salir de la cárcel, que los mismos que tienen su cruzada en este hilo contra los violadores de la manada no se dignan ni en comentar que les parece el caso y que la fiscalía solo los quiera condenar por abusos, esa es la puñetera gravedad del caso, que los mismos que se rasgan las vestiduras por la victima de la manada no se las rasgan por esta cría de 14 años.
Es triste pero es así, ciertos casos se convierten en historia, otros son meras cifras.
Mucho más preocupante me parece que la justicia se mueva por presiones políticas y de juicios paralelos.
angelillo732 escribió:dark_hunter escribió:accanijo escribió:
Sabes lo mas grave, que nadie lo comenta, a nadie le causa indignación, nadie abre un hilo sobre el caso para comentar que son 7 indeseables que no deberían salir de la cárcel, que los mismos que tienen su cruzada en este hilo contra los violadores de la manada no se dignan ni en comentar que les parece el caso y que la fiscalía solo los quiera condenar por abusos, esa es la puñetera gravedad del caso, que los mismos que se rasgan las vestiduras por la victima de la manada no se las rasgan por esta cría de 14 años.
Es triste pero es así, ciertos casos se convierten en historia, otros son meras cifras.
Mucho más preocupante me parece que la justicia se mueva por presiones políticas y de juicios paralelos.
Ahí está la cuestión de todo, no se puede defender o culpar de la misma manera a todos los casos, hay cientos, no acabaríamos nunca.
El argumento de que "culpas a estos pero no a los otros" está muy manido y sale cuando poco más hay que debatir. Además, de la misma maneras, se podría decir lo mismo en sentido contrario, cuando todas esas manadas de inmigrantes no han tenido el beneficio de la duda de ninguno de los que han defendido a la manada o sus derechos, es más, cuando cuelgan las noticias ya son directamente culpables, ni se las leen.
hi-ban escribió:Lord_Link escribió:hi-ban escribió:
No sé si has ido alguna vez de la mano con tu pareja por la calle, pero lo que se describe en la parte de la declaración que tú has puesto es precisamente eso, entrar a un portal con alguien, yendo de la mano.
Puedes tirar para indicar a tu pareja que quieres ir hacia una dirección, pero si no quieres hacerlo, es perfectamente posible y sencillo pararte en seco para indicar que no quieres entrar, o tirar hacia el lado contrario, o también puedes soltar tu mano.
Pero en este caso la denunciante no hizo nada de eso, entró por propia voluntad.
Ahora bien, en la sentencia han escogido las palabras para que dé la sensación de que tiran de ella hacía el portal en contra de su voluntad, de que aprovechan un descuido de ella para meterla en el portal de un tirón súbito. Lo cual es falso.
Como sabes que es falso?
Por la sencilla razón de que fue la propia denunciante la que, al preguntarle el juez si entró por su propio pie o si por el contrario fue arrastrada al portal en contra de su voluntad, explicó que entró al portal por su propia voluntad "porque creía que iban a fumar un porro".
La propia denunciante explicó en su declaración que fueron a un hotel y que intentaron colarse dando un nombre falso, pero que el portero les dijo que no podían entrar porque no estaban en la lista de clientes, que prueben en otro hotel. Luego cambió su declaración y dijo que no oyó la conversación porque estaba muy lejos.
Después de intentar colarse en un hotel, se colaron en un portal. Y ella, segun su declaracion, entró al portal con ellos por su propia voluntad "porque creía que iban a fumar un porro". A pesar de que nadie, segun su declaracion, dijo nada de fumarse un porro, y menos aun dentro de un portal. (en fiestas la gente se fuma los porros en la calle, no hace falta entrar ni en un hotel ni en un portal para fumar un porro).
angelillo732 escribió:dark_hunter escribió:accanijo escribió:
Sabes lo mas grave, que nadie lo comenta, a nadie le causa indignación, nadie abre un hilo sobre el caso para comentar que son 7 indeseables que no deberían salir de la cárcel, que los mismos que tienen su cruzada en este hilo contra los violadores de la manada no se dignan ni en comentar que les parece el caso y que la fiscalía solo los quiera condenar por abusos, esa es la puñetera gravedad del caso, que los mismos que se rasgan las vestiduras por la victima de la manada no se las rasgan por esta cría de 14 años.
