¿Por qué en España se protege a los okupas y no se defiende a los propietarios?

dark_hunter escribió:
Bauer8056 escribió:
dark_hunter escribió:No entiendo por qué dices que no es flagrante.


El delito de allanamiento es entrar en la morada de otro o mantenerte en ella contra la prohibición de su morador (se supone que es cuando invitas a alguien y no se quiere ir)

El delito en la primera modalidad no se comete entrando y manteniéndote en la morada. Se comete entrando y ya. Otra cosa es que sus efectos pervivan en el tiempo.

Además, tendrías que explicarle al policía que la casa no es del jeta, sino que es tuya, lo que va en contra del sentido del delito flagrante, que es aquel que se percibe inmediatamente. Y determinar si la casa es tuya o del jeta aunque parezca evidente, implica una valoración normativa que puede estar fuera de las potestades del policía.

Tu mismo lo has dicho, mantenerte allí también es delito. Y sobre lo otro, como has visto, se considera delito flagrante incluso después de cometido.

No siñor, son dos modalidades de conducta en un tipo penal. Hablamos de la primera, cuya consumación se agota en la entrada. En la segunda se presupone que tú invitas a alguien a tu casa, le dices que se vaya y no se quiere ir, en ésta mientras se quede en casa estará cometiendo el delito.
sihombre escribió:Lo que no es de recibo es ser arrendador (en mi caso por obligación) y tener miedo y saber que estás indefenso. Tener miedo y estar indefenso en estos casos es un todo en uno. Me explico:
Por suerte ahora mismo tenemos alquilada nuestra primera casa (con la carga sentimental que esto tiene) a una pareja de mas o menos nuestra edad y no tenemos ningún problema: pagan puntuales y cuidan la casa como suya.
Anteriormente a estos tuvimos la casa arrendada a dos parias con un hijo. Cuando digo dos parias lo digo sin tapujos: No pagaban en fecha ( y si les reclamaba me decían que ellos no tenían porque pagar en tiempo pesé a que así consta en el contrato), dejaron la casa echa un autentico estercolero, daban problemas a diario, di mas partes al seguro en 6 meses que en 5 años, no pagaron ni gas ni electricidad en 6 meses... Todo esto con llamadas a deshoras y amenazas...

Por suerte mi pareja y yo nos hemos permitido 'el lujo' de cambiarnos de localidad a una casa mayor dejando nuestra primera vivienda para alquiler, ya que no palmar pasta en la venta nos suponía un obstáculo a la hora de cambiar de domicilio. No mercadeamos con la casa, tributamos y tenemos un alquiler que con poco podríamos llamar social con respecto a los pisos de la zona.

Si no nos entra el dinero del alquiler en 4 meses podemos tener un problema serio, si no antes... Me podéis decir que grado de defensa tengo yo ante gente como nuestros primeros inquilinos?
Al estado le sobran medios y le faltan ganas: Las casas ya están registradas (de hecho tienen la fianza y es fácil e inmediato saber si la casa esta en alquiler y quienes son los propietarios y los inquilinos) (no hablo de los delincuentes que alquilan en negro, ni los ...incautos que se los alquilan).

Perdón por el tocho y gracias por entender (al que lo haga) nuestra posición y desahogo al escribir estas lineas.

te entiendo perfectamente, mi padre tuvo un piso en alquiler y tuvo la suerte de no tener inquilinos cabrones
en parte porque cada vez que buscaba inquilino gastaba bastante tiempo para que el inquilino tuviera un buen perfil (gente que se la viera responsable y esas cosas), aunque al final siempre hay ese riesgo, es suerte/estadistica

tiene que tocar los cojones una barbaridad tener un puto paria de mierda ahi metido sin pagarte nada y solo generandote gastos, pero es lo que hay, lo denuncias y al cabo de 2 o 3 años consigues algo, me parece ridiculo que se permita que una situacion como esta se dilate tanto, pero para ridiculo el pais en el que vivimos, tenemos a ladrones en las calles, carteristas reconocidos que ahi estan, enquistados en la sociedad por leyes y normas blandas a mas no poder
Krain escribió:
MarcosHappy escribió:Pues eso,en paises como francia o holanda en 24 o 48 horas si un tio okupa la viviendo de alguien lo hechan,en holanda basta con ir a la policía.

España es el único país donde si un tio entra en tu casa de ahí no lo hechas en un año,o directamente no lo largas nunca.Es más ese tio puede usar tus cosas,venderlas y se va de rositas.

¿por qué no se modifica la legislación para proteger al propietario?¿qué interés tienen los políticos españoles en permitir esto que sólo pasa en España respecto de los paises europeos?


España es un país donde, tras la dictadura, las leyes las escribieron los comunistas. No hay que decir mucho más, salvo que sólo hay un partido que haya intentado endurecer las leyes (el amado por EOL, Partido Popular) y todo el resto de formaciones políticas sin excepción se han puesto en contra. En este país jamás se va a defender la propiedad privada, del mismo modo que los empresarios son malos y nos esclavizan y hay que votar a Podemos porque si no eres una rata y te pueden insultar con razón. Y si Ada Colau expropia un local de 500 metros en L' Eixample a un banco para los okupas pues todos contentos que se ha hecho justicia, y si paga el Ayuntamiento de Barcelona un alquiler de un edificio okupado pues a disfrutarlo. Y el día que le toque a uno mismo, pues ese día me quejo, pero me quejo yo solo que al resto del país le importa una mierda (y hablo de okupas, hablo de allanamientos de morada que acaban en denuncias ganadas por agresión al propietario como se haya defendido y hablo de propietarios de locales que tienen "visitas" semanales de ladrones que viven de robarles permanentemente).

@sihombre

En este foro la mayoría vota a una formación política que lucharía por expropiarte la casa que no usas porque entiende que hay personas que, a pesar de no haber trabajado en su vida, tienen más derecho que tú a disfrutarla porque no tienen ninguna más, y tú si.

@papasconmojo

A ningún político le van a okupar. No son tontos. Es más, al que le okupen su casa que tenga claro que le han estado espiando, conocen su familia, su trabajo, sus destinos y horarios y controlan todos los pormenores para que cuando te des cuenta de que te han jodido, sea muy tarde.



-El PP ha saqueado las arcas del país,ha reventado y está reventando la justicia,es el principal valedor de la situación precaria de los españoles laboralmente(trabajos que acaban a las 7 de la tarde,parece una puta broma) y por tema de okupas no están moviendo un dedo.

-Podemos ya sabemos su palo,es el legitimador de los okupas y principal valedor para acabar con la propiedad privada.Sus familias en exclusión,no son más que la excusa para encubrir ciertas actividades-

-PSOE, bueno ni hablo porque no se sabe ni cuales son sus políticas,y hay un enfretamiento interno fuerte.Pera vamos son defensores de los okupas.

-Ciudadanos:estos van al viento que mejor sopla y a chupar lo que haya y sea chupable


Somos el país que vota corruptos,donde se gana poco,se trabaja mucho y encima hay que dar gracias;el país en el que se pasan por el forro nuestros derechos y nadie se queja;el país donde se defiende al delicuente y se acusa al inocente.
Juanatan está baneado del subforo por "faltas de respeto"
dark_hunter escribió:
Juanatan escribió:
dark_hunter escribió:Si es tu primera vivienda y por lo tanto tu domicilio, el mero hecho de estar dentro es delito, no sólo en el momento de entrar.


Claro que es delito, ¿he dicho lo contrario? Lo que no es es FLAGRANTE como tú afirmas. Por lo tanto no pueden entrar sin orden judicial ni denuncia previa, y el tema se tiene que solucionar por el procedimiento ordinario.

