[...] cualquier acto mediante el que un usuario proporcione a sus clientes acceso a obras protegidas con pleno conocimiento de causa puede constituir un «acto de comunicación» en el sentido de la Directiva. En el presente asunto, ha quedado acreditado que, a través de la plataforma «The Pirate Bay», se ponen a disposición de los usuarios de esta plataforma obras protegidas por derechos de autor, de manera que dichos usuarios puedan acceder a ellas desde el lugar y en el momento que elijan individualmente.
Si bien admite que son los usuarios quienes han subido las obras, el Tribunal de Justicia señala que los administradores de la plataforma desempeñan un papel ineludible en la puesta a disposición de las mismas. En este contexto, el Tribunal de Justicia menciona la indexación de los ficheros torrents por los administradores de la plataforma, de manera que las obras a las que remiten esos ficheros puedan ser fácilmente localizadas y descargadas por los usuarios. Añade que «The Pirate Bay» propone, además de un motor de búsqueda, categorías basadas en la naturaleza de las obras, su género o su popularidad. Por otro lado, los administradores suprimen los ficheros torrents obsoletos o erróneos, y filtran de manera activa algunos contenidos.
El Tribunal de Justicia señala también que se produce una comunicación efectiva a un público de las obras protegidas.
En efecto, una parte importante de los abonados de Ziggo y de XS4ALL ha descargado ficheros multimedia a través de «The Pirate Bay». De las observaciones presentadas al Tribunal de Justicia también se desprende que esta plataforma es utilizada por un número considerable de personas (en la plataforma de intercambio en línea figuran en este sentido varias decenas de millones de usuarios).
Dos décadas escribiendo sobre nuevas tecnologías y cultura popular. Si tiene luces o botones, posiblemente he hablado de ello. EOLiano Gran Reserva. |