Es triste pero es así, ciertos casos se convierten en historia, otros son meras cifras.
Mucho más preocupante me parece que la justicia se mueva por presiones políticas y de juicios paralelos.
Ahí está la cuestión de todo, no se puede defender o culpar de la misma manera a todos los casos, hay cientos, no acabaríamos nunca.
El argumento de que "culpas a estos pero no a los otros" está muy manido y sale cuando poco más hay que debatir. Además, de la misma maneras, se podría decir lo mismo en sentido contrario, cuando todas esas manadas de inmigrantes no han tenido el beneficio de la duda de ninguno de los que han defendido a la manada o sus derechos, es más, cuando cuelgan las noticias ya son directamente culpables, ni se las leen.
saraiba escribió:Azulmeth escribió:Flipo un poco con lo que decís, francamente. @anaical @hi-ban
Todavía no la he leído, pero me parecen de coña dos cosas, entre otras:
- Que el Supremo pueda basar argumentos de una sentencia en algo que es opuesto al testimonio de la víctima. Vamos, que se inventan lo que ella declaró, contradiciéndola.
- Que de facto reconocen que ella se dio cuenta de que le habían robado el móvil después de que pasase todo. ¿Cómo meten violencia e intimidación entonces? Decían que se habían valido de lo anterior para robar el móvil, pero el hecho de robar el móvil, con violencia, intimidación o las dos, haría que esa chica supiese que se lo habían robado, y ella se sorprende de no tenerlo a posteriori.
¿Pero qué coño?
Pues esta bien explicadito
Como ha establecido la jurisprudencia consolidada de esta Sala, la intimidación empleada en el delito de violación no ha de ser de tal grado que presente caracteres irresistibles, invencibles o de gravedad inusitada, sino que basta que sean suficientes y eficaces en la ocasión concreta para alcanzar el fin propuesto del yacimiento, paralizando o inhibiendo la voluntad de resistencia de la víctima y actuando en adecuada relación causal, tanto por vencimiento material como por convencimiento de la inutilidad de prolongar una oposición de la que, sobre no conducir a resultado positivo, podrían derivarse mayores males.
el acusado utilizó el ámbito intimidatorio creado por todos los intervinientes, para perpetrar el delito contra la propiedad,
Imagino que a alguno le cuesta aceptar que se han equivocado y el tribunal supremo sabe mas que ellos... sobre todo con todas las burlas al termino "intimidacion ambiental". Lo mejor es que aun llega algun rezagado pensando que intimidacion ambiental es que estaban en un "lugar estrecho", es ese parrafo en cursiva que copie de la sentencia... No olvideis poner "entiendo", eso quiere decir que debes leerte la sentencia antes de ponerte a opinar sobre ella.
Azulmeth escribió:saraiba escribió:Azulmeth escribió:Flipo un poco con lo que decís, francamente. @anaical @hi-ban
Todavía no la he leído, pero me parecen de coña dos cosas, entre otras:
- Que el Supremo pueda basar argumentos de una sentencia en algo que es opuesto al testimonio de la víctima. Vamos, que se inventan lo que ella declaró, contradiciéndola.
- Que de facto reconocen que ella se dio cuenta de que le habían robado el móvil después de que pasase todo. ¿Cómo meten violencia e intimidación entonces? Decían que se habían valido de lo anterior para robar el móvil, pero el hecho de robar el móvil, con violencia, intimidación o las dos, haría que esa chica supiese que se lo habían robado, y ella se sorprende de no tenerlo a posteriori.
¿Pero qué coño?