Flagrante sería si la propia policía les pilla entrando. Ahí no necesitan orden judicial. Otro ejemplo de flagrante sería si un atracador es sorprendido por la policía y huye hasta su casa, en ese caso también pueden entrar a la casa sin orden judicial. Pero en el caso que tú dices, no es flagrante.

se considerará delito flagrante el que se estuviese cometiendo o se acabare de cometer cuando el delincuente sea sorprendido en el acto. Se entenderá sorprendido en el acto no sólo al delincuente que fuere detenido en el momento de estar cometiendo el delito, sino también al detenido o perseguido inmediatamente después de cometerlo, si la persecución durare o no se suspendiere mientras el delincuente no se ponga fuera del inmediato alcance de los que le persiguen. También se considerará delincuente in fraganti aquel a quien se sorprendiere inmediatamente después de cometido un delito con efectos, instrumentos o vestigios que permitan presumir su participación en él.

No entiendo por qué dices que no es flagrante.


Porque una persona que está ya dentro no ha sido sorprendida cometiendo delito y por tanto no hay delito hasta que el juez así lo sentencie, como bien explica el texto que has puesto y los ejemplos que te he dado. Pero bueno, si sigues empeñado en que es flagrante a pesar de todo esto, no es mi problema. Vamos, que me da igual que lo sepas o no y paso de discutir algo que se perfectamente y lo cual ya te he explicado. No se qué ego tenéis algunos que os cuesta tanto admitir una equivocación. Para ti la perra gorda [oki]
Bauer8056 escribió:
dark_hunter escribió:
Bauer8056 escribió:
El delito de allanamiento es entrar en la morada de otro o mantenerte en ella contra la prohibición de su morador (se supone que es cuando invitas a alguien y no se quiere ir)

El delito en la primera modalidad no se comete entrando y manteniéndote en la morada. Se comete entrando y ya. Otra cosa es que sus efectos pervivan en el tiempo.

Además, tendrías que explicarle al policía que la casa no es del jeta, sino que es tuya, lo que va en contra del sentido del delito flagrante, que es aquel que se percibe inmediatamente. Y determinar si la casa es tuya o del jeta aunque parezca evidente, implica una valoración normativa que puede estar fuera de las potestades del policía.

Tu mismo lo has dicho, mantenerte allí también es delito. Y sobre lo otro, como has visto, se considera delito flagrante incluso después de cometido.

No siñor, son dos modalidades de conducta en un tipo penal. Hablamos de la primera, cuya consumación se agota en la entrada. En la segunda se presupone que tú invitas a alguien a tu casa, le dices que se vaya y no se quiere ir, en ésta mientras se quede en casa estará cometiendo el delito.

Pues menuda modalidad de conducta, que jamás se puede denunciar.

No, no parece que sea así:
1. El particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.

No dice nada de que te tenga que haber invitado a entrar. Tanto el entrar como el mantenerte sin permiso son allanamiento de morada.

@Juanatan, lo mismo que a bauer, el mero hecho de estar dentro es delito, no sólo el entrar.

Porque una persona que está ya dentro no ha sido sorprendida cometiendo delito y por tanto no hay delito hasta que el juez así lo sentencie, como bien explica el texto que has puesto y los ejemplos que te he dado. Pero bueno, si sigues empeñado en que es flagrante a pesar de todo esto, no es mi problema. Vamos, que me da igual que lo sepas o no y paso de discutir algo que se perfectamente y lo cual ya te he explicado. No se qué ego tenéis algunos que os cuesta tanto admitir una equivocación. Para ti la perra gorda [oki]

Pero si lo que quiero es precisamente que me expliques por qué es así, si me dices simplemente porque lo digo yo pues me quedo igual que si no me hubieses dicho nada. Especifícamelo y no tengo problema en darte la razón.
@dark_hunter es "o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador", no y, ni y/o
O entras, o te mantienes esos son los delitos

Me gustaría encontrarte alguna sentencia que lo explícite, porque es así xD
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Granada de gas y a ver si siguen dentro
Bauer8056 escribió:@dark_hunter es "o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador", no y, ni y/o

Incluso asumiendo que y/o exista en derecho, que me suena que no, incluso en lenguaje hace siglos que no lo veo porque la o en español es inclusiva, no se a donde quieres llegar.

¿Es o no es delito permanecer en casa de otro sin su permiso?
dark_hunter escribió:
Bauer8056 escribió:@dark_hunter es "o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador", no y, ni y/o

Incluso asumiendo que y/o exista en derecho, que me suena que no, incluso en lenguaje hace siglos que no lo veo porque la o en español es inclusiva, no se a donde quieres llegar.

¿Es o no es delito permanecer en casa de otro sin su permiso?


Nadie discute que haya o no delito. Aquí se discute sobre el tiempo en que la justicia tarda en actuar de oficio.
Aldea01 escribió:
dark_hunter escribió:
Bauer8056 escribió:@dark_hunter es "o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador", no y, ni y/o

Incluso asumiendo que y/o exista en derecho, que me suena que no, incluso en lenguaje hace siglos que no lo veo porque la o en español es inclusiva, no se a donde quieres llegar.

¿Es o no es delito permanecer en casa de otro sin su permiso?


Nadie discute que haya o no delito. Aquí se discute sobre el tiempo en que la justicia tarda en actuar de oficio.

Ya, si lo digo porque en el delito de allanamiento de morada, si se constata que hay gente dentro se debe considerar delito flagrante, pues se está cometiendo en ese momento.

Quiero saber donde me equivoco. En las segundas viviendas está clarísimo, no puede entrar la policía.
dark_hunter escribió:
Bauer8056 escribió:@dark_hunter es "o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador", no y, ni y/o

Incluso asumiendo que y/o exista en derecho, que me suena que no, incluso en lenguaje hace siglos que no lo veo porque la o en español es inclusiva, no se a donde quieres llegar.

¿Es o no es delito permanecer en casa de otro sin su permiso?


No te pongas así, ya sé que y/o no existe en ningún texto legal, pero eso no quiere decir darle a la conjunción disyuntiva o un significado que no tiene ni en Derecho ni en el lenguaje común.

Permanecer en la morada de otro es un ilícito civil, para empezar. Eso es indudable. La comisión de un delito de allanamiento de morada por otro lado está en:

1. Entrar en la morada ajena contra la voluntad de su morador (no hace falta que exista un letrero de no se puede entrar, ni siquiera tener la puerta cerrada porque existe una presunción de falta de permiso). El delito se consuma y se acaba cuando físicamente entras y ocupas un espacio (con esto quiere decir que si entras a medias o te quedas atrapado en la ventana hay tentativa y no consumación) en la morada ajena.. De ahí se puede pasar a la comisión de otro delito como es el descubrimiento y revelación de secretos ajenos, o crear una situación antijurídica permanente que no es delito como es disfrutar de algo que no se tiene derecho a disfrutar por ser ajeno. Pero aunque la situación ilícita sea permanente, el delito no lo es, como lo podría ser el de detención ilegal, que se sigue consumando mientras persista la situación antijurídica como es la privación de libertad. o Como en el delito de falsificación, tú el delito lo cometes en el momento de la falsificación, pero lo que hayas obtenido con esa falsificación, aunque pueda ser constitutivo de otro delito como estafa o apropiación indebida, ya no tiene que ver con el delito de falsificación que ya se ha consumado