Pues esta bien explicadito
Como ha establecido la jurisprudencia consolidada de esta Sala, la intimidación empleada en el delito de violación no ha de ser de tal grado que presente caracteres irresistibles, invencibles o de gravedad inusitada, sino que basta que sean suficientes y eficaces en la ocasión concreta para alcanzar el fin propuesto del yacimiento, paralizando o inhibiendo la voluntad de resistencia de la víctima y actuando en adecuada relación causal, tanto por vencimiento material como por convencimiento de la inutilidad de prolongar una oposición de la que, sobre no conducir a resultado positivo, podrían derivarse mayores males.
el acusado utilizó el ámbito intimidatorio creado por todos los intervinientes, para perpetrar el delito contra la propiedad,
Imagino que a alguno le cuesta aceptar que se han equivocado y el tribunal supremo sabe mas que ellos... sobre todo con todas las burlas al termino "intimidacion ambiental". Lo mejor es que aun llega algun rezagado pensando que intimidacion ambiental es que estaban en un "lugar estrecho", es ese parrafo en cursiva que copie de la sentencia... No olvideis poner "entiendo", eso quiere decir que debes leerte la sentencia antes de ponerte a opinar sobre ella.
Ámbito intimidatorio no equivale a intimidar a alguien para robarle. Pero te dejo que te montes tus películas.
La chica se dio cuenta DESPUÉS de que le habían robado el móvil, ¿cómo coño dices que la han intimidado para robarle, si ni siquiera se dio cuenta?
Al final es una cuestión ad hoc que se han inventado, y que resulta ridículo a poco que tengas algo de luces.
Anfitrión escribió:hi-ban escribió:Lord_Link escribió:Como sabes que es falso?
Por la sencilla razón de que fue la propia denunciante la que, al preguntarle el juez si entró por su propio pie o si por el contrario fue arrastrada al portal en contra de su voluntad, explicó que entró al portal por su propia voluntad "porque creía que iban a fumar un porro".
La propia denunciante explicó en su declaración que fueron a un hotel y que intentaron colarse dando un nombre falso, pero que el portero les dijo que no podían entrar porque no estaban en la lista de clientes, que prueben en otro hotel. Luego cambió su declaración y dijo que no oyó la conversación porque estaba muy lejos.
Después de intentar colarse en un hotel, se colaron en un portal. Y ella, segun su declaracion, entró al portal con ellos por su propia voluntad "porque creía que iban a fumar un porro". A pesar de que nadie, segun su declaracion, dijo nada de fumarse un porro, y menos aun dentro de un portal. (en fiestas la gente se fuma los porros en la calle, no hace falta entrar ni en un hotel ni en un portal para fumar un porro).
Ella dice que la metieron en el portal siempre, no que entrase de la mano con uno. Tanto al fiscal como al abogado defensor.
Al fiscal
Entonces el chico que me estaba dando el beso me tenía agarrada de la mano y tiró de mí hacia el portal. Y luego había otro chico, que creo que era el que estaba yendo y viniendo todo el rato en el trayecto, que también me metió en el portal con ellos. Me agarró también de la muñeca y me metió. Era un chico que también se sentó en un momento dado en el banco.
Al abogado cuando Le pregunta sobre lo que dijo al fiscal, y si se resistió
A mí me sorprendió mucho la forma en que me cogieron, pero, lo que he dicho antes, yo no me imaginaba que iba a suceder lo que pasó, yo sinceramente lo que pensaba es que íbamos a entrar al portal porque querían fumarse un porro, así, hablando un poco mal, pero es lo que pensaba que iba a pasar. Me sorprendió la brusquedad, pero no pensé que iba a ocurrir lo que ocurrió.
Esto no son distintas versiones. Ni contradice nada. Y es en la línea que van los hechos probados, tiran de ella y la introducen en el portal. No se dice que sea violentamente, ni haciendo daño... Solo eso.
hi-ban escribió: No hubo forcejeo. Ella entró por su propio pie. ¿Como explicas que ella entrara por su propio pie, sin siquiera intentar soltarse ni resistirse ni forcejear?
Azulmeth escribió:saraiba escribió:Azulmeth escribió:Flipo un poco con lo que decís, francamente. @anaical @hi-ban
Todavía no la he leído, pero me parecen de coña dos cosas, entre otras:
- Que el Supremo pueda basar argumentos de una sentencia en algo que es opuesto al testimonio de la víctima. Vamos, que se inventan lo que ella declaró, contradiciéndola.
- Que de facto reconocen que ella se dio cuenta de que le habían robado el móvil después de que pasase todo. ¿Cómo meten violencia e intimidación entonces? Decían que se habían valido de lo anterior para robar el móvil, pero el hecho de robar el móvil, con violencia, intimidación o las dos, haría que esa chica supiese que se lo habían robado, y ella se sorprende de no tenerlo a posteriori.
¿Pero qué coño?
Pues esta bien explicadito
Como ha establecido la jurisprudencia consolidada de esta Sala, la intimidación empleada en el delito de violación no ha de ser de tal grado que presente caracteres irresistibles, invencibles o de gravedad inusitada, sino que basta que sean suficientes y eficaces en la ocasión concreta para alcanzar el fin propuesto del yacimiento, paralizando o inhibiendo la voluntad de resistencia de la víctima y actuando en adecuada relación causal, tanto por vencimiento material como por convencimiento de la inutilidad de prolongar una oposición de la que, sobre no conducir a resultado positivo, podrían derivarse mayores males.
el acusado utilizó el ámbito intimidatorio creado por todos los intervinientes, para perpetrar el delito contra la propiedad,
Imagino que a alguno le cuesta aceptar que se han equivocado y el tribunal supremo sabe mas que ellos... sobre todo con todas las burlas al termino "intimidacion ambiental". Lo mejor es que aun llega algun rezagado pensando que intimidacion ambiental es que estaban en un "lugar estrecho", es ese parrafo en cursiva que copie de la sentencia... No olvideis poner "entiendo", eso quiere decir que debes leerte la sentencia antes de ponerte a opinar sobre ella.
Ámbito intimidatorio no equivale a intimidar a alguien para robarle. Pero te dejo que te montes tus películas.
La chica se dio cuenta DESPUÉS de que le habían robado el móvil, ¿cómo coño dices que la han intimidado para robarle, si ni siquiera se dio cuenta?
Al final es una cuestión ad hoc que se han inventado, y que resulta ridículo a poco que tengas algo de luces.
saraiba escribió:
Es tan absurdo que ni hace falta explicarlo... si hay intimidacion cuando la violaron el hurto pasa a ser robo con intimidacion automaticamente.
Azulmeth escribió:saraiba escribió:
Es tan absurdo que ni hace falta explicarlo... si hay intimidacion cuando la violaron el hurto pasa a ser robo con intimidacion automaticamente.
Lo que es absurdo es usar esa clase de lógica. A ti te han violado intimidándote, lo cual es un delito. Robar es otro delito diferente, y si no te das cuenta de que te han robado hasta que todo ha pasado, ¿cómo es que te han robado con intimidación?
Es un retorcimiento del código penal más en la sentencia, que no pasa nada, ya sabemos la clase de justicia que hay en este país, la propia víctima dice que quizás ellos pudieron interpretar que sí consentían, cambió su testimonio 180º y aun así en la sentencia dicen que hubo persistencia en su versión, sin desgarros ni nada, las fotos, etc.
Yo no sé si hubo violación o no, lo que sé es que no se debería poder condenar a alguien en base a un testimonio viciado y con todas las pruebas a favor, como ha ocurrido en este caso.
Lord_Link escribió:hi-ban escribió:Ahora bien, en la sentencia han escogido las palabras para que dé la sensación de que tiran de ella hacía el portal en contra de su voluntad, de que aprovechan un descuido de ella para meterla en el portal de un tirón súbito. Lo cual es falso.
Como sabes que es falso?
saraiba escribió:Lo que describes seria prevaricacion... ergo estas acusando de prevariacion al supremo?.
saraiba escribió:Azulmeth escribió:saraiba escribió:
Es tan absurdo que ni hace falta explicarlo... si hay intimidacion cuando la violaron el hurto pasa a ser robo con intimidacion automaticamente.