; o

2. Mantenerse en la morada ajena contra la voluntad de su morador. ¿Cómo que no se puede dar? Casos de ex parejas que vienen a casa, de buena fe aceptas que entren, se vuelven locos o locas y no se quieren ir ni con agua ardiendo, pues se llama a la policía y que se vayan. Ahí, como en el delito de detención ilegal, mientras esté en morada ajena, se mantiene una situación delictiva ( no sólo ilícita/ilegal/antijurídica)

Y es así, tengo páginas de material jurídico que lo dicen, pero como me dirías mimimimimmimii no tengo ninguna sentencia a mano que se dedique a establecerlo así
chachin2007 escribió:Hombre... "matar a un asesino es delito" te lo cuestionaría seriamente la señora pena de muerte de Estados Unidos... ¿no crees?


para ti es lo mismo la decision de una persona que la aplicacion de una ley?

chachin2007 escribió:Las leyes no tiene por que ser justas, con ellas "se intenta" que así sea... pero mañana mismo en España se alza un partido radical de extrema derecha y si los Españoles en las próximas elecciones les dan mayoría absoluta, los primeros pueden promulgar leyes que podrían distar mucho de lo que llamaríamos "justo" (pero aaaaahhh!!! si lo dice la ley... te jodes).


las leyes se supone que tienen que beneficiar, ayudar y dar soporte a todos los ciudadanos, no a unos por encima de otros. y generalmente se necesita cierto nivel de consenso para llegar a ser promulgadas.

te doy la razon que muchas veces en españa no ha sido asi. en mi opinion culpa de un estamento politico corrompido y con las prioridades mal determinadas.

chachin2007 escribió:El problema de la ocupación, es la ocupación en si misma (un hecho muy triste para quienes no tienen mas remedio) pero por otro lado, ¿que cojones me importan a mi las desgracias de nadie?, ni quiero que se preocupen por mi, ni que me den por culo...

Esta es la mentalidad que España le obliga tener a un propietario:
Mi casa es mi casa, y si me la ocupas, saldrás por mis cojones, por que si tengo que esperar a que la ley me ayude, voy listo.

PUNTO.


osea, que tu opinion es tomar la justicia por tu mano y solucionar un delito con otro. :-|
Bauer8056 escribió:
dark_hunter escribió:
Bauer8056 escribió:@dark_hunter es "o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador", no y, ni y/o

Incluso asumiendo que y/o exista en derecho, que me suena que no, incluso en lenguaje hace siglos que no lo veo porque la o en español es inclusiva, no se a donde quieres llegar.

¿Es o no es delito permanecer en casa de otro sin su permiso?


No te pongas así, ya sé que y/o no existe en ningún texto legal, pero eso no quiere decir darle a la conjunción disyuntiva o un significado que no tiene ni en Derecho ni en el lenguaje común.

La pregunta es sincera, no va con segundas intenciones, simplemente quiero ver donde me equivoco. Sobre lo otro, la RAE especifica que la o es inclusiva.

http://lema.rae.es/dpd/srv/search?id=7wb3ECfmhD6reWjGRa


Permanecer en la morada de otro es un ilícito civil, para empezar. Eso es indudable. La comisión de un delito de allanamiento de morada por otro lado está en:

1. Entrar en la morada ajena contra la voluntad de su morador (no hace falta que exista un letrero de no se puede entrar, ni siquiera tener la puerta cerrada porque existe una presunción de falta de permiso). El delito se consuma y se acaba cuando físicamente ocupas un espacio en la morada ajena.. De ahí se puede pasar a la comisión de otro delito como es el descubrimiento y revelación de secretos ajenos, o crear una situación antijurídica permanente que no es delito como es disfrutar de algo que no se tiene derecho a disfrutar por ser ajeno. Pero aunque la situación sea permanente, el delito no lo es, como lo podría ser el de detención ilegal, que se sigue consumando mientras persista la situación antijurídica como es la privación de libertad.

Sí, este estaba claro que no era lo que se aplicaba, porque es prácticamente imposible que el policía llegue en el momento.

2. Mantenerse en la morada ajena contra la voluntad de su morador. ¿Cómo que no se puede dar? Casos de ex parejas que vienen a casa, de buena fe aceptas que entren, se vuelven locos o locas y no se quieren ir ni con agua ardiendo, pues se llama a la policía y que se vayan. Ahí, como en el delito de detención ilegal, mientras esté en morada ajena, se mantiene una situación delictiva ( no sólo ilícita/ilegal/antijurídica)

¿En qué punto este artículo no aplica a los okupas? Pone mantenerse, no especifica en ningún momento cómo hayas entrado.

Y es así, tengo páginas de material jurídico que lo dicen, pero como me dirías mimimimimmimii no tengo ninguna sentencia a mano que se dedique a establecerlo así

Te aseguro que no, lo que busco precisamente es aprender.

Y voy adelantando lo siguiente, teniendo en cuenta la definición de domicilio (lugar de residencia habitual), si yo dejo entrar a la policía ¿ellos los pueden echar? ¿debe de estar de acuerdo todo residente?

Ya para terminar, si hay ladrones en mi casa y llamo a la policía, ¿no pueden entrar? En caso de ser así, ¿si un ladrón decide quedarse en mi casa hasta que se canse la policía, no pueden hacer nada?


Quiero ver donde está el error, porque si dices que hay sentencias así será por algún motivo. Seguramente por algo parecido a la probatio diabólica de la LIVG, que no lo pone en ninguna ley si no más bien es una doctrina.
dark_hunter escribió:Y voy adelantando lo siguiente, teniendo en cuenta la definición de domicilio (lugar de residencia habitual), si yo dejo entrar a la policía ¿ellos los pueden echar? ¿debe de estar de acuerdo todo residente?


Lo que se protege es el allanamiento de morada, no el allanamiento de domicilio. El tema es que los ocupas han convertido tu casa en su morada aparente cuando han cambiado la cerradura y desarrollan la vida cotidiana. Claro, realmente no es su morada, pero por un tema jurídico como es la titularidad del derecho real que justifica ese disfrute, y eso no lo puede apreciar un policía sino que debe haber un procedimiento judicial contradictorio.

dark_hunter escribió:Ya para terminar, si hay ladrones en mi casa y llamo a la policía, ¿no pueden entrar? En caso de ser así, ¿si un ladrón decide quedarse en mi casa hasta que se canse la policía, no pueden hacer nada?


Pero eso ya sería un delito flagrante de robo.
Juanatan está baneado del subforo por "faltas de respeto"
dark_hunter escribió:
Bauer8056 escribió:
dark_hunter escribió:Tu mismo lo has dicho, mantenerte allí también es delito. Y sobre lo otro, como has visto, se considera delito flagrante incluso después de cometido.

No siñor, son dos modalidades de conducta en un tipo penal. Hablamos de la primera, cuya consumación se agota en la entrada. En la segunda se presupone que tú invitas a alguien a tu casa, le dices que se vaya y no se quiere ir, en ésta mientras se quede en casa estará cometiendo el delito.

Pues menuda modalidad de conducta, que jamás se puede denunciar.

No, no parece que sea así:
1. El particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.

No dice nada de que te tenga que haber invitado a entrar. Tanto el entrar como el mantenerte sin permiso son allanamiento de morada.

@Juanatan, lo mismo que a bauer, el mero hecho de estar dentro es delito, no sólo el entrar.