Lo que es absurdo es usar esa clase de lógica. A ti te han violado intimidándote, lo cual es un delito. Robar es otro delito diferente, y si no te das cuenta de que te han robado hasta que todo ha pasado, ¿cómo es que te han robado con intimidación?
Es un retorcimiento del código penal más en la sentencia, que no pasa nada, ya sabemos la clase de justicia que hay en este país, la propia víctima dice que quizás ellos pudieron interpretar que sí consentían, cambió su testimonio 180º y aun así en la sentencia dicen que hubo persistencia en su versión, sin desgarros ni nada, las fotos, etc.
Yo no sé si hubo violación o no, lo que sé es que no se debería poder condenar a alguien en base a un testimonio viciado y con todas las pruebas a favor, como ha ocurrido en este caso.
Lo que describes seria prevaricacion... ergo estas acusando de prevariacion al supremo?.
daisakute escribió:Ya sabia yo que el analisis de la sentencia del supremo segun los expertos en leyes de la fusion EOL-forocoches iba a ser: "Que mierda sabrá el supremo"
Dead-Man escribió:Entonces en el supuesto de que entrase por su propia voluntad, ya no la pudieron violar o cómo funciona esto?
Dead-Man escribió:Entonces en el supuesto de que entrase por su propia voluntad, ya no la pudieron violar o cómo funciona esto?
hi-ban escribió:Exacto. Si te lees la sentencia, en ocasiones parece como si estuvieran intentando justificar decisiones arbitrarias apoyandose en supuestos que en ocasiones no coinciden ni con la version de la denunciante.
Yo cada vez estoy mas convencido de que esto lo que ha sido es una sentencia fabricada "para contentar al pueblo".
Señor Ventura escribió:@Vozdelosmuertos He puesto "Entendido" para poder postear, pero no se que se me pide comprender. Uno de los jueces del primer juicio falló de forma que no estaría entendiendo la sentencia del supremo, y es todo un juez, ¿que se me pide a mi?, ¿que pretendeis con esta medida?.
8. Además, no podemos dejar de hacer mención al hecho de que la sentencia, inexplicablemente, no recoge en el relato fáctico determinados extremos, aunque sí los da por probados en el análisis de la prueba que lleva a cabo en la fundamentación de la misma, lo que tiene una obvia eficacia fáctica. En concreto, hace referencia el Tribunal, en primer lugar, a que la víctima se encontraba bebida y que “en el momento de los hechos, tenía un nivel de influenciamiento por el alcohol, que alteraba su conocimiento, el raciocinio, la capacidad de comprensión de la realidad y provocaba desinhibición y disminuía su capacidad de autocontrol”, nivel de alcohol en sangre que según los peritos sería en el momento de los hechos entre 1,3225 y 1,2235 g/l superior al que se refleja en los hechos probados, ya que la prueba le fue realizada seis horas después de ocurrir los hechos-. Y, en segundo lugar, afirma el Tribunal al menos en cinco ocasiones, que ha quedado probado mediante el visionado de los vídeos grabados por los acusados, que en un determinado momento de los hechos la “denunciante estaba agazapada, acorralada contra la pared por dos de los procesados y gritando” (pág. 59, 72, 73 y 74 de la sentencia de la Audiencia Provincial), en concreto en los vídeos 6 y 7; y eso que, según la Sala, los mismos solo recogen una visión parcial, sesgada y fragmentada del modo en que se desarrollaron los hechos en el interior del habitáculo, tomadas las imágenes por los acusados, e interrumpidas “abruptamente” y “con carácter definitivo” cuando la denunciante se encontraba en la situación descrita “agazapada”, “acorralada contra la pared” y “gritando”, en los que se escucha un choque de “metal contra cristal”, y se oye una voz masculina que dice “illo esto no tiene guasa”, y tres gemidos de dolor emitidos por la “denunciante”, momento a partir del cual se cortan los vídeos “ante el cariz que estaban tomando los hechos".