Porque una persona que está ya dentro no ha sido sorprendida cometiendo delito y por tanto no hay delito hasta que el juez así lo sentencie, como bien explica el texto que has puesto y los ejemplos que te he dado. Pero bueno, si sigues empeñado en que es flagrante a pesar de todo esto, no es mi problema. Vamos, que me da igual que lo sepas o no y paso de discutir algo que se perfectamente y lo cual ya te he explicado. No se qué ego tenéis algunos que os cuesta tanto admitir una equivocación. Para ti la perra gorda [oki]

Pero si lo que quiero es precisamente que me expliques por qué es así, si me dices simplemente porque lo digo yo pues me quedo igual que si no me hubieses dicho nada. Especifícamelo y no tengo problema en darte la razón.


El mero hecho de estar dentro es delito, pero no delito flagrante. Si fuera como tú dices pues simplemente se les podría sacar llamando a la policía. Pero al no ser flagrante, hay que denunciar, iniciar procedimiento judicial, aportar pruebas del delito, y esperar a la sentencia del juez. No insistas más, de verdad. Pregúntale a cualquier policía si no te fías de lo que te estoy diciendo.

Es como si por ejemplo tuvieras en tu casa un kilo de cocaína. ¿Es delito? Sí. ¿Flagrante? No, a menos que te hayan pillado en un control con el kilo de cocaína, hayas huído y te hayas metido en tu casa. Entonces sí sería flagrante, y la poli puede entrar sin orden. Pero si tú has comprado ese kilo y lo has metido en tu casa sin que te vea la policía, aunque estas cometiendo un delito, no es flagrante y para poder entrar en tu casa se necesitaría una orden judicial, con una denuncia previa.

Y ya si con esto insistes, para ti la perra gorda tio. Yo se muy bien que estás equivocado, pero me importa poco que no lo quieras admitir o que sigas erre que erre, la verdad.
Bauer8056 escribió:
dark_hunter escribió:Y voy adelantando lo siguiente, teniendo en cuenta la definición de domicilio (lugar de residencia habitual), si yo dejo entrar a la policía ¿ellos los pueden echar? ¿debe de estar de acuerdo todo residente?


Lo que se protege es el allanamiento de morada, no el allanamiento de domicilio. El tema es que los ocupas han convertido tu casa en su morada aparente cuando han cambiado la cerradura y desarrollan la vida cotidiana. Claro, realmente no es su morada, pero por un tema jurídico como es la titularidad del derecho real que justifica ese disfrute, y eso no lo puede apreciar un policía sino que debe haber un procedimiento judicial contradictorio.

No, si que se considera provisionalmente su morada hasta que se pueda comprobar lo tengo claro. Lo que no tengo claro es en qué punto se deja de considerar tu morada.

dark_hunter escribió:Ya para terminar, si hay ladrones en mi casa y llamo a la policía, ¿no pueden entrar? En caso de ser así, ¿si un ladrón decide quedarse en mi casa hasta que se canse la policía, no pueden hacer nada?


Pero eso ya sería un delito flagrante de robo.[/quote]
En el supuesto de que les vean robando y no simplemente pasearse dentro de casa.

El mero hecho de estar dentro es delito, pero no delito flagrante. Si fuera como tú dices pues simplemente se les podría sacar llamando a la policía. Pero al no ser flagrante, hay que denunciar, iniciar procedimiento judicial, aportar pruebas del delito, y esperar a la sentencia del juez. No insistas más, de verdad. Pregúntale a cualquier policía si no te fías de lo que te estoy diciendo.

Si lo que te estoy preguntando es por qué, que es lo único que me interesa del debate.

Es como si por ejemplo tuvieras en tu casa un kilo de cocaína. ¿Es delito? Sí. ¿Flagrante? No, a menos que te hayan pillado en un control con el kilo de cocaína, hayas huído y te hayas metido en tu casa. Entonces sí sería flagrante, y la poli puede entrar sin orden. Pero si tú has comprado ese kilo y lo has metido en tu casa sin que te vea la policía, aunque estas cometiendo un delito, no es flagrante y para poder entrar en tu casa se necesitaría una orden judicial, con una denuncia previa.

Si la policía te ve el kg por la ventana y ve como te lo pasas por las encías te aseguro que entra. A eso es a lo que me refiero.
Claro que es delito flagrante si están dentro. No lo serían si se van antes de que venga la policía.
Juanatan escribió:
dark_hunter escribió:
Juanatan escribió:
Claro que es delito, ¿he dicho lo contrario? Lo que no es es FLAGRANTE como tú afirmas. Por lo tanto no pueden entrar sin orden judicial ni denuncia previa, y el tema se tiene que solucionar por el procedimiento ordinario.

Flagrante sería si la propia policía les pilla entrando. Ahí no necesitan orden judicial. Otro ejemplo de flagrante sería si un atracador es sorprendido por la policía y huye hasta su casa, en ese caso también pueden entrar a la casa sin orden judicial. Pero en el caso que tú dices, no es flagrante.

se considerará delito flagrante el que se estuviese cometiendo o se acabare de cometer cuando el delincuente sea sorprendido en el acto. Se entenderá sorprendido en el acto no sólo al delincuente que fuere detenido en el momento de estar cometiendo el delito, sino también al detenido o perseguido inmediatamente después de cometerlo, si la persecución durare o no se suspendiere mientras el delincuente no se ponga fuera del inmediato alcance de los que le persiguen. También se considerará delincuente in fraganti aquel a quien se sorprendiere inmediatamente después de cometido un delito con efectos, instrumentos o vestigios que permitan presumir su participación en él.

No entiendo por qué dices que no es flagrante.


Porque una persona que está ya dentro no ha sido sorprendida cometiendo delito y por tanto no hay delito hasta que el juez así lo sentencie, como bien explica el texto que has puesto y los ejemplos que te he dado. Pero bueno, si sigues empeñado en que es flagrante a pesar de todo esto, no es mi problema. Vamos, que me da igual que lo sepas o no y paso de discutir algo que se perfectamente y lo cual ya te he explicado. No se qué ego tenéis algunos que os cuesta tanto admitir una equivocación. Para ti la perra gorda [oki]


Está donde no debe. Eso ya es delito y aunque salga, sigue siendolo, porque el allanamiento ya lo ha cometido.
GXY escribió:
chachin2007 escribió:Hombre... "matar a un asesino es delito" te lo cuestionaría seriamente la señora pena de muerte de Estados Unidos... ¿no crees?


para ti es lo mismo la decision de una persona que la aplicacion de una ley?

chachin2007 escribió:Las leyes no tiene por que ser justas, con ellas "se intenta" que así sea... pero mañana mismo en España se alza un partido radical de extrema derecha y si los Españoles en las próximas elecciones les dan mayoría absoluta, los primeros pueden promulgar leyes que podrían distar mucho de lo que llamaríamos "justo" (pero aaaaahhh!!! si lo dice la ley... te jodes).


las leyes se supone que tienen que beneficiar, ayudar y dar soporte a todos los ciudadanos, no a unos por encima de otros. y generalmente se necesita cierto nivel de consenso para llegar a ser promulgadas.

te doy la razon que muchas veces en españa no ha sido asi. en mi opinion culpa de un estamento politico corrompido y con las prioridades mal determinadas.

chachin2007 escribió:El problema de la ocupación, es la ocupación en si misma (un hecho muy triste para quienes no tienen mas remedio) pero por otro lado, ¿que cojones me importan a mi las desgracias de nadie?, ni quiero que se preocupen por mi, ni que me den por culo...

Esta es la mentalidad que España le obliga tener a un propietario:
Mi casa es mi casa, y si me la ocupas, saldrás por mis cojones, por que si tengo que esperar a que la ley me ayude, voy listo.

PUNTO.


osea, que tu opinion es tomar la justicia por tu mano y solucionar un delito con otro. :-|


1 - Para mi asesinar es asesinar, estés amparado por la ley o no (solo que con la primera te puedes lavar las manos).

2 - No digo que por lo general te puedas tomar la justicia por tu mano, digo que en este caso (que el propietario de un piso vea ocupada su vivienda) la ley no le deja mas opción al propietario de tomarse la justicia por su mano, por que llevando el tema con la ley en la mano (el tema de la ocupación esta muy verde en España) el propietario puede estarse 1, 2, o mas... sin poder "legalmente" echar a los ocupas y por extensión, no poder entrar "en su casa", ¿eso es justicia?, el problema de unos no puede convertirse en el problema de otros...
Juanatan está baneado del subforo por "faltas de respeto"
dark_hunter escribió:
Bauer8056 escribió:
dark_hunter escribió:Y voy adelantando lo siguiente, teniendo en cuenta la definición de domicilio (lugar de residencia habitual), si yo dejo entrar a la policía ¿ellos los pueden echar? ¿debe de estar de acuerdo todo residente?


Lo que se protege es el allanamiento de morada, no el allanamiento de domicilio. El tema es que los ocupas han convertido tu casa en su morada aparente cuando han cambiado la cerradura y desarrollan la vida cotidiana. Claro, realmente no es su morada, pero por un tema jurídico como es la titularidad del derecho real que justifica ese disfrute, y eso no lo puede apreciar un policía sino que debe haber un procedimiento judicial contradictorio.

No, si que se considera provisionalmente su morada hasta que se pueda comprobar lo tengo claro. Lo que no tengo claro es en qué punto se deja de considerar tu morada.

dark_hunter escribió:Ya para terminar, si hay ladrones en mi casa y llamo a la policía, ¿no pueden entrar? En caso de ser así, ¿si un ladrón decide quedarse en mi casa hasta que se canse la policía, no pueden hacer nada?


Pero eso ya sería un delito flagrante de robo.

En el supuesto de que les vean robando y no simplemente pasearse dentro de casa.

El mero hecho de estar dentro es delito, pero no delito flagrante. Si fuera como tú dices pues simplemente se les podría sacar llamando a la policía. Pero al no ser flagrante, hay que denunciar, iniciar procedimiento judicial, aportar pruebas del delito, y esperar a la sentencia del juez. No insistas más, de verdad. Pregúntale a cualquier policía si no te fías de lo que te estoy diciendo.

Si lo que te estoy preguntando es por qué, que es lo único que me interesa del debate.

Es como si por ejemplo tuvieras en tu casa un kilo de cocaína. ¿Es delito? Sí. ¿Flagrante? No, a menos que te hayan pillado en un control con el kilo de cocaína, hayas huído y te hayas metido en tu casa. Entonces sí sería flagrante, y la poli puede entrar sin orden. Pero si tú has comprado ese kilo y lo has metido en tu casa sin que te vea la policía, aunque estas cometiendo un delito, no es flagrante y para poder entrar en tu casa se necesitaría una orden judicial, con una denuncia previa.

Si la policía te ve el kg por la ventana y ve como te lo pasas por las encías te aseguro que entra. A eso es a lo que me refiero.[/quote]

NO. Lo único que pueden hacer es acudir al juez solicitando una orden judicial para entrar a la vivienda. Eso que dices solo pasa en regímenes totalitarios. De lo contrario podrían entrar en cualquier vivienda sin orden judicial alegando que han visto droga por la ventana.

Ahora ves buscando otro ejemplo para seguir enredando a ver si consigues tener razón.
Juanatan escribió:
dark_hunter escribió:
Bauer8056 escribió:No siñor, son dos modalidades de conducta en un tipo penal. Hablamos de la primera, cuya consumación se agota en la entrada. En la segunda se presupone que tú invitas a alguien a tu casa, le dices que se vaya y no se quiere ir, en ésta mientras se quede en casa estará cometiendo el delito.

Pues menuda modalidad de conducta, que jamás se puede denunciar.

No, no parece que sea así:
1. El particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.

No dice nada de que te tenga que haber invitado a entrar. Tanto el entrar como el mantenerte sin permiso son allanamiento de morada.

@Juanatan, lo mismo que a bauer, el mero hecho de estar dentro es delito, no sólo el entrar.

Porque una persona que está ya dentro no ha sido sorprendida cometiendo delito y por tanto no hay delito hasta que el juez así lo sentencie, como bien explica el texto que has puesto y los ejemplos que te he dado. Pero bueno, si sigues empeñado en que es flagrante a pesar de todo esto, no es mi problema. Vamos, que me da igual que lo sepas o no y paso de discutir algo que se perfectamente y lo cual ya te he explicado. No se qué ego tenéis algunos que os cuesta tanto admitir una equivocación. Para ti la perra gorda [oki]

Pero si lo que quiero es precisamente que me expliques por qué es así, si me dices simplemente porque lo digo yo pues me quedo igual que si no me hubieses dicho nada. Especifícamelo y no tengo problema en darte la razón.


El mero hecho de estar dentro es delito, pero no delito flagrante. Si fuera como tú dices pues simplemente se les podría sacar llamando a la policía. Pero al no ser flagrante, hay que denunciar, iniciar procedimiento judicial, aportar pruebas del delito, y esperar a la sentencia del juez. No insistas más, de verdad. Pregúntale a cualquier policía si no te fías de lo que te estoy diciendo.

Es como si por ejemplo tuvieras en tu casa un kilo de cocaína. ¿Es delito? Sí. ¿Flagrante? No, a menos que te hayan pillado en un control con el kilo de cocaína, hayas huído y te hayas metido en tu casa. Entonces sí sería flagrante, y la poli puede entrar sin orden. Pero si tú has comprado ese kilo y lo has metido en tu casa sin que te vea la policía, aunque estas cometiendo un delito, no es flagrante y para poder entrar en tu casa se necesitaría una orden judicial, con una denuncia previa.

Y ya si con esto insistes, para ti la perra gorda tio. Yo se muy bien que estás equivocado, pero me importa poco que no lo quieras admitir o que sigas erre que erre, la verdad.


¿Y que mas dará que sea flagrante o no? Si no lo es y se requiere accion judicial, pues se espera la accion judicial, pero con ELLOS FUERA de la casa y el propietario dentro.
dark_hunter escribió:En el supuesto de que les vean robando y no simplemente pasearse dentro de casa.


No tienes el problema de que sea la morada aparente del ladrón
Juanatan está baneado del subforo por "faltas de respeto"
Knight escribió:
Juanatan escribió:
dark_hunter escribió:Pues menuda modalidad de conducta, que jamás se puede denunciar.

No, no parece que sea así:

No dice nada de que te tenga que haber invitado a entrar. Tanto el entrar como el mantenerte sin permiso son allanamiento de morada.

@Juanatan, lo mismo que a bauer, el mero hecho de estar dentro es delito, no sólo el entrar.


Pero si lo que quiero es precisamente que me expliques por qué es así, si me dices simplemente porque lo digo yo pues me quedo igual que si no me hubieses dicho nada. Especifícamelo y no tengo problema en darte la razón.


El mero hecho de estar dentro es delito, pero no delito flagrante. Si fuera como tú dices pues simplemente se les podría sacar llamando a la policía. Pero al no ser flagrante, hay que denunciar, iniciar procedimiento judicial, aportar pruebas del delito, y esperar a la sentencia del juez. No insistas más, de verdad. Pregúntale a cualquier policía si no te fías de lo que te estoy diciendo.