bembas_13 escribió:8. Además, no podemos dejar de hacer mención al hecho de que la sentencia, inexplicablemente, no recoge en el relato fáctico determinados extremos, aunque sí los da por probados en el análisis de la prueba que lleva a cabo en la fundamentación de la misma, lo que tiene una obvia eficacia fáctica. En concreto, hace referencia el Tribunal, en primer lugar, a que la víctima se encontraba bebida y que “en el momento de los hechos, tenía un nivel de influenciamiento por el alcohol, que alteraba su conocimiento, el raciocinio, la capacidad de comprensión de la realidad y provocaba desinhibición y disminuía su capacidad de autocontrol”, nivel de alcohol en sangre que según los peritos sería en el momento de los hechos entre 1,3225 y 1,2235 g/l superior al que se refleja en los hechos probados, ya que la prueba le fue realizada seis horas después de ocurrir los hechos-. Y, en segundo lugar, afirma el Tribunal al menos en cinco ocasiones, que ha quedado probado mediante el visionado de los vídeos grabados por los acusados, que en un determinado momento de los hechos la “denunciante estaba agazapada, acorralada contra la pared por dos de los procesados y gritando” (pág. 59, 72, 73 y 74 de la sentencia de la Audiencia Provincial), en concreto en los vídeos 6 y 7; y eso que, según la Sala, los mismos solo recogen una visión parcial, sesgada y fragmentada del modo en que se desarrollaron los hechos en el interior del habitáculo, tomadas las imágenes por los acusados, e interrumpidas “abruptamente” y “con carácter definitivo” cuando la denunciante se encontraba en la situación descrita “agazapada”, “acorralada contra la pared” y “gritando”, en los que se escucha un choque de “metal contra cristal”, y se oye una voz masculina que dice “illo esto no tiene guasa”, y tres gemidos de dolor emitidos por la “denunciante”, momento a partir del cual se cortan los vídeos “ante el cariz que estaban tomando los hechos".
¿A alguien le parece que dentro de ese habitáculo no se perpetró una violación y que fue todo "jolgorio y regocijo" para la víctima?
bembas_13 escribió:8. Además, no podemos dejar de hacer mención al hecho de que la sentencia, inexplicablemente, no recoge en el relato fáctico determinados extremos, aunque sí los da por probados en el análisis de la prueba que lleva a cabo en la fundamentación de la misma, lo que tiene una obvia eficacia fáctica. En concreto, hace referencia el Tribunal, en primer lugar, a que la víctima se encontraba bebida y que “en el momento de los hechos, tenía un nivel de influenciamiento por el alcohol, que alteraba su conocimiento, el raciocinio, la capacidad de comprensión de la realidad y provocaba desinhibición y disminuía su capacidad de autocontrol”, nivel de alcohol en sangre que según los peritos sería en el momento de los hechos entre 1,3225 y 1,2235 g/l superior al que se refleja en los hechos probados, ya que la prueba le fue realizada seis horas después de ocurrir los hechos-. Y, en segundo lugar, afirma el Tribunal al menos en cinco ocasiones, que ha quedado probado mediante el visionado de los vídeos grabados por los acusados, que en un determinado momento de los hechos la “denunciante estaba agazapada, acorralada contra la pared por dos de los procesados y gritando” (pág. 59, 72, 73 y 74 de la sentencia de la Audiencia Provincial), en concreto en los vídeos 6 y 7; y eso que, según la Sala, los mismos solo recogen una visión parcial, sesgada y fragmentada del modo en que se desarrollaron los hechos en el interior del habitáculo, tomadas las imágenes por los acusados, e interrumpidas “abruptamente” y “con carácter definitivo” cuando la denunciante se encontraba en la situación descrita “agazapada”, “acorralada contra la pared” y “gritando”, en los que se escucha un choque de “metal contra cristal”, y se oye una voz masculina que dice “illo esto no tiene guasa”, y tres gemidos de dolor emitidos por la “denunciante”, momento a partir del cual se cortan los vídeos “ante el cariz que estaban tomando los hechos".
¿A alguien le parece que dentro de ese habitáculo no se perpetró una violación y que fue todo "jolgorio y regocijo" para la víctima?