Es como si por ejemplo tuvieras en tu casa un kilo de cocaína. ¿Es delito? Sí. ¿Flagrante? No, a menos que te hayan pillado en un control con el kilo de cocaína, hayas huído y te hayas metido en tu casa. Entonces sí sería flagrante, y la poli puede entrar sin orden. Pero si tú has comprado ese kilo y lo has metido en tu casa sin que te vea la policía, aunque estas cometiendo un delito, no es flagrante y para poder entrar en tu casa se necesitaría una orden judicial, con una denuncia previa.

Y ya si con esto insistes, para ti la perra gorda tio. Yo se muy bien que estás equivocado, pero me importa poco que no lo quieras admitir o que sigas erre que erre, la verdad.


¿Y que mas dará que sea flagrante o no? Si no lo es y se requiere accion judicial, pues se espera la accion judicial, pero con ELLOS FUERA de la casa y el propietario dentro.


Porque estamos discutiendo si es flagrante o no. Que es delito lo sabemos todos, gracias.

Manda huevos que por intentar simplemente corregir a un usuario que ha dicho que es flagrante algo que no lo es, ya venís a contradecir sin tener ni puñetera idea. Que puto asco la exhibición de egos y el querer tener razón sí o sí, os lo tomáis todo como personal y cualquier cosa vale antes que admitir el error o dar las gracias por la aclaración.

Vuelvo a repetir, yo tengo muy claro que estáis equivocados, si insistís pues me importa poco que sigáis en vuestra ignorancia. Preguntad a cualquier policía y repasaros la ley Corcuera entre otras, que estáis muy verdes.
Un conocido en su escalera ocuparon el piso de arriba. Esto en Hospitalet. Lo de siempre, el propietario no puede entrar, ponen la luz a su nombre, y la policia dice que hasta que no pase un tiempo llegue juicio y demás que no se puede hacer nada.

Pasan un par de meses. Los vecinos cansados ya que ahora hay cucarachas por todos lados de la suciedad y lo mal que huele el piso. Al parecer da pena verlo por dentro. El dueño viviendo en casa de los padres al final intenta llegar a un acuerdo ya que está pagando una hipoteca de 600€ y digamos que no le queda mucho más para vivir.

Acuerda que pagando 8.000€ se van. Todo firmado y tal. Total que quedan y esa misma tarde les da el dinero y le dicen que mañana a primera hora no hay nadie, que se irán por la madrugada cuando no haya gente que les da vergüenza y esas cosas.

Se van de madrugada, pero antes de irse abren todos los grifos de la casa y cierran la puerta. Eso va calando y bajando por las escaleras y hasta que algun vecino se da cuenta pasan horas. Os podeís imaginar la que se ha liado. Mi conocido tiene los marcos de la puerta podridos ya que el agua se ha filtrado y le cuesta un paston arreglar las 3 puertas que tiene tocadas y las filtraciones de las paredes. La escalera huele a humedad que da asco y el piso que estaba ocupado al entrar lleno de cucarachas, cagaron por los suelos antes de irse, muebles destrozados, lamparas sustraidas del techo y un largo etc.

Al final unos tios han conseguido 8.000€ en metallico en un par de meses y se van de rositas si es que algún día la ley les requiere para algo. Mientras han destrozado los ahorros de unas cuantas personas durante años. Y la Ley está hecha para estos hijos de puta.

Por otro lado no me he leído el hilo, pero la policia (mossos) off the record siempre recomienda que te busques la vida tu. Te busques y pagues 4 matones y que los saquen del piso a hostias, aunque tengan que romper la puerta de tu casa.

Y como este conozco un par de casos más aquí donde vivo también. Luego deja de pagar tu una mensualidad de la hipoteca por lo que sea una averia gorda del coche o cualquier cosa que ya te tratan de ladron, te suben intereses y demás mierdas.

Qué gran país.
Juanatan escribió:
Knight escribió:
Juanatan escribió:
El mero hecho de estar dentro es delito, pero no delito flagrante. Si fuera como tú dices pues simplemente se les podría sacar llamando a la policía. Pero al no ser flagrante, hay que denunciar, iniciar procedimiento judicial, aportar pruebas del delito, y esperar a la sentencia del juez. No insistas más, de verdad. Pregúntale a cualquier policía si no te fías de lo que te estoy diciendo.

Es como si por ejemplo tuvieras en tu casa un kilo de cocaína. ¿Es delito? Sí. ¿Flagrante? No, a menos que te hayan pillado en un control con el kilo de cocaína, hayas huído y te hayas metido en tu casa. Entonces sí sería flagrante, y la poli puede entrar sin orden. Pero si tú has comprado ese kilo y lo has metido en tu casa sin que te vea la policía, aunque estas cometiendo un delito, no es flagrante y para poder entrar en tu casa se necesitaría una orden judicial, con una denuncia previa.

Y ya si con esto insistes, para ti la perra gorda tio. Yo se muy bien que estás equivocado, pero me importa poco que no lo quieras admitir o que sigas erre que erre, la verdad.


¿Y que mas dará que sea flagrante o no? Si no lo es y se requiere accion judicial, pues se espera la accion judicial, pero con ELLOS FUERA de la casa y el propietario dentro.


Porque estamos discutiendo si es flagrante o no. Que es delito lo sabemos todos, gracias.


Ya, pero el por qué se discute si es flagrante o no es por el procedimiento a tomar después, según algunos, y por eso yo aclaro que, lo sea o no, los okupas deben salir de ahí inmediatamente. Nada de esperar a jueces.
MarcosHappy escribió:
-El PP ha saqueado las arcas del país,ha reventado y está reventando la justicia,es el principal valedor de la situación precaria de los españoles laboralmente(trabajos que acaban a las 7 de la tarde,parece una puta broma) y por tema de okupas no están moviendo un dedo.


Y se esconde en los armarios de los niños para asustarlos por la noche.
Knight escribió:Ya, pero el por qué se discute si es flagrante o no es por el procedimiento a tomar después, según algunos, y por eso yo aclaro que, lo sea o no, los okupas deben salir de ahí inmediatamente. Nada de esperar a jueces.

Es que el procedimiento existe al ser delito flagrante, y es lo que se hace. Lo que tú pides es que cualquiera pueda ser echado de su casa si le denuncian por allanamiento y tiene que esperar a una resolución judicial para poder volver.
Juanatan está baneado del subforo por "faltas de respeto"
Knight escribió:
Juanatan escribió:
Knight escribió:
¿Y que mas dará que sea flagrante o no? Si no lo es y se requiere accion judicial, pues se espera la accion judicial, pero con ELLOS FUERA de la casa y el propietario dentro.


Porque estamos discutiendo si es flagrante o no. Que es delito lo sabemos todos, gracias.


Ya, pero el por qué se discute si es flagrante o no es por el procedimiento a tomar después, según algunos, y por eso yo aclaro que, lo sea o no, los okupas deben salir de ahí inmediatamente. Nada de esperar a jueces.


Eso que propones se llama estado policial, estamos en un estado de derecho. ¿Te suena la Alemania nazi? ¿Y la URSS? Porque eso es lo que estás proponiendo.

[facepalm]
Bauer8056 escribió:
dark_hunter escribió:En el supuesto de que les vean robando y no simplemente pasearse dentro de casa.


No tienes el problema de que sea la morada aparente del ladrón

Volvemos a lo de antes, eso la policía no lo sabe.
Juanatan escribió:NO. Lo único que pueden hacer es acudir al juez solicitando una orden judicial para entrar a la vivienda. Eso que dices solo pasa en regímenes totalitarios. De lo contrario podrían entrar en cualquier vivienda sin orden judicial alegando que han visto droga por la ventana.

Ahora ves buscando otro ejemplo para seguir enredando a ver si consigues tener razón.

Pero si el concepto de delito flagrante se puso precisamente por ese ejemplo que he puesto, para lucha contra el narcotráfico.

https://elpais.com/diario/1991/06/11/es ... 50215.html

Será que no ha entrado veces la policía sin orden a por plantas de marihuana.
@josemurcia

@juanatan

No se si me habeis entendido al reves...

El que se queda dentro esperando a la decision judicial es EL PROPIETARIO. ¿Estado policial? ¬_¬

El derecho a quedarse en su casa es del que sale en las escrituras.
Knight escribió:@josemurcia

@juanatan

No se si me habeis entendido al reves...

El que se queda dentro esperando a la decision judicial es EL PROPIETARIO. ¿Estado policial? ¬_¬

El derecho a quedarse en su casa es el que sale en las escrituras.

Que la escritura este a tu nombre no lo convierte en tu morada. Es de sentido común que sea el juez el que tenga que echar a alguien de una casa en la que vive.
josemurcia escribió:
Knight escribió:@josemurcia

@juanatan

No se si me habeis entendido al reves...

El que se queda dentro esperando a la decision judicial es EL PROPIETARIO. ¿Estado policial? ¬_¬

El derecho a quedarse en su casa es el que sale en las escrituras.

Que la escritura este a tu nombre no lo convierte en tu morada. Es de sentido común que sea el juez el que tenga que echar a alguien de una casa en la que vive.


Eso de la morada es cuando llevas AÑOS viviendo en algun sitio.
Juanatan está baneado del subforo por "faltas de respeto"
Knight escribió:@josemurcia

@juanatan

No se si me habeis entendido al reves...

El que se queda dentro esperando a la decision judicial es EL PROPIETARIO. ¿Estado policial? ¬_¬

El derecho a quedarse en su casa es del que sale en las escrituras.


Yo ya he dicho lo que tenía que decir: no es flagrante.

Dejo el hilo, que aquí todos sois grandes ilustrados y duchos en la materia.

[facepalm] [bye]
Moraleja: this is spain, aprovechate del sistema, gana dinero negro como plus y usa todas los trucos posibles....seras mas feliz aun xddddd
Knight escribió:
Eso de la morada es cuando llevas AÑOS viviendo en algun sitio.

6 meses, pero es irrelevante.

La cosa es que tú no puedes denunciar allanamiento de morada en una casa en la que no estás viviendo, por lo tanto tendrá que ser un juez el que eche a los ocupas.

Si es tu casa los echan al momento, porque es muy fácil demostrar que es tu morada y se considera delito flagrante.
dark_hunter escribió:
Bauer8056 escribió:
dark_hunter escribió:En el supuesto de que les vean robando y no simplemente pasearse dentro de casa.


No tienes el problema de que sea la morada aparente del ladrón


XD A ver, robar una casa y parecer ser morador de la misma todo a la vez me parece complicado. Tampoco sé los promenores y protocolos de cómo actúan los policías en caso de robo, dicho sea de paso.
josemurcia escribió:
Knight escribió:
Eso de la morada es cuando llevas AÑOS viviendo en algun sitio.

6 meses, pero es irrelevante.

La cosa es que tú no puedes denunciar allanamiento de morada en una casa en la que no estás viviendo, por lo tanto tendrá que ser un juez el que eche a los ocupas.

Si es tu casa los echan al momento, porque es muy fácil demostrar que es tu morada y se considera delito flagrante.


Es que hablo de eso en todo momento, de cuando entran en la casa donde vives. Pero, de todas formas, aunque fuera una propiedad donde no vives habitualmente, seria allanamiento (a secas) y tambien se deberían ir.
Bauer8056 escribió:
dark_hunter escribió:
Bauer8056 escribió:
No tienes el problema de que sea la morada aparente del ladrón


XD A ver, robar una casa y parecer ser morador de la misma me parece complicado. Tampoco sé como actúan los policías en caso de robo, dicho sea de paso.

Quedarte dentro y si llaman, ignorarlos o decir que es tu casa. Como un okupa, vamos.

Cuando la policía se canse pues ya te piras, plan perfecto, sin fisuras XD
Yo he sufrido las consecuencias de los okupas muy de cerca, dado que los he tenido viviendo encima mio durante 5 meses, un tiempo en el cual las noches han sido un absoluto infierno; todas y cada una de las noches se las pasaban despiertos y discutiendo a grito pelado hasta las 6:00; ademas el perro estaba TODO el dia en la vivienda y hacia sus necesidades en el balcon (viviendo en un tercero), cayendo todo a la calle y provocando un olor nauseabundo y con el riesgo de que le cayera a alguien todo encima.

Hace una semana se marcharon porque el piso (del banco), ha sido vendido y los nuevos dueños les ofrecieron dinero para que se fueran.

Yo entiendo que hay gente que necesita una vivienda porque economicamente no son viables (no en este caso), pero lo que no me entra en la cabeza es que una gran mayoria (no todos) sean gente incivica.

Se necesita un ley inflexible ante estos casos de apropiacion indebida de propiedad privada, aunque tambien un mayor numero de alquileres sociales a coste bajo.

Un saludo.
chachin2007 escribió:
1 - Para mi asesinar es asesinar, estés amparado por la ley o no (solo que con la primera te puedes lavar las manos).

2 - No digo que por lo general te puedas tomar la justicia por tu mano, digo que en este caso (que el propietario de un piso vea ocupada su vivienda) la ley no le deja mas opción al propietario de tomarse la justicia por su mano, por que llevando el tema con la ley en la mano (el tema de la ocupación esta muy verde en España) el propietario puede estarse 1, 2, o mas... sin poder "legalmente" echar a los ocupas y por extensión, no poder entrar "en su casa", ¿eso es justicia?, el problema de unos no puede convertirse en el problema de otros...


1.- efectivamente un asesinato es un asesinato.

pero al menos sobre el papel, condenar a muerte no es un asesinato. hay una estructura de ley que especifica a qué casos aplica esa sentencia y qué hechos tienen que concurrir para aplicarla, se ha tenido que hacer una presentacion de pruebas, lo ha tenido que decidir al menos un juez...

lo dicho, si para ti es lo mismo la decision de una sola persona que la aplicacion de una ley...

2.- no dices que te puedas tomar la justicia por tu mano pero si dices que no queda mas remedio. es decir, que no son aliens, pero son aliens. :o

a ver. dado el caso de que a una persona le entren en su casa y la ocupen, pues la persona tiene dos opciones. una es como dices tu, tomarse la justicia por su mano, y que sea lo que sea, y la otra es denunciar y que sea las leyes las que se apliquen, lo cual segun tu opinion, es insuficiente.

en primer lugar yo distinguiria las circunstancias de la ocupacion, ya que en mi opinion no es lo mismo que se ocupe el domicilio habitual de alguien, a que se ocupe una vivienda vacia, o que se ocupe una segunda o enesima residencia. y como hablamos de la decision de personas, supongo que tambien entenderemos que distintas personas en iguales condiciones pueden tomar decisiones distintas? no?

es decir, que tu a lo mejor decidirias dar una patada a la puerta, entrar bate en mano y armarla, mientras que otra persona podria decidir otra cosa, y su decision no es menos legitima que la tuya, verdad?

respecto a la ley, como ya he dicho, en mi opinion la ocupacion de por si no es un acto legitimo. pero quien tiene que sacar a las personas del inmueble es la policia, mediante la decision de un juez, no el propietario bate en mano. tambien creo que ese proceso no deberia demorar mas de unos pocos dias, y que se deberia resarcir al propietario de los daños que incurran cuando los hubiere, mediante la correspondiente toma de declaracion y decision judicial al respecto.

por eso, aunque yo soy partidario del estado centralizado, en mi opinion ademas de una comisaria en cada distrito, tambien deberia haber un juzgado en cada distrito, y ese juzgado tomar las decisiones al respecto de casos a nivel distrito, como puedan ser robos, agresiones, allanamientos de morada, ocupaciones... y tomar la decision en plazos muy breves de tiempo. 3-5 dias como mucho.
GXY escribió:no. no creo en el crimen necesario por el bien mayor. creo que el bien mayor se obtiene a traves de la correcta creacion y aplicacion de las leyes.


Hay miles de ejemplos de leyes que se cambiaron mediante la insumisión de las mismas. Sabrías que hace unas cuantas décadas en EEUU los transportes públicos tenían zonas de negros y zonas de blanco y era delito que los negros se sentaran en las zonas de los blancos. Según tú la mujer que decidió violar esa ley y sentarse en la zona de blancos es una delincuente y hizo algo malo.

Lo siento mucho, pero el bien y el mal no lo definen necesariamente las leyes.
Las leyes están para cumplirlas, punto, te gusten o no, si no te gustan puedes luchar por cambiarlas, pero no incumpliendolas, el problema es pensar que por que tu la consideres injusta o mal planteada puedas saltartela
amchacon escribió:
[PeneDeGoma] escribió:supongo que sabras que no se puede echar a nadie hasta que no se demuestre que no vive alli legalmente, y una vez que se demuestre ver que pasa con esa gente
porqur leyendote a ti y a mucha gente parece que de incentive o sea legal y bien vista la ocupacion.

que el sistema es lentisimo y funciona mal lo sabemos todos, pero hay que matizar

imagina que estas alquilando en negro, porque al dueño le ha interesado asi para no pagar impuestos, un piso con tu familia. de la noche a la mañana rl dueño quiere venderlo y llama a la policia para que te echen alegando que sois okupas

me imagino que no te gustaria que se aplicase lo de las 24 horas para echarte...es irme al extremo pero para que veas que no todo es blanco o negro

es como matar a todos los sospechosos y que dios los cribe

Se asume la veracidad del propietario, y en caso que haya mentido le cae una buena.

Al propietario le trae más cuenta darte los 15 días de preaviso que pagar la multa/cárcel que toque.

hal9000 escribió:El estado y/o las CCAA tiene dos opciones para darle vivienda al que la necesita: La primera es hacer pisos de protección oficial, lo cual cuesta dineros a las arcas públicas. La segunda opción es permitir la ocupación y en ningún caso agilizar su solución. De media dos años y si hay niños ya te puedes cagar.
Lo pocos pisos que se hacen hoy en día, son en su mayoría para los de siempre..

Mi sensación esque en España el espacio está mal aprovechado.

Si vas por Valencia, no es raro ver bloques de 2 pisos ruinosos en pleno centro, eso cuando no hay un solar totalmente vacío.

Los nuevos bloques si son de 10-11 pisos, pero se construyen lejos del centro, cuando debería ser al contrario.

Bueno, todos esos bloques ruinosos son de antes del boom inmobiliario. Si los dueños no quieren venderlo pues se quedan como está.

Como paso con la casa de mi abuela en Murcia, quisieron comprarlo para hacer pisos, pero ella se negó.
minmaster escribió:
GXY escribió:no. no creo en el crimen necesario por el bien mayor. creo que el bien mayor se obtiene a traves de la correcta creacion y aplicacion de las leyes.


Hay miles de ejemplos de leyes que se cambiaron mediante la insumisión de las mismas. Sabrías que hace unas cuantas décadas en EEUU los transportes públicos tenían zonas de negros y zonas de blanco y era delito que los negros se sentaran en las zonas de los blancos. Según tú la mujer que decidió violar esa ley y sentarse en la zona de blancos es una delincuente y hizo algo malo.

Lo siento mucho, pero el bien y el mal no lo definen necesariamente las leyes.


pero es que me estas poniendo de ejemplo una ley hecha para segregar.

te parece el ejemplo aplicable a la ocupacion de viviendas?
GXY escribió:pero es que me estas poniendo de ejemplo una ley hecha para segregar.

te parece el ejemplo aplicable a la ocupacion de viviendas?


En España existe una ley que permite a la Iglesia hacerse propietaria de todas las propiedades que no tengan dueño reconocido. Porque no podría haber una ley que permitiese la ocupación legal de propiedades cuyos dueños dejen vacías durante 3 años o más??

No sé que diferencia ahí aparte de que se acabaría de un plumazo con la especulación que hace mil veces más daño a la sociedad que la ocupación de viviendas.
minmaster escribió:En España existe una ley que permite a la Iglesia hacerse propietaria de todas las propiedades que no tengan dueño reconocido. Porque no podría haber una ley que permitiese la ocupación legal de propiedades cuyos dueños dejen vacías durante 3 años o más??


aha.

tu ves correcto que por lo que sea una vivienda de tu propiedad no la ocupes en tres años, sea legal que te la ocupen?
minmaster escribió:
GXY escribió:pero es que me estas poniendo de ejemplo una ley hecha para segregar.

te parece el ejemplo aplicable a la ocupacion de viviendas?


En España existe una ley que permite a la Iglesia hacerse propietaria de todas las propiedades que no tengan dueño reconocido. Porque no podría haber una ley que permitiese la ocupación legal de propiedades cuyos dueños dejen vacías durante 3 años o más??

No sé que diferencia ahí aparte de que se acabaría de un plumazo con la especulación que hace mil veces más daño a la sociedad que la ocupación de viviendas.

Cuando tengas una vivienda o propiedad, vas y me cantas de nuevo esta milonga. [jaja]
En este tipo de hilos se ve rápidamente el que no tiene propiedad alguna y tampoco tiene a la vista tenerla, bien sea por compra o por herencia.
España es el país donde la gente es generosa y solidaria siempre con los bienes ajenos y nunca con los propios.
Jajaja es de locos. Me salto una ley, que considero injusta y hago tal cosa, porque lo considero "justo"

Ocupar una vivienda que veo vacia o pegar una paliza de muerte al que ocupa un piso mio, ¿que diferencia hay? XD

El razonamiento es el mismo, asi que cuidado XD
minmaster escribió:
En España existe una ley que permite a la Iglesia hacerse propietaria de todas las propiedades que no tengan dueño reconocido. Porque no podría haber una ley que permitiese la ocupación legal de propiedades cuyos dueños dejen vacías durante 3 años o más??

No sé que diferencia ahí aparte de que se acabaría de un plumazo con la especulación que hace mil veces más daño a la sociedad que la ocupación de viviendas.


¿Qué ley es esa?

Edit, vale es el art. 206 Ley Hipotecaria y 304 del Reglamento, pero desde 2015 no tiene esa posibilidad, aunque tampoco es exactamente así, en teoría debería tratarse de la inmatriculación de bienes, lo que pasa es que la propia Iglesia podía certificar que era suyo by the face, no sé ahora si se declaró ilegal, pero no me extrañaría
@MarcosHappy El PP ha sido el único que en casos similares ha intentando mover ficha (caso de querer multar a los gorrillas con el gobierno de Rita) y fueron los chupiprogres de ZParo quienes les dijeron que pobrecitos, que tenían derecho a comer. Así que...
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